No 2.6 - Minsa

Que, mediante Ley N° 29380 se creó la Superintendencia de Transporte. Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de.
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VISTO, el Expediente N° 13-058414-001, conteniendo el Oficio N° 5272013-SUTRAN/01.2, el Informe N° 062-2013-JC-DPCS y el proveído N° 0092-2014-DGPSDPCS/MINSA de la Dirección General de Promoción de la Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29380 se creó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional, así como aquellos servicios complementarios y vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados al sector; Que, el artículo 10° de la citada Ley, establece que el Consejo Consultivo es el órgano no estructurado de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), el cual está integrado, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 026-2012/MINSA se designó al Director(a) General de la Oficina General de Defensa Nacional como representante del Ministerio de Salud, ante el Consejo Consultivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN); Que, a través de la Resolución Ministerial N° 243-2012/MINSA, de fecha 29 de marzo de 2012, se modificó la denominación de la Estrategia Sanitaria Nacional de "Accidentes de Tránsito", por la de Estrategia Sanitaria Nacional de "Seguridad Vial y Cultura de Tránsito"; designándose a la Dirección General de la Promoción de la Salud como órgano responsable de la referida Estrategia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 525-2012/MINSA, de fecha 26 de junio de 2012, se reestructuró la organización y dependencia funcional de las Estrategias Sanitarias Nacionales, estableciéndose que la Estrategia Sanitaria Nacional de "Seguridad Vial y Cultura de Tránsito" dependerá funcionalmente de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud;

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Que, en consecuencia, en mérito a las consideraciones señaladas precedentemente, resulta necesario actualizar y variar la designación del representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Consultivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN); Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación conferida mediante Resolución Ministerial N° 026-2012/MINSA. Artículo 2°.- Designar al Director(a) General de la Dirección General de Promoción de la Salud, como representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Consultivo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN). Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN). Artículo 4°.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el portal electrónico del Ministerio de Salud en la dirección electrónica www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp.

Regístrese y comuníquese

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud