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el apellido materno, registrándolo únicamente como “EDUARDO. CHAPARRO” cuando lo correcto debe ser “EDUARDO CHAPARRO. HUALLPAYUNCA”. De igual forma en los datos de su señora .... Declaración Jurada efectuada por Kent Ramiro Meza Bonilla de no existir proceso pendiente de divorcio ni reconocimiento ...
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 11 de diciembre del 2015

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba que despacha la Dra. Silvia Cecilia Usca Medina y bajo la actuación del Especialista Legal Wilfredo Solaligue Obregón, JUAN ANTONI YAÑAC LOAIZA viene siguiendo el Proceso Civil 347-2015 sobre Rectificación de Partida de nacimiento, quien manifiesta: que existe errores en su partida como la fecha de nacimiento registrado como 09 de febrero de 1995 cuando lo correcto es 11 de marzo de 1995, su segundo nombre de pila se halla registrado como Anthoni cundo lo correcto es Antoni, su apellido materno se halla registrado con enmendaduras como Loayza cuando lo correcto es Loaiza, la fecha de inscripción de la partida de nacimiento como 08 de marzo de 1995 cuando lo correcto es 08 de abril de 1995 y existe una enmendadura sobrepuesta en el año de inscripción en letras debiendo ser lo correcto noventa y cinco. Se publica para los fines de ley. Urubamba diciembre del 2015. (11, DIC) AVISO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Pisac - Calca, Despachado por la Dr. WILBER ABARCA QUISPE bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado EDWIN CUENTAS CHACON se tramita la causa No 121-2015 seguida por SAMUEL SANTIAGO SALAS ALARCON sobre Sucesión Intestada del que en vida fue MANUEL JESUS AMPUERO MORA, fallecido en distrito de San Salvador - Calca el 06 de marzo del 2011, solicitando se el declara como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a su poderdante APOLINAR FLORES AMPUERO sobrino del causante; lo que se publica para fines consiguientes. Pisac, 09 de Diciembre del 2015. (11, DIC) EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA.- Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Que, despacha la Señora Juez Dra.: GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda; la Señora LINNE NARDA RODRIGUEZ RODRIGUEZ apoderada de su señor padre don CLIMACO RODRIGUEZ VARA, viene solicitando la SUCESION INTESTADA de la que en vida fue su cónyuge de su poderdante Clotilde Giraldo Escobar, fallecida el 11 de Julio de año 2015, publicación que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al Proceso Civil Nro. 01792-2015-0-1001 -JP-C1-01 a ejercer su derecho. Cusco, 03 de Noviembre del 2015. (11, DIC) AVISO JUDICIAL NO CONTENCIOSO SUCESION INTESTADA Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 2015- 00328, por Resolución No. 01 del 16 de noviembre del año dos mil quince, la señora juez titular Marianella Cárdenas Villanueva, ha dispuesto la publicación del extracto de la solicitud admitida e interpuesta por SEFERINA SARMIENTO QUINTE VIUDA DE POZO sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue don SEBASTIAN POZO MARTINEZ fallecido en esta ciudad el dia 21 de mayo del 2015 lo que se publica por única vez y para fines de que las personas que tengan interés sucesorio se apersonen al proceso. San Sebastián, 10 de diciembre del 2015. (11, DIC) EDICTO JUDICIAL En el proceso civil N° 01893-2015-0-1001 -JR-CI-04, seguido por Guillermo Vigil Pilares sobre Supresión de Nombre, tramitado ante el Juzgado Civil Transitorio, se ha dispuesto la publicación del extracto de la Resolución N° 02 del 22-10-2015: “SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GUILLERMO VIGIL PILARES, con CITACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre CAMBIO DE NOMBRE, CONSISTENTE EN LA SUPRESIÓN DEL SEGUNDO PRONOMBRE DE “SALVADOR” DEBIENDO QUEDAR GUILLERMO VIGIL PILARES; en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO, con-

fiérase traslado al citado por el término de CINCO DIAS.-(...)”H.S. Juez Fanny Lupe Pérez Carlos. Sec. Juan. S. Callañaupa. Cusco, 09 de diciembre del 2015. (11, 14, 15, DIC) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, dirección Juez Luis Joel Peña Mendoza la Secretaria Isabel Rojas Pino, se tramita el Proceso Nro. 100-2015 Prestación De Alimentos seguido por Eusebiana Qquecho Lezama representando a la menor Marianela Pacheco Qquecho, contra Erasmo Pacheco Huamanttica, de quien se desconoce su domicilio notificándolo mediante edictos el auto admisorio.- San Jerónimo 28 abril 2015 Proceso ÚNICO, concediendo cinco días para absolución, apercibimiento de declararlo rebelde.- Fdo Juez Luis Joel Peña Mendoza.- secretaria Isabel Rojas Pino. (11, 14, 15, DIC) EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 361-2015-CI seguido por YOLANDA ALLAUCA DAVALOS sobre SUCESIÓN INTESTADA de QVF Tomas Allauca Poblete, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- San Jerónimo, 09-12-2015. (11, 14, 15, DIC) EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 00219-2015-0-1010-JM-CI-Ol; se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA interpuesta por: Rubén Camero Olivares, sobre: Declaración de Propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio del Bien Mueble (Vehículo Motorizado Usado Station Wagón), contra: Benigno Lines Sánchez y otro; en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en cuya virtud CÓRRASE traslado de la demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DÍAS. TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican, los cuales serán admitidos o rechazados en su oportunidad, y PUBLIQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece 506° de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Sri Radha Castro Mellado. Quillabamba, 26 de octubre del año 2015. (11, 17, 23, DIC) EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 02545-2015, sobre RECTIFICACION DE BASE DE DATOS DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, solicitado por PASCUAL MONTALVO SAICO, a fin de que se rectifiquen los errores incurridos al momento de inscribirse sus datos ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: 1) En el rubro de su estado civil se ha consignado como “CASADO” cuando lo correcto es “SOLTERO”; 2) En el rubro de la fecha de su nacimiento se ha consignado “12 de mayo de 1944”, cuando lo correcto es “17 de mayo de 1944”. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 09 de diciembre de 2015. (11, DIC) EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 1972-2015-0-1001-JP-CI -02 solicitada por Obdulia Rudecinda Rios Angulo sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue María Edelmira Rios Angulo, fallecida el 09 de noviembre del 2012 en esta ciudad, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 02 de octubre del 2015. (11, DIC) SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó la Sra. ELENA PANDO DE

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HUILLCA, identificada con DNI. N° 23870023; solicitando la Sucesión Intestada de Q.E.V.F. Sr. JUSTO HUILLCA QUISPE, fallecido el día catorce de julio de dos mil quince, y siendo el último domicilio del causante el inmueble ubicado en la Urbanización Progreso, Avenida Túpac Amaru P-5, Parte Baja, del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley .Cusco, 14 de octubre de 2015. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON. NOTARIO DEL CUSCO – CALLE BELEN N° 307 CUSCO(11, DIC)

vía y ante Juez competente. RESOLUCIÓN NRQ.6L- Cusco, seis de Julio del año dos mil quince.- AUTORÍCESE la notificación a la sucesión de quien en vida fue EMILIA CASAPERALTA YAÑEZ VDA. DE VASQUEZ; en consecuencia PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución de forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil.- (...).H.S.. .- firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal.- Cusco, 09 de diciembre del 2015.- (11, 17, 23 DIC)

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 02668-2015, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por SIMON CHAPARRO DAZA, a fin de que se rectifique los errores materiales en que se ha incurrido al momento de inscribir su partida de nacimiento, ante el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: Se ha consignado en forma incompleta los nombres de sus progenitores, puesto que en los datos de su señor padre se ha omitido consignar el apellido materno, registrándolo únicamente como “EDUARDO CHAPARRO” cuando lo correcto debe ser “EDUARDO CHAPARRO HUALLPAYUNCA”. De igual forma en los datos de su señora madre se ha omitido consignar el apellido materno, inscribiéndola como “CAYETANA DAZA”, cuando lo correcto debe ser “CAYETANA DAZA QUISPE”. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 09 de diciembre de 2015. (11, DIC)

EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 4 60 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A: HEREDEROS LEGALES DE TEOFILO GUZMAN Y GUZMAN: SONIA JANETTE, FANY LIDIA, TEOFILO VICTOR, JUAN NERIO Y MI RIAN MERCEDES GUZMAN CASTILLO, MARUJA DUEÑAS MEZA DE MEJIA, LUZ JOSEFINA ZUÑIGA LAZO DE PE JO VEZ, SUCESIÓN HEREDITARIA DE VICENTE ZAPATA OBLEA Y FRANCISCA FERNANDEZ MAMANI, YEISSON SERGIO HUAMAN ZAPATA, ASUNTA ACHIRCANO ALATA. EN LOS SEGUIDOS POR: GIOVANNI WILBERT LUNA MENDIVIL Y ROXANA JARA LINARES, SOBRE DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE N° 05 DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA RESIDENCIAL EL ROBLE, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, QUE CUENTA CON UN ^ÁREA DE 121.95 M2 Y UN PERÍMETRO DE 45.31 ML., CUYA RESOLUCIÓN QUE ADMITE A TRÁMITE ES: RES. N°.01/CUSCO, 05 DE OCTUBRE DE 2015, EXP. N°130-2015-NPB, POR ESTAR COMPRENDIDO DENTRO DE LA LEY 27157 ‘* 2t7333, Y EN APLICACIÓN DEL INC. 1° DEL ART. 505 DEL C.P.C. CONVÓQUESE A’ TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO, 05 DE OCTUBRE DE 2015. (11, 14, 15, DICIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Acomayo, que despacha el Señor Juez Dr. HUGO HERNAN PARRA VILLAFUERTE, y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abogado Cinthya B. Antezana Zubizarreta; el señor EPIFANIO ILLACANCHI TINTA viene solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fue su padre PABLO YLLACANCHI QUISPE, fallecido el 03 de enero del 2013, publicación que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al Proceso Civil Nro. 00029-2015-0-1003-JP-CI-01, a ejercer su derecho. Acomayo, 09 de diciembre del 2015. (11, DIC) EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO A LA SUCESIÓN DE EMILIA CASAPERALTA YAÑEZ VDA. DE VASQUEZ. En el Proceso Civil Nro. EXPEDIENTE: G33ÓO-2009-0-1ÜOLJR-CI-04, seguida por URIETA ANTONIA CAMPO VASQUEZ Y OTROS, sobre DIVISION Y PARTICIÓN DE BIENES, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguiente: SENTENCIA.- RESOLUCIÓN N° 24.- CUSCO, DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.- VISTOS (...) Y CONSIDERANDO (...) Por los fundamentos expuestos, con criterio de conciencia e impartiendo Justicia a nombre de la Nación, el Magistrado del Cuarto juzgado Civil del Cusco: RESUELVE; 1. Declarar FUNDADA la demanda de División y Partición, presentada por Emilia, Peralta Yañez. Por tanto: Dispongo que el bien inmueble ubicado en Utb. Tahuanrinsuyo, Calle Túpac Yupanqui N° 335 del Distrito. Provincia y Departamento de Cusco, que tiene un atea matriz de 470.89 metros cuadrados y un perímetro de 86.80 metros lineales. Inscrito en la partida N° 02090777 del Registro a la propiedad Inmueble de la Oficina de Registros Públicos de Cusco. Conforme a la siguiente distribución. l.Para Emilia Casaperalta Yáñez el 16.67 por ciento de derechos y acciones. 78.50 m2. 2. Para Gloria Casaperalta Sequeiros el 16.67 por ciento de derechos y acciones. 78.5 m2. 3. Para la Sucesión de Jorge Casaperalta Sequeiros el 16.67 por ciento de derechos y acciones. 78.5 rrs2. 4. La sucesión de Consuelo Sequeiros Escalante el 50 por ciento de derechos y acciones. 235.44 m2. 2, IMPROCEDENTE, la demanda reconvencional presentada por Gloria Casaperalta Sequeiros, dejando a salvo su derecho para que lo interponga en la

EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°4 60 DE ESTA CIUDAD: GIOVANNI WILBERT LUNA MENDIVIL Y ROXANA JARA LINARES, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE N° 05 DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA RESIDENCIAL EL ROBLE, DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO y DEL CUSCO CON UN ÁREA DE 121.95 M2 Y UN PERÍMETRO DE 45.31 ML., CON HISTORIAL, REGISTRAL EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11001543,. EN LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO; CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO, 05 DE OCTUBRE DE 2015. (11, 17, 23 DIC) EDICTO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCÍA, UBICADA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200, DE ESTA CIUDAD, EL SEÑOR: HEBER DARWIN GUTIERREZ VALLEJO, SOLICITA EN LA VÍA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE SIGNADO CON EL N° R-6 UBICADO EN EL JIRÓN QUIQUIJANA DE LA URBANIZACIÓN PROGRESO - PARTE ALTA, DEL DISTRITO WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; INMUEBLE QUE TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: ÁREA: 160.00 M2; ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LÍNDEROS: POR EL NORTE: CON EL LOTE R-7, DE PROPIEDAD DE LA SRA. ROSA MAMANI MAQUERA, CON 16.00 ML; POR EL SUR: CON EL LOTE R-5, DE PROPIEDAD DEL SR. HIPÓLITO MAMANI H., CON 16.00 ML; POR EL ESTE: CON EL JR. QUIQUIJANA, CON 10.00 ML Y POR EL OESTE: CON EL LOTE R-3, DE PROPIEDAD DEL SR. ESTANISLAO CHACCO YEPEZ, CON 10.00 ML; QUE ENCIERRA UN PERÍMETRO TOTAL DE: 52.00 ML, LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY.- CUSCO, VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE.- NÉSTOR AVENDAÑO G. - NOTARIO -ABOGADO. (11, 17, 23, DICIEMBRE)

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EDICTO JUDICIAL.- POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS –SICUANI, A CARGO DEL SEÑOR MAGISTRADO EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMINGUEZ, CON LA ACTUACIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL PAUL CÉSAR IDME UMPIRI EN EL EXPEDIENTE N° 00276-2015-0-1007-JM-CI-02. RICARDINA CHURA DE TTITO, INTERPONE DEMANDA SOBRE DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA: EL JUZGADO HA EMITIDO LA RESOLUCIÓN N° 02. DE FECHA 19 DE OCTUBRE DE 2015, CUYO EXTRACTO DE LA PARTE RESOLUTIVA ES EL SIGUIENTE: “SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por RICARDINA CHURA DE TTITO, sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA, con emplazamiento de RICARDO TTITO HUAYHUA, con citación de YOLANDA TTITO CHURA, ROSALIA TTITO CHURA, BENEDICTO TTITO CHURA y ANTONIA TTITO CHURA, 2. TRAMÍTESE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. 3. NOTIFÍQUESE al emplazado mediante edictos judiciales con el extracto de la presente resolución por tres días consecutivos en el diario oficial “El Peruano” a nivel nacional y en los diarios judiciales regionales de Cusco y Madre de Dios. 4. NOTIFÍQUESE a los citados Yolanda Ttito Chura, Rosalia Ttito Chura, Benedicto Ttito Chura y Antonia Ttito Chura con la solicitud, anexos subsanación y resolución admisoria, para lo cual cumpla la solicitante con acreditar documentadamente las direcciones domiciliarias de los citados, copias de los actuados pertinentes, derechos de notificaciones judiciales y arancel judicial por concepto de exhorto dentro y fuera del distrito judicial si corresponde. 5. Respecto de la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, señálese en su oportunidad...” LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.SICUANI, 09 DE NOVIEMBRE DE 2015.- PAUL CESAR IDME UMPIRE.Secretario Judicial.- (10, 11, DIC) EDICTO JUDICIAL En el Expediente NB: 00107-2015-0-1001-SP-CI-Ol, que se viene tramitando ante la Sala Civil del Cusco, seguido por MEZA BONILLA, KENT RAMIRO contra CIT MINISTERIO PUBLICO sobre EXEQUATUR, se dispuso la NOTIFICACION DE EDICTOS JUDICIALES A LA EMPLAZADA POR DESCONOCIMIENTO DE SU DOMICILIO, con la siguiente Resolución Ns 04 Cusco, 12 de Noviembre de 2015. I. VISTOS: los autos para emitir la resolución final, se tiene de la solicitud inserta de la página veinticuatro al veintisiete, subsanada mediante escrito inserta en la página treinta y seis, presentada por don Kent Ramiro Meza Bonilla, acompañando los recaudos de ley y medios probatorios correspondientes, en la que solicita ante la Sala Civil, el reconocimiento de la resolución expedida en el extranjero, consistente en una sentencia de divorcio a efecto de que tenga pleno reconocimiento y eficacia en nuestro país, con los fundamentos de hecho y derecho que ella contiene, la que admitida a trámite por resolución inserta en la página treinta y siete a treinta y ocho, de fecha veintitrés de Julio de dos mil quince notificada a las partes conforme a ley, llevándose a cabo la diligencia de actuación y declaración judicial de acuerdo al mandato contenido en la resolución número tres, siendo su estado el de emitirse la presente resolución final; En mérito a los siguientes, II. FUNDAMENTOS: PRIMERO.- El procedimiento judicial no contencioso para la homologación de las sentencias dictadas en países extranjeros, tiene la finalidad de otorgar firmeza ejecutiva en el Perú al fallo pronunciado en el extranjero, evitando la duplicidad de pronunciamientos judiciales, en su virtud, la autoridad judicial nacional se limita a reconocer fuerza ejecutiva al referido acto resolutivo, siempre y cuando concurran los presupuestos de ley. SEGUNDO.- El solicitante don Kent Ramiro Meza Bonilla, al recurrir a este Órgano Jurisdiccional pretende el reconocimiento de la sentencia de divorcio de fecha diecinueve de Diciembre de dos mil doce, expedida por el Tribunal del Distrito Condado de NYE. NEVADA del País de Estados Unidos. TERCERO.- Para fundamentar su solicitud el solicitante adjunta como medios probatorios los siguientes: 1. Copia certificada del Acta de Matrimonio celebrada ante la Municipalidad Distrital de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco (pág. 6)2. Traducción oficial de la carta rogatoria de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil doce sobre la sentencia de separación convencional (pág. 7 al 21). 3. Declaración Jurada efectuada por Kent Ramiro Meza Bonilla de no existir proceso pendiente de divorcio ni reconocimiento de resolución expedida en el país (pág. 33). CUARTO.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo N° 838 del Código Procesal Civil, se asigna la carga de la prueba negativa de reciprocidad respecto de

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la fuerza que se da en el extranjero a las sentencias o laudos pronunciados en el Perú a quien niegue tal reciprocidad; no se exige al justiciable que alegue la reciprocidad del ofrecimiento de medio probatorio alguno, por concederle el ordenamiento legal a la existencia de aquella el carácter de presunción en el curso del proceso tramitado en la vía no contenciosa y bajo el imperio de la norma legal contenida en el artículo 754 del referido Código, por cuya razón no se ha impugnado el principio de reciprocidad resultando por tanto procedente amparar la solicitud. Por estos fundamentos y constatada la concurrencia de los requisitos necesarios para amparar la solicitud de autos, administrando justicia a nombre de la Nación conforme establece el artículo 138° de la Constitución Política del Perú, ésta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco: RESOLVIERON: Declarar FUNDADA la solicitud presentada por don KENT RAMIRO MEZA BONILLA, sobre reconocimiento de sentencia de divorcio expedida en el extranjero, en consecuencia, DECLARARON que tiene fuerza legal en el Perú, el certificado de sentencia de divorcio de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil doce, expedida por el Tribunal del Distrito de Condado de NYE-NEVADA DEL País de Estados Unidos, el que declara disuelto el matrimonio existente entre don KENT RAMIRO MEZA BONILLA y ROMINA PAULA MAC DOUGALL PEREYRA. DISPUSIERON que consentida y ejecutoriada sea la presente resolución se remitan los partes correspondientes al Registro Nacional de Identidad y Estado Civil - RENIEC, a la Zona Registral No. X - Sede Cusco, para su inscripción en el Registro Personal, al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, al Consulado General del Perú en Estados Unidos, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, para los fines legales consiguientes. Tómese Razón y Hágase Saber.- firma completa de los Señores Jueces Superiores: S.S. PINARES SILVA.-FERNANDEZ ECHEA.-DELGADO AYBAR.- ante mí de lo que doy fe: Berenice Mostajo Lazo- Secretaria de Sala. (09, 10,11 DIC) EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BÜSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°4 60 DE ESTA CIUDAD: GIOVANNI WILBERT LUNA MENDIVIL Y ROXANA JARA LINARES, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE N° 05 DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA RESIDENCIAL EL ROBLE, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CON UN ÁREA DE 121.95 M2 Y UN PERÍMETRO DE 45.31 ML., CON HISTORIAL REGISTRAL EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11001543, EN LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO; CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. CUSCO, 05 DE OCTUBRE DE 2015. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON ABOGADO NOTARIO (07, 11, 17 DIC) EDICTO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE INMUEBLE ANTE MI DESPACHO NOTARIAL UBICADO EN JIRÓN MARIANO MELGAR N° 113 DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA DE QUISPICANCHI Y DEPARTAMENTO Y REGION DEL CUSCO, SE PRESENTÓ EL SEÑOR CLIMACO YUNGURI ZARATE, CON DNI N° 25180040, SOLICITANDO SE LE DECLARE PROPIETARIO POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE, UBICADO EN: LOTE 01, MANZANA C, UBICADO EN EL CENTRO POBLADO DE ANDAHUAYLILLAS, DISTRITO DE ANDAHUAYLILLAS, PROVINCIA DE QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DE CUSCO, AREA: 122.03 M2, PERIMETRO: 45.58 M, LINDEROS:POR EL FRENTE: COLINDA EN LA CALLE CUSCO, EN LÍNEA QUEBRADA DE 10.58 M. POR LA DERECHA ENTRANDO: COLINDA CON LA CALLE ARICA, EN LÍNEA RECTA DE 12.70 M. POR LA IZQUIERDA ENTRANDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE FRANCISCO PUCHO PARI, EN LÍNEA RECTA DE 14.85 M. POR EL FONDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE FORTUNATO ESPINO MACHACA, EN LÍNEA RECTA DE 7.45 M. COORDENADAS DE UBICACION UTM:

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CUYO DERECHO DE PROPIEDAD SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N” 02029601, REGISTRO DE PREDIOS, REGISTROS PÚBLICOS DE CUSCO. INDICANDO QUE ES POSEEDOR DEL INMUEBLE POR MÁS DE 2 3 AÑOS CON JUSTO TfTULO. LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO, PARA LOS FINES DE LEY. URCOS, 23 DE NOVIEMBRE DEL 2015. {30 NOV, 04, 11 DIC) EDICTOS PENALES EDICTO PENAL El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Canchis, Julio Cesar Céspedes Murillo, en el Proceso Penal N° 00092-2014-0-1007-JR-PE-O1: seguido contra PERCY VASQUEZ TAIRO, por la comisión del delito de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio del MINISTERIO PUBLICO., bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Edwin Efraín Sara Poccohuanca, ha resuelto comunicar al imputado PERCY VASQUEZ TAIRO con el tenor la resolución N° 01 de fecha 17 de marzo del 2014 y extracto de acusación fiscal¬ RESOLUCIÓN N° 05 Sicuani seis de noviembre Del año dos mil quince PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. SE RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA la presente cesión de audiencia por inconcurrencia injustificada de la defensa técnica del acusado Percy Vásquez Tayro 2.- EXCLUYASE de forma definitiva del presente proceso al letrado Luis German Araoz Fernández a quien se le impone la sanción de amonestación para cuyo fin una vez quede consentida la presente resolución se cursen los oficios a la Presidencia De La Corte Superior De Justicia De Cusco y al Colegio De Abogados Del Cusco poniendo en conocimiento la sanción impuesta a dicho letrado para que tomen las acciones correspondientes, debiendo notificarse con la presente resolución a dicho letrado a su domicilio procesal señalado en autos 3.- OTORGAR el plazo de 24 horas al imputado Percy Vásquez Tayro, para que cumpla con designar al abogado de su libre elección sin perjuicio de cursarse el oficio correspondiente a la coordinación de defensa publica de esta sede Sicuani para que designen un abogado defensor público que asuma la defensa de dicho imputado conforme al Art. 85.2 parte final del nuevo código procesal penal. 4.- REALlCENSE las publicaciones por edictos para la notificación del imputado conforme a ley 5.- REPROGRÁMESE la presente audiencia para ser llevada a cabo en fecha SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA: quedando notificado en este acto de audiencia el señor representante del Ministerio Publico y debiendo cursarse las notificaciones correspondientes conforme lo ordenado por el órgano jurisdiccional.¬ (09, 10, 11 DICIEMBRE) EDICTO PENAL SEÑOR: RONALD CUMPA CERVANTES La señora juez del Cuarto juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Nuñez Oriehula, en el proceso Nro 1327-2015-0-1001-JRPE-04; seguido contra el referido imputado, por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales J.R.C.P. representado por su progenitora Zaida Pérez Zegarra, bajo la actuación del especialista judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 04 del 13/11/15 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 04 Cusco, 13/11/15.- DADO CUENTA: En la fecha

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debido a la recargada labor del especialista judicial que suscribe y estando al vencimiento del plazo del traslado de la Acusación y considerando: En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día DIECIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sétima Sala de Audiencias de los juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco/ ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de justicia del Cusco/ con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, balo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°/ incisos 1 ° Y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-Pj. 4. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial excluya del proceso a dicho Abogado sin lugar a su ratificación. 5. PRECÍSESE que pese a los apremios contenidos anteriormente no se verificase la audiencia programada líneas arriba, la próxima audiencia a programarse tendrá el carácter de INAPLAZABLE, para efectos de salvaguardar el plazo razonable que debe de existir en la tramitación de los procesos en materia penal. 6. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos (oo.). Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dra. Erika Núñez Orihuela, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco/ 13 de noviembre del 2015 (09, 10, 11 DICIEMBRE) EDICTO PENAL En el Expediente No. 0089-2018-89-210 1-JR-PE-02, seguido en contra de ALBERTO en agravio de Aída Pérez Arteaga. El Tercer Juzgado penal unipersonal de puno NOTIFICADO a ALBERTO GASTON DAMIANI NUÑEZ DEL PRADO RESOLUCIÓN N° 02-2015 Puno. Tres de diciembre Del año dos mil quince.- VISTOS. OIDOS y CONSIDERANDOS SE RESUELVE, PRIMERO. SE DISPONE. Se forme el expediente judicial con las pruebas documentales remitidas el día de la fecha por la fiscal y se ponga a disposición de las partes por el plazo de cinco días. SEGUNDO, CITAR a juicio oral a ALBERTO GASTON DAMIANI NUÑEZ DEL PRADO para EL DIA CINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS OCHO CON TREINTA MINUTOS. En esta misma sala de audiencias N° DOS de los Juzgados Penales Unipersonales de Puno. Para la realización del juicio oral la misma que tiene carácter inaplazable. A donde deberá concurrir el imputado. Debiendo notificarse en su domicilio real en el Jr. Cahuide B1-2 Comité 10. Asociación Pro Vivienda Los Incas de Cuzco. Sin perjuicio de que se notifique por vía edictos del diario Judicial de Puno y de Cuzco. Así notifíquese en su domicilio procesal Jr. Puno N° 334 Of. 06. segundo piso. Bajo apercibimiento de declararse reo contumaz o reo ausente en caso de inconcurrencia injustificada. Notifíquese a A.S.D.P. representada por su Señora madre AlDA PÉREZ ARTEAGA en el Jr. Huatas N° 368 Puno. bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de disponerse conducción compulsiva. Puno. 04 de Diciembre del 2015 (09, 10, 11 DICIEMBRE) NOTIFICACION POR EDICTO (DIARIO EL PERUANO) 1° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Anta EXPEDIENTE : 00209-20l5-92-l004-JR-PE-O1 JUEZ : VIZCARRA MERCADO OSCAR ESPECIALISTA: LIZETTE J. ALEGRIA VALENCIA

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IMPUTADO : ROJAS ORE, HUMBERTO DELITO : PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. AGRAVIADO : EL ESTADO PERUANO, DEMANDANTE : FISCALIA PROVINCIAL ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS SEDE CUSCO, Resolución Nro. 03 Anta, cuatro de diciembre - Del año dos mil quince. Dado cuenta estando a la constancia que antecede, con la finalidad de evitar dilaciones se dispone: CITAR a la audiencia pública de prisión preventiva requerida por el Fiscal especializado en Tráfico Ilícito de Drogas del caso contra el imputado HUMBERTO ROJAS ORE, para el DÍA QUINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE de la mañana (hora exacta), en la SALA de Audiencias del JIP ANTA, precisando que la fecha señalada es la más próxima a razón de la disponibilidad de salas de audiencias del modulo penal de esta sede judicial, con la presencia obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento de ser sancionado disciplinariamente si por su causa se frustra la audiencia, adicionándose que la inconcurrencia del abogado defensor público asignado al imputado ocasionará que esta judicatura informe al Colegio de abogados, así como al Coordinador de Defensores Públicos del Ministerio de Justicia para los fines de ley correspondientes. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado o defensor de oficio. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real y procesal señalado en la solicitud presentado por el Despacho Fiscal, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilios señalados en autos. Sin perjuicio de notificarse vía edicto. (10, 11, 14 DICIEMBRE) EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 12-2014-79 ¬ PRIMER UZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERAS ESPECIALISTA: DAYMA GABRIELA NAVIA CANAL SE EMPLAZA A: ROE HUAMANI CAYLLAHUA, MARIBEL QUISPE HUAMAN y DOROTEA CCUNO POCCORIMAYLLA En los seguidos contra ROE HUAMANI CA YLLAHUA, MARIBEL QUISPE HUAMAN por la presunta comisión del Delito de HURTO AGRAVADO en agravio de Dorotea Ccuno Poccorimaylla, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado y la agraviada, con la Res. N° 01 Y Res. N° 02; en el siguiente tenor: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que dentro del mismo plazo puedan en forma escrita y motivada: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad, CITAR para el día UINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las QUINCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de Sobreseimiento en la TERCERA SALA DE AUDIENCIAS del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Quillabamba, 16 de octubre del 2015. (10, 11, 14 DICIEMBRE) EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 28-2014-0 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIONPREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERAS ESPECIALISTA: DAYMA GABRIELA NA VIA CANAL SE EMPLAZA A: VICTOR HUERTAS CRUZ Y INOCENCIA SACA ALVAREZ en representación de los menores de iniciales JHS, LHS y MHS En los seguidos contra VICTOR HUERTAS CRUZ por la presunta comisión del Delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de

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menores de iniciales JHS, LHS y MHS presentada por INOCENCIA SACA ALVAREZ, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado y representante de la agraviada, con la Res. N° 01 Y Res. N° 04; en el siguiente tenor: DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación directa de la señora Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 del C.P.P.; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fines que correspondan. CITAR para el día CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la TERCERA SALA DE AUDIENCIAS del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo Precisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de audiencias del JUZGADO. (10, 11, 14 DICIEMBRE) EDICTO PENAL PROCESO PENAL Nro. 132-2014-0 PRIMER UZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CONVENCIÓN JUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERAS ESPECIALISTA: DAYMA GABRIELA NA VIA CANAL ¬ SE EMPLAZA A: JORGE LUIS MURIEL TAYPE En los seguidos contra JORGE LUIS MURIEL TAYPE por la presunta Comisión del delito de HURTO AGRAVADO en agravio de Georgina Huilla Jimenez, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado, con la Res. N° 01 Y Res. N° 04; en el siguiente tenor: DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación directa de la señora Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 del C.P.P.; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido

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en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fines que correspondan. CITAR para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la TERCERA SALA DE AUDIENCIAS del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo precisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de audiencias del Juzgado.2015. (10, 11, 14 DICIEMBRE) NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR. Expediente: Nro. 2015-596. ¬ Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la demanda interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra RICARDO TAPIA AUCCAPURI por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO FISICO en agravio de doña MARIA CONTRERAS DE TAPIA, se ha dispuesto la notificación de la parte demandada por edictos lo siguiente: Resolución Nro.-04.Quillabamba, tres de Diciembre Del año dos mil quince. -DE OFICIO: Estando a las razones expuestas en la constancia que antecede; y no habiéndose verificado la audiencia programada en autos, debido a la Huelga Nacional de los Servidores del Poder Judicial, y a fin de cumplir con dicho acto procesal; y considerando que las partes procesales residen en el distrito de Huayopata, lugar distante a esta sede judicial; fíjese nueva fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA PENDIENTE EL VEINTE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Representante del Ministerio Público, bajo expreso apercibimiento de llevarse la diligencia con la parte que concurra.- Firma de la Jueza Siomara Morales Mar. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 03 de Diciembre del 2015. (10, 11, 14 DICIEMBRE) NOTIFICACION VIA EDICTO A LA PERSONA DE RONALD DELGADO LOPEZ Ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Erika Núñez Orihuela, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Jessica Rudy Donayre Pari, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01802-2015-0-1001-JR-PE-04, seguido contra RONALD DELGADO LOPEZ por el Delito Contra la Salud Pública, en la modalidad de Trafico llicito de Drogas, subtipo MICROCOMERCIALIZAClÓN O MICROPRODUCCIÓN, ilicito penal previsto por el Articulo 298° primer numeral, en agravio del ESTADO, representado por la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos del Ministerio del Interior relativo a Trafico llicito de Drogas, donde mediante la Resolución N° 04, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de JANCCO QUISPE CARLOS, respecto de la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria formulada en su contra por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: RESUMEN DE LA DISPOSICION DE FORMALIZACION Y CONTINUACION DE INVESTIGACION PREPARATORIA: Alberto Pérez Cárdenas, Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco a tenor de lo dispuesto, EMITE DISPOSICION: 03-MP- 3”PPCCUSCO-FORMALIZACION Y CONTINUACION DE INVESTIGACION PREPARATORIA, seguida seguidas contra RONALD DELGADO LOPEZ por el Delito Contra la Salud Pública, en la modalidad de Trafico llicito de Drogas, subtipo MICROCOMERCIALIZAClÓN O MICROPRODUCCIÓN, ilicito penal previsto por el Articulo 298° primer numeral, en agravio del ESTADO, representado por la Procuraduría Publica a cargo de los asuntos del Ministerio del Interior relativo a Trafico llicito de Drogas. DESCRIPCION DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO: Que, efectivos policiales de la Comisaria PNP Sectorial Cusco, en

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fecha 14 de Noviembre de 014 efectuaron operativos de bloqueo y saturación, alcolemia y cordillera blanca, con la finalidad de contrarrestar acciones delictivas; en esas circunstancias tomaron conocimiento de que por inmediaciones de la Calle Qoricalle, Huaynapata, personas en proceso de identificación venían expendiendo y consumiendo estupefacientes (pasta básica de cocaína ,marihuana y otros), por lo cual acuden a dicho lugar y en la cual observan que Ronald Delgado L6pez, se hallaba en actitud sospechosa. CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES: Que, al efectuarse el Registro Personal a Ronald Delgado López, se hallo dentro de sus prendas de vestir ocho envoltorios de papel cuadriculado, los mismos que contenían una sustancia blanca amarillenta, sustancia esta que sería Pasta Básica de Cocaína, asimismo se le hallo una bolsa plástica de color amarilla la misma que contenía yerba seca la cual sería marihuana (cannabis sabita). CIRCUNSTANCIAS POSTERIORES: Que, luego de ser intervenido el imputado fue trasladado a la comisaría antes aducida y al efectuarse la diligencia de Deslacrado, descarte, pesaje, lacrado y remisi6n arrojo que la sustancia blanca contenida en los ocho envoltorios de papel cuadriculado tenía un peso bruto de 3.3 gramos y un peso neto de 1.6 gramos dando positive al reactivo Mather, para Pasta Básica de Cocaína; mientras que la bolsa amarilla con el contenido de la hierba seca arrojo un peso bruto de 6.3 gramos y un peso neto de 5.2 gramos dando positivo al reactivo Duquenois para Cannabis Sativa -. Marihuana) CON LA RESOLUCIÓN N° 01. AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Resolución Nro.01: Cusco, doce de agosto Del año dos mil quince.I.PARTE EXPOSITIVA El Fiscal Provincial Penal del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, en fecha diez de agosto del año del año dos mil quince, puso en conocimiento del Juzgado la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria de fecha cinco de agosto del mismo año contra RONALD DELGADO LOPEZ por la presunta comisión del delito Contra la Salud Pública en la modalidad de Tráfico Ilícito de Drogas, subtipo MICROMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 298° primer numeral del Código Penal, en agravio de El Estado representado por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos del Ministerio del Interior relativo a Tráfico Ilícito de Drogas. II.PARTE CONSIDERATIVA 1. El artículo 139.4º de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos I.2º y 8.3º del CPP, reconoce el principio de publicidad del proceso y el método de la oralidad para el debate y decisión de los requerimientos y solicitudes presentados por las partes, debiendo ser declarados inadmisibles ante la inconcurrencia del peticionante a la audiencia fijada para tal fin, en interpretación similar al artículo 423.3º del CPP. 2. Los artículos 3º y 336.3º del CPP prescriben que el Ministerio Público comunicará al Juez de la Investigación Preparatoria su decisión formal de continuar con las investigaciones preparatorias, a efectos de que asuma competencia material. 3. El articulo 339° del acotado cuerpo normativo establece que “1. La formalización de la investigación suspenderá el curso de la prescripción de la acción penal. 2. Asimismo, el Fiscal perderá la facultad de archivar la investigación sin intervención judicial”. 4. El Acuerdo Plenario N° 3-2012/CJ-116, en su fundamento 11 establece que “…la suspensión de la prescripción en el caso del artículo 339° inciso 1, no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo”. 5. El artículos 286º del CPP modificado por Ley N° 30076 prescribe que “1. El Juez de Investigación Preparatoria dictará mandato de comparecencia simple si el Fiscal no solicita la prisión preventiva al término del plazo previsto en el artículo 266. 2. También lo hará cuando, de mediar requerimiento fiscal, no concurran los presupuestos materiales previstos en el artículo 268 ”en los su-

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puestos anteriores, el juez y el fiscal de la Investigación preparatoria, deben motivar los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten su decisión”. 6. Por otro lado el articulo VI del Titulo Preliminar del Código Procesal Penal refiere “Legalidad de las medidas limitativas de derechos.- Las medidas que limitan derechos fundamentales, salvo las excepciones previstas en la Constitución, sólo podrán dictarse por la autoridad judicial, en el modo, forma y con las garantías previstas por la Ley. Se impondrán mediante resolución motivada, a instancia de la parte procesal legitimada. La orden judicial debe sustentarse en suficientes elementos de convicción, en atención a la naturaleza y finalidad de la medida y al derecho fundamental objeto de limitación, así como respetar el principio de proporcionalidad” y teniendo en cuenta que la fiscalía no ha solicitado Prisión Preventiva o Comparecencia con restricciones, supuestos estos que permiten definir la situación jurídica del imputado, por lo que debe proceder únicamente lo establecido por el articulo 286° del CPP modificado por la Ley N° 30076 . 7. Los derechos del agraviado se encuentran restringidos a los regulados en el artículo 95.1º del CPP, en tanto que, el agraviado constituido judicialmente en actor civil se le reconoce extensivamente las facultades generales y adicionales de los artículos 104º y 105º del CPP en la colaboración con el esclarecimiento del hecho delictivo y la intervención de su autor o participe, así como acreditar la reparación civil que se pretende, condición que debe ser declarado por el Juez de Investigación Preparatoria previo pedido y audiencia correspondiente formulado antes de la conclusión de la investigación preparatoria. 8. El artículo 127º, numerales 3º y 4º del CPP prescriben que la primera notificación se hará personalmente en el domicilio real o centro de trabajo, empero, si las partes tienen defensor o apoderado, las notificaciones deberán ser dirigidas solamente a estos, excepto si la Ley o la naturaleza del acto exigen que aquellas también sean notificadas. 9. El artículo 6.3º y el artículo 16º, incisos 1º y 2º del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal aprobado por Resolución Administrativa Nº 096-2006-CE-PJ de fecha 28/06/2006 autoriza la notificación por dirección electrónica equiparable como domicilio procesal. Así mismo, se incorpora la notificación por lectura cuando las resoluciones se dicten en el curso de una audiencia, las cuales serán notificados en forma oral a los asistentes y también se considerarán notificados a aquellos sujetos procesales que hayan sido debidamente citados y cuya concurrencia haya sido ordenada como obligatoria, aunque no concurran a dicha diligencia. En este sentido el artículo 109.5º del CPC –aplicable supletoriamente por remisión del artículo 127.6º del CPP-, establece como deberes de las partes concurrir ante el juez cuando éste los cite, de tal manera que, por regla general la concurrencia a las citaciones judiciales son obligatorias, distinto será que la audiencia para determinados supuestos legales pueda instalarse válidamente sólo con la presencia de determinados sujetos procesales, a pesar de la ausencia de los demás. 10. El articulo 321 del CPP en su inciso 1° prescribe que “La investigación Preparatoria persigue reunir los elementos de convicción, de cargo y de descargo que permitan al Fiscal decidir si formula o no acusación y, en su caso al imputado preparar su defensa. Tiene por finalidad determinar si la conducta incriminada es delictuosa, las circunstancias o móviles de la perpetración, la identidad del autor o participe y de la victima, así como la existencia del daño causado.” Por éstas consideraciones, SE RESUELVE: III. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Fiscal Provincial Penal del Tercer Despacho de Investigacion de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco contra RONALD DELGADO LOPEZ por la presunta comisión del delito Contra la Salud Pública en la modalidad de Tráfico Ilícito de Drogas, subtipo MICROMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCCIÓN, previsto y sancionado en el articulo 298° primer numeral del Código Penal, en agravio de El Estado representado por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos del Ministerio del Interior relativo a

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Tráfico Ilicito de Drogas, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 3. SUSPENDER el curso de la prescripción de la acción penal, precisándose que esta no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 4. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 5. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 6. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante en los casos expresamente establecidos por ley. 7. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 8. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 9. AUTORÍCESE a los Especialistas de Juzgado, el dictado con su sola firma de las resoluciones (Decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por el Juez. 10. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 11. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem. 12. NOTIFICAR la presente resolución al imputado en su domicilio real y al agraviado en su domicilio real y procesal obrante en autos, y al Ministerio Público en su correo electrónico. 13. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el TRES DE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. HÁGASE SABER.- Media firma la señora Juez Dra. Dra. Erika Nuñez Orihuela, ante mi Jessica Rudy Donayre Pari, Especialista Judicial de Juzgado.-Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. Cusco, 04 de diciembre del 2015, (10, 11, 14 DICIEMBRE)

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EDICTO PENAL EXP. N° 1481-2014-0-1001-JR-PE-O1 ¬ Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha la Señora Jueza Dra. YOSSY SAMANTHA ALVAREZ TITO, se notifica al imputado contra Bonifacio Huaman Ayte, Edwin Cavero Salas, Eutroplo Castro Paucar y Luciano lea Huaman, por la comisión del Delito contra los bosques o formaciones boscosas, sub. tipo Daña y Tala en parte de bosques en su forma agravada, Contaminación del Ambiente en su forma agravada y Alteración del Ambiente o Paisaje, sub. tipo Altere el ambiente natural. en agravio del Estado Peruano, la resolución N° 05, de fecha 07 de diciembre de 2015, mediante el cual se ordena que Se notifique la Resolución N° 01. de fecha 22 de julio del 2014, Recepción de la Disposición de Investigación Preparatoria: mediante la cual se dispone, Por estas consideraciones SE RESUELVE: PARTE RESOLUTIVA: RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios, contra ALEX ALEJANDRO LA YME RAMOS, JOSE HUAMAN HUAMAN, EDGAR PEZO CORRALES, BONIFACIO HUAMAN AYTE, EDWIN CAVERO SALAS, EUTROPIO CASTRO PAUCAR, FREDY SALAS GAMARRA, LUCIANO ZEA HUAMAN y HUGO VARGAS GUTIERREZ por la presunta comisión del delito de contaminación del ambiente sancionado por el Art. 304 del Código Penal y por el delito contra los recursos naturales en la modalidad depredación de bosques y formaciones boscosas sancionado por el Art. 305 del Código Penal en agravio del ESTADO, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. Y la Resolución N° 05, de fecha 07 de diciembre de 2015, mediante la cual se tiene Dando Cuenta a la Disposición N° 06 que antecede, de conclusión de la investigación preparatoria presentada por la Fiscalía Especializado en Materia Ambiental de Madre de Dios, en la investigación seguida contra Alex Alejandro Layme Ramos, José Huaman Huaman, Edgar Pezo Corrales, Bonifacio Huaman Ayte, Edwin Cavero Salas, Eutropio Castro Paucar, Fredy Salas Gamarra, Luciano lea Huaman y Hugo Vargas Gutiérrez, por la comisión del Delito contra los bosques o formaciones boscosas, sub. tipo Daña y Tala en parte de bosques en su forma agravada, Contaminación del Ambiente en su forma agravada y Alteración del Ambiente o Paisaje, sub. tipo Altere el ambiente natural. en agravio del Estado Peruano, en consecuencia, TÉNGASE por recepcionada la comunicación fiscal y DESE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para los supuestos de ley. (11, 14, 15, DICIEMBRE) NOTIFICACION POR EDICTO (DIARIO EL PERUANO) 1° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Anta EXPEDIENTE : 00209-2015-92-1004-JR-PE-O1 JUEZ : VIZCARRA MERCADO OSCAR ESPECIALISTA: LIZETTE J. ALEGRIA VALENCIA IMPUTADO : ROJAS ORE, HUMBERTO DELITO : PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. AGRAVIADO : EL ESTADO PERUANO, DEMANDANTE: FISCALIA PROVINCIALESPECIALIZADA DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS SEDE CUSCO, ¬ Resolución Nro. 03 Anta, cuatro de diciembre - Del año dos mil quince. Dado cuenta estando a la constancia que antecede, con la finalidad de evitar dilaciones se dispone: CITAR a la audiencia pública de prisión preventiva requerida por el Fiscal especializado en Tráfico Ilícito de Drogas del caso contra el imputado HUMBERTO ROJAS ORE, para el DÍA QUINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE de la mañana (hora exacta), en la SALA de Audiencias del JIP ANTA, precisando que la fecha señalada es la más próxi-

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ma a razón de la disponibilidad de salas de audiencias del modulo penal de esta sede judicial, con la presencia obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento de ser sancionado disciplinariamente si por su causa se frustra la audiencia, adicionándose que la inconcurrencia del abogado defensor público asignado al imputado ocasionará que esta judicatura informe al Colegio de abogados, así como al Coordinador de Defensores Públicos del Ministerio de Justicia para los fines de ley correspondientes. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado o defensor de oficio. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real y procesal señalado en la solicitud presentado por el Despacho Fiscal, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilios señalados en autos. Sin perjuicio de notificarse vía edicto. (11, 14, 15, DICIEMBRE) NOTIFICACION POR EDICTO El JUEZ del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE ANTA, En el proceso 19-2013-18 Y DISPUSO, NOTIFICAR A MARIA CLEOFE MORENO YUPANQUI para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL REPROGRAMADA PARA EL DIA 7 DE ENERO DEL 2016 A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias del Juzgado Unipersonal de Anta, quedando válidamente notificadas las partes procesales que han concurrido. (11, 14, 15, DICIEMBRE) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. JOSEPH ESTRADA MOREANO Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Colegiado del Cusco, bajo la dirección del señor Juez ~ Dr. Héctor César Muñoz Blas e integrado por los doctores Miguel Ángel Casteló Andía y Mariona Inés Supanta Condor y, actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 2566-2014¬34, seguido contra JOSEPH ESTRADA MOREANO por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de HOMICIDIO sub. tipo FEMINICIDIO, en agravio de la que en vida fue Lisbeth Ñaupa Mina; donde se ha dispuesto lo siguiente: ¬ SE DISPONE: REPROGRAMAR el JUICIO ORAL para el día VEINTIDOS DE DICIEMBRE del dos mil quince a horas DIEZ de la mañana (hora exacta), que tendrá lugar en la cuarta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, acto al cual comparecerá el imputado JOSEPH ESTRADA MOREANO asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, asimismo concurrirán el señor (a) Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco -Tercer Despacho de Investigación- (Dr. DANTE CAYO MANSILLA); la Abogada del acusado Joseph Estrada Moreano Dra. ELENA CAST AÑEDA CASTILLO; la agraviada MARGARITA MINA HUILLCA (ofrecida también como TESTIGO) CONSTITUIDA EN ACTORA CIVIL, bajo apercibimiento de darse por abandonada su constitución en parte, conforme dispone el inc. 7 del artículo 359 del Código Procesal Penal; subsistiendo para todos ellos los apercibimientos decretados en la resolución número 01 de fecha 13 de octubre del 2015 (fs. 3). Teniendo en cuenta que el imputado Joseph Estrada Moreano viene siendo notificado en su domicilio real consignado ante la Reniec (Jr. Junín R-16 del Pueblo Joven Independencia del cercado de Cusco) donde al parecer ya no domicilia, razón por la cual ha hecho caso omiso a las notificaciones por el Juzgado y Fiscalía, por tanto a la fecha se desconoce su domicilio real actual y siendo incierto su domicilio; consiguientemente al ignorarse su domicilio real actual, se DISPONE que se le notifique también mediante EDICTOS en el diario Judicial La República de la ciudad Arequipa (…….) Cusco, 09 de diciembre de 2015. (11, 14, 15, DICIEMBRE)

Exp. 3257-2014 421-2015 3609-2014 122-2015 650-2015 1892-2014 83-2015

Exp. Apelación 011-2015 Sentencia

Nº Hora 1 08:15 2 09:00 3 09:45 4 10:45 5 11:45 6 12:30 7 03:00

Nº Hora 1 09:30

VICTOR LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ PRESIDENTE

Cusco, 07 de diciembre de 2015.

Demandante Maldonado Herrera Julio

Demandante Games Surco Demetrio Salinas Paniura Frederick Miranda Abeles Balerio Mamani Saraya Pedro Celestino Huanca Monroy Ana Ttito Silva Juvenal Alvaro Huallapa Victor Amos

CONSETTUR MACHUPICCHU

Jueves, 10 de diciembre de 2015 Demandado Mun. Dist. De San Sebantian Gob. Reg. Cusco Mun. Dist. De San Sebastian Muun. Dist. De Machupicchu Mun. Dist. De San Jeronimo Mun. Dist. Del Cusco Mun. Prov. De Paucartambo Viernes, 11 de diciembre de 2015 Demandado

Corte Superior de Justicia de Cusco

Lunes, 07 de diciembre de 2015 Demandado Municipalidad de San Jerònimo Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Miercoles, 09 de diciembre de 2015 Demandado Municipalidad de Wanchaq Municipalidad de San Sebastìan Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Fernandez Arnado Sonia A.

Proc. 1-J-T-T-C

Proc. 1-J-T-T-C 1-J-T-C 1-J-T-T-C 1-J-Mx -M 1-J-T-C 1-J-T-T-C 1-J-T-T-C

Proc. J-T-T-C J-T-T-C 1-J-T-T-C 1-J-T-C 1-J-T-C 1-J-T-T-C 1-J-T-T-C

Proc. 1-J-T-C 1-J-T-T-C 1-J-T-C 1-J-T-TC 1-J-T-C

Colegiado

Dirimencia: Ladròn de Guevara de la Cruz

Colegiado

Dirimencia: Bustamante del Castillo

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Colegiado

Dirimencia: Bustamante del Castillo

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Bustamante-Holgado-Alfaro

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Colegiado

Bustamante-Holgado-Alfaro

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

Ladròn de Guevara-Bustamante-Holgado

MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO SECRETARIA

Materia Laboral Privado

Materia Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado

Materia Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado

Materia Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado Laboral Privado

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia

Demandante Yampi Labra Bernardina Espinoza Ramos Maricela Bejar Huirse Luis Alberto Chuiso Guevara Carmen Rosa Araoz Quispe Victoriano Garcia Quispe Leonardo Quispe Salas Jenny Sorayda

Demandante Kjuno Arenas Wlbert Sequeiros Tecse Danilo Huillca Chumpi Marco Amau Huillca Hermelinda Llaque Huaman Raul y otros

La República

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia

Exp. 2817-2013 3303-2014 723-2015 1960-2015 917-2015 1408-2014 2518-2014

Nº Hora 1 08:15 2 09:00 3 09:45 4 10:45 5 11:45 6 12:30 7 03:00

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia

Exp. 25-2015 2901-2014 2213-2015 3777-2014 1203-2015

Nº Hora 1 08:15 2 09:00 3 09:45 4 10:45 5 11:45

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (07 a 11 de diciembre de 2015)

PRIMERA SALA LABORAL

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10 Viernes, 11 de diciembre del 2015

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PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO PRIMERA CONVOCATORIA OBJETO.- Designación del Diario Judicial para el Año Judicial 2016. La Corte Superior de Justicia de Cusco, convoca a los diarios escritos de cobertura en la Región Cusco, a fin de invitarlos a presentar sus propuestas para participar en la designación del Diario Judicial de esta Corte Superior de Justicia, para el Año Judicial 2016, conforme al siguiente cronograma: 1.- Convocatoria

: Del 11, 14 y 15 de diciembre de 2015

2.- Entrega de “Términos de Referencia” (Especificaciones técnicas) : Del 16, 17 y 18 de diciembre de 2015, De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, Oficina N° 103 (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol N° 239-Cusco. 3.- Presentación de consultas : Día 21 y 22 de diciembre de 2015. De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, Oficina N° 103 (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol N° 239-Cusco. 4.- Absolución de consultas : Día 23 de diciembre de 2015. De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, Oficina N° 103 (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol 239-Cusco. 5.- Presentación de propuestas : Día 29 de diciembre de 2015. De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, Oficina N° 103 (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol 239-Cusco. 6.- Apertura de sobres y designación del Diario Judicial 2016. : Día 30 de diciembre de 2015. Otorgamiento de la buena pro a cargo de la Comisión, y designación del Diario Judicial 2016 en Sesión de Consejo Ejecutivo Distrital, a horas 8:00, en el Salón de Sala Plena del Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol N° 239-Cusco. Cusco, 10 de diciembre de 2015. LA COMISION.

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PODER JUDICIAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

TERMINOS DE REFERENCIA

“DESIGNACION DEL DIARIO JUDICIAL“

AÑO JUDICIAL 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PRIMERA CONVOCATORIA OBJETO.- Designación del Diario Judicial para el año Judicial 2016. TÉRMINOS DE REFERENCIA 1.- OBJETIVO.a) b) c)

Prestar un servicio eficiente en la publicación de “Avisos Judiciales”, en el ámbito del Distrito Judicial Cusco, que contribuya de manera eficaz a la administración de justicia. Difundir información y actos oficiales de la Corte Superior de Justicia de Cusco. Brindar un servicio eficiente en las ediciones oficiales que dispongan la Presidencia, los Órganos Jurisdiccionales y la Administración de la Corte Superior de Justicia de Cusco.

2.- DENOMINACIÓN CONTRACTUAL.La denominación contractual es el locación de servicios para la publicación de avisos judiciales y de actividades oficiales de la Corte Superior de Justicia de Cusco. 3.- JUSTIFICACIÓN DEL SERVICIO.a)

b)

Que, mediante la publicación de avisos judiciales, se pone en conocimiento de los interesados y terceros, las diversas resoluciones judiciales y actos procesales que emitan los diferentes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cusco, a fin de que ejerciten sus derechos de acuerdo a ley. Que, para cumplir con el principio de publicidad de los actos procesales derivados de los diferentes procesos judiciales tramitados en esta Corte Superior de Justicia, se hace necesario implementar un proceso de selección para designar al “Diario Judicial” del

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Distrito Judicial de Cusco, el mismo que se encargará de las publicaciones judiciales, esto a fin de garantizar la administración de justicia en está región. 4.- OBJETO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.Establecer las normas para la designación del correspondiente.

Diario Judicial del Distrito Judicial de Cusco, a través del proceso de selección

5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.Las publicaciones de los avisos judiciales en el Diario Judicial, deberán observar las siguientes especificaciones técnicas: a)

Crónica Judicial, estará ordenada en función a un índice.

b)

El ancho de la columna del aviso judicial será de 9 a 19 centímetros.

c)

La altura de la columna del aviso judicial será de 27 centímetros.

d)

Todos los avisos se publicarán en una separata especial, cuya medida será la mitad de la página normal, bajo el rubro de CRÓNICA JUDICIAL.

e)

El tipo de letra será Arial Narrow, en los tamaños que se detallan a continuación: • • •

En el texto de los avisos judiciales, crónica judicial y todos los que no tengan modelo especial 08 puntos, en el nombre del aviso será 09 puntos en alta y negrita y para los subtítulos 08 puntos alta resaltado. El modelo especial remitido por alguno de los órganos jurisdiccionales facultados para remitir la publicación en la Crónica Judicial u otros avisos. Cada aviso estará separado en 2 espacios y con una línea del subsiguiente.

6.- OBLIGACIONES. La empresa designada como Diario Judicial, se obligará a lo siguiente: a) b)

c)

Cumplir con efectuar las publicaciones de los avisos judiciales de acuerdo a las especificaciones técnicas y sujeto a la propuesta correspondiente. Cumplir con efectuar en forma gratuita las publicaciones de los avisos judiciales ordenados por los órganos jurisdiccionales en materia penal, civil, contencioso administrativo, trabajo, familia y procesos constitucionales, incluyéndose a las personas beneficiarias con auxilio judicial y otros que por mandato de la Ley se encuentren exonerados del pago de tasas judiciales. Cumplir con efectuar publicaciones para la Corte Superior de Justicia del Cusco, de acuerdo al siguiente detalle: • Crónica Judicial, en forma diaria, dentro de la SEPARATA ESPECIAL, el mismo que contendrá la información de ODECMA, Salas Superiores, las vistas de causas, las resoluciones judiciales remitidos por los secretarios de las Salas Civiles, Penales, Constitucional-Social y Mixtos; Juzgados Civiles, Penales, Mixtos, Trabajo, Contencioso Administrativo, Constitucional y Paz Letrados, sin alteración de su contenido, debidamente ordenado por medio de un índice, debiendo colocarse el sello de recepción en forma diaria en las copias de las relaciones. • Información Oficial, proporcionada por la Corte Superior de Justicia del Cusco, especialmente referida a turnos, tabla de cuantías, orientación a la comunidad, resoluciones administrativas, etc.; existiendo obligación de efectuar las publicaciones a más tardar al siguiente día de recibido el contenido, en la columna y en el tipo de letra precisado en el párrafo e) del numeral 5. • Memoria Anual de Gestión de Presidencia de la Corte, publicada una vez al año, a todo color, en formato A4, papel couche mate de 150 grs. en su integridad, cubierta o forro en papel couche de 300 grs. Plastificado y sectorizado, con tiraje no menor de 500 ejemplares, de 300 páginas como mínimo, que serán entregadas por la empresa editora, a más tardar dentro de los 07 días calendarios siguientes de recepcionado el contenido del mismo. • Revista Judicial, en tres ediciones anuales a todo color, en formato A4, papel couche de 150 grs.o papel marfileño de 83 grs., en su integridad, cubierta o forro en papel couche de 300 grs plastificado y sectorizado, con tiraje no menor de 500 ejemplares, de 200 páginas como mínimo, cuyo contenido será proporcionado por ésta Corte, debiendo la empresa entregar dichas revistas dentro de los siete días calendario de recepcionado la matriz. • Otras Publicaciones, a) Eventos oficiales, cursos de capacitación, impresión de separata especial de actividades oficiales, afiches, trípticos, edictos, avisos, acuerdos, impresión y publicación de tarjetas de invitación, pará apertura del año Judicial, aniversario y Día del Juez, avisos necrológicos, comunicaciones, 04 boletines informativos de 40 paginas como máximo en papel couche de 150grs., anuales a full color, suplementos no menor de 4 páginas b) Directorio Telefónico Institucional que será en formato A-5, en papel couche de 150 grs. Con tapa en papel couche de 300grs.plastificado siendo sectorizado el logo y titulo a full color, de 100 paginas como mínimo en un tiraje no menor de 1000 ejemplares c) Y demás publicaciones que hiciera esta Corte Superior de Justicia, los cuales serán producidos por la Oficina de Imagen Institucional de la Corte en coordinación con la Presidencia, con la única salvedad que se harán en

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recuadro, en espacio distinto y a full color en algunos casos, con el objeto de diferenciarse del aviso judicial y crónica. d) Entrega de Diarios: La empresa editora, mediante personal acreditado ante la Oficina de Administración, se encargará de la distribución de los 300 diarios en las diferentes dependencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco, la misma que deberá efectuarse de lunes a viernes y en las primeras horas de la mañana, con excepción de las provincias alejadas que se hará dentro de las 72 horas, Cabe precisar, que los diarios se entregarán al Encargado o Jefe de la dependencia, en el lugar de sede que corresponda, esto es, sede central, periferia y provincias en su debida oportunidad, conforme a las cantidades que a continuación se detallan: Sede Central: -Tres (03) ejemplares para cada una de las siguientes oficinas: • Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco. • Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. • Salas Superiores - Dos ejemplares: • Juzgados Especializados • Juzgados de Paz Letrados • Oficina de Administración Distrital • Oficina de Asesoría Legal - Un ejemplar para cada una de las oficinas administrativas: • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •

Unidad de Servicios Judiciales Unidad de Planeamiento y Desarrollo Unidad de Administración y Finanzas Personal Tesorería Logística Estadística Archivo Central Control Patrimonial Recaudación Judicial Secretaria de Cobranza de Multas Registro de Condenas Central de Notificaciones Almacén Centro de Distribución General Repej Administración del Módulo Penal Administración del Módulo Civil Administración del Módulo Laboral Oficina de Apoyo a la Justicia de Paz Imagen Institucional, prensa y protocolo. Informática

- Un ejemplar para el personal de vigilancia y seguridad. Periferia: - Dos ejemplares: • Juzgados Especializados • Juzgados Mixtos • Juzgados de Paz Letrados Sedes de Provincias: • • •

Tres ejemplares para la Sala Mixta de Sicuani, Tres ejemplares para la Sala Descentralizada de La Convención Dos para cada uno de los Juzgados Especializados, Mixtos y Paz Letrados de distritos y provincias.

La distribución de los diarios en los órganos jurisdiccionales, se realizará conforme a lo señalado precedentemente y de acuerdo al número de juzgados y salas que se detallan a continuación:

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DEPENDENCIAS

8

Salas

6

Juzgados Civiles

6

Juzgados Laborales

4

Juzgados de Familia

19

Juzgados Mixtos

35

Juzgados de Paz Letrados

27

Juzgados Penales (Penales Liquidadores, Penales Unipersonales y Penales de Investigación Preparatoria)

105

TOTAL

Cualquier modificación en la cantidad y la forma de entrega de los diarios, deberá ser previamente aprobada por la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Cusco, debiéndose tener en cuenta, que la empresa editora por ningún motivo dejará de entregar los diarios a las dependencias jurisdiccionales y administrativas, salvo situación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados. e) La empresa que resulte ganadora deberá cumplir con las obligaciones tributarias, que le correspondan. 7.- Plazo.El contrato a suscribirse tendrá una vigencia de un año, computándose a partir del 01 de enero de 2016. 8.- Penalidades.a) El incumplimiento de las estipulaciones anteriormente enumeradas por parte de la empresa que resulte ganadora de este concurso, dará lugar a la aplicación de la multa que se señala a continuación, previa verificación y descargo correspondiente. b) De acuerdo a la gravedad de la infracción, se impondrá como MULTA un mínimo de 02 y máximo 10 Unidades de Referencia Procesal (URP), a través de la Presidencia de la Corte Superior, lo que se notificará a la empresa por intermedio de la Administración Distrital. 9.- Resolución.El contrato de prestación de servicios que se suscriba, será resuelto de acuerdo a las siguientes causales: a) b)

c) d) e) f) g)

Por acuerdo entre las partes, el mismo que será expresado por escrito. Por decisión unilateral de una de las partes, previa comunicación anticipada, cuyo hecho no liberará a las partes de los compromisos previamente asumidos, ni impedirá la continuación y culminación de las actividades iniciadas o que estuviesen desarrollándose. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento. Por realizar cobros mayores al ofertado y establecido en el contrato, lo que previa verificación y descargo, se dará por resuelto el contrato. Por incumplimiento injustificado de cualquiera de los compromisos asumidos por las partes, lo que previa verificación y descargo, se dará por resuelto el contrato. Las reiteradas infracciones otorga el derecho a la Corte Superior de Justicia, a resolver el contrato sin previo aviso. En cualquier caso de resolución, la empresa editora correspondiente, garantizará las obligaciones contraídas, para cuyo efecto la Corte Superior de Justicia de Cusco se reserva el derecho de designar a la empresa que preste tal servicio conforme corresponda.

10.- Criterios de Evaluación de Propuestas.VARIABLES Propuesta Técnica Propuesta Económica

PONDERACIÓN Verifica el cumplimiento de requisitos. Mejor propuesta economica

10.1.- PROPUESTA TÉCNICA.En la propuesta técnica se verifica el cumplimiento de los requisitos, que acreditan la postulación de la empresa. El incumplimiento de alguno de los requisitos por parte de la empresa postulante, descalifica su participación en el presente proceso.

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La propuesta técnica está compuesta por: a)

Tiraje diario vendido debidamente acreditado en la jurisdicción del Distrito Judicial Cusco. (Se acreditará con copia certificada del Registro de Ventas debidamente auditada por empresas dedicadas a este rubro durante los tres meses precedentes a la convocatoria en el ámbito territorial del Distrito Judicial).

b)

Modelo de Crónica Judicial. (Debe proyectar un modelo de la separata de Crónica Judicial).

c)

Declaración Jurada de cumplimiento de obligaciones. (Deberá suscribir el cumplimiento de obligaciones establecidas en el numeral 6. (OBLIGACIONES).

10.2.- PROPUESTA OFERTADA.Señalar la propuesta ofertada en nuevos soles o gratuito, por la cantidad de palabras que oferte el postor.

Oferta del postor por aviso judicial Costo por palabra

Costo para la Corte Superior S/

Costo para usuarios S/

10.3.- DECLARACIÓN DE GANADOR.Se declara ganador a la empresa que oferte la mejor propuesta en beneficio del usuario, y se le otorgará la correspondiente buena pro. 10.4.- DIRIMENCIA EN CASO DE EMPATE.En caso de producirse empate en las propuestas, inmediatamente se procederá al sorteo en Acto Público, en presencia de los representantes acreditados de las empresas postores. 11.- REQUISITOS, DOCUMENTOS Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.a) b) c)

d)

La convocatoria es abierta y pública; por tanto, pueden participar cualquier medio de comunicación social escrito (Diario) que tenga cobertura regional. La entrega de los Términos de Referencia, Absolución de Consultas, Presentación de Propuestas, Apertura de Sobres y Designación del Diario Judicial 2016, se efectuará de acuerdo al cronograma establecido en la presente convocatoria. Las propuestas deberán ser presentadas en sobres cerrados y firmados por su representante legal, dirigidos a: “Corte Superior de Justicia del Cusco”, indicando como referencia “Designación de Diario Judicial 2016” y en la parte superior derecha el número del sobre (Sobre N° 1: Información del postor, Sobre N° 2: Propuesta Técnica y sobre N° 3: Propuesta Económica. Los sobres deben contener la documentación requerida, en el siguiente orden.

SOBRE Nº 1: INFORMACIÓN GENERAL DEL POSTOR.a) b) c) d) e) f) g)

Copia simple de la escritura pública de constitución de la empresa, inscrita en los Registros Públicos. Copia simple del poder otorgado por escritura pública al representante legal de la empresa, inscrita en Registros Públicos. Declaración jurada, de no encontrarse impedida legalmente de suscribir contratos con el Estado y en particular con el Poder Judicial. Razón social del postor, dirección, teléfono, fax, correo electrónico y otro medio de comunicación en el cual se le pueda notificar cualquier acto administrativo. Ficha RUC del postor. Declaración jurada de fiel cumplimiento, en el que exprese el compromiso de cumplir con los términos de referencia y las cláusulas establecidas en el respectivo contrato. Declaración jurada que a la firma del contrato, el postor se obliga a presentar la correspondiente carta fianza.

SOBRE Nº 2: PROPUESTA TÉCNICA.a)

Registro de Ventas debidamente auditada por empresas dedicadas a este rubro durante los tres meses precedentes a la convocatoria en el ámbito territorial del Distrito Judicial de Cusco, en copia legalizada

b)

Licencia de funcionamiento de la empresa

c)

Modelo de Crónica Judicial.

Viernes, 11 de diciembre del 2015

d)

La República

Declaración Jurada, que consigne el cumplimiento de las siguientes obligaciones: • Cumplir con efectuar las publicaciones de los avisos judiciales de acuerdo a las especificaciones técnicas y sujeto a la propuesta establecida en el presente documento. • Cumplir con efectuar en forma gratuita las publicaciones de los avisos judiciales ordenados por los órganos jurisdiccionales en materia penal, civil, trabajo y de familia, procesos constitucionales, incluyéndose a las personas beneficiarias con auxilio judicial y otros que por mandato de la Ley se encuentren exonerados del pago de tasas judiciales. • Cumplir con efectuar publicaciones sin costo alguno para la Corte Superior de Justicia de Cusco, de acuerdo al siguiente detalle: o Crónica Judicial, en forma diaria, dentro de la SEPARATA ESPECIAL, el mismo que contendrá la relación de las resoluciones judiciales remitidos por los secretarios de las Salas Civiles, Constitucional-Social, Penales y Mixtos; Juzgados Civiles, Penales, Mixtos, Laborales, Contencioso Administrativo y Paz Letrados, sin alteración alguna de su contenido, debiendo colocarse el sello de recepción en forma diaria en las copias de las relaciones. o Información Oficial, proporcionada por la Corte Superior de Justicia de Cusco, especialmente referida a turnos, tabla de cuantías, orientación a la comunidad, orientación jurídica, etc.; existiendo obligación de efectuar las publicaciones a más tardar al siguiente día de recibido el contenido, en columna y en tipo de letra precisado en el párrafo c) del numeral 5. •







SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Memoria Anual de Gestión de Presidencia de la Corte, publicada una vez al año, a todo color, en formato A4, papel couche mate de 150 grs. en su integridad, cubierta o forro en papel couche de 300 grs. Plastificado y sectorizado, con tiraje no menor de 500 ejemplares, de 300 páginas como mínimo, que serán entregadas por la empresa editora, a más tardar dentro de los 07 días calendarios siguientes de recepcionado el contenido del mismo. Revista Judicial, en tres ediciones anuales a todo color, en formato A4, papel couche de 150 grs. o papel marfileño de 83 grs., en su integridad, cubierta o forro en papel couche de 300 grs. plastificado y sectorizado, con tiraje no menor de 500 ejemplares, de 200 páginas como mínimo, cuyo contenido será proporcionado por ésta Corte, debiendo la empresa entregar dichas revistas dentro de los siete días calendario de recepcionado la matriz. Otras Publicaciones, a) Eventos oficiales, cursos de capacitación, impresión de separata especial de actividades oficiales, afiches, trípticos, edictos, avisos, acuerdos, impresión y publicación de tarjetas de invitación, pará apertura del año Judicial, aniversario y Día del Juez, avisos necrológicos, comunicaciones, 04 boletines informativos de 40 paginas como máximo en papel couche de 150grs., anuales a full color, suplementos no menor de 4 páginas b) Directorio Telefónico Institucional que será en formato A-5, en papel couche de 150 grs. Con tapa en papel couche de 300grs.plastificado siendo sectorizado el logo y titulo a full color, de 100 paginas como mínimo en un tiraje no menor de 1000 ejemplares c) Y demás publicaciones que hiciera esta Corte Superior de Justicia, los cuales serán producidos por la Oficina de Imagen Institucional de la Corte en coordinación con la Presidencia, con la única salvedad que se harán en recuadro, en espacio distinto y a full color en algunos casos, con el objeto de diferenciarse del aviso judicial y crónica.}

. Entrega de Diarios, la empresa deberá entregar diariamente de lunes a viernes, a la Corte Superior de justicia de Cusco, la cantidad trescientos (300) ejemplares en forma gratuita y en las primeras horas de la mañana, las mismas que serán distribuidas por el personal designado y acreditado por la empresa editorial, según la distribución establecida en el literal d) del numeral 6), tanto en Sede Central y Provincias.

SOBRE Nº 3: PROPUESTA OFERTADA: Señalar la propuesta ofertada, sea gratuito o el monto que considere pertinente por la cantidad de palabras que oferte el postor.

Oferta del postor por aviso judicial Costo por Palabra

Costo para la Corte Superior del Cusco S/

Costo para el usuario S/

12.- GARANTIAS.A la suscripción del contrato, la empresa ganadora entregará una carta fianza, ante un posible incumplimiento de alguna obligación de parte de la empresa designada como Diario Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: a) Fianza a favor de la Corte Superior de Justicia de Cusco, por un monto equivalente a 02 Unidades Impositivas Tributarias (correspondiente al año 2016), la cual tendrá vigencia de un año, a partir de la suscripción del contrato. b) La carta fianza deberá renovarse, en los casos de ejecución parcial. Cusco, 09 de diciembre de 2015. LA COMISIÓN.

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 11 de diciembre del 2015

PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO PRIMERA CONVOCATORIA OBJETO.- El objeto de la convocatoria es seleccionar y designar una Empresa Radial que brinde el servicio de difusión de avisos judiciales de la Corte superior de Justicia del Cusco en cada una de las trece provincias del Cusco, para el Año Judicial 2016. La Corte Superior de Justicia de Cusco, convoca a las emisoras radiales de cobertura en cada una de las provincias del Cusco, a fin de invitarlos a presentar sus propuestas para participar en la designación de la Radio Judicial de esta Corte Superior de Justicia, para el Año Judicial 2016, conforme al siguiente cronograma: 1.- Convocatoria

: Del 11, 14 y 15 de diciembre de 2015

2.- Entrega de “Términos de Referencia” (Especificaciones técnicas) : Del 16, 17 y 18 de diciembre de 2015, De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol N° 239-Cusco. 3.- Presentación de consultas : Día 21 y 22 de diciembre de 2015. De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol N° 239-Cusco. 4.- Absolución de consultas : Día 23 de diciembre de 2015. De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol 239Cusco. 5.- Presentación de propuestas : Día 29 de diciembre de 2015. De 7:45 a 13:00 horas y de 13:45 a 16:30 horas, en la Oficina de Administración Distrital, Oficina N° 103 (Primer Nivel), ubicado en el Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol 239-Cusco. 6.- Apertura de sobres y designación de la Radio Judicial en Cada Una de las Trece Provincias del Cusco 2016. : Día 30 de diciembre de 2015. Otorgamiento de la buena pro a cargo de la Comisión, y designación de la Radio Judicial 2016 para cada una de las trece provincias del Cusco, en Sesión de Consejo Ejecutivo Distrital, a horas 8:00, en el Salón de Sala Plena del Palacio de Justicia, sito en la Av. El Sol N° 239-Cusco. Cusco, 10 de diciembre de 2015. LA COMISION.

Viernes, 11 de diciembre del 2015

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PODER JUDICIAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

TERMINOS DE REFERENCIA

“DESIGNACION DE LA RADIO JUDICIAL,PARA CADA UNA DE LAS TRECE PROVINCIAS DEL CUSCO“

AÑO JUDICIAL 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PRIMERA CONVOCATORIA OBJETO.- Selección y Designación de la Radio Judicial para el año Judicial 2016, en cada una de las trece provincias del Cusco. TÉRMINOS DE REFERENCIA 1.- OBJETIVO.El objetivo de los Términos de referencia es definir los requisitos que deberán cumplir las empresas radiales para calificar como aptas, con la finalidad de prestar servicio de difusión de los Avisos judiciales en el ámbito de cada una de las Provincias del Cusco tales como Cusco, Acomayo, Anta, Calca, Canas, Sicuani, Chumbivilcas, Espinar, La convencion, Paruro, Paucartambo, Quispicanchis, y Urubamba 2.- DENOMINACIÓN CONTRACTUAL.La denominación contractual del servicio convocado es “Servicio de Difusión de avisos judiciales y de actividades oficiales de la Corte Superior de Justicia de Cusco, en cada una de las Trece provincias del Cusco. 3.- JUSTIFICACIÓN DEL SERVICIO.Las empresas radiales ganadoras, deberán cumplir con las especificaciones de los términos de referencia y contractuales, como brindar un servicio eficiente y oportuno en la difusión de: avisos judiciales, para poner en conocimiento de los interesados y terceros, las diversas resoluciones judiciales y actos procesales que emitan los diferentes órganos jurisdiccionales de la Provincias del Distrito Judicial de Cusco, a fin de que ejerciten sus derechos de acuerdo a ley. 4.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.Seleccionar a las empresas Radiales que brinden el Servicio de Difusión de Avisos Judiciales en cada una de las provincias del Cusco : Cusco, Acomayo, Anta, Calca, Canas, Sicuani, Chumbivilcas, Espinar, La Convencion, Paruro, Paucartambo, Quispicanchis, Urubamba, de acuerdo a los establecido en la Justificación del servicio y alcances del Mismo, a fin de lograr los objetivos y eficiencia en la administración de justicia. 5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.Las empresas Radiales que postulen a la presente Convocatoria deberán mostrar que pueden realizar el servicio en forma eficiente y oportuna, debiendo acreditar experiencia en el rubro, así como tener la infraestructura, organización, equipamiento moderno y alcance geográfico en cada una de las Provincias del Cusco a la cual postula, debiendo cumplir con lo solicitado, bajo penalidad, conforme a los términos de referencia que se detallan a continuación: a) b) c)

La difusión se deberá efectuar en horarios pre establecidos que aseguren la mayor audiencia, aperturando la Sección de Avisos Judiciales” Deberá otorgar a los interesados la respectiva constancia de haber difundido el aviso judicial en los términos requeridos, debiendo hacer constar el monto pagado por el usuario. Las difusiones deben realizarse en Castellano y Quechua.

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d)

e)

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Viernes, 11 de diciembre del 2015

En forma gratuita se difundirá la Relación de las Resoluciones Judiciales que serán enviadas a la radio emisora ganadoras por los secretarios de sala Civiles, Penales, Constitucional y Social, Mixtas; Juzgados,Civiles, Penales, Mixtos, de familia, de Trabajo y Paz Letrado sin alteración alguna en cuanto a su contenido, debiendo colocarse el sello con la fecha de recepción en las copias de las relaciones. Así mismo la difusión se extenderá a toda información oficial que proporciones la Corte Superior de Justicia del Cusco, especialmente referida a la Convocatoria, turnos, tabla de cuantías y orientación a la comunidad, existiendo la obligación de efectuar la difusión a mas tardar el día siguiente de recibido su contenido. Las mismas condiciones precitadas regirán para la publicación de edictos, acuerdos, invitaciones, avisos necrológicos, comunicaciones y demás publicaciones de la corte Superior de Justicia del Cusco.

6.- OBLIGACIONES. La empresa designada como Radio Judicial en cada una de las Treces provincias del Distrito Judicial del Cusco, se obligará a lo siguiente: a) b)

c) d)

Cumplir con efectuar las publicaciones de los avisos judiciales de acuerdo a las especificaciones técnicas y sujeto a la propuesta correspondiente. Cumplir con efectuar en forma gratuita las publicaciones de los avisos judiciales ordenados por los órganos jurisdiccionales en materia penal, civil, contencioso administrativo, trabajo, familia y procesos constitucionales, incluyéndose a las personas beneficiarias con auxilio judicial y otros que por mandato de la Ley se encuentren exonerados del pago de tasas judiciales. Cumplir con efectuar publicaciones para la Corte Superior de Justicia del Cusco. La empresa que resulte ganadora deberá cumplir con las obligaciones tributarias, que le correspondan.

7.- Plazo.El contrato que se celebre con las empresas Ganadoras, tendrá vigencia durante el Año Judicial 2016, computándose a partir del 01 de enero de 2016. 8.- Penalidades.a) El incumplimiento de las estipulaciones anteriormente enumeradas por parte de la empresa que resulte ganadora de este concurso, dará lugar a la aplicación de la multa que se señala a continuación, previa verificación y descargo correspondiente. b) De acuerdo a la gravedad de la infracción, se impondrá como MULTA un mínimo de 02 y máximo 10 Unidades de Referencia Procesal (URP), a través de la Presidencia de la Corte Superior, lo que se notificará a la empresa por intermedio de la Administración Distrital. 9.- Resolución.El contrato de prestación de servicios que se suscriba, será resuelto de acuerdo a las siguientes causales: a) b) c) d) e) f) g)

Por acuerdo entre las partes, el mismo que será expresado por escrito. Por decisión unilateral de una de las partes, previa comunicación anticipada, cuyo hecho no liberará a las partes de los compromisos previamente asumidos, ni impedirá la continuación y culminación de las actividades iniciadas o que estuviesen desarrollándose. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento. Por realizar cobros mayores al ofertado y establecido en el contrato, lo que previa verificación y descargo, se dará por resuelto el contrato. Por incumplimiento injustificado de cualquiera de los compromisos asumidos por las partes, lo que previa verificación y descargo, se dará por resuelto el contrato. Las reiteradas infracciones otorga el derecho a la Corte Superior de Justicia, a resolver el contrato sin previo aviso. En cualquier caso de resolución, la empresa Radial correspondiente, garantizará las obligaciones contraídas, para cuyo efecto la Corte Superior de Justicia de Cusco se reserva el derecho de designar a la empresa que preste tal servicio conforme corresponda.

10.- Criterios de Evaluación de Propuestas.VARIABLES Propuesta Técnica Propuesta Económica

PONDERACIÓN Verifica el cumplimiento de requisitos. Verifica la mejor oferta para los Usuarios del Servicio

10.1.- PROPUESTA TÉCNICA.En la propuesta técnica se verifica el cumplimiento de los requisitos, que acreditan la postulación de la empresa. El incumplimiento de alguno de los requisitos por parte de la empresa postulante, descalifica su participación en el presente proceso. La propuesta técnica está compuesta por: a) b) c) d)

Copia de Licencias Amplitud Modulada (AM) y/o Frecuencia Modulada (FM), autorizada en la Provincia a la que postulada dentro del Distrito Judicial Cusco. Alcance Geográfico de cada uno de los Distritos de la provincia a la que postula y horarios de difusión, acreditados mediante Declaración Jurada Simple Otros aportes adicionales en beneficio de la Administración de Justicia y usuarios. Declaración Jurada de cumplimiento de obligaciones. (Deberá suscribir el cumplimiento de obligaciones establecidas en el numeral 6. (OBLIGACIONES).

10.2.- PROPUESTA OFERTADA.Señalar la propuesta ofertada en nuevos soles o gratuito, por Aviso Radial en Castellano o Quechua que oferte el postor. 10.3.- DECLARACIÓN DE GANADOR.-

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Se declara ganador a la empresa que oferte la mejor propuesta en beneficio del usuario, y se le otorgará la correspondiente buena pro. 10.4.- DIRIMENCIA EN CASO DE EMPATE.En caso de producirse empate en las propuestas, inmediatamente se procederá al sorteo en Acto Público, en presencia de los representantes acreditados de las empresas postores. 11.- REQUISITOS, DOCUMENTOS Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.a) b) c)

d)

La convocatoria es abierta y pública; por tanto, pueden participar cualquier medio de comunicación Radial que tenga cobertura en la provincia a la que Postula. La entrega de los Términos de Referencia, Absolución de Consultas, Presentación de Propuestas, Apertura de Sobres y Designación de la Radio Judicial 2016, para cada Provincia del distrito Judicial del Cusco se efectuará de acuerdo al cronograma establecido en la presente convocatoria. Las propuestas deberán ser presentadas en sobres cerrados y firmados por su representante legal, dirigidos a: “Corte Superior de Justicia de Cusco”, indicando como referencia “Designación de Radio Judicial 2016 para la Provincia de ……..(precisar la provincia a la que Postula)” y en la parte superior derecha el número del sobre (Sobre N° 1: Información del postor, Sobre N° 2: Propuesta Técnica y sobre N° 3: Propuesta Económica. Los sobres deben contener la documentación requerida, en el siguiente orden.

SOBRE Nº 1: INFORMACIÓN GENERAL DEL POSTOR.a) b) c) d) e) f) g)

Copia simple de la escritura pública de constitución de la empresa, inscrita en los Registros Públicos. Copia simple del poder otorgado por escritura pública al representante legal de la empresa, inscrita en Registros Públicos. Declaración jurada, de no encontrarse impedida legalmente de suscribir contratos con el Estado y en particular con el Poder Judicial. Razón social del postor, dirección, teléfono, fax, correo electrónico y otro medio de comunicación en el cual se le pueda notificar cualquier acto administrativo. Ficha RUC del postor. Declaración jurada de fiel cumplimiento, en el que exprese el compromiso de cumplir con los términos de referencia y las cláusulas establecidas en el respectivo contrato. Declaración jurada que a la firma del contrato, el postor se obliga a presentar la correspondiente carta fianza.

SOBRE Nº 2: PROPUESTA TÉCNICA.a) b) c)

Copia de Licencias Amplitud Modulada (AM) y/o Frecuencia Modulada (FM), autorizada en la Provincia a la que postulada dentro del Distrito Judicial Cusco. Alcance Geográfico de cada uno de los Distritos de la provincia a la que postula y horarios de difusión, acreditados mediante Declaración Jurada Simple Declaración Jurada de cumplimiento de obligaciones. (Deberá suscribir el cumplimiento de obligaciones establecidas en el numeral 6. (OBLIGACIONES).

SOBRE Nº 3: PROPUESTA OFERTADA: Señalar la propuesta ofertada, sea gratuito o el monto que considere pertinente por cada Aviso Radial en Castellano o Quechua que oferte el postor. Aviso Costo Para La Corte Superior Costo para Terceros Aviso Radial en Castellano S/: S/. Aviso radial en Quechua S/. S/.

12.- GARANTIAS.A la suscripción del contrato, la empresa ganadora entregará una carta fianza, ante un posible incumplimiento de alguna obligación de parte de la empresa designada como Radio Judicial para cada una de las provincias de la corte Superior de Justicia del Cusco, de acuerdo al siguiente detalle: a) Fianza a favor de la Corte Superior de Justicia de Cusco, por un monto equivalente a 01 Unidades Impositivas Tributarias (correspondiente al año 2016), la cual tendrá vigencia de un año, a partir de la suscripción del contrato. b) La carta fianza deberá renovarse, en los casos de ejecución parcial. Cusco, 10 de diciembre de 2015. LA COMISIÓN.

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PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Cusco

COMUNICADO N° 010 APERTURA OBLIGATORIA DE CASILLAS ELECTRÓNICAS La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Cusco, en virtud a la Resolución Jefatural N° 024-2015J-OCMA/PJ comunica que en forma obligatoria y sin excepción, todos los magistrados y personal jurisdiccional deben aperturar su casilla electrónica; apersonándose durante los siguientes 05 días hábiles al área de notificaciones de este órgano de control, bajo apercibimiento de apertura de oficio de la casilla electrónica, sin perjuicio de la responsabilidad funcional a que hubiera lugar. Cusco, 02 de diciembre de 2015.

Dra. Dafne Dana Barra Pineda Jefa de la ODECMA Cusco

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 07 AL 11 DE DICIEMBRE DEL 2015 LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 09 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA N°

N° DE EXPEDIENTE

AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

INICIO

TERMINO

1

02840-2015-0-

08:00

08:30

CONCILIACION

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

QUISPE SULLCA ZARAGOZO

1º SALA

RODOLFO COLQUE ROJAS

2

1843-2015-0

09:00

09:55

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

CHASKI CORPORATION SAC

QUISPE HUISA HUGO

1º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

CONSETTUR MACHUPICCHU SAC

FALCON FIGUEROA IDALUZ

1º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

TRUJILLO GAMARRA LUIS ALBERTO

1º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

3

3663-2014-0

10:00

11:00

JUZGAMIENTO

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

4

1971-2015-0

12:00

13:00

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 10 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

1

02705-2015-0-

08:00

08:30

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DE CULTURA

LATORRE PEÑA MARIA EUGENIA

1º SALA

RODOLFO COLQUE ROJAS

2

02838-2015-0-

08:31

09:00

CONCILIACION

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

SEQUEIROS GUILLEN PIO

1º SALA

RODOLFO COLQUE ROJAS

RODRIGUEZ LEON ROSARIO ASUNCION

1º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ



N° DE EXPEDIENTE INICIO

TERMINO

3

2321-2015-0

09:01

09:30

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

4

02003-2015-0-

09:31

10:01

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

MANPOWER PERU SA

CARPIO AGUILAR ELISA MARIA

1º SALA

RODOLFO COLQUE ROJAS

5

00789-2015-0-

10:02

10:32

CONCILIACION

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

CONSTRUCTORA SONDOR SRL REP POR SU GERENTE GENERAL ROQUE OMAR IBAÑEZ

QUISPE RAYAN JULIO

1º SALA

RODOLFO COLQUE ROJAS

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 11 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA N°

1

N° DE EXPEDIENTE

02429-2015-0-

AUDIENCIA INICIO

TERMINO

09:00

09:30

CONCILIACION

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

HUARCAYA YEPEZ AYDEE MERY

1º SALA

RODOLFO COLQUE ROJAS

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 07 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA N°

N° DE EXPEDIENTE INICIO

AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

PROCURADOR PUBLICO REGIONAL DE CUSCO

TERMINO

1

01876-2013-0-

08:00

08:29

CONCILIACION

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

CUTIPA VILLASANTE AURELIO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

2

02398-2015-0-

08:30

08:59

CONCILIACION

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

EMPRESA CONDOR TRAVEL

PEREZ GUEVARA FRANK EDGARD

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

KKILLE PUMA TEODORO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

3

00702-2015-0-

09:00

10:30

UNICA

4

1725-2015-0

11:00

13:00

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

QUISPE QUISPE ADRIAN

2º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

5

00663-2014-0-

14:30

15:00

AUDIENCIA COMPLEMENTARIA

REPOSICION

LAN PERU SA

VIZCARRA RIVAS LUIS FERNANDO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

6

00787-2014-0-

15:01

15:31

AUDIENCIA COMPLEMENTARIA

POR DEFINIR

COMITE DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISTICOS CULTURALES DE COSITUC

MARTINEZ SUPO MIGUEL ANGEL

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 09 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

1

02106-2015-0-

08:00

08:29

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ENACO SA

CAMPANA RAMOS RAUL

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

2

01298-2015-0-

08:30

09:30

JUZGAMIENTO

SIKOS LUZA ORLANDO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

3

01857-2015-0-

10:00

11:00

JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SOCIEDAD ANONIMA ENACO SA

PINTO ALMANZA JAVIER AUGUSTO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE



N° DE EXPEDIENTE INICIO

TERMINO

DIRECION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL AGRORURAL

4

1841-2015-0

1130

11:59

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

CORPORACION INKAS RADA Y OTROS

CCASA MAYHUIRE SILVER JIMY

2º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

5

00835-2015-0-

14:00

15:00

UNICA

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

SUMA BOLAÑOS SABINO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 10 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA N°

AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

1

01251-2015-0-

08:00

08:29

CONCILIACION

INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MORAN DISTRIBUCIONES SA

SALAS MONTENEGRO EDUARDO TOMAS

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

2

02042-2015-0-

08:30

09:00

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

CENTRO DE CONVENCIONES CASA BLANCA SAC

CHOQUE AYHUASI LUCY

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

3

01878-2015-0-

10:00

10:59

JUZGAMIENTO

PAGO DE REMUNERACIONES

MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

APAZA APAZA EDUARDO

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

DERECHOS LABORALES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUNAT

VILLALBA QUIROGA EDILBERTO JESUS

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

4

N° DE EXPEDIENTE

01853-2015-0-

INICIO

TERMINO

11:00

12:00

JUZGAMIENTO

5

3028-2014-0

12:01

13:00

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

SULLCA BOCANGELINO LUCY

2º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

6

03706-2014-0-

14:00

15:00

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

FLORES LUNA FREDY

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

JUZGAMIENTO

CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR

UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

HUANCA ARTEAGA CLAUDIA ELVIRA

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

7

01193-2014-0-

15:01

16:30

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 11 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA N°

N° DE EXPEDIENTE

AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

1

02030-2015-0-

08:00

08:30

CONCILIACION

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIAPLIDAD DISTRITAL DE SANTIAG O

MENDOZA CHAHUIN VALENTIN

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

2

02211-2015-0-

08:31

08:59

CONCILIACION

DERECHOS LABORALES

BBRAUN MEDICAL PERU SA

ROSELL AEDO RONALD

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

CONDE CRUZ PEPE

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

INICIO

TERMINO

09:59

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MINISTERIO PUBLICO REPRESENTADDO POR EL FISCAL DE LA NACION

10:00

11:00

JUZGAMIENTO

DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

CARPIO VALER TERESA

2º SALA

CARLOS ENRIQUE CERVANTES LUQUE

11:01

12:00

AUDIENCIA COMPLEMENTARIA

DERECHOS LABORALES

UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

CHAHUARES QUISPE ROSAURA EDITH

2º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

13:00

CONCILIACION

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

DIRECCION REGIONAL DE CULTURA CUSCO Y OTROS

UGARTE ALFARO MARCOS ANTONIO

2º SALA

JUDIT TACURI CHAVEZ

3

01887-2015-0-

09:00

4

01959-2015-0-

5

2213-2013-0

6

462-2015-0

12:30

TERCERA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 09 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA N°

N° DE EXPEDIENTE

1

02190-2015-0-



N° DE EXPEDIENTE

INICIO

TERMINO

10:01

10:59

AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

UNICA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

SERGERO SAC REPRESENTADO POR SU GERENTE GENERAL

GUILLEN CCASANI GLORIA

3º SALA

RAUL CALLO DELGADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 11 DE DICIEMBRE DEL 2015 HORA

1

01733-2015-0-

INICIO

TERMINO

10:00

11:59

AUDIENCIA

MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

UNICA

OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

V & V CONTRATISTAS GENERALES SRL

LOAIZA VALER ASENCIO

3º SALA

NAYDA CASTILLO CRUZ

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 11 de diciembre del 2015

La República

39

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO SALA CIVIL PROCESOS PARA VISTAS DE CAUSA, INFORME ORALES Y AUDIENCIAS 07 al 11 de DICIEMBRE DE 2015

1 2 3 5 6 7 8 9 10

HORA 08:20 08:30 08:40 08:50 09:10 09:20 09:30 09:40 12:35

1 2 3 4 5 6

HORA 08:20 08:25 08:30 08:40 08:50 09:00

7 8 9 10 11

2982-2013 1066-2014 537-2014 182-2013 1405-2015 1922-2013 696-2013 1609-2015 745-2015

LUNES 7 DE DICIEMBRE DE 2015 DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA JUAN CESAR CALLAHUE ARGANDOÑA Y OCOSITUC Y OTROS AMPARO RAYMUNDA PALOMINO PALOMINO RAYMUNDA MORALES CCORI DIVISION Y PARTICION JAIME MANSILLA OBLITAS HILDA LANDAETA QUISPE DIVORCIO POR CAUSAL PRESCRIPCION ADQUISITIVA ESCUELA SUPERIOR DE BELLAS ARTES EMP. DE TRANSPORTES SIWAR CESAR AUGUSTO DEL MAR DIAZ AUTORIZACION JUDICIAL ALEJANDRINA APAZA VILCA REINALDO ESCALANTE QUISPE TITULO SUPLETORIO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ BANCO CONTINENTAL Y OTRO INEFICACIA DE TITULO VALOR GUILLERMINA QUISPE CCOPA UGEL-CALCA Y OTROS CUMPLIMIENTO COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DILE TATIANA FLORES CARRASCO Y OTROS EJECUCION DE GARANTIAS

1579-2015 2235-2015 870-2015 01053-2013 1490-2014 63-2015

DEMANDANTE AGATON VALER TAPIA Y OTROS MIGUEL VASQUEZ FARFAN MARILU GAMBARINI VERA CARLOS ARROSPIDE MIRANDA Y OTROS MINISTERIO PUBLICO MINISTERIO PUBLICO

RES. PROCEDEN. COLEGIADO A 5JCC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO S 2JCC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO S 1JFC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO S 2JMx-Wanchaq PINARES-FERNANDEZ-DELGADO A 3JCC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO A 5JCC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO A 2JMx-Wanchaq PINARES-FERNANDEZ-DELGADO A 5JCC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO A 3JCC PINARES-FERNANDEZ-HOLGADO

MIERCOLES 09 DE DICIEMBRE DE 2015 DEMANDADO MATERIA ADMINISTRACION JUD. DE BNES AMERICO AYMA LAURENTE Y OTROS SASKIA ROMERO VILLASANTE REGIMEN DE VISITA MINISTERIO DE EDUCACION Y OTROS AMPARO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE CUSCO AMPARO ROBERT GARAY TAMAYO VIOLENCIA FAMILIAR JULIO CCOPA ASCUE VIOLENCIA FAMILIAR

RES. PROCEDEN. A 5JCC A 1JFC A 2JCC A 5JCC S 2JMx-Wanchaq S© JMx-Paucartambo

09:10 66-2015 MINISTERIO PUBLICO 09:20 461-2013 NELY HUACAC MACCUELLO 09:30 1347-2012 DAVID VARGAS OVIEDO 09:40 640-2013 JUAN GENARO GALDO ESPINOZA 10:00 157-2015 MINISTERIO DE EDUCACION

APOLONIA MAMANI LIMA WALTER PANCORBO MACCUELLO MARIA ISABEL GUEVARA VALENCIA PEDRO HEBER BACA COBOS Y OTROS ALEJANDRO CONTRERAS ROMERO Y OTROS

S© S S S A

DEMANDADO

1 2 3 4 5 6 7 8

HORA 08:30 08:40 08:50 09:00 09:10 09:20 09:30 09:40

1 2 3 4 5

HORA 08:30 08:40 08:50 09:00 09:10

750-2014 511-2014 2257-2014 285-2013 814-2015 1305-2012 920-2011 30-2013

DEMANDANTE E.C.M. SERVICIOS GENERALES SRL MINISTERIO PUBLICO TOMAS MAMANI QUISPE ALCIDES MONTOYA QUISPINGA DANIEL ALBERTO OLIVARES SANCHEZ MELQUIADES POMPILLA AMAUT RICARDINA TAPIA VDA. DE CARPIO WASHINGTON PALOMINO BARRIOS

0001-2014 748-2014 2213-2014 883-2013 64-2015

DEMANDANTE ELIZABETH CESPEDES DEL CARPIO SABINA HUAMAN LUQUE FERNANDO FLORES SALAZAR MELLICIO HUALLPA MAMANI MINISTERIO PUBLICO MIRIAM HELLY PINARES SILVA PRESIDENTA

VIOLENCIA FAMILIAR OBLIGACION DE HACER USURPACION DE NOMBRE NULIDAD DE ACTO JURIDICO ANULACION DE LAUDOS ARBITRALES

JUEVES 10 DE DICIEMBRE DE 2015 MATERIA

CORPAC S.A.

NULIDAD DE RES.ADM.

ANTONIETA ROMERO MONGE Y OTROS

CONTRAVENCION AL C.N.A

UGEL CUSCO

CUMPLIMIENTO

MAGISTRADOS SUPREMOS DE SALA DE DERECHO C.

AMPARO

2JMx DE SANTIAGO

AMPARO

JUAN MARIO CASTRO VARGAS Y OTRA

NULIDAD DE ACTO JURIDICO

CELIA CARPIO TAPIA Y OTROS

ANULABILIDAD DE ACTO JURIDICO

ANGEL ROSENDO PALOMINO BARRIOS Y OTROS

NOMBRAMIENTO DE ADM. BNES

VIERNES 11 DE DICIEMBRE DE 2015 DEMANDADO MATERIA DIVORCIO POR CAUSAL MARCO ARTEGA MUJICA FROILAN MACHACA CRUZ DECL.UNION DE HECHO VIRGINIA QUISPE YANQUIRIMACHI

DIVORCIO POR CUASAL

DULIA SALCEDO MAYTA

DIVORCIO POR CAUSAL

FORTUNATO QUISPE LUNA

VIOLENCIA FAMILIAR

COLEGIADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO 3JCC PINARES-FERNANDEZ-DELGADO JMx-Urubamba PINARES-FERNANDEZ-DELGADO SALA CIVIL PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

JMx-Paucartambo 1JMx-Wanchaq

RES. PROCEDEN. S 5JCC S 1JMx-Santiago S 3JCC S 5JCC S 5JCC S 2JCC S 2JCC S 2JMx-Wanchaq

COLEGIADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

RES. PROCEDEN. S© 3JFC S© 2JMx-Wanchaq S© 3JFC S© 3JFC S© JMx-Paucartambo

COLEGIADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

BERENICE MOSTAJO LAZO SECRETARIA

40

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 11 de diciembre del 2015

                      

                

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