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Cueva H. sobre Violencia. Familiar:APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás ...... Damián Alva Caldas y otros/. Ministerio de ...
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PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

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4. EDICTOS PENALES

Telf: 481030 - 239182

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N° 0 4 0 4 1 - 2 0 1 4 - 3 O - 1 7 0 6 - J RPE-06. JUZGADO: SÉTIMO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: MARTIN DELGADO RAMÍREZ ESPECIALISTA JUDICIAL: NICOLÁS INOÑAN VENTURA Se NOTIFICA a: HELMER ORLANDO TORRES LLANOS, con la resolución número dos del 14 de diciembre del 2016, en la cual se ha RESUELTO: REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO - EX PICSI; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el expediente N° 04041-2014-30-17O6-JRPE-O6, seguido contra los acusados GIANMARCO TEJADA FERNANDEZ, RUBÉN ISAÍAS GONZALES PISFIL, HELMER ORLANDO TORRES LLANOS y SEGUNDO JUAN LLOQUEN MOROCHO, como presuntos coautores del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de HURTO AGRAVADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 185° en concordancia con el artículo 186° inciso 1,5 y 11 del Código Penal del Código Penal, en agravio de José Luis Liza Velásquez La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. Chiclayo, 14 de diciembre del 2016 PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL-CSJLA FP/ 20, 21, 22 dic.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 02815-2015-761706-JR-PE-03 JUEZ: TORRES SÁNCHEZ VÍCTOR ADOLFO ESPECIALISTA: JANET CECILIA SÁNCHEZ CAJO IMPUTADO: CÁRGATE DE PEÑA, TELMA Y OTROS DELITO: COMERCIALIZACIÓN Y CULTIVO DE AMAPOLA Y MARIHUANA Y SU SIEMBRA COMPULSIVA. AGRAVIADO: EL ESTADO SE EMPLAZA al acusado: VIDAL LOZANO CHAGALLAN a fin que se ponga a derecho en el Proceso Penal N° 02815-2015-76-1706-JR-PE03°JIP-CHICLAYO, instaurado en su contra; y se le notifica con el inserto siguiente: RESOLUCIÓN N° CUATRO Chiclayo, catorce de noviembre De dos mil dieciséis.SE RESUELVE: Dado cuenta y conforme al estado del proceso: REPROGRÁMESE AUDIENCIA PÚBLICA DE DEBATE DE SOLICITUD FISCAL DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día VEINTIDÓS DE DICIEMBRE del año dos mil dieciséis, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de audiencias N° Tres del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo. PRECÍSESE que la Audiencia de Prisión Preventiva se llevará a cabo sin la presencia del imputado en caso d/inconcurrencia y con la Abogada Defensora Penal Publica, en caso NO designe abogado defensor de libre elección. NOTIFIQUESE. VÍCTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB FP/ 20, 21, 22 Dic

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 7887-2016-01706-JR-PE-09. JUZGADO: NOVENO JUZGADO INV. PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: ULIBERTO CHAPOÑAN ANCAJIMA ESPECIALISTA JUDICIAL: JORGE

JAVIER PISFIL MONTALVAN Se NOTIFICA a: NICOLÁS GILMER MELENDEZ PAREDES, con el acta de audiencia de fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, en la cual se ha RESUELTO: REPROGRAMAR la audiencia para el día VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA en la sala de audiencias número VEINTE de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la avenida José Leonardo Ortiz N°155 Primer Piso (sala 20)- Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Aduaneros, Tributaria, de Mercado y Ambiental. Por haberse dispuesto así en el expediente N° 7887-20160-1706-JR-PE-04, seguido contri el acusado NICOLÁS GILMER MELENDEZ PAREDES, como presunto autor del delito de TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTABLES MADERABLES en agravio del ESTADO. Chiclayo, 07 de noviembre del 2016 FP/ 19, 20, 21 Dic.

5. CRÓNICAS JUDICIALES DÍA VEINTIDÓS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS CON LOS SEÑORES RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA CUTARRA Y SÁNCHEZ DEJO SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 3529-2009-36/ Carmen Paico Chira/Banco de materiales/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que resuelve regular los costos del proceso. Expediente N° 4740-2012-66/ Jorge Vásquez Menor/Oficina de Normalización Previsional/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que impone multa ascendente a 5 URP. Expediente N° 4740-2012-66/ Jorge Vásquez Menor/Oficina de Normalización Previsional /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV impone multa ascendente a 5 URP. Expediente N° 4006-2013/ Andrés Sucre Gabriel/Oficina de Normalización Previsional/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 44952012/Julio Linares Sonco/ Municipalidad provincial de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Revoca la resolución que declara fundada en parte la demanda. Reformándola se declara infundada la misma. Expediente N° 4532-2013/ Andrés Sucre Gabriel/Oficina de Normalización Previsional /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 2037-2014/ Aurelio Rojas Martínez/ Gerencia Regional de Salud de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que declara fundada la demanda. Expediente N° 4532-2013/ Gerardo Chiroque Silva/ Municipalidad provincial de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/Revoca la resolución que declara fundada la demanda; reformándola la declara infundada. Expediente N° 603-2013/ Matilde Vidarte Mesones/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Revoca la sentencia que declara fundada en parte la demanda; reformándola la declara infundada en todos sus extremos. Expediente N° 4532-2013/ Andrés Sucre Gabriel/Oficina de Normalización Previsional/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 3999-2014/ Misdalia Díaz Ayala/Dirección regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 3251-2014/ Sofía Pérez Cocha/Dirección Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que declara fundada la demanda. Expediente N° 3632-2013/ Blanca Quiroz Orrego de Llontop/Dirección Regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/Confirma la

CRÓNICA

resolución que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 2079-2014/ Zoraida Cruzado Hernández / Dirección Regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/Confirma la resolución que declara infundada la demanda. Expediente N° 4959-2012/ Amalia Acha Correa/Gobierno Regional de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/Confirma la resolución que declara fundada la demanda. Expediente N° 1477-2013/ Olga Medina Quispe /Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Confirma la resolución que declara infundada en todos sus extremos la demanda. Expediente N° 2777-2013/ María Fernández Ascarruz/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/ Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 350-2009/ María Castañeda Ríos/Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la resolución que impone multa a la demandada equivalente a tres unidades de referencia procesal. Confirma la resolución seis que impone multa equivalente a cinco unidades de referencia procesal. Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 5587-2013/ Laura Alburqueque Zatta/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 3144-2013/ Ivonne Ramos Díaz/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1323-2014/ Edita Suzuki Zevallos/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1459-2014/ WaIter Custodio Ascencio/ Hospital Regional Docente Las Mercedes /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 6651-2012/ Soledad Villalta Regalado/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso

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contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1669-2014/ Nelly Zegarrá Valdivia/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 367-2014/ Ángel Siesquén Santamaría/ Unidad e Gestión Educativa Local de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 668-2010/ Aura mogollón Infantes/ Dirección Regional de Salud de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 1315-2014/ Martha Granda de Wiese/ Oficina de Normalización Previsional/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 4241-2010/ Ivette Milagros Caicay Reyes/ Municipalidad Provincial de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia en todos sus extremos. Expediente N° 724-2014/ Rosa Puescas Sullón /Oficina de Normalización Previsional /Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara improcedente la demanda. Expediente N° 2364-2013/ José Acón Torres/Oficina de Normalización Previsional/ Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 4282-201289/Gonzalo Asmat Azabache/ Municipalidad provincial de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/Confirma la resolución que resuelve imponer a la demandada, multa de dos unidades de referencia procesal. Expediente N° 8062-2013/ María Basauri Díaz/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma el auto que impone multa a la demandada de cinco unidades de referencia procesal. Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Revoca el extremo que declara improcedente el pago de intereses; y, reformándola declararon fundada dicha pretensión. Expediente N° 487-2014/ Eulogia García Cobeñas/ Universidad nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso contencioso

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administrativo/Confirma el auto que impone multa a la demandada de cinco unidades de referencia procesal. Confirma la sentencia que declara infundada en todos sus extremos la demanda. Expediente N° 2904-2014/ Víctor Calvez Carrasco/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Revoca el extremo que declara improcedente el pago de intereses; y,reformándola declararon fundada dicha pretensión. Expediente N° 3155-2014/ Víctor Alza Tesen /Gobierno Regional deLambayeque/ Proceso contencioso administrativo/Confirma el auto que impone multa a la demandada de cinco unidades de referencia procesal. Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 3596-2014/ María Norabuena Morante/ Gerencia Regional deEducación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma el auto que impone multa a la demandada de cinco unidades de referencia procesal. Confirma lasentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 5648-2014/ Mario Gonzáles Coronado/ Gerencia Regional deEducación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma el auto que impone multa a la demandada de cinco unidades de referencia procesal. Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 7432-2013/ César Chavesta Puicón/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 355-2014/ Eduardo López Paredes/ Universidad nacional Pedro Ruiz Gallo /Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 4001-2011/ Marino Jiménez Paúcar/Oficina de Normalización Previsional /Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 6127-2013/ Gustavo Cárdenas Olivera/ Municipalidad provincial de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/revoca la sentencia en el extremo que

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declara infundadas las pretensiones sobre restablecimiento de la vigencia de la Resolución de Alcaldía N° 1622-2002-MPCH/A; reformándola declararon fundada la demanda en los extremos indicados. Confirma la apelada en los extremos que declara infundados los extremos en que solicita el pago de sus remuneraciones conforme a las Resoluciones de Alcaldía números 1353-2002-MPCH/A y 1214-2002-MPCH con el pago de reintegros e intereses legales. Expediente N° 309-2013/ Miguel Huamán de La Cruz/ Unidad de Gestión Educativa de Ferreñafe/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. 231.Expediente N° 7557-2013/ Carlos Fernández Ramírez / Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 1488-2012/ Kilder Gil Bustamante/ Municipalidad provincial de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada en algunos extremos la demanda. Se revoca en el extremo que desestima la pretensión de asignación familiar; reformándose de declara fundada dicha pretensión. Expediente N° 6863-2010/ Víctor Miranda Takeda/ Municipalidad provincial de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 4410-2010/ Luz Quintana Bances/Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/Declara nula la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 5876-2013/ Carmen Barboza Vilca/Unidad de Gestión Educativa Local de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada en parte la demanda. CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, PINEDA RÍOS Y SÁNCHEZ DEJO SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 3411-2009/ Bernardo Díaz Mego/Director General de la Policía Nacional Del Perú/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara improcedente la demanda. DÍA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISÉIS CON LOS SEÑORES RODAS

CRÓNICA

RAMÍREZ, FIGUEROA CUTARRA Y DÍAZ PISCOYA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 285-2013/Hugo Parraguez Vásquez/Unidad de Gestión Educativa Local de Ferreñafe/Proceso contencioso administrativo/Confirma en la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 7081-2013/ Judith Guzmán Calderón/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 3611-2014/ Marco De La Cruz Matos/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 82582013/Ramiro Montenegro Montenegro/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/ Proceso contencioso administrativo/Confirma en la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 7622-2013/ Edwin Vásquez Feijoo/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara infundada la demanda. Revoca el extremo que declara improcedente el pago de los intereses legales; y, reformándola declararon fundada dicha pretensión y ordenaron el pago de los mismos. Expediente N° 1480-2013/ Segundo Requejo Santos/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente Ns 1831-2013/ Tania Nuntón Robles/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Declara nula la sentencia sólo en el extremo que dispone el cálculo conforme al artículo 56 de la Ley N° 29944 y al artículo 1° del Decreto Supremo N° 2902012-EF a partir del veintiséis de noviembre de dos mil doce, siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración de la actora. Expediente N° 693-2013/ Rosalía Francisca Paz Merino/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia

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que declara fundada la demanda. Expediente N° 3213-2013/ Moisés Montalvo Merino/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 201-2014/ Bertila Dávila Monteengro/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara infundada la demanda. CON LOS SEÑORES RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA CUTARRA Y PINEDA RÍOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 1503-2012/ Robles Marrufo/Dirección General de la PNP/Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara infundada la demanda. CON LOS SEÑORES FIGUEROA CUTARRA, CERVERA DÁVILA Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 1658-2013/ Manuel Velásquez Reyes/ Gerencia Regional de Salud de Lambayeque/ Proceso contencioso administrativo/ Confirma en la sentencia que declara fundada la demanda. DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISÉIS CON LOS SEÑORES RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA CUTARRA Y PINEDA RÍOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 38-2012-0/ CarIos Alberto Quiroz Maco/ Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú y otros/Proceso contencioso administrativo/Revoca el auto que declara nulo los actuados. CON LOS SEÑORES RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA GUTARRA Y SÁNCHEZ DEJO SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 2234-20140/Alejandro Mozo Jiménez/ Unidad de Gestión educativa Local de Ferreñafe/Proceso contencioso administrativo/ Revoca la sentencia que declara improcedente la demanda; reformándola la declara infundada. Expediente N° 2542-2014/ Ana Meléndez Díaz/Unidad de Gestión educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 18-2014/ Rosa Brenis Panta/Unidad de Gestión Educativa Local de Ferreñafe/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 2410-2014/

Bertha Bances Ynoñán/Unidad de Gestión educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 7687-2013/ Lidia Arrunátegui Sirlopú/ Gerencia Regional de Educación de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada en parte la demanda. Expediente N° 7643-2013/ Blanca Quiroz Orrego de Llontop/Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo/ Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente Ns 2859-2013/ Raquel Oliva De Ramos/ Unidad de Gestión Educativa Local de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N° 8351-2013/ Illán Ayme Supo Paz/Gerencia Regional de Salud/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 3019-2013/ Bertha Zegarra Sánchez/ Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente N° 2889-2014/ José Gutiérrez Lescano/Unidad de Gestión educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Revoca la sentencia que declara improcedente la demanda; reformándola declara infundad la demanda. Expediente Ne 3895-2013/ María Mera Juica/Unidad de Gestión educativa Local de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente Ns 6808-2013/ Martha Mago Alvarado /Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada en parte la demanda. Expediente Na 5699-2014/Jane Deggola de Caicedo/Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo/Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. CON LOS SEÑORES RODAS RAMÍREZ, TERÁN ARRUNÁTEGUI Y SÁNCHEZ DEJO SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N° 7479-2013/

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Luis Velásquez Falla/Oficina de Normalización previsional/ Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente N2 5970-2012/ María Calderón de Olivera/ Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada en todos sus extremos la demanda. CON LOS SEÑORES RODAS RAMÍREZ, FIGUEROA CUTARRA Y PINEDA RÍOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS Expediente N2 6579-201 I/ Carlos Alva Campos/Unidad de Gestión Educativa Local de Chiclayo /Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N2 641-2014/ ManueI Nevada Leyva/ Gerencia Regional de Salud de Lambayeque /Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. Expediente Ns 7900-2013/ Filonila Carrillo de Bernabé/ Unidad de Gestión Educativa Local de Lambayeque/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara fundada la demanda. Expediente N° 283-2013/ Pascual Cubas Ramírez/Oficina de Normalización previsional/ Proceso contencioso administrativo/Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. DÍA VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISÉIS CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DÍAZ PISCOYA Y CERVERA DÁVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS 269. Expediente N° 444-20140/Martha Fernández Céspedes/ Unidad de Gestión Educativa Local de Ferreñafe/Proceso contencioso administrativo/ Confirma la sentencia que declara infundada la demanda. EDWIN FIGUEROA GUTARRA JUEZ SUPERIOR PRIMERA SALA LABORAL PERMANENTE KELLY MEGO ALARCÓN RELATORA PRIMERA SALA LABORAL

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 02 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Tetan A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2014-3280 Marcelo Penco Ll. con Gregoria Llontop vda. de F. sobre Interdicción

CRÓNICA

Civil:APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2010-4309 Ulises Cabanillas M. con la O.N.P.sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2012-3039 Emilia Aguinaga P. con Cecilia Guerrero O. sobre División y Partición: Declararon NULA la sentencia; debiendo el juzgado de origen emitir nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta lo señalado en la presente. Exp. N° 2014-207 Alejandro Villanueva L. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2011-515 Edison Camacho Ch. con Concejo de Lambayeque sobre Impugnación de Resolución: Declararon NULA la sentencia: ordenaron que el A quo expida la resolución que corresponda conforme a su estado. Exp. N° 2013-4125 Cuarta Fiscalía de Familia con Alcides Gallardo A. sobre Violencia Familiar: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-1353 Segundo Coronel P. con Daniel Seclén P. sobe Desalojo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-2482 Tercera Fiscalía de Familia con César Mori S. sobre Violencia Familiar: Declararon NULA la sentencia: ordenaron que el A quo expida la resolución que corresponda conforme a su estado. Exp. N° 2013-3792 Galvarinio Gonzáles T. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2012-667 Banco Financiero con Jacinto Roque F. sobre Ejecución de garantías: CONFIRMARON la resolución N° 40 que declara infundada la nulidad deducida por el ejecutado. Exp. N° 2014-4260Rosa Monja R. con José Neciosup Ch. sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2015-1058 Luis Rosas Ch. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la resolución N° 3 que declara fundada la excepción de incompetencia e Improcedente al demanda. Exp. N° 2015-230 Scotiabank

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con Carlos Ibañez Ch. sobre Ejecución de garantías: Declararon NULA al resolución N° 5; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2015-2645 Víctor Miranda A. con Gobierno Regional sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la medida cautelar de no innovar solicitada. Exp. N° 2007-2767 Empresa Pomalca con Raúl Ramos P. sobre Reivindicación: REVOCARON la resolución N° 11; declararon Infundado el abandono del procesprtSdenaron proseguir con el trámite del mismo, según su estado. Exp. N° 2015-739 Scotiabank con Miguel Saaveáb..^sobre Ejecución de garantías: Declararon NULA la resolución N° 2; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 03 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2013-4388 José Adanaque R. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2014-319 Juan Suárez B. con Catalina Vilela B. sobre Divorcio: DESAPROBARON la resolución N° 5; nulo todo lo actuado a partir del folio 48; debiendo el A quo regularizar el trámite y emitir nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta lo expuesto. Exp. N° 2014-3030 Eugenio Flores M. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2014-615 Carlos Meregildo G. con Banco de Crédito sobre habeas Data: Declararon NULA la sentencia: ordenaron que el A quo expida la resolución que corresponda en mérito al proceso y la ley. Exp. N° 2014-2793 César Rivera E. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2013-4913 Simón Yampufé Ch. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2014-3837 Dora

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Aspericueta R. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-2894 Jorge Peralta C. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2009-043 El Hebrón SAC. con INDECOPI sobre Impugnación de Resolución: Declararon INFUNDADA la demanda interpuesta. Exp. N° 2014-644 Segundo Guevara C. con Ana Albañil S. sobre Divorcio: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que unía a los justiciables. Exp. N° 2015-1586 Juan León L. con Empresa Los Portales sobre Mejor derecho a la propiedad:DISPUSIERON que el Quinto juzgado Civil continúe con el trámite del proceso. Exp. N° 2013-2498 Nelson León O. con Asociación Primavera sobre Auxilio judicial:CONFIRMARON la resolución N° 1 que rechaza la solicitud de auxilio judicial. Exp. N° 2015-543 Asociación Civil San Juan bautista con Agapito Asunción G. sobre Interdicto de Recobrar: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la medida cautelar solicitada. Exp. N° 2015-416 Banco Conünental con D’Éxitos SAC. sobre Dar suma de dinero:CONFIRMARON la resolución N° 8 que ordena llevar adelante la ejecución forzada; con lo demás que condene. Exp. N° 2015-1488 Leónidas Pinella O. con Gobierno Regional sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2001-142 Mariana Rodríguez L. con Vilma Tello R. sobre Administración Judicial de bienes: Declararon NULA la resolución N° 254; ordenaron que el A quo expida nueva resolución en mérito al proceso y la ley. Exp. N° 2015-1353 María Nunton I.con Ministerio de la Producción sobre Impugnación de Resolución: Declararon NULA la resolución N° 2. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Salazar F., se votó la sgte. Exp. N° 2014-4465 Elias Carrillo A. con SUNAT sobre Habeas Data; en discordia:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo d&matjaiie contiene. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

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Chiclayo, martes 20 de Diciembre del 2016

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 04 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se votó la sgte, causa: Exp. N° 2015-1772 Alex Quesquén Y. con UGEL Local sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Con los señores: Carrillo M. Pisfíl C. y Terán A., se votó la sgte. Causa: Exp. N° 2014-2461 Carlos Díaz G. con Ministerio de Educación sobre Acción de Amparo; por mayoría:CONFIRMARON la resolución n° 1 que declara Improcedente la solicitud de ejecución anticipada de sentencia. Despacho del día: 05 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Salazar F. y Terán A., se votó la sgte. Causa: Exp. N° 2014-4099 Yaned Sánchez L. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Con los señores: Carrillo M., Pisfii C. y Salazar F., se votó la sgte. causa: Exp. N° 2009-116 Celinda Odar de G. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON sentencia que declara fundada en parte la demanda y ordena que la demandada ratifique o rectifique la aplicación de la ley 23908 a la pensión de viudez de la actora; con lo demás que contiene. Despacho del día: 06 de mayo de 2016. Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Pisfíl C., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2013-4691 Elena Rodríguez B. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo; en discordia:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-1937 Luis Alvites C. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento; en discordia:REVOCARON 1 sentencia; declararon Improcedente la demanda. Con los señores: Carrillo M., Silva M. y Terán A., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-2071 Marco Sánchez C. con Misterio de Educación sobre Acción de Amparo; en discordia: REVOCARON la sentencia; declararon Improcedente la demanda. Exp. N° 2014-2071 Marco Sánchez C. con Misterio de Educación sobre Acción de Amparo; en discordia: REVOCARON la sentencia;

CRÓNICA

declararon Improcedente la demanda. Con los señores: Carrillo M., Pisfii C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2010-1219 María Millán M. con Matilde Bances N. sobre Daño a la persona:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que condene. Exp. N° 2011-826 Fiscalía de José Leonardo Ortiz con Reiner Cueva H. sobre Violencia Familiar:APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2013-3784 Amanda López A. con Luis Idrogo R. sobre Interdicción: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-298 Mónica García P. con Ministerio Público sobre Autorización Judicial para disponer bienes de menor: CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2013-6563 Felipe Coronado C. con INDECOPI sobre Impugnación de Resolución:CONFIRMARON la resolución N° 1 1 que declara fundada la excepción de incompetencia; remitiéndose el proceso al Juzgado contencioso administrativo de lima. Exp. N° 20 15-482 Luis Noriega M. con la O.N.P. sobre Habeas Data: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2015-1680 Asociación Comercial Manuel Pardo con 5° Juzgado Civil sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2010-581 Caja Sipán con Juan García A. sdbre Ejecución de garantías: CONFIRMARON la resolución N° 40 que declara infundadas las observaciones formuUtdas a las pericias valorativas. Exp. N° 2015-2680 Eufemio Guachillo J. con la ONP sobre Habeas Data: REVOCARON la resolución N° 1; dispusieron que el A quo admita a DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 09 de mayo de 2016. Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Pisfil C., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-4036 Magna Chumacera H. con D.R.E. sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda

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j ordena que la demandada cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral N° 17682014-LAMB/GRED/UGELCHIC; con lo demás que contiene. Con los señores: Carrillo M., Pisfíl C. y Terán a., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2013-3464 José Segura H. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2014-2414 Segundo Monteza H. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2008-9214 Angélica Bustamante de T. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2014-902 Wilfer Bernuy P. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2009-707 Fiscalía de Leonardo Ortiz con Segundo Gómez M. sobre Violencia Familiar:APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda, dispone el tratamiento para el demandado y agraviada y fija la reparación civil de S/. 400.00 para la agraviada; con lo demás que contiene. Exp. N° 2013-5024 Jesús Vigil H. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2015-555 METALNOBLE S.A. con Negociaciones El Trébol Norteño sobre Proceso cautelar: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la medida cautelar. Exp.N0 2007-163 María Ahumada D. sobre Queja de derecho: Declararon FUNDADA la queja interpuesta. N° 2014-1130 Scotiabank Perú con Empresa Metal Lambayeque sobre Ejecución de garantías: FIRMARON la resolución N° 5 que declara Infundada la contradicción y ordena sacar a remate el bien dado en garantía. N° 2015-2632 Milagros Soto M. con Pablo Chilcón G. sobre Acción de Amparo:FIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. Exp.2016-043 Manuel Cabrera V. con Empresa Murga Serrano sobre Medida Cautelar:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la medida cautelar, por incompetencia

territorial Despacho del día: 10 de mayo de 2016. Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Pisfil C., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-247 Rosa Delgado S. con Samuel Zamora M. sobre Divorcio: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene. Con los señores: Carillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2013-1228 Demetrio Revoredo A. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2015-915 Marina Hernández R. con UGEL Chiclayo sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-2513 José Alarcón O. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-121 Luz Aponte R. con José Pulido M. sobre Reconocimiento de Resolución Extranjera: Declararon FUNDADA la solicitud de Luz Marina Aponte Ruiz, reconociéndose valor de cosa juzgada la sentencia emitida por el juzgado de Primera Instancia de Instrucción Único de Priego de Córdova. Exp. N° 2013-2359 Armando Pérez C. con Isabel Bances C. sobre Divorcio por causal:APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que condene. Exp. N° 2015-1859 Augusto López L. con María Larrea sobre Nulidad de Acto jurídico: Declararon NULA la resolución N° 1; ordenaron que el A quo emita nueva resolución en mérito al proceso y la ley. Exp. N° 2016-066 Carmen Vásquez R. con la D.R.E. sobe Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. Exp. N° 2015-1192 Irma Delgado de C. con Ysaias Cotrina L. sobre Separación de Patrimonios:CONFIRMARON la resolución N° 8 que declara rebelde al demandado. Exp. N° 2015-2696 Liliana Martínez L. con Crediscotia Financiera S.A. sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 2 que rechaza

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV la demanda interpuesta; la Revocaron en el extremo que dispone el archivo del proceso. Dispusieron se remitan los autos al juzgado Especializado Laboral. Con los señores: Lara C., Carillo M. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-2760 Alberto Jiménez S. con U.N.P.G. sobre Acción de Amparo; en discordia:REVOCARON la sentencia; declararon Infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2012-15 Luis Risco V. con Museo Brunning sobre Acción de Amparo; en discordia:Declararon NULA la sentencia; Insubsistente todo lo actuado y dispusieron la remisión del expediente a la Mesas de Partes de los Juzgados Laborales pata su distribución aleatoria. Con los señores: Carrillo M. Pisfíl C. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-176 Genaro Velásquez V. con María Lui A. sobre Desalojo; en discordia:REVOCARON la sentencia; declararon fundada la demanda. Exp. N° 2014-1158 Bertha Tovar M. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento:REVOCARON la resolución N° 5; declararon fundada la excepción de incompetencia; ordenaron remitir los autos al juzgado competente para que tramite la demanda. Despacho del día: 11 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M. Pisfíl C. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2013-2739 Yolanda Huamán C. con Caja de Paita sobe Acción de Amparo: REVOCARON la resolución N° 24; declararon fundada la solicitud de cumplimiento íntegro de sentencia; ordenaron a la demandada cumpla con reponer a la accionante en el puesto de Analista de Servicio de Créditos. Exp. N° 2015-2539 Paulino Rumiche V. con Jueces Primera Sala Laboral sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. Exp. N° 215-1574 Glaadys Moreno de R. con Gladis Córdova L. sobre Ineficacia de Acto Jurídico:CONFIRMARON la resolución N° 3 que declara infundadas las excepciones de ambigüedad en el modo de proponer la demanda y litispendencia; con lo demás que conüene. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2014-4220

CRÓNICA

Rosa Fernández G. con ESSALUD sobe Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la resolución N° 4 que declara fundada la excepción de incompetencia; con lo demás que contiene. Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Terán A., se votó la sgte. causa: Exp. N° 2011-2359 Ciro Durand A. con SUTMAN xfobre Acción de Amparo; en discordia: CONFIRMARON la resolución N° 11 que declara improcedente la demanda interpuesta. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 12 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M. Pisfil C. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2015-846 María Domenack R. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento: REVOCARON la resolución N° 4; declararon fundada la excepción de incompetencia; NULA e Insubsistente la sentencia; dispusieron que el A quo expida la resolución que corresponda, conforme a su estado. Con los señores: Silva M., Salazar F. y Terán A., se votó la sgte. causa: Exp. N° 2013-1968 Ruber Vallejos B. con 8° Juzgado Civil sobre Acción de Amparo: REVOCARON la sentencia; declararon Improcedente la demanda. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votó la sgte. Causa: Exp. N° 2015-1939 Juan Valle O. con ESSALUD sobe Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Terán A. , se votó la sgte. Causa: Exp. N° 2014-558 María Céspedes F. con Ministerio de Educación sobe Acción de Amparo; en discordia: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. Despacho del día: 13 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M. Pisfil C. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2015-971 Luisa Díaz M. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento: REVOCARON la resolución N° 4; declararon fundada la excepción de incompetencia; NULA e Insubsistente la sentencia; dispusieron que el A quo expida la resolución que corresponda, conforme a su estado.

JUDICIAL

Chiclayo, martes 20 de Diciembre del 2016

Exp. N° 2015-1509 ELLAN Audio con Concejo de Monsefú sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 8 que declara improcedente de plano la solicitud de cancelación de la medida cautelar de ejecución anticipada de sentencia. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2008-7564 José Asunción R. con O.N.P. sobre Indemnización: REVOCARON la sentencia;declararon Improcedente la demanda en todos sus extremos. Exp. N° 2015-1500 Jorge Javiel Ch. Con Consejo de la Magistratura sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2014-3341 César Vásquez G. con Empresa Turnan sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2012-1125 Luis Rojas I. con Empresa Eckrerd S.A. sobre acción de amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N 2013-1783 Zonia Torres Ch. con Clínica Chiclayo sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2012-1608 José Ruiz R. con Jueces de la Sala Laboral sobre acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 201-3155 Catheerine Salazar Q. con Romkian Salazar V. sobre División y partición: Declararon NULA la resolución N° 1; ordenaron que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta los fundamentos precedentes. Exp. N° 1970-258 Ministerio de Agricultura con Juana Aurich G. sobre Expropiación: Declararon NULA la resolución N° 68; ordenaron que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta los fundamentos precedentes. .Exp. N° 2013-5064 Martha Placencia A. con José Serquen Ch. obre Reivindicación: CONFIRMARON la resolución N° 7 que declara improcedente la solicitud de variación de la medida cautelar. Exp. N° 2012-624 Martin Valdera de la C. con María Santamaría Ch. sobre Prescripción Adquisitiva:CONFIRMARON la resolución N° 19 que declara infundada la nulidad de actuados deducida por el

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demandante. Exp. N° 2015-2336 María Díaz C. con Ministerio de Agricultura sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. Nc 2011-2255 Melchor Díaz P. con Aída Díaz N. sobre Invalidez de asiento Registral:CONFIRMARON la resolución N° 9 que dispone la suspensión jipi presente proceso en el estado en que se encuentra. Exp. N° 2016-029 José Díaz T. con sobe infracción cAnda el patrimonio: REVOCARON la resolución N° 2; dispusieron como condición procesal la de Internación preventiva de los menores investigados.

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 16 de mayo de 2016. Con los señores: Canillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2009-1553 Jesús Torres F. Con Gobierno Regional de Lambayeque sobre Impugnación de Resolución: CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2013-3758 Ernesto Mendoza P. con presidente dde Corte de La Libertad sobre Habeas Data: REVOCARON la sentencia; declararon Improcedente la demanda. Exp. N° 2015-905 Anastacia Gallo R. con la O.N.P. sobre babeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-010 Fanny Purihuamán S. con UGEL Ferreñafe sobre Impugnación de Resolución: CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2015-889 Eduardo Gutiérrez V. con Cooperativa de Vivienda de la P.I.P. sobre Otorgamiento de escritura: NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2013-3510 José Llontop L. con Grupo Acuario Contratistas Generales SAC. sobre Resolución de Contrato: NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2013-349 Esperanza Quipe R. con UGEL Ferreñafe sobre Impugnación de Resolución: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2011-2644 Tercera Fiscalía de Familia con Marco

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Chiclayo, martes 20 de Diciembre del 2016

Aragón C. sobre violencia Familiar:NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2015-935 Víctor Reglado R. con ESSALUD sobre acción de Cumplimento:REVOCARON la resolución N° 4; declararon fundada la excepción de incompetencia; NULA e Insubsistente la sentencia; dispusieron que el A quo expida la resolución que corresponda, conforme a su estado. Exp. N° 2013-136 María de la Cruz N. con César Nicolás M. sobre Formación de Consejo de Familia: APROBARON la resolución N° 11 que designa tutor de la menor Ariana Estefani Nicolás de la Cruz a su abuela materna María Santos de la Cruz Neyra. Exp. N° 2015-1341 Víctor Quispe R. con Teresa Cerdán P. sobre Divorcio: CONFIRMARON la resolución N° 3 que declara fundada la excepción de caducidad; nulo y por concluido todo lo actuado respecto a la acción reconvencional. Exp. N° 2015-3171 Roberth Mego B. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2016-334 Nerio Romero R. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: REVOCARON la resolución N° 1; ordenaron se admita a trámite la demanda. Exp. N° 2015-2855 Liz Cabanillas M. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2015-2882 María Arroyo P. con Ministerio Público sobre División y partición:DISPUSIERON que el Sétimo Juzgado civil conozca de este proceso. Despacho del día: 18 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votó la sgte. causa: Exp. N° 213-2338 Soledad García P. con Ministerio de Educación; en discordia:CONFIRMARON la resolución N° 8 que declara la Eusttfrcción de la materia; en consecuencia,improcedente la demanda, por concluido el proceso sin declaración sobre el fondo. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 20 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfíl C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2012-534 Fiscalía de

CRÓNICA

José Leonardo Ortiz sobre Violencia Familiar: NULA la sentencia;ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2013-4823 Leandro Vallejos V. con Segundo Alvarez M. sobre Desalojo: Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley. Exp. N° 2006-8087 Juliana Ramírez de Urrutia con la O.N.P. sobre Impugnación de Resolución:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 201-3656 Corporación Pacheco SAC. Con Empresa Turnan sobre Tercería de p ro p i e d a d : CO N F I R M A RO N la sentencia que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2013-5349 Manuel Bazán H. con Hospital Docente Belén de Lambayeque sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada en parte la demanda y ordena que la demandada de cumplimiento a la Resolución Ejecutiva Regional N° 308-2012GR.LAMB/PR; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-3739 César Astupiñan P con Esther Carrión C. sobre Divorcio: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que condene. Exp. N° 2011-3309 María Pizarro de O. con Carmen Pizarro B. sobre Prescripción Adquisiüva:Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley, en el mas breve plazo. Exp. N° 2015-1508 Marco Pérez T. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2011-120 Servicios Generales y Vigilancia SRL. Con Procurador Público de OSCE sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta. Exp.N0 2015-2537 Pedro Doig B. con Adolfo Palao J. sobre Reivindicación: Declararon NULA la resolución N° 1; ordenaron que el A quo renueve el acto de calificación de la demanda; teniendo en cuenta los fundamentos precedentes. Exp. N° 2015-1687 Segundo Coronel V. con Rosa Martínez V. sobre Prescripción Adquisiüva:Declararon NULA la resolución N° 1; ordenaron que el A quo renueve el acto

JUDICIAL

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de calificación de la demanda; teniendo en cuenta los fundamentos precedentes. Exp. N° 2015-1003 Segundo Llamogtanta F. con Jueces Segunda Sala Laboral sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2015-1652 Osear López B. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la resolución N° 5 que declara fundada la excepción de incompetencia, nulo e insubsistente todo lo actuado hasta la resolución admisoria. Exp. N° 2016-304 Catalino Sánchez S. con Olivia Oliva U. sobre Divorcio: CONFIRMARON la resolución N° 2 que rechaza la demanda interpuesta. Exp. N° 2015-069 Banco Fallabella con Henry Valle G. sobre Dar suma de dinero:CONFIRMARON la resolución N° 6 que declara improcedente el mérito probatorio ofrecido por el ejecutado e Infundada la contradicción y ordena llevar adelante la ejecución. Exp. N° 2014-1146 Maruja Solórzano C. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda. Con los señores: Carrillo M., Silva M. y Terán A., se votó la sgte causa: Exp. N° 2013-2282 Santos Manrique H. con Ministerio de Educación sobre Acción de Amparo; en discordia: REVOCARON la sentencia; declararon Improcedente la demanda. Con los señores: Carillo M., Silva M. y Pisfíl C., se vota la sgteCCausa: Exp. N° 2015-968 María Díaz H. con ESSALUD sbbjfe Acción de Cumplimiento; en discordia:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda interpuesta. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 23 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2013-2786 Héctor Mendoza S. con Liliana Rojas A. sobre Divorcio: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene. Exp. N° 2012-3339 Zona Registral II - Chiclayo con Guisella Vásquez T. y otros

sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que deckra Improcedente la demanda. Exp. N° 2014-1664 Melchor Guerrero V. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2012-1615 Rafael Vilchez M. con Juan Reyes P. sobre Pago de frutos: Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley, en el mas breve plazo. Exp. N° 2015-1070 Félix Mendoza D. con Ministerio de Defensa sobre Acción de cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2015-2205 Humberto Bellodas G. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Cumplimiento: CONFIRMARON k sentencia que declara fundada la demanda y ordena que la demandada de cumplimiento a la Resolución de Gerencia N° 541-2015-MPCH/GRR.HH; con lo demás que contiene. Exp. N° 2011-743 José Segura S. con Blanca Céspedes L. sobre Divorcio: Declararon SIN OBJETO,por ahora, la absolución de la consulta de la sentencia, ordenaron se devuelvan los autos a fin de que se notifique con k sentencia a la parte demandada. Exp. N° 2014-776 Emigdio Vásquez P. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON k sentencia que deckra Improcedente la demanda. Exp. N° 2014-1579 César Bonilla C. con Rosario Sandoval Q. sobre Divorcio: APROBARON la sentencia que deckra fundada la demanda; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los justiciables; con lo demás que contiene. Exp. N° 2012-1963 Virginia Pukche de C. con Janet Chimpen U. sobre Desalojo: Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley, en el mas breve plazo. Exp. N° 2013-5064 Marha Placencia A. con Zenaida Barsllo O. sobre Reivindicación: REVOCARON la resolución N° 1; declararon infundada k excepción de falta de legitimidad; debiendo el juzgado emitir la resolución que corresponda según su estado. Exp. N° 2011-3723 María Cárdenas de A. con k O.N.P. sobre indemnización: CONFIRMARON la resolución N° 15; nulo lo actuado y por concluido el proceso. Exp. N° 2015-1688 Juan Callacná F. con ESSASLUD sobre Acción de

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV Cumplimiento:CONFIRMARON la resolución N° 3 que declara fundada k excepción de incompetencia por razón de la materia; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-908 Orlando Yparraguirre C. con Sucesión de Yolanda Castillo G. sobre Unión de hecho:Declararon NULA la resolución N° 4; debiendo el A quo continuar con el trámite del proceso. Despacho del día: 24 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2011-2764 Eugenio Mori T. con Segundo Mori T. sobre Nulidad de Acto Jurídico: Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley, en el mas breve plazo. Exp. N° 2013-5284 Carlos Quiñones V. con María Fernández V. sobe Administración Judicial de bienes;por mayoría: Declararon NULA la resolución N° 9; debiendo el A quo proceder conforme a lo señalado en la presente. Con los señores. Carrillo M., Pisfil C. y Salazar F., se votó la sgte. causa: Exp. N° 2013-1182 Carlos Baca Q. con BREC American sobre Nulidad de acto Jurídico:REVOCARON la resolución N° 14; declararon infundada la solicitud de abandono del proceso; ordenaron, la prosecución de la causa, según su estado. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY

CRÓNICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA CIVIL Despacho del día: 25 de mayo de 2016. Con los señores: Lara C., Carrillo M. y Salazar F., se votó la sgte. causa: Exp. N° 2014-1769 Martha Cobeñas S. con SILSA sobre Acción de Amparo; en discordia:Declararon NULA la sentencia: insubsistente todo lo actuado a partir de la resolución admisoria;dispusieron la remisión de los autos a la Mesas de partes de los juzgados laborales. Con los señores: Carrillo M., Pisfil C. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-4084 Gloria Mendoza A. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento; en discordia:REVOCARON la resolución N° 3; declararon fundada la excepción de incompetencia; ordenaron que los autos sean remitidos al Juez ordinario en la forma de ley. Exp. N° 2013-5078 Luis Mari R. con Eduardo Alegre

CRÓNICA

B. sobre Otorgamiento de escritura:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-1 169 Billy Jiménez F.con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda. Con los señores Carillo M., Salazar F. y Terán A, se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2015-1018 Víctor Alonso Huamanchumo Puican sobre Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud: CONFIRMARON la sentencia que impone al adolescente investigado la medida socioeducativa de libertad asistida y fija en S/. 600.00. Exp. N° 2014-4075 Rogelio Sánchez Ch. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo; en discordia: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2014-416 Propietarios Centro Comercial Boulevard con Empresa GSP. Inversiones sobre Dar suma de dinero: CONFIRMARON la resolución N° 11 que declara fundada la contradicción; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-2352 Concejo de Monsefú con José Elias R. sobre Desalojo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda. Exp, N° 2015-1812 José Mora T. con Empresa Turnan sobre Acción de Amparo: DISPUSIERON que el Sétimo Juzgado Civil continúe con el trámite del proceso. los señores Carillo M., Salazar F.. y Terán A, se votaron las sgtes. Causas: 2013-3605 Jaime Ruiz G. con Empresa Pomalca sobre Acción de Amparo: REVOCARON .cia; declararon fundada la demanda; ordenaron que la demandada reponga al actor en el puesto a desempeñado hasta antes del despido.. de} día: 26 de mao de 2016. los señores: Lara C., Carrillo M. y Salazar F., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2013-137 Gladys Peche p. con José López Ch. sobre Prescripción Adquisitiva:REVOCARON la sentencia; declararon fundada la demanda; en consecuencia, doña Gladys Elena Peche Pacheco es propietaria por prescripción del inmueble ubicado en la manzana E, lote N° 13 de la UPIS César Vallejo, actualmente identificado como calle Agricultura N° 680 UPIS César Vallejo. Exp. N° 2010-594 Jorge Rojas C. con la O.N.P. sobre Indemnización: CONFIRMARON

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la sentencia que declara fundada en parte la demanda y fija la suma de S/. 5,000.00 por concepto de daño moral. Exp. N° 2015-931 César Ramos M. con ESSALUD sobre Acción de Cumplimiento; con discordia:REVOCARON la resolución N° 3; declararon fundada la excepción de incompetencia; ordenaron que los autos sean remitidos al Juez ordinario en la forma de ley. Con los señores Carillo M., Salazar F. y Terán A, se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-2533 Christian Arosemena C. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo; en discordia: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2014-3973 Alberto Llatas R. con Concejo de Chiclayo sobre Acción de Amparo; en discordia: REVOCARON la resolución N° 10; declararon fundada la excepción de incompetencia; nula e insubsistente la sentencia y ordenaron que los autos sean remitidos al Juez ordinario en la forma de ley. Exp. N° 2013-217 Víctor Torres S. con Ministerio de Agricultura sobre Acción de Amparo; en discordia: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. Exp. N° 2013-2610 Karla Fernández M. con Irma Asalde B. sobre Petición de herencia: REVOCARON la sentencia en el extremo que declara IMPROCEDENTE la demanda de Bertha Elsa Asalde Buenaño en el extremo de ser declarada sucesora de Julio Asalde Juárez; así como en cuanto declara improcedente la demanda en el extremo de ser declarados herederos de Bertha Buenaño Dávila; dejando su derecho para que lo hagan valer en vía de acción; reformándola declararon FUNDADA la demanda en dichos extremos; en consecuencia, declárese como heredera de don Julio Asalde Juárez a doña Bertha Elsa Asalde Buenaño, quien deberá concurrir en la herencia de su causante conjuntamente con los demás herederos y doña Irma Asalde Buenaño; asimismo, declárese herederos de doña Bertha Buenaño Dávila a las personas de Marco Antonio Asalde Buenaño, Bertha Elsa Asalde Buenazo, Norma Marisa Asalde Buenaño, Osear Arturo Asalde Buenaño, Carmen Julia Asalde Buenaño, Edward Martín Asalde Buenaño, quienes deberán concurrir en la herencia dejada por su causante conjuntamente con doña Carmen Julia Asalde Buenaño; debiendo cursarse los partes correspondientes a

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los Registros Públicos para los fines de ley. Despacho del día: 30 de mayo de 2016. Con los señores: Canillo M., Pisfil C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2011-2960 Indalecio Fernández G. con Zenaida Fernández N. sobre Nulidad de Acto Jurídico: Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley, en el más breve plazo. Exp. N° 2012-3194 Marina Horna vda. de Bardales con Desalojo: REVOCARON la sentencia; declararon Infundada la demanda. Exp. N° 2014-441 Mercedes Dávila G. con la O.N.P. sobre Acción de amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda, en todos sus extremos; con lo demás que contiene. Exp. N° 2011-006 Francisca Delgado D. con Griselda Gonzáles sobre Otorgamiento de escritura: APROBARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2012-037 Simón Dávila D. con Alex Alvarez P. sobre Nulidad de Acto Jurídico:y Declararon NULA la sentencia; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley, en el breve plazo. N° 2014-118 Elena Cárpena F. con Enrique Morales S. sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. N° 2012-1002 José Cotrina R. con Fondo Mi Vivienda sobre Impugnación de Resolución:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada en parte la demanda; con lo demás que contiene. N° 2009-5662 Gustavo Bustamante C. con Cooperativa de Vivienda Santa Rosa sobre rgamiento de escritura: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda. Xp. N° 2014-311 Marisol Chávez C. con Cooperativa de Producciones La Puchka sobre Otorgamiento de escritura: Declararon NULA la resolución N° 3; ordenaron que el a quo expida nueva resolución teniendo en cuenta los fundamentos precedentes. Exp. N° 2014-209 Gobierno Regional de Lambayeque con Segundo Ordoñez Q. sobre Mejor derecho a la propiedad: CONFIRMARON la resolución N° 6 que admite a trámite la demanda interpuesta. Exp. N° 2016-287 Fidel Castro M. con SENAT sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara

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improcedente la demanda. Xp. N° 2001-3551 Lilian de la Torre U. con Luis Carlos S. sobre Partición de herencia:CONFIRMARON la resolución N° 107 que ordena a la demandante cumpla con levantar la pared medianera entre los dos inmuebles ubicados en la calle Alfredo Lapoint N° 466 - 470. Con los señores: Carrillo M., Pisfíl C. y Salazar F., se votaron las sgtes. Causas: Exp. N° 2014-505 Andrés Leyva M. con la O.N.P. sobre Rabeas Data: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2015-085 Concejo de Chiclayo con Empresa Proyectos Inversiones y Construcciones sobre Anulación de laudo arbitral: Declararon FUNDADA la excepción de incompetencia por razón del territorio; nulo lo actuado y por concluido el proceso. Con los señores: Silva M., Salazar F. y Terán A-, se votó la sgte. Causa: Exp. N° 2015-2797 Cruz Suclupe B. con Julio Sámame A. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda. Despacho del día: 31 de mayo de 2016. Con los señores: Carrillo M., Pisfíl C. y Terán A., se votaron las sgtes. causas: Exp. N° 2014-631 Lily Balcázar G. con Sucesión de José Torres G. sobre Declaración judicial de unión de hecho: DESAPROBARON la sentencia consultada; ordenaron que el A quo expida nueva resolución con arreglo a ley Exp. N° 2014-2450 Segunda Fiscalía de Familia con Nadya Rivera A. sobre Violencia familiar:APROBARON la sentencia que declara Infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2013-4416 Negocios Dávila Asenjo Hnos. con Concejo de Chiclayo sobre Impugnación de Resolución: CONFIRMARON la sentencia que declara infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2015-575 Walter Torres E. con Contraloría General de la República sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la sentencia que declara Improcedente la demanda interpuesta. Exp. N° 2004-1476 Gilberto Rodríguez B. con Concejo de Chiclayo sobre acción de Cumplimiento: CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que condene. Exp. N° 2015-979 Zoila Andrade A. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: CONFIRMARON la

CRÓNICA

sentencia que declara infundada la demanda interpuesta. Exp. N° 2013-4605 Jorge Rojas T. con Comisión FONAVI sobre Acción de Cumplimiento:CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. Exp. N° 2013-915 Erika Villegas Q. con Amado Inga M. sobre Violencia Familiar:CONFIRMARON la sentencia que declara fundada la demanda; con lo demás que contiene. Exp. N° 2014-927 Banco de Crédito con Julia Guevara S. sobre Ejecución de garantías:CONFIRMARON la resolución N° 7 que ordena sacar a remate el bien dado en garantía. Exp. N° 2013-1670 UCISA con Empresa Comercial Santa Ana sobre da suma de dinero:CONFIRMARON la resolución N° 8 que declara infundada la contradicción y fundada la demanda; con lo demás que condene. Exp. N° 2015-2642 José Bustamante M. con la O.N.P. sobre Acción de Amparo: REVOCARON la resolución N° 1; ordenaron dar trámite a la demanda según su naturaleza. Exp. N° 2015-1419 José Pasco T. con Juzgado Mixto de Motupe sobre Acción de Amparo:CONFIRMARON la resolución N° 1 que declara improcedente la demanda. DR. OSVALDO PISFIL CAPUÑAY.

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL Q Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra vieron y votaron: 0541-2014-0-JR-CI-05, Mercedes Rojas Pérez/ E l e c t ro n o r t e SA.A. Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta de enero del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 04478-2013-0-JR. CI-05,Edmundo León Díaz/ OficinadeNormalización Provisional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta de octubre del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 2031 -2014-0-JR.CI-1, José David Silva Coronel/Red Asistencial de Lambayeque. Proceso de cumplimiento. REVOCARON la sentencia de fecha diez de junio del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda y REFORMÁNDOLA declararon FUNDADA. 0113-2014-0-JM.FP-1,

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PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Ministerio Público de A/ lotupe/ Franco Antonio Quispe Cajo y otros. Infracción contra la Libertad Sexual/CONFIRMARON la sentencia de fecha tres de febrero del dos mil quince, que declara responsabilidad de los menores Franco Antonio Quispe Cajo y Elmer Aníbal Carlos Céspedes. 0 8 1 9 - 2 0 1 1 - 0 - 1 7 1 4 . J M F T1,Fiscal Mixto de JLO/Edelmira León Alvarado Sandoval. Contravención a los derechos del niño. CONFIRMARON la sentencia de fecha diecisiete de abril del dos mil quince, obrante de folio doscientos uno a doscientos siete, que declara fundada la demanda 05312-2013-0-JR.CI-6, Fidelino Arroyo Ariaf/Comisión Ad Hoc Fonavi. CONFIRMARON la sentencia de fecha doce de enero del año dos milquince, que DECLARA IMPROCEDENTE la demanda. 0633-2013-0-1708.JM.FC-01, Julio Miguel León Escobar/ Evelyn Alexandra Espinoza Aulestia. Divorcio por Causal. APROBARON la consulta de la Sentencia de fecha treinta de junio del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 2667-2014-0-1706-JR-FT-04, Cuarta Fiscalía Provincia de Familia/Víctor Roberto Valencia Guevara. APROBARON la Sentencia de fecha seis de abril del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda 2357-2014-0-1706-JR-CI-01, Nélida Elena Segura Carranza/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625Fonavi. CONFIRMARON la Sentencia de fecha seis de julio de dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. , 02664-2014-0-1706-JR-CI-03, Rosa Ysolina Maco Aricochea/ Ministerio de Educación y otros. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia, de fecha ocho de abril del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; y REFORMÁNDOLA, declararon INFUNDADA. 0248-2014-0-1706-JR-FC-04, Edilberto Silva Guevara/Rosa Soledad Vargas Olivera. Divorcio por causal. APROBARON la misma sentencia en el extremo que declara FUNDADA la demanda de Divorcio por Causal de Separación de Hecho. 03792-2012-0-1706-JR-FC-04, Iván Pedro Coronado Zuloeta/ Liliana Inés Gástelo Ugaz y otro. Divorcio por causal. CONFIRMARON Ij sentencia de fecha siete de mayo del año

dos mil quince, obrante de folios trescientos veintiuno a trescientos veintiséis, que declara INFUNDADA la demanda. 02378-2012-0-1706-JR-CI-07, Corporación Universitaria de la Costa SAC/Municipalidad Provincial de Chiclayo y otros. Prescripción adquisitiva de dominio. Declararon: NULA la sentencia de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil catorce; DISPUSIERON que el Juez con emitir nueva resolución. 05177-2013-0-1706-JR-CI06, Emiliano Pisfi! Azabache/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veinte de marzo del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 05071 -2013-0-1706-JRCI-03, Juana Huamán viuda de Guevara/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia, de fecha veintisiete de mayo del año dos mil quince, que declara infundada la demanda. REVOCARON la misma sentencia, en el extremo que declara infundada la pretensión de reajuste de la pensión de viudez; la que reformándola, Declararon IMPROCEDENTE. 01902-2014-0-1706-JR-FC02, Osear Eliberto Fernández Fernández/ Joyce Slim Rivera Mendoza. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha diez de agosto del año dos mil quince, la misma que declara disuelto el vínculo matrimonial. 03997-2013-0-1706-JR-CI06, Salvina Idelza Carrasco Elera/Ministerio de Educación y otros. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia, de fecha diez de abril de dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. 02811-2014-0-1706-JR-CI-01, Rafael Oyóla Armas/ Ministerio de Educación y otros.Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de mayo del año dos mil quince, que declara infundada la demanda. 04703-2013-0-1706-JR-CI06, Julia Salazar Hernández/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 - Fonavi. Proceso de cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia, de fecha cinco de marzo del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. 06889-2008-0-1706-JR-CI-02, Mario Augusto Muñoz Silva/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa CONFIRMARON la sentencia de

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV fecha seis de mayo del año dos mil quince, que declara fundada la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMIKLIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DOS DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra vieron y votaron: 04730-2013-0-1706-JR-CI-06, Segundo Muñoz Cabanillas/ Comisión Ad Hoc Ley 29625. Proceso de cumplimiento, CONFIRMARON la sentencia, de fecha cinco de marzo del año dos mil quince que declara improcedente la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMIKLIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Carrillo Mendoza, Zamora Pedemonte y Silva Muñoz en discordia, vieron y votaron en discordia: 002088-2013-0-1706-JRCI-04, Magda Acela Silva Miranda/Ministerio de Educación. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha veintitrés de abril de dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda; REFORMÁNDOLA, se declara IMPROCEDENTE. Con los señores: Silva Muñoz, Conteña Vizcarra y Armaza Galdós, vieron y votaron: 0207-2013-0-1708-JM-FC-01, Antonio Hernández Damián/ Juana Victoria Martínez Popayán. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha seis de julio del dos mil quince, en el extremo consultado que declara fundada la pretensión. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Pisfil Capuñay, vieron y votaron: 01137-2014-0-1706-JR-CI-04, Marino Salazar Núñez/UGEL Chiclayo. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia, de fecha primero de julio de dos mil quince, que declara fundada en parte la demanda de amparo; REFORMÁNDOLA, la declararon

CRÓNICA

INFUNDADA la demanda. 01582-2013-0-1706-JR-CI-03, José Alberto Asunción Reyes/ Juez del Cuarto Juzgado Civil. Proceso de amparo. CONFIRMARON la SENTENCIA de fecha quince de mayo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 03174-2009-0-1706-JR-CI04, Máximo Román Martínez Bayona/Basilia Samillán Mil y otros. Prescripción Adquisitiva. CONFIRMARON la Sentencia, de fecha veinticuatro de abril del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 03695-2010-0-1706-JR-CI10, Paco Heriberto de la Torre Meredia/ Cristina Baca Walters de Alfaro y otros. Nulidad de acto jurídico. Declararon: NULA la sentencia de fecha cuatro de mayo del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMIKLIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DOCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Suva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 02497-2013-0-1706-JR-FT-03, Tercera Fiscalía de Familia/ Carlos Monteza Vega. Violencia Familiar. REVOCARON la sentencia de fecha diecisiete de abril del año dos mil quince en el extremo apelado que declara Fundada la demanda interpuesta por el señor Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo en contra de Nancy Monteza Vega; y reformándola declararon INFUNDADA la demanda. 02505-2011 -0-1706-JR-CI-08, Manuel Antonio Rodas Quiroz/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia, de fecha ocho de mayo de dos mil quince, que declara fundada la demanda de amparo; REFORMÁNDOLA, la declararon IMPROCEDENTE. 01143-2013-0-1706-JR-FC-01, Carlos Martín Checa Arbulú/ Carmen Alicia de la Rosa Díaz. Divorcio por causal. CONFIRMARON la sentencia de fecha once de marzo del dos

JUDICIAL

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mil quince en los extremos apelados que declara respecto del menor Carlos Alonso Checa de la Rosa, que la tenencia continuará siendo ejercida por la progenitora Carmen Alicia De la Rosa Díaz; fija a favor del padre Juan Carlos Martín Checa Arbulú un régimen de visitas “abierto” a fin de que pueda visitarlo cuando lo crea conveniente; y fija una pensión de setecientos nuevos soles a favor del citado menor; APROBARON la misma en el extremo que declara FUNDADA la Demanda. 01900-2014-0-1706-JR-CI01, Mirtha Yolanda Huamán Flores/Ministerio de Educación y otro. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número seis de fecha quince de mayo del año dos mil quince, que declara infundada la demanda. 02507-2013-0-1706-JR-FT-04, Cuarta Fiscalía de Familia de Chiclayo/Linda Karem Mantilla Valdez. Violencia familiar. : APROBARON la sentencia de fecha treinta de marzo del dos mil quince, que declara infundada la demanda. 0107-2014-6-1706-JR-CI-06, Karin Doroty Rodas Pradal ESSALUD.Proceso de Amparo - Cautelar. REVOCARON la resolución número CUATRO, de fecha veintiocho de abril del dos mil quince, que declara infundada la oposición formulada por ESSALUD; y, REFORMÁNDOLA, declararon FUNDADA la oposición. 02957-2014-0-1706-JR-CI03, Norbil Delgado Rojas/ Ministerio de Educación y otros. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha nueve de abril del dos mil quince, que declara fundada la demanda; y, REFORMÁNDOLA declararon INFUNDADA. 02635-2010-0-1706-JR-CI03,Luís Leoncio Díaz Oliva/ Organismo de Formalización de la Propiedad Informal. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia de fecha diecinueve de marzo del año dos mil quince, que declara fundada la demanda REFORMÁNDOLA declaran IMPROCEDENTE. 05169-2013-0-1706-JR-CI-06, Raúl Alva Escobar/Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625 - FONAVI. Proceso de cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha dieciséis de enero del año dos mil quince que.declara improcedente la demanda. 02064-2014-0-1706-JR-CI-06, Milna Soledad Torres Torres de Ojeda/Ministerio de

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Educación y otros. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil catorce, que declara infundada la demanda. 02754-2011 -0-1706-JR-CI-02, Cipriano Paz Benavides/Lucila Cabrejos Villegas y otros. Nulidad de acto jurídico. CONFIRMARON la SENTENCIA, de fecha veintiocho de abril del año dos mil quince, , que declara FUNDADA la demanda. 00066-2014-0-1707-JM-FC-01, Moisés Jovir Quevedo Hoyos/ María Olga Cobeñas Ramos. Violencia Familiar. REVOCARON la,Sentencia de fecha diecisiete de noviembre del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la demanda REFORMANDO DECLARARON FUNDADA la demanda. 02870-2013-0-1706-JR-CI-03, Fernando Flofes Sernaqué/Juez del Quinto Juzgado Especializado Civil de Chiclayo. Proceso de< Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintiuno de mayo del dos mil quince,, que declara improcedente la demanda. 02165-2014-0-1706-JR-CI-06, Eleazar Guillermo Ramírez Altamirano/Ministerio de Educación y otros. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintiuno de abril del año dos mil quince, que declara infundada la demanda. 04158-2014-0-1706-JR-CI-02, José Luís Passano Alemán/ Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo y otros. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha seis de julio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 01674-2014-0-1706-JR-CI06, Benjamín Muñoz Asenjo/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 - Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de mayo del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 03199-2010-0-1706-JR-CI02, Fideicomiso de Gestión y Administración Cayalti/ Segundo Sebastián Atalaya Díaz y otros. Desalojo. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de julio del año dos mil quince que declara fundada la demanda. 02181 -2012-0-1706-JRCI-03, Dorka Elizabeth Garboza Urrutia/Oficina de Normalización Previsional. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia, de fecha uno de abril del año dos mil quince, que declara fundada la demanda.

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Chiclayo, martes 20 de Diciembre del 2016

03452-2014-0-1706-JR-CI06, Teresa de Jesús Arboleda Dávila/EPSEL. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia, de fecha doce de junio del año dos mil quince, que declara fundada la demanda. 01648-2012-0-1706-JR-CI-03, Pamela Nataly Guevara Santa Cruz/Eckerd Perú S.A.Boticas Inkafarma. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha diecisiete de abril del año dos mil quince, que declara fundada la demanda. 04292-2001-0-1706-JR-CI-07, Leoncio Bautista Ortiz/Lorenzo Puicón Arroyo y otra. Otorgamiento de escritura. CONFIRMARON la sentencia de fecha trece de julio del año dos mil cuatro, que declara fundada la demanda. 00703-2012-0-1706-JR-FC01, Amaximandro Altamirano Llatas/María Esperanza Chávez Montalvo. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha diecinueve de junio del año dos mil quince, la misma que declara.disuelto el vínculo matrimonial. 01673-2010-0-1706-JR-CI-09, Santiago Hernández Esteves/ Nadia Pamela Arrióla Arrióla y otros. Interdicto de Recobrar. CONFIRMARON la sentencia de fecha quince de junio del año dos mil quince, que declara infundada la demanda. 06195-2009-0-1706-JR-CI-03, Luís Alberto Puyen González/ Empresa Electronorte S.A. ENSA. Proceso de amparo. CONFIRMARON la sentencia que declara improcedente la demanda. HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC CSJLA MARIBEL EMIKLIA SAMILLAN RUIZ RELATORA SSEC CSJLA CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC CSJLA

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 02130-2011 -0-1706-JR-CI06, Ángel Román Ortiz/Lilian Román Ortiz. Otorgamiento de escritura pública. CONFIRMARON la Sentencia de fecha diez de julio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 03055-2012-0-1706-JR-CI-07, Mónica Ivonne Luna Merchán/ María Artemia Muro Barboza de Montenegro. Otorgamiento de escritura pública. Declararon NULA la sentencia

CRÓNICA

de fecha treinta de julio del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01752-2013-0-1706-JR-FT-01, Primera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo/ Martha Estela Paico. Violencia familiar. APROBARON la sentencia de fecha ocho de junio del dos mil quince, que declara infundada la demanda. 01231 -2012-0-1708-JMFC-01, Luis Enrique Castillo Gutiérrez/Lucila Enit Reyes Delgado. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia consultada de fecha seis de julio del año dos mil quince, que declara Fundada la demanda. 02620-2014-0-1706-JR-FC04, Cecilia Elizabeth Baldera Céspedes/Sucesión de Carlos Alberto Hernández Rojas. Declaración de Unión de Hecho. APROBARON la consulta de la sentencia de fecha diez de agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 02912-2014-0-1706-JR-FT-01, Primera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo/Vicente Castillo Nicolás. Violencia fa m i l i a r. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de junio del dos mil quince, que declara fundada la demanda. 01705-2014-0-1706-JR-CI06, Jaerzinho Salazar Ruiz/ Aurora Perpetua Salazar Arrascue de Valdez. Desalojo. CONFIRMARON la sentencia de fecha dieciséis de junio del año dos mil quince, que declara fundada la demanda. 03770-2014-0-1706JR-CI-03, Antia Augustia Sifuentes Cabanillas/Essalud Lambayeque. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha siete de julio del año dos mil quince, que declara fundada la demanda 01988-2015-0-1706-JR-FP03,Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo/ Job Elias Valderrama Celis. Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud - lesiones. CONFIRMARON la sentencia de fecha veinte de julio del año dos mil quince, que declara a Job Elias Valderrama Celis como autor de la infracción penal de lesiones graves. 01197-2012-0-1706-JR-CI03, Walter Pacífico Chavesta Fuentes/ Secretario General del Sindicato CUT HNAAA de Chiclayo y otro.Proceso de amparo, CONFIRMARON la sentencia, de fecha dieciséis de octubre de dos mil catorce, que declara fundada la demanda. 01427-2012-0-1706-JRCI-05, Segundo Ordoñez Q u i ro z / G o b i e r n o Re g i o n a l de Lambayeque y otros. Impugnación de Resolución Administrativa. REVOCARON la

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

sentencia, de fecha veintitrés de enero del año dos mil quince que declara fundada la demanda interpuesta por Segundo Ordoñez Quiroz;la que reformándola, Declararon INFUNDADA. 01670-2011-0-1706-JR-FC01, Rodolfo Raymundo Yovera Atalaya/ Lina Carmen Gamarra Juárez. Divorcio por causal. APROBARON la sentencia de fecha dieciséis de abril del año dos mil quince,la misma que declara disuelto el vínculo matrimonial.

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 05652-2007-0-1706-JR-CI-10, Damián Alva Caldas y otros/ Ministerio de Agricultura y otros.Impugnación de Resolución Administrativa. CONFIRMARON la sentencia de fecha nueve de marzo del dos mil quince, que declara infundada la demanda. Con los señores: Carrillo Mendoza, Zamora Pedemonte y Silva Muñoz, vieron y votaron en discordia: 02096-2013-0-1706-JR-CI04, Santos Hilario fantarico Huamán/Ministerio de Educación y otros. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia de fecha quince de mayo del dos mil quince, que declara infundada la demanda; y, REFORMÁNDOLA, se declare IMPROCEDENTE. CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Suva Muñoz y Pisfil Capuñay,, vieron y votaron: 02353-2014-0-1706-JR-CI-04, Jorge Luis Montano Vallejos/ Comité de Damas de la Policía Nacional del Perú y otros. Prescripción Adquisitiva. CONFIRMARON la sentencia de fecha doce de marzo del año dos mil quince que declara FUNDADA la Demanda.

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Carrillo Mendoza, Zamora Pedemonte y Silva Muñoz, vieron y votaron: 1 4 4 4 - 2 0 1 4 - 0 - 1 7 0 6 - J R- C I 05, Johana Elizabeth Ayasta Arrunátegui/Servicios Integrados de Limpieza S.A. - SILSA. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia de fecha seis de febrero del año dos mil quince, que declara

fundada la demanda.

CRÓNICA JUDICIAL DEL DÍA VEINTIDÓS DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE Con los señores: Zamora Pedemonte, Silva Muñoz y Conteña Vizcarra, vieron y votaron: 03738-2013-0-1706-JR-FC-04, Elizabeth Manuela Montenegro Esquivel/Augusto Antonio Vargas Doig/ Divorcio por causal. APROBARON la sentencia, de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 00349-2013-0-1714-JM-FC-01, Fiscalía Provincial Mixta de José Leonardo Ortiz/ Jorge Luís Rojas Laure. Violencia familiar. APROBARON la sentencia de fecha veintitrés de julio del dos mil quince en el extremo materia de la consulta. 06563-2008-0-1706-JR-CI-09, Margarita Cóndor de Delgado/ Oficina de Normalización Previsional. Impugnación de Resolución Administrativa. Declararon: NULA la sentencia de fecha veintidós de mayo del dos mil quince, que declara fundada la demanda. 000138-2013-0-1706-JR-CI03,LucilaVillanueva de Alarcón/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de amparo. REVOCARON la sentencia de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil quince, que declara infundada la demanda de amparo; y, REFORMÁNDOLA la declararon improcedente. 00312-2014-0-1706-JR-CI06, Lorenzo Campos Burgos/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625-Fonavi. Proceso de cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha cinco de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 00998-2014-0-1706-JR-CI01, Aladino Rodas Castañeda/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625-Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintiuno de julio del año dos mil quince, que declara improcedente la demanda. 03160-2012-0-1706JR-CI-03, Víctor Manuel Rodríguez Puelles/ Oficina de Normalización Previsional. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha quince de mayo del año dos mil quince, que declara fundada la demanda; y reformándola, Declararon IMPROCEDENTE. 0228-2014-0-17Q6-JRCI-06, Teodoro Ojeda