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campañas "Prevendón del Dengue" y "La medicina bamba mata"; ... de difusión de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiere 10grar,la.
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MINISTERIO DE SALUD

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Vistos, ei Informe N° 225-2011-0CS-OGC/MINSA, de la Oficina General de Comunicaciones, el Informe N° 029-2011-0LlMINSA, de la Oficina de Logística de la . E. Jacoby M Oficina General de Administración yel Informe N° 670-2011-0GAJ/MINSA emitido por 'la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio'de Salud; , );[{¡~~.,:';/

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 451-2011/MINSA del 6 de junio de. 2011, se aprobó el Pian de Publicidad correspondiente al año 2011, incluyendo a 18S campañas "Prevendón del Dengue" y "La medicina bamba mata"; Que, la Oficina General de Comunicaciones seFlala que es conveniente y necesario pUblicitar la Campañas "Prevención del Dengue" y "La medicina bamba mata"; cuyos objetivos consisten en: informar y orientar a las famil:as de las zonas priorizadas de las zonas endémicas para que adopten hábitos preventivos para el correcto almacenamiento del agua a fin de evitar la producción del zancudo del dengue; e, informar a la población sobre los riesgos en su salud al consumir productos vencidos, falsificados, adulterados, en mal estado de conservación y otros provenientes del comercio ilegal, respectivamente;

S.Diaz

Que, la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, establece en su artículo 3 0 los requisitos que deben cumplirse para la autorización de realización de publiCidad estatal, siendo estos: a) plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; b) descripción y justificación de las campañas institucionales y comerciales que se pretendan llevar a cabo; e) propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiere 10grar,la cobertura, duración de la campaña, equilibrio informativo e impacto de los mismos. Asimismo, agrega que deberá sustentarse técnicamente la razón por la que una determinada entidad o dependencia eligió a determinados medios de manera preferente, para no dar lugar a situaciones que privilegien ínjustificadamente a empresas periodísticas determinadas; y, d) se debe contar con presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas;

Que, en cumplimiento de la norma reseñada, la Oficina General de Comunicaciones ha sustentado su pedido de difusión de publicidad estatal adjuntando los Planes de Comunicaciones diseñados para las campañas referidas, de los cuales se evidencia la necesidad de la publicidad institucional; asimismo. presentan un objetivo concreto, definen al público objetivo que captará dicha publicidad, así como las Hneas estratégicas para la difusión de material publicitario y establecen una propuesta técnica consistente en una campaña de difusión en radio. televisión y medios escritos. a fin de dar sostenimiento a estas campañas y en función de los índices de mayor nivel de audiencia en el país; Que, a fin de publicitar las mencionadas campañas, la Oficina General de Comunicaciones ha propuesto que se seleccione a los canales de televisión: Frecuencia Latina Representaciones S.A.C. - Canal 2, Compañia Peruana de Radiodifusión S.A. - Canal 4, Panamericana Televisión - Canal 5 y Andina de Radiodifusión SACo - Canal 9; las radioemisoras: Grupo RPP SA - Radio RPP - La Mega - Radio Felicidad, Grupo Panamericana de Radios SA - Radio Panamericana; Grupo Corporación Radial del Perú S.A.C. - Radio Ritmo Romántica y Radio Moda y Corporación Universal S.A.C. - La Karibeña; asi como la prensa escrita: Empresa Editora El Comercio S.A. - El Trome y Perú 21 y la Empresa Editora EPENSA S.A. ­ 'Correo y Ojo: Que, la disponibilidad presupuestal para la contratación de las referidas campañas fue otorgada por la Oficina de Economía, mediante Certificaciones de Ciédito Presupuesta! N" 650 y N" 793, consignadas en el Memorándum N" 8005-20 11­ OL-OPAfMINSA; Que, es necesario que los mensajes de estas importantes campañas puedan difundirse para informar a la población sobre las acciones preventivas que impulsa el Ministerio de Salud frente al Dengue y al uso de medicinas adulteradas o vencidas;

S.Diaz

x. Pinto

Que. la Oficina General de Administración, a través del Informe N° 029-2011­ OUMINSA, emitido por la Oficina de Logistica, señala que los supuestos para la configuración de una exoneración por la causal de Servicios Personalísimos se encuentran técnicamente sustentados de conformidad con el literal f) del artículo 20° del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y en el artículo 1320 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, el mismo que incluye en dicha causal a los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que. conforme al artículo 1350 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, mediante la aprobación de la exoneración del proceso de selección, la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida. por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Comunicaciones. del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Víceministro de Salud; y;

MINISTERIO DE SALUD

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28874, Ley que regula la ublicidad Estatal, el Decreto Legislativo N" 1017, Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF Y modificatoria, así como el/iterall) del artículo 8° de la Ley W 27657, Ley del Ministerio de Salud; E. Jacoby M.

SE RESUELVE:

Artículo 1°,_ Exonerar al Mínistario de Salud del Concurso Público por la causal de Servicios Personalísimos para la contratación del servicio de publicidad radial, televisiva y de medios escritos, a fin de difundir las Campañas de Publicidad: "Prevención del Dengue" y "La medicina bamba mata", por un plazo de hasta cuatro (4) días calendario, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, hasta por el monto de SI. 1 740 856,58 (Un millón setecientos cuarenta mil ochocientos cincuenta y seis y 58/100 Nuevos Soles), según el detalle siguiente: RESUMEN DE PUBLICIDAD - CAMPAÑA "LA MEDICINA BAMBA MATA" S. Yanceurt P .---¡----------r-----------r-r--------------------------,-~~~~_.

DESCRIPCION

MEDIO

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SI. 1

Radio

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SI. 97,704.00

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lA LATINA - CANAL 2

5

Televisión

6

Televisión

7

Televisión

AMERICA TELEVISION - CANAL 4 La medicina bamba mata la medicina bamba mata

ERICA TALEVISION· CANAL 5 NDINA DE RADIODIFUSION - CANAL 9

SI.

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RESUMEN DE PUBLICIDAD - CAMPAÑA "PREVENCION DEL DENGUE"

ITEM DESCRIPCION 1

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Diario

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S.Oiaz

CAMPAÑA Prevención del dengue Prevención del denque Prevención del denque Prevención del denque Prevención del dengue Prevención del dengue Prevención del denque Prevención del dengue

MEDIO GRUPO RPP, LA MEGA CORPORACION RADIAL DEL PERU ­ RADIO MODA

VALOR REFERENCIAL SI. 130,413.60 SI. 60,321.60

GRUPO PANAMERICANA RADIO CORPORACION UNIVERSAL - LA KARIBEÑA

SI. 35,400.00

AMERICA TELEVISION - CANAL 4

SI. 331,060.80

ANDINA DE RADIODIFUSION - CANAL 9 EMPRESA EDITORIAL EL COMERCIO ­ TROME NORTE, PERU 21

SI. 169,684.00

EPENSA - OJO Y CORREO

/~~.

SI. 38,940.00

SI. 15,347.68 SI. 13,925.98 SI. 795,093.66

Artículo 2°,_ Disponer que la Oficina de Logística de la Oficina General de

RAdministración se encargue de efectuar las contrataciones exoneradas que se

, anc,urt aprueban mediante la presente Resolución, de manera directa, conforme a lo previsto

en el artículo 21° del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado.

S y

Artículo 3°,_ Disponer que la Oficina General de Administración se encargue de la publicación de la presenie Resolución, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores a su emisión, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado ­ SEACE; así como de la remisión, en el mismo plazo, de una copia de la Resolución y los informes técnico y legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República con copia al Órgano de Control Institucional del Ministerio. Regístrese y comuníquese.

y.,. P¡I\to

Ministro de Salud