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VISTOS:

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-2017-MINCETUR/SG/OGA-OASA de la Oficina de Abastecimiento y ¡nlorrs Servicios=¡Auxiliares; el Memorándum N' 005-2017-MINCETURA/MT/DGPDT emitido por la D¡rección de Facilitación y Cultura Turistica de la Dirección General de Polít¡cas de Desarrollo Turíst¡co, y CONSIDERANDO: Que, el 20 de julio de 2016, med¡ante Requerimlento de Gastos de Servicios N' 2016-02549, la Dirección de Fac¡l¡tación y Cultura Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo

Turístico solicita la "Contntación

del

Seryic¡o

de diseño de un

s¡stema

de implementac¡ón y

-

ceft¡fícación para promover la prevención de la explotac¡ón sexual de n¡ñas, n¡ños y adolescenles ESNNÁ, en el ámb¡to de turismo y apl¡cación de un piloto de ¡mplementación"; el expediente de contratación fue aprobado mediante Proveído N' 730-2016-MINCETUR/SG/OGA en el Memorándum

N'

2207-2016-MINCETUR/SG/OGA-OASA de fecha 28 de diciembre del 2016, con un Valor Estimado de S/ 200,600.00 (Doscientos mil seisc¡entos con 00/100 Soles), cuyas bases fueron aprobadas a través del Proveldo N" 734-2016-MINCETUR/SG/OGA en el l\lemorándum N'0012016-MINCETUR/CS AS N" 101-2016 de fecha 28 de d¡c¡embre del 2016: Que, con fecha 28 de diciembre de 2016 se publica en el SEACE la primera convocatoria del procedimiento de selección AS N" 101-2016 MINCETUR/CS, para la " Conüatac¡ón del SeNicio de d¡seño de un s¡stema de implementac¡ón y ce¡t¡f¡cac¡ón para promover la prevención de la explotación sexual de niñas, n¡ños y adolescerfes - ESNNÁ, en el ámb¡to de tur¡smo y apl¡cac¡ón de un piloto de implementación", cuyas bases fueron aprobadas a través del Proveído N" 734-20'16IVIINCETUR/SGi OGA en el Memorándum N" 001-2016-MINCETUR/CS AS N' 10'f -2016 Primera Convocator¡a de fecha 28 de d¡ciembre del 2016

Que, mediante Memorándum N' 005-2017-MINCETUR /MT/DGPDT, emitido por la y Cultura Turística de Ia Dirección General de Políticas de Desarrollo Turistico, en su cal¡dad de área usuaria del servicio, comunica a la Of¡c¡na General de D¡rección de Facil¡taclón

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Administración, la no pers¡stenc¡a de la neces¡dad de real¡zar la "Contratac¡ón del Sev¡c¡o de d¡seño de u, s,sfema de ¡mplementac¡ón y ceftii¡cación para promover la prevenc¡ón de la explotación sexual de n¡ñas, niños y adolescentes - ESNNA, en el ámbito de turismo y aplicación de un piloto de implementac¡ón', considerando dentro de sus actividades para el año 2017, el Desarrollo de un Programa de Certificación en Prevención de ESNNA el cual será ejecutado d¡rectamente por el equipo técnico de Cultura Turística y Prevención de la ESNNA, dicha decisión se encuentra justificado en el INFORME N"001 -201 7-MINCETURA/ñ¡T/DGPDT/DFCT-RMA;

Que, el articulo 30 de Ia Ley de Contratac¡ones del Estado aprobada mediante Ley N" 30225, establece que "La entidad puede cancelar el proced¡m¡ento de selecc¡ón, en cualquier momento prev¡o a la adjudicac¡ón de la Buena Pro, por razones de fuerza mayor o caso to¡fu¡to, cuando desaparezca la neces¡dad de contratar o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto as¡gnado sea ¡nsuficiente o tenga que destinarse a otros propós¡fos de emergencia declarados expresamente, u otras razones just¡ficadas, bajo su exclusiva responsab¡lidad, de confomidad con lo establecido en el reglamento": Que, el artÍculo 46 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 350-2015-EF señala "Cuando la Entidad dec¡da cancelar total o

parc¡almente un proced¡m¡ento de selecc¡ón, por causa[ deb¡damente mot¡vada, de acuerdo a lo establecido en el a¡lículo 30 de la Ley, debe comun¡car su decisiÓn dentro del dia sigu¡ente y por escrito al com¡té de selección o al órgano encatgado de las contrataciones, segÚn correspottda. deb¡endo reg¡strarse en el SEACE la resoluc¡ón o acuerdo cance[ator¡o al d¡a siguiente de esta comunicac¡ón y, de ser el caso, at coneo electrÓn¡co señalado por los pa¡t¡c¡pa¡ttes. (...) La resoluc¡ón o acuerdo que formal¡za la cancelac¡ón debe ser em¡t¡da por el funcionar¡o que aprobó el Expediente de Contratación u otro de igual o superior nivel";

Oue, en consecuencia, resulta necesario cancelar el procedimiento de selecciÓn por Adjudicac¡ón Simplificada N" 101-2016-MINCETU R/CS - Primera Convocatoria, para la "Contratación del Serv¡cio de diseño de un s¡stema de implementac¡ón y certif¡cación para promover la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes - ESNNA, en el ámbito de turismo y aplicación de un piloto de ¡mplementac¡ón", debido a que el área usuaria ha informado que no pers¡ste la neces¡dad de contar con el servicio en mención y, por tanto estaríamos ante uno de los supuestos de cancelación del proced¡m¡ento prev¡stos en el articulo 30 de Ia Ley de Contratac¡ones del Estado, Estando las facultades conferidas a la Oficina General de Admin¡stración señaladas en el inciso i) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución M¡nister¡al N' 002-2017-i/INCETUR;

Con el visado de la D¡rectora de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxil¡ares y el Director de la Oficina de Control Previo, De conform¡dad con la Ley N'30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 350-2015-EF; SE RESUELVE:

l'.- Cancelar el procedimiento de selección: Adjudicación Simplificada N' 10.1-20'16MINCETUR/CS - Primera Convocatoria, para la "Contratación del Serv¡c¡o de diseño de un s¡stema de implementación y certificación para promover la prevención de la explotación sexual de niñas. Art¡culo niños

y

adolescentes

-

ESNNA, en

el

ámbito de tur¡smo

y

aplicación

de un piloto

de

implementación", por haber desaparec¡do la neces¡dad de contratar dicho servicio, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Art¡culo 2'.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, comunicar la dec¡sión dentro del dia sigu¡ente y por escrito al Comité de Selección, debiendo registrarse en el SEACE la Resoluc¡ón al día siguiente de esta comun¡cac¡ón y de ser el caso al correo electrónico señalado por Ios participantes.

Reg¡strese y Comuníquese.