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15 oct. 2015 - regidor Raúl Alemán Mostorino, a efectos de estrechar ..... CASTRO y CARLOS ENRIQUE DIAZ ... acusado Segundo Oscar Silva Chávez,.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Jueves, 15 de octubre del 2015

PODER JUDICIAL Y MPC ESTRECHAN LAZOS PARA FORTALECER CAMPAÑA “RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTO”

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a Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que preside Feliciano Vásquez Molocho, a través del Programa Justicia en tu Comunidad, viene implementando la Campaña “Rectificación de Actas de Nacimiento”, dentro de la jurisdicción cajamarquina, propuesta impulsada por el Juez Superior Percy Horna León, Coordinador del referido programa.

Ante ello, teniendo en consideración que dichas actas de nacimiento son emitidas por la Municipalidad Provincial de Cajamarca y RENIEC, ayer por la tarde Percy Horna, sostuvo una reunión de coordinación con el regidor Raúl Alemán Mostorino, a efectos de estrechar lazos de cooperación institucional y lograr que se exonere de cualquier pago por derecho administrativo

a los beneficiarios de la mencionada campaña. Horna León, destacó los esfuerzos que viene haciendo el Poder Judicial en este contexto, los mismos que fueron reconocidos y elogiados por el Regidor de la comuna provincial. Cabe indicar que este esfuerzo además ha sido acogido por Gobierno Regional, Defensoría Pública y RENIEC.

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 13 de octubre de 2015

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eves, 15 dedel octubre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Jueves, 15Jude octubre 2015 

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del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Jueves, 15 de octubre Jueves,del 152015 de octubre POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

estos colectivos que se autoidentifican como indígenas, a partir de un conjunto de acciones y pautas encaminadas a asegurar su adecuada atención y orientación legal. Los objetivos específicos del Protocolo se orientan a: i) Fijar pautas de articulación interinstitucional entre las entidades del sistema de justicia estatal, para fortalecer la calidad de la atención y orientación legal a la población de las comunidades campesinas, comunidades nativas, rondas campesinas; y ii) Permitir acciones para la adecuada atención y orientación legal a la población de las comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas. III. PRINCIPIOS

PODER JUDICIAL: PROTOCOLO DE ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN LEGAL CON ENFOQUE INTERCULTURAL DIRIGIDO A FUNCIONARIOS DEL SISTEMA ESTATAL DE JUSTICIA J.Fernando Bazán cerdán I. ANTECEDENTES Mediante la Resolución Administrativa 156-2015-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Protocolo de Atención y Orientación Legal con Enfoque Intercultural Dirigido a Funcionarios del Sistema Estatal de Justicia”. Este Protocolo ha sido elaborado fruto de la alianza del Poder Judicial con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este último representado por la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, más el apoyo del Programa EurosociAL II, Sector Justicia – Acción Acceso al Derecho de la Unión Europea. Este Protocolo se suma a los dos Protocolos anteriores elaborados a iniciativa de la Comisión de Trabajo sobre Justicia Indígena y Justicia de Paz de la Corte Suprema de Justicia de la República: El “Protocolo de Coordinación entre Sistemas de Justicia” y el “Protocolo de Actuación en Procesos Judiciales que Involucren a Comuneros y Ronderos”, los cuales fueron aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de  la Resolución Administrativa Nº 333-2013-CE-PJ, publicada el 29 de noviembre del 2014, y entraron en vigencia el 1 de enero del 2015. Para los efectos anteriores, sin desconocer el sentido polisémico de la expresión protocolo, en su sentido técnico implica el conjunto de procedimientos específicos establecidos en un plan. En este caso el plan e la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, aprobada por el Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 499-2012-P-PJ del 17 de diciembre del 2012, con el propósito de continuar con la promoción y consolidación de una sistema de justicia intercultural, que responda a la realidad pluriétnica y cultural de nuestro país. II. OBJETIVOS El indicado Protocolo está dirigido a funcionarios y funcionarias del Sistema de Justicia que laboran en el Poder Judicial, la Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú. Su objetivo general es el de mejorar las condiciones de acceso a la justicia de las comunidades campesinas, las comunidades nativas y las rondas campesinas, así como de las personas integrantes de

Las líneas de acción de este Protocolo descansan en una serie de principios de carácter general y procesal que, de acuerdo con los instrumentos nacionales e internacionales vigentes, deben ser observados en cualquier etapa de la intervención estatal en el que estén involucrados sus beneficiarios sea a título individual o como colectivo. Sin el carácter de taxativos, los principales principios son: de acceso a la justicia diferenciada; de defensa; pro persona humana (principio pro homine); pro pueblo indígena; de no discriminación; de equidad jurídica; de acción afirmativa; de trato con respeto a la diferencia cultural; de no revictimización; de protección a la identidad e integridad de grupo; y de información adecuada. IV.

ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO

El “Protocolo de Atención y Orientación Legal con Enfoque Intercultural Dirigido a Funcionarios del Sistema Estatal de Justicia”, se activa o entra en funcionamiento cuando una persona se autoidentifica como nativo, campesino, indígena, rondero u otro vocablo similar, o como representante de una comunidad campesina, comunidad nativa o ronda campesina, ante una autoridad de la Policía Nacional, de la Fiscalía, de la Defensa Pública o del Poder Judicial. No resulta exigible la activación eventual anterior del Protocolo cuando se traten de acciones preventivas y de coordinación interinstitucional, que no se dirigen a un caso en específico; en cuyo caso la activación es permanentemente con la sola vigencia del Protocolo. V.

ACCIONES COMUNES A TODAS LAS AUTORIDADES

Los funcionarios públicos de la Policía Nacional, la Fiscalía de la Nación, el Poder Judicial y la Defensa Pública, cuando en sus actuaciones dentro o fuera de un procedimiento formal atiendan a los beneficiarios de este Protocolo, deben desarrollar las siguientes conductas genéricas: Estrecha comunicación en casos de largo plazo; Respeto a la autoridad especial; Respeto a las lenguas originarias; Respeto a la costumbre y creencias del comunero o rondero; Apreciación intercultural de los sistemas de justicia; Despenalización de la percepción de la justicia estatal; Información sobre las consecuencias del proceso; y Atención y orientación de los beneficiarios de este Protocolo privados de libertad. VI. ACCIONES ESPECÍFICAS DE LAS ENTIDADES ESTATALES DEL SISTEMA DE JUSTICIA Las acciones específicas que corresponde efectuar a las entidades estatales integrantes del sistema de justicia, en forma genérica y por dependencia son las siguientes: 6.1) Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia: a) Recopilación y distribución de información sobre comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas; y b) Tratamiento preventivo del conflicto colectivo. 6.2) Jueces ordinarios: a) Información inicial de orientación; b) Dimensión colectiva del conflicto; c) Comunicación de procesos a la comunidad campesina, comunidad nativa o ronda campesina; d) Coordinación jurisdiccional; y e) De los jueces de paz.

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6.3) Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena del Poder Judicial -ONAJUPy Oficinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz -ODAJUP-: a) Atención y orientación; b) Monitoreo del Protocolo; y c) Identificación de buenas prácticas. 6.4) Centro Judicial de Formación Intercultural. Organizar, dentro su competencia, las capacitaciones destinadas a la operatividad del Protocolo. Sin embargo, su objetivo más amplio es fortalecer las habilidades y capacidades de diálogo intercultural entre los operadores del sistema de justicia ordinaria y los actores de justicia especial. 6.5) Policía Nacional del Perú. La inclusión de los miembros de la Policía Nacional del Perú en este Protocolo resulta fundamental por tratarse regularmente de los agentes de “primer contacto” con el beneficiario del presente Protocolo en su tránsito ante el sistema de justicia ordinario. En ese marco, la Policía Nacional debe considerar las siguientes pautas: a) Comunicación; b) Orientación sobre causales y soluciones de criminalidad; c) Información sobre ingreso a territorio comunal; d) Atención a detenidos; y e) Situaciones graves. 6.6) Ministerio Público: a) Niveles de información para el beneficiario de este Protocolo; b) Beneficiario: víctima-denunciante; c) Atención de testigos pertenecientes a comunidades o rondas y protección de víctimas; d) Medidas de protección colectivas; e) Atención a comunero/ rondero-imputado 6.7) Defensa Pública: a) Información básica; b) Medidas de protección; c) Atención técnico jurídica; y d) Interdisciplinariedad. VII.

MECANISMOS DE ARTICULACION INTERINSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN Y ORIENTACION A COMUNEROS Y RONDEROS

El Poder Judicial, la Defensa Pública, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú se encuentran comprometidos en realizar una permanente articulación entre ellos para cumplir con su deber de tutelar los derechos de la población de las comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas con pertinencia cultural. Para ello, teniendo presentes las líneas de acción de este Protocolo, las autoridades del sistema de justicia estatal deben seguir la siguiente guía de actuación: a) Criterios generales que deben considerar la Policía Nacional y el Ministerio Público; b) Interpretación normativa intercultural; c) Requerimiento judicial de asistencia legal y defensa especializada y gratuita; d) Aprendizaje e interpretación de lenguas indígenas u originarias; e) Comprensión de la cultura comunal o rondera; f) Conflictos referidos a tierras; g) Agenda estratégica de visitas a comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas; h) Redes de comunicación; i) Tratamiento integral de la situación de los beneficiarios de este Protocolo privados de libertad; j) Atención y orientación con enfoque de género en contexto intercultural; k) Atención a niños y niñas integrantes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas; y l) Involucramiento de la sociedad civil. VIII.

COMISION INTERINSTITUCIONAL DE JUSTICIA INTERCULTURAL

Con la aprobación del Protocolo se constituye la Comisión Interinstitucional de Justicia Intercultural, con la finalidad de garantizar la aplicación de las acciones previstas y el funcionamiento de los reglas de articulación interinstitucional. Para ello, se requiere que cada institución involucrada participe de una coordinación oportuna y ordenada que logre que su beneficiario se sienta incluido y familiarizado con todo el proceso de administración de justicia. De esta manera, la Comisión Interinstitucional de Justicia Intercultural se encuentra integrada en el Consejo Consultivo del Centro Judicial de Formación Intercultural de cada Corte Superior, con la debida participación de líderes indígenas, cuyo objetivo más amplio es el de fortalecer las habilidades y capacidades de diálogo intercultural entre los operadores del sistema de justicia ordinaria y los actores de justicia especial. *****

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AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES REMATE BIENES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. N° 46-2015) En los autos seguidos por la COOPERATIVA DE AHORRO y CRÉDITO “ NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO”LTDA N° 222, contra SANTIAGO CARUAJULCA BLANCO y ROCIO NOEMI HUAMANTA CRUZADO, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 46-2015, el Juzgado Mixto de Hualgayoc - Bambamarca de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, a cargo del Señor Juez Dr. Francisco Martín Quiroz Barrantes, Especialista Legal Dra. Gandhi Mabel Guevara Peña, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble ubicado en: Centro Poblado Bambamarca, Mz. 27, Lote 22, Distrito Bambamarca, Provincia Hulagayoc y Departamento de Cajamarca, con área, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la Partida Electrónica N° P36004409, del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral N° II. Sede Chiclayo Oficina Registral Chota. - VALOR DE TASACION: S/. 135,000.00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL y 00/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE: S/. 90,000.00 (NOVENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. - AFECTACIONES VIGENTES: 1).- INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA, As. 00003, a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CRÉDITO DE TRUJILLO S.A., por la suma de S/. 90,491.71 Nuevos Soles. 2).- INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA, As. 00004. a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO y CRÉDITO “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO” LTDA N° 222, hasta por la suma de S/. 135,000.00 Nuevos Soles. DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Octubre 2015 a las 02:45 pm.— LUGAR DEL REMATE En el local del Juzgado Mixto de Hualgayoc - Bambamarca, sito en Jr. Alfonso Ugarte N° 674, Distrito Bambamarca, Provincia Hualgayoc, Departamento Cajamarca. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Exp., Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 0082005-JUS, y están afectos al IGV. Bambamarca, 16 de Setiembre 2015. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio Telf 988643628. GANDHI M. GUEVARA PEÑA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA ORLANDO ROCA C. MARTILLERO PUBLICO Reg. NAC. N°205 P.4952714 F.P.09-12-13-14-15-16 Octubre S/.30.00

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PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 00714-2002-0-0601-JR-CI-01) EN LOS SEGUIDOS POR SEGUNDO MARCOS VASQUEZ LINARES CONTRA VÍCTOR MOISES MUÑOZ CASTAÑEDA, SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00714-2002-0-0601-JR-CI-01, EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA, DR. ROGER MENDOZA HERRERA Y ESPECIALISTA LEGAL DR. JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA, HA ORDENADO SACAR A REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL 18.10% DE LAS ACCIONES Y DERECHOS DEL PREDIO UBICADO EN EL JIRÓN AMALIA PUGA NÚMERO 1044, 1050 Y 1054 DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11001333 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° II - SEDE CHICLAYO, OFICINA REGISTRAL CAJAMARCA. TASACIÓN: POR RESOLUCIÓN N° 13 SE DETERMINA QUE LA TASACIÓN DEL 18.10% DE LAS ACCIONES Y DERECHOS DE VÍCTOR MOISES MUÑOZ CASTAÑEDA EQUIVALEN A CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 02/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 46993.02); PRECIO BASE: TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO DÓLARES AMERICANOS CON DOS CENTAVOS (US$ 31,328.68), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA TASACIÓN ANOTADA. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1.- EMBARGO.- HASTA POR LA SUMA DE US$ 38,000.00, SOBRE LAS ACCIONES Y DERECHOS DE VÍCTOR MOISES MUÑOZ CASTAÑEDA, ORDENADA POR EL 1ER JC DE CAJAMARCA, AS. D00002, Y REACTUALIZADO EN EL AS. D00003 DE LA PARTIDA ANOTADA; 2.- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO.- SOBRE LAS ACCIONES Y DERECHOS DE VÍCTOR MOISES MUÑOZ CASTAÑEDA,HASTA POR LA SUMA DE US$ 10,000.00 A FAVOR DE ADMINISTRADORA DE COMERCIO S.A. ORDENADA POR EL 35° JC DE LIMA, AS. D00004 DE LA PARTIDA ANOTADA; 3.- HIPOTECA HASTA POR LA SUMA DE US$ 300,000.00 CONSTITUÍDA POR LOS PROPIETARIOS A FAVOR DE JAIME JOSÉ SÁNCHEZ PIEROLA Y MARÍA ALICIA BURGA DE SÁNCHEZ, POR E.P. DE 16.06.2006 ANTE NOT DR. R. CUBAS T., AS. D00005 DE LA PARTIDA ANOTADA; Y, 4.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN.- HASTA POR LA SUMA DE US$ 20,000.00 SOBRE LAS ACCIONES Y DERECHOS DE VÍCTOR MOISES MUÑOZ CASTAÑEDA, A FAVOR DE ADMINISTRADORA DEL COMERCIO S.A., ORDENADO POR EL 35° JC DE LIMA, AS. D00006 DE LA PARTIDA ANOTADA. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: EN LA OFICINA DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA SITO EN LA SEDE UBICADA EN AV. LA CANTUTA S/N (CDRA. 12) DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, EL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 A LAS DIEZ HORAS (10:00). POSTORES: CONSTITUIRÁN DEPÓSITO POR EL IMPORTE DEL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DE CADA BIEN INMUEBLE A REMATAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, ADJUNTANDO ORIGINAL Y COPIA DEL DNI Y DEL RECIBO DE PAGO DE LA TASA JUDICIAL CORRESPONDIENTE A LA ORDEN DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA DEBIENDO CONSIGNARSE EN LA MISMA EL NÚMERO DE EXPEDIENTE, Y FIRMA. EL REMATE ESTARÁ A CARGO DE LA MARTILLERO PÚBLICO ROXANA ELENA LEÓN USURIN, CON REG. 302; HONORARIOS DEL MARTILLERO: SERÁ DE CARGO DEL ADJUDICATARIO SEGÚN LA TABLA ESTABLECIDA EN EL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS MÁS IGV, Y DEBERÁ SER CANCELADA AL FINALIZAR EL

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REMATE. JOSE ANDRES CARRASCO HUACCHA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA ROXANA ELENA LEON USURIN MARTILLERA PUBLICA REG. 302 P.4957689 F.P. 14-15-16-19-20-21 Octubre. S/.42.00

2.EDICTOS CLASIFICADOS

RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS

EDICTO PRESCRIPCIÓN PROCESO ABREVIADO Ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca. Que Despacha la Juez Doctora Claudia Cabanillas Quevedo y Secretaria Fernández Aquino, en el expediente 882-2015-0-0601-JR-CI-02, mediante resolución N° 02 de fecha 16 de setiembre del 2015, admite a trámite la demanda interpuesta por MIYASATO BRIONES ANA ELIZABETH, sobre DELIMITACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS, con SUS COLINDANTES, respecto al bien inmueble rústico ubicado en el jirón Sara Magdougal N° 781 - 783 y 785 de la Ciudad de Cajamarca, con los siguiente linderos y medidas: - Por el frente colinda con el jirón Sara Mogdougal y mide 11.80 metros lineales. - Por la derecha entrando colinda con la propiedad de los herederos de Víctor Valentín Tafur y mide 39.sd 5 metros lineales. - por la izquierda entrando colinda con la propiedad de los señores Juan César Sánchez Gálvez y mide 31.90metros lineales. -Por el fondo colinda con la propiedad de los herederos de Rogelio Pajares y mide 8.125 metros lineales con área total y real 296 metros cuadrados, publicándose por 03 veces con intervalo de 03 días en el Diario Oficial « La República» Cajamarca. 28 de setiembre del 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4952901 F.P. 09-15-21 Octubre. S/.12.00 EDICTO TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ EXP: 972-2012-0. SE RESUELVE: 1.- ADMITIR A TRAMITE LA DEMNADA CONTRA GUEVARA MARTINEZ ABRAHAN Y OTRO, en la presente causa, sobre rectificación de áreas y linderos, consignando el plazo de DIEZ DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía. En la demanda interpuesta Por CABANILLAS BAZAN ARMANDO contra GUEVARA MARTINEZ ABRAHAN Y OTRA, sobre rectificación de áreas y linderos del bien inmueble ubicado en el caserío la Colpa de San Antonio, distrito Jesús, provincia y departamento de Cajamar-

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

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Atentamente. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 4946263 F.P. 02-09-15 Octubre S/. 9.00

4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL Exp. N° 972-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: FELIPE CARRASCO RAMOS para que tome conocimiento del contenido de la resolución número cuatro de fecha dos de octubre de 2015, mediante la cual se cita a audiencia de control de acusación en la investigación seguida en su contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Deysi Medali Carrasco Chávez PARA EL DÍA 19 DE OCTUBRE DE 2015 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias número uno de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac. Precísese a las partes procesales que deberá concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias. Cajamarca, seis de octubre de 2015 F.P. 13-14-15 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 00250-2015-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: DANTE YOBAN FIGUEROA MOSQUEIRA Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 07, de fecha 30/09/2015, se ha dispuesto: VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Mediante resolución número SEIS de fecha siete de setiembre del presente año se programó fecha para la realización de la audiencia, para llevarse a cabo el día de la fecha, estableciéndose los apercibimientos respectivos, en caso de inconcurrencia de las partes procesales. SEGUNDO: Revisada la carpeta se advierte que no obra en autos la notificación en el domicilio real al acusado, la cual es necesaria dado que la abogada de la defensa ha solicitado se aplique el criterio de oportunidad en este caso, el que debe contar con la presencia del procesado, siendo ello así, estando a que la ausencia en esta audiencia del acusado obedece a defectos en la notificación al no haber sido realizado esta en el domicilio real del acusado, esta judicatura considera que no pude instalarse válidamente la presente audiencia y debe ser reprogramada la misma. TERCERO: Tal como lo establece el artículo 351° del Código Procesal Penal, para la instalación de la presente audiencia es necesaria la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público así como del abogado de la defensa del imputado, siendo que en esta caso la audiencia no puede instalarse debido a que existe un pedido de aplicación de un criterio de oportunidad, para lo cual debe notificarse al acusado en su domicilio real, lo que no se ha hecho, circunstancias que podría afectar su derecho a la defensa; siendo ello así esta judicatura: RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Público. 2. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL para el día VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL QUINCE A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA EN LA SALA NUMERO CINCO DE LA CORTE

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SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA (sede Qhapac Ñan), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de informar a su órgano de control en caso de inconcurrencia injustificada; quedando notificado en este acto la abogado de la defensa pública, quien deberá concurrir de manera obligatoria bajo apercibimiento informar a la Coordinación de la Defensoría Pública en caso de inconcurrencia injustificada, sin perjuicio de imponérsele dos URP como multa. 3. NOTIFIQUESE al imputado en su domicilio real para que concurra a dicha diligencia, estableciéndose que el domicilio real al que deberá cursarse la notificación es JIRON MARISCAL CACERES C-1 BARRIO MOLLEPAMPA de esta ciudad. Cajamarca, 09 de octubre del 2015. Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P.13-14-15 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 01394-2014-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: GENARO BOBADILLA LEIVA Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 09, de fecha 05/10/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado GENARO BOBADILLA LEIVA con el contenido de la: APARECIENDO de autos que las constancias de notificación dirigidas al acusado y a la parte agraviada no ha sido posible su devolución, por lo tanto se desconoce su destino y habiéndose reprogramada fecha y hora para la audiencia de control de acusación conforme se advierte a folios cincuenta y tres a cincuenta y cinco; y, a fin de no vulnerar el derecho de defensa del acusado y agraviada, NOTIFÍQUESE a estos vía edictos en el Diario Oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal, al desconocer su paradero actual de los mismos, con un extracto de la resolución número ocho, de fecha veintiocho de setiembre del año en curso; OFICIANDOSE con tal fin.Cajamarca, 09 de Octubre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P.13-14-15 Octubre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lidia Eugenia Narro Cueva Exp. 1392-2014-3-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1. VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, al acusado CARLOS ENRIQUE DIAZ HERNANDEZ que se realizará en ACTO PUBLICO el día VEINTE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, ALAS CUATRO DE LA TARDE,  la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número cinco, ubicada en Avenida La Cantuta cdra. 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Quapac Ñac (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Data dispuesta debido a que la agenda del Juzgado se encuentra con diligencias programadas hasta esa fecha y el procesado domicilia fuera del radio urbano., en el proceso seguido contra FRANK OLIVER RODRIGUEZ CASTRO y CARLOS ENRIQUE DIAZ HERNANDEZ como presunto autor del delito contra el Patrimonio en su modalidad de hurto agravado, en agravio de MAESTRO PEÚ S.A; bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: Daniel Holguín Moran. F.P.13-14-15 Octubre

EDICTO PENAL ESPECIALISTA DE CAUSAS: Lidia Eugenia Narro Cueva EXP. N° 515-2015-1-0601-JR-PE-05. SE RESUELVE: 1.-  CITAR A JUICIO ORAL    en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECISIETE DE DICIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del colegiado (octavo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado  CORTEZ AGUILAR JOSE RAMON,  concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado  Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. Suscribe. Dr. DANIEL HOLGUIN MORAN. F.P.13-14-15 Octubre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL:  Lidia Eugenia Narro Cueva Exp. 1923-2014-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1. VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, al acusado Segundo Oscar Silva Chávez, que se realizará en acto público  el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE,  la misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Colegiado (8vo. piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos).  Data dispuesta debido a que la agenda del Juzgado se encuentra con diligencias programadas hasta esa fecha y el procesado domicilia fuera del radio urbano, en el proceso seguido contra Segundo Oscar Silva Chávez, como presunto autor del delito contra la Seguridad Pública, en su modalidad de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad .Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: Daniel Holguín Moran. F.P.13-14-15 Octubre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lidia Eugenia Narro Cueva Exp. 1130-2014-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE:  1.  VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, al acusado Antonio Julcamoro de la Cruz  que se realizará en acto público el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE,  la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Colegiado (8vo. Piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Data dispuesta debido a que la agenda del Juzgado se encuentra con diligencias programadas hasta esa fecha, en el proceso seguido contra  Antonio Julcamoro de la Cruz como presunto autor del delito contra la Seguridad Pública, en su modalidad de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad .Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez:  Daniel Holguín Moran. F.P.13-14-15 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Brio-

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV nes Álvarez Exp. 1880-2013-2-0601-JR-PE-03 RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en  ACTO PÚBLICO  el día    VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del  juzgado Colegiado,    ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra SEGUNDO BERNARDO NOMBERTO BERNALES  como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar . Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL  TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp.1770-2014-2-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en  ACTO PÚBLICO  el día  VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal- ubicado en la Avenida la Cantuta Cuadra doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra  JUAN PABLO SÁNCHEZ CAPCHA  como presunto autor del delito contra la Fe Pública, en su figura de Falsificación de Documentosuso de Documento Público Falso.Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 167-2011-1-0601-JR-PE-01 VOLVER A CITAR A    LA AUDIENCIA DE    JUICIO ORAL  en la presente causa, que se realizará en  ACTO PRIVADO  el día  VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE,  a las  CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número CUATRO (4), Ubicado en la Avenida La Cantuta Cuadra 12. Quinto Piso, Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra    MICHAEL ELEUTERIO VASQUEZ ESCALANTE, LUCIANO SANTOS SÁNCHEZ TACILLA como presuntos autores del delito de apropiación ilícita, en su modalidad Falsedad Ideológica  Ocultamiento de documentos. Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 724-2015-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en  ACTO PÚBLICO  el día    DOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran

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con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado-  ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Octavo Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra  ANÍBAL RAMIREZ INCILcomo presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar. Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL  TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 486-2015-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, que se realizará en  ACTO PÚBLICO el día  VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado,    ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – OctavoPiso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra  SANTOS ISPILCO CHUQUIMANGO  como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar . Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: EVER LUIS CHAVEZ VASQUEZ. Exp. N° 0444-2015-0-0601 -JR-PE-01. Mediante resolución número Uno RESUELVE: ADMITIR LA QUERELLA interpuesta por los querellantes BRENDHA FLORANGEL PRESCOTT GARCIA y EDUARDO CARDENAS ARTEAGA en contra de FERNANDO TERRONES OLIVOS por los presuntos delitos contra el honor en su figura de Calumnia y Difamación dictándose en contra del querellado mandato de comparecencia simple y CORRASE traslado de la querella para que conteste y ofresca pruebas dentro del plazo de cinco días hábiles. Atentamente, SEVERINO VARGAS CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 027-2013-0 RESOLUCION N° TRES de fecha 30 de septiembre del 2013; SE RESUELVE: 1.- REQUIERASE al acusado para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificado designe un abogado defensor de su libre elección y señale domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad de conformidad con el artículo 80° del código procesal penal, bajo el apercibimiento de designarse al defensor público en caso de incumplimiento. RESOLUCION N° NUEVE de fecha 24 de septiembre del 2015, SE RSEUELVE: 1- NOTIFICAR VIA EDICTO al acusado GUMERCINDO RIOS CAIPO, en los seguidos contra Gumercindo Ríos Caipo, por el delito de Estafa. Edictos que serán publicados en el diario Oficial «La República» de Cajamarca

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por el pazo de TRES DIAS. ,- Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Roxana Alvan Zamora. F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL Exp. N° 0687-2015-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: MARÍA IRENE CÓNDOR VILLA Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 04, de fecha 05/10/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS la resolución número tres que señala que: DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio presentado por el Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Cajamarca, el mismo que preliminarmente reuniría los requisitos establecidos por el artículo 349° del Código Procesal Penal; AGREGUESE a los autos; y, de conformidad con lo previsto por el artículo 350° del mismo cuerpo normativo, CORRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Al primer otrosí: TENGASE presente lo expuesto. NOTITÍQUESE.Se PRECISA que el presente proceso penal se origina de la investigación 626-2015 de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cajamarca. Cajamarca, 12 de Octubre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL Exp. N° 1395-2015 - 1-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Agraviado MINCHAN TASILLA WHESLEY ALBERTO. RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Cajamarca, doce de octubre del 2015.DADO CUENTA con el requerimiento de terminación anticipada y siendo el estadio que corresponde, SEÑÁLESE FECHA, para la realización de la audiencia, la que se llevará a cabo el día VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las TRECE HORAS (1:00 p.m. - hora exacta), en la Sala número dos (02) de esta Corte Superior de Justicia, con la presencia obligatoria del Fiscal, el imputado y su abogado defensor, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada de aquellos, de declararse inadmisible el requerimiento, archivarse el cuaderno y continuar el proceso según su estado; siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. PRECÍSESE que: 1) La audiencia tendrá carácter privado, 2) El Fiscal sustentará los cargos y los términos precisos del acuerdo provisional (tipificación, pena, reparación civil y consecuencias accesorias), por su parte el imputado tendrá la oportunidad de aceptarlos, en todo o en parte o rechazarlos, 3) No está permitida la

actuación de pruebas. 4) La declaración formulada por el imputado en este proceso se tendrá como inexistente y no podrá ser utilizada en su contra. 5) La sentencia anticipada será dictada en acto público. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios procesales, incluida la parte agraviada. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL Fxp. N° 262-2015 - 0 -0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputada Mantilla Torres Dalila Dalila Janneth RESOLUCIÓN NRO. SIETE.- Cajamarca, veinticuatro de setiembre del 2015.- DADO CUENTA: Con el escrito presentado por el defensor público de la acusada PALACIOS QUIROZ, ELSA RAQUEL, mediante el cual varia domicilio real; AGRÉGUESE a los autos, TÉNGASE POR VARIADO su domicilio real ubicado en el Jr. Amazonas N° 552 (al lado de MIFARMA) primer piso - Cajamarca: AGREGUESE a los autos y TÉNGASE presente, y con el estado del proceso, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las DIEZ HORAS Y CINCUENTA MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO DOS de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado Defensor del acusado, PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. AVOCÁNDOSE el Juez que suscribe por licencia del titular. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 14-15-16 Octubre. EDICTO PENAL Exp. N° 01402-2015-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: RAMIRO CHINGAY MORALES Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 02, de fecha 29/09/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado RAMIRO CHINGAY MORALES con el contenido de la: DADO CUENTA con el estado del presente proceso y conforme a la devolución sin haber sido diligenciada la cédula de notificación por el responsable de la Oficina Unica de Notificaciones Virtuales de la ciudad de Trujillo, La Libertad, la misma que ha sido dirigida al investigado Ramiro Chingay Morales, al domicilio real señalado en el requerimiento acusatorio fiscal, no existe en dicha ciudad, siendo ello así y a fin de no vulnerar el derecho de defensa del referido investigado, NOTIFÍQUESE a éste VÍA EDICTOS en el Diario Oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal, al no conocerse el domicilio real exacto, con un extracto de la Resolución número uno, de fecha treinta y uno de agosto del año en curso, en la cual se le REQUIERE a dicho acusado para que en el plazo de un día de notificado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección a fin de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento de nombrarse un defensor público, en caso de incumplimiento. OFICIANDOSE con tal fin. NOTIFI-

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QUESE.Cajamarca, 06 de Octubre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 470-2015-2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día VEINTISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado SANTOS LUIS ACUÑA BAZAN concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 672-2015-2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias del colegiado (8vo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos) debiendo el acusado EDSON ENRIQUE SALAZAR INCIO concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 622-2015-2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TAR-

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DE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JOSE FRANCISCO CUEVA YOPLA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL Exp. N° 01710-2014-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: LUIGUI ASENCIO LLANOS Y BERTHA ALFREDA LLANOS LOPEZ Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 04, de fecha 25/09/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS a la agraviada BERTHA ALFREDA LLANOS LOPEZ y al imputado LUIGUI ASENCIO LLANOS con el contenido de la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES que señala: CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada. NOTIFÍQUESE.PRECISANDOSE que el presente proceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal N° 718-2014 por el delito de Falsedad Genérica y otros en agravio del Estado y otros. Cajamarca, 06 de Octubre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 832-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO CON VEINTE MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número tres (03), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Nan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusa-

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do LUIS MARTIN ZAVALA QUILICHE, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Santos Luis Vásquez Plasencia y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUES PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1064-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número tres (03), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JOSE HILARIO INFANTE CARRASCO, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Santos Luis Vásquez Plasencia y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUES PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1588-2013-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECINUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número tres (03), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado SEGUNDO SIMON DURAN FLORES, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Santos Luis Vásquez Plasencia y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUES PLASENCIA

JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL Exp. N° 01125-2015-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: ADRIANO ROBERTO DIAZ PEREZ, LUIS ALBERTO DÍAZ FERNANDEZ, MIGUEL ÁNGEL MENDOZA PEREZ, IVAN WILMER PEREZ JIBAJA, YOELITO ALEX MELENDEZ PEREZ y ISABEL PAULINA CANDIOTTI CASTILLO Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 03, de fecha 29/09/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS por lo que estando a las consideraciones anotadas, LA SEÑORA JUEZ QUE SUSCRIBE RESUELVE: 1) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número dos de fecha diecisiete de agosto del mismo año; en consecuencia: DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica de los acusados ADRIANO ROBERTO DÍAZ PÉREZ, LUIS ALBERTO DÍAZ FERNÁNDEZ, MIGUEL ÁNGEL MENDOZA PÉREZ, YOELITO ALEX MELÉNDEZ PÉREZ, IVÁN WILMER PÉREZ JIBAJA Y ISABEL PAULINA CANDIOTTI CASTILLO, debiendo para tal efecto OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin. 2) CÓRRASE TRASLADO de la acusación a los demás sujetos procesales, incluido el defensor público a designar, por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse sobre las facultades de las partes que se han precisado en el segundo considerando. PRECÍSESE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE, a las partes procesales (...) Asimismo, NOTIFÍQUESE a éstos VÍA EDICTOS en el Diario Oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal, al desconocer el domicilio real exacto, con un extracto de la presente resolución que corre traslado el requerimiento de acusatorio. OFICIANDOSE con tal fin. NOTIFÍQUESE.PRECISANDOSE que el presente proceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal N° 87-2015 por el delito de Tráfico de Productos Pirotécnicos en agravio del Estado. Cajamarca, 06 de octubre del 2015. Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 992-2015-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día TRES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias número cinco (05), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JUAN DE LA CRUZ HERRERA concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Con-

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV tumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez José Daniel Santos Holguín Moran y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. DANIEL HOLGUIN MORAN JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 00103-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: SEGUNDO WILFREDO SOTO TERRONES Para hacer de su conocimiento que por RESOLUCIÓN n° TRES de fecha 0210-2015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA, la misma que se llevará a cabo el día Martes 24 de noviembre del año 2015 a las 11:00 de la mañana, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 1224-1228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal N° 00103-2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Segundo Wilfredo Soto Terrones, por falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Ismenia Murga Villanueva. Cajamarca, 09 de octubre de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 00295-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzqulerdo. SE CITA Y EMPLAZA A: GLORIA VELA MENDOZA Para hacer de su conocimiento que por Resolución N° DOS de fecha 2509-2015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA, la misma que se llevará a cabo el día Lunes 02 de noviembre del año 2015 a las 09:00 de la mañana, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 1224- 1228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal N° 00295-2015-0-0601 -JP- PE-04, seguido contra José Hernán Carranza Roalcaba, por falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Gloria Vela Mendoza. Cajamarca, 09 de octubre de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre.

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Lucely del Carmen Murga Roncal. Cajamarca, 09 de octubre de 2015 JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 00273-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: SEGUNDO CATALINO HERAS MIRANDA. Para hacer de su conocimiento que por Resolución N° DOS de fecha 0909-2015, SE ORDENÓ NOTIFICAR mediante edictos la RESOLUCIÓN n° UNO, que DECLARA INADMISIBLE EL CASO y se decidió NO INICIAR PROCESO PENAL por falta contra el patrimonio en la modalidad de hurto, en agravio de SEGUNDO CATALINO HERAS MIRANDA, SEGUIDO contra Felipe Pérez López, lo cual se concede tres días hábiles posteriores a la notificación de esta resolución a SEGUNDO HERAS MIRANDA, para que si lo desea cumpla con presentar los medios prueba que acrediten la propiedad y preexistencia de los bienes supuestamente hurtados, bajo apercibimiento de declarase el archivo definitivo. Cajamarca, 09 de octubre de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA EXP. Nro. : 116-2015(147 -2015 - JUP) Para hacer de su conocimiento que

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por resolución número dos de fecha veintiocho de setiembre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al acusado, GENARO CRUZ SIGUENZA , disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública de esta ciudad doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Brayan Kevin Cruz Alfaro Cajabamba, 01 de Octubre del 2015. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA F.P. 15-16-19 Octubre.

EDICTO PENAL El TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO, Juez ISTAÑA emplaza a la siguiente parte procesal para que tome conocimiento de los actos procesales en el proceso que se le sigue mediante: Exp. N° 2012-120-28-2101-JR-PE-01 a LUCINDA ROXANA TORRES GUEVARA, a fin de que tome conocimiento y acuda: A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, día: 22-10-2015 a Horas: 8:30 am. en la Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales y Colegiados del Módulo de Puno. ESPECIALISTA: CONDEMAYTA CRISTINA LISSETH DIAZ OSORIO JEFE DE UNIDAD DE SERVICIOS JUDICIALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 15-16-19 Octubre.

EDICTO PENAL Exp. N° 1026-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: HUGO ALEXANDER HUAMAN CARRERO para que tome conocimiento del contenido de la resolución número cuatro de fecha 13 de octubre de 2015, mediante la cual SE CITA A AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN en la investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Luis Jorge Julcamoro Vásquez PARA EL DÍA CINCO DE NOVIEMBRE DE 2015 A HORAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA en la sala de audiencias número tres de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac. Precísese que las partes procesales deberán concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias. Cajamarca, 14 de octubre de 2015 F.P. 15-16-19 Octubre. EDICTO PENAL Exp. N° 464-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: DANIEL EDUARDO CHAVEZ PALOMINO para que tome conocimiento del contenido de la resolución número cuatro de fecha 13 de octubre de 2015, mediante la cual se CITA A AUDIENCIA PRELIMINAR DE SOBRESEIMIENTO en la investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones culposas, en agravio de María Teresa Lucano Cortez PARA EL DÍA DOS DE NOVIEMBRE

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DE 2015 A HORAS DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO TRES de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Precísese a las partes procesales que deberán concurrir a la sala de audiencias con quince minutos de anticipación. Cajamarca, 14 de octubre de 2015 F.P. 15-16-19 Octubre.

EDICTO PENAL Exp. N° 1682-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: LUIS ALBERTO PEREZ AGUILAR DADO CUENTA con el Requerimiento de Acusación Directa presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que antecede, AGRÉGUESE a los autos y conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado LUIS ALBERTO PEREZ AGUILAR, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real consignado en el requerimiento acusatorio. SIN PERJUICIO de notificar al acusado conforme solicita el Representante del Ministerio público por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución. Notifíquese Cajamarca, 14 de octubre de 2015 F.P. 15-16-19 Octubre.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 00261-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: KARINA DANIXA WALTER GUEVARA Para hacer de su conocimiento que por Resolución N° DOS de fecha 22-092015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA, la misma que se llevará a cabo el día miércoles 18 de noviembre del año 2015 a las 09:00 de la mañana, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 1224-1228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal N° 00261-2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Karina Danixa Walter Guevara, por falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Lunes 12, Martes 13

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Lunes 12 hasta el viernes 30 de octubre

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Lunes 12 hasta el 24 de octubre

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eves, 15 dedel octubre del 2015 FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Jueves, 15J de octubre 2015  24 DR.MOLOCHO 24 DR. FELICIANO VÁSQUEZ u

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Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.