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1.

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CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial No 507-2010/MINSA, se conformó la Comisión Sectorial encargada de supervisar y efectuar el seguimiento respecto del deserripeño y logros alcanzados en la gestión de la Dirección Regional de Salud de Moquegua, así como proponer las medidas que estime convenientes; Que se ha advertido la existencia de un error material en el nombre de uno de los integrantes de la referida Comisión Sectorial, el cual corresponde rectificar; Que conforme al numeral 201.1 dellartículo 201 de la Ley No 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley No 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como el literal 1) del Artículo 8" de la Ley No 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Olivera A.

Artículo lo.- Rectificar el artículo lo de la Resolución Ministerial No 5072010/IVllNSA, en el extremo que se consigna el nombre del Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud, quien conforma la Comisión Sectorial creada en virtud de la referida resolución; conforme al detalle siguiente:

Dice: "Dr. Esteban Valentin Chiotti Kaneshima, Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud."

...s.

Debe decir: "Dr. Esteban Martín Chiotti Kaneshima, Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud." Artículo 2 O . - Declarar que 507-201OIMINSA mantienen su pl

W. Olivefa A.

,

os de la Resolución Ministerial No