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'Vargas, recafpo en el Expediente P_I NW 42103990057. , 74-99, de fedla 17 de marzo del 2004, confirmada por el Tribunal Superior con fec:ha 23 de Julio del ...
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~ """- 16 do III8I1Qdo 2011

las investigaciones por el Organo de Control del t10spiÍal Central de Policlll: • Que, el Juez: de la cauee ¡miIVia lICUSlldón Ii8caI '....._~._ de ']a .¿~--'''''D púbU-'" a delerminó que JuanManuel.BluIlh 'lalgaa,duran!e su .l..laJu• ...., __ "III&~ _

gesll6n cOmo médico en. el HoSpilal Central de 'la PoIiela ¡ médico y 10 lIep8t8n del ha .actuildocon irregularidades, ya que ha .suaCrito • ... - Ra1ad. . .--tal"H --" n..1 ..-... doloeementerec!lleemédic¡aafic)i.ciaa,ideóunlliagnóstlCo .... ~......... ODunO .............0 - . ,falsodelaenfannedaddepárkinson(códlgotrélltresd08) .Bldejro Noguchl" ~ra los beneficiarios, quienes nUnca adllfllcleron de la (' citada enfannedad. coIudido con personal que laboraba en INSTITUTO NACIONAl DE \SALUD MENTAL' dieho nosocomio, pacientes. cuya Identidad que, MtabIín uHONORIO DELGADO - HlDEYO NOGUCHl w

consignailas en la.s recetaa vales nunca conCún'leron RESOLUCIÓN DIRECTORAL

al HoapItaICentral dela PoIicIa, espacftlcamente en el N" A.&" -2011-DG/INSII-"HD-HN"

seNicio de ,NellfOlll\Jla, nunca. hubo tratddirec.to y/o' '"'" pafllOnal por asunlof de eelud entre el 8C1.IIIIQo. Bruah Vargas y los banaficiari08c.;onsignildoa en Jea reeet8s San Martln da PorTes, 14 de marz~ dél. 2011 , vales, faltando a la verdad en contra del jeI'e de Farmacia de Vardee FORFAR, Meyor PNp, con el fin de,4i1tcnlonár VISTO: los hechos y evadir BU responeebillded.y aprov8chandodel cargo y funciones que osIenlaba, amitla las vales El Oficio N° 379-1t·TSJMP-IIZJ-PNP-2JIP'-(134-M), irregulamiente, l;OI1 el evidenla propósito de beneficiaree remHido poreJ' SecreJarlo Letrailo del. Segundo JIl~o econ6mlcemenla con. la' sustracción sllIl!máIlca de . Mililar PoIiciaJ..IIZJPNP, adjunlando la eenlaneiaen copla madicilllls en egravlo del EsladoPeruano (I:'oSPOUS), certificade, que contiene la'lmposiclón de pena priVativa de . méxime si todas les racelas {18) materia de prílC4I80, le la libertad condk:lonal contra el doctor Juan Manuel Bruah Elflcontrabansuscrltall por Juan Mllnuel Blulh Vargas, las , 'Vargas, recafpo en el Expediente P_I NW 42103990057­ que fueron 'silltemátlcam&nte repeJidas y que, tenllan alto , 74-99, de fedla 17 de marzo del 2004, confirmada por

valot aconómico a razón de cuatrocientos nuevos soles l el Tribunal Superior con fec:ha 23 de Julio del allo 2004.

porcada recata vate: el referido Procesado inotuio .lIt;mó notIftcada al referido .cóndenado el 09 de junio del allo haber realizado la elención.médlca c:orraapondI8nI. con · 2005, al Informe N" 004-2011-Cpp,t,DIINSM "HD-HN', de la presencl¡i flsicá de los pacientee y reConoce c.;omo lUYa fecha 07 de rnar.zo del aIIo en CUIlIO;

la firme y eeIIos utiliz:ados en la8' recetas vales, emparo fueron desvirtuados por lospácientes 8UP~ente atendidos en vista que éstos 110, concunleroí! en rilllgún CONSiDeRANDO: momento 'al' HoSpItal Central ~ PoIIcIa,..no extsti8ndo tegllllm o al)Ofaeión de la atencldn médica an 1$, HiIItOria Que, el médic.o Juan Manuel Blush Yergas. in6dico CUnica de los Pacientas, !empoco eslaban ~~ nombrado dellns/ituto Nacional de Salud Menlal'Honorto en los cuadernos. las c:IIas. de conisulloño el(iemo. de DeIgado-Hideyo Noguc:hi', fue d.nunciado,~o y Neuroiogla; f\lndame~ por .10 que .. le impuso la condenado por la comisión de los dell!O& de Falaill!:ación .. .' . ' de Documentos YFraude. en agravio del Estado, tramitado " cóndena de prisión. QUe~ la Ley de 8 _ de la Adlrtlni1llÍ'atlva por ante el Ten:er Juzgado Militar· PollclaJ..IIZJPNP, y de Remuneracionea del Sector· Público, prec:iaa que expediente ti" 42103990057-74-99, conforma aparece de los aeNidores ~bliQOll .son nasponeebi81 dviI-. penel Y , la sentencia én copla Certificada, , adminlslniltivaménte por él. cumplimiento de lee normas Qú!l....la ~udida aenlancia ,.Ia. coildanaÍ'ldO a Juan legalee y aqmlnlslrativaeen eI~ delStM:Viclo~, Manuel tmISI1 \(argas por los delitos referidos' a la pena sin pe!juiclo de las sanciones de caráCter disQpllníIrIo por da cinco mesallde prisión militar, con. el carácter de condicional, fijándose además por concepto de. reparación .las fallas que ·comafan;y que eee. reapol1Sllbilldad' los hace pasibles de eencic¡nea que puadll) seratendlef!do civil la suma de doscIenlof cincuenla nuevos soles a favor al hecho. Imputado;, .~ci.ón Verbal o ~, del egraYiadO (Estado), sin pe¡juiclo de restituir en forma SUspensión, Cese Temporal y O~.. . ' so~ria lo defraudado, .conforme a la ¡:íerIcia que se ha .Qua, la acoIailanorrna además previea-,en:eJ a.rtk:ulo plllClicado. tddo ello bajo aparclblmiento de revocatse el . beneficio 4e conIlena condicional. 29". que la cóndaná penal PriveJiva de llbeitad pOr la Que, no eslendo conl'olme' con la pena impuesIB comisión ~ delito doi08O cometido por 4'i S8I'Iiídor púbIIép. lleva consigo la destitución automática; COI\IXlrdante con Juan. Manuel . Brulh .Vargas, Interpone .F&CUreO de eJevt.ndose todo lo 1ICIuad0 ,por .ante al esla norma el articulo 161 0 del DIICreJo Supre(no NW O!l5-9O-PCM, esleblece: la condena' penal coneentlda SUperIor Jerárquico, para el ejeiclc,io da sus atrjbucionell, y ~ priva~ de la libaI1ad,~¡ delito dIlf08O', tramitándose conl'olme a su neluralllza. . • .' . acarrea destituci6nilUlt)máj[ca...En eI~ de condena Que, el l.rib1lnal Superior, ínedlanla senlancill' de .vilifel 4e fedla 23. da julio del 2004, confirme lit lIf/flfeni;ia , condi