RESULTADOS DE EVALUACION CURRICULAR

Bazán Calderón, SO3 PNP Wider Michel Bece- rra Gallardo, SO3 PNP Frank Antonhy Burga. Tirado, SO3 PNP Jesús Ademar Coronel Díaz,. SO3 PNP Eberts ... PNP Jordan Camilo Vásquez Oscco, SO3 PNP. Saul Alfredo Vega Reyes, SO3 PNP Gerald Jac- skon Sánchez Tantarico, SO3 PNP Dilmer Ig- nacio Ventura.
6MB Größe 21 Downloads 93 vistas
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 24 de febrero del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA

RESULTADOS DE EVALUACION CURRICULAR EVALUACIÓN PARA PERITOS JUDICIALES 2016-2017 N°

CODIGO

NOMBRE

ESPECIALIDAD

PUNTAJE

SITUACION

1

06-00004-2016

RODRIGUEZ CASTILLO, LENNIN

CONTABILIDAD

50

APTO

2

06-00008-2016

RAVINES OBLITAS, CARLOS ANIBAL

CONTABILIDAD

50

APTO

3

06-00012-2016

PESANTES PASTOR, FLOR ANGEL

CONTABILIDAD

50

APTO

4

06-00013-2016

SANCHEZ VIGO, FERNANDO

CONTABILIDAD

30,43

APTO

5

06-00014-2016

BECERRA CIEZA, MARCO ANTONIO

CONTABILIDAD

50

APTO

6

06-00016-2016

BOÑON CHAVEZ, VICTOR ELIAS

CONTABILIDAD

50

APTO

7

06-00018-2016

GARCIA MENDOZA, GLADYS MARIBEL

CONTABILIDAD

50

APTO

8

06-00019-2016

GARCIA ROJAS, LUIS

CONTABILIDAD

50

APTO

9

06-00022-2016

ORTIZ CELIZ, NERIDA MERCEDES

CONTABILIDAD

50

APTO

10

06-00025-2016

SILVA ESCALANTE, VILMA DEL ROSARIO

CONTABILIDAD

- (*)

NO APTO

11

06-00026-2016

SILVA TORRES, MARIA EUGENIA

CONTABILIDAD

28,26

APTO

12

06-00028-2016

SERQUEN HOJEDA, LAURA ANTONIETA

CONTABILIDAD

50

APTO

13

06-00030-2016

JULCAMORO AGUILAR, CÉSAR

CONTABILIDAD

50

APTO

14

06-00034-2016

BOBADILLA CORREA GLADIS ANTONIETA

CONTABILIDAD

50

APTO

15

06-00035-2016

CHAVEZ AUMADA SALUSTIANO

CONTABILIDAD

50

APTO

16

06-00036-2016

SANCHEZ URBINA, ENRIQUE OSWALDO

CONTABILIDAD

50

APTO

17

06-00042-2016

CARRION JUAREZ, JOSE FAUSTINO

CONTABILIDAD

28,26

APTO



CODIGO

NOMBRE

ESPECIALIDAD

PUNTAJE

SITUACION

1

06-00001-2016

PEÑA PALACIOS, ELBERT

ING. CIVIL

42

APTO

2

06-00002-2016

MUJICA ALIAGA, NANCY SOCORRO

ING. CIVIL

40

APTO

3

06-00003-2016

CARRION ROJAS, OMAR HEYNER

ING. CIVIL

22

APTO

4

06-00005-2016

URTEAGA BECERRA, HORACIO

ING. CIVIL

43

APTO

5

06-00007-2016

MINCHAN BRIONES, SEGUNDO MARCIAL

ING. CIVIL

42

APTO

6

06-00021-2016

LEON RIVERA, PEDRO ELIUD

ING. CIVIL

35

APTO

7

06-00023-2016

SILVA SILVA, ANA MARIA TESORO

ING. CIVIL

40

APTO

8

06-00024-2016

BASAURI BECERRA, WILLIAM RAFAEL

ING. CIVIL

34

APTO

9

06-00027-2016

ARROYO RUIZ, JULIO JAVIER

ING. CIVIL

42

APTO

2

2

24del de febrero del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, M 24iércoles, de febrero 2016 

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

10

06-00031-2016

COTRINA ROWE, VICTOR HUGO

ING. CIVIL

30

APTO

11

06-00032-2016

TERAN ALFARO ROMEL AGAPITO

ING. CIVIL

33

APTO

12

06-00033-2016

ESCALANTE CASTAÑEDA SEGUNDO MAXIMO

ING. CIVIL

38

APTO

13

06-00037-2016

CORO QUIROZ, ANA CECILIA

ING. CIVIL

22

APTO

14

06-00038-2016

PLASENCIA ALVAREZ, CESAR ADRIAN

ING. CIVIL

27

APTO

15

06-00041-2016

OCAS HUAMAN, MANUEL

ING. CIVIL

42

APTO



CODIGO

NOMBRE

ESPECIALIDAD

PUNTAJE

SITUACION

1

06-00006-2016

LEON ZEVALLOS, EFRAIN ALEJANDRO

AGRONOMO

38

APTO

2

06-00011-2016

DIAZ MORALES, LUIS ALBERTO

AGRONOMO

28

APTO

3

06-00015-2016

REBAZA CISNEROS, VALDEMAR

AGRONOMO

38

APTO

4

06-00017-2016

HUAMAN TORRES, WALTER

AGRONOMO

35

APTO

5

06-00029-2016

CARRION BALLENA, GENARO DESIDERIO

AGRONOMO

43

APTO



CODIGO

NOMBRE

ESPECIALIDAD

PUNTAJE

SITUACION

1

06-00009-2016

ARANA MEDINA, ISMAEL

GRAFOTECNICO

50

APTO

2

06-00010-2016

SALDAÑA SALINAS, CARLOS MARTIN

GRAFOTECNICO

50

APTO

3

06-00039-2016

RODRIGUEZ ESPINOLA, JORGE LUIS

GRAFOTECNICO

37,5

APTO

4

06-00043-2016

PISFIL FLORES, ELOY OCTAVIO

GRAFOTECNICO

- (**)

NO APTO



CODIGO

NOMBRE

ESPECIALIDAD

PUNTAJE

SITUACION

1

06-00040-2016

RODRIGUEZ ESPINOLA, JORGE LUIS

DACTILOSCOPICO

37,5

APTO



CODIGO

NOMBRE

ESPECIALIDAD

PUNTAJE

SITUACION

1

06-00020-2016

DIAZ RABANAL, JIMMY MIGUEL

ARQUITECTO

- (*)

NO APTO

(*) NO CUMPLE REQUISITOS (**) DESCALIFICADO POR POSTULACION EXTEMPORANEA

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 24 de febrero del 2016 

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

2.

EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCION Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

EDICTO EXP. N° 1482 - 2015 - C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por RICARDO ELIO DIAZ SANGAY sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° UNO: Cajamarca, 19 /01/16 RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la solicitud presentada por RICARDO ELIO DIAZ SANGAY, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.”, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Hugo Díaz León, Juez y Cynthia Muñoz Posadas Sec.HUGO HOLDEN DÍAZ LEÓN JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA CYNTHIA MUÑOZ POSADAS SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5166030 F.P. 24 Febrero S/.2.50 EDICTO JUDICIAL EXP.1476-2015-0-0601 -JP-CI-01.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de GLADYS MARLENE DIAZ SANGAY sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número uno.- Cajamarca veintiocho de Diciembre del año dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por GLADYS MARLENE DIAZ SANGAY sobre Rectificación de Partida de nacimiento en vía procedimental No Contencioso; en el sentido que: En lo referente al contenido del acta de nacimiento donde se encuentra ilegible uno de mis prenombres, pues aparece, como que el nombre “Gladys”, ha sido sobrepuesta la vocal “i” a la consonante “y”, cuando en realidad debería aparecer como “GLADYS”; así como, también se ha consignado erróneamente el pre-nombre de mi madre, pues aparece como GLADYS VIVIANA cuando en realidad debería aparecer como GLADYS, debiendo corregirse en todos sus extremos lo solicitado.- Fdo. Burga Rabanal - Juez; Arribasplata Ygnacio - Especialista Legal. Cajamarca, 15 de Diciembre del 2015 NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5166030 F.P. 24 Febrero S/.3.00

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

NOTA: LAS DEMAS ESPECIALIDADES CONVOCADAS SE DECLARAN AUTOMÁTICAMENTE DESIERTAS AL NO HABER POSTULANTES INSCRITOS. 

CAJAMARCA, 23 DE FEBRERO DE 2016 LA COMISION

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

EDICTO EXP. N° 2010-82-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguida por Juana Isabel Córdova Torres, contra Procurador Público del Ministerio del Interior y otros, sobre Indemnización por daños y perjuicios. Se publica lo siguiente: Resolución Número: diecisiete de fecha veintiocho de diciembre del dos mil quince, se indica que se notifique con un extracto de la presente resolución y de la resolución N° nueve, mediante edictos a los demandados rebeldes, conforme lo establece el Art. 459 del C.P.C, en el proceso interpuesta por Juana Isabel Córdova Torres, contra Procurador Público del Ministerio del Interior y otros, sobre Indemnización por daños y perjuicios, que se detallan a continuación SOB. PNP Víctor Coronel Coronado, SOB. PNP Eustacio Novoa Teatino, SOB. PNP Víctor Bolaños Yzquierdo, SOB1. PNP Américo Rivasplata Rodas, SOT1 PNP Alamiro Guerra Caruajulca, SO1 PNP Juan Salvador Gonzales Caruajulca, SO2 PNP Alexander Sánchez Medina, SO2 PNP

Miércoles, 24 de febrero del 2016

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

Gilmer Sánchez Torres, SO2 PNP Waldir Bazán Calderón, SO2 PNP Juan Carlos Nina Saucedo, SO2 PNP Jorge Alarcón Montenegro, SO2 PNP Luis Alzamora Olortegui, SO2 PNP Ubedelindo Carrera Fernández, SO2 PNP Baldomero Cabanillas Castañeda, SO3 PNP Alexander Guevara Navarro, SO3 PNP Ketty Vigo Cáceres, SO3 PNP Rafael Acosta Tejada, SO3 PNP Cesar Rodríguez Sánchez, SO3 PNP José Vásquez Núñez, SO3 PNP Ely Delgado Vásquez, SO3 PNP Brian Sánchez Silva, SO3 PNP Alexander Villar Salazar, SO3 PNP Noel Jara Cuenca, SO3 PNP Jesús Iván Cabrera Núñez, SO3 PNP Madame Lelis Cóndor Núñez, SO3. PNP José Luis Bazán Calderón, SO3 PNP Wider Michel Becerra Gallardo, SO3 PNP Frank Antonhy Burga Tirado, SO3 PNP Jesús Ademar Coronel Díaz, SO3 PNP Eberts Yosymar Cubas Pérez, SO3 PNP Neil Delgado Vásquez, SO3 PNP Romain Fernández Sánchez, SO3 PNP Genix Omar Mego Fernández, SO3 PNP Wily Gim Muñoz Matta, SO3 PNP Milton Vargas Mendoza, SO3 PNP Edwin Franklin Vásquez Cotrina, SO3 PNP Jordan Camilo Vásquez Oscco, SO3 PNP Saul Alfredo Vega Reyes, SO3 PNP Gerald Jacskon Sánchez Tantarico, SO3 PNP Dilmer Ignacio Ventura. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución y de la resolución N° nueve, por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 01 de Febrero del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.5156700 F.P. 18-24 Febrero 01 Marzo S/.6.00 EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Prado, en el Exp. N° 2006-061-C seguido por LUISA MEGO COTRINA, contra GLADYS REGALADO MEGO Y OTROS, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, Vía Proc. Conocimiento mediante Res. N° uno de fecha doce de octubre de del año dos mil seis se a resuelto lo siguiente: ADMITIR A TRAMITE la demanda incoada por Luisa Mego Cotrina contra Eligia Vásquez Salcedo, sobre Nulidad de Acto Jurídico, TRAMITESE en la vía procedimental correspondiente al proceso de Conocimiento; TENGASE por ofrecidos los medios probatorios, presentados AGREGUESE a los autos los anexos de ley, EMPLACESE a la demandada ELIGIA VÁSQUEZ SALCEDO por el plazo de TRES DÍAS con intervalo de UN DÍA a efecto de que recurra a este juzgado en el plazo de TREINTA DIAS después de la última publicación de los edictos y absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento. Firmado: Juez. TORRES VILLAVICENCIO. y Secretario. MIRANDA VILLEGAS Fanny Z. Torres Villavicencio JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC – BAMBAMARCA INGRUETH M. MIRANDA VILLEGAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P. 5156315 F.P. 18-22-24 Febrero S/.9.00

4.EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 0008-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : MELECIO MINCHÁN DE LA CRUZ. Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CUATRO de fecha 09- 02-2016, se ordena volver a notificar al denunciante Melecio Minchán de la Cruz con la resolución n° UNO de fecha 22-01-2015, la que RESUELVE: declarar improcedente el caso presentado por la Policía Nacional y se decidió archivar defi-

3

B

nitivamente este expediente. Póngase a disposición de ambas partes personas la documentación original que integra este expediente por tres hábiles y si lo reclamaran, consérvese copia certificada. Consentida o ejecutoriada que sea esta resolución, remítase el expediente al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Cajamarca, 11 de febrero de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Febrero EDICTO EXP. N° 2016-06-F ante el Juzgado Mixto Civil de Cajabamba, Juez Doctora EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA, en el Proceso seguido por LA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA, contra JOSE LUIS POLO CRUZADO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO, de fecha seis de enero del año dos mil dieciséis, en la cual ADMITE a trámite en vía de proceso único, la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por LA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA, en contra de JOSE LUIS POLO CRUZADO. Traslado de la presente al demandado por el plazo de CINCO DIAS, a fin de que la conteste, bajo expreso apercibimiento de declararse su rebeldía. El mismo que será publicado en el Diario Oficial La República, en el Periódico Mural de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, y en la Cartilla Judicial del Juzgado Mixto de Cajabamba, a fin de que en el plazo legal de realizada la última notificación se apersone al proceso y absuelva la misma, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de nombrársele Curador Procesal. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el termino perentorio de TRES días consecutivos. NOTIFICANDOSE.Dra. EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA Dr. MARLON OTINIANO AMAMABAL. SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 02 de febrero del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA F.P. 23-24-25 Febrero EDICTO EXP. N° 2015-163-F ante el Juzgado Mixto Civil de Cajabamba, Juez Doctora EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA, en el Proceso seguido por LA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA, contra OTTO GRIMALDO HERMOZA ALFARO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR. Se publica lo siguiente: Resolución Número: UNO, de fecha doce de octubre del año dos mil quince, en la cual ADMITE a trámite en vía de proceso único, la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por LA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA, en contra de OTTO GRIMALDO HERMOZA ALFARO. Traslado de la presente al demandado por el plazo de CINCO DIAS, a fin de que la conteste, bajo expreso apercibimiento de declararse su rebeldía, el mismo que será publicado en el Diario Oficial La República, en el Periódico Mural de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, y en la Cartilla Judicial del Juzgado Mixto de Cajabamba, a fin de que en el plazo legal de realizada la última notificación se apersone al proceso y absuelva la misma, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de nombrársele Curador Procesal. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el termino perentorio de TRES días consecutivos. NOTIFICANDOSE.Dra. EDITH MARGARITA TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA Dr. MARLON OTINIANO AMAMABAL. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 02 de febrero del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA F.P. 23-24-25 Febrero

4

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

EDICTO PENAL EXP. NÚMERO: 005-2015-00-0605-JR-PE-01 JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUALGAYOC BAMBAMARCA JUEZ: MARTIN N. GIL SERRANO ESPECIALISTA: DANILO RAMOS HERRERA. Se emplaza a Cinthia Meza Mixan, con la Res. 12 del 28-01-2016, que resuelve declarar FUNDADO el SOBRESEIMIENTO PARCIAL, en contra de NEHEMIAS VASQUEZ CRUZADO; levantar y anular las medidas coercitivas de carácter personal y/o real; así como PROGRAMAR la audiencia de Requerimiento Mixto- control preliminar de Acusación para el día VEINTIOCHO de marzo del 2016, a horas cuatro de la tarde. Bambamarca, 01 de febrero del 2016 DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA CHOTA F.P. 23-24-25 Febrero EDICTO EL Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc – Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Prado, en el Exp. N° 2006-061-C seguido por LUISA MEGO COTRINA contra GLADYS REGALADO MEGO y OTROS, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, Via Proc. Conocimiento mediante Res. N° Uno de fecha doce de octubre del año dos mil seis se ha resuelto lo siguiente: ADMITIR A TRÁMITE la demanda incoad por Luisa Mego Cotrina contra Eligia Vásquez Salcedo, sobre Nulidad de Acto Jurídico, TRAMÍTESE en la vía procedimental correspondiente al proceso de Conocimiento; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios, presentados AGREGUESE a los autos los anexos de ley, EMPLÁCESE a la demandada ELIGIA VÁSQUEZ SALCEDO por el plazo de TRES DIAS con intervalo de UN DIA a efecto de que recurra a este juzgado en el plazo de TREINTA DIAS después de la última publicación de los edictos y absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento Firmado: juez Torres Villavicencio y Secretario : MIRANDA VILLEGAS Fanny Z. Torres Villavicencio JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC – BAMBAMARCA INGRUETH M. MIRANDA VILLEGAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1988-2014-0-0601-JR-PE-02 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: KARIN VIGO PORTAL Se cita, notifica y emplaza a: JOSE PELAYO CHAVEZ Mediante resolución número DIECISIETE, se ordena se notifique al acusado José Pelayo Chávez, mediante edictos por el plazo de tres días en el Diario Judicial “La República”, adjuntando un extracto de la resolución número quince, de fecha nueve de febrero del presente año, mediante la cual se RESOLVIÓ “REQUERIR al investigado José Pelayo Chávez Sánchez, para que en el plazo de un día de notificado con la presente resolución, designe abogado defensor de su libre elección y señalar su domicilio procesal dentro del radio, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento” Cajamarca. 18 de febrero de 2016. MARIO LEONEL ABANTO QUEVEDO JUEZ TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1606-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: Imputado JAIDI ANÍBAL RAMOS CUBAS RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Cajamarca, veintinueve de enero del presente año.DADO CUENTA: Con la presente resolución éste Despacho RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha veintiuno de setiembre del año dos mil quince; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente proceso del acusado Jaidi Aníbal Ramos Cubas. CORRER TRASLADO

Miércoles, 24 de febrero del 2016 

DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación. Interviniendo la Especialista Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P.CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1402-2015-0601-JR-PE-02 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: Imputado Ramiro Chingay Morales RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.- Cajamarca, veintiocho de enero del presente año.- DADO CUENTA: Con la presente resolución éste Despacho DISPONE: CITAR a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTITRÉS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (9:00 AM - hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación que se llevará a cabo en la sala de audiencias número tres (03) de esta Corte Superior de Justicia, con la presencia obligatoria del Fiscal y del defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta, al Órgano de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, en caso de inconcurrencia injustificada, y para el defensor público, de comunicar su conducta a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Cajamarca, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, así como notifíquese vía edictos al acusado Ramiro Chingay Morales. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P.CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1736-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: Imputado SANTOS CHUNQUE CASTILLO RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, veintinueve de enero del presente año.DADO CUENTA: Con la presente resolución éste Despacho RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha quince de octubre del año dos mil quince; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente proceso del acusado Chunque Castillo Santos. CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. HÁGASE PRESEN-

TE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación. Interviniendo la Especialista Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P.CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1826-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: Imputado ALEJANDRO RUIZ TORRES RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, veintinueve de enero del presente año.- DADO CUENTA: Con la presente resolución éste Despacho RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha veintinueve de octubre del año dos mil quince; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente proceso del acusado Alejandro Ruíz Torres. CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez, la parte agraviada dentro del plazo del cual se corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación. Interviniendo la Especialista Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P.CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL Exp. N° 1953-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: Imputado LUIS ANTONIO IBARRA CABALLERO RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, veintinueve de enero del presente año.DADO CUENTA: Con la presente resolución éste Despacho RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha cuatro de diciembre del año dos mil quince; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente proceso del acusado Luis Antonio Ibarra Caballero. CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. HÁGASE PRESENTE que a tenor del artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal y en aplicación de la doctrina legal establecida mediante Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116 de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diez, la parte agraviada dentro del plazo del cual se

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

corre traslado de la presente acusación, puede en ejercicio de su derecho a la defensa solicitar, si lo considera por conveniente, su constitución en actor civil, teniendo en cuenta que estamos ante un requerimiento de acusación. AVOCÁNDOSE al conocimiento de los autos el señor Juez que suscribe. Notifíquese.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P.CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO Exp. N° 01537-2016-0-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GABRIELA ELIZABETH RONCAL CHAVEZ Se cita y emplaza a: SODIMAC CAJAMARCA Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 02, de fecha 18/02/2016, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al AGRAVIADO SODIMAC CAJAMARCA con el contenido de la resolución número dos que señala: “ DADO CUENTA con la cedula de notificación de la parte agraviada y estando a lo expuesto en la razón dejada por el notificador, y a fin de no dilatar innecesariamente el trámite del presente proceso, NOTIFIQUESE; por EDICTOS a la parte agraviada SODIMAC CAJAMARCA en el Diario Oficial “Panorama Cajamarquino” de esta ciudad, por el lapso de tres días consecutivos, con el extracto de la resolución número uno y requerimiento de terminación anticipada AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa el señor juez que suscribe por disposición Administrativa, por cuanto la señorita juez titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria se encuentra gozando de su periodo vacacional. Interviniendo la especialista que da cuenta por vacaciones del especialista Juan Cojal Mena. NOTIFICÁNDOSE”. Cajamarca, 19 de Febrero de 2016. F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 00425-2015-2-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día LUNES VENTIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado DOS de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado HILMER BARBOZA INFANTE, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de omisión de asistencia familiar, en agravio de Elver Barboza Diaz y Otros. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 24-25-26 Febrero EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 01939-2014-2-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MIERCOLES SEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número UNO, 2do. piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado CÉSAR GÓMEZ RODRÍGUEZ, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la administración pública, en su modalidad de tenencia ilegal de teléfonos celulares o armas, municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos en establecimiento penitenciario, en agravio del estado, INPE. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 24-25-26 Febrero