MINSA Lima, 24 de enero

Conformar el Comité de Implementación de la Estrategia de Lavado de Manos, el cua l estará integrado por: - Un representante de la Dirección General de ...
2KB Größe 0 Downloads 2 vistas
"RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-2004/MINSA Lima, 24 de enero del 2004 Visto el Oficio N° 3674-2003-DGSP-MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que el artículo 7° de la Constitución Política del Perú establece que todos los ciudadanos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que la Norma II del Título Preliminar de la Ley N° 26842 - Ley General de Salud señala que la prot ección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigi larla y promoverla; Que la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, en su artículo 5° indica entre los objetivos func ionales la cultura de salud para el desarrollo físico, mental y social de toda la población; Que la promoción de la salud y prevención de las enfermedades constituyen Lineamientos de Polí tica del Ministerio de Salud para el Período 2002-2012; Que el Ministerio de Salud suscribió un Convenio de Cooperación entre la Agencia Suiza para e l Desarrollo y la Cooperación, Programa de Agua y Saneamiento - Agua- san, el Programa de Agu a y Saneamiento - PAS del Banco Mundial y el Ministerio de Salud, que tiene como objetivo mej orar la salud de la población en riesgo de contraer enfermedades diarreicas mediante la imple mentación de la estrategia de ""Lavado de manos"", a través de una alianza público - privada; Que es conveniente viabilizar la implementación de la iniciativa nacional para promover la práct ica de ""lavado de manos"" que fuera acordada en el convenio antes mencionado, mediante la confo rmación de un comité multisectorial en el que participen las instituciones que tengan vinculació n con las actividades tendentes a cumplir con los objetivos trazados; De conformidad con lo dispuesto en el literal 1) del artículo 8° de la Ley N° 27657, ""Ley del Min isterio de Salud""; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar el Comité de Implementación de la Estrategia de Lavado de Manos, el cua l estará integrado por: - Un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud, que la presidirá. - Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas. - Un representante de la Oficina Ejecutiva de Comunicación Social. - Un representante de la Dirección General de Salud Ambiental. - Un representante de Aguasan. - Un representante de PAS. El Comité podrá invitar a representantes de otras instituciones y organismos que coadyuven al cu mplimiento del objetivo en beneficio de la población. Artículo 2°.- El comité será el responsable de conducir la implementación, supervisión y evaluación de la estrategia, a nivel nacional. Artículo 3°.- Dejar sin efecto los dispositivos que se opongan o interfieran con la aplicación de la presente. Regístrese y comuníquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud"