Zina, 29 ib A605)70 dej - Minsa

Zina, 29 ib A605)70 dej. 2013. Visto, el expediente N° 13-070335-001, que contiene el Memorándum N° 0848-2013-. OGPP-OPGI/MINSA y el Informe N° ...
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MINISTERIO DE SALUD

No

555 -20I

Zina, 29 ib A605)70

dej 2013

Visto, el expediente N° 13-070335-001, que contiene el Memorándum N° 0848-2013OGPP-OPGI/MINSA y el Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el responsable del programa presupuestal es el titular de la entidad que tiene a cargo la implementación de dicho programa, quien, además, debe dar cuenta sobre el diseño, uso de los recursos públicos asignados y el logro de los resultados esperados. En el caso de programas presupuestales que involucren a más de una entidad, la responsabilidad recae en el titular de la entidad que ejerce la rectoría de la política pública correspondiente a dicho programa presupuestal; Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2012-EF-50.01, se aprueba la "Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013", la cual establece disposiciones para la identificación, diseño, revisión, modificación y registro de los Programas Presupuestales (PP), los cuales conforman la unidad básica de programación del presupuesto del sector público;

D. CESI,DES M.

A. POR OCARAERO G.

Que, con Resolución Ministerial N° 289-2013/MINSA, se aprobó el Documento Técnico denominado "Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal; Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA; Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevención y Control del Cáncer; Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad; y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres"; Que, el artículo 4° de la citada Resolución Ministerial señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es la responsable de la revisión del citado Documento Técnico; Que, con Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que resulta necesario

J. avala S.

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modificar el referido Documento Técnico respecto de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control del Cáncer y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias de Desastres, para mejorar la planificación operativa y ejecución presupuestal de las ejecutoras de salud en el marco del presupuesto del año fiscal 2013; Estando a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con el inciso I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículol°.- Modificar el Documento Técnico denominado "Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal; Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA; Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevención y Control del Cáncer; Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad; y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres", aprobado por Resolución Ministerial N° 289-2013/MINSA, con la finalidad de efectuar precisiones respecto de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materno Neonatal; Prevención y Control del Cáncer; y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias de Desastres, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Articulo 2°.- Dejar subsistentes los demás extremos del 'Documento Técnico Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud Materna Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias, Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres". Artículo 3°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento y Gestión Institucional, desarrollará las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el Documento Técnico señalado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (htto://www.Minsa.clob.pe/transparencia/doe normas.asp). Regístrese, comuníquese y publíquese

D. CESPEUES M.

A. PO TOCARRERO G.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud

ANEXO

"1 PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL 1.1 MONITOREO, SUPERVISIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DEL PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL (3044276). (...) 1.1.1 Monitoreo del Programa Articulado Nutricional (4427602). (.--) Procesamiento de la información: • Proceso de digitación, control de calidad, consolidación de los datos estadísticos realizados sistemática y permanente, por los responsables de estadística o quienes hagan sus veces en los puntos de digitación de los establecimientos de salud, Microrredes y Redes, DISA/DIRESA/GERESA y OGEI (MINSA) y el Seguro Integral de Salud. Estas actividades se realizan de forma diaria o mensual según la actividad y nivel que corresponda.

Generación y difusión de reportes e informes estadísticos: Elaboración mensual de documento técnico (reportes) del cumplimiento de las metas de cobertura física y financiera de los productos del PAN, así como el comportamiento de los indicadores del programa presupuestal articulado nutricional [enfermedades inmunoprevenibles, Infecciones Respiratorias Agudas (IRA), Enfermedades Diarreicas Agudas (EDA), Eventos supuestamente atribuidos a la vacunación o inmunización (ESAVI Severo)], con el uso de herramientas informáticas ó aplicativos; el mismo que contiene datos, indicadores, tablas, gráficos, mapas, etc. • • • • • • • •

Cumplimiento de cobertura Producción de servicios Causas de morbilidad (consulta ambulatoria, emergencias, egresos) Estadísticas vitales (nacimientos, defunciones) Actualización del padrón nominado Informe operacional mensual de Estrategias Sanitarias Tablero de mando Otros necesarios para la toma de decisiones

Esta actividad Estos reportes pueden ser virtuales o en medio físico, mensual. es realizada por el personal de las oficinas de estadística de las Redes, DISA/DIRESA/GERESA, OGEI (MINSA) y del SIS. Los reportes deben ser obligatoriamente publicados Sr compartidos con el responsable del Programa Presupuestal y los equipos técnicos responsables de los productos tanto a nivel nacional como regional, para las medidas correctivas necesarias, a nivel nacional y regional.

Análisis para la toma de decisiones. •

Monitoreo de la cobertura de la meta física y cumplimiento de indicadores: Actividad orientada al seguimiento del avance mensual de las meta física y presupuestal de cada uno de los productos del Programa Presupuestal, la identificación de la medidas correctivas para el logro de los resultados propuestos, medidos a través de los indicadores trazadores de cobertura del programa presupuestal; dicha actividad es asumida por los equipos técnicos de salud en lo que respecta a las metas físicas e indicadores de cobertura. En cuanto al avance de la meta física presupuestal así como la ejecución financiera, es una actividad asumida por las Direcciones, oficinas y responsables de planeamiento y financiadores en lo que respecta a los convenios de gestión.

Unidad de medida •

201. Informe Técnico.

Actividad

Frecuencia

Factor de concentrad , on

Nivel de programación

Generación y reportes de datos estadísticos

Mensual/Seme stral/Anual

1212/1

INS/MINSA/SIS/DISA/DIRESA/GERESA/UN IDADES EJECUTORAS

Investigación, Reporte y difusión epidemiológica

Mensual/Seme straVAnual

12/2/1

INS/MINSA/DISAIDIRESA/GERESA/UNIDA DES EJECUTORAS

Análisis de Situación de Salud

Anual

1

INS/MINSA/DISA/DIRESA/GERESA/UNIDA DES EJECUTORAS

Evaluación de gestión del Programa Presupuestal

Anual

1

MINSA/REGIONES

Mensual/Seme stral

12/2

Monitoreo de cobertura de meta física operativa y presupuestal

MINSA/SIS/DISA/DIRESA/UNIDADES EJECUTORAS (REDES Y MICROREDES)

(...) 1.21 GESTANTE Y PUÉRPERA CON SUPLEMENTO DE HIERRO Y ÁCIDO FÓLICO (3033317)

(...) 1.21.1 Gestante y Puérpera con Suplemento de Hierro y Acido Fólico (3331701).

2. PROGRAMA SALUD MATERNO NEONATAL («-.) 2.8 POBLACIÓN ACCEDE A METODOS DE PLANIFICACIÓN FAMILIAR (3033291)

(...) De acuerdo al método anticonceptivo la provisión es brindada por el siguiente personal: Personal de salud

Abs.

MELA

Condón masculino

Condón femenino

Implante

Píldora combinada

Inyect combinado

Inyectable progestageno

DIU

AQV Femenino

AQV Masculino

X

Feriódica

Ginecologo —Obstetra Urologo Medico Cirujano Obstetra

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X(*)

X

X

X

X

X(*)

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Enfermera (entrenada) Técnico de enfermería (entrenada)

X

X

X

X(*)

X(*)

X(*)

X(*)

X(*)

X(*)

X(*)

X

*Donde no haya el profesional calificado podrá proveer el método otro personal capacitado.

2.12 ATENCIÓN DEL PARTO NORMAL / ATENCIÓN DEL PARTO VAGINAL (3033295) 2.12.1 Atención del Parto Normal / Atención del parto vaginal (3329501) (..«)

2.13 ATENCIÓN DEL PARTO COMPLICADO NO QUIRÚRGICO / ATENCIÓN DE LAS COMPLICACIONES DEL PARTO.

2.20 ATENCIÓN DEL RECIEN NACIDO NORMAL (3033305)

Definición Operacional.Recién Nacido Normal: Es todo RN, único o múltiple, cuya edad gestacional es igual o mayor de 37 semanas y menor de 42 semanas y es nacido de parto eutócico o distócico, que no presenta patología.

6 PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE CÁNCER (0024) 6.30 PERSONAS CON CONSEJERÍA EN LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE: COLON Y RECTO, HÍGADO, LEUCEMIA, LINFOMA, PIEL Y OTROS (3000363). 6.30.1 Persona informada con consejería en la prevención del cáncer de colon y recto, hígado, leucemia, linfoma, piel y otros (0036301) 21.. L/GI MI 11~11 ,LJVCI al.1%/11■

La consejería en prevención de cáncer de colon y recto, hígado, leucemia, linfoma, piel y otros, es el proceso mediante el cual el profesional de la salud brinda información principalmente de aspectos relacionados a la alimentación balanceada y estilos de vida saludables. Estará dirigida a personas mayores de 18 años a 69 años, para fomentar estilos de vida saludable y una cultura de prevención. La Orientación/Consejería.- Es aquella que se realiza de manera personalizada, utilizando metodología participativa y aspectos metodológicos de enseñanza para adultos, con el material elaborado de acuerdo a cada región del país, esta orientación/consejería se brindara en el consultorio de medicina general, urología, consultorios preventivos, previa a una atención médica y tendrá una duración de 15 a 20 min. Para la realización de la consejería individual se considerará el uso de materiales impresos como trípticos, afiches, rotafolio, guías y ficha de consejería. La provisión del servicio, estará a cargo de profesionales de salud, médico o enfermera capacitados y/o profesionales de salud con conocimiento del tema quienes serán los responsables de brindar la consejería referida a la prevención de cáncer, según nivel de atención 1-2, 1-3, 1-4, 11-1, 11-2, 111-1, 111-2 y III-E. El personal de salud que realiza estas actividades deberá ser capacitado, en consejería de Prevención de cáncer por un personal de salud de la Microred, DIRESA o DISA, que a su vez recibirán capacitación del INEN-IREN, una vez al año, utilizando los insumos requeridos para la Prevención de cáncer. Esta capacitación teórico práctica tendrá una duración de 16 hrs efectivas y se utilizarán materiales y equipos audio visuales, de cómputo, así como simulador anatómico, que permitan la capacitación de los profesionales y técnicos de manera efectiva. Condiciones clínicas y actividades relacionadas.• 99401 — Consejería integral • C0009 - Sesión educativa • 00099 — Actividades de prevención de cáncer

Criterio de programación. Para los establecimientos del nivel 11-1, 11-2, 111-1, 111-2, III-E, programar según demanda de acuerdo a los pacientes que acuden a los servicios de salud respectivo de acuerdo al histórico (3 años anteriores) prioritariamente a población afiliada al SIS (Componentes subsidiado y semisubsidiado). Para los establecimientos del nivel 1-2, 1-3, 1-4, programar el 10% de su población asignada, prioritariamente la población SIS (Componentes subsidiado y semisubsidiado) y de preferencia del quintil 1 y II de pobreza. Unidad de medida.• 259. Persona informada. Fuentes de información.• Reporte Estadístico HIS correspondiente al punto de oferta habilitado. • Reporte de atendidos y atenciones del SIS correspondiente al punto de oferta habilitado.

6.32 PERSONAS CON EVALUACIÓN MÉDICA PREVENTIVA EN CÁNCER DE: COLON Y RECTO, HÍGADO, LEUCEMIA, LINFOMA, PIEL. (3000364) 6.32.1 Personas con Evaluación Médica Preventiva en Cáncer de: Colon y Recto, Hígado, Leucemia, Linfoma, Piel (0036401) Definición operacional.Esta actividad está orientada a evaluar a las personas que acuden al servicio con el propósito de promover y mantener la salud, asimismo de encontrar alguna sintomatología que determine la presunción de cáncer de colon y recto, hígado, leucemia, linfoma, piel y otros o que se encuentran en la edad en riesgo se realizaran una serie de procedimientos para determinar el diagnóstico definitivo, de no contar con ello será transferido a otro establecimiento de mayor capacidad resolutiva. Esta actividad se podrá realizar en los establecimientos de salud de primer nivel de atención siempre y cuando cuenten con el equipo básico de profesionales de la salud (1-2, 1-3, 1- 4). Así también en los establecimientos del 2do y 3er nivel de atención (11-1, 11-2, 111-1, 111-2, III-E). Se podrá contar con equipos médicos de especialistas itinerantes de acuerdo a las coordinaciones realizadas a través de la Dirección Regional de Salud de cada gobierno regional con la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, así también se podrá coordinar con los profesionales especialistas de los hospitales/Institutos referenciales según región para brindar este servicio en los establecimientos de salud de menor capacidad resolutiva utilizando la estrategia de campañas de salud en materia oncológica. Están incluidos en este conjunto de actividades la evaluación médica y examen clínico, asimismo la identificación de factores de riesgo y la referencia o derivación para estudios complementarios.

Para la provisión del servicio se debe contar con cualquiera de los siguientes profesionales médicos: médico general, médico de familia, médico Oncólogo, médico neumólogo u otros especialistas. Condiciones clínicas y actividades relacionadas.• Z80.0 Historia familiar de tumor maligno de órganos digestivos (Afecciones clasificables en C15—C26). • Z85.0 Historia personal de tumor maligno de órganos digestivos. (Afecciones clasificables en C15—C26). Criterios de programación.• Para los establecimientos del nivel 11-1, 11-2, 111-1, 111-2, III-E, programar al 100% de los pacientes que acuden para evaluación médica preventiva según demanda de acuerdo al histórico (3 años anteriores) prioritariamente a población afiliada al SIS (Componentes subsidiado y semisubsidiado). • Para los establecimientos del nivel 1-2, 1-3, 1-4, programar el 5% de su población asignada, prioritariamente la población SIS (componentes subsidiado y semisubsidiado) y de preferencia del quintil I y II de pobreza. En su defecto, para el cálculo de la meta, estimar como cifra referencial al 2% del total de personas que fueron atendidas el año anterior. Unidad de medida.• 087. Persona atendida. Fuentes de información.• Reporte Estadístico HIS correspondiente al punto de oferta habilitado. • Reporte de atendidos y atenciones del SIS correspondiente al punto de oferta habilitado

9 REDUCCIÓN DE LA VULNERABILIDAD Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS POR DESASTRES (0068) 9.1 ESTABLECIMIENTOS DE SALUD SEGUROS (3000167)

9.1.3 Seguridad No Estructural de los establecimientos de salud (5001575)

B. Criterios de Programación.• Mantenimiento de elementos arquitectónicos, equipos, mobiliarios e instalaciones básicas, así como implementación de bienes para el logro de dicho fin, en el 30% de los Establecimientos de Salud categoría 1-4 al 111 y 5% de los Establecimientos de Salud categoría 1-1 al 1-3, priorizados.

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