Presupuesto 2018 de Cartagena. - Funcicar

5 oct. 2017 - inflexibilidades creadas por las rentas de destinación específica y la aleatoriedad de los recursos de capital6. Los ingresos corrientes del sector central proyectados para 2018, determinados principalmente por los ingresos corrientes de libre destinación (ingresos tributarios y no tributarios), suman $.
947KB Größe 15 Downloads 141 vistas
PROYECTO DE ACUERDO PRESUPUESTO AÑO FISCAL 2018 CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL

SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

AÑO FISCAL 2018

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

EXPOSICION DE MOTIVOS

Cartagena de Indias, 05 de Octubre de 2017 Doctor LEWIS MONTERO POLO Presidente Concejo Distrital de Cartagena de Indias Ciudad Asunto: Proyecto de Acuerdo: “ Por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas, Recursos de Capital y Recursos de Fondos Especiales; Apropiaciones de Funcionamiento y de Servicio de la Deuda del Distrito, así como el Plan de Inversiones para la Vigencia Fiscal 2018 en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias”. Cordial saludo: Presento por su conducto a consideración del Concejo Distrital, para su respectivo trámite, consideración y aprobación, el proyecto de acuerdo distrital “Por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas, Recursos de Capital y Recursos de Fondos Especiales; Apropiaciones de Funcionamiento y de Servicio de la Deuda del Distrito, así como el Plan de Inversiones para la Vigencia Fiscal 2018 en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias””, dentro de los tiempos establecidos y dando cumplimiento a las normas legales que sustentan esta temática. El proyecto de acuerdo incluye las herramientas e insumos, a través de las cuales se llevará a cabo la ejecución del Plan de Desarrollo 2016 – 2019 “PRIMERO LA GENTE PARA UNA CARTAGENA SOSTENIBLE Y COMPETITIVA”, con miras a la vigencia fiscal de 2018. Para la elaboración del presente proyecto, se tuvieron en cuenta las diferentes disposiciones normativas y legales, tales como, lo estipulado en el artículo 12 del Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional, Decreto Ley 111 de 1996, Ley 1551 de 2012, por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios; Ley 1617 de 2013, el Decreto 2388 de 2015 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1617 de 2017, Capitulo III del Título XII de la Constitución Política y el capítulo II del Acuerdo 044 de 1998 – Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital-, con aplicación de los principios del sistema presupuestal como: la planificación, la anualidad, la universalidad, unidad de caja, programación integral, la especialización, inembargabilidad, coherencia macroeconómica y homeóstasis presupuestal (Artículo 8º de Ley 38 de 1989 modificado por el artículo 4 de Ley 179 de 1994).

El presupuesto como su nombre lo indica, es un supuesto previo que permite estimar tanto los ingresos como los gastos que se ejecutarán en una vigencia fiscal con base a unas estimaciones generales, como el comportamiento de la economía local y nacional, así como las estrategias y acciones planificadas por un ente territorial en una vigencia, entre otras variables. El presupuesto debe entonces contener lineamientos tales como: política de ingresos, política de gastos, y las ya mencionadas variables macroeconómicas. Para el año 2018 la actual administración espera que a partir de una política de austeridad y control del gasto, así como una mayor gestión y fiscalización de la hacienda pública, se haga un mayor control de los recursos, aumentando los ingresos; lo que permitiría ir en concordancia con el plan de desarrollo generando más y mejores ingresos que puedan verse materializados en obras y servicios que permitan tener un mejor bienestar social para la ciudad. Para el año 2018, la Administración Distrital de Cartagena de Indias D. T y C. Liderada por el Alcalde Mayor (e) Doctor Sergio Londoño Zurek, asume como objetivo fundamental, el incremento de la inversión pública, así como la optimización de los recursos, los cuales se justificarán en una mayor y mejor inversión que beneficie a toda la población. Por otro lado, para determinar el cálculo de los gastos, ingresos con que se cuenta, y tener a consideración las política económica, límites presupuestales según ley personal, servicio de la deuda, cálculo de la inversión y gastos.

el Distrito debe tener presente los siguientes variables: Indicadores y 617, funcionamiento y planta de el comportamiento histórico de los

Para un mejor análisis y comprensión, los gastos en el Distrito de Cartagena se distribuyen de la siguiente manera: gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión. Para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Primero la Gente: “Para una Cartagena sostenible y competitiva”, Es importante que la administración incluya en los gastos todas y cada una de las estrategias plasmadas en dicho plan, para que la ciudad en el 2019 se caracterice por ser incluyente, atractiva a las inversiones, tenga una estabilidad socioeconómica, fiscal-financiera, con una infraestructura de punta, pero sobre todo, que sea una ciudad que genere esperanza y bienestar para la gente. Por ello, el énfasis de este proyecto de presupuesto se orienta a potenciar las herramientas o los instrumentos que nos permita construir el bienestar y la esperanza a partir de: La recuperación del centro histórico, potenciación de la vocación turística y el mejoramiento de barrios. En el mismo orden es de imperiosa necesidad y en concordancia con el plan de desarrollo vigente, avanzar en la protección de la ciudad y su adaptación a los nuevos retos que prevé el cambio climático mediante los proyectos estratégicos: protección costera, plan de drenajes pluviales, recuperación de caños y lagos, formulación del macro proyecto cerro de la popa.

Lo antes mencionado se materializa en la aprobación y adopción del nuevo plan de ordenamiento territorial (POT) y el plan especial de manejo y protección del centro histórico (PEMP), los cuales, como instrumento de gestión brindan la normatividad y las estrategias para el desarrollo de la ciudad con énfasis en la competitividad y la sostenibilidad. Para avanzar en los objetivos de ciudad, es necesario tener como referente el contexto nacional; por ello tenemos en cuenta el Marco Fiscal de Mediano Plazo Nacional 2016 “Hacia una Nueva Economía”, el cual pone en evidencia que Colombia ha tenido en los últimos años un fuerte impacto fiscal producto de la dinámica internacional de los precios de la materia prima, en especial del petróleo, estos impactos percibidos por otras economías de la región, hicieron que la renta petrolera del Gobierno pasará de 3.3% del PIB en 2013 a -0.1% en 2016. La disminución de la renta petrolera unido a la necesidad de mantener la regla fiscal que obliga al Gobierno a mantener controlado su déficit, ha hecho que el Gobierno Nacional central disminuya sus gastos, incluida la inversión. Podemos decir que es esperanzador, que el Gobierno Nacional reconozca, el efecto positivo de la operación de la Refinería de Cartagena (REFICAR) sobre la economía nacional en la vigencia 2018, en especial por la recuperación de las exportaciones de derivados del petróleo que unido a la depreciación del peso colombiano, podría impulsar las ventas externas de productos industriales, lo anterior significa que se puede esperar un mayor dinamismo de la industria de derivados del petróleo que se establezca en Cartagena. Así mismo, la depreciación del peso colombiano representa una ventaja comparativa para la industria del turismo, importante dinamizador de la economía local. En aras de apuntar a este objetivo la Secretaría de Hacienda en convenio con IGAC, realizará la incorporación de 13.000 nuevos predios a nuestra base catastral dentro de los cuales se encuentra la Refinería de Cartagena.

A continuación se exponen los capítulos del Proyecto de Presupuesto de la Vigencia Fiscal de 2018, así: 1. INGRESOS Para la formulación del proyecto de presupuesto y el plan de inversiones para la vigencia fiscal 2018, se cuenta con una acción que aportará al logro de las metas fiscales del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias determinadas en sesión de Confis el 19 de septiembre del año en curso. El proceso de transición a la norma ISO 9001:2015, que fortalecerá los procesos y procedimientos para optimizar el trabajo técnico, para cumplir con eficiencia, oportunidad, transparencia y economía, las funciones misionales de la hacienda pública y la respuesta oportuna a sus clientes internos y externos, de igual manera se fortalecerá la gestión de cobro, recaudo y fiscalización. Reconociendo la importancia del equipo humano para el fortalecimiento de los ingresos del Distrito, se realiza la ubicación de las dependencias de la Secretaría de Hacienda en un solo edificio, lo cual facilitará los diferentes procesos de la gestión interna. En la mencionada sesión del Confis, se realizó la presentación del ejercicio de proyección de los diferentes ingresos, concentrados en los más sensibles que son los ingresos propios, generalmente se establecen muchas fórmulas para proyectar los ingresos, se tienen en cuenta el comportamiento histórico teniendo como valor agregado, el aporte de las distintas dependencias que inciden en la determinación de los ingresos. Algunos aspectos coyunturales:  Amnistía que impactó a favor en esta vigencia y en años anteriores, pero que desvirtúa el comportamiento histórico y debe tenerse en cuenta como un factor que genera un margen de error.  Proyecciones de lo ejecutado y lo que está por ejecutar.  El comportamiento histórico de la sobretasa a la gasolina. Cabe resaltar que para la proyección de los ingresos se parte de tomar los montos recaudados, se realiza un análisis vertical para revisar la participación porcentual de los valores en comparación con la vigencia 2018 y en algunos casos no se toma esa variación dado que excede en comparación con el histórico.

 Definición y clasificación de los ingresos. “Los ingresos son los recursos que potencialmente recibirá la entidad territorial durante la vigencia fiscal correspondiente para cumplir con sus planes y objetivos; están destinados a atender las necesidades de las diferentes entidades desde las cuales se materializa la acción de la administración, con el fin de que éstas cumplan con las funciones que les son asignadas desde la constitución, la ley y las normas específicas”1. El presupuesto de rentas y recursos de capital del distrito de Cartagena está compuesto de la siguiente forma: Gráfico. Componentes del presupuesto de rentas y recursos de capital del Distrito de Cartagena.

Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital.

1

Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodriguez Tous. Escuela superior de administración pública.

1.1. INGRESOS CORRIENTES. Se entiende que los ingresos corrientes son los recursos que perciben las entidades territoriales, en desarrollo de lo establecido en las disposiciones legales, por concepto de ingresos tributarios y no tributarios. 2 a. Tributarios: conformado por aquellos recursos que percibe la entidad territorial sin contraprestación directa alguna, fijados en virtud de norma legal, son ingresos del tesoro departamental o municipal que se caracterizan por tener carácter obligatorio, ser generales y en caso de ser necesario pueden exigirse coactivamente. 3 b. No tributarios: se originan por la prestación de un servicio público, la explotación de bienes o la participación en los beneficios de bienes o servicios, transferencias y demás recursos que ingresen periódicamente al presupuesto territorial, pero que no corresponden a impuestos. 4

 Criterios a tener en cuenta para el cálculo de los ingresos El cómputo de los ingresos corresponde a la estimación del recaudo por cada uno de los rubros de ingresos o renglones rentísticos, de acuerdo con la metodología que establezca cada entidad, sin tomar en consideración los costos de su recaudo. Para el cálculo de los ingresos y rentas es necesario tener en cuenta que las operaciones que implica se efectúan en un contexto que se ve afectado en forma positiva o negativa por diversos factores que influyen en el recaudo de los ingresos los cuales se deben tener en cuenta en el momento de proyectarlos, y que a continuación se exponen: 5 Tabla 1. Criterios a tener en cuenta para el cálculo de los ingresos. CRITERIOS INDICADORES ECONOMICOS

2

DESCRIPCIÓN INFLACIÓN – IPC INFLACIÓN – IPC PRODUCTO INTERNO BRUTO – PIB

Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela superior de administración pública. 3 Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela superior de administración pública. 4 Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela superior de administración pública. 5 Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela superior de administración pública.

CAPACIDAD DE LIQUIDACIÓN Y COBRO DE IMPUESTOS CAPACIDAD DE RECAUDO Y FACILIDADES DE PAGO DE IMPUESTOS EFICIENCIA ADMINISTRATIVA CAPACIDAD DE ATENCIÓN A CONTRIBUYENTES ASPECTOS RELEVANTES QUE HAN AFECTADO HISTÓRICAMENTE COMPORTAMIENTO TENDENCIA ASCENDENTE O DESCENDENTE HISTORICO COMPORTAMIENTO TENDENCIA DE CRECIMIENTO DE LA POBLACIÓN DEMOGRAFICO PERFIL ETÁREO DE LA POBLACIÓN NORMATIVIDAD VIGENTE NORMAS QUE HAN CAMBIADO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS PROPUESTAS DE CAMBIO NORMATIVO POLÍTICA CREDITICIA POLÍTICA FISCAL POLITICA ECONOMICA POLÍTICA MONETARIA NORMATIVIDAD VIGENTE VARIABLES DE EDUCACIÓN QUE AFECTAN LAS TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIA DE LA NACION VARIABLES DE SALUD QUE AFECTAN LAS TRANSFERENCIAS

Fuente: Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela Superior de Administración Pública

Los ingresos estimados en el proyecto de presupuesto para el año 2018 ascienden a la suma de $1.618.064.815.695, lo que representa en comparación con el presupuesto aprobado para el año 2017, por $1.471.691.083.980, una variación absoluta de 9%, equivalente a un incremento de $ 146.373.731.715. Tabla 2. Proyecto de presupuesto de ingresos. CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

Part. %

PROYECTO PRESUPUESTO 2018

Part. %

Variación Absoluta

TOTAL PRESUPUESTO DE 100% 100% 1.471.691.083.980 1.618.064.815.695 146.373.731.715 INGRESOS INGRESOS CORRIENTES DE 31% 29% 461.483.034.136 474.910.670.530 13.427.636.394 LIBRE DESTINACION INGRESOS CORRIENTES DE 3% 2% DESTINACION 42.589.029.057 39.311.590.039 3.277.439.018 ESPECIFICA PARTICIPACIONES RECURSOS DE CAPITAL RECURSOS FONDOS ESPECIALES ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

99.743.853.489 23.384.891.646 812.752.704.761 31.737.570.891

7% 2% 55% 2%

109.923.803.272 28.925.401.671 880.165.559.817 33.102.309.637

Fuente: Secretaría de Hacienda.

7% 2% 54% 2%

10.179.949.783 5.540.510.025 67.412.855.056 1.364.738.746

Variación % 9%

3%

-8%

10% 24% 8% 4%

1.1.1 INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION  Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD). Los ingresos corrientes de libre destinación nacieron como una clasificación operativa de las rentas fiscales en las entidades territoriales, prevista en la Ley 617 de 2000, con la cual se estableció un referente para ajustar los niveles de gasto de los departamentos, distritos y municipios, a fin de que no superarán los ingresos disponibles para su pago, reconociendo las inflexibilidades creadas por las rentas de destinación específica y la aleatoriedad de los recursos de capital6. Los ingresos corrientes del sector central proyectados para 2018, determinados principalmente por los ingresos corrientes de libre destinación (ingresos tributarios y no tributarios), suman $ 474.910.670.530, que comparados con lo aprobado en el año fiscal 2017, $ 461.483.034.136, crecen 3%. Este incremento se pretende materializar en los ingresos tributarios con la aplicación estricta y rigurosa de los principios de la administración tributaria, tales como la recaudación, fiscalización y cobro coactivo, cuyos efectos y beneficios se harán evidentes en el transcurso de la vigencia de 2018. A continuación mostramos dos de los componentes más importantes de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación: El Impuesto Predial y el Impuesto de Industria y Comercio. Tabla 3. Ingresos corrientes de libre destinación (ICLD) CONCEPTO INGRESOS CORRIENTES LIBRE DESTINACION INGRESOS TRIBUTARIOS IMPUESTOS DIRECTOS PREDIAL UNIFICADO

Part. %

100,0%

100,00%

461.483.034.136

461.163.908.342 200.980.929.974 200.980.929.974

Vigencia Actual Intereses Sanciones Vigencias Anteriores

PRESUPUESTO PROYECTO APROBADO Part. % PRESUPUESTO VIGENCIA 2017 2018

149.500.929.974 y 18.552.127.033 32.927.872.967

99,9% 43,6% 43,6% 32,4% 4,0% 7,1%

474.910.670.530

474.697.214.007 211.126.704.339 211.126.704.339 168.393.675.359 16.578.587.297 26.154.441.683

99,96% 44,46% 44,46%

Variación Absoluta

Variación %

13.427.636.394

13.533.305.665 10.145.774.365 10.145.774.365

35,46%

18.892.745.385 3,49% 1.973.539.736 5,51% 6.773.431.284

“Metodología Oficial del Calculo: Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) e Indicadores de Gastos para Entidades Territoriales” Yeison Ferney Rodríguez Bernal, Profesional Dirección de Cuentas y Estadísticas Fiscales, Contraloría General de la Republica. 6

3%

3% 5% 5% 13% -11% -21%

CONCEPTO IMPUESTOS INDIRECTOS INDUSTRIA Y COMERCIO Vigencia Actual Intereses y Sanciones Vigencias Anteriores DELINEACIÓN URBANA Y APROBACIÓN DE PLANOS INGRESOS NO TRIBUTARIOS TASAS Y SOBRETASAS Plaza de mercado Vallas y Pancartas Publicitarias Muelles Turísticos Aparcaderos RENTAS CONTRACTUALES Arrendamientos de Bienes Inmuebles RENTAS OCASIONALES Multas y Sanciones Publicación de Contratos OTRAS TASAS Y SOBRETASAS

PRESUPUESTO PROYECTO APROBADO Part. % PRESUPUESTO VIGENCIA 2017 2018

Part. %

56,4%

55,50%

260.182.978.368 253.560.229.560 173.340.529.560 4.554.377.213 75.665.322.787

6.622.748.808

319.125.794 4 1 1 1 1 4.840.365 4.840.365 2 1 1 314.285.423

54,9% 37,6% 1,0% 16,4%

1,4%

0,1% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,1%

263.570.509.668 252.429.380.866 167.435.110.537 5.010.520.660 79.983.749.669

5.157.722.621

213.456.523 4 1 1 1 1 22.503.296 22.503.296 2 1 1 190.953.221

53,15% 35,26% 1,06% 16,84%

Variación Absoluta

Variación % 1%

3.387.531.300 1.130.848.694 5.905.419.023

0% -3% 10%

456.143.447

6%

4.318.426.882

1,09%

1.465.026.187

-22%

0,04%

105.669.271

-33%

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,04%

0%

-

0%

-

0%

-

0%

-

0%

17.662.931 17.662.931

365% 365% 0%

-

0%

123.332.202

0% -39%

Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital. El componente de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación se explica a continuación:

 Pronóstico y presupuesto del impuesto predial Es importante iniciar diciendo que el recaudo del impuesto predial, es una buena fuente de financiamiento complementario de las finanzas locales. Para hacer un análisis del impuesto predial se realizó un estudio del comportamiento histórico y las diversas variaciones que se han presentado en los últimos cinco años. Para la elaboración del presupuesto del impuesto predial se tienen en cuenta diversos supuestos que afectan específicamente a la vigencia a la cual se haga referencia. Estos supuestos son los siguientes: En primera instancia, se pronosticó el recaudo del impuesto Predial Unificado a diciembre de 2018, teniendo en consideración el momento de elaboración de la propuesta presupuestal. Se estima que a finales de 2018 el recaudo por este concepto obedece a la suma de $ 211.126.704.339, detallado de la siguiente manera: vigencia actual $168.393.675.359, vigencia anterior $ 26.154.441.683 e intereses y sanciones la suma de $ 16.578.587.297. Tabla 4. Predial Unificado

CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

PROYECTO Part. PRESUPUESTO % 2018

Part. %

PREDIAL UNIFICADO

200.980.929.974 100% 211.126.704.339 100%

Vigencia Actual

149.500.929.974

74%

18.552.127.033

9%

32.927.872.967

16%

Intereses y Sanciones Vigencias Anteriores

168.393.675.359 16.578.587.297 26.154.441.683

Variación Absoluta 10.145.774.365

80%

18.892.745.385 8% 1.973.539.736 12% 6.773.431.284

Variación % 5% 13% -11% -21%

Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital.  Pronóstico y presupuesto del impuesto industria y comercio - Autorización legal y naturaleza. Es el gravamen determinado para las actividades industriales, comerciales y de servicios, para cada uno de los distritos y municipios donde ellas se desarrollan, es de carácter obligatorio autorizado por la ley 97 de 1913, la Ley 14 de 1983 y el Decreto 1333 de 1986. El cálculo del impuesto de industria y comercio se realizó, inicialmente, con base en las estadísticas de los últimos 5 años, y se perfeccionó con la información referente a los controles de fiscalización y

los nuevos establecimientos registrados y proyectados que deben declarar y pagar en la vigencia de 2018. A continuación se describen algunos de los determinantes de este impuesto, en el cual se incluyeron variables financieras, macroeconómicas y sociales. -Población (número de habitantes): La población de la ciudad determina de manera indirecta los ingresos de las empresas. El sentido de esta relación es la siguiente: las personas demandan bienes y servicios empresas, las cuales les proveen a éstas lo que requieren. Esto se transforma en ingresos, que terminan aumentando la base gravable sobre la cual recae el impuesto de industria y comercio.

Tabla 5. Proyección de la población en Colombia y Cartagena en los últimos 5 años. AÑO

COLOMBIA

CARTAGENA

Participación

2012

46.581.372

967.051

2.08%

2013

47.120.770

978.574

2.08%

2014

47.661.368

990.151

2.08%

2015

48.202.617

1.001.680

2.08%

2016

48.747.632

1.013.454

2.08%

2017

49.291.925

1.025.086

2.08%

2018

49.834.240

1.036.134

2.08%

Fuente: DANE, Banco de la Republica, DNP, Minhacienda Esta información fue tomada de datos suministrados por el DANE, pero está sujeta a cambio, teniendo en cuenta diferentes fenómenos, que pueden impactar en el crecimiento poblacional, tales como el frecuente asentamiento de los desplazados del país, que toman esta ciudad como destino luego de salir de sus poblaciones de origen en toda Colombia. -Variación del PIB de Colombia: La variación del PIB de Colombia muestra la dinámica de la economía agregada del país, y recoge información sobre la manera como se comportan los distintos mercados donde las empresas locales venden su producción, incluyendo el mercado cartagenero. Tabla 6. Proyecciones de crecimiento del PIB del 2017 y 2018. PIB Colombia

2012

2013

2014

2015

2016

2017

2018

4.0

4.5

4.6

3.1

2.3

3.7

3.0

Fuente: DANE, Banco de la Republica, DNP, Minhacienda.

A continuación se indican los supuestos que se tienen en cuenta para la proyección del impuesto de industria y comercio en 2018: Tabla 7. Supuestos para el presupuesto del impuesto de industria y comercio en 2018 VARIABLE DETERMINENTE

INCIDENCIA EN EL VALOR

Vigencia Actual La proyección de disminución del PIB de Colombia es del 3.0% resultando un valor de recaudo de Industria y comercio (vigencia actual) de $ 167.435.110.537 Vigencias Anteriores Esfuerzo propio Con esto los Intereses presupuestados (recuperación de ascienden a $ 5.010.520.660 y el recaudo de vigencias cartera) anteriores a $ 79.983.749.669 Reajuste por PIB

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

Con base a los anteriores antecedentes las proyecciones para 2018 de este tributo se estiman en la suma de $ 252.429.380.866, que con respecto al presupuesto del 2017 por $253.560.229.560, presenta un disminución en el recaudo del 0.4%. Esto debido a la desaceleración de la economía en el país, y a la aplicación de la normatividad en términos de otorgar amnistía tributaria a los contribuyentes de este impuesto, lo que generó una leve disminución en el recaudo del mismo. Tabla 8. Industria y comercio

CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

Part. %

PROYECTO PRESUPUESTO 2018

INDUSTRIA Y COMERCIO

253.560.229.560 100% 252.429.380.866

Vigencia Actual

173.340.529.560

68%

4.554.377.213

2%

75.665.322.787

30%

Intereses y Sanciones Vigencias Anteriores

167.435.110.537 5.010.520.660 79.983.749.669

Part. %

Variación Absoluta

1.130.848.694 66% 5.905.419.023

100%

2% 32%

456.143.447 4.318.426.882

Variación % 0.4% -3% 10% 6%

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

.  Pronóstico del impuesto Delineación Urbana Con respecto al porcentaje de libre destinación del impuesto de delineación urbana, en 2017 este tributo se presupuestó en la suma de $ 6.622.748.808, y pasa en 2018 a la suma de $5.157.722.621, lo cual muestra una disminución del 22,12%.

Esta variación negativa se debe a que al realizar la proyección de recaudo de este impuesto a 31 de diciembre de 2017, se evidencia que la meta proyectada, no se cumplirá, entre otros, debido al aumento de construcciones ilegales en la ciudad, así como a la falta de gestión y control, que sumado a la carencia de insumos y logística no permitieron alcanzar la meta; por lo tanto se toma la proyección de recaudo a 31 de Diciembre de 2017, como base para estimar la meta a recaudar en 2018.

1.1.2 INGRESOS CORRIENTES DE DESTINACION ESPECÍFICA El total de Ingresos corrientes de destinación específica, fue aprobado para el año 2017 en la suma de $ 42.589.029.057 y para la vigencia 2018 se estiman en la suma de $ 39.311.590.039, lo que representa una disminución del 8%. Entre los ingresos que presentan los mayores incrementos, está la estampilla años dorados con un 24% debido a una proyección basada en el promedio histórico de los tres últimos años y la venta de servicios de cementerios 8%. Tabla 9. Ingresos corrientes de destinación específica (ICDE). CONCEPTO INGRESOS CORRIENTES CON DESTINACION ESPECIFICA Impuesto a la Construcción Sobretasa a La Gasolina Impuesto al Aseo Estampilla Años Dorados Venta de Servicios Cementerios

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

42.589.029.057

1 33.865.661.055 1 8.652.871.169 70.496.831

PROYECTO Part. PRESUPUESTO % VIGENCIA 2018

Part. %

Variación Absoluta

100%

100%

3.277.439.018

39.311.590.039

0% 80%

1 28.493.137.218

0% 20% 0%

1 10.742.548.559 75.904.260

Variación %

0%

72% 5.372.523.837 0% 27% 0%

2.089.677.390 5.407.429

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital

 Pronostico de la Sobretasa a la Gasolina La sobretasa a la gasolina, es una contribución de carácter municipal y departamental, que se genera en el consumo de gasolina motor extra y corriente, nacional o importada.

-8%

0% -16% 0% 24% 8%

Para la vigencia 2017 se proyectó un valor de $33.865.661.055, y pasa en 2018 a 28.493.137.218, esta disminución se debe entre otros aspectos al fenómeno de la puesta en marcha del SITM Transcaribe y al incremento del Dólar.  Pronostico de Estampilla de Años Dorados. Mediante el acuerdo 038 de 2005 se creó la estampilla “Años Dorados – Cartagena de Indias”, en la jurisdicción de Cartagena D.T. y C. La liquidación de esta estampilla estará a cargo de la Secretaría de Hacienda Distrital y el recaudo se efectuará a través de la Tesorería Distrital, la cual dispondrá de una cuenta especial para el efecto. La Contraloría Distrital, Personería Distrital y Concejo Distrital, también destinarán una cuenta especial para su recaudo y tendrán la obligación de girar sus recaudos a la Tesorería Distrital, dentro de los primeros diez (10) días de cada mes. 1.1.3 PARTICIPACIONES. El Sistema General de Participaciones –SGP-, está constituido por los recursos que la Nación transfiere por mandato de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política de Colombia a las entidades territoriales – departamentos, distritos y municipios, para la financiación de los servicios a su cargo, en salud, educación y los definidos en el artículo 76 de la Ley 715 de 2001.

Tabla 10. Participaciones

CONCEPTO PARTICIPACIONES SGP Propósito General SGP Alimentación Escolar SGP Agua y Saneamiento Básico Atención Integral Primera Infancia Contraprestación Portuaria Otros Sobretasa Alcantarillado

PRESUPUESTO PROYECTO Part. Part. APROBADO PRESUPUESTO % % VIGENCIA 2017 VIGENCIA 2018 100%

99.743.853.489 23.533.522.451 2.477.210.532 22.310.771.359 1 4.645.690.849 43.700.420.873 420.873

24% 2% 22% 0% 5% 44% 0%

109.923.803.272 25.479.706.404 2.938.511.236 27.158.262.289 1 4.902.288.920 46.021.802.025 112.521

100% 23% 3% 25% 0% 4% 42% 0%

Variación Absoluta

Variación %

10.179.949.783 1.946.183.953 461.300.704 4.847.490.930 256.598.071 2.321.381.152 308.352

10% 8% 19% 22% 0% 6% 5% -73%

CONCEPTO Sobretasa Medio Ambiente Aportes Estratificación Distrital Transferencia. FONPET- Sin Situación De Fondos Transferencia para Funcionamiento Cuota de Fiscalización.

PRESUPUESTO PROYECTO Part. Part. APROBADO PRESUPUESTO % % VIGENCIA 2017 VIGENCIA 2018 43.700.000.000 331.445.000

1.700.000.000

1.044.792.424

44% 0%

2%

1%

46.021.689.504 331.445.000

1.819.000.000

1.272.787.397

42% 0%

2%

1%

Variación Absoluta

Variación %

2.321.689.504 -

119.000.000

227.994.973

5% 0%

7%

22%

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

Teniendo en cuenta su origen jurídico, las participaciones son también consideradas como ICDE, el presupuesto aprobado para 2017 en $99.743.853.489; para 2018 este rubro pasará a $109.923.803.272, presentando una variación porcentual del 10%. Dentro del total de estos recursos el de mayor participación es la transferencia para funcionamiento cuota de fiscalización con un 22%; le sigue SGP agua y saneamiento básico 22%. Con respecto a los recursos de sistema general de participación propósito general, como es bien sabido son recursos asignados y transferidos por la Nación, por tanto no inciden significativamente en la variación del componente de participaciones.  Contraprestación Portuaria: El Gobierno Nacional es quien determina periódicamente el cálculo para el pago de la Contraprestación Portuaria de acuerdo a las concesiones vigentes en el Distrito. Esta contraprestación se pagará a la Nación y al Distrito en proporción de un 80% para la Nación y un 20% para el Distrito, y se destinará exclusivamente para inversión social. Para la vigencia 2017, la fuente de Contraprestación Portuaria fue presupuestada por $4.645.690.849, la proyección para 2018 es de $ 4.902.288.920, presentando un aumento porcentual del 5.5%.

1.1.4 RECURSOS DE CAPITAL. Tabla 11. Recursos de Capital CONCEPTO RECURSOS DE CAPITAL Recursos de Crédito Dividendos Rendimientos Financieros Venta de Activos Donaciones Recuperación de Bonos y Cuotas Partes Pensionales Recursos de Cooperación Internacional Reintegros

PRESUPUESTO PROYECTO Part. Part. APROBADO PRESUPUESTO % % VIGENCIA 2017 2018 23.384.891.646 1 9.760.006.503 12.124.885.138 1 1

1.500.000.000

1 1

100% 0% 42% 52% 0% 0%

6%

0% 0%

28.925.401.671

100%

1 10.567.000.007 13.810.421.060 1 1

4.547.980.599

1 1

0% 37% 48% 0% 0%

16%

0% 0%

Variación Absoluta

Variación %

5.540.510.025 806.993.504 1.685.535.922 -

3.047.980.599

-

24% 0% 8% 14% 0% 0%

203%

0% 0%

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

Los Recursos de Capital se constituyen, en su mayor parte, por aquellos ingresos que tienen carácter ocasional o no recurrente. Los recursos de capital, están compuestos entre otras fuentes por cofinanciación, rendimientos financieros, desahorro FONPET. El total de recursos de capital presupuestados en 2017 es la suma de $23.384.891.646, pasan en la vigencia 2018 a la suma de 28.925.401.671, siendo las fuentes Recuperación de Bonos y Cuotas Partes Pensionales y Rendimientos financieros las que mayor incremento presentan, con 203% y 14% respectivamente. En lo correspondiente a los rendimientos financieros, su incremento del 14% se presenta por la estimación de los rendimientos de los recursos provenientes del crédito interno realizado en la vigencia 2014, así como de un mayor valor de rendimientos de los ingresos corrientes de libre destinación. En cuanto al componente de Dividendos se estiman para la vigencia 2018 en la suma de $ 10.567.000.007, que comparados con la proyección para la vigencia 2017 por $9.760.006.503 presenta un aumento del 8%, este aumento se da específicamente en la fuente otros dividendos.

1.1.5. RECURSOS DE FONDOS ESPECIALES. Los Fondos Especiales se definen como los ingresos establecidos por la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador. En la tabla 12 se detalla la estimación de los fondos especiales definidos en el presupuesto del distrito de Cartagena vigencia 2017 y 2018, con sus respectivas participaciones y variaciones: Tabla 12. Recursos fondos especiales

CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

Part. %

PROYECTO PRESUPUESTO VIGENCIA 2018

Part. %

Variación Absoluta

RECURSOS FONDOS 812.752.704.761 100% 100% 931.968.712.743 119.216.007.982 ESPECIALES Fondo de 45,1% 398.562.838.955 49,0% Salud Distrital 420.599.118.355 22.036.279.400 Fondo de Valorización 0,0% 377.909.590 0,0% 399.556.436 21.646.846 Distrital Fondo de Tránsito y 3,6% 29.361.402.789 3,6% 33.233.565.914 3.872.163.125 Transporte Fondo Educativo 43,6% 314.737.983.361 38,7% 405.978.889.020 91.240.905.659 Distrital Fondo de Seguridad 0,2% 1.797.750.481 0,2% 2.024.935.971 227.185.490 Distriseguridad Fondo Especial del 1,3% 11.055.729.226 1,4% Comando de 11.865.269.316 809.540.090 Bomberos Fondo de Vivienda e 3,3% 26.966.257.210 3,3% 30.374.039.567 3.407.782.357 Interés Social Fondo Espacio 0,1% 993.055.983 0,1% Publico 1.096.975.020 103.919.037 Fondo de Desarrollo 0,0% 1.332.472 0,0% 294.421 1.038.051 Local Fondo de 0,9% 8.027.267.967 1,0% Deporte - IDER 7.976.107.679 51.160.288

Variación %

15% 6% 6%

13%

29%

13%

7%

13% 10% -78% -1%

CONCEPTO

Fondo del Mercado de Bazurto Fondo de Redistribución y Solidaridad Fondo Educativo Bicentenario Fondo Territorial de Seguridad y Convivencia Ciudadana FONSET Fondo Distri. Para La Gest. Del Riesgo de Desastres

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

Part. %

236.490.957

0,0%

2

0,0%

8.027.267.967

1,0%

6.908.532.347

0,9%

5.698.885.453

0,7%

PROYECTO PRESUPUESTO VIGENCIA 2018

194.339.032

2

7.976.107.679

4.229.201.534

5.920.312.797

Part. %

0,0%

0,0%

Variación Absoluta

Variación %

42.151.925

-

-18%

0%

0,9%

51.160.288

-1%

0,5%

2.679.330.813

-39%

0,6%

221.427.344

4%

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

El total de recursos de los fondos especiales aprobado para la vigencia 2017 fue de $812.752.704.761, y se estima que para el año 2018 asciendan a la suma de $931.868.712.743, presentando una variación total del 15%. A continuación se presenta de manera específica las variaciones de cada uno de los fondos que tiene el Distrito y que hacen parte de los ingresos del mismo: 

Fondo de Salud Distrital: pasa de la suma $398.562.838.955 en la vigencia 2017 a la suma $ 420.599.118.355, mostrando una variación del 6%, donde el crecimiento más fuerte se presenta en la fuente recursos de cajas de compensación familiar sin situación de fondos que aumenta de $ 1.507.058.314 para el año fiscal 2017 a $3.421.965.313 para la vigencia 2018, es decir, un crecimiento del 227%.



Fondo de Valorización Distrital: pasa de $377.909.590 en el 2017 a la suma $399.556.436 en 2018, presentando una aumento del 6%. Este resultado se presenta teniendo en cuenta la proyección y el comportamiento histórico de los ingresos que componen este fondo.



Fondo de Tránsito y Transporte: aumenta de la suma $29.361.402.789 en 2017 a la suma $33.233.565.914 en 2018. Esto indica una variación del 13%, explicada por el comportamiento histórico de recaudo del impuesto servicio de tránsito y transporte.



Fondo Educativo Distrital: se presupuesta conforme a las cifras suministradas por la Secretaría de Educación Distrital. Para la vigencia 2017 este fondo ascendió a la suma de $314.737.983.361, mientras que en el 2018 se proyecta en la suma $405.978.889.020, con una variación del 29%. La mayor fuente de financiación de este fondo son las transferencias del Sistema General de Participación (SGP) Educación, siendo el componente de prestación de servicios educativos el más representativo, con una participación porcentual del 14% sobre el monto proyectado para la vigencia 2018; esta proyección está sujeta a los ajustes indicados posteriormente por el Departamento Nacional de Planeación DNP.



Fondo de Seguridad: Este fondo se encuentra asignado a Distriseguridad, aprobado según Acuerdo No. 001 de febrero 20 de 2004, le corresponde al 1% del total de impuesto predial, el cual asciende a la suma de $1.797.750.481 para 2017. Con respecto a la vigencia 2018 en la que este fondo fue aprobado por valor de $ 2.024.935.971, presenta una variación del 13%. El incremento de este fondo está asociado a una mayor proyección de recaudo del predial.



Fondo Especial del Comando de Bomberos: se estima para la vigencia 2018 la suma $11.865.269.316, que con respecto a la proyección de 2017 estimada en la suma de $11.055.729.226 proyecta una variación porcentual de 7%. Este fondo se compone de la fuente Sobretasa Bomberil y Venta de servicios bomberos. Siendo la primera, la de mayor participación porcentual (97%). Es importante anotar que estos recursos, como impuesto complementario del impuesto de industria y comercio, se calculan como una proporción de estos, lo que quiere decir que en la medida que el impuesto de industria y comercio presente una variación favorable, la sobretasa bomberil aumenta.



Fondo de Vivienda de Interés Social: se financia con el 15% del total del impuesto predial de la vigencia actual y se transfiere a Corvivienda para su ejecución. En el año 2017 fue aprobado en la suma de $26.966.257.210 y se estima que para la vigencia 2018 alcance la suma de $30.374.039.567, lo que representa una variación del 13%, debido al incremento de la estimación del cálculo de Impuesto Predial Unificado – IPU, para la vigencia 2018.



Fondo de Espacio Público: se presupuestó en 2017 la suma de $993.055.983 y para 2018, aumenta a $1.096.975.020, con una variación porcentual del 10%.



Fondo de Desarrollo Local: especificado en la estructura de los ingresos, solo corresponde a los recursos que provienen de las expectativas de recaudo por multas y sanciones de las alcaldías locales. Para la vigencia 2017 se espera que este fondo ascienda a la suma de $1.332.472, lo que significa una disminución del 78%, al comparar con la vigencia 2018 en la que dicho fondo se aprobó por la suma de $294.421. Estos recursos son captados por la Localidad Histórica y del Caribe Norte y por tanto ejecutados por dicha unidad.



Fondo de Deporte: creado mediante Acuerdo N°014 de mayo de 2007, se financia con el 3% del impuesto de industria y comercio; su ejecución la realiza el Instituto de Deporte y Recreación (IDER) y se orienta al mantenimiento de los escenarios deportivos. Para dicho fondo se presupuestó la suma de $8.027.267.967 para la vigencia 2017, presentando una disminución del 1%, con respecto a lo aprobado para la vigencia 2018 en la que este fondo se proyectó en la suma de $ 7.976.107.679, debido a la disminución de la estimación del cálculo de Impuesto de Industria y Comercio – IPU, para la vigencia 2018.



Fondo Mercado de Bazurto: se presupuestó para el 2017 en $236.490.957; no obstante para 2018 el valor proyectado es de $194.339.032, con una variación del 18%. Esta proyección para la vigencia 2018, se calcula teniendo en cuenta el comportamiento histórico de recaudo que ha presentado este recurso en los últimos tres años.



Fondo de Redistribución y Solidaridad: fue creado mediante Acuerdo 004 de mayo 16 de 2005 para el otorgamiento de subsidios a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo. El aforo para la vigencia fiscal de 2018 es de $2, debido a que a partir de 2015 cambió el modelo de servicio de aseo.



Fondo Educativo – Bicentenario de Cartagena: se financia con el 3% del impuesto de industria y comercio; por lo tanto, teniendo en cuenta la proyección de dicho impuesto, se hizo una estimación de $8.027.267.967 para la vigencia 2017, que con respecto a lo aprobado para el año 2018 por valor de $7.976.107.679, corresponde a una variación de 1%, debido a una disminución de la estimación del cálculo de Impuesto de Industria y Comercio – IPU, para la vigencia 2018.



Fondo Territorial de Seguridad y Convivencia Ciudadana: se estima en la suma de $6.908.532.347 para el 2017, el valor asignado para 2018 es $ 4.229.201.534, presentando una variación del 39%. De acuerdo al

comportamiento histórico de la ejecución, teniendo en cuenta el promedio de las vigencias anteriores. 

Fondo Distrital para la Gestión Del Riesgo de Desastres: se creó mediante los Acuerdo 001 del 7 de enero de 2016 y Acuerdo 007 de julio 28 de 2016 aprobados por el Concejo Distrital. Para la vigencia 2018 se proyecta en el ingreso en la suma de $ 5.920.312.797, teniendo en cuenta que sus fuentes de financiación son el 1% del ICLD y el 5% SGP Propósito General.

1.2.5 ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS.

Tabla 13. Establecimientos públicos CONCEPTO ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Instituto de Recreacion y Deporte Instituto de Cultura Establecimiento Publico Ambiental Distriseguridad Colegio Mayor de Bolivar

PRESUPUESTO PROYECTO Part. Part. APROBADO PRESUPUESTO % % VIGENCIA 2017 VIGENCIA 2018 31.737.570.891 8.544.159.772 4.324.229.592 3.022.169.770 6.013.167.606 9.833.844.151

100% 27% 14% 10% 19% 31%

33.102.309.637 9.258.601.794 4.915.238.943 3.956.632.814 5.366.782.007 9.605.054.079

100% 28% 15% 12% 16% 29%

Variación Absoluta

1.364.738.746 714.442.022 591.009.351 934.463.044 646.385.599 228.790.072

Variación % 4% 8% 14% 31% -11% -2%

Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital

Según lo dispuesto por el artículo 34 del Decreto 111 de 1996, en el presupuesto de rentas y recursos de capital se deben identificar y clasificar por separado las rentas propias y recursos de capital de los establecimientos públicos distritales. La suma para el presupuesto de ingresos de los establecimientos públicos para la vigencia 2017 se proyectó en $ 31.737.570.891, y para el año 2018 se presupuesta por valor de $33.124.637.440 presentando una variación del 4%. Las rentas que se detallan en los ingresos de los establecimientos son los recursos propios que ellos generan y que financian parte de su funcionamiento e inversión. Los establecimientos que conforman este presupuesto son:



Instituto de Deporte y Recreación: pasa del valor presupuestado para 2017 de $8.544.159.772 a $ 9.258.601.794 para 2018, presentando una variación de 8%. La principal causa de este aumento es la renta de sobretasa deportiva la cual aumenta en su proyección para la vigencia 2018, teniendo en cuenta que esta renta es un porcentaje (2%) de la contratación que hace el Distrito.



Instituto de Patrimonio y Cultura: el total de ingresos con recursos propios estimado para la vigencia fiscal 2017 es de $4.324.229.592, lo que representa un aumento del 14%, con respecto al presupuesto 2018 aprobado en la suma de $4.930.124.145.



Establecimiento Público Ambiental: este componente es el que presenta el mayor crecimiento de todos y es el que ayuda a que la disminución de la cuenta total no se presente con un mayor valor negativo respecto al monto de la vigencia 2018 y la 2017. Lo presupuestado para 2017 por $ 3.022.169.770 y lo proyectado para la vigencia 2018 por $3.956.632.814, arroja una variación del 31%. Este incremento se da por la gestión de cobro y fiscalización de recursos que recauda el EPA y que de acuerdo con las acciones realizadas en la vigencia 2018, se espera que se reflejen en el mayor recaudo para la siguiente anualidad.



Distriseguridad: es uno de los establecimientos que presenta una disminución, teniendo en cuenta que el monto presupuestado para 2017 es de $6.013.167.606 y pasa para la vigencia 2018 a $5.374.224.608, presentando una variación de 11%. La renta que contribuye con esta disminución es el Impuesto de Delineación Urbana 10%, cuya proyección disminuye para la vigencia 2018.



Colegio Mayor de Bolívar: este componente presenta una disminución en su variación porcentual del 2%, resultado de comparar el valor presupuestado para 2017 por valor de $9.833.844.151 y el proyectado para la vigencia 2018 por valor de $9.605.054.079. La renta que determina esta disminución de Aportes de la Nación y que es estimada y ejecutada directamente por este establecimiento.

2

GASTOS.

Los Gastos, son aquellas erogaciones que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos y entidades para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la constitución, la ley y demás normas específicas. , se clasifican en funcionamiento, servicio de la deuda e inversión7. Para la estimación de los gastos es importante tener en cuenta factores que pueden ser determinantes, que de no considerarse pueden afectar la elaboración del presupuesto. En la siguiente tabla se detallan algunos de dichos factores: Tabla 14. CALCULO DE DISTRIBUCION DE EGRESOS. CRITERIOS A TENER EN CUENTA

INDICADORES Y POLITICA ECONOMICA

INFLACIÓN - IPC, DEVALUACIÓN - TRM, PIB. POLÍTICA DE CRÉDITO POLÍTICA MONETARIA

LIMITES PRESUPUESTALES LEY 617/00 Y FINANCIACION. DEFICIT.

DISPONER POLÍTICAS PARA REDUCIR DÉFICIT SI EXISTE LIMITES A GASTOS CONTRALORÍA PERSONERÍA Y CONCEJO

G. FUNCIONAMIENTO Y PLANTAS DE PERSONAL

AUMENTO O DISMINUCIÓN DE PLANTAS DE PERSONAL Y SALARIOS OBLIGACIONES Y CONTINGENCIAS JUDICIALES RACIONALIZACIÓN DEL GASTO

SERVICIO DE LA DEUDA

CONDICIONES FINANCIERAS DE TASAS Y PLAZOS DEUDA AÑOS ANTERIORES Y NUEVA CUMPLIMIENTO INDICADORES LEY 358 /97 ESTADO DE LOS ESTUDIOS DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN CAPACIDAD REAL OPERATIVA DE EJECUCIÓN DE LA INVERSIÓN

CALCULO DE LA INVERSION PRIORIZACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS EN INVERSIÓN

7

Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela Superior de Administración Pública

COMPORTAMIENTO HISTORICO DE GASTOS, RECURRENCIA Y DESTINACION ESPECIFICA

EVALUACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LA EJECUCIÓN DEL GASTO TENDENCIA DE COMPORTAMIENTO DE LOS GASTOS Y RECURRENCIA TENDENCIA DE COMPORTAMIENTO DE LOS GASTOS Y RECURRENCIA

Fuente: Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela Superior de Administración Pública El presupuesto de gastos del distrito de Cartagena tiene 4 componentes: gastos de funcionamiento, entes de control, servicio de la deuda e inversión. En la tabla 15 se puede observar la estimación de estos gastos para la vigencia 2017 y 2018. El componente de mayor peso es el gasto de inversión, lo que sugiere que la mayor cantidad de recursos se destina para cubrir las necesidades de la comunidad y la ejecución de inversiones que redunden en el desarrollo del Distrito. Tabla 15. Componentes del presupuesto de gastos.

CONCEPTO

PRESUPUESTO APROBADO 2017

PROYECTO DE PRESUPUESTO 2018

% PARTICIPACION VARIACION PROYECTO DE % PRESUPUESTO 2018

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 273.369.047.283 308.139.308.078 GASTOS NIVEL CENTRAL Y DESCENTRALIZADO 251.152.094.758 285.024.310.415 ENTES DE CONTROL 22.216.952.525 23.114.997.663 SERVICIO DE LA DEUDA 83.397.346.994 77.831.990.578 GASTOS DE INVERSIÓN 1.114.924.689.703 1.232.093.517.039 TOTAL PROYECCION DE GASTOS 1.471.691.083.980 1.618.064.815.695

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

19%

13%

18%

13%

1%

4%

5%

-7%

76%

11%

100%

10%

A continuación se detallan los gastos que conforman el proyecto de presupuesto para la vigencia fiscal 2018 del Distrito de Cartagena: 2.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Se hace necesaria una definición de Gastos entendidos como: “las apropiaciones necesarias para el normal desarrollo de las actividades administrativas, técnicas y operativas, se trata de 53 erogaciones necesarias y recurrentes que garantizan la ejecución de acciones necesarias para cumplir con las competencias legales de la administración, y de acuerdo a la estructura planteada se estructuran de la siguiente manera”8:

Gráfico. Distribución gastos de Funcionamiento.

Gastos de Funcionamiento

Gastos de Personal

Servicios Personales Asociados a la Nomina

Servicios Personales Indirectos

Gastos Generales

Transferencias Corrientes

Bienes

Contribuciones inherentes a la nómina

Servicios

Impuestos y Multas

8

Corrientes al Sector Público

Otras transferencias Corrientes

PRESUPUESTO PUBLICO. PROGRAMA DE ADMINISTRACION PÚBLICA TERRITORIAL. PEDRO ARTURO RODRIGUEZ TOUS. ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

A continuación se detallan los componentes de cada una de las clasificaciones de los gastos de funcionamiento:

Tabla 16. Clasificación de los Gastos de Funcionamiento. GASTO DE PERSONAL Servicios Personales Asociados a la Nomina Sueldos del personal de nómina Horas extras y festivos Indemnización por vacaciones Remuneración de los servidores públicos que hacen parte de la planta de personal, por los conceptos de sueldos y los factores salariales dispuestos en la ley

Prima técnica Bonificación por servicios prestados Prima o Subsidio de Alimentación Auxilio de transporte Prima de servicios Prima de vacaciones Prima de navidad

Servicios Personales Indirectos Honorarios profesionales Honorarios de los concejales Gastos requeridos para atender las necesidades de contratación de personas naturales o jurídicas que prestan servicios profesionales o calificados que no pueden ser atendidos por personas de la planta

Remuneración de servicios técnicos Jornales Personal supernumerario Remuneración aprendices SENA Otros servicios personales indirectos

Fuente: Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela Superior de Administración Pública

Cada uno de estos gastos es calculado de acuerdo a lo dispuesto en normas contables y en otras normas nacionales que reglamentan específicamente la materia. Los Gastos Generales, tienen relación con la prestación de servicios de carácter no personal, es decir, la adquisición de los bienes y servicios necesarios para el

funcionamiento de la entidad territorial, y términos ordinarios tienen que ver con los siguientes gastos: 9 Tabla 17. Clasificación de los Gastos Generales. GASTOS GENERALES Compra de Equipo BIENES

Materiales y suministros Dotación de personal Bienestar Social Mantenimiento Capacitación Servicios Públicos Arrendamientos

SERVICIOS

Aseo Publicidad Comisiones Impresos y publicaciones Comunicaciones y transporte Seguros otros gastos generales

Fuente: Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela Superior de Administración Pública Por último, las Transferencias de recursos a las que por Ley está obligada la entidad territorial suponen un gasto, por lo tanto deben ser calculadas e incorporadas al presupuesto, buscando que éste refleje de la mejor forma posible el monto real de los gastos. A continuación se enuncian las principales transferencias que se deben incluir al realizar el ejercicio de programación del presupuesto: 10

9

Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela superior de administración pública. 10 Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela superior de administración pública.

Tabla 18. Clasificación de las Transferencias. TRANSFERENCIA

CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA

Cajas de compensación Cesantías Aportes a Salud Aportes a Pensiones Aportes a riesgos Profesionales ICBF SENA ESAP Subsidios A entidades descentralizadas municipales

CORRIENTES AL SECTOR PUBLICO

OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES

A entidades no financieras municipales Cuota de auditaje Sentencias y conciliaciones Indemnizaciones al personal Aporte a la Federación de Municipios

Fuente: Presupuesto público. Programa de administración pública territorial. Pedro Arturo Rodríguez Tous. Escuela Superior de Administración Pública En lo que corresponde a los gastos de funcionamiento del Distrito de Cartagena, estos se financian con ingresos de libre destinación y destinación específica, en la siguiente proporción:

CONCEPTO

PRESUPUESTO PROYECTO Part. Part. VARIACION APROBADO PRESUPUESTO % % % VIGENCIA 2017 VIGENCIA 2018

TOTAL GASTOS DE 251.152.094.758 100% 285.024.310.415 100% FUNCIONAMIENTO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 182.158.448.334 (ICLD) GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 68.993.646.424 (DESTINACION ESPECIFICA)

73%

27%

212.813.010.884

72.211.299.531

13%

75%

17%

25%

5%

Fuente: Secretaria de Hacienda Distrital.

Un indicador muy importante de los gastos de funcionamiento es el de la Ley 617 de 2000. En el caso del Distrito, por ser de categoría especial este indicador puede llegar máximo hasta el 50% de los ingresos corrientes de libre destinación. Para el cálculo de este indicador se excluyen las transferencias a los entes de control y los recursos de ICLD que se destinan al nivel descentralizado. De acuerdo con lo anterior, el indicador de ley 617 estimado en el proyecto de presupuesto de la vigencia 2018 es del 44,81, cumpliendo así, como ha sucedido en vigencias anteriores, en no sobrepasar los gastos de funcionamiento en el porcentaje de ICLD establecido por la Ley 617 de 2000. En la tabla 19 se detallan los ítems tenidos en cuenta para este cálculo.

Tabla 19. Cálculo Indicador Ley 617 de 2000 CONCEPTO Servicios Personales Servicios Indirectos Contribución Nomina Gastos Generales

VALOR 48.450.455.492 16.504.079.602 12.700.020.127 61.737.933.367

Sentencia y Conciliaciones

10.100.000.000

Auxilios Funerarios Pensiones Cesantías Otras transferencias Gastos de Funcionamiento ICLD nivel central Ingresos Corrientes de Libre Destinación INDICADOR LEY 617

131.458.135 46.615.359.134 6.507.474.490 10.066.230.537 212.813.010.884 474.910.670.530

Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital

44,81%

A continuación se detalla el total de gastos de funcionamiento por cada unidad ejecutora: Tabla 20. Gastos de Funcionamiento por Unidad Ejecutora DEPENDENCIA

VIGENCIA 2018

PART. %

CONCEJO CONTRALORÍA PERSONERÍA DESPACHO DEL ALCALDE SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA SECRETARIA DE HACIENDA PUBLICA LOCALIDAD TURISTICA Y DE LA VIRGEN SECRETARIA GENERAL SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA SECRETARIA DE EDUCACION SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE PLANEACION DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD LOCALIDAD HISTORICA Y DEL CARIBE NORTE LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHIA FONDO DE PENSIONES

8.853.428.785 6.662.998.150 7.598.570.728 27.997.280.231

3% 2% 2% 9%

18.341.001.320

6%

17.371.379.555 3.293.839.041 59.993.452.930 2.245.321.919 8.030.335.266

6% 1% 19% 1% 3%

3.643.528.717

1%

2.882.466.522

1%

10.927.317.156

4%

5.620.014.888 2.917.341.026 53.296.676.791

2% 1% 17%

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO

29.942.259.000

10%

2.922.644.704

1%

5.490.144.242 9.342.703.604 5.222.595.280 4.960.767.544 2.478.186.598 8.105.054.079 308.139.308.078

2% 3% 2% 2% 1% 3% 100%

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE VALORIZACION IDER CORVIVIENDA INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL - EPADISTRISEGURIDAD COLEGIO MAYOR TOTAL

Fuente: Cálculos de la Secretaría de Hacienda-División de Presupuesto

2.2. TRANSFERENCIAS ENTES DE CONTROL Las transferencias a los entes de control se hacen de acuerdo con las directrices legales y la estimación de ingresos que hace el Distrito. Para la vigencia fiscal 2018, se estima que estas transferencias asciendan a la suma de $23.114.997.663, en la vigencia 2017 se proyectó la suma de $22.216.952.525, presentando una variación del 4%.

Tabla 21. Transferencias Entes de Control ENTE DE CONTROL CONCEJO DISTRITAL CONTRALORIA DISTRITAL PERSONERIA DISTRITAL TOTAL TRANSFERENCIAS ENTES DE CONTROL

PRESUPUESTO PROYECTO Part. Part. VARIACION APROBADO PRESUPUESTO % % % VIGENCIA 2017 VIGENCIA 2018 8.575.410.199

39%

6.257.762.204

28%

7.383.780.122

33%

22.216.952.525 100%

8.853.428.785 6.662.998.150 7.598.570.728

23.114.997.663

38%

3%

29%

6%

33%

3%

100%

4%

Fuente: Cálculos de la Secretaría de Hacienda-División de Presupuesto.

Por otro lado, se hace necesario mencionar: El Artículo 177 de la Ley 136 de 1994, dispone: “Salarios, Prestaciones y Seguros: Los salarios y prestaciones de los personeros, como empleados de los municipios, se pagarán con cargo al presupuesto del municipio. La asignación mensual de los personeros, (en los municipios y distritos de las categorías especial, primera y segunda) será igual al cien por ciento (100%) del salario mensual aprobado por el Concejo para el alcalde. (En los demás municipios será igual al setenta por ciento (70%) del salario mensual aprobado por el Concejo para el alcalde). Los personeros tendrán derecho a un seguro por muerte violenta, el cual debe ser contratado por el alcalde respectivo”. En la Sentencia S03-034, proferida el 9 de noviembre de 2015, por el Tribunal Administrativo de Antioquia, refiriéndose a la Sentencia C-223 de 1995, en relación con el salario del Personero como funcionario público, señala que debe ser pagado con el presupuesto del municipio y que para que se dé cumplimiento “no se requiere reglamentación alguna por parte del Concejo municipal, porque la ley ya autorizó el pago de dichos salarios y prestaciones sociales con cargo al presupuesto del municipio. Si se está pagando con cargo al presupuesto de la Personería municipal, como al parecer está ocurriendo en el municipio de Remedios, ello significa un mal manejo administrativo” Teniendo en cuenta lo anterior, a partir de la vigencia 2018, el Distrito asumirá el pago del salario del Personero Distrital.

2.3 SERVICIO DE LA DEUDA. El servicio de la deuda son los gastos que tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales originadas en operaciones de crédito público, conexas, asimiladas, operaciones de manejo de deuda y procesos de titularización, realizadas conforme a las normas que la regulan, cuyos vencimientos ocurran durante la vigencia fiscal respectiva. Comprende el pago de intereses y abonos a capital y se origina con el pago de la deuda, con vigencia mayor a un año.

Tabla 22. Créditos vigentes Distrito de Cartagena PRESUPUESTO DE LA DEUDA PUBLICA

73.284.009.979

SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA

72.284.009.979

AMORTIZACION DE CAPITAL ENTIDADES FINANCIERAS

54.439.416.667

02-001-05-10-01

Entidades Financieras Crédito Sindicado

43.261.698.860

02-001-05-10-02

Crédito Sindicado (112.000 Mlls)

3.360.000.000

02-070-05-10-01

Banca Comercial (SGP Propósito General)

7.817.717.807

02-001

AMORTIZACIÓN POR FUENTES ICLD

02-070

SGP Propósito General- Otros Sectores

46.621.698.860 7.817.717.807

Subtotal Amortización

54.439.416.667

INTERESES, COMISIONES Y GASTOS

17.844.593.312

02-001-05-20-01

Entidades Financieras

6.773.771.841

02-001-05-20-02

Crédito Sindicado (112.000 Mlls)

5.859.009.600

02-070-05-20-01

Banca Comercial (SGP Propósito General)

5.211.811.871

INTERESES POR FUENTES ICLD 02-001 02-070

SGP Propósito General- Otros Sectores Subtotal Intereses

TOTAL DEUDA POR FUENTES 2018 ICLD 02-001 02-070

12.632.781.441 5.211.811.871 17.844.593.312

59.254.480.301

SGP Propósito General- Otros Sectores

13.029.529.678

TOTAL DEUDA

72.284.009.979

DÉFICIT

1.000.000.000

2.4 GASTOS DE INVERSIÓN. El Plan de Inversiones proyectado para la vigencia 2018 asciende a la suma de UN BILLON DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS ($1.232.093.517.039.oo) aumentándose con relación al plan de inversiones aprobado para la vigencia 2017, que ascendía a la suma de UN BILLON CIENTO CATORCE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SESISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL PESOS ($1.114.924.689.000.oo), en un 10%; es decir presenta un crecimiento absoluto de CIENTO DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTO VEINTE Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($ 117.168.828.336.oo)

El proyecto de presupuesto general del distrito, se estima en la suma total de UN BILLÓN SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($1.618.064.815.695,00), dentro del cual la inversión equivale al 76%, es decir, aumenta la participación de la inversión dentro del total del presupuesto del distrito con respecto a la de 2017, que fue de 75,7%, en un 0,3% para 2018.

La composición del Presupuesto General del Distrito para 2018, es la siguiente:

  

Gastos de Funcionamiento Servicio a la Deuda Gastos de Inversión

TOTAL PRESUPUESTO

$ 308.138 millones $ 77.831 millones $ 1.232.093 millones

$1.618.064 millones

Es importante resaltar que los gastos de funcionamiento para 2018 presentan un incremento al compararlos con la vigencia 2017, dado que pasan de $273.369 millones a $285.024 millones, equivalente a un crecimiento del 4,3%. En cuanto al monto presupuestado para el pago del servicio de la deuda de 2018 es de $77.831 millones, este rubro decreció con respecto al año 2017, cuyo monto fue de $83.397 millones, en la suma de $5.566 millones, presentándose un decrecimiento correspondiente al 6,7% aproximadamente. Este comportamiento genera un efecto importante en los gastos de inversión que al ser de carácter residual, se ven incrementados de 2018 a 2017 con referencia al monto total del presupuesto; alcanzando una participación en el total de gastos del orden de 76%, lo cual se puede apreciar a continuación en los siguientes cuadros y gráficas, así:

Tabla 22. Distribución de los Componentes del Presupuesto Total (Millones de Pesos).

PRESUPUESTO VIGENCIA 2018 INGRESOS GASTOS FUNCIONAMIENTO SERVICIO DE LA DEUDA INVERSION

MONTO 1.618.064 1.618.064 308.138 77.831 1.232.093

Fuente: Cálculos Secretaría de Hacienda.

PARTICIPACION 100.0% 100.0% 19% 5% 76%

Grafica: Distribución Porcentual Componentes del Gasto Presupuesto Total.

DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL SEGUN COMPONENTES DEL GASTO DEL PRESUPUESTO TOTAL VIGENCIA 2018

19%

5%

DEUDA

INVERSIÓN

76%

FUNCIONAMIENTO

Fuente: Cálculos Secretaría de Planeación Distrital.

La formulación del Plan de Inversiones para la vigencia 2018 guarda coherencia con el marco fiscal de mediano plazo y con el plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo “PRIMERO LA GENTE PARA UNA CARTAGENA SOSTENIBLE Y COMPETITIVA 20162019”, y donde se tienen en cuenta importantes inversiones como: 1. La recuperación del Centro Histórico, que se articula en el Plan de Desarrollo con el programa Cartagena turismo competitivo y fuente de desarrollo. 2. La avenida perimetral se articula al programa equipamientos para la competitividad. 3. En temas de fortalecimiento institucional, una Alcaldía de Todos y para todos, articulado del programa Gestión Local transparente de la planta de personal. 4. Potencialización de nuestra vocación turística, articulado al Programa Turismo competitivo y fuente de desarrollo sostenible. 5. Fondo Cartagena Sostenible, articulado al Programa Turismo competitivo y fuente de desarrollo sostenible. 6. De igual manera en lo social se destacan inversiones en el proyecto Mejoramiento de Barrios Adicionalmente a lo anterior se mantienen las inversiones en los sectores de participación y desarrollo social, institucional, seguridad, servicios públicos, infraestructura, entre otros.

A continuación se aprecian las inversiones en macro proyectos, así como otras, que la administración ha considerado estratégicas para 2018: Tabla 23. Inversiones Proyectos Estratégicas Vigencia 2018 INVERSIONES ESTRATÉGICAS

VALOR

PARTICIPACION

Juegos Nacionales 2019

$12.000.000.000

17%

Sistema Drenajes Pluviales

$18.580.000.000

54%

60.000.000.000

2%

2.000.000.000

13%

15.000.000.000

3%

3.500.000.000

1%

800.000.000

11%

$111.880.000.000

100,0%

Protección Costera Boca grande – Tierra Bomba Cerro de la Popa Caños y lagos POT PEMP TOTAL

Fuente: Cálculos Secretaría de Planeación Distrital. Teniendo en cuenta lo anterior, y haciendo un análisis de la inversión propuesta en el presente proyecto de presupuesto, con base en la estructura del Plan de Desarrollo “2016-2019”, aprobado por el Concejo Distrital a través del Acuerdo 006 de Junio 13 de 2016, la inversión por cada uno de los objetivos estratégicos, se presenta de la siguiente manera: Tabla 24. Distribución Inversión por objetivos del Plan de Desarrollo 2016-2019 para la vigencia 2018 (Millones de Pesos) No. OBJETIVOS DEL PLAN DE DESARROLLO

INVERSION

1

OBJETIVO ESTRATÉGICO 1. SUPERAR LA DESIGUALDAD

953.072

2

OBJETIVO ESTRATEGICO 2. ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

215.042

3

OBJETIVO ESTRATEGICO 3. CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD TOTAL INVERSION

63.979 1.232.093

Fuente: Cálculos Secretaría de Planeación Distrital.

% 77,4%

17,4%

5,2% 100%

Por último, se detalla la inversión por cada una de las dependencias del Distrito que tienen asignados recursos de inversión, así:

Tabla 25. Distribución Inversión por Dependencias en Millones de Pesos. DEPENDENCIA

PRESUPUESTO APROBADO 2017

PROYECTO PRESUPUESTO 2018

VARIACION ABSOLUTA

VARIACION PORCENTUAL

DESPACHO DEL ALCALDE

68.898,76

40.135,80

-28.762,96

-42%

SECRETARÍA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA

18.060,69

21.304,57

3.243,87

18%

SECRETARÍA DE HACIENDA

55.015,00

57.297,47

2.282,47

4%

SECRETARÍA GENERAL

21.057,91

28.918,28

7.860,38

37%

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

26.167,77

45.200,11

19.032,35

73%

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

385.709,21

478.893,51

93.184,30

24%

SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL

14.984,46

15.547,93

563,48

4%

SECRETARÍA DE PLANEACIÓN

8.908,02

11.150,99

2.242,97

25%

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SALUD

410.847,13

433.948,02

23.100,89

6%

DEPARTAMENTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

3.166,26

3.291,31

125,05

4%

DEPARTAMENTO DE VALORIZACIÓN DISTRITAL

18.272,90

18.687,88

414,98

2%

3.650,00

300,00

9%

ESCUELA DE GOBIERNO 3.350,00 Y LIDERAZGO

PRESUPUESTO APROBADO 2017

DEPENDENCIA

PROYECTO PRESUPUESTO 2018

VARIACION ABSOLUTA

VARIACION PORCENTUAL

CORVIVIENDA

19.034,82

21.031,34

1.996,52

10%

FONDO DE PENSIONES

50

50

0,00

0%

INSTITUTO DE DEPORTES Y RECREACIÓN – IDER

15.013,33

15.309,42

296,10

2%

INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA – IPCC

5.550,97

7.193,13

1.642,17

30%

ESTABLECIMIENTO PÚBLICO AMBIENTAL

4.965,19

3.762,48

-1.202,71

-24%

DISTRISEGURIDAD

6.764,17

4.920,97

-1.843,19

-27%

COLEGIO MAYOR DE BOLIVAR

2.481,90

1.500,00

-981,90

-40%

ALCALDÍAS LOCALES (HISTÓRICA, VIRGEN E INDUSTRIAL)

26.626,22

20.300,29

-6.325,93

-24%

Localidad Histórica y del Caribe Norte

8.166,30

6.227,55

-1.938,75

-24%

Localidad de la Virgen y Turística

9.677,45

7.376,35

-2.301,10

-24%

Localidad Industrial y de la Bahía

8.782,47

6.696,40

-2.086,07

-24%

TOTAL

1.114.924,69

1.232.093,52

117.168,82

4,58%

Fuente: Cálculos de la Secretaría de Planeación Distrital.

PRESUPUESTO DE RENTAS RECURSOS DE CAPITAL Y DE LOS FONDOS ESPECIALES CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL

SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

Concejo Distrital de Cartagena de Indias D. T. y C.

ACUERDO No. (

)

PRIMERA PARTE “Por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas, Recursos de Capital y Recursos de Fondos Especiales; Apropiaciones de Funcionamiento y de Servicio de la Deuda del Distrito, asi como el Plan de Inversiones para la Vigencia Fiscal 2018 en el Distrito Turistico y Cultural de Cartagena de Indias ” EL CONCEJO DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIAS D.T y C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto 111 de 1996 y Acuerdo 044 de 1998.

ACUERDA ARTICULO 1: Apruébese el Presupuesto de Rentas, Recursos de Capital y Recursos de Fondos Especiales para la vigencia fiscal de 2018 en la suma de: UN BILLON SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO

CODIGO 01 01-01 01-01-01 01-01-01-01 01-01-01-01-01 01-01-01-01-01-01 01-01-01-01-01-02 01-01-01-01-01-03

CONCEPTO INGRESOS TOTALES DEL DISTRITO INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION

PRESUPUESTO INICIAL 1.618.064.815.695

INGRESOS TRIBUTARIOS IMPUESTOS DIRECTOS PREDIAL UNIFICADO Vigencia Actual. Intereses y Sanciones Vigencias Anteriores.

474.910.670.530 474.697.214.007 211.126.704.339 211.126.704.339 168.393.675.359 16.578.587.297 26.154.441.683

01-01-01-02 01-01-01-02-01 01-01-01-02-01-01 01-01-01-02-01-02 01-01-01-02-01-03

IMPUESTOS INDIRECTOS INDUSTRIA Y COMERCIO Vigencia Actual. Intereses y Sanciones Vigencias Anteriores.

263.570.509.668 252.429.380.866 167.435.110.537 5.010.520.660 79.983.749.669

01-01-01-02-02

DELINEACIÓN URBANA Y APROBACIÓN DE PLANOS

5.157.722.621

01-01-01-02-03

SOBRETASA A LA GASOLINA

5.983.406.181

01-01-02 01-01-02-01 01-01-02-01-01 01-01-02-01-02 01-01-02-01-03 01-01-02-01-04

INGRESOS NO TRIBUTARIOS TASAS Y SOBRETASAS Plaza de Mercado Vallas y Pancartas Publicitarias Muelles Turísticos Aparcaderos

01-01-02-02 01-01-02-02-01

RENTAS CONTRACTUALES Arrendamiento de Bienes Inmuebles

01-01-02-03 01-01-02-03-01 01-01-02-03-02

RENTAS OCASIONALES Multas y Sanciones Publicaciones de Contratos

01-01-02-04

OTRAS TASAS Y SOBRETASAS

213.456.523 4 1 1 1 1 22.503.296 22.503.296 2 1 1 190.953.221

01-02 01-02-03 01-02-04 01-02-04-01 01-02-04-02 01-02-04-03 01-02-04-04

INGRESOS CTES. DESTINACION ESPECIFICA Sobretasa a la Gasolina - Transporte Masivo Otros Ingresos Corrientes de Destinación Especifica Impuesto a la Construcción Impuesto de Aseo Estampilla Años Dorados Venta de Servicios Cementerios

01-03 01-03-01 01-03-01-01 01-03-01-02 01-03-01-03 01-03-01-04 01-03-01-05 01-03-01-06

PARTICIPACIONES SGP PROPÓSITO GENERAL Deportes- Once Doceavas 2018 Deportes Ultima Doceava 2017 Cultura- Once Doceavas 2018 Cultura Ultima Doceava 2017 Otros Sectores Once Doceavas 2018 Otros Sectores Ultima Doceava 2017

01-03-02 01-03-02-01 01-03-02-02

S.G.P. ALIMENTACIÓN ESCOLAR S.G.P. Alim Escolar-Once Doceavas 2018 Ultima Doceava -S.G.P Alim. Esc. 2017

01-03-03 01-03-03-01 01-03-03-02

SGP AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO SGP Agua y Saneamiento- Once Doceava 2018 SGP Agua y Saneamiento- Ultima Doceava 2017

01-03-04

ATENCIÓN INTEGRAL PRIMERA INFANCIA

39.311.590.039 28.493.137.218 10.818.452.821 1 1 10.742.548.559 75.904.260 109.923.803.272 25.479.706.404 2.167.647.103 197.058.828 1.625.735.327 147.794.121 19.563.015.106 1.778.455.919 2.938.511.236 2.685.395.482 253.115.754 27.158.262.289 24.673.107.960 2.485.154.329 1

01-03-05

CONTRAPRESTACIONES PORTUARIAS

01-03-06 01-03-06-01 01-03-06-02

OTROS Sobretasa Alcantarillado Sobretasa Medio Ambiente

01-03-09

APORTES ESTRATIFICACIÓN DISTRITAL

01-03-10

TRANSFERENCIA FONDOS

FONPET-

4.902.288.920 46.021.802.025 112.521 46.021.689.504

SIN

SITUACIÓN

331.445.000 DE 1.819.000.000

01-03-11

TRANSFERENCIA PARA FUNCIONAMIENTO - CUOTA DE FISCALIZACIÓN

01-04 01-04-01 01-04-01-01

RECURSOS DE CAPITAL RECURSOS DEL CRÉDITO Crédito Externo

28.925.401.671 1 1

01-04-03 01-04-03-13 01-04-03-17 01-04-03-37 01-04-03-38 01-04-03-44 01-04-03-75 01-04-03-87 01-04-03-87-01 01-04-03-87-02 01-04-03-89

RENDIMIENTOS FINANCIEROS

13.810.421.060 66.159.535 355.338.618 6.555.568.741 2.618.236.084 525.363.559 725.272.310 309.169.740 132.556.990 176.612.750 1.383.002.626 62.092.691 187.910.975

01-04-03-107 01-04-03-108

Rend. Financieros Coljuegos Fondo Local de Salud (Coljue, Min P.S, ICLD) ICLD Crédito Interno Rendimientos Financieros Sobretasa Bomberil SGP Proposito General SGP Salud Rend. Financ. SGP Salud Oferta Rend. Financ. SGP Salud Pública Otros Rendimientos Financieros Rendimientos Financieros Otros Dividendos

Rend. Financ. Contraprestaciones Portuarias

1.272.787.397

01-04-03-109 01-04-03-111

Rendimientos Financieros Estampillas Años Dorados Rendimientos Financieros SGP - APSB

01-04-04

VENTA DE ACTIVOS

1

01-04-05

DONACIONES

1

01-04-06

RECUPERACIÓN PENSIONALES

01-04-07

RECURSOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

DE BONOS Y

CUOTAS PARTES

425.190.806 597.115.375

4.547.980.599 1

01-04-08 01-04-08-01

REINTEGROS Devolucion recursos Contraloria Distrital

01-04-09 01-04-09-01 01-04-09-02 01-04-09-02-01 01-04-09-02-02 01-04-09-02-03 01-04-09-02-04 01-04-09-02-05 01-04-09-02-06 01-04-09-02-07

Dividendos Dividendos Acuacar Otros dividendos Sociedad Portuaria Regional de Cartagena Cartagena II S.A (S.P.R.C) Compañía Hotelera de Colombia (Hilton) Hotel Royal S.A Transcaribe Terminal de Transportes de Cartagena S.A Edurbe S.A

01-05 01-05-01 01-05-01-01 01-05-01-02 01-05-01-03 01-05-01-04 01-05-01-05 01-05-01-06 01-05-01-07 01-05-01-07-01 01-05-01-07-02 01-05-01-08 01-05-01-09

RECURSOS FONDOS ESPECIALES FONDO DE SALUD DISTRITAL S.G.P Oferta- Once Doceavas 2018 S.G.P Oferta Ultima doceava 2017 S.G.P Salud Pública Once Doceavas 2018 S.G.P Salud Pública Ultima doceava 2017 S.G.P Régimen Subsidiado Oncedoceava 2018 S.G.P Regimen Subs, Ultima Doceava 2017 Coljuegos

Coljuegos (CSF) Con Situacion de fondos Coljuegos (SSF) Sin Situacion de fondos

1 1 10.567.000.007 10.567.000.000 7 1 1 1 1 1 1 1 931.868.712.743 420.599.118.355 8.746.139.466 743.087.465 7.838.758.441 665.994.770 148.807.741.253 12.642.968.671 7.507.331.832 2.082.370.458 5.424.961.374 229.599.735.044 625.396.100

01-05-01-10

Fosyga Transferencia Ministerio de Proteccion Social Recursos de Cajas de Compensacion Familiar Sin Situación de Fondos

01-05-02 01-05-02-01 01-05-02-01-14 01-05-02-02 01-05-02-02-01 01-05-02-02-02

FONDO DE VALORIZACIÓN DISTRITAL. Obras Obras por Valorizacion Beneficio Directo Otros Ingresos Certificado de Paz y Salvo - Valorización Rendimientos Financieros - Valorización

399.556.436 107.882.004 107.882.004 291.674.432 284.707.813 6.966.619

01-05-03 01-05-03-01 01-05-03-02 01-05-03-03

FONDO DE TRANSITO Y TRANSPORTE Servicio de Tránsito y Transporte Impuesto de Vehiculo Automotor Rendimientos Financieros- DATT

33.233.565.914 29.942.259.000 3.276.000.000 15.306.914

3.421.965.313

01-05-04 01-05-04-01 01-05-04-02 01-05-04-03 01-05-04-04 01-05-04-05 01-05-04-06 01-05-04-07

FONDO EDUCATIVO DISTRITAL Prestacion de Servicios Educativos - SGP Servicios de Calidad - SGP Gratuidad Educativa - SGP Aporte Docentes Sin Situacion de Fondos - SGP Aporte Patronales Sin Situacion de Fondos - SGP Rendimientos Financieros -SGP Educacion Asignacion Especial MEN

01-05-05 01-05-05-01

FONDO DE SEGURIDAD -DISTRISEGURIDAD Impuesto Predial Unificado (1%)

01-05-06 01-05-06-01 01-05-06-02

FONDO ESPECIAL DEL COMANDO DE BOMBEROS. Sobretasa Bomberil Venta de Servicios

11.865.269.316 11.562.409.657 302.859.659

01-05-07 01-05-07-01

FONDO DE VIVIENDA E INTERES SOCIAL Impuesto Predial Unificado (15%)

30.374.039.567 30.374.039.567

01-05-08 01-05-08-01 01-05-08-02 01-05-08-03

FONDO ESPACIO PUBLICO Estacionamiento, Ocupación de Vías y Espacio Público Amoblamiento Urbano Aprovechamiento Economico del Espacio Publico

01-05-09

FONDO DE DESARROLLO LOCAL

294.421

01-05-09-01

Multas y Sanciones Localidad Histórica y del Caribe Norte

294.421

01-05-10 01-05-10-01

FONDO DE DEPORTE IDER Impuesto de Industria y Comercio 3%

01-05-11 01-05-11-01

FONDO MERCADO DE BAZURTO Mantenimiento Mercado de Bazurto

01-05-12 01-05-12-01 01-05-12-02

FONDO DE REDISTRIBUCION Y SOLIDARIDAD Servicio de Aseo Rendimientos Financieros

01-05-13 01-05-13-01

FONDO EDUCATIVO BICENTENARIO Impuesto de Industria y Comercio 3%

405.978.889.020 337.388.203.090 12.459.230.894 10.642.373.989 14.050.780.569 29.838.300.477 1.600.000.000 1 2.024.935.971 2.024.935.971

1.096.975.020 468.759.699 294.547.146 333.668.175

7.976.107.679 7.976.107.679 194.339.032 194.339.032 2 1 1 7.976.107.679 7.976.107.679

01-05-14 01-05-14-01 01-05-14-02 01-05-14-03

FONDO TERRITORIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA - FONSET Recursos FONSET Contribucion de Contratos de Obras Publicas Multas (Codigo Nacional de Policia)

4.229.201.534 1 4.219.201.533 10.000.000

01-05-15-01 01-05-15-02

FONDO DISTRITAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES ICLD 1% SGP Proposito General 5%

01-06 01-06-01 01-06-01-01 01-06-01-02 01-06-01-03 01-06-01-04 01-06-01-05

ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS INSTITUTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES Sobretasa Deportiva Espectaculos Públicos Arrendamiento de Escenarios Deportivos Venta de Servicios - IDER Rendimientos Financieros - IDER

01-06-02 01-06-02-01 01-06-02-02 01-06-02-03 01-06-02-04 01-06-02-05 01-06-02-06 01-06-02-07

INSTITUTO DE CULTURA Espectaculos Públicos-Ley 1493 de 2011 Estampilla Procultura Convenios y Venta de Servicios Impuesto de Delineación Urbana - 20% Venta de Servicios Teatro Adolfo Mejia Multas y Sanciones Rendimientos Financieros Cultura

4.930.124.145 700.000.000 1.800.000.000 201.603.908 1.488.520.237 650.000.000 30.000.000 60.000.000

01-06-03 01-06-03-01 01-06-03-02 01-06-03-03 01-06-03-04 01-06-03-05 01-06-03-05-01

ESTABLECIMIENTO PÚBLICO AMBIENTAL Sector Eléctrico (Ley 99/93) Tasa Retributiva Licencias, Permisos y Multas Sobretasas y Peajes Rendimientos Financieros Rendimientos Financieros (Multas, ICLD, Sap, Ley 99)

3.956.632.814 869.581.614 2.000.000 1.352.651.200 1.500.000.000 232.400.000 232.400.000

01-06-04 01-06-04-01 01-06-04-02 01-06-04-03

DISTRISEGURIDAD Telefonía básica Conmutada Impuesto de Delineación Urbana - 10% Otros Ingresos - Financieros

5.374.224.608 4.627.896.428 744.260.118 2.068.062

01-06-05 01-06-05-01 01-06-05-02 01-06-05-03 01-06-05-05

COLEGIO MAYOR DE BOLÍVAR Venta de Bienes y Servicios Otros ingresos Rendimientos Financieros Aportes de la Nacion

9.605.054.079 3.165.364.112 702.953.235 54.570.000 5.682.166.732

01-05-15

5.920.312.797 4.797.077.480 1.123.235.317 33.124.637.440 9.258.601.794 8.731.110.856 115.529.362 398.505.892 2.819.309 10.636.375

CONCEPTO TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION INGRESOS CORRIENTES DE DESTINACION ESPECIFICA PARTICIPACIONES RECURSOS DE CAPITAL

PRESUPUESTO APROBADO VIGENCIA 2017

Part. %

1.471.691.083.980 100%

PROYECTO PRESUPUESTO 2018

Part. %

1.618.064.815.695 100%

29%

Variación Absoluta

Variación %

146.373.731.715

10%

13.427.636.394

3%

3.277.439.018

-8%

461.483.034.136

31%

474.910.670.530

42.589.029.057

3%

39.311.590.039

99.743.853.489

7%

109.923.803.272

7%

10.179.949.783

10%

23.384.891.646

2%

28.925.401.671

2%

5.540.510.025

24%

RECURSOS FONDOS ESPECIALES

812.752.704.761

55%

931.868.712.743

54%

119.116.007.982

15%

ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

31.737.570.891

2%

33.124.637.440

2%

1.387.066.549

4%

2% -

PRESUPUESTO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SERVICIO DE LA DEUDA E INVERSIÓN CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

AÑO FISCAL 2018

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL

SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. y C. SEGUNDA PARTE APROPIACION DE FUNCIONAMIENTO Y SERVICIO DE LA DEUDA

ARTICULO 2. Aprópiese para atender los Gastos de Funcionamiento y Deuda Pública del Presupuesto General del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, durante la vigencia Fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre del año 2018, en la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($385.971.298.656) A. PRESUPUESTO DE GASTOS

Apropiacion 2018 385.971.298.656

01. ADMINISTRACION CENTRAL 01. CORPORACION ADMINISTRATIVA DE ELECCION UNIDAD EJECUTORA 18 CONCEJO DISTRITAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

8.853.428.785

UNIDAD EJECUTORA 19 CONTRALORIA DISTRITAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

6.662.998.150

UNIDAD EJECUTORA 20 PERSONERIA DISTRITAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

7.598.570.728

01. ORGANISMOS DISTRITALES UNIDAD EJECUTORA 01 DESPACHO DEL ALCALDE A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

27.997.280.231

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

16.810.074.243

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

12.664.493.730

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

2.500.000.000

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

1.361.932.546

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

283.647.967

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

300.119.392

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

736.308.672

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

02-001-03-50

OTRAS TRANSFERENCIAS FUNCIONAMIENTO PROGRAMAS DISTRITALES

02-001-03-60

PASIVOS EXIGIBLES - VIGENCIAS EXPIRADAS

1.036.428.064

10.150.777.924 1

10.042.724.923

108.053.000

UNIDAD EJECUTORA 02 SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

18.341.001.320

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

12.699.446.096

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

8.556.736.017

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

1.400.000.000

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

2.401.413.582

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

341.296.497

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

3.022.728.726

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

2.353.495.672

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

2.353.495.672

3.288.059.552 265.330.826

UNIDAD EJECUTORA 03 SECRETARIA DE HACIENDA DISTRITAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

17.371.379.555

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

10.005.389.366

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

5.988.073.652

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

2.500.000.000

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

1.256.547.903

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

260.767.811

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

4.129.448.186

02-001-02-30

IMPUESTOS Y MULTAS

3.000.000.000

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

1

7.365.990.188 236.542.002

UNIDAD EJECUTORA 03 SECRETARIA DE HACIENDA DISTRITAL PRESUPUESTO DE LA DEUDA PUBLICA

73.284.009.979

02-001-05

SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA

73.284.009.979

02-001-05-10

AMORTIZACION DE CAPITAL ENTIDADES FINANCIERAS

54.439.416.667

02-001-05-20

INTERESES, COMISIONES Y GASTOS

17.844.593.312

02-001-05-30

DEFICIT FISCAL

1.000.000.000

UNIDAD EJECUTORA 04 LOCALIDAD DE LA VIRGEN Y TURISTICA A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.293.839.041

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

3.162.799.061

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.466.396.377

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

590.085.407

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

106.317.277

02-001-02

GASTOS GENERALES

131.039.979

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

55.740.314

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

75.299.665

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

1

UNIDAD EJECUTORA 05 SECRETARIA GENERAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

59.993.452.930

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

7.808.394.509

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.650.224.509

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

4.500.000.000

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

545.170.959

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

112.999.041

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6.678.633.026

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

6.307.546.593

02-001-03-50

OTRAS TRANSFERENCIAS

45.506.425.395 3.209.534.529 42.296.890.866

371.086.433

UNIDAD EJECUTORA 06 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.245.321.919

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

2.017.244.353

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

1.172.993.584

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

549.153.720

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

244.376.789

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

50.720.260

02-001-02

GASTOS GENERALES

228.077.565

02-001-02-10

ADQUISICION DE SERVICIOS

228.077.565

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

1

UNIDAD EJECUTORA 07 SECRETARIA DE EDUCACION A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

8.030.335.266

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

7.634.949.471

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

5.683.392.067

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

1.153.527.585

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

250.473.777

02-001-02

GASTOS GENERALES

335.812.273

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

335.812.273

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

59.573.522

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

59.573.522

547.556.042

UNIDAD EJECUTORA 08 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.643.528.717

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

3.159.238.923

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.140.742.894

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

476.227.147

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

449.090.969

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

93.177.913

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

1

484.289.794 55.406.091 428.883.703

UNIDAD EJECUTORA 09 SECRETARIA DE PLANEACION A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.882.466.522

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

2.447.529.837

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

1.923.394.214

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

403.488.980

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

83.781.673

02-001-02

GASTOS GENERALES

434.936.684

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

272.716.972

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

162.219.712

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

1

36.864.970

UNIDAD EJECUTORA 10 DEPARTAMENTO DISTRITAL DE SALUD - DADIS A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

10.927.317.156

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

10.197.511.683

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

1.623.880.635

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

336.691.110

02-001-02

GASTOS GENERALES

729.805.472

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

217.458.307

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

512.347.164

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

1

7.771.336.003 465.603.935

UNIDAD EJECUTORA 11 LOCALIDAD HISTORICA Y DEL CARIBE NORTE A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5.620.014.888

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

5.513.998.229

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

4.296.329.836

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

1.029.712.592

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

187.955.801

02-001-02

GASTOS GENERALES

106.016.659

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

36.937.394

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

69.079.265

UNIDAD EJECUTORA 23 LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHIA A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.917.341.026

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

2.799.060.900

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.195.222.925

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

508.616.369

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

95.221.606

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

49.200.861

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

69.079.265

118.280.126

UNIDAD EJECUTORA 24 FONDO DE PENSIONES A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

53.296.676.791

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

800.000.000

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

800.000.000

02-001-02

GASTOS GENERALES

369.899.522

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

52.126.777.269

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

52.126.777.269

71.047.217 298.852.304

UNIDAD EJECUTORA 24 FONDO DE PENSIONES 02-047-05

PRESUPUESTO DE LA DEUDA PUBLICA

4.547.980.599

UNIDAD EJECUTORA 12 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTE A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

29.942.259.000

02-021-01

GASTOS DE PERSONAL

13.965.978.000

02-021-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

8.926.136.000

02-021-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

2.500.000.000

02-021-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

2.172.655.000

02-021-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

367.187.000

02-021-02

GASTOS GENERALES

5.595.000.000

02-021-02-10

ADQUISICION DE BIENES

2.790.000.000

02-021-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

2.775.000.000

02-021-02-30

IMPUESTOS Y MULTAS

02-021-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

02-021-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

02-021-03-50

OTRAS TRANSFERENCIAS

30.000.000 10.381.281.000 581.281.000 9.800.000.000

UNIDAD EJECUTORA 13 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE VALORIZACION A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.922.644.704

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

1.660.505.301

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

686.655.338

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

903.226.380

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

55.161.548

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

15.462.035

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

246.138.107

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

992.780.729

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

23.220.567

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

23.220.567

1.238.918.836

UNIDAD EJECUTORA 15 INSTITUTO DE DEPORTES Y RECREACION A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5.490.144.242

02-025-01

GASTOS DE PERSONAL

4.617.773.333

02-025-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.293.848.730

02-025-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

1.746.717.233

02-025-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

501.186.996

02-025-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

76.020.374

02-025-02

GASTOS GENERALES

872.370.909

02-025-02-10

ADQUISICION DE BIENES

280.499.347

02-025-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

503.185.241

02-025-02-30

IMPUESTOS Y MULTAS

88.686.321

UNIDAD EJECUTORA 16 FONDO DE VIVIENDA E INTERES SOCIAL A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

9.342.703.604

02-039-01

GASTOS DE PERSONAL

6.384.253.604

02-039-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.147.750.544

02-039-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

3.722.129.371

02-039-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

84.657.743

02-039-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

429.715.946

02-039-02

GASTOS GENERALES

02-039-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-039-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

1.285.200.000

02-039-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.198.250.000

02-039-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

312.000.000

02-039-03-50

OTRAS TRANSFERENCIAS

886.250.000

1.760.200.000 475.000.000

UNIDAD EJECUTORA 17 INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5.222.595.280

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

2.995.861.480

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

1.780.898.595

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

800.000.000

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

344.682.605

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

70.280.280

02-001-02

GASTOS GENERALES

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

217.133.800

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

117.133.800

02-001-03-50

OTRAS TRANSFERENCIAS

100.000.000

2.009.600.000 195.000.000 1.814.600.000

UNIDAD EJECUTORA 21 ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL - EPAA. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

4.960.767.544

02-001-01

GASTOS DE PERSONAL

3.829.844.977

02-001-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

2.142.383.457

02-001-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

1.191.900.212

02-001-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

64.961.947

02-001-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

430.599.361

02-001-02

GASTOS GENERALES

965.577.791

02-001-02-10

ADQUISICION DE BIENES

133.584.228

02-001-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

831.993.563

02-001-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

165.344.776

02-001-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

165.344.776

UNIDAD EJECUTORA 22 DISTRISEGURIDAD A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2.478.186.598

02-076-01

GASTOS DE PERSONAL

1.966.673.973

02-076-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

1.523.760.788

02-076-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

120.400.000

02-076-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

268.800.376

02-076-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

53.712.809

02-076-02

GASTOS GENERALES

02-076-02-10

ADQUISICION DE BIENES

02-076-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

511.512.625 84.140.663 427.371.962

UNIDAD EJECUTORA 25 COLEGIO MAYOR DE BOLIVAR A. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

8.105.054.079

02-048-01

GASTOS DE PERSONAL

5.449.024.079

02-048-01-10

SERVICIOS ASOCIADOS A LA NOMINA

1.819.139.766

02-048-01-20

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

3.172.994.313

02-048-01-30

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PRIVADO

293.180.000

02-048-01-40

CONTRIBUCIONES NOMINA SECTOR PUBLICO

163.710.000

02-048-02

GASTOS GENERALES

02-048-02-10

ADQUISICION DE BIENES

148.570.000

02-048-02-20

ADQUISICION DE SERVICIOS

867.150.000

02-048-02-30

IMPUESTOS Y MULTAS

02-048-02-40

PROGRAMAS DE FORMACION CONTINUADA

856.000.000

02-048-02-60

CONVENIOS

511.460.000

02-048-03

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

267.500.000

02-048-03-10

TRANSFERENCIAS DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

224.700.000

02-048-03-50

OTRAS TRANSFERENCIAS

2.388.530.000

5.350.000

42.800.000

RESUMEN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

DEPENDENCIA

VIGENCIA 2018

PART. %

CONCEJO CONTRALORÍA PERSONERÍA DESPACHO DEL ALCALDE SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA SECRETARIA DE HACIENDA PUBLICA LOCALIDAD TURISTICA Y DE LA VIRGEN SECRETARIA GENERAL SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA SECRETARIA DE EDUCACION SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE PLANEACION DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD LOCALIDAD HISTORICA Y DEL CARIBE NORTE LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHIA FONDO DE PENSIONES

8.853.428.785 6.662.998.150 7.598.570.728 27.997.280.231

3% 2% 2% 9%

18.341.001.320

6%

17.371.379.555 3.293.839.041 59.993.452.930 2.245.321.919 8.030.335.266

6% 1% 19% 1% 3%

3.643.528.717

1%

2.882.466.522

1%

10.927.317.156

4%

5.620.014.888 2.917.341.026 53.296.676.791

2% 1% 17%

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO

29.942.259.000

10%

2.922.644.704

1%

5.490.144.242 9.342.703.604 5.222.595.280 4.960.767.544 2.478.186.598 8.105.054.079 308.139.308.078

2% 3% 2% 2% 1% 3% 100%

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE VALORIZACION IDER CORVIVIENDA INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL - EPADISTRISEGURIDAD COLEGIO MAYOR TOTAL

AÑO FISCAL 2018

SERVICIO DE LA DEUDA CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL

SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

PRESUPUESTO DE LA DEUDA PUBLICA

77.831.990.578

100%

SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA

73.284.009.979

94%

4.547.980.599

6%

SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA - (Recuperación Bonos

UNIDAD EJECUTORA 03 SECRETARIA DE HACIENDA DISTRITAL PRESUPUESTO DE LA DEUDA PUBLICA

73.284.009.979

SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA

73.284.009.979

AMORTIZACION DE CAPITAL ENTIDADES FINANCIERAS

54.439.416.667

02-001-05-10-01

Entidades Financieras Crédito Sindicado

43.261.698.860

02-001-05-10-02

Crédito Sindicado (112.000 Mlls) Banca Comercial (SGP Proposito General)

02-070-05-10-01

INTERESES, COMISIONES Y GASTOS 02-001-05-20-01 02-001-05-20-02 02-070-05-20-01

02-001-05-30-01

3.360.000.000 7.817.717.807

17.844.593.312

Entidades Financieras Crédito Sindicado (112.000 Mlls) Banca Comercial (SGP Proposito General)

6.773.771.841 5.859.009.600

DEFICIT FISCAL

1.000.000.000

Deficit Fiscal

1.000.000.000

5.211.811.871

AÑO FISCAL 2018

PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL

SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. Y C. TERCERA PARTE

APROPIACIONES DE GASTOS DE INVERSION

ARTICULO 3. Fijase el Plan Operativo Anual de Inversión de Cartagena de Indias D. T. y C., para la vigencia fiscal del 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2018, en la suma de UN BILLON DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($1.232.093.517.039) así:

TOTAL PLAN DE INVERSIONES

1.232.093.517.039 SECCION 0201 DESPACHO DEL ALCALDE PRESUPUESTO DE INVERSION

40.135.801.895

OBJETIVO ESTRATÉGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD EJE ESTRATÉGICO CARTAGENA INCLUYENTE

1.800.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA EDUCACIÓN PARA LA GENTE DEL SIGLO XXI

1.300.000.000

PROGRAMA EDUCACIÓN SUPERIOR: JÓVENES FORMADOS CON CALIDAD

1.300.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA Y SU ARTICULACIÓN CON LA EDUCACIÓN SUPERIOR

1.300.000.000

02-001-06-70-01-01-04-02

ESCUELA TALLER CARTAGENA DE INDIAS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-001-06-70-01-01-04-03

CONVENIO CENTROS DE EXCELENCIA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-001-06-70-01-05-01-05

1.800.000.000

300.000.000 300.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA SUPERACION DE LA POBREZA EXTREMA Y LA DESIGUALDAD

500.000.000

PROGRAMA SUPERACIÓN DE LA POBREZA EXTREMA Y LA DESIGUALDAD

500.000.000

SUBPROGRAMA INGRESO Y EL TRABAJO PARA LA SUPERACIÓN DE POBREZA Y DESIGUALDAD

500.000.000

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA MAS FAMILIAS EN ACCIÓN Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

OBJETIVO ESTRATÉGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-119-06-20-02-04-01-01 02-070-06-20-02-04-01-01

38.335.801.895

EJE ESTRATEGICO MEDIO AMBIENTE Y GESTION DEL RIESGO

5.920.312.797

LÍNEA ESTRATÉGICA GESTION DEL RIESGO

5.920.312.797

PROGRAMA GESTION DEL RIESGO

5.920.312.797

FONDO DISTRITAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES

5.920.312.797

SUBPROGRAMA TODOS Y TODAS CONOCEDORES DE LA SITUACIÓN DE NUESTRO TERRITORIO (CONOCIMIENTO DEL RIESGO)

1.620.777.675

CONOCIMIENTO DEL RIESGO Ingresos Corrientes de Libre Destinación (1%) SGP - Propósito General (5%)

1.480.792.924 880.044.852 600.748.072

02-001-06-20-02-04-01-06 02-070-06-20-02-04-01-06

SECCION 0201 DESPACHO DEL ALCALDE PRESUPUESTO DE INVERSION FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Ingresos Corrientes de Libre Destinación (1%) SGP - Propósito General (5%) SUBPROGRAMA COMUNIDADES (REDUCCIÓN DEL RIESGO)

02-119-06-20-02-04-01-02 02-070-06-20-02-04-01-02

MENOS

VULNERABLES

REDUCCION DEL RIESGO Ingresos Corrientes de Libre Destinación (1%) SGP - Propósito General (5%)

139.984.751 43.492.992 96.491.759 810.024.514 810.024.514 384.029.028 425.995.486

SUBPROGRAMA BARRIOS MÁS RESILIENTES (MANEJO DE DESASTRE)

3.489.510.608

02-119-06-20-02-04-01-03

MANEJO DE DESASTRES Ingresos Corrientes de Libre Destinación (1%)

3.373.242.437 3.373.242.437

02-119-06-20-02-04-01-04

RECUPERACIÓN Ingresos Corrientes de Libre Destinación (1%)

93.759.784 93.759.784

02-119-06-20-02-04-01-05

PROTECCION FINANCIERA Ingresos Corrientes de Libre Destinación (1%)

22.508.387 22.508.387

EJE ESTRATÉGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

02-054-06-10-02-10-02-01

02-001-06-10-02-09-02-01 02-019-06-10-02-09-02-01

02-001-06-10-02-09-02-02

32.415.489.098

LÍNEA ESTRATÉGICA VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS

1

PROGRAMA SERVICIOS PÚBLICOS PARA LA GENTE

1

SUBPROGRAMA ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

1

PLAN MAESTRO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO Crédito Externo - Banco Mundial - BID

1 1

LÍNEA ESTRATÉGICA INFRAESTRUCTURA VIAL CON DESARROLLOS INTEGRALES PARA LA MOVILIDAD PARA LA GENTE

28.493.137.219

PROGRAMA SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO Y MULTIMODAL

28.493.137.219

SISTEMA INTEGRAL DE TRANSPORTE MASIVO - TRANSCARIBE

28.493.137.218

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Sobretasa a la Gasolina 0 SENTENCIAS Y CONCILIACIONES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

28.493.137.218 1 1

SECCION 0201 DESPACHO DEL ALCALDE

02-001-06-10-02-08-01-01 02-037-06-10-02-08-01-01

LÍNEA ESTRATÉGICA ESPACIO PÚBLICO Y MOVILIDAD PARA LA GENTE

3.922.351.878

PROGRAMA ESPACIO PÚBLICO

3.922.351.878

SUBPROGRAMA SISTEMA DE INFORMACIÓN Y DE GESTIÓN

655.310.600

SISTEMA DE INFORMACIÓN Y DE GESTIÓN Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD

655.310.600 300.000.000 355.310.600

SUBPROGRAMA PLAN ESTRATÉGICO DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO PARA LA GENTE

02-001-06-10-02-08-01-02 02-008-06-10-02-08-01-02 02-080-06-10-02-08-01-02

PLAN ESTRATEGICO DE PROTECCION DEL ESPACIO PUBLICO PARA LA GENTE Ingresos Corrientes de Libre Destinación Amoblamiento Urbano Ocupación de Vías y Espacio Público SUBPROGRAMA REGLAMENTACIÓN Y GESTIÓN DE ESPACIO PÚBLICO EFECTIVO PRIORIZADO

02-037-06-10-02-08-01-03 02-100-06-10-02-08-01-03

REGLAMENTACIÓN Y GESTIÓN DE ESPACIO PÚBLICO EFECTIVO PRIORIZADO Rendimientos Financieros ICLD Aprovechamiento económico del espacio público

1.934.901.095

1.934.901.095 1.171.594.250 294.547.146 468.759.699 506.168.175

506.168.175 172.500.000 333.668.175

SUBPROGRAMA PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN DE ÁREAS PÚBLICAS VERDES

162.500.000

PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN DE ÁREAS PÚBLICAS VERDES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

162.500.000 162.500.000

SUBPROGRAMA MAS ESPACIO PUBLICO

125.000.000

02-001-06-10-02-08-01-05

MAS ESPACIO PUBLICO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

125.000.000 125.000.000

02-037-06-10-02-08-01-05

MOVILIDAD PARA LA GENTE Rendimientos Financieros ICLD

02-001-06-10-02-08-01-04

02-001-06-10-02-08-01-06 02-037-06-10-02-08-01-06

38.472.008 38.472.008

INCLUSIÓN PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA INFORMALIDAD

500.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD

250.000.000 250.000.000

SECCION 0202 SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA PRESUPUESTO DE INVERSION

21.304.565.096

OBJETIVO ESTRATÉGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD

450.000.000

EJE ESTRATÉGICO PRIMERO LA GENTE

450.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA DIVERSIDAD ÉTNICA

450.000.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LOS GRUPOS ÉTNICOS EN EL DISTRITO

300.000.000

SUBPROGRAMA AFRODESCENDIENTES E INDÍGENAS

300.000.000

02-001-06-20-01-11-01-01

FORTALECIMIENTO AFRO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

250.000.000 250.000.000

02-001-06-20-01-11-01-02

FORTALECIMIENTO INDIGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

50.000.000 50.000.000

02-001-06-20-01-11-02-01

PROGRAMA OBSERVATORIO DISTRITAL DE DISCRIMINACIÓN

150.000.000

OBSERVATORIO DISTRITAL DE DISCRIMINACIÓN Ingresos Corrientes de Libre Destinación

150.000.000 150.000.000

OBJETIVO ESTRATEGICO 2. ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-001-06-20-02-01-02-04

EJE ESTRATÉGICO DESARROLLO ECONÓMICO INCLUYENTE

100.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

100.000.000

PROGRAMA. EMPLEO, INGRESO, EMPRENDIMIENTO

100.000.000

SUBPROGRAMA EMPRENDIMIENTO ÉTNICO

100.000.000

EMPRENDIMIENTO ÉTNICO AFRO E INDIGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

OBJETIVO ESTRATÉGICO CONSTRUIR CIUDADANÍA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD EJE ESTRATÉGICO SEGURIDAD INTEGRAL

20.604.565.096

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA SIN MIEDOS

18.704.565.096

PROGRAMA BARRIO SEGURO, UNIDAD COMUNERA SEGURAUNCOS

4.729.201.534

SUBPROGRAMA PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

4.229.201.534

SECCION 0202 SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA

02-040-06-20-03-01-01-01 02-121-06-20-03-01-01-02 02-120-06-20-03-01-01-03

FONDO TERRITORIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA -FONSET Impuesto Obras Viales Recursos FONSET Multas (Codigo Nacional de Policia)

4.229.201.534 4.219.201.533 1 10.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LOS MECANISMOS COMUNITARIOS DE PREVENCIÓN DEL DELITO

02-001-06-20-03-01-01-02 02-037-06-20-03-01-01-02

FORTALECIMIENTO DE LOS MECANISMOS COMUNITARIOS DE PREVENCIÓN AL DELITO Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos financieros ICLD

500.000.000 250.000.000 250.000.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA

3.925.363.560

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA

02-001-06-20-03-01-02-01 02-089-06-20-03-01-02-01

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARIA DEL INTERIOR Ingresos Corrientes de Libre Destinación Otros rendimientos financieros SUBPROGRAMA PENITENCIARIO

FORTALECIMIENTO

CARCELARIO

500.000.000

370.000.000

370.000.000 150.000.000 220.000.000 Y

3.030.000.000

02-001-06-20-03-01-02-02

FORTALECIMIENTO CARCELARIO Y PENITENCIARIO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

600.000.000 600.000.000

02-001-06-20-03-01-02-03

TRASLADO CARCEL DE SAN DIEGO - VIGENCIA FUTURA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

630.000.000 630.000.000

02-001-06-20-03-01-02-04

TRASLADO CARCEL DE SAN DIEGO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.200.000.000 1.200.000.000

02-001-06-20-03-01-02-04

CONVENIO INPEC Ingresos Corrientes de Libre Destinación

600.000.000 600.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO CUERPO DE BOMBEROS

525.363.560

FORTALECIMIENTO CUERPO DE BOMBEROS Rendimientos financieros Sobretasa Bomberil Donaciones

525.363.560 525.363.559 1

02-044-06-20-03-01-02-03 02-086-06-20-03-01-02-03

SECCION 0202 SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA

02-001-06-20-03-01-03-03 02-037-06-20-03-01-03-03 02-070-06-20-03-01-03-03 02-089-06-20-03-01-03-03 02-107-06-20-03-01-03-03

02-070-06-20-03-01-04-02 02-001-06-20-03-01-04-02

02-001-06-20-03-01-05-01

PROGRAMA JUSTICIA CERCANA AL CIUDADANO

9.000.000.000

JUSTICIA CERCANA AL CIUDADANO Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos financieros ICLD SGP - Propósito General Otros rendimientos financieros Rendimientos financieros otros dividendos

9.000.000.000 8.000.000.000 500.000.000 280.566.213 157.341.096 62.092.691

PROGRAMA CARTAGENA POR LA CONVIVENCIA

100.000.002

CARTAGENA POR LA CONVIVENCIA SGP - Propósito General Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.002 1 100.000.001

PROGRAMA PRIMERO LOS JOVENES

950.000.000

SUBPROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL A LOS Y LAS ADOLESCENTES Y JÓVENES EN RIESGO DE VINCULARSE A ACTIVIDADES DELICTIVAS

500.000.000

PRIMERO LOS JOVENES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTES

02-001-06-20-03-01-05-02

02-001-06-20-03-02-01-01

02-001-06-20-03-02-02-01 02-037-06-20-03-02-02-01

02-001-06-20-03-02-03-01

SISTEMA

DE

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE - SRPA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

450.000.000

450.000.000 450.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA TERRITORIO DE PAZ

1.900.000.000

PROGRAMA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTEGRADAS

1.500.000.000

ASISTENCIA Y REPARACIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.500.000.000 1.500.000.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL PROCESO DE REINTEGRACION SOCIAL EN EL DISTRITO DE CARTAGENA

300.000.000

REINTEGRACION SOCIAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos financieros ICLD

300.000.000 150.000.000 150.000.000

PROGRAMA DERECHOS HUMANOS

100.000.000

DERECHOS HUMANOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

SECCION 0202 SECRETARIA DEL INTERIOR Y CONVIVENCIA CIUDADANA

02-001-06-10-03-05-03-01

EJE ESTRATÉGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

150.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA PARTICIPACIÓN Y FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

150.000.000

PROGRAMA PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

150.000.000

PROYECTOS PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

150.000.000 150.000.000

SECCION 0203 SECRETARIA DE HACIENDA 57.297.465.413

OBJETIVO ESTRATEGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

47.936.689.504

EJE ESTRATEGICO DESARROLLO ECONOMICO INCLUYENTE

1.915.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

1.915.000.000

PROGRAMA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

1.915.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA COMPETITIVIDAD Y EL CRECIMIENTO ECONOMICO

1.915.000.000

02-001-06-50-02-01-01-02

ECONOMIA Y DESARROLLO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

915.000.000 915.000.000

02-001-06-50-02-01-01-03

INVIERTE EN CARTAGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.000.000.000 1.000.000.000

02-030-06-10-02-03-02-01

EJE ESTRATEGICO MEDIO AMBIENTE Y GESTION DEL RIESGO

46.021.689.504

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA, TERRITORIO VERDE Y RIQUEZA HIDRICA

46.021.689.504

PROGRAMA VEGETACION, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTEMICOS

46.021.689.504

TRANSFERENCIAS SOBRETASA AMBIENTAL Sobretasa del Medio Ambiente

46.021.689.504 46.021.689.504

OBJETIVO ESTRATEGICO CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECER LA INSTUTUCIONALIDAD EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

9.360.775.909

9.360.775.909

LÍNEA ESTRATÉGICA FINANZAS SANAS Y ROBUSTAS

02-001-06-50-03-06-01-01 02-037-06-50-03-06-01-01 02-070-06-50-03-06-01-01 02-092-06-50-03-06-01-01 02-077-06-50-03-06-01-01

PROGRAMA FINANZAS SANAS Y ROBUSTAS

9.360.775.909

SUBPROGRAMA CON MAS INGRESOS CARTAGENA VA

9.360.775.909

CON MAS INGRESOS CARTAGENA VA Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD SGP Propósito General Otros sectores Otros Dividendos Devolución recursos Contraloría Distrital

9.360.775.909 6.916.231.028 1.083.410.318 1.361.134.555 7 1

SECCION 0204 LOCALIDAD DE LA VIRGEN Y TURÍSTICA PRESUPUESTO DE INVERSION

7.376.346.373

OBJETIVO ESTRATÉGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-001-06-10-02-08-01-05

100.000.000

EJE ESTRATÉGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

100.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA ESPACIO PÚBLICO Y MOVILIDAD PARA LA GENTE

100.000.000

PROGRAMA ESPACIO PÚBLICO

100.000.000

SUBPROGRAMA PLAN ESTRATÉGICO DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO PARA LA GENTE

100.000.000

RESTITUCIÓN ESPACIOS PÚBLICOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

OBJETIVO ESTRATÉGICO CONSTRUIR CIUDADANÍA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD

02-001-06-10-03-05-01-01

7.276.346.373

EJE ESTRATÉGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

7.276.346.373

LÍNEA ESTRATÉGICA PARTICIPACIÓN Y FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

7.276.346.373

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN

7.276.346.373

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

7.276.346.373

FONDO DE DESARROLLO LOCAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación

7.276.346.373 7.276.346.373

SECCION 0205 SECRETARIA GENERAL PRESUPUESTO DE INVERSION

28.918.281.930

OBJETIVO ESTRATÉGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-001-06-50-02-01-03-01

EJE ESTRATÉGICO DESARROLLO ECONÓMICO INCLUYENTE

3.000.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

3.000.000.000

PROGRAMA TURISMO COMPETITIVO Y FUENTE DE DESARROLLO SOSTENIBLE

3.000.000.000

SUBPROGRAMA NUEVA Y VARIADA OFERTA TURÍSTICA

105.000.000

NUEVA Y VARIADA OFERTA TURÍSTICA - CORPORACION DE TURISMO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

105.000.000 105.000.000

SUBPROGRAMA CARTAGENA DESTINO TURÍSTICO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD

02-001-06-50-02-01-03-02

CARTAGENA DESTINO TURÍSTICO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD CORPORACION DE TURISMO Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA APERTURA Y CONSOLIDACIÓN DE MERCADOS EMISORES ESTRATÉGICOS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL

02-001-06-50-02-01-03-03

APERTURA Y CONSOLIDACIÓN DE MERCADOS EMISORES ESTRATÉGICOS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL CORPORACION DE TURISMO Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA TURISMO RESPONSABLE E INCLUYENTE

02-001-06-50-02-01-03-06

02-001-06-50-02-01-03-07 02-070-06-50-02-01-03-07

27.018.281.928

TURISMO RESPONSABLE E INCLUYENTE - CORPORACION DE TURISMO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

630.000.000

630.000.000 630.000.000

1.095.000.000

1.095.000.000 1.095.000.000 150.000.000 150.000.000 150.000.000

SUBPROGRAMA CARTAGENA MÁS CONECTADA

1.020.000.000

CARTAGENA MÁS CONECTADA - CORPORACION DE TURISMO

1.020.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP Propósito General Otros sectores

1.020.000.000

SECCION 0205 SECRETARIA GENERAL

02-033-06-10-02-10-02-03

02-020-06-10-02-10-02-01 02-091-06-10-02-10-02-01 02-055-06-10-02-10-02-01 02-062-06-10-02-10-02-01 02-111-06-10-02-10-02-08

02-034-06-10-02-10-02-06

EJE ESTRATÉGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

24.018.281.928

LÍNEA ESTRATÉGICA VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS

24.018.281.928

PROGRAMA SERVICIOS PÚBLICOS PARA LA GENTE

24.018.281.928

SUBPROGRAMA ASEO

13.266.527.219

PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Impuesto de aseo FONDO DE REDISTRIBUCIÓN Y SOLIDARIDAD ASEO Servicio de Aseo Rendimientos Financieros Servicio de Aseo SGP Agua Potable y Saneamiento Básico Dividendos de Acuacar Rendimientos financieros SGP Agua Potable y Saneamiento Básico

13.266.527.218 1 1 12.578.262.289 91.149.552 597.115.375

SUBPROGRAMA CEMENTERIOS

75.904.260

CEMENTERIOS PUBLICOS DISTRITALES Venta de Servicios Cementerios

75.904.260 75.904.260

SUBPROGRAMA ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

02-062-06-10-02-10-02-08

FONDO DE REDISTRIBUCIÓN Y SOLIDARIDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO Dividendos de Acuacar

02-001-06-10-02-10-02-09

ADQUISICIÓN Y/O MANTENIMIENTO DE ÁREAS DE INTERÉS ESTRATÉGICO PARA ACUEDUCTO Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA ALUMBRADO PÚBLICO

02-001-06-10-02-10-02-11

1 1

ALUMBRADO PUBLICO SEMAFORIZACIÓN SISTEMA INTEGRAL DE TRANSPORTE - TRANSCARIBE Ingresos Corrientes de Libre Destinación

10.675.850.448 10.475.850.448 10.475.850.448 200.000.000 200.000.000 1 1 1

SECCION 0205 SECRETARIA GENERAL OBJETIVO ESTRATEGICO CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

1.900.000.002

EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

1.900.000.002

LÍNEA ESTRATÉGICA GESTION PUBLICA LOCAL TRANSPARENTE

1.900.000.001

PROGRAMA GESTIÓN PÚBLICA LOCAL TRANSPARENTE

1.900.000.001

SUBPROGRAMA ENCUENTROS CON MI GENTE

02-001-06-50-03-03-02-02

02-001-06-50-03-03-02-03 02-037-06-50-03-03-02-03

SUBPROGRAMA GESTIÓN DE CALIDAD

1

SISTEMA INTEGRADO DE GESTION (SIG) Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1 1

SUBPROGRAMA ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

600.000.000

TRANSPARENCIA - SIGOB Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD

600.000.000 300.000.000 300.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL ARCHIVO DEL DISTRITO DE CARTAGENA

02-001-06-50-03-03-02-04 02-070-06-50-03-03-02-02

DEL

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL ARCHIVO DEL DISTRITO DE CARTAGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP Propósito General Otros sectores SUBPROGRAMA MODERNIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

02-001-06-50-03-03-02-05 02-037-06-50-03-03-02-05

02-052-06-50-03-06-01-02

CONECTIVIDAD Y ACCESO A LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN PARA UNA CARTAGENA SOSTENIBLE Y COMPETITIVA Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD

1.000.000.000

1.000.000.000 500.000.000 500.000.000 300.000.000

300.000.000 150.000.000 150.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA: FINANZAS SANAS Y ROBUSTAS

1

PROGRAMA FINANZAS PÚBLICAS, SANAS Y ROBUSTAS

1

Subprograma Cooperación Internacional para el desarrollo y paz

1

COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO Y PAZ

1

Recursos de Cooperación Internacional

1

SECCION 0206 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA PRESUPUESTO DE INVERSION

45.200.112.524

OBJETIVO ESTRATÉGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE EJE ESTRATÉGICO DESARROLLO ECONÓMICO INCLUYENTE

1.500.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

1.500.000.000

PROGRAMA MERCADOS PRIMERO LA GENTE

1.500.000.000

SUBPROGRAMA CARTAGENA

02-001-06-10-02-01-05-01

RED

DE

MERCADOS

PÚBLICOS

PARA

1.500.000.000

MERCADOS PRIMERO LA GENTE Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.500.000.000 1.500.000.000

EJE ESTRATÉGICO MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN DEL RIESGO

1.000.000.000

LÍNEA ESTRATEGIA GESTIÓN DEL RIESGO

1.000.000.000

PROGRAMA GESTIÓN DEL RIESGO

1.000.000.000

SUBPROGRAMA COMUNIDADES (REDUCCIÓN DEL RIESGO)

02-001-06-10-02-04-01-02

45.200.112.524

MENOS

VULNERABLES

OBRAS DE PROTECCION ZONA DE RIESGO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.000.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000

EJE ESTRATÉGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

42.700.112.524

LÍNEA ESTRATÉGICA DESARROLLO URBANO PARA LA COMPETITIVIDAD

42.200.112.524

PROGRAMA EQUIPAMIENTOS PARA LA COMPETITIVIDAD

22.200.000.003

SUBPROGRAMA CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE VÍAS

22.200.000.003

02-001-06-10-02-07-01-03

VIAS PARA EL DESARROLLO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

10.000.000.000 10.000.000.000

02-001-06-10-02-07-01-04

VIA PERIMETRAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

02-001-06-50-02-07-01-01 02-035-06-50-02-07-01-01

OTRAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN EL DISTRITO Ingresos Corrientes de Libre Destinación Impuesto a la construccion

1.000.000.001 1.000.000.000 1

1.200.000.000

SECCION 0206 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

02-001-06-10-02-07-01-05

MANTENIMIENTO Y DOTACIÓN CASA GALERAS DE LA MARINA SEDE CONCEJO DISTRITAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-001-06-10-02-07-01-06

SEDE ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1 1

02-001-06-10-02-07-01-07 02-089-06-10-02-07-01-07

SEDE RECREACIONAL EMPLEADOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación Otros rendimientos financieros

200.000.000 50.000.000 150.000.000

02-001-06-10-02-07-01-08 02-085-06-10-02-07-01-08

SENTENCIAS Y CONCILIACIONES JUDICIALES (OBRAS DE INFRAESTRUCTURA) Ingresos Corrientes de Libre Destinación Venta de Activos

02-001-06-10-02-07-02-01 02-002-06-10-02-07-02-01

02-001-06-10-02-08-01-07

500.000.000 500.000.000

10.000.000.001 10.000.000.000 1

PROGRAMA SISTEMA DE CAÑOS Y LAGOS COMO SOPORTE ESTRUCTURAL DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD Y SUS SISTEMAS DE ESPACIO PUBLICO, MOVILIDAD Y TRANSPORTE

20.000.112.521

SISTEMA DE CAÑOS Y LAGOS COMO SOPORTE ESTRUCTURAL DEL DESARROLLO DE LA CIUDAD Y SUS SISTEMAS DE ESPACIO PUBLICO, MOVILIDAD Y TRANSPORTE

20.000.112.521

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Sobretasa Alcantarillado

20.000.000.000 112.521

LÍNEA ESTRATÉGICA ESPACIO PÚBLICO Y MOVILIDAD PARA LA GENTE

500.000.000

PROGRAMA ESPACIO PÚBLICO

500.000.000

SUBPROGRAMA PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN DE ÁREAS PÚBLICAS VERDES

500.000.000

PARQUES Y ZONAS VERDES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

SECCION 0207 SECRETARIA DE EDUCACION PRESUPUESTO DE INVERSION

478.893.507.935

OBJETIVO ESTRATEGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD

478.893.507.935

EJE ESTRATEGICO CARTAGENA INCLUYENTE

478.893.507.935

LÍNEA ESTRATÉGICA EDUCACION PARA LA GENTE DEL SIGLO XXI

478.893.507.935

PROGRAMA COBERTURA E INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

458.732.665.869

SUBPROGRAMA PRIMERO LA ESCUELA

355.663.721.881 36.307.734.093 36.307.734.093

02-071-06-20-01-01-01-01

GASTOS DE PERSONAL ADMINISTRATIVOS SGP - Educación

02-071-06-20-01-01-01-02

GASTOS DE PERSONAL DOCENTE SGP - Educación

02-071-06-20-01-01-01-03

APORTES PATRONALES - SED (SIN SITUACIÓN DE FONDOS) SGP - Educación

29.838.300.477 29.838.300.477

02-071-06-20-01-01-01-04

APORTES PATRONALES - DOCENTES (SIN SITUACIÓN DE FONDOS) SGP - Educación

14.050.780.569 14.050.780.569

02-071-06-20-01-01-01-05

PROVISION CESANTIAS PERSONAL ADMINISTRATIVO - Regimen Retroactivo SGP - Educación

02-071-06-20-01-01-01-07

DOTACION DOCENTE SGP - Educación

435.724.119 435.724.119

02-071-06-20-01-01-01-07

DOTACION ADMINISTRATIVOS SGP - Educación

774.620.655 774.620.655

02-071-06-20-01-01-01-08 02-001-06-20-01-01-01-01

GASTOS GENERALES SGP - Educación Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-071-06-20-01-01-01-09

CUOTA DE ADMINISTRACIÓN - SED SGP - Educación

02-001-06-20-01-01-01-02 02-071-06-20-01-01-01-10 02-081-06-20-01-01-01-01

INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES OPERATIVAS OPERACIÓN DE IEOS (Calidad Matricula Oficial) Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Educación Rendimientos Financieros SGP - Educación

02-071-06-20-01-01-01-11

INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES OPERATIVAS (GRATUIDAD SISBEN 1 Y 2) SGP - Educación

230.356.458.381 230.356.458.381

2.062.558.444 2.062.558.444

142.000.000 42.000.000 100.000.000 3.541.350.760 3.541.350.760 27.511.820.394 22.000.000.000 3.911.820.394 1.600.000.000 10.642.373.989 10.642.373.989

SECCION 0207 SECRETARIA DE EDUCACION SUBPROGRAMA PRIMERO LA ESCUELA

68.164.953.366

02-001-06-20-01-01-01-03 02-053-06-20-01-01-01-03 02-108-06-20-01-01-01-03 02-071-06-20-01-01-01-12

PRIMERO LA ESCUELA - Acceso Ingresos Corrientes de Libre Destinación Contraprestaciones Portuarias Rendimientos Financieros Contraprestaciones Portuarias SGP - Educación

65.964.953.365 2.409.800.105 3.402.288.920 187.910.975 59.964.953.365

02-001-06-20-01-01-01-04

PRIMERO LA ESCUELA - Regreso al Colegio Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-001-06-20-01-01-01-07

SENTENCIAS Y CONCILIACIONES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

02-001-06-20-01-01-01-08

PASIVOS EXIGIBLES - Vigencias Expiradas Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

02-071-06-20-01-01-01-16

02-001-06-20-01-01-01-05 02-071-06-20-01-01-01-15

02-001-06-20-01-01-01-06

2.000.000.000 2.000.000.000

RETROACTIVO HOMOLOGACIÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO

1

SGP - Educación

1

SUBPROGRAMA INCLUSIÓN EDUCATIVA

3.165.479.385

INCLUSION EDUCATIVA Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Educación

3.165.479.385 800.000.000 2.365.479.385

SUBPROGRAMA EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS

500.000.000

EDUCACION PARA JOVENES Y ADULTOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

SUBPROGRAMA NADIE SE VA

29.438.511.236

02-001-06-20-01-01-01-09

NADIE SE VA - Transporte Escolar Ingresos Corrientes de Libre Destinación

5.000.000.000 5.000.000.000

02-001-06-20-01-01-01-10 02-072-06-20-01-01-01-18

NADIE SE VA - Alimentacion Escolar Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Alimentación Escolar

24.438.511.236 21.500.000.000 2.938.511.236

SUBPROGRAMA PLAN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DISTRITAL

02-001-06-20-01-01-01-11 02-028-06-20-01-01-01-11

PLAN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DISTRITAL - CALIDAD MATRICULA OFICIAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Asignación Especial MEN

02-071-06-20-01-01-01-17

SGP - Educación

1.800.000.001

1.800.000.001 800.000.000 1 1.000.000.000

SECCION 0207 SECRETARIA DE EDUCACION PROGRAMA LA CALIDAD DIGNIFICA

9.425.721.302

SUBPROGRAMA SABER MÁS, SABER MEJOR

3.100.000.000

02-001-06-20-01-01-02-01

ALIANZAS PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO OFICIAL-CALIDAD MATRICULA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-071-06-20-01-01-02-06 02-001-06-20-01-01-02-02

SABER MAS, SABER MEJOR - GESTION ESCOLAR DE IEOS (Calidad Matricula Oficial) SGP - Educación Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-071-06-20-01-01-02-07

ACTUALIZACION DE CURRICULOS ESCOLARES SGP - Educación

700.000.000 700.000.000

SUBPROGRAMA ESCUELAS BILINGUES

770.000.000

ESCUELAS BILINGUES (Calidad Matricula Oficial) SGP - Educación

770.000.000 770.000.000

02-071-06-20-01-01-02-03

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA ETNOEDUCACION

02-001-06-20-01-01-02-04

FORTALECIMIENTO DEL MODELO PEDAGOGICO EN LAS INSTITUCIONES ETNOEDUCATIVAS DEL DISTRITO DE CARTAGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA MEJORES DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES

02-001-06-20-01-01-02-06 02-071-06-20-01-01-02-02

MEJORES DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES - CALIDAD MATRICULA OFICIAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Educación SUBPROGRAMA INCORPORACIÓN DE LA TECNOLOGÍA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE

02-001-06-20-01-01-02-07 02-071-06-20-01-01-02-04

INCORPORACIÓN DE LA TECNOLOGÍA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE - CONECTIVIDAD Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Educación

02-001-06-20-01-01-02-05 02-071-06-20-01-01-02-05

INCORPORACIÓN DE LA TECNOLOGÍA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE - CALIDAD MATRICULA OFICIAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Educación

100.000.000 100.000.000 2.300.000.000 2.000.000.000 300.000.000

80.000.000

80.000.000 80.000.000 2.465.088.176

2.465.088.176 200.000.000 2.265.088.176 3.010.633.126

2.037.323.887 500.000.000 1.537.323.887 973.309.239 151.000.000 822.309.239

SECCION 0207 SECREARIA DE EDUCACION

02-001-06-20-01-01-04-01

PROGRAMA EDUCACIÓN SUPERIOR JOVENES FORMADOS CON CALIDAD

9.336.120.764

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA TECNICA Y SU ARTICULACION CON LA EDUCACION SUPERIOR A TRAVES DE LA CADENA DE FORMACIÓN

1.060.013.085

FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA TECNICA Y SU ARTICULACION CON LA EDUCACION SUPERIOR A TRAVES DE LA CADENA DE FORMACIÓN - CALIDAD MATRICULA OFICIAL

1.060.013.085

Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Educación

300.000.000 760.013.085

SUBPROGRAMA BECAS A LA EXCELENCIA

7.976.107.679

02-056-06-20-01-01-04-01

CONSOLIDACION DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL DISTRITO DE CARTAGENA Fondo Educativo - Bicentenario de Cartagena - ICAT 3%

02-056-06-20-01-01-04-01

IMPLEMENTACION DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA LA EXCELENCIA ACADEMICA OFICIAL DE LA CIUDAD DE CARTAGENA - SER PILO VA CARTAGENA Fondo Educativo - Bicentenario de Cartagena - ICAT 3%

6.945.056.198 6.945.056.198

1.031.051.481 1.031.051.481

EDUCAR PARA LA COMPETITIVIDAD Y LA CONFIANZA SOCIAL

100.000.000

02-001-06-20-01-01-03-04

Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000

02-001-06-20-01-01-03-05

ESCUELAS VERDES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

02-001-06-20-01-01-03-06

CIUDAD ESCUELA COMPROMISO DE TODOS Y PARA TODOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DEL SISTEMA EDUCATIVO DISTRITAL

500.000.000

SUBPROGRAMA ESTANDARIZACIÓN INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES

02-001-06-20-01-01-03-01

DE

PROCESOS

ESTANDARIZACIÓN DE PROCESOS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA GESTION CONSTRUCCION DE SINERGIAS POR LA EDUCACIÓN

02-001-06-20-01-01-03-02

DE

FORTALECIMIENTO DE LA GESTION SED Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000

100.000.000 100.000.000 Y

100.000.000 100.000.000 100.000.000

SECCION 0207 SECRETARIA DE EDUCACION SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA GESTION CONSTRUCCION DE SINERGIAS POR LA EDUCACIÓN

02-001-06-20-01-01-03-03

Y

300.000.000

BIENESTAR SOCIAL INTEGRAL DEL SED Ingresos Corrientes de Libre Destinación

300.000.000 300.000.000

PROGRAMA EDUCAR PARA UN NUEVO PAIS

899.000.000

SUBPROGRAMA IMPLEMENTACIÓN CARTAGENA EN PAZ

DE

LA

CÁTEDRA

899.000.000

02-001-06-20-01-01-03-07

LA ESCUELA COMO EJE INTEGRADOR DE LOS PROCESOS FORMATIVOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-001-06-20-01-01-03-08

DE JOVENES EN RIESGO A JOVENES CON FUTURO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

169.000.000 169.000.000

02-071-06-20-01-01-05-03

IMPLEMENTACION DE LA CATEDRA DE LA PAZ SGP - Educación

230.000.000 230.000.000

500.000.000 500.000.000

SECCION 0208 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL PRESUPUESTO DE INVERSION

15.547.933.276

OBJETIVO ESTRATÉGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD EJE ESTRATÉGICO PRIMERO LA GENTE

02-001-06-20-01-06-01-02 02-026-06-20-01-06-01-02 02-075-06-20-01-06-01-02 02-089-06-20-01-06-01-02

02-001-06-20-01-06-01-03

13.827.933.276

LÍNEA ESTRATÉGICA INFANCIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA FELIZ Y PROTEGIDA

844.224.219

PROGRAMA PRIMERA INFANCIA FELIZ Y PROTEGIDA

730.000.001

SUBPROGRAMA MI PRIMERA INFANCIA FELIZ Y ACOGIDA POR MI FAMILIA

730.000.001

ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP Atención Integral a la primera infancia Rendimientos Financieros SGP - Propósito General Otros rendimientos financieros

650.000.001 350.000.000 1 144.720.373 155.279.627

CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA

80.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación

80.000.000

PROGRAMA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA FELIZ Y PROTEGIDA

02-070-06-20-01-06-02-01

13.827.933.276

114.224.218

SUBPROGRAMA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA FELIZ CON ESPACIOS PARA LA PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y GARANTÍA DE SUS DERECHOS

50.000.000

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA FELIZ CON ESPACIOS PARA LA PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y GARANTÍA DE SUS DERECHOS

50.000.000

SGP - Propósito General

50.000.000

SUBPROGRAMA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACTIVA CON ESPACIOS PARA LA LÚDICA, LA PARTICIPACIÓN Y LA INCIDENCIA EN SU PROPIO DESARROLLO

64.224.218

02-070-06-20-01-06-02-02 02-001-06-20-01-06-02-03

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACTIVA CON ESPACIOS PARA LA LÚDICA, LA PARTICIPACIÓN Y LA INCIDENCIA EN SU PROPIO DESARROLLO SGP - Propósito General Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-070-06-20-01-06-02-03

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACTIVA CON ESPACIOS PARA LA LÚDICA, LA PARTICIPACIÓN Y LA INCIDENCIA EN SU PROPIO DESARROLLO - POBLACION DESPLAZADA SGP - Propósito General

60.000.000 50.000.000 10.000.000

4.224.218 4.224.218

SECCION 0208 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL LÍNEA ESTRATÉGICA JÓVENES CON ESPERANZA Y FUTURO

134.250.317

PROGRAMA JÓVENES INNOVADORES CON ESPERANZA Y FUTURO

134.250.317

SUBPROGRAMA GENTE JOVEN PARTICIPANDO Y A SALVO

134.250.317

02-001-06-20-01-07-01-01 02-070-06-20-01-07-01-03

JÓVENES INNOVADORES CON ESPERANZA Y FUTURO Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General

130.000.000 100.000.000 30.000.000

02-001-06-20-01-07-01-02

JÓVENES INNOVADORES CON ESPERANZA Y FUTURO POBLACION DESPLAZADA Ingresos Corrientes de Libre Destinación LÍNEA ESTRATÉGICA AÑOS DORADOS Y BRILLANTES

02-088-06-20-01-08-01-01

02-088-06-20-01-08-01-03

4.250.317 11.167.739.365

PROGRAMA PROMOCIÓN Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES

218.000.000

SUBPROGRAMA PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL MALTRATO Y/O EL ABANDONO A LAS PERSONAS MAYORES

100.000.000

PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL MALTRATO Y/O EL ABANDONO A LAS PERSONAS MAYORES

100.000.000

Estampilla Años Dorados

100.000.000

SUBPROGRAMA PARTICIPACIÓN Y FORTALECIOMIENTO A ORGANIZACIONES DE PERSONAS MAYORES PARA LA INCIDENCIA POLITICA Y/O CIUDADANA

02-088-06-20-01-08-01-02

4.250.317

PARTICIPACIÓN Y FORTALECIOMIENTO A ORGANIZACIONES DE PERSONAS MAYORES PARA LA INCIDENCIA POLITICA Y/O CIUDADANA Estampilla Años Dorados

59.000.000

59.000.000 59.000.000

SUBPROGRAMA SISTEMA INTEGRADO DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES

59.000.000

SISTEMA INTEGRADO DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES

59.000.000

Estampilla Años Dorados

59.000.000

PROGRAMA ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y SALUDABLE SUBPROGRAMA PROMOCION DEL AUTOCUIDADO Y HABITOS DE VIDA SALUDABLE

10.949.739.365 130.000.000

SECCION 0208 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL

02-088-06-20-01-08-02-01

PROMOCION DEL AUTOCUIDADO Y HABITOS DE VIDA SALUDABLE - ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y SALUDABLE Estampilla Años Dorados SUBPROGRAMA GENERACIÓN DE INGRESOS

02-088-06-20-01-08-02-02

02-088-06-20-01-08-02-03 02-109-06-20-01-08-02-03

02-037-06-20-01-09-01-01

02-037-06-20-01-09-02-03

02-037-06-20-01-09-03-02

GENERACIÓN DE INGRESOS - ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y SALUDABLE Estampilla Años Dorados

130.000.000 270.000.000 270.000.000 270.000.000

SUBPROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL

10.549.739.365

ATENCIÓN INTEGRAL - ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y SALUDABLE

10.549.739.365

Estampilla Años Dorados Rendimientos financieros estampilla años dorados

10.124.548.559 425.190.806

LÍNEA ESTRATÉGICA MUJERES EN PLENO GOCE EFECTIVO DE SUS DERECHOS

450.000.000

PROGRAMA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS PARA LAS MUJERES

280.000.000

SUBPROGRAMA PRIMERO TÚ MUJER, LIBRE DE VIOLENCIAS

280.000.000

PRIMERO TÚ MUJER, LIBRE DE VIOLENCIAS Rendimientos Financieros ICLD

280.000.000 280.000.000

PROGRAMA LAS MUJERES DECIDIMOS SOBRE EL EJERCICIO DEL PODER

70.000.000

SUBPROGRAMA PRIMERO TÚ MUJER EN EL EJERCICIO DEL PODER

70.000.000

PRIMERO TÚ MUJER EN EL EJERCICIO DEL PODER Rendimientos Financieros ICLD

70.000.000 70.000.000

PROGRAMA PRIMERO TÚ MUJER

100.000.000

SUBPROGRAMA PRIMERO TÚ MUJER, CONSTRUCTORA DE PAZ

100.000.000

PRIMERO TÚ MUJER, CONSTRUCTORA DE PAZ Rendimientos Financieros ICLD

100.000.000 100.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA GENTE DE ESPECIAL PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL: RECONOCIDAS, EMPODERADAS Y RESPETADAS PROGRAMA DIVERSIDAD SEXUAL

02-001-06-20-01-10-01-01

130.000.000

SUBPROGRAMA DIVERSIDAD SEXUAL E IDENTIDADES DE GÉNERO DIVERSIDAD SEXUAL E IDENTIDADES DE GÉNERO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.231.719.375

50.000.000 50.000.000 50.000.000 50.000.000

SECCION 0208 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL PROGRAMA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SU FAMILIA Y/O CUIDADOR Y CUIDADORAS

681.719.375

SUBPROGRAMA POLÍTICA INTEGRADORA FOCALIZADA DE INCLUSIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

02-001-06-20-01-10-02-01

02-001-06-20-01-10-02-02

POLÍTICA INTEGRADORA FOCALIZADA DE INCLUSIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Ingresos Corrientes de Libre Destinación

Ingresos Corrientes de Libre Destinación

8.835.001 EL

ATENCIÓN INTERSECTORIAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD Ingresos Corrientes de Libre Destinación

GERENCIA SOCIAL TRANSECTORIAL PARA TRANSFORMAR IMAGINARIOS DE LA DISCAPACIDAD Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL SISTEMA DISTRITAL DE DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL

02-001-06-20-01-10-02-05 02-037-06-20-01-10-02-06 02-070-06-20-01-10-02-07 02-089-06-20-01-10-02-08

02-001-06-20-01-10-03-01

70.000.000

8.835.001

SUBPROGRAMA GERENCIA SOCIAL TRANSECTORIAL PARA TRANSFORMAR IMAGINARIOS DE LA DISCAPACIDAD

02-001-06-20-01-10-02-04

70.000.000

POLÍTICA INTEGRADORA FOCALIZADA DE INCLUSIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - POBLACION DESPLAZADA

SUBPROGRAMA ATENCIÓN INTERSECTORIAL PARA DESARROLLO LOCAL DE LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD

02-001-06-20-01-10-02-03

78.835.001

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL SISTEMA DISTRITAL DE DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD SGP - Propósito General Otros rendimientos financieros

157.670.003

157.670.003 157.670.003 94.602.002

94.602.002 94.602.002

350.612.369

350.612.369 193.892.994 30.000.000 20.000.000 106.719.375

PROGRAMA HABITANTE DE CALLE INTEGRADO A LA SOCIEDAD

500.000.000

SUBPROGRAMA ATENCIÓN HUMANITARIA A LOS HABITANTES DE CALLE

500.000.000

ATENCIÓN HUMANITARIA A LOS HABITANTES DE CALLE Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

SECCION 0208 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL OBJETIVO ESTRATEGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-001-06-20-02-01-02-01

02-037-06-20-02-01-02-02

02-001-06-20-02-01-02-03

02-001-06-20-02-01-06-01

02-001-06-20-02-01-06-02 02-037-06-20-02-01-06-02

EJE ESTRATEGICO DESARROLLO ECONOMICO INCLUYENTE

950.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

950.000.000

PROGRAMA. EMPLEO, INGRESO, EMPRENDIMIENTO

140.000.000

SUBPROGRAMA INCLUSIÓN PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA INFORMALIDAD

100.000.000

PROYECTOS PRODUCTIVOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

SUBPROGRAMA PRIMERO TU MUJER CON AUTONOMÍA ECONÓMICA

20.000.000

PRIMERO TU MUJER CON AUTONOMÍA ECONÓMICA Rendimientos Financieros ICLD

20.000.000 20.000.000

SUBPROGRAMA GENTE JOVEN Y EMPRENDEDORA

20.000.000

GENTE JOVEN Y EMPRENDEDORA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

20.000.000 20.000.000

PROGRAMA REACTIVACIÓN DEL CAMPO PARA LA COMPETITIVIDAD

810.000.000

SUBPROGRAMA REACTIVACIÓN AGRÍCOLA PARA LA GENTE

200.000.000

REACTIVACIÓN AGRÍCOLA PARA LA GENTE Ingresos Corrientes de Libre Destinación

200.000.000 200.000.000

SUBPROGRAMA REACTIVACIÓN SOSTENIBLE DEL SECTOR PECUARIO PARA LA GENTE

200.000.000

REACTIVACIÓN SOSTENIBLE DEL SECTOR PECUARIO PARA LA GENTE Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD SUBPROGRAMA ASOCIACIONES RURALES ORGANIZADAS Y FORTALECIDAS PARA LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA DIVERSIFICADA Y COMPETITIVA

02-001-06-20-02-01-06-03

02-001-06-20-02-01-06-04 02-037-06-20-02-01-06-04

1.310.000.000

ASOCIACIONES RURALES ORGANIZADAS Y FORTALECIDAS PARA LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA DIVERSIFICADA Y COMPETITIVA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

200.000.000 100.000.000 100.000.000

197.000.000

197.000.000 197.000.000

SUBPROGRAMA SOSTENIBILIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA PARA LA GENTE

213.000.000

SOSTENIBILIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA PARA LA GENTE

213.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD

100.000.000 113.000.000

SECCION 0208 SECRETARIA DE PARTICIPACION Y DESARROLLO SOCIAL

02-001-06-20-02-05-01-01 02-037-06-20-02-05-01-01 02-070-06-20-02-05-01-01

EJE ESTRATÉGICO MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN DEL RIESGO

360.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA 4: PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL

360.000.000

PROGRAMA POLÍTICA PÚBLICA DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN ANIMAL

360.000.000

POLÍTICA PÚBLICA DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN ANIMAL

360.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD SGP - Propósito General

150.000.000 150.000.000 60.000.000

OBJETIVO ESTRATEGICO CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

02-001-06-20-03-05-02-01 02-089-06-20-03-05-02-01

EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

410.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA PARTICIPACION Y FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACION

410.000.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COMUNITARIAS

410.000.000

SUBPROGRAMA MEJORES ORGANIZACIONES COMUNALES MAS DESARROLLO

410.000.000

MEJORES ORGANIZACIONES COMUNALES MAS DESARROLLO

310.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Otros rendimientos financieros

210.000.000 100.000.000

SUBPROGRAMA UNA POLITICA PUBLICA COMUNAL PARA EL DISTRITO DE CARTAGENA

02-001-06-20-03-05-02-02

02-001-06-20-03-05-02-03

410.000.000

50.000.000

POLITICA PUBLICA COMUNAL PARA EL DISTRITO DE CARTAGENA

50.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación

50.000.000

SUBPROGRAMA MI GENTE DE CARTAGENA PARTICIPA

50.000.000

MI GENTE DE CARTAGENA PARTICIPA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

50.000.000 50.000.000

SECCION 0209 SECRETARIA DE PLANEACION PRESUPUESTO DE INVERSION

11.150.991.001

OBJETIVO ESTRATEGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

8.119.546.001

EJE ESTRATEGICO DESARROLLO ECONOMICO INCLUYENTE

80.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA CIUDAD PARA INVERTIR

80.000.000

PROGRAMA INTEGRACIÓN TERRITORIAL

80.000.000

SUBPROGRAMA COMPETITIVIDAD SOCIAL

80.000.000

02-070-06-50-02-01-04-04

INTEGRACIÓN TERRITORIAL SGP - Propósito General

40.000.000 40.000.000

02-070-06-50-02-01-04-05

INTEGRACIÓN REGIONAL SGP - Propósito General

40.000.000 40.000.000

02-001-06-50-02-04-01-01

EJE ESTRATEGICO MEDIO AMBIENTE Y GESTION DEL RIESGO

1

LÍNEA ESTRATÉGICA GESTION DEL RIESGO

1

PROGRAMA GESTION DEL RIESGO

1

SUBPROGRAMA TODOS Y TODAS CONOCEDORES DE LA SITUACIÓN DE NUESTRO TERRITORIO (CONOCIMIENTO DEL RIESGO)

1

PLAN ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1 1

EJE ESTRATEGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

8.039.546.000

LÍNEA ESTRATÉGICA TERRITORIO ORDENADO Y PLANIFICADO

8.039.546.000

PROGRAMA DESARROLLO URBANO Y TERRITORIAL

8.039.546.000

SUBPROGRAMA PLANIFICACIÓN DEL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO.

6.039.545.999

02-001-06-50-02-06-01-01 02-037-06-50-02-06-01-01 02-070-06-50-02-06-01-02 02-089-06-50-02-06-01-02

DESARROLLO URBANO Y TERRITORIAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD SGP - Propósito General Otros rendimientos financieros

3.000.000.000 1.000.000.000 814.451.218 991.886.254 193.662.528

02-001-06-50-02-06-01-02

INSTRUMENTOS DE PLANIFICACION Ingresos Corrientes de Libre Destinación

239.546.000 239.546.000

02-001-06-50-02-06-01-02

INSTRUMENTOS DE PLANIFICACION PLANES PARCIALES ESTRUCTURANTES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.800.000.000 1.800.000.000

SECCION 0209 SECRETARIA DE PLANEACION

02-001-06-50-02-06-01-02

PLAN DE MANEJO Y PROTECCION PATRIMONIAL - PEMP Ingresos Corrientes de Libre Destinación

500.000.000 500.000.000

02-001-06-50-02-06-01-02 02-075-06-50-02-06-01-02

PROTECCION COSTERA - REGLAMENTACION DE PLAYAS Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD

499.999.999 426.527.804 73.472.195

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA DINÁMICA URBANA Y TERRITORIAL “OJOS EN LA CIUDAD”

02-001-06-50-02-06-01-04 02-037-06-50-02-06-01-04 02-070-06-50-02-06-01-04

FORTALECIMIENTO DE LA DINÁMICA URBANA Y TERRITORIAL “OJOS EN LA CIUDAD” Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros ICLD SGP - Propósito General

2.000.000.001

2.000.000.001 1.000.000.000 523.424.597 476.575.404

LÍNEA ESTRATÉGICA INFRAESTRUCTURA VIAL CON DESARROLLOS INTEGRALES PARA LA MOVILIDAD PARA LA GENTE PROGRAMA MOVILIDAD PARA EL DESARROLLO SUBPROGRAMA MOVILIDAD PARA LA GENTE

OBJETIVO ESTRATEGICO CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

3.031.445.000

EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

3.031.445.000

LÍNEA ESTRATÉGICA PARTICIPACION Y FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACION

3.031.445.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DISTRITAL DE PLANEACION Y DESCENTRALIZACION

3.031.445.000

SUBPROGRAMA NUEVA ESTRATIFICACIÓN

02-006-06-50-03-05-01-01 02-089-06-50-03-05-01-02

ESTRATIFICACION SOCIOECONOMICA DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS Aportes Estrificacion Distrital Otros rendimientos financieros SUBPROGRAMA PLANEACIÓN

02-001-06-50-03-05-01-01 02-070-06-50-03-05-01-02 02-075-06-50-03-05-01-02

631.445.000

FORTALECIMIENTO

DEL

SISTEMA

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General Rendimientos Financieros SGP - Propósito General

631.445.000 331.445.000 300.000.000 DE

2.400.000.000 1.000.000.000 235.365.556 407.554.702 357.079.742

SECCION 0209 SECRETARIA DE PLANEACION

02-001-06-50-03-05-01-02

SISBEN Ingresos Corrientes de Libre Destinación

02-001-06-50-03-05-01-03

FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACION Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.200.000.000 1.200.000.000 200.000.000 200.000.000

SECCION 0210 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD PRESUPUESTO DE INVERSION

433.948.022.332

OBJETIVO ESTRATEGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD

433.948.022.332

EJE ESTRATEGICO CARTAGENA INCLUYENTE

433.948.022.332

LÍNEA ESTRATÉGICA POR UNA CARTAGENA CON EQUIDAD EN SALUD

433.948.022.332

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA AUTORIDAD SANITARIA PARA LA GESTION EN SALUD

425.731.684.937

SUBPROGRAMA ASEGURAMIENTO

401.426.743.635

02-015-06-20-01-02-01-01 02-015-06-20-01-02-01-02 02-049-06-20-01-02-01-01 02-068-06-20-01-02-01-01 02-001-06-20-01-02-01-01 02-096-06-20-01-02-01-01

CONTINUIDAD DEL ASEGURAMIENTO A LA POBLACIÓN AFILIADA AL RÉGIMEN SUBSIDIADO EN EL DISTRITO DE CARTAGENA Coljuegos - Con situación de fondos Coljuegos - Sin situación de fondos FOSYGA SGP - Salud Ingresos Corrientes de Libre Destinación Cajas de Compensacion Familiar Sin Situacion de Fondos

02-049-06-20-01-02-01-02

TASA SUPERINTENDENCIA DE SALUD (SIN SITUACION DE FONDO FOSYGA) FOSYGA

SUBPROGRAMA PRESTACIÓN Y DESARROLLO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

02-068-06-20-01-02-01-02

ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE NO ASEGURADA DEL DISTRITO SGP - Salud

02-068-06-20-01-02-01-03

APORTES PATRONALES - ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE NO ASEGURADA DEL DISTRITO SGP - Salud

02-001-06-20-01-02-01-04 02-068-06-20-01-02-01-04

ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE Y VULNERABLE NO AFILIADA Y PARA EVENTOS NO CUBIERTOS CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA EN LOS NIVELES II, III Y IV DE COMPLEJIDAD EN EL DISTRITO Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Salud

399.815.964.844 274.050.000 5.424.961.374 227.988.956.253 161.450.709.924 1.255.321.980 3.421.965.313 1.610.778.791 1.610.778.791

16.834.698.026

2.084.573.877 2.084.573.877 1.150.931.425 1.150.931.425

3.351.488.652 850.000.000 2.501.488.652

SECCION 0210 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD

ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE Y VULNERABLE NO AFILIADA Y PARA EVENTOS NO CUBIERTOS CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA EN LOS NIVELES II, III Y IV DE COMPLEJIDAD EN EL DISTRITO - vigencias anteriores

4.884.789.968

02-068-06-20-01-02-01-04 02-087-06-20-01-02-01-05 02-001-06-20-01-02-01-05

SGP - Salud Rendimientos Financieros SGP - Salud Ingresos Corrientes de Libre Destinación

3.752.232.978 132.556.990 1.000.000.000

02-053-06-20-01-02-01-06

RECOBROS - ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE Y VULNERABLE NO AFILIADA Y PARA EVENTOS NO CUBIERTOS CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA EN LOS NIVELES II, III Y IV DE COMPLEJIDAD EN EL DISTRITO Contraprestaciones Portuarias

1.500.000.000 1.500.000.000

RECOBROS - ATENCIÓN EN SALUD PARA LA POBLACIÓN POBRE Y VULNERABLE NO AFILIADA Y PARA EVENTOS NO CUBIERTOS CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA EN LOS NIVELES II, III Y IV DE COMPLEJIDAD EN EL DISTRITO (VIGENCIAS ANTERIORES)

1.244.678.020

02-001-06-20-01-02-01-07

Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.244.678.020

02-038-06-20-01-02-01-05

FORTALECIMIENTO DE LA RED HOSPITALARIA Rendimientos Financieros Credito Interno 2014

2.618.236.084 2.618.236.084

SUBPROGRAMA DESARROLLO INSTITUCIONAL

2.863.157.986

02-015-06-20-01-02-01-08 02-013-06-20-01-02-01-08 02-001-06-20-01-02-01-08 02-017-06-20-01-02-01-08

02-001-06-20-01-02-01-09

DESARROLLO INSTITUCIONAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SALUD Coljuegos - Con situación de fondos Rendimientos Financieros Coljuegos Ingresos Corrientes de Libre Destinación Rendimientos Financieros Fondo Local de salud PROCESO DE AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS, AUDITORÍA CONCURRENTE Y AUDITORÍA DE CUENTAS Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA PROMOCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTÍA DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN EN SALUD - SOGC

02-015-06-20-01-02-01-10 02-001-06-20-01-02-01-10

02-068-06-20-01-02-01-06

PROMOCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTIAS DE LA CALIDAD EN SALUD Coljuegos - Con situación de fondos Ingresos Corrientes de Libre Destinación

2.513.157.986 1.175.408.298 66.159.535 916.251.535 355.338.618 350.000.000 350.000.000

962.912.160

962.912.160 632.912.160 330.000.000

SUBPROGRAMA VIGILANCIA Y CONTROL DE MEDICAMENTOS

220.000.000

VIGILANCIA Y CONTROL DE MEDICAMENTOS SGP - Salud

220.000.000 220.000.000

SECCION 0210 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD SUBPROGRAMA SISTEMA DE INFORMACIÓN Y APLICACIONES

02-001-06-20-01-02-01-11

02-068-06-20-01-02-01-08

02-068-06-20-01-02-01-12 02-001-06-20-01-02-01-12

02-001-06-20-01-02-02-01

02-068-06-20-01-02-02-02

02-068-06-20-01-02-03-01

02-068-06-20-01-02-03-02

DESARROLLO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y APLICACIONES EN EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD DEL DISTRITO DE CARTAGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

200.000.000

200.000.000 200.000.000

SUBPROGRAMA VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA

1.040.424.665

VIGILANCIA EN SALUD PUBLICA SGP - Salud

1.040.424.665 1.040.424.665

SUBPROGRAMA GESTIÓN DEL PLAN DE SALUD PÚBLICA

2.183.748.465

GESTION DEL PLAN DE SALUD PUBLICA SGP - Salud Ingresos Corrientes de Libre Destinación

2.183.748.465 1.500.000.000 683.748.465

PROGRAMA TRANSVERSAL GESTION DIFERENCIAL DE POBLACIONES VULNERABLES

620.793.219

SUBPROGRAMA GARANTÍA DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS GRUPOS POBLACIONALES VULNERABLES Y FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

270.000.000

GARANTIA DE LOS DEBERES Y DERECHOS EN SALUD A LOS GRUPOS POBLACIONALES ESPECIALES DEL DISTRITO DE CARTAGENA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

270.000.000 270.000.000

SUBPROGRAMA PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD EN LA INFANCIA

350.793.219

PROMOCION Y PREVENCION DE LA SALUD EN LA INFANCIA SGP - Salud

350.793.219 350.793.219

PROGRAMA SALUD AMBIENTAL

660.000.000

SUBPROGRAMA VIGILANCIA Y CONTROL DE ZOONOSIS

430.000.000

VIGILANCIA Y CONTROL DE ZOONOSIS SGP - Salud

430.000.000 430.000.000

SUBPROGRAMA VIGILANCIA Y CONTROL DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO

120.000.000

VIGILANCIA Y CONTROL DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO

120.000.000

SGP - Salud

120.000.000

SECCION 0210 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD

02-068-06-20-01-02-03-03

SUBPROGRAMA SEGURIDAD SANITARIA DEL AMBIENTE

110.000.000

SEGURIDAD SANITARIA Y AMBIENTE SGP - Salud

110.000.000 110.000.000

PROGRAMA VIDA SALUDABLE Y CONDICIONES NO TRANSMISIBLES

02-068-06-20-01-02-04-01 02-087-06-20-01-02-04-01

1.151.237.035

SUBPROGRAMA PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES

626.612.750

ENFERMEDADES CRONICAS NO TRANSMISIBLES SGP - Salud Rendimientos Financieros SGP - Salud

626.612.750 450.000.000 176.612.750

SUBPROGRAMA PREVENCIÓN Y CONTROL DE ALTERACIONES DE LA SALUD ORAL, VISUAL Y AUDITIVA

LAS

524.624.285

02-068-06-20-01-02-04-02

SALUD ORAL SGP - Salud

255.802.343 255.802.343

02-068-06-20-01-02-04-03

SALUD VISUAL SGP - Salud

133.100.734 133.100.734

02-068-06-20-01-02-04-04

SALUD AUDITIVA SGP - Salud

135.721.208 135.721.208

PROGRAMA CONVIVENCIA SOCIAL Y SALUD MENTAL

497.757.403

SUBPROGRAMA SALUD MENTAL

497.757.403

SALUD MENTAL SGP - Salud

497.757.403 497.757.403

PROGRAMA NUTRICIÓN E INOCUIDAD DE ALIMENTOS

601.153.638

SUBPROGRAMA NUTRICIÓN

231.153.638

NUTRICION SGP - Salud

231.153.638 231.153.638

SUBPROGRAMA VIGILANCIA Y CONTROL DE ALIMENTOS

370.000.000

VIGILANCIA Y CONTROL DE ALIMENTOS SGP - Salud

370.000.000 370.000.000

PROGRAMA SEXUALIDAD, DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

565.000.000

SUBPROGRAMA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

395.000.000

PROMOCION DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

100.000.000

02-068-06-20-01-02-07-01

SGP - Salud

100.000.000

02-068-06-20-01-02-07-01

SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA (SSR) SGP - Salud

295.000.000 295.000.000

02-068-06-20-01-02-05-01

02-068-06-20-01-02-06-01

02-068-06-20-01-02-06-02

SECCION 0210

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD

02-068-06-20-01-02-07-02

SUBPROGRAMA PREVENCIÓN DE LA MORBI MORTALIDAD MATERNA Y PERINATAL

170.000.000

PREVENCION DE LA MORTALIDAD MATERNA Y PERINATAL SGP - Salud

170.000.000 170.000.000

PROGRAMA VIDA SALUDABLE Y ENFERMEDADES TRANSMISIBLES

02-068-06-20-01-02-08-01 02-016-06-20-01-02-08-01

02-068-06-20-01-02-08-02 02-016-06-20-01-02-08-02

SUBPROGRAMA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LEPRA

191.170.548

PREVENCION Y CONTROL DE LA LEPRA SGP - Salud Ministerio de la Protección Social

191.170.548 130.000.000 61.170.548

SUBPROGRAMA PREVENCIÓN Y CONTROL DE TUBERCULOSIS

323.388.345

PREVENCION Y CONTROL DE LA TUBERCULOSIS SGP - Salud Ministerio de la Protección Social

323.388.345 167.000.000 156.388.345

SUBPROGRAMA PREVENCIÓN Y CONTROL ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES

02-001-06-20-01-02-08-03 02-068-06-20-01-02-08-03

2.670.396.100

DE

LAS

PREVENCION Y CONTROL DE LAS ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Salud SUBPROGRAMA VIGILANCIA Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTORES

02-068-06-20-01-02-08-04 02-016-06-20-01-02-08-04 02-001-06-20-01-02-08-04

VIGILANCIA Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTORES SGP - Salud Ministerio de la Protección Social Ingresos Corrientes de Libre Destinación SUBPROGRAMA PREVENCIÓN, MANEJO Y CONTROL DE LA INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA

02-068-06-20-01-02-08-05

02-001-06-20-01-02-09-01

PREVENCION, MANEJO Y CONTROL DE LA INFECCION RESPIRATORIA AGUDA SGP - Salud

542.800.000

542.800.000 50.000.000 492.800.000 1.457.837.207

1.457.837.207 900.000.000 407.837.207 150.000.000 155.200.000

155.200.000 155.200.000

PROGRAMA SALUD PUBLICA EN EMERGENCIAS Y DESASTRES

1.200.000.000

SUBPROGRAMA GESTIÓN INTEGRAL Y RESPUESTA EN SALUD ANTE EMERGENCIAS Y DESASTRES

1.200.000.000

EMERGENCIAS Y DESASTRES - SISTEMA INTEGRAL DE URGENCIAS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.200.000.000 1.200.000.000

SECCION 0210 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE SALUD

02-068-06-20-01-02-10-01

PROGRAMA SALUD Y ÁMBITO LABORAL

250.000.000

SUBPROGRAMA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

250.000.000

PREVENCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE RIESGOS PROFESIONALES SGP - Salud

250.000.000 250.000.000

SECCION 0211 LOCALIDAD HISTÓRICA Y DEL CARIBE NORTE PRESUPUESTO DE INVERSION OBJETIVO ESTRATÉGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-001-06-10-02-08-01-06

100.000.000

EJE ESTRATÉGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

100.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA ESPACIO PÚBLICO Y MOVILIDAD PARA LA GENTE

100.000.000

PROGRAMA ESPACIO PÚBLICO

100.000.000

SUBPROGRAMA PLAN ESTRATÉGICO DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO PARA LA GENTE

100.000.000

RESTITUCIÓN ESPACIOS PÚBLICOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

OBJETIVO ESTRATÉGICO CONSTRUIR CIUDADANÍA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD

02-001-06-10-03-05-01-02 02-095-06-10-03-05-01-02

6.127.551.317

EJE ESTRATÉGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

6.127.551.317

LÍNEA ESTRATÉGICA PARTICIPACIÓN Y FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

6.127.551.317

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN

6.127.551.317

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

6.127.551.317

FONDO DE DESARROLLO LOCAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Multas y sanciones Alcaldías Locales

6.127.551.317 6.127.256.896 294.421

SECCION 0212

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTE PRESUPUESTO DE INVERSION

3.291.306.914

OBJETIVO ESTRATEGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

3.291.306.914

EJE ESTRATEGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

3.291.306.914

LÍNEA ESTRATÉGICA INFRAESTRUCTURA VIAL CON DESARROLLOS INTEGRALES PARA LA MOVILIDAD PARA LA GENTE

3.291.306.914

PROGRAMA MOVILIDAD PARA EL DESARROLLO

3.291.306.914

SUBPROGRAMA SEGURIDAD VIAL

MEJOR

CULTURA

CIUDADANA,

MAS

1.762.506.914

02-022-06-10-02-09-01-01

SEÑALIZACIÓN VERTICAL Y HORIZONTAL Impuesto de Circulación y Tránsito

327.600.000 327.600.000

02-022-06-10-02-09-01-02

SEMAFORIZACIÓN Impuesto de Circulación y Tránsito

218.400.000 218.400.000

02-022-06-10-02-09-01-03

CAMPAÑA DE EDUCACIÓN VIAL Impuesto de Circulación y Tránsito

327.600.000 327.600.000

02-022-06-10-02-09-01-04

REDUCCIÓN DE LA ACCIDENTALIDAD VIAL Impuesto de Circulación y Tránsito

436.800.000 436.800.000

02-022-06-10-02-09-01-05 02-079-06-10-02-09-01-05

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y FINANCIERO Impuesto de Circulación y Tránsito Rendimientos Financieros- DATT

452.106.914 436.800.000 15.306.914

SUBPROGRAMA DESPLAZAMIENTO ORDENADO EN MENOR TIEMPO

1.528.800.000

02-022-06-10-02-09-01-06

MOVILIDAD DEL DISTRITO DE CARTAGENA Impuesto de Circulación y Tránsito

873.600.000 873.600.000

02-022-06-10-02-09-01-07

TRANSPORTE PÚBLICO Impuesto de Circulación y Tránsito

327.600.000 327.600.000

02-022-06-10-02-09-01-08

FORTALECIMIENTO DEL CONTROL ASOCIADO A SITM (Sistema Integrado de Transporte Masivo) Impuesto de Circulación y Tránsito

327.600.000 327.600.000

SECCION 0213 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE VALORIZACION PRESUPUESTO DE INVERSIONES

18.687.882.004

OBJETIVO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

02-055-06-10-02-04-02-02 02-070-06-10-02-04-02-02

02-043-06-10-02-07-01-01

18.687.882.004

EJE ESTRATEGICO 2. MEDIO AMBIENTE Y GESTION DEL RIESGO

18.580.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA 3. GESTION DEL RIESGO

18.580.000.000

PROGRAMA PLAN DE DRENAJES PLUVIALES

18.580.000.000

SUBPROGRAMA DISEÑO DE INGENIERÍA DE DETALLE DEL PLAN MAESTRO DE DRENAJE PLUVIAL-PMDP

18.580.000.000

DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE DRENAJES PLUVIALES

18.580.000.000

SGP Agua Potable y Saneamiento Básico SGP - Propósito General

14.580.000.000 4.000.000.000

EJE ESTRATEGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE

107.882.004

LÍNEA ESTRATÉGICA DESARROLLO URBANO PARA LA COMPETITIVIDAD

107.882.004

PROGRAMA EQUIPAMIENTOS PARA LA COMPETITIVIDAD

107.882.004

SUBPROGRAMA CONSTRUCCIÓN ZONAS DE ESPACIO PÚBLICO

107.882.004

OBRAS DE PREINVERSIÓN, DIFUSIÓN, PROMOCIÓN Y COMUNICACIONES Obras por Valorizacion Beneficio Directo

107.882.004 107.882.004

SECCION 0214 ESCUELA DE GOBIERNO PRESUPUESTO DE INVERSION

3.650.000.000

OBJETIVO ESTRATEGICO CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD

02-001-06-50-03-03-01-01

02-075-06-50-03-03-01-02

02-001-06-50-03-03-02-01

02-001-06-50-03-04-01-01

02-037-06-50-03-04-02-01 02-001-06-50-03-04-01-02

02-037-06-50-03-04-03-01 02-001-06-50-03-04-03-01

3.650.000.000

EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

3.650.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA GESTIÓN PÚBLICA LOCAL TRANSPARENTE

1.140.000.000

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DEL SERVIDOR PUBLICO

840.000.000

SUBPROGRAMA SISTEMA INTEGRADO DE ATENCION DE UNA

690.000.000

SISTEMA INTEGRADO DE ATENCIÓN DE UNA Ingresos Corrientes de Libre Destinación

690.000.000 690.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DEL SERVIDOR PUBLICO

150.000.000

FORTALECIMIENTO DE COMPETENCIAS DEL SERVIDOR PUBLICO

150.000.000

Rendimientos Financieros SGP - Propósito General

150.000.000

PROGRAMA GESTIÓN PÚBLICA LOCAL TRANSPARENTE

300.000.000

SUBPROGRAMA ENCUENTROS CON MI GENTE

300.000.000

ENCUENTROS CON MI GENTE Ingresos Corrientes de Libre Destinación

300.000.000 300.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CULTURA CIUDADANA Y PAZ

2.510.000.000

PROGRAMA EN ARMONIA CON MI GENTE

145.000.000

SUBPROGRAMA INCLUSIÓN SOCIAL Y BUENAS PRÁCTICAS CIUDADANAS

145.000.000

INCLUSION SOCIAL Y BUENAS PRACTICAS CIUDADANAS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

145.000.000 145.000.000

PROGRAMA LA DEMOCRACIA VA

575.000.000

SUBPROGRAMA LIDERAZGO Y DEMOCRACIA

575.000.000

LA DEMOCRACIA VA Rendimientos Financieros ICLD Ingresos Corrientes de Libre Destinación

575.000.000 185.000.000 390.000.000

PROGRAMA CULTURA CIUDADANA Y PAZ

1.600.000.000

SUBPROGRAMA CULTURA CIUDADANA

1.600.000.000

CULTURA CIUDADANA Rendimientos Financieros ICLD Ingresos Corrientes de Libre Destinación

1.600.000.000 300.000.000 1.300.000.000

SECCION 0214 ESCUELA DE GOBIERNO

02-037-06-50-03-04-04-01

PROGRAMA VOY CON CARTAGENA

190.000.000

SUBPROGRAMA CIUDADANIA Y PERTENENCIA

190.000.000

VOY CON CARTAGENA Rendimientos Financieros ICLD

190.000.000 190.000.000

SECCION 0216 CORVIVIENDA PRESUPUESTO DE INVERSION

21.031.335.963

OBJETIVO ESTRATEGICO 2. ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

21.031.335.963

EJE ESTRATEGICO TERRITORIO SOSTENIBLE ORDENADO E INCLUYENTE

21.031.335.963

LÍNEA ESTRATÉGICA VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

21.031.335.963

PROGRAMA VIVIENDA

21.031.335.963

SUBPROGRAMA CONSTRUCCIÓN VIVIENDA NUEVA

15.116.095.990

02-039-06-10-02-10-01-01

CONSTRUCCION VIVIENDA CIUDADELA PRIMERO LA GENTE VIGENCIA FUTURA IPU

02-039-06-10-02-10-01-02

CONSTRUCCION VIVIENDA NUEVA CASA PA´ MI GENTE POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO IPU

02-039-06-10-02-10-01-03

CONSTRUCCION VIVIENDA NUEVA - CASA PA´ MI GENTE ADQUISICIÓN BANCO DE TIERRA IPU

02-039-06-10-02-10-01-04

CONSTRUCCION VIVIENDA NUEVA BAHÍA SAN CARLOS IPU SUBPROGRAMA MI CASA MEJORADA

12.750.000.000 12.750.000.000 1.442.741.457 1.442.741.457 577.096.583 577.096.583 346.257.950 346.257.950 5.338.143.390

02-039-06-10-02-10-01-06

MI CASA MEJORADA SECTOR URBANO IPU

3.462.579.497

02-039-06-10-02-10-01-07

MI CASA MEJORADA SECTOR RURAL IPU

1.154.193.165

02-039-06-10-02-10-01-08

MI CASA MEJORADA - MEJORAMIENTO BARRIO PA' MI GENTE CONSTRUCCIÓN DE PARQUES IPU

02-039-06-10-02-10-01-09

3.462.579.497

1.154.193.165

721.370.728 721.370.728

SUBPROGRAMA MI CASA, MI TÍTULO

577.096.583

MI CASA MI TITULO - LEGALIZACIÓN Y TITULACIÓN DE PREDIOS

577.096.583

IPU

577.096.583

SECCION 0223 LOCALIDAD INDUSTRIAL Y DE LA BAHÍA PRESUPUESTO DE INVERSION

6.696.396.731

OBJETIVO ESTRATÉGICO ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE

100.000.000

EJE ESTRATÉGICO TERRITORIO SOSTENIBLE, ORDENADO, EQUITATIVO E INCLUYENTE LÍNEA ESTRATÉGICA ESPACIO PÚBLICO Y MOVILIDAD PARA LA GENTE

02-001-06-10-02-08-01-08

PROGRAMA ESPACIO PÚBLICO

100.000.000

SUBPROGRAMA PLAN ESTRATÉGICO DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO PARA LA GENTE

100.000.000

RESTITUCIÓN ESPACIOS PÚBLICOS Ingresos Corrientes de Libre Destinación

100.000.000 100.000.000

OBJETIVO ESTRATÉGICO CONSTRUIR CIUDADANÍA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD

02-001-06-10-03-05-01-03

6.596.396.731

EJE ESTRATÉGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

6.596.396.731

LÍNEA ESTRATÉGICA PARTICIPACIÓN Y FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

6.596.396.731

PROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN

6.596.396.731

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA DESCENTRALIZACIÓN

6.596.396.731

FONDO DE DESARROLLO LOCAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación

6.596.396.731 6.596.396.731

SECCION 0224 FONDO DE PENSIONES PRESUPUESTO DE INVERSION

50.000.000

OBJETIVO ESTRATEGICO CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECER LA INSTUTUCIONALIDAD

02-001-06-50-03-06-01-02

50.000.000

EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

50.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA FINANZAS SANAS Y ROBUSTAS

50.000.000

PROGRAMA FINANZAS SANAS Y ROBUSTAS

50.000.000

SUBPROGRAMA CON MÁS INGRESOS CARTAGENA VA

50.000.000

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL FONDO DE PENSIONES Ingresos Corrientes de Libre Destinación

50.000.000 50.000.000

0300. ENTIDADES DESCENTRALIZADAS SECCION 0301 INSTITUTO DE DEPORTE Y RECREACION PRESUPUESTO DE INVERSION

15.309.424.622

OBJETIVO ESTRATÉGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD

02-001-06-60-01-04-01-01 02-025-06-60-01-04-01-01 02-027-06-60-01-04-01-01 02-059-06-60-01-04-01-01 02-097-06-60-01-04-01-01

02-097-06-60-01-04-02-02

02-025-06-60-01-04-03-01 02-027-06-60-01-04-03-01 02-059-06-60-01-04-03-01 02-097-06-60-01-04-03-01

EJE ESTRATÉGICO CARTAGENA INCLUYENTE

15.309.424.622

LÍNEA ESTRATÉGICA. CIUDAD Y DEPORTE

15.309.424.622

PROGRAMA ESCUELA DE INICIACIÓN Y FORMACIÓN DEPORTIVA “ESCUELA DEPORTE”

3.207.208.494

SUBPROGRAMA ESCUELA DE DEPORTIVA "ESCUELA DEPORTE"

3.207.208.494

INICIACIÓN

YFORMACIÓN

ESCUELA DE INICIACIÓN Y FORMACIÓN DEPORTIVA “ESCUELA DEPORTE” Ingresos Corrientes de Libre Destinación Sobretasa Deportiva Arrendamiento Escenarios SGP - Propósito General - Deportes ICAT (3 %)

3.207.208.494 1.200.153.460 656.640.000 32.134.426 391.524.799 926.755.809

PROGRAMA DEPORTE ESTUDIANTIL

213.697.674

SUBPROGRAMA DEPORTE ESTUDIANTIL

213.697.674

DEPORTE ESTUDIANTIL ICAT (3 %)

213.697.674 213.697.674

PROGRAMA HABITOS Y ESTILOS DE VIDA SALUDABLE

1.845.374.464

SUBPROGRAMA PROMOCIÓN MASIVA DE UNA VIDA ACTIVA "ACTÍVATE POR TU SALUD"

1.333.980.543

PROMOCION MASIVA DE UNA VIDA ACTIVA "ACTIVATE POR TU SALUD" Sobretasa Deportiva Arrendamiento Escenarios SGP - Propósito General - Deportes ICAT (3 %) SUBPROGRAMA EVENTOS "RECREANDO LA GENTE"

02-059-06-60-01-04-03-02 02-025-06-60-01-04-03-02 02-024-06-60-01-04-03-02

15.309.424.622

RECREATIVOS

COMUNITARIOS

EVENTOS RECREATIVOS COMUNITARIOS "RECREANDO LA GENTE" SGP - Propósito General - Deportes Sobretasa Deportiva Impuesto Espectáculos Públicos

1.333.980.543 481.545.800 36.285.486 351.246.872 464.902.385 511.393.921

511.393.921 200.153.241 253.476.000 57.764.680

SECCION 0301 INSTITUTO DE DEPORTE Y RECREACION

02-059-06-60-01-04-04-01 02-025-06-60-01-04-04-01 02-097-06-60-01-04-04-01 02-027-06-60-01-04-04-01

02-025-06-60-01-04-05-01

02-025-06-60-01-04-05-02 02-059-06-60-01-04-05-01 02-097-06-60-01-04-05-01

02-025-06-60-01-04-06-01 02-027-06-60-01-04-06-01 02-059-06-60-01-04-06-01 02-097-06-60-01-04-06-01

PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA

5.258.601.330

SUBPROGRAMA CONSTRUCCIÓN, ADECUACIÓN, MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LOS ESCENARIOS DEPORTIVOS "MÁS GENTE INTEGRADA"

5.258.601.330

CONSTRUCCION, ADECUACION, MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE ESCENARIOS DEPORTIVOS "MAS GENTE INTEGRADA" SGP - Propósito General - Deportes Sobretasa Deportiva ICAT (3 %) Arrendamiento Escenarios

837.050.347 575.000.004 3.658.220.619 188.330.360

PROGRAMA DEPORTE SOCIAL Y COMUNITARIO

157.500.000

SUBPROGRAMA DEPORTE Y RECREACIÓN CON INCLUSIÓN SOCIAL "GENTE DIVERSA"

157.500.000

DEPORTE Y RECREACION CON INCLUSION SOCIAL "GENTE DIVERSA" Sobretasa Deportiva

157.500.000 157.500.000

PROGRAMA DEPORTE SOCIAL Y COMUNITARIO

1.340.301.089

SUBPROGRAMA DEPORTE SOCIAL Y COMUNITARIO "PRIMERO LA GENTE, PRIMERO EL DEPORTE"

1.340.301.089

DEPORTE SOCIAL Y COMUNITARIO "PRIMERO LA GENTE, PRIMERO EL DEPORTE" Sobretasa Deportiva SGP - Propósito General - Deportes ICAT (3 %)

1.340.301.089 451.454.810 274.177.030 614.669.249

PROGRAMA DEPORTE ASOCIADO

2.859.205.404

SUBPROGRAMA DEPORTE ASOCIADO "PRIMERO EL TALENTO DEPORTIVO"

2.267.701.495

DEPORTE ASOCIADO "PRIMERO EL TALENTO DEPORTIVO" Sobretasa Deportiva Arrendamiento Escenarios SGP - Propósito General - Deportes ICAT (3 %)

2.267.701.495 460.000.000 88.777.289 310.553.642 1.408.370.564

SUBPROGRAMA CARTAGENA DE INDIAS SIN FRONTERAS AL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

02-097-06-60-01-04-06-02

5.258.601.330

CARTAGENA DE INDIAS SIN FRONTERAS AL DEPORTE Y LA RECREACION ICAT (3 %)

591.503.909

591.503.909 591.503.909

SECCION 0301 INSTITUTO DE DEPORTE Y RECREACION

02-012-06-60-01-04-07-03 02-097-06-60-01-04-07-03 02-027-06-60-01-04-07-03 02-011-06-60-01-04-07-03 02-024-06-60-01-04-07-03 02-025-06-60-01-04-07-03

PROGRAMA OBSERVATORIO DE CIENCIAS APLICADAS AL DEPORTE DE CARTAGENA DE INDIAS

427.536.167

SUBPROGRAMA OBSERVATORIO DE CIENCIAS APLICADAS AL DEPORTE DE CARTAGENA DE INDIAS

427.536.167

OBSERVATORIO DE CIENCIAS APLICADAS AL DEPORTE DE CARTAGENA DE INDIAS Venta de Servicios ICAT (3 %) Arrendamiento Escenarios Rendimientos Financieros IDER Impuesto Espectáculos Públicos Sobretasa Deportiva

427.536.167 2.819.309 97.987.470 52.978.331 10.636.375 57.764.682 205.350.000

SECCION 0302 INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA PRESUPUESTO DE INVERSION

7.193.133.909

OBJETIVO ESTRATEGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD

7.193.133.909

EJE ESTRATEGICO CARTAGENA INCLUYENTE

7.193.133.909

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA ESCENARIO NATURAL PARA EL ARTE, LA CULTURA Y EL PATRIMONIO

7.193.133.909

PROGRAMA PATRIMONIO, IDENTIDAD Y MEMORIA

2.352.840.841

SUBPROGRAMA PATRIMONIO MATERIA E INMATERIAL

1.785.437.146

02-001-06-60-01-03-01-01 02-057-06-60-01-03-01-01

PATRIMONIO INMATERIAL: FESTEJOS PATRIMONIALES Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General - Cultura

363.806.421 200.000.000 163.806.421

02-001-06-60-01-03-01-02 02-005-06-60-01-03-01-01 02-057-06-60-01-03-01-02 02-082-06-60-01-03-01-01

PATRIMONIO INMATERIAL: FIESTAS DE LA INDEPENDENCIA Ingresos Corrientes de Libre Destinación Convenios y Venta de Servicios Cultura SGP - Propósito General - Cultura Estampilla Pro-Cultura

886.630.725 248.000.553 201.603.908 163.806.421 273.219.843

02-057-06-60-01-03-01-03 02-073-06-60-01-03-01-01 02-082-06-60-01-03-01-01 02-095-06-60-01-03-01-01

PATRIMONIO MATERIAL SGP - Propósito General - Cultura Rendimientos Financieros Cultura Estampilla Pro-Cultura Multas y Sanciones

535.000.000 229.516.052 60.000.000 215.483.948 30.000.000

SUBPROGRAMA CONTEXTOS POBLACIONALES: DIVERSIDAD E INTERCULTURALIDAD

342.983.474

02-001-06-60-01-03-01-03 02-057-06-60-01-03-01-04

02-001-06-60-01-03-01-04 02-082-06-60-01-03-01-02

02-001-06-60-01-03-02-01 02-057-06-60-01-03-02-01 02-082-06-60-01-03-02-01

CONTEXTOS POBLACIONALES: DIVERSIDAD E INTERCULTURALIDAD Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General - Cultura

342.983.474 100.000.000 242.983.474

SUBPROGRAMA CARTAGENA INVESTIGA Y DIVULGA SU PATRIMONIO CULTURAL

224.420.221

CARTAGENA INVESTIGA Y DIVULGA SU PATRIMONIO CULTURAL

224.420.221

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Estampilla Pro-Cultura

100.000.000 124.420.221

PROGRAMA FOMENTO AL ARTE Y LA CULTURA PARA LA VIDA

3.632.066.426

SUBPROGRAMA LEER PARA CRECER

1.302.051.111

LEER PARA CRECER Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General - Cultura Estampilla Pro-Cultura

1.302.051.111 1.000.000.000 163.806.421 138.244.690

SECCION 0302 INSTITUTO DE PATRIMONIO Y CULTURA SUBPROGRAMA CREACION ARTISTICA, FORMACION Y FORTALECIMIENTO A ARTISTAS

02-082-06-60-01-03-02-02

02-001-06-60-01-03-02-02 02-057-06-60-01-03-02-03

CREACION ARTISTICA, FORMACION Y FORTALECIMIENTO A ARTISTAS Estampilla Pro-Cultura

124.420.221

124.420.221 124.420.221

SUBPROGRAMA CARTAGENA ESCENARIO DE ARTE

247.368.452

CARTAGENA ESCENARIO DE ARTE Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General - Cultura

247.368.452 30.000.000 217.368.452

SUBPROGRAMA ESCENARIOS PARA LAS ARTES

1.958.226.642

PROYECTOS MANTENIMIENTO ESCENARIOS PARA LAS ARTES

388.226.642

02-001-06-60-01-03-02-03 02-057-06-60-01-03-02-04 02-082-06-60-01-03-02-04

Ingresos Corrientes de Libre Destinación SGP - Propósito General - Cultura Estampilla Pro-Cultura

100.000.000 163.806.421 124.420.221

02-024-06-60-01-03-02-01

LEY DE ESPECTACULOS Espectaculos Públicos

700.000.000 700.000.000

02-032-06-60-01-03-02-01

TEATRO ADOLFO MEJÍA Venta de Servicios Teatro Adolfo Mejia

650.000.000 650.000.000

02-082-06-60-01-03-02-03 02-057-06-60-01-03-02-05

ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL PATRIMONIO CULTURAL Estampilla Pro-Cultura SGP - Propósito General - Cultura

02-057-06-60-01-03-03-01

220.000.000 135.370.635 84.629.365

PROGRAMA ECONOMIA CREATIVA Y CULTURAL

180.000.000

SUBPROGRAMA ECONOMIA CREATIVA Y CULTURAL

180.000.000

ECONOMIA CREATIVA Y CULTURAL SGP - Propósito General - Cultura

180.000.000 180.000.000

PROGRAMA FORTALECER LA INSTITUCIONAIDAD CULTURAL Y LA PARTICIPACION CIUDADANA

1.028.226.642

SUBPROGRAMA SISTEMA DISTRITAL DE CULTURA

1.028.226.642

02-001-06-60-01-03-04-01 02-082-06-60-01-03-04-01 02-057-06-60-01-03-04-01

SISTEMA DISTRITAL DE CULTURA Ingresos Corrientes de Libre Destinación Estampilla Pro-Cultura SGP - Propósito General - Cultura

488.226.642 200.000.000 124.420.221 163.806.421

02-082-06-60-01-03-04-02

TRANSFERENCIAS Y CONVENIO AL SECTOR CULTURA Estampilla Pro-Cultura

360.000.000 360.000.000

02-082-06-60-01-03-04-03

SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS ACTORES DE LA CULTURA Estampilla Pro-Cultura

180.000.000 180.000.000

SECCION 0303 ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL - EPA PRESUPUESTO DE INVERSION

3.762.483.823

OBJETIVO ESTRATEGICO 2. ADAPTAR EL TERRITORIO PARA LA GENTE 0

02-001-06-60-02-02-01-04 02-031-06-60-02-02-01-04 02-037-06-60-02-02-01-04 02-063-06-60-02-02-01-04

02-031-06-60-02-02-02-02 02-010-06-60-02-02-02-02 02-037-06-60-02-02-02-02

02-001-06-60-02-02-03-06 02-031-06-60-02-02-03-06 02-063-06-60-02-02-03-06

3.711.483.823

EJE ESTRATEGICO 2. MEDIO AMBIENTE Y GESTION DEL RIESGO

3.711.483.823

LÍNEA ESTRATÉGICA EDUCACION Y CONTROL AMBIENTAL

1.490.902.209

PROGRAMA MONITOREO AMBIENTAL

346.200.000

SISTEMA INTEGRADO MONITOREO AMBIENTAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Ley 99/93 Rendimientos Financieros ICLD Rendimientos Financieros EPA

346.200.000 170.000.000 40.000.000 20.000.000 116.200.000

PROGRAMA CONTROL, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

698.502.209

CONTROL, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Ley 99/93 Licencias, Permisos y Multas Rendimientos Financieros ICLD

698.502.209 200.000.000 158.502.209 340.000.000

PROGRAMA EDUCACION Y CULTURA AMBIENTAL

446.200.000

EDUCACION Y CULTURA AMBIENTAL Ingresos Corrientes de Libre Destinación Ley 99/93 Rendimientos Financieros EPA

446.200.000 300.000.000 30.000.000 116.200.000

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA, TERRITORIO VERDE Y RIQUEZA HIDRICA

2.220.581.614

PROGRAMA GESTION INTEGRAL DEL RECURSO HIDRICO

1.937.581.614

02-094-06-60-02-03-01-01

PARQUE DISTRITAL CIENAGA DE LA VIRGEN Sobretasa ambiental peajes

1.500.000.000 1.500.000.000

02-014-06-60-02-03-01-05 02-031-06-60-02-03-01-05

MITIGACIÓN Y GESTION DEL RIESGO AMBIENTAL Tasa Retributiva Ley 99/93

02-031-06-60-02-03-02-01

437.581.614 2.000.000 435.581.614

PROGRAMA VEGETACION, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTEMICOS

63.000.000

VEGETACION, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTEMICOS

63.000.000

Ley 99/93

63.000.000

SECCION 0303 ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL - EPA

02-037-06-60-02-03-03-01

02-001-06-60-02-03-04-04 02-031-06-60-02-03-04-04

PROGRAMA NEGOCIOS VERDES PRODUCCIÓN Y CONSUMO SOSTENIBLE

20.000.000

NEGOCIOS VERDES PRODUCCIÓN Y CONSUMO SOSTENIBLE

20.000.000

Rendimientos Financieros ICLD

20.000.000

PROGRAMA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA BOCANA Y DÁRSENA

200.000.000

OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA BOCANA Y DÁRSENA

200.000.000

Ingresos Corrientes de Libre Destinación Ley 99/93

100.000.000 100.000.000

OBJETIVO ESTRATEGICO 3. CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

02-037-06-60-03-03-02-07 02-031-06-60-03-03-02-07

EJE ESTRATEGICO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

51.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA GESTION PUBLICA LOCAL TRANSPARENTE

51.000.000

PROGRAMA GESTION PUBLICA LOCAL TRANSPARENTE

51.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA ALCALDÍA DE CARTAGENA

51.000.000

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Rendimientos Financieros ICLD Ley 99/93

51.000.000 50.000.000 1.000.000

SECCION 0304 DISTRISEGURIDAD PRESUPUESTO DE INVERSION

4.920.973.981

OBJETIVO ESTRATEGICO 3: CONSTRUIR CIUDADANIA Y FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD

02-083-06-60-03-01-06-01 02-051-06-60-03-01-06-01 02-076-06-60-03-01-06-01 02-084-06-60-03-01-06-01

02-083-06-60-03-01-07-02 02-051-06-60-03-01-07-02 02-076-06-60-03-01-07-01 02-084-06-60-03-01-07-01

02-076-06-60-03-01-08-01 02-051-06-60-03-01-08-01 02-083-06-60-03-01-08-01

EJE ESTRATEGICO SEGURIDAD INTEGRAL

4.920.973.981

LÍNEA ESTRATÉGICA CARTAGENA SIN MIEDOS

4.920.973.981

PROGRAMA OPTIMIZACIÓN TECNOLÓGICA A LAS HERRAMIENTAS DE SEGURIDAD

1.172.015.495

SUBPROGRAMA OPTIMIZACIÓN TECNOLÓGICA A LAS HERRAMIENTAS DE SEGURIDAD

1.172.015.495

OPTIMIZACIÓN TECNOLÓGICA A LAS HERRAMIENTAS DE SEGURIDAD Impuesto de delineacion urbana IPU (1%) Telefonia Conmutada Otros Ingresos Distriseguridad

1.172.015.495 54.999.488 717.337.653 398.644.322 1.034.031

PROGRAMA FORTALECIMIENTO LOGÍSTICO A LOS ORGANISMOS DE SEGURIDAD, SOCORRO, JUSTICIA EN EL DISTRITO DE CARTAGENA"

1.476.829.790

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO LOGÍSTICO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA SEGURIDAD, JUSTICIA, SOCORRO Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL DISTRITO DE CARTAGENA

1.476.829.790

FORTALECIMIENTO LOGISTICO DE LA INFRAESTRUCTURA Y LA MOVILIDAD Impuesto de delineacion urbana IPU (1%) Telefonia Conmutada Otros Ingresos Distriseguridad

1.476.829.790 490.169.495 915.408.970 70.217.294 1.034.031

PROGRAMA ORDENAMIENTO Y SEGURIDAD DE LAS PLAYAS DEL DISTRITO DE CARTAGENA

1.272.128.697

SUBPROGRAMA CUERPO DE SALVAVIDAS

1.272.128.697

ORDENAMIENTO Y SEGURIDAD DE LAS PLAYAS DEL DISTRITO

1.272.128.697

Telefonia Conmutada IPU (1%) Impuesto de delineacion urbana PROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE DISTRISEGURIDAD

02-076-06-60-03-01-09-01

4.920.973.981

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Telefonia Conmutada

680.848.214 392.189.348 199.091.135 1.000.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000

SECCION 0305 COLEGIO MAYOR PRESUPUESTO DE INVERSION

1.500.000.000

OBJETIVO ESTRATÉGICO SUPERAR LA DESIGUALDAD

02-048-06-70-01-01-04-02

1.500.000.000

EJE ESTRATÉGICO CARTAGENA INCLUYENTE

1.500.000.000

LÍNEA ESTRATÉGICA EDUCACIÓN PARA LA GENTE DEL SIGLO XXI

1.500.000.000

PROGRAMA EDUCACIÓN SUPERIOR JÓVENES FORMADOS CON CALIDAD

1.500.000.000

SUBPROGRAMA FORTALECIMIENTO DEL COLEGIO MAYOR DE BOLÍVAR

1.500.000.000

APOYO A PROYECTOS DE INVERSION A NIVEL NACIONAL Aportes de la Nacion- Colegio Mayor

1.500.000.000 1.500.000.000

AÑO FISCAL 2018

DISPOSICIONES GENERALES CARTAGENA DE INDIAS DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL

SECRETARÍA DE HACIENDA PÚBLICA

CUARTA PARTE DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I ARTÍCULO 4. MARCO JURÍDICO. Las disposiciones generales del presente Acuerdo, Ley No.179 de 1994, Decreto-Ley No. 111 de enero 15 de 1996, que conforman el Estatuto Orgánico de Presupuesto Nacional, Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003, Ley 1483 de 2011, Ley 1508 de 2012, Ley 1551 de 2012 y el Acuerdo N° 044 de septiembre 3 de 1998, Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y deben aplicarse en armonía con estas. ARTICULO 5. CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones generales del presente Acuerdo rigen para el Concejo Distrital, la Contraloría Distrital, la Personería Distrital, el Despacho del Alcalde, las Secretarías, los Departamentos Administrativos y demás dependencias de la Alcaldía Mayor, para los Establecimientos Públicos del orden Distrital y para los recursos del Distrito asignados a las empresas industriales y comerciales del Estado y a las sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas. CAPITULO II DE LAS RENTAS Y RECURSOS ARTÍCULO 6 - TRANSFERENCIAS. Las transferencias que gire la Administración Central a favor de las entidades descentralizadas del Distrito y del orden nacional que por ley se establezcan, serán ordenadas por la Secretaría de Hacienda – Dirección Financiera de Presupuesto-. Las transferencias para el pago de la deuda pública serán ordenadas por la Secretaría de Hacienda – Tesorería Distrital. ARTÍCULO 7 - RECURSOS DE TERCEROS. Los recaudos que efectúen los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual, o los recursos que administren en nombre de otras entidades públicas o de terceros, no se incorporarán a sus presupuestos. Dichos recursos deberán presupuestarse en la entidad que sea titular de los derechos correspondientes. La entidad administradora o recaudadora deberá mantener dichos recursos separados de los propios y contabilizarlos en la forma que establezca la Secretaría de Hacienda- Dirección Financiera de Contabilidad. ARTÍCULO 8 - CRÉDITOS ADICIONALES. La viabilidad presupuestal de la Administración Central para abrir los créditos adicionales al Presupuesto, será certificada por el Director Financiero de Presupuesto. En los Establecimientos Públicos dicha certificación será expedida por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces. ARTÍCULO 9 - APORTES DE CAPITAL DEL DISTRITO. Las transferencias de recursos que efectúe la Administración Central a favor de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito o a Sociedades de Economía Mixta y Sociedades por Acciones asimiladas a las anteriores, se constituirán en aportes patrimoniales de Cartagena D. T. y C. Las

apropiaciones del Presupuesto Anual del Distrito proyectadas para efectuar aportes patrimoniales a las mencionadas entidades, que no hayan sido legalizados a 31 de diciembre de 2017, podrán ser liberadas por el Distrito. Las capitalizaciones en especie que realice el Distrito en sus entidades, que no impliquen erogaciones en dinero no requerirán operación presupuestal alguna, sin perjuicio de los registros contables correspondientes. PARÁGRAFO: No se constituirán como aportes patrimoniales los recursos transferidos por la Administración Central para ser otorgados como subsidio. ARTÍCULO 10 - RENTAS ESPECÍFICAS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual y General que tengan financiadas sus apropiaciones con fuentes del Sistema General de Participaciones, el Fondo Nacional de Regalías, donaciones y créditos de la Banca Multilateral, deben efectuar un control presupuestal, contable y de tesorería diferente a las demás fuentes de financiación que respaldan el presupuesto. De igual manera, dicho control se efectuará sobre los recursos destinados al pago de obligaciones pensiónales. ARTÍCULO 11 - RENTAS CONTRACTUALES. Los compromisos y las obligaciones de los Establecimientos Públicos correspondientes a las apropiaciones financiadas con rentas provenientes de contratos o convenios sólo podrán ser asumidos cuando estos se hayan perfeccionado. PARAGRAFO. Los Establecimientos Públicos podrán pagar con sus ingresos propios obligaciones financiadas con recursos del Distrito mientras la Tesorería transfiere los dineros respectivos. Igual procedimiento será aplicable a los órganos del presupuesto general del Distrito cuando administren fondos especiales y a las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas sobre los recursos del Distrito. Estas operaciones deberán contar con autorización previa de la Tesorería Distrital y encontrarse dentro del marco del PAC autorizado y aprobado por el CONFISCAR para la vigencia 2018. ARTICULO 12 - EXCEDENTES DE LIQUIDEZ. La Secretaría de Hacienda en coordinación con el Consejo de Gobierno Distrital, fijará los criterios técnicos para el manejo de los excedentes de liquidez del Tesoro Distrital acorde con los objetivos financieros del Distrito y la tasa de interés a corto y largo plazo. ARTÍCULO 13 - RECAUDO INGRESOS CORRIENTES. Los Ingresos Corrientes del Distrito y aquellas contribuciones y recursos que en las normas legales no se haya autorizado su manejo a otro órgano, deberán ser consignados en la Tesorería del Distrito, por quienes estén encargados de su recaudo.

ARTÍCULO 14 – RENDIMIENTOS FINANCIEROS. Los rendimientos financieros originados con recursos del Presupuesto Distrital, incluidos los negocios fiduciarios, deben ser consignados en la Tesorería Distrital, en el mes siguiente de su recaudo. Los rendimientos financieros originados con recursos del Distrito por parte de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito, a través de cualquier modalidad de contratación, son del Distrito y deben ser consignados en la Tesorería Distrital dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su liquidación, por lo tanto, dichos rendimientos financieros, no se podrán pactar para adquirir compromisos diferentes. PARÁGRAFO - Se exceptúan de lo dicho en el inciso anterior, los rendimientos financieros que generen los patrimonios de pensiones, cesantías, y el Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso, los cuales acrecentarán los recursos de los mismos para atender su objeto, y no deberán ser consignados en la Tesorería Distrital. Dichos recursos solo se registrarán en la contabilidad financiera del Distrito. Para todos los efectos, con corte a 31 de diciembre de 2017, deberán ser reportadas a la Tesorería Distrital para su registro presupuestal, sin situación de fondos. ARTÍCULO 15 - La Secretaría de Hacienda Distrital y la Tesorería Distrital informarán a los diferentes órganos las fechas de perfeccionamiento y desembolso de los recursos del crédito interno y externo del Distrito. Los Establecimientos Públicos del orden Distrital reportarán a la referida Secretaría el monto y las fechas de los recursos de crédito externo e interno contratados directamente. La Secretaría de Hacienda Distrital y la Tesorería Distrital conceptuarán previamente sobre las solicitudes de modificación a fuentes de financiación cuando se trate de recursos de crédito de las diferentes apropiaciones que se detallen en el anexo del Decreto de Liquidación, siempre y cuando no modifiquen los montos aprobados por el Concejo Distrital en el Acuerdo que aprueba el Presupuesto General del Distrito. ARTÍCULO 16 - FONDOS CUENTA. Los Fondos Cuenta sin personería jurídica deben crearse mediante Acuerdo del Concejo Distrital y estarán sujetos a las normas y procedimientos establecidos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el presente acuerdo y las demás normas que lo reglamenten. ARTÍCULO 17 - Cuando exista apropiación presupuestal en el Servicio de la Deuda Pública podrán efectuarse anticipos en el pago de los contratos de empréstito. Igualmente podrá atenderse con cargo a la vigencia en curso las apropiaciones del servicio de la deuda pública correspondiente al mes de enero de 2018. ARTÍCULO 18 - COSTOS OPERACIONES CREDITO PÚBLICO. Los gastos que sean necesarios para la administración, consecución, sustitución, refinanciación, reliquidación, mejoramiento del perfil, y servicio de las operaciones de crédito público, las asimiladas a ellas, las propias del manejo de la deuda, las operaciones conexas y las demás relacionadas con los recursos del crédito serán atendidos con cargo a las apropiaciones del Servicio de la Deuda Pública.

ARTÍCULO 19 - SUSTITUCIONES EN PORTAFOLIO DE INVERSIONES. El Gobierno Distrital podrá realizar, sin que haya lugar a operación presupuestal alguna, sustituciones en su portafolio de inversiones con sus entidades descentralizadas, de conformidad con las normas legales vigentes. ARTÍCULO 20 - RESERVAS TÉCNICAS. Los rendimientos financieros que generen las inversiones con recursos de los servidores públicos correspondientes a cesantías y pensiones, se utilizarán exclusivamente en la constitución de reservas técnicas para el pago de dichas prestaciones sociales. ARTÍCULO 21 - INGRESOS POR COMPENSACION Y DACIONES EN PAGO. Los ingresos provenientes de pagos realizados por los contribuyentes como compensación o dación en pago, de acuerdo con las condiciones señaladas por el Estatuto Tributario Distrital, no generarán operación presupuestal alguna, sin perjuicio de las modificaciones que deben operarse en la contabilidad del Distrito. ARTÍCULO 22 - En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 715 de 2001, los rendimientos financieros de los recursos del Sistema General de Participaciones que se perciban en las cuentas del Distrito o en las de la sociedad fiduciaria que se contrate para su administración, se invertirán en el mismo sector para el cual fueron recibidos. En el caso de la participación para educación se invertirán en mejoramiento de la calidad. PARÁGRAFO. Los rendimientos financieros generados por las asignaciones del nuevo Sistema General de Regalías, se sujetarán a las disposiciones que lo regulen ARTÍCULO 23 - Autorícese al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias D.T y C., para incorporar al presupuesto Distrital, a través de acto administrativo, las donaciones otorgadas a favor del D.T. y C., de Cartagena de Indias, con el cumplimiento de las formalidades legales, por personas naturales o jurídicos de derecho privado, público o internacional.

CAPITULO III LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

ARTÍCULO 24 - DECRETO DE LIQUIDACIÓN. El Alcalde Distrital expedirá el Decreto de Liquidación del Presupuesto General del Distrito, mediante el cual se detallan y clasifican los ingresos y los gastos, así como la definición de estos últimos, atendiendo las disposiciones pertinentes contempladas en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital – Acuerdo 044 de 1998-. ARTÍCULO 25 - Corresponde al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias D. T y C., dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General del Distrito. En la preparación de este decreto la Secretaría de Hacienda Distrital, observará las siguientes pautas:

1. Tomará como base el proyecto de presupuesto presentado por el Alcalde Mayor a 2. 3. 4. 5. 6. 7.

consideración del Concejo Distrital. Insertará todas las modificaciones que se le hayan hecho en el Concejo Distrital. Consolidará el Presupuesto de recursos adicionales, si hubiese sido aprobado total o parcialmente su financiamiento. Corregirá los errores aritméticos o de leyenda en que haya incurrido, ajustando en la forma más conveniente los renglones de rentas y recursos de capital las apropiaciones para gastos en que se hubiesen cometidos dichos errores. Repetirá con exactitud las leyendas de las partidas que aparezcan tanto en el proyecto original como en las modificaciones introducidas por el Concejo Distrital. En la parte de las disposiciones generales incluirá las que hubiese aprobado el Concejo Distrital. En el Decreto de Liquidación se insertará un anexo que tendrá el detalle de la desagregación de las apropiaciones para el año fiscal respectivo.

PARÁGRAFO.- La desagregación incluida en el anexo al Decreto de Liquidación de que trata el numeral 7 del presente artículo correspondiente al presupuesto de gastos incluirá las siguientes cuentas: Gastos de Personal, Gastos Generales, Transferencias Corrientes, Servicio de la Deuda Pública, Programas, Subprogramas y/o Proyectos de Inversión. El Gobierno Distrital en el Decreto de Liquidación, cuando las partidas se incorporen en numerales rentísticos, secciones, programas y subprogramas que no correspondan a su objeto o naturaleza, las ubicará en el sitio que corresponda. Cuando se trate del Presupuesto de Gastos de Inversión requerirá el concepto previo favorable de la Secretaría de Planeación Distrital. ARTÍCULO 26 - ACLARACIONES Y CORRECCIONES. La Secretaría de Hacienda Distrital – Dirección Financiera de Presupuesto- de oficio o a petición del Jefe del órgano o entidad respectiva, efectuará mediante resolución, las aclaraciones y correcciones de leyendas y las que se requieran para enmendar los errores de trascripción, aritméticos, numéricos, de clasificación, de codificación y de ubicación que figuren en el Decreto de Liquidación y sus modificatorios para la vigencia 2018. ARTÍCULO 27 - PLAN DE CUENTAS. El Plan de Cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría de Hacienda Distrital – Dirección Financiera de Presupuesto, se entenderá incorporado en el Presupuesto de los órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito. Los Planes de Cuentas Presupuestales de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las Empresas Sociales del Estado y de los Fondos de Desarrollo Local, antes de ser modificados o incorporados a sus presupuestos, requerirán concepto de la Secretaría de Hacienda Distrital- Dirección Financiera de Presupuesto. ARTÍCULO 28 - AJUSTE PRESUPUESTAL. Cuando se expidan actos administrativos mediante los cuales se efectúen distribuciones de apropiaciones, incluido el Decreto de Liquidación del Presupuesto, que afecten el Presupuesto de una entidad que haga parte del Presupuesto Anual o General del Distrito, estos actos servirán de base para realizar los

ajustes correspondientes, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, tanto en la entidad que distribuye como en la entidad receptora. Cuando los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Distrito, celebren contratos entre sí, con excepción de los de crédito, que afecten sus presupuestos, harán los ajustes mediante resoluciones del jefe del órgano respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos, dichos ajustes deberán realizarse por resolución de las juntas o consejos directivos o el representante legal del órgano, si no existen juntas o consejos directivos. Para iniciar la ejecución de los actos a que se refiere el inciso anterior, la Secretaría de Hacienda Distrital – Dirección Financiera de Presupuesto - aprobará las resoluciones o decretos que deberán ser remitidos para estos efectos, acompañados del respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal y su justificación económica en la cual se señale el objeto, valor y duración de los contratos. Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención. CAPITULO IV DE LOS GASTOS CLASIFICACIÓN DE LOS GASTOS ARTÍCULO 29 - Las apropiaciones incluidas en el presupuesto para la vigencia fiscal de 2018 se clasifican en la siguiente forma: A-

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO. Gastos de Personal Gastos Generales Transferencias Corrientes

B-

SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA Y DEFICIT

C-

INVERSIÓN

DEFINICIÓN DE LOS GASTOS ARTÍCULO 30 - Las apropiaciones incluidas en el presupuesto para la vigencia fiscal de 2018 se definen en la siguiente forma: A. FUNCIONAMIENTO

Son aquellos que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la constitución y la ley. 1. Gastos de personal. Corresponden a aquellos gastos que debe hacer el Estado como contraprestación de los servicios que recibe sea por una relación laboral o a través de contratos. 2. Gastos generales. Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios necesarios para que el órgano cumpla con las funciones asignadas por la constitución y la ley; y con el pago de los impuestos y multas a que estén sometidos legalmente. 2.1. Adquisición de bienes. Corresponde a la compra de bienes muebles destinados a apoyar el desarrollo de las funciones del órgano. 2.2. Adquisición de servicios Comprende la contratación y el pago a personas jurídicas y naturales por la prestación de un servicio que complementa el desarrollo de las funciones del órgano y permiten mantener y proteger los bienes que son de su propiedad o están a su cargo, así como los pagos por concepto de tasas a que estén sujetos los órganos.

3. Transferencias corrientes Son recursos que transfieren los órganos a entidades distritales, públicas o privadas, con fundamento en un mandato legal. De igual forma, involucra las apropiaciones destinadas a la previsión y seguridad social, cuando el órgano asume directamente la atención de la misma.

B. SERVICIO DE LA DEUDA Los gastos por concepto del servicio de la deuda pública tanto interna como externa tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al pago de capital, los intereses, las comisiones, y los imprevistos originados en operaciones de crédito público que incluyen los gastos necesarios para la consecución de los créditos externos, realizadas conforme a la ley. Déficit fiscal del Distrito Cuando en el ejercicio fiscal anterior a aquel en el cual se prepara el proyecto de presupuesto resultare un déficit fiscal, la Secretaría de Hacienda Distrital incluirá forzosamente la partida necesaria para saldarlo. La no inclusión de esta partida, será motivo para que la Comisión respectiva devuelva el proyecto.

Si los gastos excedieren el cómputo de las rentas y recursos de capital, el Gobierno no solicitará apropiaciones para los gastos que estime menos urgentes y, en cuanto fuere necesario, disminuirá las partidas o los porcentajes señalados en leyes anteriores. En el presupuesto deberán incluirse, cuando sea caso, las asignaciones necesarias para atender el déficit. (Ley 38 de 1.989, Art.25 Ley 179 de 1.994, Art. 19).

C. INVERSIÓN Son aquellas erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a los de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a extinguirse con su empleo. Asimismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. La característica fundamental de este gasto debe ser que su asignación permita acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social. Las inversiones que estén financiadas con recursos del crédito, para poder ejecutarse, deberán tener el recurso incorporado en el presupuesto, tener aprobación de la Secretaría de Hacienda Distrital y someterse a los procedimientos de contratación administrativa. ARTÍCULO 31 - Los conceptos de gastos no definidos anteriormente que figuren en este presupuesto, sólo podrán afectarse para los fines propios correspondientes a su denominación conforme al respectivo órgano con fundamento en norma legal, el Decreto de Liquidación y la reglamentación que expida el Gobierno Distrital para el efecto. Si los conceptos que aquí se incorporan no son claros o no se define el gasto se aplicarán los establecidos en la Ley General de Presupuesto o la Resolución Número 036 de mayo 7 de 1998 expedida por la Dirección General de Presupuesto Nacional. ARTÍCULO 32 - GASTOS DE PERSONAL DOCENTE Y DE SALUD. Los gastos para la financiación de docentes y personal del sector salud que se financien con cargo a recursos de Libre Destinación del Distrito y que generen obligaciones que no se extingan en una vigencia, solo podrán seguirse financiando con Ingresos Corrientes de Libre Destinación. ARTÍCULO 33 - GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Los gastos de funcionamiento que no sean cancelados durante la vigencia fiscal en que se causen, se seguirán considerando como gastos de funcionamiento durante la vigencia fiscal en que se paguen. ARTÍCULO 34 - PAGOS PRIORITARIOS. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos que conforman el Presupuesto General del Distrito, deberán cumplir prioritariamente con la atención de los sueldos del personal, prestaciones sociales, servicios públicos domiciliarios, seguros, mantenimiento, sentencias, pensiones, cesantías y transferencias asociadas a la nómina.

El incumplimiento de esta disposición es causal de mala conducta del representante legal y del ordenador del gasto. Los gastos autorizados por leyes preexistentes a la presentación del proyecto anual de presupuesto serán incorporados al presupuesto de acuerdo con la disponibilidad de recursos, de conformidad con el artículo 39 del Estatuto Orgánico del Presupuesto – Acuerdo 044 de 1998. ARTÍCULO 35 - PLAN DE COMPRAS. La adquisición de los bienes que necesiten los órganos que hacen parte del presupuesto general del Distrito para su funcionamiento y organización requieren un plan de compras. Este plan deberá aprobarse por cada órgano acorde con las apropiaciones autorizadas en el presupuesto general del Distrito y se modificará cuando las apropiaciones que la respaldan sean modificadas. En caso de tratarse de una modificación que no afecte el total de cada rubro presupuestal será realizada por el ordenador del gasto respectivo. PARÁGARAFO. El Plan de Compras se entenderá aprobado por el Distrito al momento de incluir las apropiaciones en el proyecto de presupuesto correspondiente por parte de la Secretaría de Hacienda Distrital y se entenderá modificado cuando las apropiaciones que las respaldan sean modificadas. ARTÍCULO 36 - CAJAS MENORES. El ordenador del gasto será el competente para expedir la resolución que regirá la constitución y funcionamiento de las cajas menores y la utilización de los avances en los órganos que conforman el Presupuesto General del Distrito. ARTÍCULO 37 - Autorícese al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias D. T y C., cuando exista apropiación presupuestal en el Servicio de la Deuda Pública, para efectuar anticipos en el pago de operaciones de crédito público. ARTÍCULO 38 - En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de acuerdo que ordene gastos o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, debiendo incluirse expresamente en la exposición de motivos y las ponencias de tramite respectivos, los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el funcionamiento de dicho costo. Los proyectos de acuerdos de iniciativa de la Administración Distrital, que planteen un gasto adicional o una reducción de ingresos, deberá contener la correspondiente fuente sustitutiva por disminución de gastos o aumentos de ingresos, lo cual deberá ser analizado y aprobado por la Secretaría de Hacienda Distrital, previa a su presentación al Concejo Distrital. ARTÍCULO 39 - Las transferencias del Distrito solo se podrán realizar a las entidades encargadas de ejecutarlas directamente, las cuales deberán rendir cuentas a través de sus funcionarios, debidamente, afianzados, quienes serán responsables en caso de faltantes ante la Contraloría Distrital en los términos de la Ley 42 de 1993, y las normas que lo modifiquen. El Informe de la respectiva ejecución presupuestal, deberá ser presentado por

la entidad descentralizada respectiva, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, al Concejo Distrital. Igual obligación corresponde a las empresas industriales y comerciales del estado, Sociedades de Economía Mixta de Orden Distrital y/o todos los entes que manejen o administren recursos públicos distritales. La Secretaría de Hacienda Distrital, hará lo propio al Concejo Distrital por el nivel central. DE LOS GASTOS DE INVERSIÓN ARTÍCULO 40 - La Secretaría de Planeación Distrital rendirá concepto técnico sobre la distribución de los recursos de cada Programa y Proyecto de Inversión que trata el presente acuerdo. ARTÍCULO 41 - Todas las modificaciones al Presupuesto de Inversión deben llevar visto bueno de la Secretaría de Planeación Distrital - División de Inversión Pública; lo mismo que todas las Solicitudes de Disponibilidades Presupuestales de inversión. ARTÍCULO 42 - Todos los proyectos de inversión que se vayan a ejecutar en el Presupuesto de Inversión deberán estar registrados en el Banco de Programas y Proyectos de la Secretaría de Planeación Distrital. ARTÍCULO 43 - Para efectos de ejecución del presente Plan de Inversiones y en virtud de su obligatoria inclusión en el Presupuesto Distrital para la vigencia 2018 serán aplicables a esta, todas las disposiciones generales del Presupuesto de 2018. ARTÍCULO 44 - GASTOS CON RECURSOS DEL DISTRITO. Cuando se asuman compromisos contractuales financiados con recursos del Distrito, los organismos y entidades que conforman el Presupuesto General del Distrito, presentarán a la Dirección Financiera de Presupuesto por conducto de las dependencias responsables, la Certificación de Contratos, en la cual se indique: la entidad, la obligación asumida, el valor, el acreedor o proveedor, la fecha de vencimiento, la imputación presupuestal, el recurso que financia y la vigencia. ARTÍCULO 45 - APROPIACIONES Y GASTOS PRINCIPALES Y ACCESORIOS Las afectaciones al Presupuesto Distrital se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran, y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios. Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal, que sean afectadas con los compromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos, tales como, los costos imprevistos, ajustes y revisión de valores e intereses moratorios, gastos de nacionalización y demás derivados de estos compromisos. PARÁGRAFO. Las adiciones, reajustes, revisión de valores y reconocimientos a los contratos se efectuarán afectando presupuestalmente el mismo rubro o proyecto que le dio origen al contrato principal.

ARTÍCULO 46 - PROGRAMACIÓN DE PAGOS. El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) debe estar en concordancia con los ingresos disponibles para poder efectuar los pagos de la Administración Distrital. En consecuencia, los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito y Fondos de Desarrollo Local, sólo podrán efectuar pagos hasta el monto autorizado en el respectivo PAC. El PAC será exigible respecto a los gastos incorporados en el Presupuesto Anual del Distrito de la vigencia 2018, como también a las reservas presupuestales incorporadas en el presupuesto de la vigencia 2018 y las cuentas por pagar. ARTÍCULO 47 - IMPUTACIÓN Y PAGO DE OBLIGACIONES PERIÓDICAS. Las obligaciones por concepto de servicios médicos-asistenciales, así como las obligaciones pensiónales, gastos asociados a la nómina, servicios públicos domiciliarios, seguros, comunicaciones, transporte, obligaciones de previsión social y las contribuciones inherentes a la nómina causadas en el último trimestre de 2017, se podrán imputar y pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal del 2018. La prima de vacaciones, cesantías e impuestos podrán ser canceladas con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de causación, para los funcionarios de las entidades que conforman el Presupuesto Anual. ARTÍCULO 48 - RECURSOS PARA CAPACITACION, BIENESTAR Y ESTÍMULOS. Los recursos destinados a programas de Capacitación, Bienestar Social y Estímulos no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extra legales, o estímulos pecuniarios ocasionales que la Ley o los Acuerdos no hayan establecido para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios directos en dinero o en especie. Los programas de capacitación podrán comprender inscripción a cursos de los funcionarios, que se girarán directamente a los establecimientos educativos o entidades que los realicen. Los programas de Capacitación, Bienestar Social y Estímulos, que autoricen las disposiciones legales, incluirán los elementos necesarios para llevarlos a cabo. ARTÍCULO 49 - IMPUTACIÓN DE DECISIONES JUDICIALES. El pago de providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbítrales y tutelas, se atenderá con los recursos presupuéstales de cada entidad, para tal efecto, se podrán hacer los traslados presupuestales requeridos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, así mismo, se podrán pagar los gastos accesorios o administrativos que se generen como consecuencia del fallo de las providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbítrales y tutelas. Los gastos que se originen dentro de los procesos correspondientes serán atendidos con cargo a los rubros definidos en el Plan de Cuentas. Cuando las decisiones anteriormente señaladas se originen como consecuencia de la ejecución de proyectos de inversión u obligaciones pensiónales, la Disponibilidad Presupuestal se expedirá por el mismo rubro o proyecto que originó la obligación principal.

Las demás decisiones judiciales se atenderán por el rubro de sentencias y conciliaciones de gastos de funcionamiento. PARÁGRAFO. Las sentencias judiciales, conciliaciones, transacciones y obligaciones originadas en procesos contractuales que superen el monto de la apropiación disponible, podrán cancelarse con títulos de deuda pública. ARTÍCULO 50 - Las Solicitudes de Disponibilidad Presupuestal que afecte el presupuesto de inversión, deberá estar amparada por un proyecto de inversión debidamente inscrito en el Banco de Programas y Proyectos del Distrito. ARTÍCULO 51 - PROYECTOS DE INVERSIÓN LOCAL. Para la ejecución de los proyectos de inversión local registrados y viabilizados en el Banco Distrital de Programas y Proyectos, se requiere del concepto previo y favorable de viabilidad técnica expedido por la Secretaría de Planeación Distrital. En el evento en que sea necesaria una modificación en el transcurso de la anualidad, se requerirán los mismos conceptos. ARTÍCULO 52 - CUOTAS A ORGANISMOS INTERNACIONALES. Ningún órgano podrá contraer compromisos que impliquen el pago de cuotas a organismos internacionales con cargo al Presupuesto General del Distrito, sin que exista la Ley Aprobatoria de Tratados Públicos o que el Presidente de la República haya autorizado su aplicación provisional en los términos del artículo 224 de la Constitución Política. Una vez cumplidos los requisitos del inciso anterior, previa autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores, El Distrito, los Establecimientos Públicos del nivel Distrital, sólo podrán pagar con cargo a sus recursos propios las cuotas a dichos organismos. DE LOS EXCEDENTES FINANCIEROS ARTÍCULO 53 - Los excedentes de liquidez generados por los Ingresos de los Establecimientos Públicos, no podrán mantenerse en depósitos en cuenta corriente bancaria por más de cinco (5) días hábiles, sin perjuicio de aquellos recursos correspondientes a cheques entregados al beneficiario y no cobrados, pasados los cuales deberán colocarse en inversiones financieras. ARTÍCULO 54 - Los excedentes financieros del ejercicio fiscal anterior de los Establecimientos Públicos del orden Distrital, deberán ser consignados a nombre de la Tesorería Distrital, de acuerdo con lo establecido por el Consejo de Gobierno. Para tal efecto, dichos órganos deberán celebrar con la Tesorería Distrital un convenio en el cual se estipulen las fechas de consignación de los recursos, cualquier incumplimiento en los plazos convenidos para el pago generará intereses de mora la tasa máxima legal permitida, certificada por la Superintendencia Bancaria, liquidados sobre el saldo insoluto de la obligación.

ARTÍCULO 55 - Los Establecimientos Públicos, deberán presentar a la Secretaría de Hacienda Distrital, a más tardar el 31 de marzo del año 2018, sus Estados Financieros consolidados a 31 de diciembre de 2017.

CAPITULO V DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR ARTÍCULO 56 - CONSTITUCION DE RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR. De conformidad con los artículo 89 del Decreto - Ley 111 de 1996, 80 y 82 del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, al cierre de la vigencia fiscal se constituirán las reservas presupuestales con los compromisos que al 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuestales solo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen. Igualmente, al 31 de diciembre del año, se constituirá cuentas por pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos y a la entrega de bienes y servicios. ARTÍCULO 57 - PLAZO PARA CONSTITUCION DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR. Las reservas presupuestales y las cuentas por pagar de los órganos que conforman el Presupuesto General del Distrito, correspondientes al año 2017, deben constituirse a más tardar el 31 de enero de 2018 y remitirse dentro de los tres (3) días siguientes, a la Dirección Financiera de Presupuesto. Las primeras serán constituidas por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, y las segundas por el ordenador del gasto y el tesorero de cada órgano. Cuando se trate de aportes del Distrito a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado o a las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas, tanto las reservas como las cuentas por pagar deben constituirse en el mismo plazo, por el ordenador del gasto y el Director Financiero de presupuesto o por quien haga sus veces, en el primer caso, y por el ordenador del gasto y el tesorero de cada empresa o sociedad en el segundo caso. ARTÍCULO 58 - Constituidas las cuentas por pagar y las reservas presupuestales de la vigencia fiscal de 2017, los dineros sobrantes serán reintegrados a la Tesorería Distrital. Las cuentas por pagar y las reservas presupuestales correspondientes a la vigencia fiscal de 2016 que no se hayan ejecutado a 31 de diciembre de 2017, expiran sin excepción. En consecuencia, deben reintegrarse a la Tesorería Distrital. Los recursos incorporados en el Presupuesto General del Distrito con destino a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta

con el régimen de aquellas, que no hayan sido comprometidos o ejecutados a 31 de diciembre de 2017, deben ser reintegrados por éstas a la Tesorería Distrital. PARÁGRAFO. Los reintegros de que trata el inciso primero del presente artículo deben realizarse por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo órgano, a más tardar el 26 de enero de 2018. Los mismos funcionarios deben reintegrar los recursos a que se refieren los incisos segundo y tercero, a más tardar el 19 de enero de 2018. ARTICULO 59 - INCORPORACION DE RESERVAS AL PRESUPUESTO 2018. Autorizase al Alcalde Distrital para que, mediante Decreto y, previa revisión de la Secretaría de Hacienda Distrital – Dirección Financiera de Presupuesto y Tesorería Distrital - y aprobación por el Consejo Superior de Política Fiscal de Cartagena, CONFISCAR, respecto de las reservas realizadas por las dependencias responsables y respecto de los recursos disponibles en caja o bancos, realice en el presupuesto de la vigencia 2018, las incorporaciones requeridas en el presupuesto de ingresos y gastos. ARTÍCULO 60 - MONTO Y EJECUCION DE RESERVAS PRESUPUESTALES EN LA VIGENCIA 2018. El monto que se determine como reserva presupuestal se constituirá por cada órgano y lo podrá ejecutar una vez se hayan: a) aprobado por el Consejo Superior de Política Fiscal de Cartagena, CONFISCAR, el monto de las reservas a incorporar en el Presupuesto Distrital de la Vigencia 2018 b) emitido por el Gobierno Distrital el Decreto de Incorporación de ingresos y gastos con fundamento en reservas 2017 en el presupuesto 2018, y c) Se haya aprobado el PAC del presupuesto de la vigencia 2018. Para ello, al cierre de la vigencia fiscal, cada órgano que hace parte del Presupuesto General del Distrito, enviará a la Tesorería Distrital, a más tardar el 31 de enero del año 2018 una relación detallada de los compromisos pendientes de pago en que se basa la reserva, proponiendo la reducción presupuestal correspondiente si hay lugar a ella. La Tesorería Distrital informará a cada uno de los órganos una vez se apruebe el PAC 2018, cuales reservas han sido incorporadas en el presupuesto de la vigencia 2018, su monto y los plazos de ejecución señalados en el PAC. La presentación de la relación de las reservas presupuestales será por conducto del ordenador del gasto a la Secretaría de Hacienda Distrital antes del 16 de enero del año 2018. Sólo podrán incluirse en la reserva presupuestal las obligaciones legalmente contraídas cuyo objeto no se ha cumplido a 31 de diciembre de 2017. ARTÍCULO 61 - EXPIRACIÓN RESERVAS 2016. Las reservas presupuestales constituidas por los órganos que conforman el Presupuesto General del Distrito correspondiente a la vigencia fiscal del año 2016 que no hubieren sido ejecutadas a 31 de diciembre del año 2017, expirarán sin excepción y se cancelarán por desaparecer el compromiso que las originó; se elaborará un acta suscrita por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, y se comunicará a la Secretaría de Hacienda Distrital para el ajuste respectivo en el PAC. En consecuencia, los funcionarios de manejo

de los respectivos órganos reintegrarán los dineros correspondientes a dichos compromisos a la Tesorería Distrital antes del 26 de enero del 2018. ARTÍCULO 62 - MODIFICACION DE RESERVAS. El Alcalde Mayor de Cartagena de Indias, podrá efectuar correcciones o modificaciones al decreto de constitución e incorporación de las reservas presupuestales, cuando existan errores en la información suministrada por las dependencias o cuando no se cumplan el presupuesto de hecho o derecho para su constitución e incorporación al presupuesto. Para el efecto se requerirá la correspondiente justificación del ordenador del gasto o responsable respectivo y la aprobación previa de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Planeación Distrital y el COMFIS ARTÍCULO 63 - CUENTAS POR PAGAR. La constitución de las cuentas por pagar a 31 de diciembre se hará antes del 10 de enero del año 2018, por parte de los empleados de manejo de las tesorerías o pagadurías, con la aprobación del ordenador del gasto, siempre que cumplan los requisitos del inciso cuarto del artículo 38 de la Ley 179 de 1.994. Los Establecimientos Públicos dentro del plazo establecido, constituirán las cuentas por pagar y las ejecutarán de acuerdo con la disponibilidad de recursos. ARTICULO 64 - EXPEDICION DE LA RESOLUCION DE CUENTAS POR PAGAR: El (la) Tesorero (a), expedirá la resolución de cuentas por pagar a cargo de la Administración Central, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero de 2018. La Resolución de cuentas por pagar corresponde exclusivamente a las obligaciones exigibles a 31 de diciembre de 2017, siempre y cuando cumplan con dos requisitos: a) que el objeto del gasto se haya realizado, es decir que el servicio se haya prestado o que el bien o la obra se haya recibido a satisfacción y b) que la obligación respectiva esté incluida en el PAC. También opera cuando en desarrollo de un contrato se han pactado anticipos y estos no fueron cancelados. ARTÍCULO 65 - Modificación de la Resolución cuentas por pagar: En casos excepcionales debidamente justificados, el Tesorero podrá efectuar correcciones o modificaciones a la Resolución de cuentas por pagar, respetando los compromisos que le dieron origen. El ordenador del gasto o funcionario responsable presentará al Tesorero la justificación correspondiente, que deberá ser aprobada por el COMFIS. ARTÍCULO 66 - Las cuentas por pagar, que no se ejecuten durante el año de su vigencia fenecerán. ARTICULO 67 - Las cuentas por pagar y las reservas presupuestales afectan el presupuesto de la vigencia en las que fueron constituidas. ARTICULO 68 - Si durante el año de la vigencia de la reserva presupuestal o de la cuenta por pagar desaparece el compromiso o la obligación que las originó, el ordenador del gasto y el Secretario de Hacienda Distrital, procederán a su cancelación y elaborarán un acta que

será enviada a las distintas dependencias para lo de su competencia, para que se hagan los ajustes respectivos. ARTÍCULO 69 - REINTEGRO RECURSOS RESERVAS Y CUENTAS POR PAGAR ANTERIORES A 2017. Los recursos del Distrito provenientes de saldos de vigencias anteriores que no se encuentren amparando reservas presupuestales o las cuentas por pagar, deberán reintegrarse a la Tesorería Distrital antes del 26 de enero de 2018.

CAPITULO VI VIGENCIAS FUTURAS ARTÍCULO 70 - VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS. De conformidad con la Ley 819 de 2003, en el D.T. y C., de Cartagena de Indias, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras serán impartidas por Concejo Distrital, a iniciativa del Gobierno Distrital, previa aprobación por el CONFIS territorial o el órgano que haga sus veces. Se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla lo siguiente: a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata el artículo 1o de esta ley; b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas; c) Cuando se trate de proyectos que conlleven inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación. El Concejo Distrital, se abstendrá de otorgar la autorización si los proyectos objeto de la vigencia futura no están consignados en el Plan de Desarrollo y si sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, se excede su capacidad de endeudamiento. La autorización por parte del CONFIS para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica.

En el Distrito de Cartagena, queda prohibida la aprobación de cualquier vigencia futura, en el último año de gobierno del respectivo alcalde, excepto la celebración de operaciones conexas de crédito público. ARTÍCULO 71 - RECEPCION DE BIENES Y SERVICIOS EN VIGENCIAS SIGUIENTES A LA CELEBRACION DEL COMPROMISO. De conformidad con lo regulado en el artículo 3º del Decreto 4836 de 2011, los compromisos presupuestales legalmente adquiridos, se cumplen o ejecutan, tratándose de contratos o convenios, con la recepción de los bienes y servicios, y en los demás eventos, con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago. Para pactar la recepción de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebración del compromiso, se debe contar previamente con una autorización por parte del CONFIS o de quien este delegue, de acuerdo con lo establecido en la ley, para asumir obligaciones con cargo a presupuestos de vigencias futuras. Para tal efecto, previo a la expedición de los actos administrativos de apertura del proceso de selección de contratistas en los que se evidencie la provisión de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la respectiva vigencia fiscal, deberá contarse con dicha autorización. La Disponibilidad Presupuestal sobre la cual se amparen procesos de selección de contratistas podrá ajustarse, previo a la adjudicación y/o celebración del respectivo contrato. Para tal efecto, los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Distrito podrán solicitar, previo a la adjudicación o celebración del respectivo contrato, la modificación de la Disponibilidad Presupuestal, esto es, la sustitución del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorización de vigencias futuras. ARTÍCULO 72 - AUTORIZACIONES DE VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS EN EJECUCIÓN DE CONTRATOS. De conformidad con el artículo 8° del Decreto 4836 de 2011 y el artículo 10 de la Ley 819 de 2003, el CONFIS o su delegado podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras con el fin de adicionar los contratos que se encuentren en ejecución, sin que se requiera expedir un nuevo certificado de disponibilidad presupuestal. Cuando los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación requieran ampliar el plazo de los contratos en ejecución, sin aumentar el monto del mismo y ello implique afectación de presupuestos de posteriores vigencias fiscales, podrán solicitar la sustitución de la apropiación presupuestal que respalda el compromiso, por la autorización de vigencias futuras, en este caso las apropiaciones sustituidas quedarán libres y disponibles. La autorización para comprometer vigencias futuras procederá siempre y cuando se reúnan las condiciones para su otorgamiento. ARTÍCULO 73 - VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES. De conformidad con la Ley 1483 de 2011, el Concejo Distrital, a iniciativa del Gobierno Distrital, podrá autorizar la

asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: a). Las vigencias futuras excepcionales solo podrán ser autorizadas para proyectos de infraestructura, energía, comunicaciones, y en gasto público social en los sectores de educación, salud, agua potable y saneamiento básico, que se encuentren debidamente inscritos y viabilizados en los respectivos bancos de proyectos. b). El monto máximo de vigencias futuras, plazo y las condiciones de las mismas deben consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata el artículo 5° de la Ley 819 de 2003. c). Se cuente con aprobación previa del CONFIS o el órgano que haga sus veces. d). Cuando se trate de proyectos que conlleven inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación. El Concejo Distrital, se abstendrá de otorgar la autorización, si los proyectos objeto de la vigencia futura no están consignados en el Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo y si sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, excede la capacidad de endeudamiento del Distrito, de forma que se garantice la sujeción territorial a la disciplina fiscal, en los términos del Capítulo II de la Ley 819 de 2003. Los montos por vigencia que se comprometan como vigencias futuras ordinarias y excepcionales, se descontarán de los ingresos que sirven de base para el cálculo de la capacidad de endeudamiento, teniendo en cuenta la inflexibilidad que se genera en la aprobación de los presupuestos de las vigencias afectadas con los gastos aprobados de manera anticipada. La autorización por parte del Concejo Distrital, para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno, con fundamento en estudios de reconocido valor técnico que contemplen la definición de obras prioritarias e ingeniería de detalle, de acuerdo a la reglamentación del Gobierno Nacional, previamente los declare de importancia estratégica. PARÁGRAFO 1°. En el Distrito de Cartagena, queda prohibida la aprobación de cualquier vigencia futura, en el último año de gobierno del Alcalde; excepto para aquellos proyectos de cofinanciación con participación total o mayoritaria de la Nación y la última doceava del Sistema General de Participaciones. PARÁGRAFO 2°. El plazo de ejecución de cualquier vigencia futura aprobada debe ser igual al plazo de ejecución del proyecto o gasto objeto de la misma.

ARTICULO 74 - CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL DE VIGENCIAS FUTURAS. El ordenador del gasto o el responsable de la supervisión de la ejecución de un contrato financiado con vigencias futuras, deberá solicitar dentro de los primeros veinte (20) días del mes de enero de la vigencia correspondiente, a la Dirección Financiera de Presupuesto, la viabilidad presupuestal expedida en vigencias anteriores, por el certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y demás documentos presupuestales pertinentes. Los soportes de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal expedidos con fundamento en esta disposición, serán el Acuerdo mediante el cual se autoricen vigencias futuras, la Resolución del CONFIS y a la viabilidad expedida en vigencias anteriores para soportar el contrato vigente. ARTICULO 75 – Cuando el Distrito de Cartagena de Indias requiera celebrar compromisos que “Afecten Presupuestos de Vigencias Futuras” o aún sin afectar tales presupuestos subsiguientes, cuando el compromiso esté destinado a ser ejecutado o cumplido en Vigencias subsiguientes a las de su celebración se requiere la previa autorización del Concejo Distrital. CAPITULO VII PLAN ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA ARTÍCULO 76 - El Plan Anual Mensualizado de Caja se regirá por las disposiciones contenidas en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, y demás disposiciones que lo regulan ARTÍCULO 77 - PAC. Los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Distrito, los Establecimientos Públicos Distritales podrán pactar anticipos únicamente cuando cuenten con Programa Anual Mensualizado de Caja- PAC aprobado por el CONFISCAR. PARÁGRAFO 1. La Secretaría de Hacienda Distrital - Dirección Financiera de Presupuesto - podrá abstenerse de adelantar los trámites de cualquier operación presupuestal de las entidades aquí señaladas que incumplan los objetivos y metas trazados en el MFMP Distrital, en el Plan Financiero, en la Programación Macroeconómica del Gobierno Distrital y en el Programa Anual de Caja. PARÁGRAFO 2. Los órganos de que trata el presente artículo enviarán a la División General del Presupuesto informes mensuales sobre la ejecución de ingresos y gastos, dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente.

CAPITULO VIII MODIFICACIONES PRESUPUESTALES

ARTÍCULO 78 - MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE GASTOS. Los órganos y entidades que hacen parte del Presupuesto General del Distrito, podrán efectuar modificaciones que afecten su presupuesto aprobado en los conceptos de gasto, excepto los relativos al servicio de la deuda, mediante acuerdo o resolución de las Juntas o Consejos Directivos cuando se trate de partidas financiadas con recursos propios y mediante Decreto expedido por el Gobierno Distrital, si se trata de recursos del Distrito. En ningún caso las modificaciones autorizadas en este artículo podrán superar el monto de las partidas globales aprobadas por este acuerdo para Gastos de Funcionamiento, servicio de la deuda e inversión del Distrito. Cuando se trate de apropiaciones que correspondan al Presupuesto de Inversión, se requerirá de aprobación por parte de la Secretaría de Planeación Distrital. Dichos actos administrativos para su expedición requerirán de aprobación de la Secretaría de Hacienda Distrital. Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención. ARTÍCULO 79 - DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO. Se podrá hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los Establecimientos Públicos del orden Distrital estas distribuciones se harán por resolución expedidos por las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos lo hará el representante legal de éstos. Dichos actos administrativos requerirán para su validez la aprobación de la Secretaría de Hacienda Distrital- Dirección Financiera de Presupuesto. Los jefes de los órganos responderán por la legalidad de los actos en mención. A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del presupuesto general del Distrito, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de éstas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución; en caso de requerirse se abrirán subordínales. ARTÍCULO 80 - REASIGNACION DE PARTIDAS - Los recursos correspondientes a las apropiaciones de gastos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Participaciones de Propósito General, Sistema General de Participaciones – Sectores Salud y Educación, Regalías y las demás rentas de destinación específica (de orden nacional o distrital), así como los rendimientos financieros originados en depósitos realizados con estos mismos recursos que al cierre de la vigencia fiscal de 2017 no se encuentren comprometidos ni ejecutados, deberán reasignarse por Decreto al Presupuesto de la

vigencia fiscal del año 2018 destinándolos a los mismos sectores previstos en la Constitución, la Ley o el Acuerdo Distrital. ARTÍCULO 81 – INCORPORACIONES Y CREDITOS ADICIONALES. El Alcalde Mayor presentará al Concejo Distrital Proyectos de Acuerdos sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando durante la ejecución del Presupuesto General del Distrito sea indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley y los Acuerdos. PARÁGRAFO 1. No podrán el Concejo Distrital, ni la Administración Distrital, abrir créditos adicionales al presupuesto, sin que en el Acuerdo o Decreto respectivo se establezca de manera clara y precisa el recurso que ha de servir de base para su apertura y con el cual se incrementa el presupuesto de rentas y recursos de capital. ARTÍCULO 82 – REGISTROS DEL PLAN DE CUENTAS PRESUPUESTAL Los organismos y entidades que conforman el Presupuesto General del Distrito deberán llevar, además de los registros que prescriba la Contraloría General de la República para la contabilidad financiera, los siguientes de carácter presupuestal: a. De apropiaciones: Indica las secciones, cuentas, subcuentas, programas, subprogramas, artículos, proyectos y el recurso que sustenta las apropiaciones con indicación de la fecha, concepto, comprobante, cuantía de la apropiación parcial y total, los compromisos asumidos de carácter contractual y no contractual y el saldo disponible. b. De contratos y control de pagos: conforme a los formatos que al respecto elabore la Dirección Financiera de Presupuesto. C. De constitución y cancelación de reservas: Según fuentes de financiación. PARÁGRAFO: Las entidades deberán elaborar y enviar a la Dirección Financiera de Presupuesto, un informe mensual de la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, de los pagos efectuados, indicadores y demás datos derivados de la contabilidad presupuestal. ARTÍCULO 83 - AJUSTES POR MODIFICACIONES ESTRUCTURALES. Cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Alcalde Mayor del Distrito de Cartagena de Indias D. T y C., mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que se puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda aprobadas por el Concejo Distrital para la respectiva vigencia fiscal. ARTÍCULO 84 - REDUCCION Y APLAZAMIENTO. Cuando de conformidad con los Estatutos Orgánicos de Presupuesto Nacional y Distrital, el Alcalde Mayor, se viera

precisado a reducir las apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento, señalará por medio de decreto las apropiaciones a las que se aplican una u otra medida. Expedido el Decreto se procederá a reformar, el Programa Anual de Caja de acuerdo con las modificaciones efectuadas en el Presupuesto General del Distrito. ARTÍCULO 85 – ACLARACIONES Y CORRECCIONES. El Alcalde Mayor de Cartagena de Indias efectuará mediante Decreto las aclaraciones y/o correcciones de los errores de trascripción, aritméticos, numéricos, de codificación, clasificación y de ubicación que figuren en el Acuerdo de Presupuesto y en los Acuerdos de incorporación y traslados presupuestales.

CAPITULO IX DISPOSICIONES VARIAS ARTÍCULO 86 - El Director Financiero de Presupuesto del Distrito, implementará y desarrollará los procedimientos sobre registros presupuestales, suministro de información y formatos, establecidos por la Dirección General de Presupuesto Nacional en su Resolución 036 de mayo 7 de 1998, información y su sistematización del presupuesto general del Distrito. ARTÍCULO 87 - VINCULACIÓN DE PERSONAL Y RECONOCIMIENTO DE PRIMA TÉCNICA. Cuando se provean empleos vacantes se requerirá del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la vigencia fiscal del año 2018. Por medio de éste certificado, el Director de Presupuesto, garantizará la existencia de los recursos del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2018, por todo concepto de gastos de personal. Toda provisión de empleos de los servidores públicos deberá corresponder a los previstos en la planta de personal. En los contratos de prestación de servicios que no impliquen relación laboral no se podrán pactar prestaciones sociales. Previo al reconocimiento de la prima técnica, cuando hubiere lugar a ella se expedirá el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, por medio del cual, se deberá garantizar la existencia de recursos del 1º de enero al 31 de diciembre de 2018. La vinculación de supernumerarios, o empleados de carácter temporal o transitorio prevista en las disposiciones legales vigentes, deberá estar precedida de la existencia del Certificado de Disponibilidad Presupuestal, para tal efecto, la Secretaría de Hacienda Distrital - Dirección Financiera de Presupuesto- expedirá concepto de viabilidad presupuestal previo el concepto de la Dirección Administrativa de Talento Humano. Estas disposiciones se hacen extensivas para las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Sociedades de Economía Mixta que se rijan por las normas de las Empresas Industriales y Comerciales.

ARTÍCULO 88 - En la contratación de servicios técnicos, no podrán pactarse prórrogas automáticas y las que existieren a 31 de diciembre quedan automáticamente sin vigencia, en concordancia con el artículo 14 del Decreto 111 de 1996. ARTÍCULO 89 - Corresponde a la Secretaría de Hacienda Distrital, la vigilancia administrativa y financiera de las actividades presupuestales de todos los órganos que conforman el Presupuesto General del Distrito, conforme a las orientaciones que señale el Alcalde Mayor. En uso de esta facultad el Secretario de Hacienda Distrital, vigilará y registrará la ejecución presupuestal, ordenará las visitas que considere necesarias para determinar o verificar los mecanismos de programación y ejecución presupuestal que emplee cada órgano y establecer sus reales necesidades presupuestales. La Secretaría de Hacienda Distrital ejercerá la vigilancia administrativa del uso que se dé a los aportes o préstamos del presupuesto Distrital a las Empresas de Servicios Públicos, a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y a las Sociedades de Economía Mixta del orden Distrital. Sin perjuicio de las funciones que tengan otros órganos de la Administración, la Secretaría de Planeación Distrital evaluará la gestión y realizará el seguimiento de los proyectos de inversión pública. ARTÍCULO 90 - INFORMES FISCALES. Los organismos y las dependencias de las entidades del orden Distrital, deberán enviar a la Dirección Financiera de Presupuesto y a la Contraloría General de la República, los informes y registros necesarios para la consolidación, integración y rendición mensual de las cuentas y elaboración del balance conforme a las normas sobre la materia. En consecuencia, las citadas dependencias velarán por la exactitud de los registros y el cumplimiento en el suministro de la información periódica. ARTÍCULO 91 – Los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Distrito deberán llevar el registro y control de la ejecución presupuestal de Ingresos y de las apropiaciones asignadas para gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión. La Secretaría de Hacienda - Dirección Financiera de Presupuesto - ejercerá el control financiero y económico, sin perjuicio del control fiscal que le corresponde ejercer a la Contraloría Distrital en los términos de la Ley 42 de 1993. ARTÍCULO 92 – Los órganos que conforman el Presupuesto General del Distrito deben reintegrar, dentro del primer trimestre de 2018, a la Tesorería Distrital, y a sus tesorerías cuando correspondan a recursos propios, los recursos originados en convenios con organismos internacionales que no estén amparando compromisos u obligaciones, y que correspondan a apropiaciones presupuestales de la vigencia fiscal 2017 y anteriores, incluidos sus rendimientos financieros, diferencial cambiario, y demás réditos originados en aquellos, con el soporte correspondiente.

ARTÍCULO 93 – El Gobierno Distrital podrá efectuar créditos de Tesorería cuando las situaciones de iliquidez así lo ameriten. Estos créditos no tendrán ningún registró presupuestal y se destinarán exclusivamente a atender insuficiencia de caja de carácter temporal durante la vigencia fiscal y deberán cumplir con las siguientes exigencias: a) Los créditos de tesorería no podrán exceder la doceava de los ingresos corrientes del año fiscal; b) Serán pagados con recursos distintos del crédito; c) Deben ser pagados con intereses y otros cargos financieros antes del 20 de diciembre de la misma vigencia en que se contraten; d) No podrán contraerse en cuanto existan créditos de tesorería en mora o sobregiros. Los costos financieros que se ocasionen por estos créditos se cargarán al rubro presupuestal que se está financiando con ellos. ARTÍCULO 94 – La Secretaría de Hacienda Distrital– Dirección Financiera de Presupuesto - podrá abstenerse de adelantar los trámites de cualquier operación presupuestal de aquellos órganos que hacen parte del Presupuesto General del Distrito que incumplan los objetivos y metas trazados en el Plan Financiero y en el Programa Anual Mensualizado de Caja PAC. Para tal efecto, los órganos enviarán a la División de Presupuesto informes mensuales sobre la ejecución de Ingresos y Gastos dentro de los primeros cinco días del mes siguiente. ARTÍCULO 95 – Los órganos que conforman el presupuesto general del Distrito cancelarán los fallos de tutela con cargo al rubro que corresponda a la naturaleza del negocio fallado. Para cancelarlas, en primera instancia se deberán efectuar los traslados presupuestales requeridos, con cargo a los saldos de apropiación disponibles durante la vigencia fiscal en curso. Así mismo ejecutarán los gastos correspondientes al rubro Déficit, previa consolidación de la partida como tal establecida por la Contaduría del Distrito y concepto favorable de la Secretaria de Hacienda. Los establecimientos públicos deberán atender las providencias que se profieran en su contra, en primer lugar con recursos propios. Con cargo a las apropiaciones del rubro sentencias y conciliaciones se podrán cancelar todos los gastos originados en los tribunales de arbitramento. ARTÍCULO 96 – La Inversión del Distrito se encuentra dividida en Inversión Bruta de Capital; la Inversión Social y la Inversión Institucional. Los rubros de inversión no podrán destinarse al pago de supernumerarios, ni a Remuneración de Servicios Técnicos, Capacitación, y Gastos Generales; a excepción de los autorizados por la Ley y las normas vigentes.

ARTÍCULO 97 – Los entes descentralizados y Establecimientos Públicos del Orden Distrital deben remitir mensualmente la documentación del caso referente a la ejecución presupuestal de la vigencia junto con las ejecuciones correspondientes de ingresos y gastos, a la Dirección Financiera de Presupuesto del Distrito de Cartagena, para efectos de mantener actualizada la información registrada en el Presupuesto General del Distrito de Cartagena. ARTÍCULO 98 – Si durante la vigencia fiscal, el recaudo efectivo de ingresos corrientes de libre destinación resulta inferior a la programación en que se fundamentó el presupuesto de rentas del Distrito, los recortes, aplazamientos o supresiones que deba hacer el ejecutivo afectarán proporcionalmente a todas las secciones que conforman el presupuesto anual, de manera que en la ejecución efectiva del gasto de la respectiva vigencia se respeten los límites establecidos en la Ley 617 de 2000. ARTÍCULO 99 – Los pagos por concepto de indemnización de personal que implican reducción de la planta no se tendrán en cuenta en los gastos de funcionamiento para efectos de la aplicación de la Ley 617 de 2000. ARTÍCULO 100 – Establézcase que mientras exista la oferta de cupos en las instituciones educativas oficiales no podrá autorizarse la contratación de cupos con el sector privado o privado comunitario. Ninguna institución educativa privada o privada comunitaria está autorizada para matricular estudiantes nuevos por fuera del procedimiento establecido por la Secretaría de Educación Distrital. Para el caso de los estudiantes que vienen en la institución solo podrá matricular para los grados del nivel que tiene autorizado. Toda institución educativa privada o comunitaria para poder contratar con el Distrito de Cartagena de Indias, deberá estar previamente acreditada tal y como lo establece el Decreto 2355 de 2009, o normas que lo modifiquen, complementen o sustituyan. La institución educativa contratista no podrá realizar cobros adicionales al padre de familia que no estén expresamente autorizados en la resolución oficial de costos para la prestación del servicio educativo oficial expedida por la Secretaría de Educación Distrital. El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la exclusión de la institución educativa, del programa, sin perjuicio de los estudiantes, los cuales serán reubicados en otra institución. El cupo educativo contratado no incluye el valor de los costos de la formación militar para el caso de las instituciones educativas que lo ofrezcan. Las instituciones educativas acreditadas, que tienen otras sedes diferentes a las que presentaron para el proceso de acreditación, igualmente deberán demostrar su idoneidad para la contratación del servicio educativo en dichas sedes. ARTÍCULO 101 – El Director del Fondo Distrital de Pensiones, verificará la realización de todos los trámites necesarios ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que la ejecución de los recursos que deban ser girados al Fondo Nacional de Pensiones de las

entidades territoriales con cargo al Presupuesto General del Distrito, se realice a la administradora del Fondo Distrital de Pensiones elegida por el Distrito y para que dicha ejecución se realice por medio de resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ordenando el giro de los recursos y su entrega efectiva. ARTÍCULO 102 – El Secretario de Hacienda Distrital y el Director Financiero de Presupuesto son responsables del manejo de la ejecución del presupuesto. ARTÍCULO 103 – Todos los proyectos de infraestructura que hayan de realizarse en materia educativa o de salud, deben ser diseñados por la Secretaría de Infraestructura en coordinación con la Secretaría de Planeación Distrital y la Secretaría de Educación y/o DADIS según corresponda. Su ejecución corresponderá a la Secretaría respectiva en coordinación con la Secretaría de Infraestructura Distrital. ARTÍCULO 104 – La Secretaría de Hacienda Distrital y los representantes legales u ordenadores del gasto de los órganos y entidades que hacen parte del Presupuesto General del Distrito dentro de los diez (10) primeros días de cada mes enviarán al Concejo Distrital copia de los actos administrativos mediante los cuales han autorizado cualquier cambio o modificaciones tales como traslados, incorporaciones y supresiones. El incumplimiento de estas disposiciones es causal de mala conducta del funcionario responsable. ARTÍCULO 105 – Los recursos correspondientes a la última doceava parte del año 2017 del SGP para Educación, así como el mayor valor para Educación 2017, el excedente del SGP y los rendimientos financieros del SGP Educación recibido en 2016 y 2017, se incorporarán al Presupuesto de la vigencia 2018 conforme a las prioridades establecidas en el artículo 15 de la Ley 715 del 2001. ARTÍCULO 106 – Los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Distrito podrán pagar con cargo al presupuesto vigente, las obligaciones recibidas de las entidades liquidadas que fueron causadas por las mismas, correspondientes a servicios públicos domiciliarios y contribuciones inherentes a la nómina, cualquiera que sea el año de su causación, afectando el rubro que le dio origen. ARTÍCULO 107 – Las entidades Distritales responsables de la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, de que trata el artículo 19 de la Ley 387 de 1997, darán prioridad en la ejecución de sus respectivos presupuestos, a la atención de la población desplazada por la violencia, en cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004 proferida por la Honorable Corte Constitucional. Las entidades Distritales reportarán a la Secretaría de Hacienda Distrital y a la Secretaría de Planeación Distrital, en el detalle que éstos establezcan, la información relacionada con la ejecución presupuestal de dichos recursos, la cual será enviada al Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, para informar a la Honorable Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004.

ARTÍCULO 108 – Las inversiones proyectadas con recursos provenientes de Contribución por Beneficio General Plusvalías y Venta de Activos Fijos, solo se podrán ejecutar en la medida en que dichos ingresos se recauden ARTÍCULO 109 – Cuando se obtenga un nivel satisfactorio en la ejecución de apropiaciones de ingreso, que permita establecer que las metas fiscales del rubro serán superadas, la Administración Distrital deberá adelantar ante el Concejo Distrital, un reaforo a la apropiación realizada de la distribución de los respectivos excedentes con arreglo a los lineamientos legales. ARTÍCULO 110 – Facúltese al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias, para suscribir los convenios y contratos a que haya lugar conforme a las normas legales, para el cumplimiento de los programas contemplados en el Plan Anual de Inversión, previo estudio de conveniencia y viabilidad, por parte de la Secretaría de Planeación Distrital . ARTÍCULO 111 – El presente Acuerdo se expide de conformidad con las Leyes 136 de 1994 y 1551 de 2012, rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero del año 2018. PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Cartagena de Indias, D. T. y C. a los