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Visto, el Expediente 13-037155-001 que contiene el Informe N° 026-2014CEPAD/MINSA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Informativa N° 012-2013-DVM/MINSA, recepcionada con fecha 07 de mayo de 2013, el Viceministro de Salud, remite a la señora Ministra el expediente N° 13-037155-001, conteniendó el Informe N° 239-2013-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el cual se recomienda que todos los actuados se deriven a la CEPAD, a fin de que se realice el deslinde de responsabilidades de los funcionarios que habrían permitido la prescripción de la acción administrativa para el inicio del proceso administrativo disciplinario en el que estaría inmerso el Médico Cirujano Jony Alberto Laos Juárez; Que, con Memorando N° 123-2013-DM/MINSA de fecha 17 de mayo de 2013, la Ministra de Salud remite a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el expediente N° 13-037155-001, a fin de que en el marco de sus atribuciones y competencia, se sirva efectuar las acciones que estime pertinentes; Que, de acuerdo con el artículo 166 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario, igual prerrogativa ostenta la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, mediante Informe N° 026-2014-CEPAD/MINSA, la CEPAD señala que la Médico Oftalmóloga Betty Georgina Campos Dávila, Directora General del Instituto Nacional de Oftalmología, designada por Resolución Ministerial N° 430-2012/MINSA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 02 de junio de 2012, habría permitido que durante su gestión, prescriba el 16 de noviembre de 2012, la acción administrativa para el inicio de proceso administrativo disciplinario contra el señor Jony Alberto Laos Juárez, ex Director Ejecutivo de Planeamiento Estratégico, Nivel F-4, por los cargos

administrativos que se le imputaban en el Informe N° 003-2011-2-3759, resultante del "Examen Especial al pago de incentivos de asistencia económica a los funcionarios y servidores del Instituto Nacional de Oftalmología, periodo 2009 — 2010"; por lo cual se observaría el incumplimiento de sus obligaciones señaladas en los literales a) y d) del artículo 21 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y los literales a) y d) del artículo 28 de la citada norma; Por los hechos expuestos la CEPAD en uso de sus facultades en sesión extraordinaria de fecha 22 de abril de 2014, acordó por unanimidad recomendar instaurar proceso administrativo disciplinario a la Médico Oftalmóloga Betty Georgina Campos Dávila, Directora General del Instituto Nacional de Oftalmología, por el presunto incumplimiento de sus obligaciones establecidas en los literales a) y d) del artículo 21 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y la presunta comisión de las faltas administrativas disciplinarias tipificadas en los literales a) y d) del artículo 28 del mismo cuerpo legal, presumiéndose que la gravedad de dichas faltas puedan dar lugar a la imposición de alguna de las sanciones previstas en los literales c) o d) del artículo 26 del acotado Decreto Legislativo; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios — CEPAD, mediante Informe N° 026-2014CEPAD/MINSA, y; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, la Resolución Ministerial N° 198-2005/MINSA, que aprueba el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 021-2014/MINSA que delega en el Secretario General del Ministerio de Salud, la facultad para instaurar procesos administrativos disciplinarios; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario a la Médico Oftalmóloga Betty Georgina Campos Dávila, Directora General del Instituto Nacional de Oftalmología; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Secretaria] y estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios en el Informe N° 026-2014-CEPAD/MINSA. Artículo 2°.- Remitir los antecedentes a ministrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ara su respectivo .iligenciamiento. Artículo 3°.- Notificar la prese te Resolución Se etarial a la interesada, de acuerdo a Ley.

DANILO SPED S MEDRANO S cretario General

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