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Provincial Mariscal de Nieto, que dice: PADRE: Manuel Ticona .... Ilo, Provincia de Ilo y Departamento de Mo- quegua ; el ..... Jenrry Deyvi Corrales Arani- bar.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Lunes, 10 de abril del 2017

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO Exp. No. 00091-2017-0-2801-JM-CI-02, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, mediante resolutivo No 01 fecha siete de marzo de 2017 RESUELVE: Admitir a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por ELARD YOBANY SONCO CASTILLO, y YOVANNA ATAHUACHI MAMAN I, en representación de su menor hijo JOSE VALENTINO SONCO ATAHUACHI, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, solicitan se les autorice el cambio de nombre de JOSE por el de DANTE, señala fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día 28 de Abril del presente año a las 11.30 A.M. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 04 de Abril del 2017. Nélida Maquera Cuayla. Abogado. Reg. N° 353 C.A.M. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (10-11-12 Abril) EDICTO QUE, ANTE LA SUB GERENCIA DE INVESTIGACION Y DEPURACION , DE LA GERENCIA DE REGISTRO DE IDENTIFICACION DEL RENIEC, EL CIUDADANO IDENTIFICADO COMO NINA MENDOZA, EMILIO, CON DNI N° 04626232, HA SOLICITADO LA RECTIFICACION DE SU ESTADO CIVIL DE CASADO A SOLTERO, ARGUMENTANDO QUE NUNCA HA CONTRAIDO MATRIMONIO CIVIL CON NINGUNA PERSONA, LO CUAL SE PONE EN CONOCIMIENTO, A FIN DE QUIENES TENGAN MOTIVOS PARA OPONERSE PUEDAN MANIFESTARSE EN LA FORMA Y EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 74° DEL D.S. N°015-98-PCM. A CUYO EFECTO SE OFICIAR Y PUBLIQUESE EN EL DIARIO “LA REPUBLICA”, ASI COMO TAMBIEN EN EL DIARIO “EL PERUANO”. LIMA, 15 DE MARZO DEL 2017. (10 Abril). EDICTO Ante el primer Juzgado de Paz LetradoMariscal Nieto.- Juez Rojas Coronel Estefany.- Especialista: Yossely Lizeht Delgado Aquino.- Expediente: 00270-2012-0-2801-JPFC-01.- demandante, Melendez García Deysa Corina.-demandado: Choque Flores Pascual Bruno.- Abogado.- Jesus Yupanqui Ginez, con CAM 513.- se corre traslado por EDICTOS conforme la resolución N° 28 que resuelve (1) APROBAR la liquidación de pensiones alimenticias devengadas al periodo julio 2013 a abril 2016 ascendente la suma de veintisiete mil ciento setenta con 85/100 soles, (2) REQUERIR al demandado para que dentro del término del tercer día de notificada cumpla con efectuar el pago por concepto de pensiones alimenticias devengadas, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Publico, debiendo cumplirse con la publicación de ley.- Moquegua, 06 de abril del 2017.Autoriza la testigo actuario por vacaciones de la especialista.- 2da secretaria.- Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto.Corte Superior de Justicia de Moquegua. Abog. Jesús Yupanqui Ginez CAM 512; Abog. Elizabeth Jimenez Calisaya. Testigo Actuario. (07-10-11 Abril). EDICTO Exp. N° 00414-2016-0-2801-JP-CI-02 ante el

Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Testigo actuario Dra. ELIZABETH JIMENEZ CALIZAYA, solicitud de: EDGAR CESAR TICONA PARIPANCA, JULIA PARIPANCA VDA DE TICONA, solicitan: 1.- Se rectifique la ACTA de NACIMIENTO de EDGAR CESAR TICONA PARIPANCA inscrita en la Oficina de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial Mariscal de Nieto, que dice: PADRE: Manuel Ticona Gómez, debiendo figurar en lo sucesivo: Manuel Avelino Ticona Gómez. 2.-Se rectifique la ACTA DE DEFUNCION de Manuel Avelino Ticona Gómez inscrita en la Oficina de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Samegua-Moquegua, rubro DATOS DEL DIFUNTO: Manuel Avelino Ticona Gomez, debiendo figurar en lo sucesivo: Manuel Avelino Ticona Gomez. Rubro ESTADO CONYUGAL CON PARIPANCA DE TICONA JULIA, debiendo figurar en lo sucesivo: PARIPANCA TICONA DE TICONA JULIA. Se ha proveído: Admitir a trámite la solicitud presentada. El 19 junio 2017 a las 15.30 Horas, se realizara la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. Se pone en conocimiento a los oponentes. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 06 abril 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N° 0040 C.A.M.; Elizabeth Jimenez Calisaya – Testigo Actuario. (07-10-11 Abril) EDICTO EXP. N°, 00778-2016-0-2801-JP-CI-02.- RECTIFICACION DE PARTIDA. ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO - FAMILIA DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA, QUE DESPACHA LA SEÑORITA JUEZA: ESTEFANY ROJAS CORONEL; ESPECIALISTA: KARINA PANTOS LINARES, DOÑA: AURELIA MARCELINA SOLEDAD DEL CARPIO ABRIL; DON: JUAN REYNALDO DEL CARPIO ABRIL; DON: LUÍS ANDRÉS DEL CARPIO ABRIL; DON: RONALD BAUTISTA DEL CARPIO ABRIL; DON: MARCELO VISITACION DEL CARPIO ABRIL; DOÑA: JULIA LELIA DEL CARPIO ABRIL; DON: RAÚL NICOMEDES DEL CARPIO ABRIL; DON: JOSÉ SALOMÓN DEL CARPIO ABRIL; Y DOÑA: JOVA MARCELA DEL CARPIO DE RODRÍGUEZ, SOLICITAN LA RECTIFICACION DE SUS PARTIDAS, DE NACIMIENTO RESPECTO, AL NOMBRE DE SU SEÑOR PADRE MARCELINO DEL CARPIO MEZA Y AL NOMBRE DE SU MADRE EULOGIA ABRIL BARRIGA, CONSIGNADOS EN SUS RESPECTIVAS PARTIDAS DE NACIMIENTO, PARA QUE FIGURE COMO MARCELINO MOISÉS DEL CARPIO MEZA Y EULOGIA GUILLERMINA ABRIL BARRIGA. MOQUEGUA, 03 DE MARZO DEL 2016. MOQUEGUA, 03 DE MARZO DEL 2016. Luis Delfín Bermejo Peralta. Abogado C.A.M. N° 179. Karina Pantos Linares. Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-10-11 Abril) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA ELSA GOMEZ MAMANI ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DOÑA CONCEPCIÓN MAMANI DE GOMEZ FALLECIDA EN MOQUEGUA, EL 11 DE OCTUBRE DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERE-

CHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 31 DE MARZO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (10 ABRIL) SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DON WILFREDO FREDY CENTELLAS HUMPIRE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA ANICETA HUMPIRE DE CENTELLAS FALLECIDA EN AREQUIPA EL 11 DE SETIEMBRE DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 06 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (10 ABRIL) SUCESION INTESTADA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO -FAMILIA CIVIL, SEDE NUEVO PALACIO - CSJ MOQUEGUA EXPEDIENTE 130-2017, ESPECIALISTA YOSSELY L. DELGADO AQUINO, EN PROCESO NO CONTENCIOSO DONA GABINA MAXIMILIANA QUISPE de SOSA SOLICITA LA SUCESION INTESTADA Y SE LE DECLARE HEREDERA DE SU DIFUNTO ESPOSO ISIDRO ISIDORO SOSA COAYLA FALLECIDO EL 20 DE MAYO DEL ANO 2,009, EN EL DISTRITO DE TORATA, CON LO QUE PUBLICO PARA LOS FINES DE LEY. AUTORIZA LA TESTIGO ACTUARIO QUE SUSCRIBE POR VACACIONES DE LA ESPECIALISTA JUDICIAL. Moquegua, 07 de Abril del 2017. Dr. Sixto A. Torres Agreda – Abogado CALL 2189; Abog. Elizabeth Jimenez Calisaya – Testigo Actuario (10 Abril) DECLARACION DE UN HECHO DECLARACION DE UNION DE HECHO Ante mí: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, el señor JORGE LUIS MALDONADO CARNERO y la señora LISSET DANITZA GONZALES SANCHEZ, solicitan la Declaración de Reconocimiento de Unión de Hecho entre ambos recurrentes. Se procede conforme a los Artículos 1 y 2 de la Ley 29560 y Ley 26662. Ilo, 06 de Abril del 2,017. (10 Abril). RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACION DE PARTIDA En el Expediente Nro. 00055-2017-0-2801-JMCI-02 y ante el Segundo Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha el Juez Dr. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, y como su especialista GABY NINA ESCOBAR, VICTOR CLAUDIO COSIO VILLA, solicita rectificar su partida de nacimiento, RESPECTO DE SUS DATOS EN LA MODALIDAD QUE SE ADICIONE UN PRIMER NOMBRE DE VICTOR Y SE ADICIONE Ml SEGUNDO APELLIDO DE VILLA, DEBIENDO FIGURAR EN LO SUCESIVO Y DE MANERA CORRECTA COMO VICTOR CLAUDIO COSIO VILLA, Se dispone se efectúen las publicaciones en el diario encargado de los avisos judiciales de esta ciudad, conforme a lo previsto en el artículo 168 del Código Procesal Civil. Se dispone el Juzgamiento Anticipado del Proceso,

en razón de que la integridad de los medios probatorios ofrecidos son documentos, los que serán valorados al momento de resolver. En consecuencia se dispone el ingreso de LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR. REGISTRESE Y HAGASE SABER. . Moquegua, 05 de Abril del 2017. David. A. Calizaya – Reg. N° 006 C.A.M. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (07-10-11 Abril) REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En el Expediente No 00178 – 2015-0-2802-JPCI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dinero, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. Nº 103, en contra de Luis Alberto Calderón Galarza y Rosmery Meza Camacho; la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de ILO, Dra. Sheda Mendez Ancca y el Especialista Legal Dr. Vladimir Gianfranco Huisa Pichihua, mediante Resolución Nº 10 han ordenado y dispuesto llevar a cabo el Remate en Primera convocatoria, con la intervención del Martillero Público Ángel Rubén Arias Gallegos del inmueble que se detalla, BIEN INMUEBLE: Asentamiento Humano PROMUVI V Sector B Manzana 56 Lote 26, Distrito de Ilo, Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua ; el inmueble se encuentra inscrito en la Partida Registral N° P08013353 , Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. AFECTACIONES CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento 00004 – HIPOTECA COMUN – A favor de la EDPYME CREAR TACNA, hasta por la suma de US$. 850.00 en garantía de un Crédito por la suma de S/. 1,000.00 con el interés compensatorios de 4,2% mensual y Moratorio de 0.63% mensual, plazo 12 meses otorgado por la EDPYME a los propietarios, según consta del Contrato Privado del 24/05/2002 por Notaría María Lourdes Tapia de Centty. Valor de Tasación Es de S/ 48,033.00 (Cuarenta y Ocho Mil Treinta y Tres con 00/100 Soles). El Precio Base para el Primer Remate es de S/ 32,022.00 (Treinta y Dos Mil Veintidós con 00/100 Soles). LUGAR DEL REMATE: La Diligencia se realizará el día 25 de ABRIL del 2017 a Horas: 15.00 p.m., en el frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado Sede Ilo, sito en Calle Matará Nº 325 Ilo. POSTORES: Deberán: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. Ilo , 07 de Abril 2017. (10, 11, 12, 17, 18, 19 Abril).

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDEÑA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 0014-2015-0-2802-JM-CI-02, sobre ejecución de garantías, Expediente N°00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de Ilo, a cargo del Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco y Especialista Legal. Dra. Judith Gallegos Ramos, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje I Mz. G, Lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo. Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N°05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N°XIII Sede Ilo. El bien ha sido valorizado en US $ 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de US$78.885.66 (SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 66/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/.310,761 10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/75.000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramiréz, ordenando con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo: Inscritos en los asientos D00007 Y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo, respectivamente. El remate se realizará el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS CUATRO Y QUINCE DE LA TARDE. En el local del Juzgado ubicado en calle Matará N°325, segundo piso, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez con Registro N°224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US $11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente. Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelado al finalizar el remate. Ilo, 22 de marzo del 2017. Abraham Mariñas Sanchez. Martillero Público o Nivel Nacional. Registro N° 224. Abg. Judith Magali Gallegos Ramos. Secretaria Judicial. 1ra Secretaria – Juzgado Mixto de Ilo. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03-04-0506-07-10 Abril) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Expediente N° 00007-2013-13-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 00007-2013-13-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Delvis Arpasi Torres, por

Lunes, 10 de abril del 2017

el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales YRAC Rep. por su madre Lourdes Nora Cutipa Cutipa; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a DELVIS ARPASI TORRES, con la resolución número 07 de fecha cuatro de abril del dos mil diecisiete, mediante la cual SE CITA para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS para la realización de la AUDIENCIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA – REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA en el Despacho del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. NOTIFÍQUESE al sentenciado en sus domicilios reales ubicados en Jr. Las torres D 5 Lote 10 Cesar Vallejo Juliaca- San Roman- Puno (según ficha RENIEC), Calle Tarapaca N° 1035 Urb Vigil Tacna (según consulta ESSALUD), procesal y vía edictos, con la asistencia obligatoria de la representante del Ministerio Público y el abogado del sentenciado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada del representante del Ministerio Público, de comunicarse al Órgano de Control de Ministerio Público y en cuanto al abogado defensor del sentenciado, en caso de inasistencia, de imponérsele MULTA ascendiente a 02 Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner de conocimiento de su Colegio Profesional y comunicar a su superior, Se deja constancia que la presente audiencia se fija para esta fecha debido a que se tiene que notificar al sentenciado a las ciudades de Tacna, puno y vía edictos.- FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 04 de abril del 2017. (1011-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00248-2017-56-2801-JRPE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don WILMER DEMETRIO MONTES, identificado con DNI Nº 29296952, de sexo masculino, nacido el 21 de noviembre de 1958, de 58 años, estado civil casado, natural de Arequipa, hijo de Eugenia, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Armando Jesús Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04

de abril de 2017. (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00297-2017-12-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don JENRRY ABEL CUAYLA MAMANI, identificado con DNI Nº 40636719, de sexo masculino, nacido el 17 de octubre de 1979, de 36 años, soltero, natural de Moquegua, hijo de Pascual y Francisca, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017. (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00246-2017-29-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don WILVER MANZANO PACHO, identificado con DNI Nº 42032523, de sexo masculino, nacido el 08 de octubre de 1983, de 33 años, natural de Chucuito – Puno, de estado civil soltero, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Aurelio y Rosa, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017 (1011-12 Abril)

EXPEDIENTE:

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

EDICTO PENAL 00026-2017-0-2801-JP-PE-03;

Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto; NOTIFICAR VIA EDICTOS; 1) al imputado Ruben Dario Mamani Miranda, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución número tres de fecha trece de marzo del dos mil diecisiete, SE DISPONE señalar como nueva fecha para la realización del juicio oral para el VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO HORAS CON QUINCE MINUTOS (08:15) la que se llevara en el despacho de este Juzgado. Moquegua, 22 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Edwin Valencia Sanchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. . (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00127-2017-0-2801 -JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. El Senor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto mediante resolución número tres. NOTIFICAR VIA EDICTOS; 1) a la agraviada SANTINA DORIS RAMOS NINA; 2) al imputado OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE CITAR A JUICIO a la parte imputada Oscar Cirilo Asencio Arce por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de Santina Doris Ramos Nina. Asimismo se ha dispuesto mediante resolución número tres de fecha veinte de marzo del dos mil diecisiete, SE DISPONE señalar como nueva fecha para la realización del juicio oral para el UNO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS, la que se llevara en el despacho de este Juzgado. subsistiendo los apercibimientos decretados en la resolución número uno en caso de inasistencia de la parte imputada (disponer su comparecencia por medio de la fuerza pública) y parte agraviada (disponer la conclusión del proceso por desistimiento tácito). Moquegua, 23 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0214-2017-0-2801-JR-PE-02. PRIMER JUZGADO DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº 214-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra Matium Leonel Mamani Becerra, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales L.M.L.M.V.. representados por Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución S/N del día de la fecha, NOTIFIQUESE por Edictos a MATIUM LEONEL MAMANI BECERRA, con la resolución número S/N de fecha 31 de marzo del 2017, mediante la cual se RESUELVE: Estando a lo informado por la Especialista Legal y representante del Ministerio Público, en relación al domicilio del imputado, que únicamente cuenta con el domicilio consignado en la ficha RENIEC esto es Asentamiento Huma-

no Estrellas Simon Bolivar Mz H Lt-17 Puente Piedra- Lima- Lima, sin embargo a merecido devolución por parte de la central de notificaciones indicando que la dirección no existe o es inexacta en ese sentido a efecto de garantizar el derecho de defensa y el debido emplazamiento a la parte imputada, habiendo producido la devolución de la cedula de notificación para la realización de la presente audiencia siendo el motivo de la misma consignados datos errados y verificándose que es el mismo domicilio que obra en su ficha RENIEC del imputado, desconociéndose alguna otra dirección domiciliaria donde se le pueda notificar la realización de la presente Audiencia de Incoación a Proceso Inmediato, razones por las cuales renovar la notificación al citado domicilio seria inoficioso, no obstante a efecto de garantizar su derecho de defensa, el debido proceso este despacho DISPONE: 1) Que la notificación de la presente Audiencia se realice mediante Publicación de Edictos en el diario oficial, para lo cual secretaria de despacho realizara las notificaciones respectivas, además deberá oficiarse a la Defensa Pública, para que concurra a la realización de la presente audiencia, esto es 2) Se REPROGRAMA de la presente audiencia para el día ONCE DE ABRIL del año en curso, a las NUEVE HORAS, Sala de Audiencias N° 003; así como un Extracto del Requerimiento de Incoación a Proceso Inmediato Que, de conformidad con lo establecido en los artículo 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Matium Leonel Mamani Becerra, por delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código penal en agravio del menor de iniciales L.M.L.M.V. representada por su progenitora Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro., ello al haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias en el proceso N° 00413-2011-0-2801 a favor de su menor hijo, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de junio del 2012 al mes de diciembre del 2014, y que ascienden a la suma de S/9344.39 soles, siendo que mediante Resolución N° 20 de fecha 18 de marzo del 2015 que aprueba la liquidación de pensiones devengadas, de igual forma mediante Resolución Fue requerido debidamente para que pague el monto antes precisado..- FIRMADO. DR. ALFREDO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 31 de marzo del 2017. (07-10-11 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0277-2017-0-2801-JR-PE-02. PRIMER JUZGADO DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº 0277-2016-28-2801-JR-PE-02, seguida en contra Juan Victor Briceño Mamani, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales S.G.B.G. O.M.B.G. y M.D.C.X.B.G. representados por Elody Plamenia Gonzales Cabana; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución N° 002 del día de la fecha, NOTIFIQUESE por Edictos a JUAN VICTOR BRICEÑO MAMANI, con la resolución número 02 de fecha 31 de marzo del 2017, mediante la cual se resuelve: Siendo que mediante acta de audiencia de fecha 23 de

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marzo del 2017, se reprogramo la misma para el día y hora de fecha disponiéndose la notificación al sentenciado Juan Victor Briceño Mamani, en el domicilio indicado por el represéntate del Ministerio Público esto es Ilabaya S/N- Provincia de Jorge Basadre, Tacna, conforme a su ficha RENIEC, no obstante la cédula que ha sido generada a dicho domicilio a merecido devolución por la central de notificaciones Tacna, donde indica que el domicilio es impreciso, requiriera adjuntar croquis, además que preguntado por el destinatario no lo conocen y que ante esta eventualidad no teniendo el Ministerio Público mayores datos a efecto de generar o efectuar una notificación al domicilio que nos ha indicado y a efecto de garantizar el derecho del debido proceso y derecho de defensa. 1) Se REPROGRAMA de la presente audiencia a efecto de que se puedan recabar las respectivas notificaciones por EDICTOS para el día ONCE DE ABRIL del año en curso, a las DIEZ HORAS, Sala de Audiencias N° 003 2) Se DISPONE la notificación vía edictos al investigado Juan Victor Briceño Mamani, así como un Extracto del Requerimiento de Incoación a Proceso Inmediato Que, de conformidad con lo establecido en los artículo 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contrade JUAN VICTOR BRICEÑO MAMANI, por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código penal en agravio los menores de iniciales S.G.B.G. O.M.B.G. y M.D.C.X.B.G. representados por Elody Plamenia Gonzales Cabana, ello al haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias en el proceso N° 00710-200-0-2801 a favor de sus menor hijos, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de febrero del 2011 al mes de junio del 2015, y que ascienden a la suma de S/32.840.00 soles, siendo que mediante Resolución N° 29 de fecha 05 de mayo del 2016 que aprueba la liquidación de pensiones devengadas, de igual forma mediante Resolución Fue requerido debidamente para que pague el monto antes precisado..- FIRMADO. DR. ALFREDO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.Moquegua, 31 de marzo del 2017 (06-07-10 Abril) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 00460 -2016-49-2802-JRPE-01 JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS ALBERTO PALOMINO BARRANZUELA DIRECCION : Jr. Junín N° 301 - Ilo Se emplaza, notifica y cita al acusado FREDDY PERCA TARQUI con la RESOLUCIÓN N° 04 que DISPÓNE : SEÑALAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO DE LA MAÑANA CON DIEZ MINUTOS, en el Modulo penal de llo, sito en Jirón Junín 301, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable. SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley. TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del Aboga-

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La República

do Freddy Callalla Mamani responsable de la defensa del acusado se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referido, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (06, 07, 10 Abril). EDICTOS EDICTO Exp. No. 00091-2017-0-2801-JM-CI-02, ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, mediante resolutivo No 01 fecha siete de marzo de 2017 RESUELVE: Admitir a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por ELARD YOBANY SONCO CASTILLO, y YOVANNA ATAHUACHI MAMAN I, en representación de su menor hijo JOSE VALENTINO SONCO ATAHUACHI, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, solicitan se les autorice el cambio de nombre de JOSE por el de DANTE, señala fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día 28 de Abril del presente año a las 11.30 A.M. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 04 de Abril del 2017. Nélida Maquera Cuayla. Abogado. Reg. N° 353 C.A.M. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (10-11-12 Abril) EDICTO QUE, ANTE LA SUB GERENCIA DE INVESTIGACION Y DEPURACION , DE LA GERENCIA DE REGISTRO DE IDENTIFICACION DEL RENIEC, EL CIUDADANO IDENTIFICADO COMO NINA MENDOZA, EMILIO, CON DNI N° 04626232, HA SOLICITADO LA RECTIFICACION DE SU ESTADO CIVIL DE CASADO A SOLTERO, ARGUMENTANDO QUE NUNCA HA CONTRAIDO MATRIMONIO CIVIL CON NINGUNA PERSONA, LO CUAL SE PONE EN CONOCIMIENTO, A FIN DE QUIENES TENGAN MOTIVOS PARA OPONERSE PUEDAN MANIFESTARSE EN LA FORMA Y EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 74° DEL D.S. N°015-98-PCM. A CUYO EFECTO SE OFICIAR Y PUBLIQUESE EN EL DIARIO “LA REPUBLICA”, ASI COMO TAMBIEN EN EL DIARIO “EL PERUANO”. LIMA, 15 DE MARZO DEL 2017. (10 Abril). EDICTO Ante el primer Juzgado de Paz LetradoMariscal Nieto.- Juez Rojas Coronel Estefany.- Especialista: Yossely Lizeht Delgado Aquino.- Expediente: 00270-2012-0-2801-JPFC-01.- demandante, Melendez García Deysa Corina.-demandado: Choque Flores Pascual Bruno.- Abogado.- Jesus Yupanqui Ginez, con CAM 513.- se corre traslado por EDICTOS conforme la resolución N° 28 que resuelve (1) APROBAR la liquidación de pensiones alimenticias devengadas al periodo julio 2013 a abril 2016 ascendente la suma de veintisiete mil ciento setenta con 85/100 soles, (2) REQUERIR al demandado para que dentro del término del tercer día de notificada cumpla con efectuar el pago por concepto de pensiones alimenticias devengadas, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Publico, debiendo cumplirse con la publicación de ley.- Moquegua, 06 de abril del 2017.Autoriza la testigo actuario por vacaciones de la especialista.- 2da secretaria.- Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto.-

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Corte Superior de Justicia de Moquegua. Abog. Jesús Yupanqui Ginez CAM 512; Abog. Elizabeth Jimenez Calisaya. Testigo Actuario. (07-10-11 Abril). EDICTO Exp. N° 00414-2016-0-2801-JP-CI-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Testigo actuario Dra. ELIZABETH JIMENEZ CALIZAYA, solicitud de: EDGAR CESAR TICONA PARIPANCA, JULIA PARIPANCA VDA DE TICONA, solicitan: 1.- Se rectifique la ACTA de NACIMIENTO de EDGAR CESAR TICONA PARIPANCA inscrita en la Oficina de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial Mariscal de Nieto, que dice: PADRE: Manuel Ticona Gómez, debiendo figurar en lo sucesivo: Manuel Avelino Ticona Gómez. 2.-Se rectifique la ACTA DE DEFUNCION de Manuel Avelino Ticona Gómez inscrita en la Oficina de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Samegua-Moquegua, rubro DATOS DEL DIFUNTO: Manuel Avelino Ticona Gomez, debiendo figurar en lo sucesivo: Manuel Avelino Ticona Gomez. Rubro ESTADO CONYUGAL CON PARIPANCA DE TICONA JULIA, debiendo figurar en lo sucesivo: PARIPANCA TICONA DE TICONA JULIA. Se ha proveído: Admitir a trámite la solicitud presentada. El 19 junio 2017 a las 15.30 Horas, se realizara la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial. Se pone en conocimiento a los oponentes. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 06 abril 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N° 0040 C.A.M.; Elizabeth Jimenez Calisaya – Testigo Actuario. (07-10-11 Abril) EDICTO EXP. N°, 00778-2016-0-2801-JP-CI-02.- RECTIFICACION DE PARTIDA. ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO - FAMILIA DE MARISCAL NIETO - MOQUEGUA, QUE DESPACHA LA SEÑORITA JUEZA: ESTEFANY ROJAS CORONEL; ESPECIALISTA: KARINA PANTOS LINARES, DOÑA: AURELIA MARCELINA SOLEDAD DEL CARPIO ABRIL; DON: JUAN REYNALDO DEL CARPIO ABRIL; DON: LUÍS ANDRÉS DEL CARPIO ABRIL; DON: RONALD BAUTISTA DEL CARPIO ABRIL; DON: MARCELO VISITACION DEL CARPIO ABRIL; DOÑA: JULIA LELIA DEL CARPIO ABRIL; DON: RAÚL NICOMEDES DEL CARPIO ABRIL; DON: JOSÉ SALOMÓN DEL CARPIO ABRIL; Y DOÑA: JOVA MARCELA DEL CARPIO DE RODRÍGUEZ, SOLICITAN LA RECTIFICACION DE SUS PARTIDAS, DE NACIMIENTO RESPECTO, AL NOMBRE DE SU SEÑOR PADRE MARCELINO DEL CARPIO MEZA Y AL NOMBRE DE SU MADRE EULOGIA ABRIL BARRIGA, CONSIGNADOS EN SUS RESPECTIVAS PARTIDAS DE NACIMIENTO, PARA QUE FIGURE COMO MARCELINO MOISÉS DEL CARPIO MEZA Y EULOGIA GUILLERMINA ABRIL BARRIGA. MOQUEGUA, 03 DE MARZO DEL 2016. MOQUEGUA, 03 DE MARZO DEL 2016. Luis Delfín Bermejo Peralta. Abogado C.A.M. N° 179. Karina Pantos Linares. Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-10-11 Abril) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA ELSA GOMEZ MAMANI ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DOÑA CONCEPCIÓN MAMANI DE GOMEZ FALLECIDA EN MOQUEGUA, EL 11 DE OCTUBRE DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA

A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 31 DE MARZO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (10 ABRIL)

Lunes, 10 de abril del 2017

GISTRESE Y HAGASE SABER. . Moquegua, 05 de Abril del 2017. David. A. Calizaya – Reg. N° 006 C.A.M. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (07-10-11 Abril) REMATE

SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DON WILFREDO FREDY CENTELLAS HUMPIRE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA ANICETA HUMPIRE DE CENTELLAS FALLECIDA EN AREQUIPA EL 11 DE SETIEMBRE DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 06 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (10 ABRIL) SUCESION INTESTADA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO -FAMILIA CIVIL, SEDE NUEVO PALACIO - CSJ MOQUEGUA EXPEDIENTE 130-2017, ESPECIALISTA YOSSELY L. DELGADO AQUINO, EN PROCESO NO CONTENCIOSO DONA GABINA MAXIMILIANA QUISPE de SOSA SOLICITA LA SUCESION INTESTADA Y SE LE DECLARE HEREDERA DE SU DIFUNTO ESPOSO ISIDRO ISIDORO SOSA COAYLA FALLECIDO EL 20 DE MAYO DEL ANO 2,009, EN EL DISTRITO DE TORATA, CON LO QUE PUBLICO PARA LOS FINES DE LEY. AUTORIZA LA TESTIGO ACTUARIO QUE SUSCRIBE POR VACACIONES DE LA ESPECIALISTA JUDICIAL. Moquegua, 07 de Abril del 2017. Dr. Sixto A. Torres Agreda – Abogado CALL 2189; Abog. Elizabeth Jimenez Calisaya – Testigo Actuario (10 Abril) DECLARACION DE UN HECHO DECLARACION DE UNION DE HECHO Ante mí: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, el señor JORGE LUIS MALDONADO CARNERO y la señora LISSET DANITZA GONZALES SANCHEZ, solicitan la Declaración de Reconocimiento de Unión de Hecho entre ambos recurrentes. Se procede conforme a los Artículos 1 y 2 de la Ley 29560 y Ley 26662. Ilo, 06 de Abril del 2,017. (10 Abril). RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACION DE PARTIDA En el Expediente Nro. 00055-2017-0-2801-JMCI-02 y ante el Segundo Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha el Juez Dr. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, y como su especialista GABY NINA ESCOBAR, VICTOR CLAUDIO COSIO VILLA, solicita rectificar su partida de nacimiento, RESPECTO DE SUS DATOS EN LA MODALIDAD QUE SE ADICIONE UN PRIMER NOMBRE DE VICTOR Y SE ADICIONE Ml SEGUNDO APELLIDO DE VILLA, DEBIENDO FIGURAR EN LO SUCESIVO Y DE MANERA CORRECTA COMO VICTOR CLAUDIO COSIO VILLA, Se dispone se efectúen las publicaciones en el diario encargado de los avisos judiciales de esta ciudad, conforme a lo previsto en el artículo 168 del Código Procesal Civil. Se dispone el Juzgamiento Anticipado del Proceso, en razón de que la integridad de los medios probatorios ofrecidos son documentos, los que serán valorados al momento de resolver. En consecuencia se dispone el ingreso de LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR. RE-

PRIMER REMATE JUDICIAL En el Expediente No 00178 – 2015-0-2802-JPCI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dinero, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. Nº 103, en contra de Luis Alberto Calderón Galarza y Rosmery Meza Camacho; la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de ILO, Dra. Sheda Mendez Ancca y el Especialista Legal Dr. Vladimir Gianfranco Huisa Pichihua, mediante Resolución Nº 10 han ordenado y dispuesto llevar a cabo el Remate en Primera convocatoria, con la intervención del Martillero Público Ángel Rubén Arias Gallegos del inmueble que se detalla, BIEN INMUEBLE: Asentamiento Humano PROMUVI V Sector B Manzana 56 Lote 26, Distrito de Ilo, Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua ; el inmueble se encuentra inscrito en la Partida Registral N° P08013353 , Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. AFECTACIONES CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento 00004 – HIPOTECA COMUN – A favor de la EDPYME CREAR TACNA, hasta por la suma de US$. 850.00 en garantía de un Crédito por la suma de S/. 1,000.00 con el interés compensatorios de 4,2% mensual y Moratorio de 0.63% mensual, plazo 12 meses otorgado por la EDPYME a los propietarios, según consta del Contrato Privado del 24/05/2002 por Notaría María Lourdes Tapia de Centty. Valor de Tasación Es de S/ 48,033.00 (Cuarenta y Ocho Mil Treinta y Tres con 00/100 Soles). El Precio Base para el Primer Remate es de S/ 32,022.00 (Treinta y Dos Mil Veintidós con 00/100 Soles). LUGAR DEL REMATE: La Diligencia se realizará el día 25 de ABRIL del 2017 a Horas: 15.00 p.m., en el frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado Sede Ilo, sito en Calle Matará Nº 325 Ilo. POSTORES: Deberán: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. Ilo , 07 de Abril 2017. (10, 11, 12, 17, 18, 19 Abril). REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra RAUL ANTONIO GUZMAN RAMIREZ y SANDRA VANESSA CARDEÑA CHERREZ, sobre ejecución de garantías, Expediente N° 0014-2015-0-2802-JM-CI-02, sobre ejecución de garantías, Expediente N°00014-2015-0-2802-JM-CI-02, el Juzgado Mixto de Ilo, a cargo del Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco y Especialista Legal. Dra. Judith

Gallegos Ramos, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Pasaje I Mz. G, Lote 19, Urbanización Pro Vivienda 7 de Mayo. Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N°05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N°XIII Sede Ilo. El bien ha sido valorizado en US $ 118,328.49 (CIENTO DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 49/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de US$78.885.66 (SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 66/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/.310,761 10 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/75.000.00 sobre los derechos expectaticios que le correspondan a Raúl Antonio Guzman Ramiréz, ordenando con motivo del Exp. 457-2014 seguido ante el Juzgado Mixto de Ilo: Inscritos en los asientos D00007 Y D00008 de la Partida 05003306 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo, respectivamente. El remate se realizará el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS CUATRO Y QUINCE DE LA TARDE. En el local del Juzgado ubicado en calle Matará N°325, segundo piso, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez con Registro N°224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US $11,832.85 (ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 85/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente. Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelado al finalizar el remate. Ilo, 22 de marzo del 2017. Abraham Mariñas Sanchez. Martillero Público o Nivel Nacional. Registro N° 224. Abg. Judith Magali Gallegos Ramos. Secretaria Judicial. 1ra Secretaria – Juzgado Mixto de Ilo. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (03-04-0506-07-10 Abril) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Expediente N° 00007-2013-13-2801-JRPE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 00007-2013-13-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Delvis Arpasi Torres, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales YRAC Rep. por su madre Lourdes Nora Cutipa Cutipa; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a DELVIS ARPASI TORRES, con la resolución número 07 de fecha cuatro de abril del dos mil diecisiete, mediante la cual SE CITA para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS para la realización de la AUDIENCIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA – REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA en el Despacho del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito

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en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. NOTIFÍQUESE al sentenciado en sus domicilios reales ubicados en Jr. Las torres D 5 Lote 10 Cesar Vallejo Juliaca- San Roman- Puno (según ficha RENIEC), Calle Tarapaca N° 1035 Urb Vigil Tacna (según consulta ESSALUD), procesal y vía edictos, con la asistencia obligatoria de la representante del Ministerio Público y el abogado del sentenciado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada del representante del Ministerio Público, de comunicarse al Órgano de Control de Ministerio Público y en cuanto al abogado defensor del sentenciado, en caso de inasistencia, de imponérsele MULTA ascendiente a 02 Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner de conocimiento de su Colegio Profesional y comunicar a su superior, Se deja constancia que la presente audiencia se fija para esta fecha debido a que se tiene que notificar al sentenciado a las ciudades de Tacna, puno y vía edictos.- FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 04 de abril del 2017. (1011-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00248-2017-56-2801-JRPE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don WILMER DEMETRIO MONTES, identificado con DNI Nº 29296952, de sexo masculino, nacido el 21 de noviembre de 1958, de 58 años, estado civil casado, natural de Arequipa, hijo de Eugenia, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Armando Jesús Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017. (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00297-2017-12-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don JENRRY ABEL CUAYLA MAMANI, identificado con DNI Nº 40636719, de sexo masculino, nacido el 17 de octubre de 1979, de 36 años, soltero, natural de Moquegua, hijo de Pascual y Francisca, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder

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a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017. (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00246-2017-29-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don WILVER MANZANO PACHO, identificado con DNI Nº 42032523, de sexo masculino, nacido el 08 de octubre de 1983, de 33 años, natural de Chucuito – Puno, de estado civil soltero, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Aurelio y Rosa, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017 (1011-12 Abril) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00026-2017-0-2801-JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto; NOTIFICAR VIA EDICTOS; 1) al imputado Ruben Dario Mamani Miranda, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución número tres de fecha trece de marzo del dos mil diecisiete, SE DISPONE señalar como nueva fecha para la realización del juicio oral para el VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO HORAS CON QUINCE MINUTOS (08:15) la que se llevara en el despacho de este Juzgado. Moquegua, 22 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Edwin Valencia Sanchez, Se-

cretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. . (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00127-2017-0-2801 -JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. El Senor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto mediante resolución número tres. NOTIFICAR VIA EDICTOS; 1) a la agraviada SANTINA DORIS RAMOS NINA; 2) al imputado OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE, por el medio del cual se les comunica que mediante resolución uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE CITAR A JUICIO a la parte imputada Oscar Cirilo Asencio Arce por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de Santina Doris Ramos Nina. Asimismo se ha dispuesto mediante resolución número tres de fecha veinte de marzo del dos mil diecisiete, SE DISPONE señalar como nueva fecha para la realización del juicio oral para el UNO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS, la que se llevara en el despacho de este Juzgado. subsistiendo los apercibimientos decretados en la resolución número uno en caso de inasistencia de la parte imputada (disponer su comparecencia por medio de la fuerza pública) y parte agraviada (disponer la conclusión del proceso por desistimiento tácito). Moquegua, 23 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-11-12 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0214-2017-0-2801-JR-PE-02. PRIMER JUZGADO DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº 214-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra Matium Leonel Mamani Becerra, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales L.M.L.M.V.. representados por Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución S/N del día de la fecha, NOTIFIQUESE por Edictos a MATIUM LEONEL MAMANI BECERRA, con la resolución número S/N de fecha 31 de marzo del 2017, mediante la cual se RESUELVE: Estando a lo informado por la Especialista Legal y representante del Ministerio Público, en relación al domicilio del imputado, que únicamente cuenta con el domicilio consignado en la ficha RENIEC esto es Asentamiento Humano Estrellas Simon Bolivar Mz H Lt-17 Puente Piedra- Lima- Lima, sin embargo a merecido devolución por parte de la central de notificaciones indicando que la dirección no existe o es inexacta en ese sentido a efecto de garantizar el derecho de defensa y el debido emplazamiento a la parte imputada, habiendo producido la devolución de la cedula de notificación para la realización de la presente audiencia siendo el motivo de la misma consignados datos errados y verificándose que es el mismo domicilio que obra en su ficha RENIEC del imputado, desconociéndose alguna otra dirección domiciliaria donde se le pueda notificar la realización de la presente Audiencia de Incoación a Proceso Inmediato, razones por las cuales renovar la notificación al cita-

do domicilio seria inoficioso, no obstante a efecto de garantizar su derecho de defensa, el debido proceso este despacho DISPONE: 1) Que la notificación de la presente Audiencia se realice mediante Publicación de Edictos en el diario oficial, para lo cual secretaria de despacho realizara las notificaciones respectivas, además deberá oficiarse a la Defensa Pública, para que concurra a la realización de la presente audiencia, esto es 2) Se REPROGRAMA de la presente audiencia para el día ONCE DE ABRIL del año en curso, a las NUEVE HORAS, Sala de Audiencias N° 003; así como un Extracto del Requerimiento de Incoación a Proceso Inmediato Que, de conformidad con lo establecido en los artículo 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Matium Leonel Mamani Becerra, por delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código penal en agravio del menor de iniciales L.M.L.M.V. representada por su progenitora Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro., ello al haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias en el proceso N° 00413-2011-0-2801 a favor de su menor hijo, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de junio del 2012 al mes de diciembre del 2014, y que ascienden a la suma de S/9344.39 soles, siendo que mediante Resolución N° 20 de fecha 18 de marzo del 2015 que aprueba la liquidación de pensiones devengadas, de igual forma mediante Resolución Fue requerido debidamente para que pague el monto antes precisado..- FIRMADO. DR. ALFREDO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 31 de marzo del 2017. (07-10-11 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0277-2017-0-2801-JR-PE-02. PRIMER JUZGADO DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº 0277-2016-28-2801-JR-PE-02, seguida en contra Juan Victor Briceño Mamani, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales S.G.B.G. O.M.B.G. y M.D.C.X.B.G. representados por Elody Plamenia Gonzales Cabana; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución N° 002 del día de la fecha, NOTIFIQUESE por Edictos a JUAN VICTOR BRICEÑO MAMANI, con la resolución número 02 de fecha 31 de marzo del 2017, mediante la cual se resuelve: Siendo que mediante acta de audiencia de fecha 23 de marzo del 2017, se reprogramo la misma para el día y hora de fecha disponiéndose la notificación al sentenciado Juan Victor Briceño Mamani, en el domicilio indicado por el represéntate del Ministerio Público esto es Ilabaya S/N- Provincia de Jorge Basadre, Tacna, conforme a su ficha RENIEC, no obstante la cédula que ha sido generada a dicho domicilio a merecido devolución por la central de notificaciones Tacna, donde indica que el domicilio es impreciso, requiriera adjuntar croquis, además que preguntado por el destinatario no lo conocen y que ante esta eventualidad no teniendo el Ministerio Público mayores datos a efecto de generar o efectuar una notificación al domicilio que nos ha indicado y a efecto de garantizar el derecho del debido proceso

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y derecho de defensa. 1) Se REPROGRAMA de la presente audiencia a efecto de que se puedan recabar las respectivas notificaciones por EDICTOS para el día ONCE DE ABRIL del año en curso, a las DIEZ HORAS, Sala de Audiencias N° 003 2) Se DISPONE la notificación vía edictos al investigado Juan Victor Briceño Mamani, así como un Extracto del Requerimiento de Incoación a Proceso Inmediato Que, de conformidad con lo establecido en los artículo 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contrade JUAN VICTOR BRICEÑO MAMANI, por el delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código penal en agravio los menores de iniciales S.G.B.G. O.M.B.G. y M.D.C.X.B.G. representados por Elody Plamenia Gonzales Cabana, ello al haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias en el proceso N° 00710-200-0-2801 a favor de sus menor hijos, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de febrero del 2011 al mes de junio del 2015, y que ascienden a la suma de S/32.840.00 soles, siendo que mediante Resolución N° 29 de fecha 05 de mayo del 2016 que aprueba la liquidación de pensiones devengadas, de igual forma mediante Resolución Fue requerido debidamente para que pague el monto antes precisado..- FIRMADO. DR. ALFREDO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.Moquegua, 31 de marzo del 2017 (06-07-10 Abril) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 00460 -2016-49-2802-JRPE-01 JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA: Abog. LUIS ALBERTO PALOMINO BARRANZUELA DIRECCION : Jr. Junín N° 301 - Ilo Se emplaza, notifica y cita al acusado FREDDY PERCA TARQUI con la RESOLUCIÓN N° 04 que DISPÓNE : SEÑALAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE, A LAS OCHO DE LA MAÑANA CON DIEZ MINUTOS, en el Modulo penal de llo, sito en Jirón Junín 301, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable. SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley. TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del Abogado Freddy Callalla Mamani responsable de la defensa del acusado se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referido, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (06, 07, 10 Abril).

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA EDICTO

Moquegua, 03 de abril de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de abril del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Juzgado de Paz Letrado Laboral de Ilo

Día

Hora de Inicio

Viernes 21

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE MOQUEGUA

Abog. MARIA DEL PILAR HIDALGO SALAS ASISTENTE JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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