SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL

REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR ERIK HIDALGO ... de octubre de 2015 dos mil quince, pasada ante la fe del Licenciado Jesús César.
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CTO/LXII-LEG/NEC/SEG-0147/2015/02-16

H. CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL CONTADOR PÚBLICO JUAN CAUDILLO RODRíGUEZ, EN SU CALIDAD DE DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACiÓN DEL CONGRESO DEL ESTADO Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO l/EL CONGRESO" Y POR LA OTRA, LA SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADA COMERCIALlZADORA DE SEGURIDAD PRIVADA Y EMPRESARIAL ERUMA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR ERIK HIDALGO MALDONADO EN SU CARÁCTER DE GERENTE GENERAL DE LA MISMA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO I/ERUMA", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES 1. Que con fecha 19 diecinueve de diciembre de 2015 dos mil quince, el Poder Legislativo del Estado de Guanajuato celebró Contrato de Prestación de Servicios con la sociedad denominada Comercializadora de Seguridad Privada y Empresarial ERUMA, S. A de C. V., en adelante "EL CONTRATO", en donde el segundo se obligaba para con el primero a prestar servicios de seguridad del NUEVO EDIFICIO DEL CONGRESO ESTADO DE GUANAJUATO. 2. La vigencia de "EL CONTRATO" en cuanto a los trabajos, inició el día 1 primero de enero de 2016 dos mil dieciséis y concluye el día 30 treinta de junio de 2016 dos mil dieciséis. El plazo de ejecución es de 182 ciento ochenta y dos días naturales. 3. Que en fecha 30 de junio de 2016, el subcomité de adquisiciones, autorizó la ampliación en plazo de "EL CONTRATO", en atención a la solicitud del área de servicios generales para incrementar el número de elementos de vigilancia para el Nuevo Edificio del Congreso del Estado. DECLARACIONES 1. Declara "EL CONGRESO" que:

1.1 Por acuerdo de fecha 22 veintisiete de julio de 2016 dos mil dieciséis, el Subcomité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato ("EL COMITÉ DE ADQUISICIONES") determinó la ~ necesidad de modificar "EL CONTRATO" en cuanto al monto y forma de pago, por lo que se requiere la celebración del presente instrumento, en atención al análisis de las razones que / fueron expuestas con tal fin al citado órgano colegiado. {__

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1.2 El presente Convenio tiene asignados los recursos presupuestales suficientes para cubrir el importe de los servicios contratados a "ERUMA", dentro del presupuesto asignado a "EL CONGRESO" . 1.3 A la firma del presente Convenio comparece el C. P. Juan Caudillo Rodríguez, Director General de Administración del Congreso del Estado y Apoderado Legal del mismo, según consta en el instrumento notarial número 10,691 diez mil seiscientos noventa y uno, de fecha 14 catorce de octubre de 2015 dos mil quince, pasada ante la fe del Licenciado Jesús César Santos del Muro Amador, Titular de la Notaría Pública número 15 quince del Partido Judicial de León, Guanajuato. 11.Declara "ERUMA"

que:

11.1 Conoce el alcance de las modificaciones materia de este convenio, y cuenta con la capacidad jurídica de conformidad con lo declarado en "EL CONTRATO", disponiendo de la organización y elementos suficientes para cumplir con ellas. 11.2A la firma del presente Convenio comparece el Erik Hidalgo Maldonado como Gerente General de la sociedad, según consta en la escritura pública número 53,133 de fecha 7 de octubre de 2015, otorgada ante la fe del licenciado Enrique Macías Chávez, Notario Público número 47 de la ciudad de León, Estado de Guanajuato, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el folio mercantil 61058*20. Manifestando que cuenta con las más amplias facultades para la suscripción del presente instrumento y quien manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las éstas no le han sido revocadas ni disminuidas en forma alguna. 111.Declaran las partes: ÚNICA. Que se reconocen la personalidad con la que intervienen en la celebración del presente Convenio y expresan su conformidad de sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS rimera. Las partes acuerdan modificar el monto de "EL CONTRATO", de conformidad con la formación expuesta en los documentos que en anexos fueron agregados a la aprobación de el Comité de Adquisiciones y que se tienen por aquí reproducido como a la letra se insertase ara evitar repeticiones innecesarias. Segunda. "EL CONGRESO" se obliga a pagar a "ERUMA" mensualmente por la prestación del servicio contratado descrito en las cláusulas de EL CONTRATO, la cantidad de $126,000.00 (Ciento veintiséis mil pesos cero centavos, Moneda Nacional), más el importe del Impuesto al Valor Agregado, correspondiente a $20,160.00 (Veinte mil ciento sesenta pesos cero centavos,

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Moneda Nacional), lo que implica un total de $146,106.00 (Ciento cuarenta y seis mil ciento sesenta pesos cero centavos, Moneda Nacional). Tercera. "ERUMA" otorga su consentimiento para que las garantías otorgadas en "EL CONTRATO", sin mayor trámite, así como las sanciones y penalizaciones pactadas, sigan surtiendo los efectos legales hasta la terminación del plazo que en este convenio se determina. Asimismo ERUMA se obliga a entregar los endosos correspondientes a las pólizas de fianza que por tal concepto presentó a EL CONGRESO hasta por el mismo porcentaje que en el contrato se señaló. Cuarta. Ambas partes convienen en que con excepción de lo que expresamente se estipula en los términos de este Convenio Modificatorio, rigen todas y cada una de las cláusulas de "EL CONTRATO", por lo que no es deseo de éstas, el novar las obligaciones contraídas originalmente. Leído que fue el presente Convenio Modificatorio en 3 tres páginas útiles y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, declaran expresamente que en el mismo no existe error, dolo, lesión o vicio del consentimiento alguno, por lo que lo suscriben por triplicado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 22 días de julio de 2016. "EL CONGRESO DEL ESTADO"

"ERUMA"

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L-C. P. JUAN CAUDILLO RODRíGUEZ DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACiÓN

C. ERIK HIDALGO MALDONADO GERENTE GENERAL

TESTIGOS

CL2~ LlC DANIEL MAR ARMENTA COORDINADO SERVICIOS GEN R LES

ARQ. ALICIA MA. SIERRA GALLARDO GERENTE DE PROYECTO

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