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24 jul. 2015 - _ NOTIFICAR la presente resolución en el domicilio de la beneficiaria, silo en Jase Maria de La Jara y Ureta N° 437 - 402, distrito de Santiago ...
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, ellnfarme N° 1564-2015-ERP-ByP. de fecha 16 de octubre del 2015, contenido en el Expediente N° 15-100107-001, sobre el reconocimien to de Beneficios Laborales, a favor de doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDEN AS, identificada con D.N.!. N° 08225497; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial W 678-2012/MINSA, publicada el 14 de agoslo del 2012, en el Diario Oficial "El Peruano·, se designó a la Médico Cirujano CECILIA MELSA MA CARDENAS. en el cargo de Ejecutiva Adjunta 11, Nivel F-S, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 446-2015/MINSA, publicada el 24 de julio del 2015, en el Diario Oficial "El Peruano", se aceptó la renuncia de la Médico Cirujano CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS, al cargo de Ejecutiva Adjunta 11, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud; Que, de lo expuesto se desprende que, doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS acredita: 02 años, 11 meses y 10 dias de servicios prestados al Estado, durante el período comprendido del 14 de agosto del 2012 al 24 de julio del 2015; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N" 3021-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido el 07 de octubre del 2015, por el Equipo de Ingreso y Escalafón, que obra a fojas 07, doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS, acredita la condición de ex - funcionaria del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, en el cargo de Ejecutiva Adjunta 11, Nivel F-5; Que, conforme al Memorándum N° 402-2015-EIE/OGGRH/MINSA, de fecha 12 de octubre del 2015, el Equipo de Ingreso y Escalafón, informa que la ex - funcionaria doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS, no presenta adeudos pendientes al Estado, asimi smo, a la fecha de su renuncia, registra veintiocho (28) dias de vacaciones truncas correspondiente al afio 2014, y programadas sus vacaciones del año 2015 en el mes de noviembre; Que el inc. c) del articulo 54° del Decreto Legislativo Na 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, modificado por la Ley Na 25224, señala: "La Compensación por Tiempo de Servicios se otorga por el importe del 50% de la remuneración principal para los servidores con menos de 20 años de servicios. o de una remuneración principal para los servidores con 20 años o más años de servicios, por cada año completo o fracción mayor de 6 meses y hasta por un máximo de 30 años de servicios"; Que, el articulo 1040 del Decreto Supremo N" 005-90-PCM, Reglamen to de la Ley de Sases de la Carrera Admin istrativa y de Remuneraciones, señala: "El servidor que cesa en el servicio antes de hacer uso de sus vacaciones tiene derecho a percibir una remuneración mensua l total por ciclo laboral acumulado, como compensación vacacional: en caso contra ri o, dicha compensación se hará proporcionalmente al tiempo trabajado por dozavas partes"; Que , mediante Resolución de Sala Plena N" 001 -2011 -SERVIRfTSC , publicado el18 de junio del 2011, en el Diario Oficia l "EI Peruano", el Tribunal d el Servicio Civil, acordó establecer como precedente administrativo de observ ancia obligatoria, que para el cálculo de los beneficios , debe aplicarse la Remuneración Total Mensual ;

Que. a través del Informe Legal W 524-2012· SERVIR/GPGSC, de fecha 21 de diciembre del 2012. la Gerencia de Politicas de Gestión del Servicio Civil, se precisa la estructura del sistema de pagos del Régimen de la Carrera Administrativa regulado por el Decreto Legislativo N° 276, Y la base de calculo para los beneficios reconocidos por dicho régimen : Que, mediante Informe Técnico W 356-2014-SERVIRlGPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Politicas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, señala lo siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resolución de Sala Plena W 001-2011$ERVIRrrsc son exigibles a todas las entidades públicas comprendidas en el ambito del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011 , debiendo las entidades tener en cuenta los criterios señalados en el Informe Legal W 524-2012-SERVIRlGPGSC, mediante el cual se complementó lo indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneración total: Que, conforme a 10 expuesto, de acuerdo al Informe del Visto, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneración total mensual de la mencionada ex - funcionaria, asciende a SI. 253.80 Nuevos Soles, por lo que corresponde reconocer a doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS, la suma de SI. 448.38 Nuevos Soles, por concepto de Compensación Vacacional , que comprende: SI. 236.88 Nuevos Soles, correspondiente a veintiocho (28) días de vacaciones truncas del año 2014, y SI. 211.50 Nuevos Soles, correspondiente a vacaciones del año 2015 (10112 dozavas partes); asimismo, corresponde reconocer la suma de SI. 63.81 Nuevos Soles por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y; De conformidad con lo establecido en el inc. cl del articulo 54° del Decreto Legislativo W 276, modificado por la Ley W 25224, el articulo 104· del Decreto Supremo W 005-90-PCM, y la Ley N" 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015: SE RESUELVE : ARTiCULO 1°,- RECONOCER a favor de doña CECILlA MELSA MÁ CÁRDENAS , DOS (02) AÑOS, (1 1) MESES Y DIEZ (10) DtAS de servicios prestados al Estado, como Ejecutiva Adjunta 11, Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, durante el periodo comprendido del 14 de agosto del 2012 al 24 de julio del 2015. ARTíCULO 2°.- RECONOCER a favor de doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS , la suma de SESENTA y TRES CON 81/100 NUEVOS SOLES (S,, 63 ,8 1), por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu ción. ARTrCUlO 3°._ RECONOCER a fa vor de doña CECILIA MELSA MÁ CÁRDENAS , la suma de CUATROCI ENTOS CUARENTA Y OCHO CON 38'100 NUEVOS SOLES (S,. 448.38), por concepto de Compensación Vacacional , que comprende: SI. 236.88 Nuevos Soles, correspondiente a veintiocho (28) dias de vacaciones truncas del año 2014 , y SI. 211 .50 Nuevos Soles, correspondiente a vacaciones del año 2015 (10/12 dozavas partes). A RTíCULO 4°._ El egreso que demande el cumplimiento de los articulas 2° y 3" de la presente resolución , estara supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Específica de Gasto: 2.1.19_21 y 2.1.19.33, respectivamente , de la Meta 0064, de la Unidad Ejecutora 001. Pliego 11 - Ministerio de Salud , ARTíC ULO 5°.- El Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, es el encargado de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. ARTíC ULO 6°._ NOTIFICAR la presente resolución en el domicilio de la beneficiaria, silo en Jase Maria de La Jara y Ureta N° 437 - 402, distrito de Santiago de Surco. ARTiCU LO 7°. _ Encargar al Equipo de Ingreso y Escalafón la incorporación de la presente resolución en el legajo personal de doña CECILIA MELBA MÁ CARDENAS . Registrese y

niquese,