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Sandoval Ipanaqué/Nila Violeta Saavedra Arce. Divorcio por causal. ..... Bustios Rivas y otro. Reivindicación. ..... Edwin Bautista Muñoz por estos autos. 101-96 ...
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Chiclayo, jueves 22 de Diciembre del 2016

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, jueves 22 de Diciembre del 2016

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°:04041-2014-3O1706-JR-PE-06. JUZGADO: SÉTIMO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESPECIALISTA JUDICIAL: NICOLÁS INOÑAN VENTURA Se NOTIFICA a: HELMER ORLANDO TORRES LLANOS, con la resolución número dos del 14 de diciembre del 2016, en la cual se ha RESUELTO: REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO - EX PICSI; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el expediente N° 04041-2014-30-17O6-JR-PE-O6, seguido contra los acusados GIANMARCO TEJADA FERNANDEZ, RUBÉN ISAÍAS GONZALES PISFIL, HELMER ORLANDO TORRES LLANOS y SEGUNDO JUAN LLOQUEN MOROCHO, como presuntos coautores del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de HURTO AGRAVADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 185° en concordancia con el artículo 186° inciso 1,5 y 11 del Código Penal del Código Penal, en agravio de José Luis Liza Velásquez La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Chiclayo, 14 de diciembre del 2016 PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL-CSJLA FP/ 20, 21, 22 dic.

Telf: 481030 - 239182

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 02815-2015-76-1706JR-PE-03 JUEZ: TORRES SÁNCHEZ VÍCTOR ADOLFO ESPECIALISTA: JANET CECILIA SÁNCHEZ CAJO IMPUTADO: CÁRGATE DE PEÑA, TELMA Y OTROS DELITO: COMERCIALIZACIÓN Y CULTIVO DE AMAPOLA Y MARIHUANA Y SU SIEMBRA COMPULSIVA. AGRAVIADO: EL ESTADO SE EMPLAZA al acusado: VIDAL LOZANO CHAGALLAN a fin que se ponga a derecho en el Proceso Penal N° 02815-2015-76-1706-JR-PE03°JIP-CHICLAYO, instaurado en su contra; y se le notifica con el inserto siguiente: RESOLUCIÓN N° CUATRO Chiclayo, catorce de noviembre De dos mil dieciséis.SE RESUELVE:

Dado cuenta y conforme al estado del proceso: REPROGRÁMESE AUDIENCIA PÚBLICA DE DEBATE DE SOLICITUD FISCAL DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día VEINTIDÓS DE DICIEMBRE del año dos mil dieciséis, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de audiencias N° Tres del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo. PRECÍSESE que la Audiencia de Prisión Preventiva se llevará a cabo sin la presencia del imputado en caso d/inconcurrencia y con la Abogada Defensora Penal Publica, en caso NO designe abogado defensor de libre elección. NOTIFIQUESE. VÍCTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3°JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB FP/ 20, 21, 22 Dic

5. CRÓNICAS JUDICIALES CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA SEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. Con los señores:Zamora Pedemonte,Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 00604-2013-0-1708-JM-CI-01, Rafael Humberto Riojas Chevez/Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha uno de junio del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 02193-2014-0-1706-JR-CI-06, Víctor Arturo Moreno Quiroz/Ministerio de Educación y otros. Proceso de Amparo. COI”FIRMARON la sentencia de fecha veinte de mayo del año dos mil quince, obrante de folio ciento noventa y tres a ciento noventa y ocho, que declara infundada la demanda. 02476-2014-0-1706-JR-CI-03, Jaime Pérez Huamán/ Ministerio de Educación y otros. Proceso de Amparo. : REVOCARON la sentencia de fecha nueve de aj3ríl de dos mil quince, que declara fundada la demanda de amparo; y, REFORMÁNDOLA la declararon INFUNDADA. 0555-2013-0-1708-JM-CI-01, Juan José Damián Montalbán/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 - FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la Sentencia (resolución número seis), su fecha uno de junio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 00137-2012-0-1706-JR-FC-01, Lila Madene Santín Soplapuco/Karlo Javier Musayón Santa María y otro. Declaración de Unión de Hecho. APROBARON la sentencia de fecha diecisiete de agosto del año dos mil quince, que declara fundada la demanda. 00219-2014-0-1706-SP-CI-02 (00305-20130-1708-JM-CI-01), Carlos Sánchez Benites/ Misael Mejía Guevara. Interdicto de, recobrar. CONFIRMARON la sentencia, de fecha treinta de octubre del año dos mil catorce, que declara infundada la demanda. 00384-2014-0-1706JR-CI-04, Rigoberto Cruz Távara/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha seis de agosto del dos mil quince, que declara infundada la demanda de amparo; y, REFORMÁNDOLA, la declararon IMPROCEDENTE. 01279-2009-0-1706-JR-CI-02, Prospero Enrique Tequen Juica/ Ministerio de Interior y otros. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la sentencia (Tomo II) de fecha seis de abril del dos mil quince, que declara infundada la demanda. 02555-2008-0-1706-JR-CI-ll, Wenceslao Guerrero Estrada/ Telma Priscila Ortiz Muñoz y otros. Nulidad de Acto Jurídico. DECLARARON NULA la SENTENCIA, de fecha doce de mayo del año dos mil quince, NULO TODO LO ACTUADO, hasta el estado del saneamiento del proceso. 01234-2014-0-1706-JR-CI-01, Carmer Doris García Pecsen/Red Asistencial Lambayeque del Seguro Social de Salud. Proceso de Cumplimiento.

REVOCARON la sentencia de fecha treinta y uno de julio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda de cumplimiento; y, REFORMÁNDOLA se declara FUNDADA. 001302012-0-1706-JR-CI-03, Kimberly Quintana Rimarachín/Zona Registra! II Sede Chiclayo. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución número catorce de fecha quince de junio del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. 00391-2013-0-1706-JR-CI-03, Pilar del Milagro Olivos Flores/Irene Flores Contreras de Rigueti. Petición de herencia. CONFIRMARON la sentencia de fecha tres de junio del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 005312007-0-1707-JM-CI-01, Agropucalá S.A.A/ Liboria Carranza de Delgado y otro. Oposición a Inscripción Registral. Declararon NULA la sentencia (resolución número veintisiete) de fecha nueve de enero del año dos mil quince, que\declara Infundada la demanda. 00222-2014-0-1706-JR-CI-06, Luis Fernando Campos Pacheco/Cementos Pacasmayo S.A.A. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia (resolución número seis) que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01430-2015-0-1706-JR-CI-02, Gumercinda Imán de Valencia/Juez del Tercer Juzgado de Familia de Chiclayo. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha treinta de julio del año dos mil quince, que declara fundada la demanda; y, REFORMÁNDOLA se declara INFUNDADA la demanda. Con los señores: Silva Muñoz, Pisfil Capuñay y Rojas Díaz, vieron y votaron en discordia: 01003-2014-0-1706-JR-FC-04, Carmen Marilú Izquierdo Torres/Ministerio Público. Adopción. APROBARON la sentencia (Resolución Número Once) de fecha quince de mayo del dos mil quince, que declara fundada la demanda de adopción. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA TRECE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. Con los señores: Lara Contreras, Zamora Pedemonte y Silva Muñoz, vieron y votaron en discordia: 01892-2014-0-1706-JR-CI-04, Sofía Matías Marraros/Ministerio de Educación y otros. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha veintidós de octubre del año dos mil catorce de folios noventa y dos a noventa y nueve, que declara improcedente la demanda; y, REFORMÁNDOLA la declararon INFUNDADA. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Pisfil Capuñay, vieron y votaron: 01892-2014-0-1706-JR-CI-04, Sofía Matías Marraros/Ministerio de Educación y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cinco de fecha veintidós de octubre del año dos mil catorce de folios noventa y dos a noventa y nueve, que declara INFUNDADAS las excepciones de agotamiento de la vía administrativa, incompetencia por razón de materia y oscuridad o ambigüedad en la demanda. 06341-2006-0-1706-JR-CI-02, Elias Ticlla Bustamante/ESSALUD y otro. Indemnización por daños y perjuicios. CONFIRMARON la sentencia de fecha dieciocho de junio del dos mil quince, obrante de folios mil doscientos treinta a mil doscientos cuarenta y cuatro, que declara fundada en parte la demanda sobre indemnización por daños y perjuicios interpuesta por Elias Ticlla Fustamante contra Walter Elier Cabanillas Cancino y ESSALUD; REVOCARON la misma sentencia en cuanto ordena que los demandados paguen en forma solidaria por la suma de ciento ocho mil nuevos soles por lucro cesante, la suma de cien mil nuevos soles por daño a la persona y por daño moral cincuenta mil nuevos soles, es decir el monto de doscientos cincuenta y ocho mil nuevos soles, más intereses legales; y, REFORMÁNDOLA en dichos extremos se fija la suma de setenta mil nuevos soles por lucro cesante, la suma de cincuenta mil nuevos soles por daño a la persona y veinte mil nuevos soles por daño moral; haciendo iun total de ciento cuarenta mil nuevos soles que los demandados deben pagar solidariamente al demandante; Declararon NULA la misma sentencia en cuanto declara INFUNDADA la demanda en todos sus extremos respecto a los litisconsortes necesarios pasivos Percy Felipe Enrique Zambrano Herrera y Graciela Cristina Kessler de Huangal. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 0866-2014-0-1706-JR-CI-02, Empresa “Centro Médico del Conductor y Servicios”- CEMESCA S.A.C/ Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque y otro. Impugnación de Resolución Administrativa. NULA la sentenciare fecha veintidós de mayo del dos mil quince, que declara Infundada la Demanda. 03650-2010-0-1706-JR-CI-07, cesar Ulises Coronel Vásquez/Betty Clara Tay Fu y otros. Otorgamiento de escritura pública. Declararon NULA la Sentencia de fecha dieciséis de julio del año dos mil quince, que declara Infundada la demanda. 00130-2014-0-1708-JM-CI-01, María Adonila Llontop de Piscoya/ Comisión Ad Hoc Creada por Ley 29625 - FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la Sentencia (resolución número cuatro), su fecha ocho de junio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 04733-2013-0-1706-JR-CI-01, César Raúl Arrascue Villoslada/Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625- Fonavi/Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la Sentencia (resolución número ocho), su fecha veinte de julio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 03810-2014-0-1706-JR-CI-04, Berardo Esquerre Vega/ Oficina de Normalización Previsional. Hábeas Data. CONFIRMARON la sentencia, de fecha dieciséis de abril del dos mil quince, que declara fundada la demanda. 01229-2014-0-1706-JR-CI-07, Gilberto Manuel Coronel Gaona/Municipalidad Distrital de Pátapo/Hábeas Data. REVOCARON la sentencia de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil catorce, que declara infundada la demanda de Hábeas Data; REFORMÁNDOLA, la declararon FUNDADA. 00229-2013-0-1714-JM-FC-01, Nicolás Atencio Bruno/Imelda Suárez Santa Cruz. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha diez de julio del dos mil quince, que declara fundada la demanda. 0053-2014-0-1706-JR-FC-03, Julio César Sánchez Medina/Elizabeth Ramírez Maluquiz/ Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha siete de agosto del año dos mil quince,que declara fundada la demanda. 00513-2013-0-17098-JM-CI-01, Teodoro Olivos Santamaría/Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625 - Fonavi/Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia (Resolución Número Siete) de fecha ocho de junio del año dos mil quince, obrante de folio ciento treinta y cuatro a ciento treinta y nueve, que resuelve declarar improcedente la demanda. 00978-2014-0-1706-JR-FC-03, Benicio Díaz Díaz y otra/ María Grasia del Milagro Díaz Bonilla y otros. Interdicción civil. APROBARON la sentencia de fecha veintisiete de mayo del dos mil quince, obrante de folio ciento setenta a ciento setenta y seis, que declara fundada la demanda. 02036-2014-0-1706-JR-CI-05, Elva Esperanza Collazos Peláez viuda de Amenero/Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 -Fonavi. Proceso tie Cumplimiento. CONFIRMARON la Sentencia,su fecha treinta y uno de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 02722-2011-0-1706-JR-FC-02, Ricardo Miguel Armijos Castro/Sucesión Ricardo Miguel Armijos Coronado. Reconocimiento de Paternidad. DESAPROBARON la sentencia venida en consulta (de fecha uno de junio del año dos mil quince. 03461-2013-0-1706-JR-FC-02, José Félix Valverde Montano/María Melestina Reyes Huima.Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha veinticuatro de julio del año dos mil quince. 05659-2006-0-1706-JR-CI-07, Aníbal Segundo Tapia Flores/ Director General de la Policía Nacional del Perú y otros. Impugnación de Resolución Administrativa. REVOCARON la sentencia de fecha tres de octubre del año dos mil catorce, que declara fundada en parte la demanda interpuesta por Aníbal Segundo Tapia Flores; la’que reformándola, Declararon INFUNDADA en todos sus extremos. 04911-2008-0-1706-JR-CI-ll, Segundo Armando García Pérez/Essalud. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la sentencia, de fecha tres de marzo del año dos mil quince, que declara infundada la demanda. 02397-2011-0-1706-JR-CI-02, Ricardo Antonio León Pastor/Miguel Alexander Bernhard Riggs y otros. Nulidad de Acto Jurídico. REVOCARON la sentencia de fecha ocho de julio del año dos mil quince, de folios setecientos dos a setecientos diez, que declara Infundada la demanda interpuesta por Ricardo Antonio León Pastor en representación de las empresas Sucafina S.A. y Afriproduce Limited contra Jan Bernhard Riggs, Miguel Alexander Bernhard Riggs y María de Lourdes Orozco Calvez Durand sobre nulidad de actos jurídicos y cancelación de asientos

CRÓNICA

regístrales; REFORMÁNDOLA, la Declararon: FUNDADA en todos sus extremos. 00013-2015-0-1714-JM-CI-01, Lino Becerra Castillo/Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha veinticinco de mayo del año dos mil quince (que declara fundada la demanda. 03117-2013-0-1706-JR-CI-06, María Olga Flores Sánchez/Empresa de Transportes Murga Serrano y otros. Indemnización por daños y perjuicios. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de enero del dos mil quince, que declara fundada en parte la demanda. 03660-2013-0-1706-JR-FT-02, Kelly Yaninai Delgado Torres y otro/José\ Miguel Rubio Huamán. Violencia Familiar. CONFIRMARON la Sentencia de fecha ocho de junio creí año dos mil quince, corriente de folios doscientos sesenta y siete a doscientos setenta y seis, que declara FUNDADA la demanda interpuesta por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo, en consecuencia, que se ha constatado la EXISTENCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR de parte de don JOSÉ MIGUEL RUBIO HUAMAN en agravio de su Cónyuge KELLY YANINA DELGADO TORRES y su hijo MIGUEL FABRICIO RUBIO DELGADO; REVOCARON la misma sentencia únicamente en el extremo de la prohibición al demandado de acercarse a su menor hijo MIGUEL FABRICIO RUBIO DELGADO a menos de cinco metros de distancia; CONFIRMARON en lo demás que contiene. 0165-2014-0-1706JR-CI-05, Héctor Florencio Gonzales Llontop/ Héctor Manuel Gonzales Puppi y otros. Desalojo. CONFIRMARON la SENTENCIA de fecha diez de julio del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 00257-2011-0-1708-JM-CI-01, Jorge Antonio Piscoya Madueño/ Cooperativa Agraria de Trabajadores de Viña Ltda. de Jayanca/ Prescripción adquisitiva. CONFIRMARON la sentencia de fecha dos de diciembre del dos mil catorce, obrante de folio ciento sesenta y nueve a ciento setenta y cuatro, que declara infundada la demanda. 02592-2011-0-1706-JR-CI-02, Carolina Maicelo Muñoz/ Rosalini Margot Sánchez Fernández y otros. Mejor derecho a la propiedad. CONFIRMARON la SENTENCIA de fecha dos de junio del año dos mil quince, obrante de folios novecientos cincuenta y dos a novecientos sesenta, que declara FUNDADA la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron 00811-2015-0-1706-JR-CI-02, Betty Gabriela Alaya de Díaz/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha veinte de agosto del año dos mil quince, que declara fundada en parte la demanda. 00672-2015-0-1706-JR-CI-02, Bartolomé Velásquez Espinoza/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha trece de agosto del año dos mil quince, que declaró improcedente la demanda. 00202-2014-0-1705-JM-CI-01, Andrés Bances Arcila/Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625. Fonavi. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de junio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 0538-2013-0-1714-JM-FC-01, Jans Manuel Acuña Fabián/Rosa Karina Gastulo García. Nulidad de Matrimonio. DESAPROBARON la sentencia de fecha veintiuno de setiembre del año dos mil quince, corriente de folios noventa y seis a ciento dos, que declara FUNDADA la demanda. 00857-2010-0-1707-JM-CI-01, Clara Angélica Gutiérrez Carmena/Municipalidad Provincial de Ferreñafe. Impugnación de Resolución Administrativa. DECLARARON NULA la SENTENCIA (resolución número trece), de fecha diecinueve de setiembre del año dos mil catorce, obrante de folios doscientos uno a doscientos seis, que declara INFUNDADA la demanda. 00657-2014-0-1706-JM-CI-01, Francisco del Pilar Ñiquen Tello/ Sucesión de Gerónimo Carpió Piscoya. Otorgamiento de escritura pública, declararon: NULA la sentencia de fecha veintinueve de mayo del dos mil quince, obrante de folio cincuenta y ocho a sesenta y tres, corregida por resolución número cinco, del ocho de julio del dos mil quince, que declara fundada la demanda. 01875-2014-0-1706-JR-FC-02, Luis Abraham Huamán Vargas/ María del Rosario Ramírez Calderón. Divorcio por causal. APROBARON la consulta de la Sentencia de fecha dieciseis de Julio del año dos mil quince, copiada de folios ciento cinco a ciento trece, que declara FUNDADA la demanda. 04782-2013-0-1706-JR-CI-06, Luis Ferré Monja/ Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia, de fecha diecinueve de junio del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. 00242-2010-0-1714-JM-FC-01, Fiscalía Mixta de José Leonardo Ortiz/ Pablo Alberto Soto Sánchez. Violencia Familiar. DECLARARON la nulidad de la sentencia de fecha veintiocho de mayo del año dos mil quince. NULO todo lo actuado desde

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Chiclayo, jueves 22 de Diciembre del 2016

folios veintidós, solo en el extremo que se refiere a la agraviada. 02165-2013-0-1706-JR-CI-01, Sixto Sabas SJIva Miranda/ Ministerio de Educación Y Otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia’de fecha once de junio del año dos mil quince (folios doscientos uno a doscientos tres) que declara improcedente la demanda. 00553-2013-0-1708-JM-CI-01, José Manuel Rivas Ramírez/ Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia, de fecha ocho de junio del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. 00041-2014-0-1708-JM-CI-01, Antonio Hernández Damián/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de junio del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 0545-2013-0-1708-JM-CI-01, José Adalberto’ Martínez Niño/ Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia, de fecha quince de junio del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. 0122-2014-0-1714-JM-CI-01, Víctor Núñez Ibarra/ Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia, de fecha veintiuno de mayo del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. 00295-2013-0-1708-JM-FC-01, Hipólito Sandoval Ipanaqué/Nila Violeta Saavedra Arce. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia consultada (resolución número catorce) de fecha diez de junio del año dos mil quince, que declara Fundada la demanda. 04538-2013-0-1706-JR-CI-06, Rosa Teresa Portillas Guerrero de Castro/Jockey Club de Chiclayo. Proceso de Amparo. Y CONFIRMARON la sentencia de fecha veintiocho de mayo del año dos mil quince, de folios ciento setenta y cuatro a ciento setenta y nueyp, que declara FUNDADA la demanda. 05137-2013-0-1706-JR-CI-01, Juan Antonio Santa Cruz Santa Cruz/Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 -FONAVI. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la Sentencia (resolución número seis), su fecha ocho de junio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. Con los señores: Zamora Pedemonte, Conteña Vizcarra y Armaza Caldos, vieron y votaron: 0260-2014-0-1706-JR-CI-06, César Augusto Carranza Regalado/Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia, de fecha diecinueve de mayo del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Pisfil Capuñay, vieron y votaron 03771-2013-0-1706-JR-CI-04, Javier Cruzado Juica y otra/Corpus Cristian León Hidalgo y otros. Nulidad de acto jurídico, declararon: NULA la sentencia de fecha diecisiete de abril del dos mil quince, obrante de folio doscientos treinta y cinco a doscientos cuarenta y cuatro, que declara infundada la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA SEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Lara Contreras, Carrillo Mendoza y Pisfil Capuñay vieron y votaron en discordia: 04669-2013-0-1706-JR-CI-04, Reinen Ruiz Mosquera/Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL Impugnación de Resolución Administrativa. REVOCARON el auto (Resolución Número Ocho) de fecha treinta de abril del año dos mil quince, que resuelve declarar fundada la excepción de incompetencia propuesta por OSIPTEL; y REFORMÁNDOLO, declararon INFUNDADA la excepción. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra vieron y votaron: 03626-2013-98-1706-JR-CI-07, Víctor Raúl Vera Toro/Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo/Habeas Data. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Nueve) de fecha veintisiete de mayo de dos mil quince. 07450-2008-0-1706-JR-CI-ll, José Luís Sipión Gonzáles/Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. REVOCARON la Resolución Número Veinticinco, de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil quince. 02543-2013-0-1706-JR-CI-06, Santos Elena Cumpa Velásquez/Ministerio de Educación y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cinco, de fecha once de julio del año dos mil catorce, que declara improcedente la demanda. 05446-2004-91-1706-JR-CI-03, Saúl Ochoa Campos/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y siete, de fecha veintitrés de julio del año en curso, que declara Improcedente la nulidad procesal. 00139-2015-97-1706-JR-CI-06,José Edilberto Flores Rivera/Municipalidad Distrital de Pomalca. Medida Cautelar. CONFIRMARON la resolución número UNO, de fecha uno de julio del año dos mil quince,que declara improcedente la’solicitud de medida cautelar. 09561-2006-7-1706-JR-CI-10, Celestino

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Santa Cruz Correa/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Veinticinco) de fecha quince de julio del año dos mil quince. 01079-2013-29-1706-JR-FC-03, Luís Gregorio Montalvo Rojas/ Gladys Heydee Estrada García y otro. Declaración de bien propio. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Cuatro) de fecha dieciséis de julio del dos mil quince, que declara infundada la excepción de falta de legitimidad del demandado 01Q24-2015-Q-1706-JR-CI-G3, VHma Meléndez Chávez/José Adán Salazar Mejía y otros. Nulidad de Acto Jurídico. Declararon NULA la resolución número dos, de fecha once de junio del año dos mil quince, que declara Improcedente la demanda. 02116-2014-52-1706-JR-CI-02, María Victoria Samillán Arrasco/José Pedro Samillán Chiscol y otros. Nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON” el auto (Resolución Número Catorce) de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince. 00719-2012-65-1706-JR-CI-03, José Arturo Segura Heredia/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número diez de fecha dieciocho de junio del dos mil quince, que declara infundada la observación. 02888-2009-43-1706-JR-CI-01, Eusebio Tesen Villarreal/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número veintiséis, de fecha dieciséis de junio del año dos mil quince. 0016-2008-11-1706-JR-CI-01, Manuel Artidopo Manay Fernández/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon NULA la resolución número treinta y ocho, de dieciséis de junio del dos mil quince que declara aprobar el informe N° 0171-2015-DRL-PJ, de fecha 25 de marzo del dos mil quince. 01365-2015-0-1706-JR-CI-06, Luis Humberto Chicchón Montero/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno de fecha uno de junio del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 04884-2010-96-1706-JR-FC-03, Miriam del Rosario Arenas Llontop/ Carlos Monteza Vega. Divorcio por causal. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Dieciséis) de feqia diez de agosto del año dos mil quince. 03784-2014-0-1746-JR-CI-03, Irma Yovera de Castillo/Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.Procese Constitucional de Amparo. CONFIRMARON la Resolución Número Uno de fecha treinta de octubre del dos mil catorce. 07552-2006-89-1706-JR-CI-02, Fiscalía Provincial Provisional Mixta de Chiclayo/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Noventa y Ocho) de fecha veinticuatro de agosto del dos mil quince. 0903-2015-0-1706-JR-CI-05, Alejandro Burgos Montalvo/Félix Antonio Lossio Barbieri. Retracto. CONFIRMARON el AUTO (resolución número tres), de fecha treinta y uno de julio del año dos mil quince. 01307-2015-0-1706-JR-CI-03, Nativo Meras Goicochea/Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz. Nulidad de Acto Jurídico. DECLARARON NULO el Auto (resolución número uno), de fecha dieciocho de junio del año dos mil quince. 00220-2015-60-1706-JR-CI-07, Iglesia Cristiana Pentecostés del Perú/Rafaela Puyen de Lluen. Prescripción Adquisitiva - Medida cautelar. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Uno) de fecha veintidós de junio del dos mil quince. 01314-2014-13-1706-JR-CI-02, Procurador Público Adjunto del Gobierno Regional/Carlos Enrique Chambergo Seclén y otros. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON el AUTO (resolución número ocho) de fecha veinte de octubre del año dos mil catorce, copiada a folios doscientos siete y doscientos ocho, que declara IMPROCEDENTE la nulidad. 00604-2014-0-1707-JM-CI-01, Ludomilia Torres Ayudante/Elio César Gamarra Herrera y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Uno) de fecha dos de setiembre del dos mil catorce. 00967-2015-0-1706-JR-CI-07, Deliro Zamora Ramírez/ Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Chiclayo - Lambayeque. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Uno) de fecha seis de mayo del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 07371-2004-65-1706-JR-CI-01, Narciso Salgado Villalobos/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Setenta y Siete) de fecha ocho de junio del dos mil quince. 02919-2002-64-1706-JR-CI-03, Segunda Vicenta Torres de Culqui/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo; CONFIRMARON el auto (Resolución Número Cuarenta y Cinco) de fecha veinticinco de mayo del dos mil quince. 04086-2014-75-1706-JR-CI-01, Martha Teresa Gutiérrez Gamarra/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Uno) de fecha nueve de diciembre del dos mil catorce. 01740-2014-0-1706-JR-CI-07, Elisa Contreras García/Magistrado Ángel Freddy Pineda Ríos y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON el

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Chiclayo, jueves 22 de Diciembre del 2016

auto (Resolución Número Tres) de fecha treinta de marzo del dos mil quince. 05240-2005-9-1706-JR-CI-07, Alejandro Torres Gamonal/Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Sesenta) de fecha seis de enero del dos mil quince. 02512-2009-66-1706-JR-CI-03, Godofredo Pajares Izquierdo/Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el Auto (resolución número diecinueve), de fecha trece de julio del año dos mil quince. 07714-2008-95-1706-JR-CI-06, Luisa Clorinda Campodónico Mayorga de Vigil/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Treinta y Tres) de fecha catorce de mayo del dos mil quince. 04644-2003-0- 1706-JR-CI-02, Cronwell Enrique Aldana Cervera/Instituto Nacional de Cultura y otro. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución número veintitrés, de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil quince. 01957-2009-22-1706-JR-CI-07, Banco de Crédito del Perú/ Segundo Bustamante Caruajulca. Ejecución de Garantías Reales - Queja de Derecho. Declararon: INFUNDADA la queja interpuesta por el Banco de Crédito de Perú contra la resolución número setenta y ocho. IMPUSIERON multa de tres unidades de referencia procesal a la entidad bancaria recurrente. 00113-2015-12-1706-JR-CI-02, Genaro Vera Roalcaba/ Gobierno Regional de Lambayeque. Medida cautelar. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Uno) de fecha dieciséis de enero del dos mil quince. 06311-2009-8-1706-JR-CI-03, Manuel Antonio Segura Guevara/ Empresa Electronorte ENSA. Proceso de Amparo. REVOCARON la resolución número veinte, de fecha veintit abril del año dos mil quince, que regula los costos en la suma de dos mil quinientos nuevos soles (S/.2,500.00); reformándola, regularon los costos en la suma de mil quinientos nuevos soles (S/.l,500.00). HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA TRECE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 03738-2010-0-1706-JR-CI-01, Dennis Alejandro Kcam Chung/Electronorte S.A.A. Indemnización. CONFIRMARON la resolución número cuarenta y tres, de fecha diecinueve de agosto del año dos mil quince. 00507-2015-45-1706-JR-CI-07, José Mariano Villegas Mego/Alcalde del Gobierno Provincial de Chiclayo y otro. Indemnización. Declararon NULA la resolución número uno de fecha trece de julio del año dos mil quince, que declara Fundada la Excepción de Convenio Arbitral. 00841-2012-15-1706-JR-CI-02, Martina Zelada Castañeda/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número treinta y uno de fecha siete de agosto del dos mil quince, que declara fundada en parte la observación. 01251-2014-71-1706-JR-CI-02, Armando Uceda Pisfil/ Javier Limberg Chumioque Uceda y otros. Nulidad de acto jurídico. Declararon Nula !a resolución número seis de fecha dieciséis de setiembre del año dos mil quince, que declara Infundadas las excepciones de incompetencia, falta de agotamiento de la vía administrativa y representación insuficiente del demandante. 01079-2013-83-1706-JR-FC-03, Luis Gregorio Montalvo Rojas/ Gladis Haydee Estrada García y otros. Declaración de Bien Propio. CONFIRMARON la resolución número nueve, de fecha dieciséis de julio del año dos mil quince, que declara Infundadas las Excepciones de litis pendencia y falta de legitimidad deducida por doña Gladys Haydee Estrada García. 00394-2013-0-1714-JM-FC-01, Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz/ Octavio Quispe Hurtado/ Violencia familiar. APROBARON la sentencia (Resolución Número Cuatro) de fecha siete de agosto del año dos mil catorce, que declara fundada la demanda de violencia familiar. 01816-2014-0-1716-JR-LA-05, José Alberto Asunción Reyes/Sala Especializada en Protección al Consumidor Indecopi. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon:NULA la Resolución Número Dos de fecha veintiséis de marzo del año dos mil quince. 01616-2015-0-1706-JR-CI-01, Juana Vela Linarez/ Presidente de Comisión de Privatización del Mercado Modelo de Chiclayo. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la resolución número uno, de fecha tres de julio del año dos mil quince: 01104-2014-26-1706-JR-CO-08, Banco Internacional del Perú-Interbank/Om Arquitec E.I.R.L. y otros. Obligación de dar suma de dinero. Declararon: NULA la Resolución Número Siete de fecha quince de julio del año dos mil quince. 01958-2010-33-1706-JR-FC-03, Patricia Susy Gerónimo Villegas/José Antonio Saldaña Saldaña. Declaración de Unión de Hecho. CONFIRMARON la resolución número cincuenta y tres, de fecha veinticuatro de junio del año dos mil quince.

CRÓNICA

00679-2014-39-1706-JR-CO-08, Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo S.A/ Industria Editorial del Norte S.A. y otros. Obligación de dar suma de dinero. REVOCARON la resolución número once, de fecha nueve de julio del año dos mil quince, que declara infundado el pedido de variación de medida cautelar. 01076-2014-0-1706-JR-CO-08, BBVA Banco Continental/ Giovanna Cecilia Paredes Arroyo y otra. Ejecución de garantías reales. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Seis) de fecha veintiocho de abril del dos mil quince. 04216-2014-34-1706-JR-CI-02, Mercedes Guevara Camacho/Manuel Enrique Ortega Guevara y otros. Indemnización y otros. DECLARARON NULO el Auto (resolución número ciento catorce), de fecha diez de agosto del año dos mil quince. 0 4 4 8 9 - 2 0 1 4 - 0 - 1 7 0 6 - J R- C I - 0 6 , E d m u n d o Laureano Calvez Rodríguez/Juez Provisional del Sexto Juzgado Especializado Civil de Chiclayo. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Uno) de fecha veinte de enero del año dos mil quince. 0420-2000-37-1708-JM-CI-01, HM Negocios EIRL/ Santos Ramón Sencio Gómez. Accesión. DECLARARON NULO el Auto (resolución número Veintidós) de fecha siete de julio del año dos mil quince. 02123-2011-18-1706-JR-CI-02, Oswaldo Fernández Tapia/ Alejandro Villegas Fernández y otro. Medida Cautelar. CONFIRMARON el AUTO (resolución número seis) de fecha trece de agosto del año dos mil quince, copiado a folios ciento siete y ciento ocho, que Declara INFUNDADA la OPOSICIÓN Con los señores: Zamora Pedemonte y Silva Muñoz vieron y votaron, en mayoría: 02337-2010-42-1706-JR-CI-10, Nancy Violeta Chuñe de Koo/ Margarita Ramírez López y otros. Nulidad de acto jurídico, declararon: IMPROCEDENTE la apelación del auto (Resolución Número Cuatro) de fecha cinco de junio de!, dos mil quince, que declara infundadas las excepciones de incompetencia, caducidad, falta de interés ara obrar y falta de agotamiento de la vía administrativa, propuestas por el procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de COFOPRI, en consecuencia NULO EL CONCESORIQ DE APELACIÓN. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIA DEL DÍA VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE. Con los señores: Zamora Pedemonte, Conceña Vizcarra y Armaza Caldos, vieron y votaron: 06378-2007-10-1706-JR-CI-10, Francisco Pilar Mechan Olano/Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. REVOCARON el auto (Resolución Número Treinta y Seis) de fecha cinco de marzo del año dos mil quince, en el extremo que apercibe el inicio de procedimiento administrativo disciplinario de destitución contra el Jefe de Oficina de Normalización Previsional y Martín Tovar Gutiérrez; y, REFORMÁNDOLO, declararon IMPROCEDENTE el apercibimiento decretado. 04905-2004-21-1706-JR-CI-07, Juan Alcides Cassinelli Ramírez/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete, de fecha veintiséis de julio del año dos mil quince, que impone a la demandada multa de dos unidades de referencia procesal. 08611-2008-56-1706-JR-CI-09, Diómedes Quiroz Quispe/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número treinta y ocho, de fecha tres de marzo de dos mil quince. 06175-2006-53-1706-JR-CI-05, Reynaldo Vásquez Blanco/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon sin objeto emitir pronunciamiento respecto de la apelación de la resolución veintisiete por sustracción de la materia. Con los señores: Zamora Pedemonte, Suva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 01252-2014-21-1706-JR-CI-01, Ronald Renzo Ramírez Quiroz/América Móvil Perú SAC. Cautelar. CONFIRMARON el auto (Resolución Núrnero Ocho) de fecha doce de agosto del año dos mil quince. 01010-2015-58-1706-JR-CI-03, Vital Isabel Calderón de Moya/Essalud - Red Asistencial Lambayeque. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la resolución número tres, de fecha veintitrés de junio del año dos mil quince, que declara infundada la excepción de incompetencia. 0374-2015-0-1706-JR-CI-06, Segundo Luis Gonzales Rojas/Gerente de la Red Asistencial Lambayeque. Proceso de Cumplimiento. REVOCARON la resolución número tres, de fecha once de agosto del año dos mil quince. 01155-2015-0-1706-JR-CI-07, Julio Nincio Ponce Trujillo/Red Asistencial LambayequeEssalud. Proceso de Cumplimiento. REVOCARON la resolución número uno, de fecha veintinueve de mayo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 06610-2005-64-1706-JR-CI-07, Segundo MaViuel Zambrano Díaz/Gobierno Provincial de Chiclayo. Indemnización. CONFIRMARON el auto

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

(resolución número cuarenta), de fecha Tres de marzo del año dos mil quince. 00716-2009-0-1708-JM-CI-01, H.M. Negocios E.I.R.L./Cecilio Ipanaque Chapoñan.Ejecución de garantías reales. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Veintisiete) de fecha cuatro de junio del dos mil quince. 00702-2014-59-1706-JR-CI-04, Eusebio Sánchez Vega/ Comunidad Campesina Santa Rosa. Interdicto de Retener. CONFIRMARON el auto (resolución número seis) de fecha nueve de junio del año dos mil quince. 04896-2004-0-1706-JR-CI-06, Luz América Solórzano Saavedra/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número cincuenta y siete, de fecha siete de mayo del año dos mil quince, que declara Infundada la observación que efectúa el abogado de la parte demandante y declara la conclusión de la ejecución del proceso. 00941-2012-0-1708-JM-CI-01, Juan del Canto Patroni y otra/Pedro Gómez Ortiz. Indemnización por daños y perjuicios. REVOCARON el auto (Resolución Número Dieciocho) de fecha tres de agosto del dos mil quince, que declara en abandono el presente proceso sobre indemnización, declárese concluido el mismo sin declaración sobre el fondo; y, REFORMÁNDOLO se declara IMPROCEDENTE el abandono. 01386-2015-0-1706-JR-CI-04, Olga Elizabeth Cetrina Mejía/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno, de fecha doce de junio del año dos mil quince, que declara Improcedente la demanda, 00853-2015-0-1706-JR-CI-06, Hernán Américo Hoyos Vargas/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Otorgamiento de escritura pública. CONFIRMARON el AUTO (resolución número dos),de fecha dos de julio del año dos mil quince, qué declara IMPROCEDENTE la demanda. 02159-2015-0-1706-JR-CI-04, Ana Eiizabeth Rivas Chirinos por Katherine Stephanie Changanaqui Rivas/ Carlos Enrique Changanaqui,Reategui. Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.Declararon: NULO el auto (Resolución Número Uno) de fecha dos de setiembre del dos mil quince. 0023-2015-0-1706-JR-CI-01, Sergio Stalin Gastulo Marcelo/ Miguel Ángel Lozano Gaseo y Otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número dos, de fecha diecinueve de marzo del año dos mil quince, que declara improqedente la demanda. 05568-2008-22-1706-JR-CI-03, Jacoba Requ.e Zarpan/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Veintinueve), copiada a folio ciento treinta y cuatro, de fecha uno de julio del año dos mil quince. 04884-2013-0-1706-JR-CI-03, Carlos Alberto Castañeda Calderón/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la Resolución Número Seis, de fecha dieciocho de junio del año dos mil quince. 03499-2011-13-1706-JR-CI-03, Iván Demetrio Medianero Enríquez/Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI). Queja de derecho. FUNDADA LA QUEJA. En consecuencia, se concede recurso de apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida contra la resolución número tres, de fecha tres de marzo del año dos mil quince. 01238-2015-0-1706-JR-CI-04, José Palermo Suyón Castillo/ Sindicato Trabajadores Nestlé Perú. Interdicto de Retener. CONFIRMARON la resolución número dos, de fecha seis de agosto del año dos mil quince, que rechaza la demanda. 05590-2005-48-1706-JR-CI-05, María Neciosup Esqueche/Oficina de Normalización Previsional. Proceso Contencioso Administrativo. Declararon NULA la resolución número cincuenta y seis, de fecha siete de julio del año dos mil quince. 0739-2015-0-1706-JR-CI-07, Jesús Antonio Vásquez Cubas/Ugel Ferreñafe. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número uno, de fecha veintitrés de abril del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 01144-2015-0-1706-JR-CI-01, Eulogio Sipión Bonilla/Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Proceso Constitucional’ de Amparo. Declararon: NULA la Resolución Número Uno, de fecha cinco de mayo del año dos mil quince. 1413-2013-81-1706-JR-CI-06, José del Carmen Tiparra Cadenillas/Municipalidad Provincial de Chiclayo. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la resolución número diez (copiada de folios treinta y uno a treinta y dos), de fecha veintidós de junio del año dos mil quince. 01600-2011-62-1706-JR-CI-06, Dorila Vásqugz Pérez viuda de Maluquiz y otro/Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y otros. Nulidad de acto jurídico y otros. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Dos) de fecha veintitrés de setiembre del año dos mil catorce. 00206-2006-6-1714-JM-CI-01, Segundo Moisés Fernández Pérez/ Armando Díaz Vásquez y Otra. Mejor Derecho a la Propiedad. CONFIRMARON la resolución número setenta y nueve, de fecha quince de julio del año dos mil quince. 00050-2011-96-1714-JM-CI-01, Violeta de Victoria Cuervo de Morales y otro/Elvira Irma Bustios Rivas y otro. Reivindicación. Declararon NULA la resolución número uno, de fecha treinta de junio del año dos mil quince. 00649-2015-0-1712-JP-CI-01, Segundo Nicolás Hernández Arce/Dilmer Saavedra Montenegro.

Obligación de dar suma de dinero. Declararon NULA la resolución número tres, de fecha siete de setiembre del año dos mil quince. 00027-2015-10-1708-JM-CI-01, Mario Edgardo Vargas Cubas/Ministerio de Educación y Otros. Proceso de Amparo - Cautelar dentro de Proceso. CONFIRMARON la resolución número cinco, de fecha siete de julio del año dos mil quince, que declara fundada la oposición a la medida cautelar. CONTEÑA/09/A. 06712-2004-51-1706-JR-CI-07, Felicita Clavo viuda de Sigueñas/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Cumplimiento. DECLARARON NULA la resolución número veintiocho, de fecha diecinueve de mayo del año dos mil quince. 0 2 0 0 1 - 2 0 1 3 - 3 5 - 1 7 0 6 - J P- C I - 0 2 / A n t o n i o Rodríguez Naucapoma/Sara Lozada Cruz Obligación de dar suma de dinero - Cuaderno de Queja. RECHAZARON la queja interpu Sara Karina Lozada Cruzado contra la resolución número veintisiete. 05398-2008-73-1706-JR-CI-06, Asunción Risco de Albújar/Oficina de Normalización Previsional. Proceso Contencioso Administrativo. CONFIRMARON la resolución número treinta y siete, de fecha tres de agosto del año dos mil quince, que sanciona con multa de cuatro Unidades de Referencia Procesal. 03103-2004-11-1706-JR-CI-07, Santa Luzvina Pereyra Cruz/Oficina de Normalización Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. Declararon: NULO el auto (Resolución Número Diecinueve) de fecha veintiuno de enero del dos mil quince. 00216-2013-28-1706-JR-CI-07, Ricardo Ramos García/Miguel Monsalve Aita y otro. Proceso de Amparo. Declararon que carece de objeto pronunciarse sobre la apelación de la resolución número diez de fecha veintidós de diciembre del año dos mil catorce, al haber asumido competencia el fuero laboral. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Pisfil Capuñay vieron y votaron: 09793-2006-77-1706-JR-CI-10, Aníbal Gástelo Santa Cruz/Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el auto (Resolución Número Cuarenta y Dos) de fecha trece de noviembre del dos mil catorce, que varía la medida de embargo en forma de retención. 01515-2004-99-1706-JR-CI-04, Manual Inocente Gonzales Pisfil/Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON el Auto (resolución número setenta y seis), de fecha dieciséis de julio del año dos quince. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 2 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Salazar Fernández, Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 21-2006 SEÑALARON para audiencia el día viernes 6 de Noviembre de 2015, a las 8.10 de la mañana. 3756-01/3 SEÑLARON para audiencia el día Jueves 5 de Noviembre de 2015, a las 8.OOa.m. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 03 de NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Salazar Fernández; Delgado Ramírez y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 134-.96 DECLARARON consentida la resolución de fecha 22 de Octubre de 2015. 1029-97 DECLARARON consentida la resolución de fecha 27 de Octubre de 2015. 99-1999 DECLARARON extinguida la acción penal por muerte del acusado José Sánchez Cóndor, con motivo del proceso que se le siguió por el delito de Abigeato y Tenencia Ilegal de Armas de Fuego. 84-2007 DECLARARON extinguida la acción penal por muerte del acusado Walter García Valdivia por el delito de Robo Agravado. 50012004 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso:MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto al acusado Celestino Neyra Maldonado, hasta que sea debidamente identificado. 95-1999 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso:MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado José Tocto Campos, hasta que sea debidamente identificado. 653-2008 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso:MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Milton Vásquez Cabrera, hasta que sea debidamente identificado. 325-2009 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso: MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto al acusado Leider Román Tocto, hasta que sea debidamente identificado. 469-2001 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso: MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto de los acusados Adelmo Cabrera

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Fernández y Elar Esquivel Cabrera, hasta que sean debidamente identificados. 460-1994 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso:MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto de los acusados Orlando Torres Pérez y Jaime Torres Pérez, hasta que seas debidamente identificado. 46-1998 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso:MANDARON reservar provisionalmente de la instrucción respecto del acusado Agustín Chinguel Castillo, hasta que sea debidamente identificado. 104-2007 AVOQUESE a su conocimiento los magistrados que conforman este órgano jurisdiccional y DISPUSIERON se remita todo lo actuado del Ministerio Publico, para que emita pronunciamiento, respecto a la apelación consentida. 2122-2002 SE RESUELVE declarar INFUNDADO el pedido de variación del mandato de detención por comparecencia con restricciones, solicitado por el abogado de la defensa. 2009-387 AVOQUESE a su conocimiento los magistrados que conforman este órgano jurisdiccional, DISPUSIERON reiterar las ordenes de captura contra los acusados Justiniano Heredia Bustamante, Napoleón Ukumchan Toki, Walter Guerrero Llanos y Romero Castillo Fernández. 43-1984 DECLARARON oficio FUNDADA la excepción de prescripción y por tanto EXTINGUIDA la acción penal en contra Carlos Porfirio Ruiz Román, Sebastián Cordova Peña, Pilar García Velasquez y Leónidas Ruiz Ruiz, por el delito de Homicidio Calificado. 2006-477 DECLARARON infundada la cuestión previa deducido y MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto al acusada Dominga Ramos Cruz, hasta que sea debidamente identificada. 5556-2008 ORDENARON dejar sin efecto la entrega del deposito N° 2014023109482, por la suma de s/2.850 al haber sido cobrado y DISPUSIERON la entrega de los depósitos judiciales obrante a folios 35597, 35598 y 35599. 2004-4495 SEÑALARON fecha de audiencia para el 6 de Noviembre de 2015 a la 1:30 PM, notificándose a la acusada María Griselda Chávez Mejia. 4347-97 SEÑALARON fecha de audiencia para el día 6 de Noviembre de 2015 a las 8:20 AM. 393-2004 ADMITIR los nuevos Medios Probatorios ofrecidos por el señor Fiscal consistentes en las declaraciones del testigo impropio Tito Pérez Cruz y del agraviado Amilce Rodríguez Huamán. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 4 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Salazar Fernández; Delgado Ramírez y Quispe Díaz; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 185-2004 RESOLVER declarar fundada el pedido de variación del mandato de detención por el de comparecencia restringida del acusado William Enrique Oleden Córdova. 2-2006 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso: MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Paco o Pascual Carrasco Maza, hasta que sea debidamente identificada. 185-2004 DECLARARON fundada de oficio la nulidad de juzgamiento y de las audiencia realizadas el dia:-. 23 de Octubre y • de Noviembre del presente año en consecuencia reprogramaron audiencia para el 4 de Noviembre a las 8.30am. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 9 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 791-2006 FALLA condenando al acusado Raúl Ronald Acosta Llontop como autor del delito de Robo agravado y como tal le impusieron 5 años de pena privativa de libertad efectiva. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

CONTINUA DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 99-2015 DECLARARON fundada la

CRÓNICA

inhibición por la doctora Magdalena Chávez Mella. 314-2005 PROGRAMARON audiencia para el día 15 de Diciembre del año en curso , a las 10:30 a.m, notificándose a los acusados José Ignacio Meléndez Ordóñez y Eli Bautista Zurita. 14390-1997 DECLARAR fundada la excepción de prescripción deducida por la defensa técnica a favor del acusado Herminio Segovia Pérez. 288-97 MANDARON resolver provisionalmente la instrucción respecto de los acusados Santos Guerrero Castro y Baseliza Díaz Gonzáles, 81-2003 MANDARON resolver provisionalmente la instrucción respecto del acusado Chinguel Aranda Velásquez. 113-1999 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Fabriciano Cruz Córdova. 222-2004 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Nicolás Sánchez Mondragón. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina, se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 283-2000 AVOQUESE a su conocimiento los magistrados que conforman este órgano jurisdiccional. 426-2007 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción. 36-2008 AVOQUESE ESTE Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Lin Cherres Rimarachin. 542-1999 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Exaltación Altamirano Maluquis. 225-2007 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Dang Neyra Meléndez. 2007-24 DISPUSIERON se cursen las ordenes de captura contra el acusado Segundo Santiago Segura Guevara. 2000-159 AVOQUESE a su conocimiento los Magistrados que conforman este órgano jurisdiccional y DISPUSIERON se curse captura a Gerardo Huamán Carrillo. 342-2008 AVOQUESE a su conocimiento los Magistrados que conforman este órgano jurisdiccional MANDARON remitir lo actuado al Ministerio Publico. 2008-443 AVOQUESE a su conocimiento los magistrados que conforman este órgano jurisdiccional DISPUSIERON se cursen las ordenes de captura contra los acusados Jaime Cruz Fernández y otro. 2007-221 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado José Elmer Cruz Gonzáles. 176-99 MANDARON resolver provisionalmente la instrucción respecto del acusado Adelmo Cubas Hoyos. 269-99 AVOQUESE a su conocimiento los Magistrados que conforma este órgano jurisdiccional DISPUSIERON se renueve las ordenes de captura. 2009-127 AVOQUESE a su conocimiento los Magistrados que conforma este órgano jurisdiccional y DISPUSIERON renovar las ordenes de captura. 73-2004 SEÑALARON audiencia para el 12 de Noviembre de 2015 a las 10.00 am, notificándose al acusado José Llontop Santamaría. 522-2000 FALLA absolviendo a Andrés Hernán Arévalo Segovia de la acusación fiscal por el delito de Homicidio Calificado. 392-2003 SEÑALARON audiencia el día 13 de Noviembre de 2015 a las 8.10am. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

JUDICIAL

Chiclayo, jueves 22 de Diciembre del 2016

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 73-2004 EXCLUIR del presente expediente al ciudadano José Llontop Santamaría con documento de identidad N° 17525379. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 2009-542 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Olber López Chuchimango. 2001-453 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado José Rajas Rodrigo. 2009-122 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Santos Pérez Barboza. 2002-6209 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone el representante del Ministerio Publico. 15-94 DECLARARON de oficio, fundada la excepción de prescripción y por lo tanto extinguida la acción penal en contra de Efraín Morales Lozano. 84-2000 DECLARARON extinguida la acción penal por muerte del acusado Miguel Banda Cubas por el delito de Violación de la Libertad Sexual. 2002-110 AVOQUESE a su conocimiento los Magistrados que conforman a su estado DISPUSIERON se renueve las ordenes de captura. 2003-3521 DECLARARON consentida la resolución de fecha 28.10.15. 1838-98 AVOQUESE a su conocimiento los Magistrados que conforman este órgano jurisdiccional y renuévese la captura contra los acusados Orlando Carrasco Cruz y otros. 81-2003 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Chinguel Aranda Velásquez. 236-2006 AVOQUESE esta Sala Penal el conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Alejandro Franklin Joseph Sánchez Vásquez. 146-2001 AVOQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Víctor Huamán Peña. 2122-2002 FALLA condenando al acusado Segundo Reynaldo Alarcón Gonzáles como autor del delito de Robo Agravado 4347-1997 FALLA condenando al acusado Juan Carlos Pérez Gonzáles como autor del delito de Robo Agravado y como tal le impusieron 7 años de pena privativa de libertad. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DIA16 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 2006-112 AVOQUESEa su conocimiento los magistrados que conforman este órgano jurisdiccional DISPUSIERON se remita todo lo actuado al despacho del Ministerio Publico. 2002-4793 DECLARARON consentida la resolución número 64 de fecha 29.10.15 que obra en el folio 457, mediante la cual se declara extinguida la acción penal por prescripción. 2006-791 DECLARARON consentida la sentencia N°37 de fecha 9.11.15. 2008-463 RENUÉVENSElas ordenes de captura contra el acusado debidamente identificado Guzmán Chávez Fernández. 317-2002 DISPUSIERON el ingreso del acusado Andrés Pérez Pérez. 350-2007 SEÑALARON audiencia el lunes 16.11.15 a las 1:00.pm. 352-2007 DISPUSIERON el ingreso del acusado Edgar Eli Gonzáles Muñoz o Edwin Bautista Muñoz por estos autos. 101-96 DECLARARON de oficio fundada la excepción de prescripción por tanto extinguida la acción penal.

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563-2008 DISPUSIERON cortar el procedimiento al acusado Joseph Díaz Salcedo por mayoría de edad. 4495-2004 FALLA absolviendo a la acusada María Griselda Chávez Mejía de la acusación fiscal como autores del delito de Tenencia Ilegal de Armas de Fuego. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DIA17 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 68-1997 AVÓQUESEesta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Walter Vargas Campo. 328-2004 REQUIÉRASEbajo responsabilidad, a los señores peritos psiquiátricos Manuel Sotelo Tribunal y Flor de María Salazar Rojas la ampliación de su dictamen judicial 036976-2015VD-PSQ. 589-2000 DISPUSIERON el ingreso del acusado JoséHernández Rafael por estos autos al establecimiento penal de Pampas de Sanonquillo-Tarapoto. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DIA19 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 1172-2007 RESUELVE señalar que la situación jurídica del solicitante es la de interno cual Establecimiento Penal de Piedras Gordas debiendo cumplir su pena hasta el 18.06.2020. 90-2003 AVÓQUESE esta Sala Penal al conocimiento del presente proceso REITÉRESE captura contra los acusados. 132-2007 AVÓQUESEesta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado Miguel DíazSánchez. 40-2007 REITÉRESElas ordenes de captura contra los acusados. 156-2007 AVÓQUESEesta Sala Penal al conocimiento del presente proceso REITÉRESE las ordenes de captura contra Sabino Sánchez Aya la. 504-1996 AVÓQUESEesta Sala Penal al conocimiento del presente proceso REITÉRESE las ordenes de captura contra los acusados Mario Bernal Silva y otros. 21-2008 AVÓQUESEesta Sala Penal al conocimiento del presente proceso MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto a los acusados Víctor Eduardo Rojas y otros. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA

DESPACHO JUDICIAL DEL DIA20 DE NOVIEMBRE DE 2015 Con los señores Chávez Mella ; Salazar Fernández y Medina Medina; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 105-2003-85 PROGRAMARON audiencia para el 10 de Diciembre de 2015a las 10:00am. 248-2010 AVÓQUESEesta Sala Penal al conocimiento del presente proceso, REITÉRESE las ordenes de captura. 300-2008 RESUELVE declarar de oficio la PRESCRIPCIÓN déla acción penal seguida en contra del acusado Manuel Elias Rafael Vásquez por el delito de Lesiones Leves. 12671-97 DISPUSIERON tener por ampliado el Dictamen Acusatorio N° 119.97 de fecha 11.02.1997. 1030-2009 DECLARARON improcedente el pedido de sustitución de pena solicitado por el sentenciado Fortunato Hernández Castro. DR. MEDINA MEDINA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERERRA RELATORA FP/ 22 dic.

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