Lima, 09 de noviembre de 2012

Guillermo Eduardo Gonzáles Silva. Luis Lázaro Gamboa Fabián. Bias Emilio Suárez Cardoza. Ingeniero Residente (e). Encargado de Almacén (Conductor AIII).
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W Lima,

248 -2012-VIVIENDA 09 de noviembre de 2012.

VISTOS, el Memorándum N° 1129-2012NIVIENDANMCS/PNSU/1.0, el Informe W 127-2012NIVIENDANMCS/PNSU/3.1, y el Informe Técnico N° 8022012NIVIENDANMCS/PNSU/2.2; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA, se creó el Programa Nacional de Saneamiento Rural en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que en su Única Disposición Complementaria Modificatoria modificó la denominación del Programa "Agua para Todos" creado mediante Decreto Supremo W 006-2007-VIVIENDA por el de "Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU"; Que, mediante Decreto Supremo N° 083-2012-PCM se declaró de interés nacional y de necesidad pública la elaboración y ejecución del "Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera"; autorizándose al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la elaboración y ejecución de un Proyecto Piloto, en coordinación con los sectores involucrados, con el objeto de poder determinar la adecuada implementación del "Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera"; además de implementar proyectos de infraestructura y/o equipamiento en dichas zonas; Que, en ese sentido, con fecha 25 de setiembre de 2012, se suscribió el Acuerdo Intrainstitucional entre la Dirección Nacional de Saneamiento, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano y el Programa Nacional de Saneamiento Rural, con el objeto de establecer los lineamientos legales, técnicos, administrativos y financieros para llevar a cabo la perforación de dos pozos tubulares en el departamento de Tacna; Que, el subnumeral 7.1.2 de la Cláusula Sétima del precitado Acuerdo señala que el Programa Nacional de Saneamiento Urbano se compromete a cubrir todos los gastos, tanto de combustible y demás materiales para la perforación; así como, los viáticos del personal técnico que irrogue la ejecución de los citados pozos tubulares; Que, mediante Resolución Directoral W 026-2009NIVIENDANMCS/PAPT/DE de fecha 03 de marzo de 2009, se aprobó la Directiva N° 0032009NIVIENDANMCS/PAPT/DE "Normas para el Otorgamiento de Viáticos en Comisión de Servicios para el Personal del Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", cuya vigencia se restituyó mediante Resolución Directoral N° 089-2009NIVIENDANMCS/PAPT/1.0, de fecha 10 de julio de 2009, siendo modificada posteriormente mediante Resolución Directoral N° 097-2009NIVIENDANMCS/PAPT/1.0 de fecha 31 de julio de 2009;

Que, el subnumeral 7.1.1 del artículo 7 referido a las Normas Generales de la indicada Directiva señala que los viáticos serán solicitados a la Unidad de Administración mediante Memorándum del Jefe de la Unidad requiriente y autorizados por el Director Ejecutivo de acuerdo a la programación de gastos mensual; asimismo, el subnumeral 7.7.3, del numeral 7.7 del artículo en comentario referido a las Normas Específicas señala que las comisiones de servicios no podrán exceder de quince (15) días continuos, en caso de requerirse mayor tiempo, deberá ser autorizado mediante Resolución Ministeria'l, tomando en cuenta las previsiones presupuestarias existentes; Que, mediante Resolución Ministerial N° 218-2012-VIVIENDA de fecha 15 de octubre de 2012, se autorizó el mayor plazo de la comisión de servicios del personal técnico a cargo de la perforación de dos pozos tubulares en el departamento de Tacna, del 14 al 12 de noviembre de 2012; resultando necesario ampliar dicho plazo conforme a lo señalado en el Informe Técnico W 802-2012NIVIENDANMCS/PNSU/2.2, con la finalidad de concluir dichos trabajos; Que, mediante Informe Técnico N° 802-2012NIVIENDANMCS/PNSU/2.2 la Jefatura del Equipo de Abastecimiento del Programa Nacional de Saneamiento Urbano solicitó la certificación presupuestal hasta por la suma de SI. 43 200,00; Y mediante Certificación de Crédito Presupuestario N° 01188 de fecha 07 de noviembre de 2012, la Jefatura de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto e Informática del citado Programa otorgó la Certificación Presupuestaria por comisión de servicios a la ciudad de Tacna en el marco del Acuerdo Intrainstitucional entre la Dirección Nacional de Saneamiento, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano y el Programa Nacional de Saneamiento Rural; asimismo, señaló dicho Informe que el plazo estimado de perforación de los pozos tubulares es de treinta (30) días adicionales aproximadamente, el mismo que supera al plazo máximo establecido en la Directiva W 003-2009NIVIENDANMCS/PAPT/DE antes indicada; Que, mediante Memorándum W 1130-2012NIVIENDANMCS/PNSU/2.0 de fecha 08 de noviembre de 2012, la Jefatura de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Saneamiento Urbano señaló que resulta necesario autorizar mediante Resolución Ministerial el mayor plazo de ejecución de los pozos tubulares, toda vez que este excederá de los quince (15) días; Que mediante Informe N° 127-2012NIVIENDANMCS/PNSU/3.1 de fecha 09 de noviembre de 2012, la Jefatura de la Unidad de Asuntos Legales del Programa Nacional de Saneamiento Urbano señaló que el plazo de treinta días señalado precedentemente se computa desde el13 de noviembre al12 de diciembre de 2012; Que, al tratarse de una ampliación de la comisión de servicios del personal técnico especializado por un plazo adicional de 30 días a los plazos ya autorizados previamente, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; y,

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N° 247-2012-VIVIENDA De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 083-2012PCM, que declaró de interés nacional y de necesidad pública la elaboración y ejecución del "Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera"; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Directiva W 0032009NIVIENDANMCS/PAPT-1.0 "Normas para el Otorgamiento de Viáticos en Comisión de Servicios para el Personal del Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobada mediante Resolución Di recto ral N° 0262009NIVIENDANMCS/PAPT/DE; y el Acuerdo Intrainstitucional entre la Dirección Nacional de Saneamiento, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano y el Programa Nacional de Saneamiento Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, el mayor plazo de la comisión de servicios del personal técnico que a continuación se detalla, para la ejecución de la perforación de los pozos tubulares a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución del 13 de noviembre al 12 de diciembre de 2012: Julio Adriano Jesús Mesones Carmona Harry Jhonny Napravnick Zapata Benjamín Oscco Barbarán Luis Alberto Machado Agurto Juan Enrique Vilela Ley ton Guillermo Eduardo Gonzáles Silva Luis Lázaro Gamboa Fabián Bias Emilio Suárez Cardoza

Ingeniero Residente (e) Encargado de Almacén (Conductor AIII) Técnico Perforista Asistente de Perforación Asistente de Perforación Soldador Conductor Al 11 Conductor Al 11

Artículo 2.- Disponer que la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano asigne al personal señalado en el artículo 1, los viáticos que correspondan conforme a lo establecido en la Directiva N° 0032009NIVIENDANMCS/PAPT-1.0 "Normas para el Otorgamiento de Viáticos en Comisión de Servicios para el Personal del Programa Agua para Todos (Hoy PNSU), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento". Regístrese y. omuníquese.

, 'R'E'Ñé'CORNE Ministro de Vivienda. Construcción Y Saneamiento