MINSA de fecha 16 de

Visto el Informe W 1773-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 16 de noviembre del 2015, contenido en los Expedientes N°. 15-014402-001 Y 14-095976-001.
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MINISTERIO DE SALUD

Visto el Informe W 1773-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 16 de noviembre del 2015, contenido en los Expedientes N° 15-014402-001 Y 14-095976-001. emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; CONSIDERAN DO:

Que, con Resolución Número Trece (Expediente W 09404-2011-0-1801-JR-LA-19) de fecha 14 de enero del 2015, emitida por el 20 Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de lima, se da por consentida la Sentencia W 161-2014-'9 JTTL contenida en la Resolución Número Nueve y Diez que declara fundada en parle la demanda en los seguidos por doña MARIA DEL CARMEN ORIHUElA ORRILLO, representada por su Sucesión Intestada don WILLlAM NEMESIO LEIVA RIOS contra el Ministerio de Salud, que reconoce el otorgamiento de los devengados de la Bonificación Especial dispuesta por el artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94 , de acuerdo al cargo, grupo ocupacional y nivel remunerativo alcanzado, con retroactividad al 01 de julio de 1994, deduciendo lo percibido por la indebida aplicación del Decreto Supremo N~ 019-94-PCM; 0

Que, según Informe Situacional Actual N° 5081-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH, doña MARIA DEL CARMEN ORIHUEl A ORRIllO, figura como ex pensionista de la Administración del Ministerio de Salud, en el cargo de Director, Nivel F-3; Que, el articulo 4° del Texto Ún ico Ordenado de la Ley Orgtmica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, que dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala'; Que, de acuerdo al Informe de Visto , y a la liquidación N" 313-2015-ERP/MI NSA, de fecha 12 de noviembre del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde reconocer a don WILLlAM NEME$IO lEIVA RIOS sucesor procesal de doña MARIA DEL CARMEN ORIHUELA ORRILlO, la suma que asciende a CINCUENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO CON 681100 NUEVOS SOLES (SI, 57,094.68) por concepto de devengados; Que, en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por el 20° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de lima; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Min isterial N" 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5~ del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo N" 0012014-JUS;

J.

TR~m:;!o E

Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y;

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De conformidad con lo previsto en el articulo 4 del Texto Único Ordenado de la ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, y el articulo 5° del Reglamento de la ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001-2014-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°._RECONOCER, a favor de don WILltAM NEMEStO LEIVA RIOS identificado con DNI 08062776, sucesor procesal de doña MARIA DEL CARMEN ORIHUELA ORRILLO, ex pensionista de la Administración Central del Ministerio de Salud, la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y CUATRO CON 68/100 NUEVOS SOLES (S/. 57 ,094.68), por concepto de devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94, del periodo comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010, conforme a lo expuesto en la parte consideraliva de la presente resolución. Articulo r .- El monto reconocido en el articulo precedente de la presente resolución, se abonara con cargo a la Especifica de Gasto 25.51.21 • Meta: 0133, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11, Ministerio de Salud . Articulo 3°.· Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración, quien preside el Comité encargado del listado de priofizaci6n de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada. J.Mf.NDQU,A.

Articulo 4°.· Remitir copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud, para su conocimiento y presentación ante el 20° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobación.