ministerio de salud

4 sept. 2018 - Que, con escrito de fecha 05 de setiembre del 2014, dona GABRIELA MIRELLA BADANI DE AGUIRRE, identificada con D.N.I N° 10614190, ...
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, el Informe N° 106-2015-ERP-ByP, de fecha 20 de enero del 2015, contenido en el Expediente W 14-092979-001, sobre subsidio por gastos de sepelio, solicitado por dona GABRIELA MIRELLA BADANI DE AGUIRRE; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 05 de setiembre del 2014, dona GABRIELA MIRELLA BADANI DE AGUIRRE, identificada con D.N.I N° 10614190, solicita el subsidio por gastos de sepelio de su senora madre, dona MARIA LUISA BOCANEGRA CASTILLO DE BADANI, presentando para tal efecto, copia certificada del Acta de Defunci6n W 00535737, expedido por el Registro Nacional de Identificaci6n y Estado CivilRENIEC, Lima, que obra a fojas 07, donde se senala como fecha de faliecimiento el dia 04 de agosto del 2014; Que, mediante boleta de venta N° 0051308, emitida por la Funeraria Jardines SA -"FUNJAR", que obra a fojas 05, se acredita que dona GABRIELA MIRELLA BADANI DE AGUIRRE, sufrag6 los respectivos gastos de sepelio de la causante; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 4807-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 18 de setiembre del 2014, por el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, que obra a fojas 01, dona MARIA LUISA BOCANEGRA CASTILLO DE BADANI, fue pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud, con el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4; 0

Que, el inciso j) del articulo 142 del Reglamento del Decreto Legislativo W 276, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, dispone el otorgamiento de subsidio por gastos de sepelio, y el articulo 145 dispone el otorgamiento de dos remuneraciones totales por gastos de sepelio, a quien haya efectuado los mismos; 0

Que, no obstante de la lectura de los precitados articulos, se colige que estos solo se aplican a los servidores activos de la Administraci6n Publica, de tal manera que el articulo 149° del mismo dispositiv~ legal, ha extendido los alcances de dicho subsidios a los cesantes, al senalar que "Los funcionarios, servidores contratados y personal cesante de la entidad tendran acceso a los programas de bienestar y/o incentivos en aspectos que correspondan"; Que, mediante Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIRITSC, publicada el 18 de junio del 2011, en el Diario Oficial "EI Peruano", el Tribunal del Servicio Civil acord6 establecer, como precedente administrativo de observancia obligatoria, la aplicaci6n de la Remuneraci6n Total, para el calculo de beneficios, bonificaciones, subsidios y asignaciones por servicios al Estado; Que, a traves del Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGSC, expedido con fecha 21 de diciembre del 2012, por la Gerencia de Poifticas de Gesti6n del Servicio Civil, se precisa la estructura del sistema de pago y base de calculo de derechos, del regimen de carrera administrativa regulado por el Decreto Legislativo N° 276;

Que, mediante Informe Tecnico W 356-2014-SERVIR/GPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Poifticas de Gestion del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos, seriala 10 siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resolucion de Sala Plena W 001-2011SERVIRITSC son exigibles a todas las entidades publicas comprendidas en el ambito del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011, debiendo las entidades tener en cuenta los criterios serialados en el Informe Legal W 524-2012-SERVIR/GPGSC, mediante el cual se complement6 10 indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneraci6n total; Que conforme a 10 expuesto, de acuerdo allnforme del Visto, emitido por el Pensiones, la remuneracion total de la mencionada pensionista asciende a 10 que corresponde reconocer a favor de doria GABRIELA MIRELLA equivalente ados (02) remuneraciones totales mensuales, ascendente a S/. Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos; y,

y Pensiones,

Equipo de Remuneraciones y S/. 287.64 Nuevos Soles, por BADANI DE AGUIRRE, el 575.28 Nuevos Soles;

y del Ejecutivo Adjunto

I de la

De conformidad con 10 establecido en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM Y la Ley W 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ario Fiscal 2015; SE RESUELVE: ARTicULO 1°._ RECONOCER a favor de doria GABRIELA MIRELLA BADANI DE AGUIRRE, la suma de QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 28/100 NUEVOS SOLES (S/. 575.28), por concepto de subsidio por gastos de sepelio de su seriora madre doria MARIA LUISA BOCANEGRA CASTILLO DE BADANI, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci6n. ARTicULO 2°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resolucion, estara supeditado a la disponibilidad existente en la Especifica de Gasto: 2.2.23.43 de la Meta: 0133, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. ARTicULO 3°._ La Oficina General de Administraci6n encargada de dar cumplimiento a la presente resoluci6n.

a traVElS de la Oficina

de Economia,

ARTicULO 4°._ NOTIFICAR la presente resoluci6n en el domicilio de la beneficiaria, Pedregal N° 275 Urb. Huertos de San Antonio, distrito de Santiago de Surco. ARTicULO 5°._ Encargar al Archivo Central, la incorporacion de la presente personal de doria MARIA LUISA BOCANEGRA CASTILLO DE BADANI. Registrese

y Comuniquese,

es la

sito en Calle EI

resolucion

en el legajo