presidencia municipal - irapuato, gto

4 may. 2007 - EL CIUDADANO JUAN ANTONIO ACOSTA CANO, PRESIDENTE .... JUAN CARLOS DELGADO ZARATE EN REPRESENTACION DEL.
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Fundado el 14 de Enero de 1877 Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924 AÑO XCIV TOMO CXLV

GUANAJUATO, GTO., A 4 DE MAYO DEL 2007

NUMERO 72

SEGUNDA PARTE SUMARIO: GOBIERNO DEL ESTADO - PODER LEGISLATIVO ACUERDO emitido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declara revisada la cuenta pública del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, correspondiente al tercero y cuarto trimestres del Ejercicio Fiscal del año 2005.

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ACUERDO emitido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declara revisada la cuenta pública del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Guanajuato, correspondiente al primero y segundo trimestres del Ejercicio Fiscal del año 2005.

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ACUERDO emitido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declara revisada la cuenta pública de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, correspondiente al tercero y cuarto trimestres del Ejercicio Fiscal del año 2005.

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ACUERDO emitido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declara revisada la cuenta pública de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, correspondiente al primero y segundo trimestres del Ejercicio Fiscal del año 2006.

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ACUERDO emitido por la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Gto., correspondiente a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo y Junio del Ejercicio Fiscal del año 2005.

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GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO RESOLUCION Gubernativa correspondiente al expediente número (11)-73-F/94, mediante la cual, se otorga el permiso de venta de los lotes del 12 al 22 de la manzana 6 y las manzanas 7, 8, 9, 10, 11 y 12 que integran la segunda sección del Fraccionamiento denominado "San Vicente", ubicado en el Municipio de Cortazar, Gto. ○







































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PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO. ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba la Ultima Modificación Presupuestal, en virtud del cierre final del Ejercicio Fiscal 2006, del Municipio de Celaya, Gto. ○















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PRESIDENCIA MUNICIPAL - IRAPUATO, GTO. CONVOCATORIA a todos los propietarios o poseedores de los predios y casas habitación ubicados en las calles beneficiadas con obras de pavimentación del Ejercicio 2007, a la asamblea informativa y de aceptación de la obra en el Municipio de Irapuato, Gto.

18

BASE de Cuotas aprobadas por los Comités de Contribuyentes, relativa a la obra pública consistente en la pavimentación de las Calles Llama, Benito Juárez, Rosal y Francisco Villa, del Municipio de Irapuato, Gto.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO. ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba actualizar las Tarifas por recepción y disposición final de residuos recolectados por el Municipio y de los residuos no peligrosos ingresados directamente por particulares en el Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos (CTR El Verde), del Municipio de León, Gto. ○















































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PRESIDENCIA MUNICIPAL - PURISIMA DEL RINCON, GTO. REGLAMENTO del Consejo Municipal de Seguridad Pública del Municipio de Purísima del Rincón, Gto. ○













































































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PRESIDENCIA MUNICIPAL - SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GTO. ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba el listado de cargos de Funcionarios y Servidores Públicos que deben presentar Declaración Patrimonial, en el Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas, Gto. ○



























































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PRESIDENCIA MUNICIPAL - VILLAGRAN, GTO. RESOLUCION Municipal correspondiente al expediente número (44)-02-F/02, mediante el cual, se otorga el permiso de preventa de 142 lotes que integran la primera etapa del Fraccionamiento denominado "Praderas de la Venta", ubicado en el Municipio de Villagrán, Gto.

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FE de erratas

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GOBIERNO DEL ESTADO - PODER LEGISLATIVO.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO. EL CIUDADANO LAE. GERARDO HERNANDEZ GUTIERREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DE CELAYA, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER: QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 115, FRACCION IV, INCISO C) ULTIMO PARRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTICULO 121 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; ARTICULO 38 DE LA LEY PARA EL EJERCICIO Y CONTROL DE LOS RECURSOS PUBLICOS PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO; ARTICULOS 69 FRACCION IV, INCISO A), 196 Y 197 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN LA DECIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL DIA 20 DE MARZO DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE, SE APROBÓ EL SIGUIENTE: ACUERDO ARTICULO UNICO: se aprueba la última Modificación Presupuestal, en virtud del cierre final del Ejercicio Fiscal 2006, para quedar de la siguiente manera: =================================== ===================================== INGRESOS ================================= CONCEPTO PRESUPUESTO ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ IMPUESTOS $86’000,564 ________________________________________________________________________________________ DERECHOS $31’033,996 ________________________________________________________________________________________ CONTRIBUCIONES ESPECIALES $7’152,209 ________________________________________________________________________________________ PRODUCTOS $18’826,296 ________________________________________________________________________________________ APROVECHAMIENTOS $286’718,297 ________________________________________________________________________________________ PARTICIPACIONES $220’851,813 ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ TOTAL INGRESOS $650’583,175 ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ REMANENTES ANOS ANTERIORES $72’043,996 ________________________________________________________________________________________ ANTICIPO DE PARTICIPACIONES $35’000,000 ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ TOTAL INGRESOS+REMANENTES+ANT. $757’627,171 PARTICIPACIONES =================================== EGRESOS ==================================== CONCEPTO PRESUPUESTO ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ SERVICIOS PERSONALES $211’488,308 ________________________________________________________________________________________ OPERACIÓN $88’840,742 ________________________________________________________________________________________ SUBSIDIOS,AYUDAS,TRANSFERENCIAS $80’116,630 ________________________________________________________________________________________ OBRA PUBLICA $190’151,426 ________________________________________________________________________________________ BIENES INVENTARIABLES $40’576,500 ________________________________________________________________________________________ DEUDA PUBLICA $17’691,246

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EROGACIONES EXTRAORDINARIAS $41’000,000 ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ TOTAL EGRESOS $669’864,852 ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ DIFERENCIA INGRESOS-EGRESOS $87’762,320 DADO EN LA RESIDENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO, EN LA CIUDAD DE CELAYA, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS 20 VEINTE DIAS DEL MES DE MARZO DE 2007 DOS MIL SIETE.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - IRAPUATO, GTO. EL HONORABLE AYUNTAMIENTO 2006-2009 DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO., CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 15, INCISO a), 229, 230, 235, 236 Y 237 Y DEMÁS APLICABLES DE LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO: CONVOCA A TODOS LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS Y CASAS HABITACIÓN UBICADOS EN LAS CALLES BENEFICIADAS CON OBRAS DE PAVIMENTACIÓN DEL EJERICICIO 2007 Y QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN, PARA QUE ACUDAN A LA HORA Y FECHA SEÑALADA A LA ASAMBLEA INFORMATIVA Y DE ACEPTACIÓN DE LA OBRA.. NATURALEZA DE LA OBRA: PAVIMENTACIÓN DE ARROYO, BANQUETAS Y GUARNICIONES

A EFECTO DE QUE SEA APROBADA POR MAYORÍA LA OBRA PÚBLICA A QUE SE REFIERE LA PRESENTE CONVOCATORIA , ASÍ COMO LOS ESTUDIOS, PROYECTOS Y COSTOS QUE SE PRESENTARÁN EN LA MISMA, LA CUAL SE LLEVARÁ A CABO CON LA ASISTENCIA DEL 50% MÁS UNO DE LOS CONVOCADOS. LAS DECISIONES TOMADAS EN LA REUNIÓN SERÁN VÁLIDAS CUANDO SEAN APROBADAS POR MAYORIA DE VOTOS DE LOS PRESENTES Y OBLIGATORIAS AÚN PARA LOS AUSENTES Y DISIDENTES. LOS COMPARECIENTES SE REGISTRARÁN PRESENTANDO IDENTIFICACIÓN OFICIAL, ADEMÁS COPIA DEL RECIBO DEL IMPUESTO PREDIAL, AGUA O LUZ; MISMOS QUE SERÁN ENTREGADOS AL REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, QUIEN PRESIDIRÁ LA ASAMBLEA. SE CONTARÁ CON LA PRESENCIA DE REPRESENTANTES DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO Y DE OBRAS PÚBLICAS. SU PRESENCIA ES INDISPENSABLE, POR LO QUE AGRADECEMOS SU PUNTUAL ASISTENCIA ATE NTAM E N TE IRAPUATO, GTO. A 25 DE ABRIL DEL 2007 “TODOS SOMOS IRAPUATO”

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - PURISIMA DEL RINCON, GTO. El C. J. Juventino López Ayala, Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Purísima del Rincón, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo hago saber: Que el Honorable Ayuntamiento 2003- 2006, con fundamento en los artículos, 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 117 fracción I de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, 69 fracción II inciso b) y 202 de Ley orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, así como el 72 de la Ley de Seguridad Publica del Estado de Guanajuato. En sesión ordinaria número 108 de fecha 07 de agosto del año 2006, aprobó el siguiente: REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE PURÍSIMA DEL RINCÓN, GUANAJUATO. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de orden público y de interés social, y tiene por objeto establecer y regular las bases para la integración, organización y funcionamiento del Consejo Municipal de Seguridad Pública del Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato. ARTÍCULO 2.- El Consejo Municipal de Seguridad Pública de Purísima del Rincón, Guanajuato, es una instancia de consulta, coordinación y participación de distintas áreas de seguridad pública del Municipio, así como un espacio para la participación de la ciudadanía, con el fin de colaborar en la planeación y supervisión de las actividades que en materia de seguridad pública se desarrollen al interior del Municipio. ARTÍCULO 3.- Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por Consejo, al Consejo Municipal de Seguridad Pública de Purísima del Rincón, Guanajuato. ARTÍCULO 4.- La sede del Consejo será las instalaciones que ocupe la Presidencia Municipal, o en su caso, el lugar que previo acuerdo del pleno, se señale. CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO ARTÍCULO 5.- El Consejo estará integrado de la siguiente manera: I. El Presidente Municipal, quien será su Presidente; II. El Secretario del H. Ayuntamiento, quien fungirá como Secretario Ejecutivo; III. Cuatro Consejeros Técnicos, que serán: A) El Director de Seguridad Pública Municipal; B) El Director de Tránsito Municipal; C) El Director de Protección Civil; D) El Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública del H. Ayuntamiento. IV. Seis Consejeros Ciudadanos, quienes serán electos de entre los siguientes sectores de la sociedad por su reconocida honorabilidad y representatividad: A) Integrantes de las Juntas vecinales de colonos; B) Empresarios de la localidad; C) Comerciantes establecidos;

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Integrantes de los Colegios de profesionistas; Instituciones Educativas; Asociación de padres de familia; y Representantes de Delegados Municipales, hasta cuatro por zona geográfica.

ARTÍCULO 6.- El Presidente Municipal, deberá instrumentar, el proceso de elección de Consejeros Ciudadanos, candidatos que deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser propuestos por algún sector de la sociedad; II. Residir en el Municipio; III. Tener una forma honesta de vida. ARTÍCULO 7.- Las propuestas hechas para la integración de los Consejeros Ciudadanos, serán analizadas y aprobadas por el Presidente Municipal. ARTÍCULO 8.- Las sesiones del Consejo serán presididas por el Presidente Municipal, en su ausencia por el Secretario del H. Ayuntamiento, y en ausencia de éste por el Director de Seguridad Pública. Todos los integrantes del Consejo tendrán derecho a voz y voto. ARTÍCULO 9.- El Presidente del Consejo podrá invitar a participar de las sesiones y de acuerdo al tema que se trate, a aquellos profesionales o miembros de instituciones públicas u organizaciones privadas, que por su preparación, mérito o función, coadyuven en el entendimiento de las tareas y temas del Consejo. Contarán exclusivamente con derecho a voz. ARTÍCULO 10.- Los nombramientos de los integrantes del Consejo serán honoríficos; por lo que no recibirán retribución, emolumento o compensación alguna por su desempeño. ARTÍCULO 11.- Los miembros del Consejo durarán en su encargo hasta el término del periodo de Gobierno Municipal en el que hayan sido nombrados. ARTÍCULO 12.- Los miembros del Consejo que falten hasta tres veces consecutivas a las reuniones del mismo, sin causa justificada y aquellos que realicen acciones, contrarias a los objetivos del consejo podrán ser removidos con el acuerdo de las 2/3 partes de sus integrantes. CAPÍTULO TERCERO DE LAS ATRIBUCIONES DEL CONSEJO Y DE SUS INTEGRANTES ARTÍCULO 13.- El Consejo tendrá además de las atribuciones señaladas por el artículo 75 de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato, las siguientes: I. Promover la participación organizada de la sociedad en actividades relacionadas con la seguridad pública; II. Establecer un sistema permanente que logre traducir e interpretar la percepción que de la seguridad pública tiene la ciudadanía; trayendo por consecuencia el establecimiento de premisas válidas, en relación con la problemática local y que al materializarse por las instancias correspondientes, permitan un cambio positivo en cuanto a la eficacia y eficiencia en las tareas de los cuerpos policiales; III. Elaborar y aprobar reformas a los reglamentos en materia de seguridad pública; IV. Realizar el estudio, discusión y en su caso aprobación, para su debida implementación en el municipio, de los acuerdos, proyectos, programas, acciones y tareas que se originen en el pleno del Consejo de Seguridad Pública; y

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V. Las demás que sean necesarias para cumplir los objetivos que deriven del presente reglamento. ARTÍCULO 14.- Son obligaciones de los integrantes del Consejo: I. II. III. IV. V.

VI. VII. VIII. IX. X.

Protestar el cargo que les fue conferido; Participar en el desarrollo de las sesiones con derecho a voz y voto; Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo; Promover y apoyar la integración de los planes y programas en materia de seguridad pública en el ámbito federal, estatal y regional en su caso; Proponer el establecimiento de sistemas de operación conjunta entre los distintos órganos internos de seguridad pública, así como las estrategias, mecanismos y fórmulas de coordinación a fin de mejorar su participación ampliando la cobertura y mejorando la calidad del servicio que se les han encomendado; Conocer las políticas generales del municipio, en materia de seguridad pública; Formular proyectos y hacer propuestas tendientes a lograr el fortalecimiento de los planes y acciones municipales en materia de seguridad pública y someterlos al Pleno del Consejo; Apoyar en la modernización de los cuerpos de seguridad pública; Participar en los foros Estatales y municipales que del tema de la seguridad pública se realicen, para el enriquecimiento de sus proyectos y propuestas o la elaboración de sus programas; y Las demás que se deriven del presente reglamento o les confieran las disposiciones legales aplicables.

ARTÍCULO 15.- El Presidente del Consejo tendrá las siguientes facultades: I. Presidir las sesiones del Consejo; II. Representar al Consejo Municipal de Seguridad Pública; III. Vigilar el cumplimiento de los planes y programas que en materia de seguridad pública se han implementado, así como las disposiciones y acuerdos del Pleno del Consejo; IV. Proponer el nombramiento de Consejeros Ciudadanos, para su aprobación por el Pleno del H. Ayuntamiento; V. Convocar los integrantes del Consejo, por conducto del secretario ejecutivo a las sesiones ordinarias o extraordinarias, en su caso; y VI. Las demás que deriven del presente reglamento, o que le confiera el Pleno del Consejo y las disposiciones legales aplicables. ARTÍCULO 16.- Son funciones del Secretario Ejecutivo del Consejo, además de las señaladas por el artículo 77 de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato, las siguientes: I. Enviar copia certificada del acta de cada una de las sesiones a la Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Seguridad Pública, en aquellos asuntos que le competa conocer al Pleno del mismo; y II. Las demás que determine el Consejo o le señalen los ordenamientos legales aplicables en la materia. ARTÍCULO 17.- Son facultades de los Consejeros: I. Asesorar al Consejo en el seguimiento y evaluación de las acciones de seguridad pública, específicamente en aquellas tareas de su competencia; II. Proponer las acciones o estrategias que contribuyan a mejorar la seguridad pública en el municipio;

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III. Informar al Pleno del Consejo, de las acciones y resultados obtenidos en sus dependencias, con apego al programa de seguridad pública municipal; y IV. Las demás que determine el Consejo o le señalen los ordenamientos legales aplicables en la materia. ARTÍCULO 18.- Son facultades de los Consejeros Ciudadanos: I. Revisar y aprobar las propuestas de aquellas acciones tendientes a mejorar la seguridad pública del municipio; II. Dar seguimiento al programa municipal de seguridad pública; III. Proponer al Consejo aquellas medidas que contribuyan a lograr una mayor eficiencia en las instituciones responsables de la seguridad pública; IV. Difundir a la ciudadanía en lo general y al sector que represente en lo particular los trabajos del Consejo; y V. Las demás que determine el Consejo o le señalen los ordenamientos legales aplicables en la materia. CAPÍTULO CUARTO DE LAS SESIONES ARTÍCULO 19.- El Consejo sesionará en forma ordinaria por lo menos una vez al mes, en la fecha que se acuerde en la sesión inmediata anterior y de manera extraordinaria cuando a juicio de su presidente, haya necesidad de hacerlo. ARTÍCULO 20.- El Consejo sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes, en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. ARTÍCULO 21.- El Consejo sesionará de manera ordinaria previa convocatoria, misma que será elaborada por el secretario ejecutivo notificándola a sus miembros al menos con tres días de anticipación a la celebración de la misma; a ésta se le correrá atenta invitación, al Consejero Ciudadano integrante del Consejo Estatal de Seguridad Pública y Representante de la Región, quién asistirá con voz pero sin voto. Tratándose de sesiones extraordinarias, se convocará por lo menos, con veinticuatro horas de anticipación. ARTÍCULO 22- Los integrantes del Consejo podrán solicitar al Secretario Ejecutivo, el convocar a sesión al Pleno, para tratar temas relacionados con las funciones del mismo, con la anticipación señalada en el presente reglamento. ARTÍCULO 23.- La convocatoria contendrá el orden del día al que se sujetará la sesión, incluyendo los asuntos y temas a tratar. ARTÍCULO 24.- Para el caso de que en la primera convocatoria, no se reúna el quórum legal deberá convocarse a una nueva sesión en el término de tres horas, la cual se celebrará con los integrantes que se encuentren presentes. ARTÍCULO 25.- Al finalizar cada sesión, se levantará el acta correspondiente, misma que deberá ser aprobada y firmada por todos los participantes, remitiéndose copia certificada a la Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Seguridad Pública, para los efectos a que haya lugar.

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CAPÍTULO QUINTO DE LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES DE TRABAJO ARTÍCULO 26.- El Consejo para la eficientación de su trabajo se integrará en comisiones, mismas que se conformarán para atender el cumplimiento de sus objetivos. ARTÍCULO 27.- Las Comisiones que se formarán al interior del Consejo son: I. II. III. IV.

La Comisión de Participación Social y Prevención del Delito; La Comisión de Profesionalización; La Comisión de Normatividad, y La Comisión de Operatividad.

ARTÍCULO 28.- Cada una de las comisiones a que se refiere el artículo anterior, se conformarán por lo menos con tres integrantes del mismo Consejo, elegidos por el Pleno; debiéndose elegir de entre ellos a un coordinador, cuyo nombramiento deberá recaer en un Consejero Ciudadano. ARTÍCULO 29.- La Comisión de Participación Social y Prevención del Delito, tendrá las siguientes atribuciones: I. Establecer y realizar las acciones tendientes a crear los puentes de encuentro con los sectores público y social, en la búsqueda de la colaboración, el apoyo y la consulta que puedan ampliar, mejorar y consolidar las acciones que se propongan o estén en desarrollo o aplicación por el Consejo; II. Analizar los planes y programas en materia de Seguridad Pública, y presentar sus observaciones o propuestas al Pleno del Consejo; III. Promover acciones que tengan su origen en la percepción de la ciudadanía y que contribuyan a los trabajos de Seguridad Pública; IV. Difundir los trabajos del Consejo y promover la participación ciudadana en las tareas de prevención y en el establecimiento de una eficaz cultura de legalidad; V. Elaborar diagnósticos criminógenos locales y proponer medidas de atención, y VI. Atender las encomiendas aprobadas por el Consejo. ARTÍCULO 30.- La Comisión de Profesionalización tendrá las siguientes atribuciones: I. Proponer medidas que contribuyan a la actualización, desarrollo, profesionalización y dignificación de la función policial, y II. Atender las encomiendas aprobadas por el Consejo. ARTÍCULO 31.- Son atribuciones de la Comisión de Normatividad, las siguientes: I. Registrar y analizar los ordenamientos jurídicos vigentes en materia de seguridad pública; II. Elaborar aquellas propuestas que contribuyan a mejorar los reglamentos municipales cuyo contenido sea la seguridad pública, y III. Atender las encomiendas aprobadas por el Consejo. ARTÍCULO 32.- La Comisión de Operatividad tendrá las siguientes atribuciones: I. Conocerá y evaluará los resultados de la operatividad en materia de seguridad pública en el Municipio, y

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II. Atender las encomiendas aprobadas por el Consejo. CAPÍTULO SEXTO DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 33.- El Consejo en todo momento promoverá que las instituciones de seguridad pública en el ámbito de su competencia cuenten con una instancia de consulta que: I.- Conozca sobre políticas relacionadas con la seguridad pública. II.- Sugiera medidas específicas y acciones concretas para mejorar la función de seguridad pública. III.- Realice labores de seguimiento. IV.- Proponga reconocimientos por meritos o estímulos a instituciones policiales. V.- Realice denuncias o quejas sobre irregularidades, y VI.- Auxilie a las autoridades en el ejercicio de sus funciones. ARTÍCULO 34.- Las disposiciones no previstas en el presente reglamento y que sean necesarias para el cumplimiento de los fines, acciones, tareas y atribuciones del Consejo, serán aprobadas por el voto de las dos terceras partes del total de sus integrantes. TRANSITORIOS ARTICULO PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Se abroga el Reglamento del Comité Municipal de Seguridad Pública, publicado en la segunda parte del periódico oficial número cuarenta de fecha 19 de mayo del 2000, así como cualquier otra disposición de carácter general, reglamentaria o administrativa que se oponga al presente. En cumplimiento con lo dispuesto, en los artículos 70 fracción VI y 205 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el Salón de Cabildos de la Presidencia Municipal de Purísima del Rincón, Guanajuato, a los 23 días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GTO. EL CIUDADANO JUAN ANTONIO ACOSTA CANO, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO 2006-2009 DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, DEL ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER: QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO 2006-2009 QUE PRESIDO, EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN EN LOS ARTÍCULOS 108, 113 Y115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; ARTÍCULOS 69 FRACCIÓN I, INCISO B) DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, EN RELACIÓN CON LOS NUMERALES 1, 2, 3 FRACCIÓN V Y VI, 11 FRACCIÓN XVIII Y, 64 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y SUS MUNICIPIOS, EN SESIÓN ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO NÚMERO 16 DE FECHA 8 OCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SIETE, APROBÓ EL SIGUIENTE: ACUERDO LISTADO DE CARGOS DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS QUE DEBEN PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL EN EL MUNICIPIO DESANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GUANAJUATO. ARTÍCULO ÚNICO: Se adiciona el Listado de Cargos de Funcionarios y Servidores Públicos del Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas Guanajuato, publicado en Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, Número 48, Segunda Parte, de fecha 24 de Marzo del 2006, mismos que deberán presentar declaración patrimonial, y que se describen a continuación: CARGO ENTIDAD O DEPENDENCIA ________________________________________________________________________________________ Presidente Municipal ________________________________________________________________________________________ Ayuntamiento ________________________________________________________________________________________ Secretaria del Ayuntamiento Ayuntamiento ________________________________________________________________________________________ Secretario Particular del Presidente Municipal Presidencia Municipal ________________________________________________________________________________________ Asesor Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento Secretaría ________________________________________________________________________________________ Director de Asuntos jurídicos Asuntos Jurídicos ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Fiscalización Fiscalización ________________________________________________________________________________________ Tesorero Municipal Tesorería ________________________________________________________________________________________ Director de Finanzas Tesorería ________________________________________________________________________________________ Encargado de Programas Especiales Tesorería ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Cuenta Pública Tesorería ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Control Patrimonial Tesorería ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Compras Tesorería ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Ingresos Tesorería ________________________________________________________________________________________ Director de Desarrollo Organizacional Desarrollo Organizacional ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Recursos Humanos Desarrollo Organizacional ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Comunicación Social Desarrollo Organizacional ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Informática Informática ________________________________________________________________________________________ Contralor Municipal Contraloría ________________________________________________________________________________________ Cuenta Pública y Control Patrimonial Contraloría

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Obra Pública y Adquisiciones Contraloría ________________________________________________________________________________________ Director de Seguridad Pública y Vialidad Seguridad Pública y Vialidad ________________________________________________________________________________________ Jefe de servicios Operativos Seguridad Pública ________________________________________________________________________________________ Coordinador Administrativo y Jurídico Seguridad Pública ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Planeación Seguridad Pública ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Vialidad Seguridad Pública ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Operación Protección Civil ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Planeación Protección Civil ________________________________________________________________________________________ Director General de Obras Públicas, Obras Públicas Desarrollo Urbano y Ecología ________________________________________________________________________________________ Director de Obras Públicas Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Auxiliar de Obras Públicas Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Encargado de Departamento Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Analista de Precios Unitarios Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Jefe de Proyectos y Normatividad Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Proyectista Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Asentamientos Humanos Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Encargado de Departamento Técnico Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Desarrollo Urbano Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Ecología Obras Públicas ________________________________________________________________________________________ Director General de Servicios Municipales Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administrador de Limpia Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administrador de Alumbrado Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administrador de Panteones Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administrador de Central Camionera Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administrador de Unidad Deportiva Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administrador de Rastro y Verificación Sanitaria Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Administración del Mercado Servicios Municipales ________________________________________________________________________________________ Promotor B Desarrollo Social ________________________________________________________________________________________ Director de Planeación Municipal Desarrollo Social ________________________________________________________________________________________ Director General de Desarrollo Social Desarrollo Social ________________________________________________________________________________________ Director de Desarrollo Económico Desarrollo Económico ________________________________________________________________________________________ Director de Desarrollo Rural Desarrollo Rural ________________________________________________________________________________________ Director del DIF DIF ________________________________________________________________________________________ Administrador General del DIF Municipal DIF ________________________________________________________________________________________ Coordinador General DIF ________________________________________________________________________________________ Director CADI DIF ________________________________________________________________________________________ Director CENAVI DIF ________________________________________________________________________________________ Procurador CENAVI DIF ________________________________________________________________________________________ Promotora DIF ________________________________________________________________________________________ Promotora Red Móvil DIF ________________________________________________________________________________________ Director de CMAPAJ CMAPAJ ________________________________________________________________________________________ Director de la Cultura Casa de la Cultura ________________________________________________________________________________________ Subdirector Casa de la Cultura Casa de la Cultura ________________________________________________________________________________________ Director de COMUDAJ COMUDAJJR ________________________________________________________________________________________ Coordinador de Voz Joven Voz Joven

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Por lo tanto, y con fundamento en los artículos 70 fracción II, V y VI y, 205 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, así como el párrafo segundo del articulo 64 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, mando que se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el Salón de Cabildos en la residencia del H. Ayuntamiento de Santa Cruz de Juventino Rosas, Guanajuato, a los 8 ocho días del mes de Marzo del año 2007 dos mil siete.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - VILLAGRAN, GTO. VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE NUMERO (44)-02-F/02 EN DONDE SE TRAMITO LA AUTORIZACION DE PERMISO DE PREVENTA, DEL FRACCIONAMIENTO "PRADERAS DE LA VENTA", QUE SE DESARROLLA EN EL PREDIO DENOMINADO "FRACCION V DE LA EX HDA. DE SAN JOSE DE LA VENTA", PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO UBICADO EN ESTE MUNICIPIO DE VILLAGRAN, GTO. R E S U L T A N D O: PRIMERO.- QUE CON FECHA 10 DE JUNIO DE 2003, DOS MIL TRES, MEDIANTE OFICIO No. IVEG/DRTP/257/2003, EL C. ING. JUAN CARLOS DELGADO ZARATE EN REPRESENTACION DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, SOLICITO A LA DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS LA APROBACION DEL PROYECTO DE TRAZA DEL FRACCIONAMIENTO QUE SE PROYECTABA REALIZAR EN EL PREDIO DENOMINADO FRACCIÓN V DE LA EX HACIENDA DE SAN JOSÉ DE LA VENTA, DE SU PROPIEDAD, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE VILLAGRAN, GUANAJUATO. SEGUNDO.- QUE CON FECHA 17 DE JUNIO DEL 2003, DOS MIL TRES, MEDIANTE OFICIO No. PMV/OP/182/2003, LA DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS, AUTORIZO EL PROYECTO DE TRAZA DEL FRACCIONAMIENTO EN MENCION. TERCERO.- CON FECHA 19 DE JUNIO DEL 2003, DOS MIL TRES, MEDIANTE OFICIO No. IVEG/DRTP/274-2003, EL C. ING. JUAN CARLOS DELGADO ZARATE EN REPRESENTACION DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO; SOLICITO AL HONORABLE AYUNTAMIENTO, LA AUTORIZACION DE FRACCIONAMIENTO. CUARTO.- QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO EN SESION No. 82 CELEBRADA CON FECHA 25 DE JUNIO DEL 2003, SE ACORDO POR "MAYORIA CALIFICADA" LA AUTORIZACION DEL FRACCIONAMIENTO "PRADERAS DE LA VENTA" QUE SE DESARROLLA EN EL PREDIO DENOMINADO "FRACCION V DE LA EX HDA. DE SAN JOSE DE LA VENTA" PROPIEDAD DEL INSTITUTO, UBICADO EN ESTE MUNICIPIO, AUTORIZADO COMO FRACCIONAMIENTO HABITACION POPULAR O DE INTERES SOCIAL. QUINTO.- CON FECHA 23 DE JUNIO DEL 2003, DOS MIL TRES, MEDIANTE OFICIO No. IVEG/ DRTP/274-2003, EL C. ING. JUAN CARLOS DELGADO ZARATE, EN REPRESENTACION DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DE GUANAJUATO, SOLICITO AL HONORABLE AYUNTAMIENTO, LA AUTORIZACION DE NOMENCLATURA DEL FRACCIONAMIENTO Y VIALIDADES DEL MISMO. SEXTO.- QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO EN SESION ORDINARIA DE FECHA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2003, DENTRO DEL PUNTO No. 5 DEL ORDEN DEL DIA ACORDO AUTORIZAR LA NOMENCLATURA OFICIAL DEL FRACCIONAMIENTO, ASI COMO PARA LAS VIALIDADES, EN BASE AL DICTAMEN DE LA DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS. SEPTIMO.- CON FECHA 04 DE AGOSTO DEL 2003, DOS MIL TRES MEDIANTE OFICIO No. IVEG/DRTP/387-2003, EL ING. JUAN CARLOS DELGADO ZARATE, EN REPRESENTACION DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, SOLICITO AL HONORABLE AYUNTAMIENTO, LA LICENCIA PARA LA EJECUCION DE OBRAS DE URBANIZACION DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO.

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OCTAVO.- QUE EL HONARABLE AYUNTAMIENTO EN SESION ORDINARIA DE FECHA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2003, DOS MIL TRES, DENTRO DEL PUNTO No. 5 DEL ORDEN DEL DIA ACORDO AUTORIZAR LA LICENCIA PARA LA EJECUCION DE OBRAS DE URBANIZACION DEL MENCIONADO FRACCIONAMIENTO. NOVENO.- CON FECHA 04 DE MARZO DEL AÑO 2004, DOS MIL CUATRO MEDIANTE OFICIO No. IVEG/DRTP/164-2004, DOS MIL CUATRO EL C. ING. JUAN CARLOS DELGADO ZARATE, EN REPRESENTACION DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, SOLICITO AL HONORABLE AYUNTAMIENTO LA ROLOTIFICACION DE LAS MANZANAS 7,8,9,11,12,16,17,18,21,22,25,26,29 Y 30; DEL FRACCIONAMIENTO EN MENCION. DECIMO.- QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO EN SESION ORDINARIA DE FECHA 16 DE MARZO DEL AÑO 2004 DOS MIL CUATRO, DENTRO DEL PUNTO No. 5 DEL ORDEN DEL DIA ACORDO POR UNAMINIDAD AUTORIZAR LA RELOTIFICACION DEL FRACCIONAMIENTO EN MENCION. DECIMO PRIMERO.- QUE EN ATENCIÓN A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 115, FRACCIÓN IV, INCISOS "a" y "c", PARRAFO 2 SEGUNDO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y EL ARTICULO 121 FRACCION A Y C DE LA CONSTITUCION POLITICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y ARTICULO 14 CATORCE FRACCION V DE LA LEY DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DEL ESTADO; EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, PROPIETARIO DEL INMUEBLE ESTA EXENTA DE PAGO DE LAS CARGAS FISCALES ORIGINADAS POR LOS TRAMITES DEL DESARROLLO DE REFERENCIA. DECIMO SEGUNDO.- QUE EL INSTITUTO SOLICITO MEDIANTE OFICIO No. IVEG/DRTP/6492004 DE FECHA 24 DE AGOSTO DEL 2004, EL PERMISO PARA LA PREVENTA DE UNA PRIMERA ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO EN REFERENCIA CORRESPONDIENTE A 142 LOTES. DECIMO TERCERO.- LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, PROCEDIÓ A REALIZAR LA INSPECCIÓN FISICA RESPECTIVA, DICTAMINANDO QUE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN SE ENCUENTRAN A UN 95%, DETERMINANDO QUE EL VALOR DE LAS OBRAS FALTANTES ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ 140,418.36 (CIENTO CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS DIECIOCHO PUNTO TREINTA Y SEIS PESOS M.N.) MEDIANTE OFICIO NO. PMV/DOP/209/05. DECIMO CUARTO.- EL INSTITUTO A TRAVEZ DEL PROMOTOR OTORGA POLIZA DE FIANZA NO. 2201 4129 0001000478 000000 0000 DE LA AFIANZADORA INSURGENTES The St. Paul Group A FAVOR DEL MUNICIPIO DE VILLAGRAN, GUANAJUATO POR LA CANTIDAD DE $ 140, 418.36 (CIENTO CUARENTA MIL CUATROSCIENTOS DIECIOCHO PUNTO TREINTA Y SEIS PESOS M.N.) PARA GARANTIZAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS FALTANTES EN LA PRIMERA ETAPA. DECIMO QUINTO.- EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE FECHA 02 DE SEPTIEMBRE DE 2004, EL H. AYUNTAMIENTO ACORDÓ OTORGAR AL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO EL PERMISO DE PREVENTA DE 142 LOTES QUE INTEGRAN ESTA PRIMERA ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO "PRADERAS DE LA VENTA", CORRESPONDIENTE A LOS SIGUIENTES LOTES: MANZANA 14 15 20

LOTES DEL 1 AL 43 DEL 1 AL 53 DEL 1 AL 46 TOTAL

No. DE LOTES 43 53 46 142

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C O N S I D E R A N D O: I.- QUE EL DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS, ES COMPETENTE PARA RECIBIR Y ANALIZAR LAS SOLICITUDES RELATIVAS A LA AUTORIZACIÓN DE FRACCIONAMIENTOS Y DESARROLLOS EN CONDOMINIO, DICTAMINAR Y APROBAR EL PROYECTO DE TRAZA; ASÍ COMO REALIZAR Y SOMETER A CONSIDERACIÓN DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO EL PROYECTO DE DICTAMEN PARA LA AUTORIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO, SEGÚN LO DISPONE EL ARTÍCULO 14, FRACCIONES II, III Y VII DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO. II.- QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO ES COMPETENTE PARA OTORGAR LA AUTORIZACIÓN DE FRACCIONAMIENTO; DE OTORGAR LA LICENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN, ASÍ COMO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PREVENTA, SEGÚN LO DISPONEN LAS FRACCIONES IV, X Y XII DEL ARTÍCULO 8, DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO. III.- QUE EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO ES COMPETENTE PARA NOTIFICAR LAS RESOLUCIONES QUE SE DICTEN CON MOTIVO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO, SEGÚN LO DISPONE EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN III DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS. IV.- QUE EL INSTITUTO DE VIVIENDA EL ESTADO DE GUANAJUATO ESTÁ EXENTO DEL PAGO DE LAS CARGAS FISCALES RESPECTIVAS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 115, FRACCIÓN IV, INCISOS "a" y "c", DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 14 FRACCION V DE LA LEY DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DEL ESTADO. POR LO EXPUESTO Y FUNDADO, SE RESUELVE: PRIMERO.- EL H. AYUNTAMIENTO OTORGA AL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE GUANAJUATO LA AUTORIZACIÓN DE PREVENTA DE 142 LOTES QUE INTEGRAN UNA PRIMERA ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO "PRADERAS DE LA VENTA" QUE DESARROLLA EN LA RESERVA TERRITORIAL "FRACCION V DE LA EX HDA. DE SAN JOSE DE LA VENTA", UBICADA EN ESTE MUNICIPIO DE VILLAGRAN, GTO; PREVENTA QUE CORRESPONDE A LOS SIGUIENTES LOTES: MANZANA

LOTES

No. DE LOTES

14 15 20

DEL 1 AL 43 DEL 1 AL 53 DEL 1 AL 46

43 53 46

TOTAL DE LOTES

142

SEGUNDO.- EL PREDIO POR AUTORIZAR, CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 252,115.23 M2 (DOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO QUINCE PUNTO VEINTITRES METROS CUADRADOS), EQUIVALENTE AL 100% (CIEN POR CIENTO), DISTRIBUIDA DE LA SIGUIENTE MANERA: SUPERFICIE VENDIBLE 135,867.38 M2 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTO SESENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS) EQUIVALENTE AL 53.89% (CINCUENTA Y TRES PUNTO

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OCHENTA Y NUEVE POR CIENTO), SUPERFICIE DE ÁREA DE EQUIPAMIENTO URBANO 39,390.95 M2 (TREINTA Y NUEVE MIL TRECIENTOS NOVENTA PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS) EQUIVALENTE AL 15.62% (QUINCE PUNTO SESENTA Y DOS POR CIENTO), Y SUPERFICIE DE VIALIDAD 76,856.90 M2 (SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS) EQUIVALENTE AL 30.49% (TREINTA PUNTO CUARENTA Y NUEVE POR CIENTO). ASÍ MISMO QUEDA INTEGRADO POR 1,650 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA LOTES), LOS CUALES SE DESTINARAN PARA USO HABITACIONAL. TERCERO.- EN LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA O PROMESA DE VENTA, SE INCLUIRÁN LAS CLÁUSULAS RESTRICTIVAS NECESARIAS PARA ASEGURAR POR PARTE DE LOS COMPRADORES, QUE LOS LOTES NO SE SUBDIVIDIRÁN EN OTROS DE DIMENSIONES MENORES QUE LOS AUTORIZADOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 39 TREINTA Y NUEVE DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO. CUARTO.- INSCRÍBASE ESTE PERMISO DE PREVENTA A COSTA DEL INTERESADO, EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL PARTIDO JUDICIAL CORRESPONDIENTE. QUINTO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE AL INSTITUTO, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 72 Y 73 DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO EN CITA. ASÍ LO RESOLVIÓ EL PRESIDENTE MUNICIPAL C. JOSE FRANCISCO GARCIA CARMONA, QUIEN ACTÚA LEGALMENTE ASISTIDO POR EL LIC. RODOLFO CARMONA PATIÑO, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO, EN CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN LAS SESIÓNES ORDINARIAS DE FECHA 12 DE SEPTIEMBRE DE 2006, Y EN ATENCIÓN A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 70 FRACCIONES I Y II Y ARTÍCULO 112 FRACCIONES V Y XI DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL EN VIGOR, A LOS 05 DE OCTUBRE DEL 2005.

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FE DE ERRATAS 1. En el Resolutivo del Permiso de Venta de los Lotes que conforman la Primera etapa del Fraccionamiento denominado "Praderas de la Venta", el cual se desarrolla en este Municipio, dentro de POR LO EXPUESTO Y FUNDADO SE RESUELVE, en el último párrafo del Resolutivo contiene errores los cuales son: …EN CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN SESIÓNES ORDINARIAS DE FECHA 12 DE SEPTIEMBRE DE 2006, Y EN ATENCIÓN A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 70 FRACCIONES I Y II Y ARTÍCULO 112 FRACCIONES V Y XI DE LA LEY ÓRGANICA MUNICIPAL EN VIGOR, A LOS CINCO DE OCTUBRE DE 2005. 2. Que la fecha de la Sesión en que fue Autorizado el permiso de Preventa de la Primera Etapa es del 02 de septiembre de 2004, por lo tanto el texto último debe ser como sigue: ASÍ LO RESOLVIÓ EL PRESIDENTE MUNICIPAL C. JOSÉ FRANCISCO GARCÍA CARMONA, QUIEN ACTUA LEGALMENTE ASISTIDO POR EL LIC. RODOLFO CARMONA PATIÑO, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO, EN CUMPLIMIENTOCON EL ACUERDO TOMADO EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 2 DE SEPTIEMBRE DE 2004, Y EN ATENCIÓN A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 70 FRACCIONES I Y II, Y ARTÍCULO 112 FRACCIONES V Y XI DE LA LEY ÓRGANICA MUNICIPAL EN VIGOR, A LOS 05 DÍAS DE OCTUBRE DE 2005. Lo anterior para los fines correspondientes, y sirva como aclaración del error contenido en el Resolutivo de Permiso de Preventa, así mismo para su inscripción en el Registro Público de la Propiedad. ATENTAMENTE Guanajuato, Gto. 10 de noviembre de 2006.

Lic. Pablo Luna Ortega Secretario del H. Ayuntamiento

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AVISO Por este conducto se les comunica a todos los usuarios en general, que a partir del día 10 de Abril del año 2003, esta disponible la información del texto del Periódico Oficial en su página de Internet. Para su consulta, se deberá accesar a la Dirección: ( www.guanajuato.gob.mx ) de Gobierno del Estado, hecho lo anterior dar clic sobre la Pestaña Informate la cual mostrara otras Ligas entre ellas la del Periódico. o bien ( http:// periodico.guanajuato.gob.mx ) Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.

Atte.

La Dirección

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T A R I F A S : Suscripción Anual (Enero a Diciembre) Suscripción Semestral (Enero-Junio) (Julio-Diciembre) Ejemplares, del Día o Atrasado Publicaciones por palabra o cantidad por cada inserción Balance o Estado Financiero, por Plana Balance o Estado Financiero, por Media Plana

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