otz* 9*ot*o

conómico Local y Turismo de la Sub Gerencia de Comercialización de la ... unificado de control en tiempo real – SUCTR* a que se refiere la Primera ..... VEZ INVERSIONES RECREATIVOS GUERRERO SAC EL FARAON ARISTOCRAT.
392KB Größe 4 Downloads 2 vistas
,9ü"¿r/otz*

9*ot*o/ N" zaat/ L¡ma,

0

8

.20r5.f{r{cETuRvirr/Dqjcfúf

JUL. 2015

VistG. elE p€dienle N' 87277G201+MINCEfUR, de fecha 28.(X.2015, pr8entedo porta empÉss l¡lVERSlOt{ES RECREATIVOS GUERRERO S.A.C. en el que so¡¡cfa autorizecijn e&É6a para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas en la sala de juegos "EL FARAON", uttcada en el Restauranie Tur¡stico Cinco Tonedores "El Huerlo" ub¡cado en el Jr. Nicolás de Prérola Este N" 112, Mz. 1L, Lote Joveñ El Progrero, Distrito de Carabayllo, Provincia y Oepartamento de Lima;

$A y

5,

CONSIDERANDO: Que, medianle Ley N'27153, y nofmas modiñcálorias, y su Reglamento aprobedo med¡ante Decaeto N" 00+2@2-MINCETUR, se reguló la e&lotecjón cl€ lo¡ juegG de casino máquinas 6n el pa¡s, establoc¡óndose en el arlfculo 24' del citado cueeo legal que coresponde a la

y

heccióñ General de Juegos de Casiño

y

Máquinas TÉgamonedes las facullacl€s adm¡nistráivas d6

autorizac¡ón, fscalizácaón, supeNisión. evaluac¡ón y sanción vinculadas a las explotac¡ón antes referida;

Que. Exped¡ente N' 87277G201SM|NCETUR, de f€cha 28.(X.2015, pre$ntado por la emprósa INVERS|o ES RECREATIVOS GUERRERO S.A.C. en él que solicila autorizac¡ón €'presá para la de máquinas regamoñedas en la 6ele de ¡uégos "EL FARAON", ub¡ceda €n el Restauránle Cinco Ten€dores 'El Hueno' ubicádo en el Jr. Nicolás de Piérola Este N' 112, Mz. 11, Lote blo Joven El Progreso, D¡strito de Carabayllo, Prov¡nc¡a y Deparlamento d€ L¡úar

$A y 5,

Oue, en observancia á lo eslablecido en 6l alículo 6d de le L6y 2'1753, modifcada por la Ley No le solic¡tianté pr€sente i) Certificeclo con N'd6 Reg¡stro: 195, de fe€*É 22.12.2014. ügen¡e hesla el .12.2019, emit¡do por la Dhecc¡óo Nacional de DesaÍollo furisüco del Viceminbterio de Turismo, dol MINCETUR, , a l¡vor de la solicite e, mediant€ el clal se asodile que al eslabl€c¡mienlo dondé sé €ncuenta ¡nstalada la sala de juegos de máqu¡n$ tregamonedas que se pÉt€nd€ etplotar -eslo ea, el €sláblecim¡ento denominado Restaurante Tur¡atco 'El Huerto', ha sído clasificado como Reslaulento furlsüco Categorizado de cinco (5) Teñódores Tutlsticos, confome e lo d¡spuesto en el Decrelo Sup€mo N' INCETUR "Reglsmento de Restau€nte3", ubicado en 6lJr. N¡colás de Piérole Este N'112 , Mz. Lote 5A y 5 P.J. EL Progreso, Distrito de Carabayllo, Proviñci5 y o€pertamento de Uma y ii) L¡cenc¡a de de Establ€c¡m¡ento, Ucsnc¡a N" 003899. de focha 02.'12.2014, emitida por la Gerencia de D€serollo ico Local y Tudsmo de le Sub Gerencra de Comercial¡zac¡ón de lá Munic¡pelidad Dislritial de lo, para el giro de'R€staurante Tur¡sl¡co' 'El Huerlo' e favor d6 la solicitante lnve6¡ones Recreativos Guorero S.A.C., pala €l esiablecim¡onlo ub¡cado €n Jr. Nicolás de PiérolE Este N' 112 ¡/|2. 1L 5.A y 5 P.J. El Progreso, Dastrito de Carabayllo, Prov¡nc¡a y oepartiameñto de L¡ma;

Oue. el arliculo 14' de la Ley antes m€nc¡onada asi corf|o el artlculo

7'

de 5u Reglamento'

establecen los requisilos que los sol¡citantes deben cumdk par¿ acc€der a la menc¡onada eutonzaqón: Que, sogún consta €n sl Infome Técnico N" {P-201+MINCETUR/VIúf/DGJCMT-DFCS-LRC' de fecha 08.06.2015: se vsdficó que la sala de juegos cumpl€ con lo eslablecido en el añ¡culo 5o de la Ley No 27153 y normai modaf¡catorias, asl como con los requ¡sitos técÍicos exigibles pela la instalacióñ y func¡onám¡ento de una s€la de iuegos de máquinas tragárflonedas' enconlrándose Ias máqu¡nas traqamon€das autorizadás y registrádá (homologadss) por la D¡rección General do Juegos de Cas¡no y Máquinas TÉgamon€das: Qu6, la empresa cuñple con adjuntar a 3u sol¡cilud cop¡a de: la c¡p¡a del (D Infoíne de lnsp€cción ica de Seguridád en Edilicacion€s de Detalle N'oolDE DETALLE-2015-SGAC-MDC| y-0) Certifrcedo -Técn¡ca N'0004'2015' do fec¡6 01 042015, de

InsDección

de Seguridad en Ediñc€ooños de Detall€

tncia indeteminada. eroeúido oor la Sub Geronoa d€ Defensa C¡vil de la Mun¡cipal¡dsd Distrital de

Carabeyllo, en el que de acuerdo con lo esbbl€c¡rro én el D€seto Supremo N' 0642m7-PCM y normas modifcátorias, se deja constiancra que la sala de juegos del solicilanle cumple con las condicioñes de segurided exigibles pai:r esle l¡po de establocimiemos, verifiéndose setenla y se¡s (76) máquinás tragamonedas; Oue, de la évaluac¡ón d€ lá solveñcia €conóm¡ce de le solicitant€, Boc¡os y gerente, como se ha refeddo en el oclavo considerando de la pressnle Resolución Direcloral, s€gún consla en el d€l lñfome Económico Fiñancterc N' 11G2015 DE AUTORTZACTÓN EXPRESA TGIV de fecha 25.08.2015, solicitante y las peEonas entes indicadas cumpléñ con los critedos d€ €veluación eslablec¡dos en los Direcl¡va N' 001-2007{r,llNCETUR /MT/DGJCMT, aprcbada m6d¡añe artfculos 70 y sigui€nles de Resoluc¡ón Directo.al N' 3&20O7-MINCETUR¡r'i4T/OGJCMT, de Gcha 29.01.2007, debiéndose precisar de conbmktacl con lo dbpueslo en el art¡culo 15'd€ la Ley N'27153 y nomaa modificalorias que dicha ión es pemen€nl€ eñ tanto el litular de la autorizecitn mentenga üg€nle la autori2eción conc€d¡da;

-

la

Que. €n ob3eNancia de 10 estauec¡do €n los artlculos 19" y siguienles de la Ley N'27153 y modificáorias, la solicitante há cumplido con otoruar geÉntíá por las obligácioñes y sanciones de su apl¡cación y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se const¡tuide por la Pól¡za de S€guro de Garañtla N'215300618, d€ f€cha 02.06.2015, otorgada por INSIJR S.A. Cornpañla de Seguros a favor del Ministedo de Comercio Exterior y Turismo - MINCETL,R por la surn¿r de cienlo qu¡nce m¡l quin¡entos y 00100 (S/. 115,500.00) nuevos soles, vigenle hasta 02.06.2016, €ñ respaldo de las obligeciones asumidas con el Eslado y lerceros de.ivadas de la aplicáción del ménc¡onado cueDo legal, la misma que ha s¡do remiüda al área d6 adm¡nistrec¡ón del MINCETUR para su cuslodia y finos cor$pond¡enle3;

Oue, asimismo le emprese INVERSIOi{ES RECREATIVOS GUERRERO S.A.C., ha cumdido con el Plan de Prevenc¡ón de Ia Ludopatla, al que hac€ rel€reñciá el liieral t) del numerá114.1 del 14'cle la L6y N'27153,'Ley que regula la oxplolación de lo3 juegos de casino y máquinas s' modiflcado ñ6dianle el artfculo 6' de la Ley N" 29907, 'Ley para la Prevención de la a en las salas de c€sino y máquin€B tragañonedas', y el artlculo 11'del R€glamento aprobado med¡ante Dec€to Supremo N' 007-201+MINCETUR;

Que, en

el

Inlorme Técn¡co

N"

432-201SM|NCEfUR¡r'MT/DGJCMT-DFCSLRC,

de

fecha

0{,.06.2015, se he verficado que la sala de ju69o6 ha curÍplido con lo d¡spu6sto en et Deseto Supreño Ne olt2olGMfNCETUR, qu6 eprobó el Reglamento dé 'Nomas Técn¡cas C.omptementeias pan ta

¡nplenentación del Siste''1,e uníñcado d6 cdlbol en tiempo rcat - SUCIR' a qu€ se refere le Pím€ra D¡spo6ición F¡nal de le Lcy N' 27796 y la Resoluc¡ón de Superiñtendencia N' l4t2mlSUNATi

Que, asimismo, de acuerclo coñ lo dispuesto en el numeral6 delAnexo ll del Cuadrc de Infraccjon€s d6l Decreto Supremo N'01$2010-M¡NCETUR, se sanc¡onerá at titu¡ar de una s¿la lragamonedas con ung mults de canco (05) UIf por cada máquiná tragamonedas que no se encuentre inl€rconeclada con un Modelo SUCTR:

y

Ssnciones,

Que, de acuerdo con lo d¡spuesto en el artfculo 17' de la Ley N' 27153 y nomas ñodifc€todss, el de vigencia de las autorizác¡ones exp¡esas conc€didas por la O¡recc¡ón Gener¿l de Juegos d6 Casino

Máquams Trágamonedas es ¡c¡onales de cualro (¡t) años;

de c¡nco (05) años, pudiendo se. renoveda por pl¿Eos sucesivos y

Que, la preserfe autoüación se exp¡de prev¡a verificáción de la Bese de Datos Ofcial d€ los Pueblos Indlgenas u Originarios publicadá en el PortalWEB det Ministerio de CuttuÉ, en cumplimiento de to dispuesto en la Ley No 29785'L€y del Derecho a ts Consuna Previa a tos pueblos Indtgenas u Origina os, reconoc¡dos en el Conven¡o 169 de la Organización Intemác¡onatdet Trabejo (OtT)', y prev¡a coordiñacióñ con el Ministerio de Cultura, no encontrándGe la sate de juegos det sot¡citante dentro det ámbito tenitoriatde los pueblos indígenas u odg¡nedos, razón por la qu€ los efectos admiñ¡str¡tivos de la e¡norización conc€d¡da. no afectan de lorma elguna los derecios re€onocidos 6n la Ley anles indicadai

De confomidad con las Leyes Nros. 27153. 2775]f',2A945 y 27444 "Ley del procedimiento

Admin¡strálivo Gen6rel'y el Decreto Supreño N. Oo$2OO2-M|NCETUR, €stiando a lo oDinádo en el lnform€ Económ¡co Financ¡ero N' 1'1G2015 DE AUTORTZACTóN EXPRESA TGM, Técnico N" 492_201$ MINCETUR/VMÍ/DGJCMT-DFC$LRC, y Legel N. 241-2Ol$MtNCETUR¡TMTiDGJCMT/DAR-CLpl

-

SE RESUELVE:

Artículo 1".- Autorizar a la empresá |NVERS|OI{ES RECREAfTVOS GUERRERO S.A.C., ta on de ñáquinas fagemonedas eñ ta sata de iuégos .EL FARAOT{,. úbicada en ét Restauranre süco Cinco TenedoÉ3 'El Hueno' ub¡cado en et Jr_ Nicotás de paé¡ota Este N. j i2, Mz. jL, Lote $A y 5, blo Joven El Progreso, Oisdo de Carabay o, pmviñda y Departamenlo de L¡mai por un óbzo de c¡nco años, en observancia de lo nomado en ét adtculo 17. d€ h Gy N" 27153 y nornaj fno¿inátorias.

9"¿o/o"rzo %botoro/ treintrá (30) máquinaa juegp y y (84) la detelle conton¡do lectura en sala de 6egún ochente cuatro meñorias da ¡o¡o lragamon€das en los ANEXOS I y ll que lomañ padé ¡nleglanlo da la pr€senle Gsolución.

A.t¡culo 2'.- La presente autorizacróñ faculla a la empEs€ la explotac¡óñ de

Art¡culo 3'.- Oe acuerdo con lo dispu63lo en el arlfculo 14.2 de le Ley N' 27153 y normas 106 requi6ilo6 y condic¡on6 qu6 s¡rvieron d€ base pan la presenle autorizac¡ón deb€n manlensFe duranle el plezo d€ v¡genc¡e de la m¡sma, bajo ep€rcib¡miento de cancelaÉ€ la autoñzeción concecliie y d¡sponerse la ciausura dél 6bblec¡miento d6ünado e le explotación de máquines modificáorias, lodos

fagamoñedas. ¡1o,- Oe acu€rdo coñ lo dispu€slo 6n ol numeral6 clelAnexo ll del Cuadro de Inft'acc¡on6 y del O€creto Supremo N' o1S2o1GM|NCETUR, que apobó 6l Roglamonto de "Nomas Tácn¡c€s lem€nlarias pera la ¡mplomentac¡ón del SiBlema un¡ficado d€ conllol en tiémpo reel-- SUCTR' a qu€ 3€ , la Primera Disposición F¡nel d6 la Ley N' 27796 y le Rosoluc¡ón de Sup€rint€ndenc¡a N' 1452003 f, d€ fecha 25.07.2003, se aenclonañ el úa¿¡,r ata una sda aegamot eúa con una ñul'¡ da c¡nco IltT por cada náqulna úagamonaataa que no ae eocua¡Aa hrl,,rconec'¡da con un nodato SUCÍR.

Aiúculo

Artlculo 5'.- De acuerdo con lo d¡spu€sto en l¡teral b) del art¡culo 4$ del Reglemonto y le OireclÚá 01-2008-MINCETUR /MT/DGJCMT. aprobada modienle Resoluc¡ón Dh€clolal No 22G2m& MINCEÍUR/VMTiDGJCMT. d6 f6cha 21.02.2008. se I€ olorga allitular do la pr€senle auiorizációñ el cód¡go de r69¡stro N'l1052m11, pera la sala de iuegos "EL FARAOI{".

N'

Artlculo 6..-

Oe confoín¡dad con to €stauecido €n el arllculo

7' del citado c¡r€rf,o bgal,

¡os flulares

.í¡}g.Stt).¿e una adorüác¡ón de oxplolaoón concédide por la Direcc¡ón G€n€ral de JuegG do Cas¡no y Máqu¡nas que sobre zonificacón. 669uñdad. h¡gien€, ,./l Ax?fragemonedas se eñcu€nl6n obligados a obs€rver lason nomaa ,/,,jtll+dor \6ariueo. enlr6 otros, establézcán lás mun¡crpal¡dades sus resp€cliva3 jurisdicciones pere el o¡o¡gamieñlo

:i{'yiiff+i'i-Llf ü-ñ;niii

Áunüóar a-que r,uo¡ere rr¡gar.

r,!l'\----Ay .,-{i ,.$}Zt¡¡unat

Art|culo 7o.- De acu€rdo con lo d¡spuesto 6n la Sentenc¡a de fedla 02.02.2006 exp€dida por el Consülucionat (Exp€diente No 1227-2ljfj5-P{nq, la m¡sma qu€ baF responsabilided constiluye procedente vinculanto p;rs todos los poderes públ¡cos, los explotadores de iuegos de casino y máqu¡ña3 iragamonedas deben ;Jmpftr c¡n 6l pago del lmpuesto a 1o3 Juegoa como consecuenc¡e de ia ect¡vidad que desáÍollen,

A.t¡culo 8o- La Dirocc¡ón Generel de Ju€gG d€ Caa¡no y Máquin$ Tragtrmonedas s€ reiervá €l ho d€ revocar la p€s€rito autorizec¡ón en c¡so v€rifc€6e que la6 @nd¡ciones económico_fináncieras

e 3brqi

dj !"1i939."!" €mpr€s€ autofiza¿a s€ han modific€do negeüvaúenle corno por la d€uda llevar a cabo ta Supe¡ntendonc¡a Ñac¡oml de Adm¡nistrac¡ón fributaña (SUNAT) por concepto del lmpuesto a los Ju€gos.

?ryTlegl

24o d€ la L€y No 2?1 53 y €n concordanci€ numeÉl 1 '16 delarllculo lv de la Ley N' €n 6l r€guledo PGtenores Priv¡loaio de Controles con el Pdñcio¡o d€ en ojerciqo de su ftcullád de y Tragemonedas á1q¿¿, a ólí*rié" e""ir.l do Jueg6 d€ casino Máqu¡nas pr6e¡ted3 por la solic ante y/o documentacrón la inlomec¡ón d-6 vedficer ,"""*" derecho ñ"áia"c¡¿n "" l";"l senciones o ¡nic¡ar las accion€B legÉles qu€ resulten aplic€blos anle cualqui€r discrepanc¡a con la reelidad de los hechos.

Artlculo 9".- De confoín¡dád con lo previsto en el aliculo

;¡ ;;;-;ai"úb".,

6m l/¡'\,"8'\ av%

Artfculo l0'.- En obsorvancia d€ lo d¡spu€sto en el aliculo 120 d€ le Oirecüve N'001-2m7_ INCETUR¡TMTiDGJCMT, apobada m€dianl€ Resolución Dirécloral N0 3&2007_ iñóEiUiWi,,tróé¡óur. remdse a ta unidad de Intoligenc¡e F¡nancr.ra ta infoífación y/o docum€¡tac¡ón t-n"na.ra áfai¡ona¿a con el soticitanig y ias personas natuft €s que han s¡do obieto Ce uac¡ón, paÉ lo3 fnes a que se contrae la dbposiclón añtes ¡ndicade

a@É.

tl¿+fa '

Arllculo ll'.- De acuerdo con lo dispu€sto 6n etert¡cuto 8" det Deqeto Supremo N. OO&2Oj $pCM, que 'Aprueba la relác¡ón de aulorizacion€s s€cloriales do las Entidades del poder E¡eculivo, que deben ser €xig¡dás como requbito p¡€vio pa|a el otorgám¡€nto de la l¡cenc¡a de fuñcionamielfo, de ecuerdo e la Ley N. 28976, Ley Marco de Licenc¡a de funcionarh¡ento', pubttquése ta preserfe r*otución directorat en et pórtial WEB del Miñist6rio de Comercio Efeior Turismo, en ta sigu¡ente dar6cción etectrónical www, m ¡ncetu t. oob. p e/n ewwe U.

y

Arúculo 12".. De acuerdo con lo dispuesto en €lert¡culo 8. det Decreto Supremo N. 006-2013que 'Aprueba la reládón de auloiizeciones seclo¡ialos de les Entidedes del poder Ejecutivo, que ser exigitas @mo requisito previo para el olo¡gamiento de la lacencia de func¡onamiento, dé ¿rcuerdo Ley N" 28976, Ley Marco de Ucencia d€ func¡onam¡enio', pubt¡ques€ ta presente resotucjón d¡recto€l f Polal WEB del Ministerio d.. Comercio E¡nérior y Turismo, eñ ta si¡ui€nl€ direcci(tn etectrónicsi

Reglstrese

MANUEL SAN BENAVENTE D¡rector General d6 Juegos de Cas¡no y Máquanas Tragamonedas

e(Pr¿,-

t72*ld

A¡{EXO I RELACIÓN DE MAQUIMS IñAGAIIOI{EDA3

AUf ORIZADAS

9 IA OE JUEGO9 "EL FAMO¡" jÍ,l,]¡tr|ceuRvrr¡oc.,c¡r RE5oIUCfOND¡RECTOñ¡!¡f. .220/ I

FAAR|C^I{'E

L------49!s!gL

If

DE

SEiIE

,10,1€60

TODELO

REG¡SfRO

FV 626 CF2 FV 62É CF2

80000306 80000306

¡NV RECREATIVOS GUERRERO INV RECREATIVOS GUERRERO SA IXv, RECREAfMOS GUERRERO SAC I{v. RECREATMOS GUERRERO SAC NV. RECREAfIVOS GUERRERO SAC

¡K5SER|EStl itK5 SERTES

I

IIW RECRE4IMOS GUERRERO SAC 'INV. R€CREAfMOS CUERRERO SAC IV RECREATIVOS GUERRERO SAC

#

CASINO TECHNOLOGY RECREATIVOS GUERRERO SAC

!!r4E49!l II{V. R€CREAT¡/OS GU€RRERO I'{V. RECREATIVOS GUERRERO INV RECREAIIVOS GUERRERO INV RECREAIMOS GUERRERO INV. RECREATNOS GUERRERO

SAC SAC SAC SAC SAC

I

Es'N-o-TE!HNo-iGil cAsrNo TEclNoLoGY I

1309¡01 I GEf¡ti¡t sExsA 1309402

1300{03

6€00 PLus-

GEMNI SEÑSA 6€00 PLUS GEI¡INI sEÑsA BoooF¡ÜS

cFMú¡¡aM

GEMIñ| SENSA 6000 Pr ¡ rS FARAON GEMINI SENSA 6000 PLIIS Et ¡Nt SENSA 6€00 PLUS EM[{t SEñSA 3000 PIUS GEMII.¡I SENSA 8SOO PLUS

SLAD€

INV RECREAIIVOS GUERRERO s,qc

at{Exo

REI¡CóI

DE If,AQUITAa

I

IiAoAfloNEoAg AufoRIzADAS

SALA OE JUEGOg "EL FARAOIiI" RESOLUCION DIRECÍORAL

IN\€RSIONES RECRE{TIVOS CUERRERO s,qc

EAfIVOS GUERRERO SAC I¡WERSIONES RECREATIVOS GUERRERO SAC

INVERSIONES RECREAÍ IVOS GUERRERO s,AC INVERSIONES RECREATIVOS GUERRERÓ s,AC INVERSIONES RECREAf IVOS éUERRERO s,{C

INVERSIONES RECREAf IVOS RSIONES RECREAfIVOS GUERRERO s,qc ES RECREATIVOS éUERRERO s,qc

XO

z0otl

-2ot5.fl NCETUR v|¡r/DOJCfl

f