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Facilidades Crediticias en Moneda Extranjera. 3. Con el propósito ... de la República de Honduras para la Mejora del Cumplimiento Tributario Internacional e.
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Estimado licenciado Araujo: Hacemos referencia a su Oficio ASBA/SG/044/16 del 24 de febrero de 2016, solicitando contribución técnica para la publicación del Diario del Supervisor Bancario No.44; a continuación detallamos los avances más recientes en materia de regulación y supervisión en nuestra jurisdicción:

1. Se ha fortalecido el marco regulatorio aplicable a las instituciones supervisadas bajo estándares internacionales y mejores prácticas, mediante modificación y actualización de normas prudenciales, entre las que se destacan las siguientes: a) Normas para la Evaluación y Clasificación de la Cartera Crediticia, b) Normas para Apertura, Manejo y Cierre de Cuentas Básicas de Depósito de Ahorro en Instituciones Supervisadas; c) Reglamento para la Inversión de los Fondos Públicos de Pensiones por Parte de los Institutos de Previsión; d) Norma de Riesgo de Liquidez; e) Manuales Contable para las Organizaciones Privadas de Desarrollo Financieras (OPDF) e Instituciones de Seguros.

2. Aprobación e implementación de las Norma para la Gestión del Riesgo Cambiario Crediticio a ser Observadas por las Instituciones del Sistema Financiero en el Otorgamiento de Facilidades Crediticias en Moneda Extranjera.

3. Con el propósito de adecuarse al modelo de Supervisión basada en Riesgos se llevó a cabo un proceso de reestructuración organizacional en la CNBS, creando una Superintendencia de Riesgos con el propósito de fortalecer el nuevo enfoque de supervisión.

4. Ante la creación de la Unidad FATCA de la CNBS y de estructuras de socialización con las partes involucradas en el proceso de desarrollo y aplicación FATCA, se aprobó la Norma para la Aplicación del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Honduras para la Mejora del Cumplimiento Tributario Internacional e Implementar FATCA.

5. En el tema de lavado de activos, la CNBS como miembro de la Comisión Interinstitucional para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo (CIPLAFT), trabajó en los procesos de revisión y elaboración de proyecto de la nueva Ley contra el Delito de Lavado de Activos, con el objeto de actualizar dicha Ley a las nuevas recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y demás estándares internacionales.

6. Reformar el contenido de las instrucciones giradas a las instituciones supervisadas sobre la información a difundir a los usuarios financieros respecto a las Centrales de Riesgo Privadas y la Central de Información Crediticia de esta Comisión; con el propósito de comunicar a las instituciones supervisadas que deberán optimizar los mecanismos de comunicación ante un actual o potencial cliente, respecto de informarle sobre los criterios cualitativos y cuantitativos que justifican el rechazo en el otorgamiento de un crédito, especialmente harán énfasis en indicar a su cliente el nombre de la fuente (s) consultada (s) o nombre de la Central de Riesgos, nombre del acreedor, número de operación, fechas, saldos y días mora, considerados estos como datos relevantes que reflejan el deterioro en su comportamiento de pago.

7. Se han realizado medidas para fortalecer el Sistema Financiero, brindando instrucciones a las instituciones supervisadas con relación a la información a difundir a los usuarios

financieros sobre las Centrales de Riesgo Privadas y la Central de Información Crediticia de esta Comisión.

8. Aprobación el Reglamento para Regular el Pago de Aportes del Banco Central de Honduras y de las Instituciones Supervisadas al Presupuesto de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros.

9. Se actualizó el Memorándum de Entendimiento para instituciones bancarias suscrito el 30 de abril de 2003, entre la Comisión Nacional de Bancos y Seguros de la Republica de Honduras y la Superintendencia de Bancos de Guatemala, con la incorporación de las instituciones de Seguros al mismo, situación que amplía el marco de supervisión transfronterizo entre ambos. Atentamente, Gabriela Flores Oficial de Riesgos I (SBFAAP) División de Cumplimiento Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Comisión Nacional de Bancos y Seguros +504 2290 4500 ext. 245 Edif. Santa Fé, Col. Castaño Sur Tegucigalpa, Honduras www.cnbs.gob.hn