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7 feb. 2018 - Cora, seguido por Valentín Pacco Quispe contra. Gregorio Pacco Suma; se ha dispuesto notificar ... PACCO SUMA en agravio de VALENTÍN PACCO. QUISPE. En virtud de dar protección inmediata ..... Vilma Vargas Trujillo; y la dirección de la Señora. Jueza Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, se ha.
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Miércoles, 7 de febrero del 2018

AVISOS JUDICIALES

NOTIFICACIÓN VIA EDICTO

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 071-2014-69-1001-JR-PE-07 SEÑORA: DIOGENES OJEDA HUAHUARIMA La Juez del Quinto Juzgado de penal unipersonal del Cusco, en el proceso N° 071-2014-0 seguido contra ARTURO MENESES YEPEZ Y OTRO, por el delito ABUSO DE AUTORIDAD, en agravio de WILLY TTITO MAMANI, bajo la actuación de la especialista judicial Abog. Anais Tapia Peña, emplaza al perito DIOGENES OJEDA HUAHUARIMA con el tenor del acta de audiencia de fecha 05 de enero de 2018. ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL I. INTRODUCCIÓN EXPEDIENTE N° 00071-2014-69-1001-JR-PE-03 JUEZ MARÍA ANGÉLICA QUISPE APAZA FECHA 01-02-2018 HORA DE INICIO 12:00 PM. SALA DE AUDIENCIA : 11VA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DELITO ABUSO DE AUTORIDAD. ACUSADO ARTURO MENESES YEPEZ Y OTRO AGRAVIADO WILLY TTITO MAMANI ESPECIALISTA DE CAUSA AGRIPINA USCA CAVIEDES. ESPECIALISTA DE AUDIO ROGER ZULOAGA ROJAS Audiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361.2 CPP y Art. II. ACREDITACIÓN 1. FISCAL: DELY ROSSANA PÉREZ VALENCIA, Fiscal adjunto provincial adscrito al Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con N° de teléfono 952718448 y con casilla electrónica N° 61659. 2. AGRAVIADO WILLY TTITO MAMANI: Presente. 3. DEFENSA DEL ACUSADO ARTURO MENESES YEPEZ: ABG. WILIAM PÉREZ VIDAL, con CAC N° 2562, con celular N° 984681447 y con CASILLA ELECTRÓNICA N° 28577. 4. ACUSADO ARTURO LEONEL MENESES YEPEZ: Presente. 5. DEFENSA DEL ACUSADO HÉCTOR RAMOS CCORIHUAMAN: ABG. MIGUEL ÁNGEL GARRADAJO con ICAC 6301, en esta oportunidad en remplazo del Dr. LUIS GALLEGOS INQUILTUPA, con registro ICAC 6301, celular Nro. 963361383 y demás datos registrados en audio., asimismo representara al acusado.

III. AUDIENCIA de Juicio Oral, para el día de la fecha está programada la concurrencia del perito Diógenes Ojeda Huahuarima a quien se le debió notificar mediante Edictos y al celular 984044979 el cual está apagado. FISCAL: En este acto prescinde del examen del referido Perito, registrado en audio. DEFENSA DEL ACUSADO ARTURO MENESES YEPEZ: Observa el requerimiento Fiscal y solicita la conducción compulsiva del perito, registrado en audio. DEFENSA DEL ACUSADO HÉCTOR RAMOS CCORIHUAMAN: Se allana al pedido de su colega. ESP. DE AUDIO: Lee la constancia dejada por el Esp. De Causa que indica que solo se publicó un día el Edicto, registrado en audio. Jada DEBATE. JUEZ: DISPONE que se notifique al perito Diógenes Ojeda Huahuarima mediante EDICTOS JUDICIALES, sin perjuicio que se notifique a su domicilio real según ficha RENIEC para que concurra en fecha 16-02-2018 A HORAS 09:00 PM, EN LA 11AVA SALA DEL MODULO PENAL, bajo apercibiendo de ser conducido compulsivamente, en su defecto ello no se da, prescindir de su examen. ACTIVIDAD PROBATORIA > Resolución de Gerencia 132-2012 a Fs. 14 6 del Expediente administrativo del predio del predio de Victoriana Mamani Huayhua. > Esquela de notificación 23-UNIFIL -2012 y 02 fotos tomada por el notificador, a Fs. 148/14 9 del Expediente administrativo del predio del predio de Victoriana Mamani Huayhua. > Resolución de alcaldía 265, a Fs. 163 del Expediente administrativo del predio del predio de Victoriana Mamani Huayhua. FISCAL: Fundamenta el aporte probatorio de las documentales, registrado en audio. DEFENSA DEL ACUSADO ARTURO MENESES YEPEZ: Observa el aporte probatorio de las documentales, registrado en audio. DEFENSA DEL ACUSADO HÉCTOR RAMOS CCORIHUAMAN: Observa el aporte probatorio de las documentales, registrado en audio. JUEZ: SUSPENDE la audiencia para ser continuada en las siguientes fechas: ♦ 12-02-2018 A HORAS 09:00 AM, EN LA 11AVA SALA DEL MODULO PENAL. ♦ 16-02-2018 A HORAS 09:00 PM, EN LA 11AVA SALA DEL MODULO PENAL. ♦ 23-02-2018 A HORAS 09:00 PM, EN LA 11AVA SALA DEL MODULO PENAL. ♦ 02-03-2018 A HORAS 09:00 AM, EN LA 11AVA SALA DEL MODULO PENAL. NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL ACUSADO ARTURO MENESES YEPEZ: Conforme y precisa que es posible su

inconcurrencia en fecha 12-02-2018 y en esa ocasión su patrocinado por derecho propio hará su defensa. DEFENSA DEL ACUSADO HÉCTOR RAMOS CCORIHUAMAN: Conforme. FISCAL: Se opone al pedido de la defensa del acusado Arturo Meneses Yépez. JUEZ: Indica al referido acusado que prevea que para esa fecha concurra con defensor privado de su libre elección. VII. CONCLUSIÓN: 11:50 AM. (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.(J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 12-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Valentín Pacco Quispe contra Gregorio Pacco Suma; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 15 de Enero del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de GREGORIO PACCO SUMA en agravio de VALENTÍN PACCO QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado GREGORIO PACCO SUMA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de VALENTÍN PACCO QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 06 de marzo del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 13-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Albertina Huillca Cordova

contra Daniel Mamani Chacea; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 18 de Enero del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de DANIEL MAMANI CHACCA en agravio de ALBERTINA HUILLCA CORDOVA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR al denunciado DANIEL MAMANI CHACCA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ALBERTINA HUILLCA CORDOVA._PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 06 de marzo del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 52-2014-11-PE Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo. Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora Se cita y emplaza a SADAN JOSIN GUZMAN SOTO y WILLIAM OSCCO GAMBOA; para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra , en el proceso que se les sigue por la supuesta comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Delitos Cometidos por Particulares, Sub Tipo Sustracción de Objetos Requisados y alternativamente por el Delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, Sub Tipo Hurto Agravado en agravio del Estado Peruano - Ministerio de Agricultura; señalándose fecha de audiencia de instalación de Juicio Oral para el día QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON TREINTA a verificarse en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo, sito en Calle Colon S/N (Hornokalle) del distrito y provincia de Paucartambo. (J.S. 07,08, 09 FEB)

Miércoles, 7 de febrero del 2018

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 18-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Addeherlin Alvarez Ccama contra Kevin Ascue Ccama; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 25 de Enero del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de KEVIN ASCUE CCAMA en agravio de ADDHERLIN GERARDO ALVAREZ CCAMA._En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado KEVIN ASCUE CCAMA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ADDHERLIN GERARDO ALVAREZ CCAMA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 07 de marzo del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 15-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Domingo Curasi Lima contra Ilda Curasi Mamani; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 23 de Enero del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ILDA CURASI MAMANI en agravio de DOMINGO CURASI LIMA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR a la denunciada ILDA CURASI MAMANI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de DOMINGO CURASI LIMA._PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas

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Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 07 de marzo del año 2018 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Homokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 16-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Vicente Casulla Cruz contra Javier Francisco Cayulla Cruz, Zenon Constantino Cayulla Cruz Y Martha Cayulla Cruz y viceversa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 23 de Enero del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, (AGRESIONES MUTUAS) en contra de VICENTE CAYULLA CRUZ en agravio de JAVIER FRANCISCO CAYULLA CRUZ, ZENON CONSTANTINO CAYULLA CRUZ y MARTHA CAYULLA CRUZ y en contra de JAVIER FRANCISCO CAYULLA CRUZ, ZENON CONSTANTINO CAYULLA CRUZ y MARTHA CAYULLA CRUZ en agravio de VICENTE CAYULLA CRUZ. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado VICENTE CAYULLA CRUZ, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de JAVIER FRANCISCO CAYULLA CRUZ, ZENON CONSTANTINO CAYULLA CRUZ y MARTHA CAYULLA CRUZ. ORDENAR a los denunciados JAVIER FRANCISCO CAYULLA CRUZ, ZENON CONSTANTINO CAYULLA CRUZ y MARTHA CAYULLA CRUZ, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de VICENTE CAYULLA CRUZ. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 08 de marzo del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 21-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Margarita Quispe Almanza contra Raúl Yarice Guzman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 31 de Enero del 2018.SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de RAUL YARICE GUZMAN en agravio de MARGARITA QUISPE ALMANZA. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado RAÚL YARICE GUZMAN, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MARGARITA QUISPE ALMANZA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 12 de marzo del año 2018 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO -VF Exp. 19-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Irene Choque Cordova contra Raúl Yarice Guzman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 29 de Enero del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros en contra de MARIO HUILLCA HUAMAN en agravio de IRENE CHOQUE CORDOVA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MARIO HUILLCA HUAMAN, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de IRENE CHOQUE

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CORDOVA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 08 de marzo del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) (J.S. 07,08, 09 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 22-2015-79-PE Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo. Secretaria judicial Yakelin Granilla Cora. Se pone de conocimiento de las personas de Julia Huamán Ccama, 2) Teófilo Curasi Quispe, 3) María Cecilia Chino Manotupa, 4) Miluska Medina Pichi, 5) Teófilo Conde Huacho, 6) Apolinar Sacaca Casilla, 7) Julio Cesar Sánchez Tello, 8) Sergio Silva Saico, 9) Felicitas Genoveva Lazo Burga, 10) Korina Yana Choque, 11) Felipe Yupanqui López, 12) Jorge Luis Quispe Quispe, 13) José Francisco Arones Yabarrena, 14) Bernardino Ttito Ttito, 15) Simón Aguilar Farfán, 16) Roció Ochoa Miranda, 17) Néstor Vargas Valdivia, 18) Giovana Alanoca Vilca, 19) Isabel Merma Suca, 20) Wily Didi Merma Suca, 21) Rene Mateo Jallasi Quispe, 22) Nolberta Cruz Díaz, 23) Belén Lagos Cruz, 24) Susy Analí Nina Ortogherin, 25) Eleuterio Pérez Lapa, 26) Dina Borda Lapa, 27) Bartolomé Saico Huillca, 28) José Auccacusi Cusihuaman, 29) Abimael Coras Sánchez, 30) Odilón Villa Quispe, 31) Evaluna Silva Saico, 32) Alberto Chino Alvaro, 33) Sulma Ninoska Nina Ortoguerin, 34) Rosa Erika Merma Soca, 35) Victoriano Pilco Compi, 36) Teófilo Núñez Pumallica, 37) Edgar Rene Yuca Cayo, 38) María Antonieta Sonque Maca, 39) Leonarda Ticuna Mayo, 40) Gavina Sabina Witoccallo Pérez, 41) Esichias Pérez Tinta, 42) Nancy Asunta Collanque Calcina, 43) Claudia Condori Huacho, 44) Juan De La Cruz Guzmán Martínez, 45) Dina Flora Caparó Suyo, 46) Sixto Quispe Miranda, 47) Elisa Barreto Quispe, 48) Florentino Conde Córdova, 49) Elisa Basilia Hilari Figueroa, 50) Mariano Inquel Lope, 51) Víctor Gutiérrez Huanca, 52) Avelina Arampa Compi, 53) Willian Enrique Arones, 54) Florencia Nina Ramírez; 55) Rosa Champí De Estrada; 56) Flor Delfina Curi Roque; y 56) La Asociación Arariwa el contenido de la Resolución N° 06 de fecha 31 de Enero del 2018 que en su parte resolutiva dispone: (...) SE RESUELVE: CONCEDER CON EFECTO SUSPENSIVO el recurso de Apelación interpuesta por FLOR DELFINA CURI ROCA en contra la Sentencia contenida en la resolución N°04 de fecha 23 de enero del 2018, sin perjuicio de ejecutarse provisionalmente la sentencia condenatoria a pena efectiva , conforme lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 418 del Código Pro-

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cesal Penal; ELÉVESE el expediente a la Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia del Cusco (...). H.S.-. (J.S. 07,08, 09 FEB)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO EXPEDIENTE: 0006-2014-0-1014-JR-FC-01 A LA PERSONA DE RODOLFO CACERES ROSADA Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Secretario judicial Luis Enrique Castillo Núñez, pone en conocimiento del sentenciado RODOLFO CACERES ROSADA, el contenido en la resolución N° 28 de fecha 22 de diciembre del 2017; del proceso de familia civil Nro. 00062014, seguido por Ruth Gilma Sayhua Mamani, contra Rodolfo Cáceres Rosada, sobre filiación y acumulativamente Alimentos, donde se resolvió: Poner en conocimiento del demandado RODOLFO CACERES ROSADA, por el termino de ley la liquidación de alimentos devengados obtenida, la misma que asciende a la suma de diez mil doscientos dieciocho con 22/100 nuevos soles, que adeuda el citado demandado. Rubrica del Señor Juez, dando fe el Especialista judicial.- Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. (J.S. 07,08, 09 FEB)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO EXPEDIENTE: 00001-2013-0-1014-JR-FC-01 A LA PERSONA DE ELMER LIMA PARILLO Ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, emplaza al demandado ELMER LIMA PARILLO; en el proceso de familia Nro. 01-2013-0-1014-JRFC-01, en los seguidos por Dere Huaraya Rimache, contra Elmer Lima Parrillo, sobre Alimentos, se dispuesto la notificación vía edicto la resolución No. 30, de fecha veintidós de diciembre del año dos mil diecisiete, donde: se resolvió: Poner en conocimiento del demandado Elmer Lima Parrillo, por el termino de ley la liquidación de alimentos devengados obtenida, la misma que asciende a la suma de dieciséis mil cuatrocientos cincuenta con 27/100 nuevos soles, que adeuda el citado demandado. Rubrica del Señor Juez, dando fe el Especialista judicial.- Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. (J.S. 07,08,09 FEB)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA RONY HUAMAN HUISA Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Quebrada, que despacha la señora Juez Alicia

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Vargas León, bajo la actuación del Especialista Judicial Israel Villafuerte Anaya, se viene tramitando el Proceso Penal EXP. 00098-2017-0-1019-JRPE-01, seguido contra RONY HUAMAN HUISA, por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de Peligro Común, subtipo Conducción en Estado de Ebriedad en agravio del Estado representado por el Ministerio Publico, donde mediante resolución numero cuatro de fecha 25 de enero del 2018, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de RONY HUAMAN HUISA. RESOLUCIÓN NRO. 04 La Quebrada, veinticinco de enero. Del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: EN TAL VIRTUD; Se REPROGRAMA la presente audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para llevarse acabo el día QUINCE DE MARZO del año dos mil dieciocho, a horas ONCE de la mañana, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Quebrada, sito en el inmueble de la esquina de la Av. Calca con el Jr. Lares, con la concurrencia de las partes esto es de la representante del Ministerio Publico quien deberá de concurrir bajo expreso apercibimiento de remitirse copias al Control Interno de su Institución, así como la concurrencia de la defensa de la parte investigada, bajo expreso apercibimiento de remitirse copias a la Coordinación de su Institución, se hace constar que la audiencia señalada es tomando en cuenta la distancia de los domicilios de las partes para efectos de su notificación y considerando las vacaciones judiciales que se aproximan, su diligenciamiento puede retardar. Asimismo por esta vez se da por justificada la inconcurrencia a la audiencia de fecha once de enero del año dos mil dieciocho por parte de la representante del Ministerio Publico. Y se dispone notificar al investigado Rony Huaman Huisa por mediante edicto conforme lo ha solicitado la representante del Ministerio Publico, disponiéndose además recabar tanto las publicaciones asi como las cédulas correspondientes oportunamente. H.S.(J.S. 07,08,09 FEB)

AVISOS JUDICIALES

AVISO JUDICIAL Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección de la señorita magistrada Dra. Lynda Vargas Manga, en el proceso judicial No. 00407-2017-0-1023-JP-CI-01 seguida por YESSICA ROXANA MACCAPA ROQUE, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto a la adición de la letra “c” al apellido materno de su madre “Ancori” de-

Miércoles, 7 de febrero del 2018

biendo ser “Anccori”, asi como se adicione en su partida el segundo nombre de su madre “ Avelina” se ha dispuesto se proceda a la notificación edictal, a las personas que pudieran invocar derecho alguno en el caso presente, lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa del señor Juez. (07,08, 09 FEB) San Sebastian, 31 de enero del 2018. JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN SEBASTIAN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 406-2017 seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián, Despachado por la Señorita Juez Dra. LYNDA VARGAS MANGA bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León GUIDO MOISES MACCAPA ROQUE solicita la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO por haberse considerado a la certificante como Valentina Roque Ancori, debiendo ser en forma correcta el de VALENTINA AVELINA ROQUE ANCCORI lo que se publica para los fines de ley s.s. (07,08 ,09 FEB) 31 de 01 -2018 ANTONINA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN SEBASTIÁN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

EDICTOS JUDICIALES

EDICTO Ante el Tercer juzgado de Paz letrado del Cusco, a cargo de la Dra. Judit Tacuri Chávez y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Judith Castillo Prado se viene tramitando el expediente N° 01427-2016-0-1001-JP-FC-03, seguido por Francisco Palomino Ramos, contra Liz Carla Palomino Mora, sobre exoneración de alimentos y mediante Resolución N° 01 (Auto Admisorio) se ha Resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Francisco Palomino Ramos, sobre exoneración de alimentos contra Liz Carla Palomino Mora. DEBIENDO sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO SUMARISIMO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Judicial de Cusco por una sola vez, cumplida dicha publicación, VERIFIQUESE la AUDIENCIA UNICA para el día DIECINUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 9:00 DE LA MAÑANA, acto en el que deben estar pre-

sentes las partes, bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica para los fines de Ley.- (07,08 FEB) Cusco, 23 de enero del 2018. JUDITH CASTILLO PRADO SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Tambobamba - Apurimac, a cargo del señor Juez Gabriel Suarez Valencia; en el Proceso Civil N° 077-2017-CI, SILVIA ZAMBRANO COLLADO DE YOPLAC representada por su apoderado Leoncio Mendoza Zambrano, viene solicitando la rectificación de su acta de nacimiento, asentada en el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de Apurimac; respecto a los borrones y enmendaduras que aparecen al escribirse su nombre de pila y la enmendadura que aparece al poner el lugar dónde es natural su progenitura indicado como Coyllurqui. Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretaria Judicial abogada Ana María Carpio Barbachan. (07,08, 09 FEB) Tambobamba, 17 de noviembre del 2017 ANA M. CARPIO BARBACHAN SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE COTABAMBAS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE APURIMAC

EDICTO JUDICIAL En el Expediente Nro 00058-2014-0-1003-JMFT-01, Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución N° 12 de fecha 24 de enero del año dos mil dieciocho - Auto que: RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la sentencia su fecha veintidós de abril del año dos mil quince, siendo su estado de la presente causa REQUIÉRASE al sentenciado MERCEDARIO VALENCIA ACHAHUI, a fin de que cumpla con pagar el monto dispuesto en la sentencia por concepto de reparación del daño ocasionado a favor de la agraviada Evangelina Díaz Aro, dentro del QUINTO día de notificado con la presente resolución bajo apercibimiento de ley, para la notificación de la presente resolución al demandado efectúese mediante edictos en el Diario Judicial del Cusco. Acomayo, 24 de enero del año 2018.

Miércoles, 7 de febrero del 2018

(J.S. 07, 08, 09 FEB)

EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 779-2017-0-2701-JR-PE-03 JUEZ: EDGAR LEÓN QUISPE. ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 06 de fecha 15 de enero de 2018. SE CITA a NORBERTO CURASI MENDOZA, investigado por la presunta comisión del delito contra la administración pública en su modalidad de desobediencia o resistencia a la autoridad en agravio del Estado Peruano, por haberse formulado el requerimiento de acusación en su contra, con el extracto de la resolución número 06 de fecha 15 de enero del año 2018, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA [hora exactal para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 1o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad.Puerto Maldonado, 22 de enero del 2018. (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO EXPEDIENTE 1602-2017-0-2701-JR-PE-01 JUEZ: EDGARD LEÓN QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 03 de fecha 18 de enero del 2018. SE NOTIFICA al investigado MIGUEL ANTONIO TAPIA RONTO, por la presunta comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de edad representado por su progenitora, Amancita Saire Saire, con el extracto de la resolución número 03 de su fecha; resolución que reprograma audiencia de proceso inmediato para el día 07 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA. A llevarse a cabo en la Tercera Sala de Audiencias de esta Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivero N°720 de esta ciudad.Puerto Maldonado, 24 de enero del año 2018. (J.S. 07,08, 09 FEB)

EDICTO JUDICIAL SEÑOR: PROGENITOR DEL MENOR YHON SAMUEL ESPINOZA CONDORI (09 meses). Que ante el Juzgado Civil de la Provincia de Canchis - Sicuani, despachado por la señora Ma-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

gistrada Nelly Consuelo Yabar Villagarcía y bajo actuación de la secretaria judicial Indyra Raysha Paredez Sanca, se viene tramitando el PROCESO FAMILIA CIVIL NRO. 086-2017-FC, en el cual se ha dispuesto la publicación del extracto de la Resolución N° 03 el cual es como sigue: Por lo que, habiéndose calificado positivamente la demanda y estando a lo preceptuado por el artículo 430 del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al caso de autos. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SANTOS CHUQUICHAMPI MAMANI, en contra de A) PROGENITOR DEL MENOR YHON SAMUEL ESPINOZA CONDORI CUYO NOMBRE SE DESCONOCE POR SER PERSONA INCIERTA, y B) LUZ CLARITA ESPINOZA CONDORI, sobre ADOPCION EN VÍA EXCEPCION DEL MENOR YHON SAMUEL ESPINOZA CONDORI (09 meses), con citación del representante del Ministerio Público. TRAMITESE en la vía del PROCESO ÚNICO. CÓRRASE TRASLADO de la demanda a la demandada, por el término perentorio de CINCO DIAS, debiendo notificársele en sus domicilio real; bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. CÓRRASE TRASLADO de la demanda al demandado persona incierta mediante Edictos Judiciales por el plazo de tres días consecutivos en el Diario Judicial del Cusco y Diario Oficial El Peruano, tal como dispone el artículo 165° del Código Procesal Civil, para lo cual la parte demandante proceda a recabar los edictos judiciales en secretaria del Juzgado en horario de atención al público. Lo que se publica para los fines de Ley. Publíquese por tres días consecutivos en el Diario Judicial del Cusco y Diario Oficial El Peruano. (05, 06, 07 FEB) Sicuani, 15 de enero del año 2018. INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO CIVIL DE CANCHIS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que despacha la Dra. Ofelia Paredes Salas, se viene tramitando el Proceso Civil N° 191-2017-0-1001-JM-CI-01. En el cual se ha dispuesto la publicación por edicto judicial conforme a Ley de la resolución admisoria que en la parte pertinente dice: Resolución número 2 de fecha 19 de abril del 2017: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por SEGURO SOCIAL- ESSALUD representada por su Apoderada María Angélica Miranda Ayerbe sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO contra Alejandro Francisco Yañez García debiendo sustanciarse en la vía correspondiente al PROCESO ABREVIADO, y por resolución 11 de fecha 12 de enero se ha dispuesto notificar al demandado ALEJANDRO FRANCISCO YAÑEZ GARCIA con

la resolución 2 mediante edictos en la forma establecida por ley en el Diario el Peruano y el Diario del Cusco.- H.S.-Juez-Ofelia Paredes Salas.- Secretaria Judicial.- Patricia Alarcon T.- Secretario Judicial.- (05, 07, 09 FEB) Cusco, 19 de enero del 2018 PATRICIA ALARCON TISOC SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO DE WANCHAQ Y PENAL LIQUIDADOR DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO ROSMERY SERRANO PUMA ha demandado el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO contra la Sucesión Hereditaria del que en vida fue FIDEL MERMA CÁRDENAS, demanda que fue admitida con el número 5964-2017 ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco, en la vía del proceso abreviado, ordenándose que se corra traslado de la demanda a los demandados por el término de diez días bajo apercibimiento de designárseles Curador Procesal en su representación. (01, 05, 07 FEB) INGRID SIERRA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA-CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL En el Proceso Civil Nro. 02766-2017-0-1001-JRCI-05, sobre RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS seguido por Paulina Ccollana Mamani Viuda de Quispe contra Walter Gamez Astete y otros, bajo la actuación del Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo; y la dirección de la Señora Jueza Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, se ha dispuesto la publicación del extracto Judicial de la Resolución Nro. 01 de fecha 01 de Diciembre del 2017: (...)SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PAULINA CCOLLANA MAMANI VDA. DE QUISPE contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA DE CUSCO sobre RECTIFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a la demandada por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, con citación del Procurador Público Encargado de los Asuntos Judiciales de la Dirección Regional de Agricultura de Cusco. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Insértese en autos los anexos de su referencia. Asimismo cítese con la demanda a los colindantes Munici-

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palidad Distrital de San Jerónimo, Giraldo Ccayo Atayupanqui, Toribio Challco Lázaro y Walter Gamez Astete. (...). H. S. (26 ENE Y 01,07 FEB) VILMA VARGAS TRUJILLO ESPECIALISTA LEGAL QUINTO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

SUCESIONES

EDICTO JUDICIAL Ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha la Señorita Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación del Especialista Judicial Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el proceso no contencioso número 000062018-0-1001 -JP-C1-04, en el que se ha emitido la resolución N° 01 de fecha 15 de enero del 2018, que resuelve ADMITIR A TRAMITE la solicitud formulada por VIRGINIA DUEÑAS CCARHUARUPAY y RAFAEL DUEÑAS CCARHUARUPAY sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue ALCIDES DUEÑAS GUARNIZO, quien falleció el 22 de octubre del 2000, a fin que se declare como herederos a los solicitantes VIRGINIA DUEÑAS CCARHUARUPAY y RAFAEL DUEÑAS CCARHUARUPAY. Lo que se publica para fines de ley. (07, 08, 09 FEB) Cusco, 15 de enero del 2018. MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE N°: 001-2018-CI Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección de la señora Juez, Dra. Judith Andrea Bellota Guzmán, y la actuación del Secretario Judicial Amador Tinta Chaiña, don DAMIAN MAMANI ARAPA, viene solicitando la declaración de SUCESION INTESTADA del que en vida fue Wilfredo Jesús Mamani Centeno, fallecido en fecha diez de noviembre de dos mil diecisiete, en la localidad Juliaca-Puno, aclarando que su ultimo domicilio del causante ha sido en la Avenida César Vallejo s/n del Sicuani, Provincia de Canchis, por lo que se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley.- Lo que se publica para los fines de Ley.- (06, 07, 08 FEB) Sicuani, 31 de enero del 2018

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AMADOR TINTA CHAIÑA SECRETARIO JUDICIAL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CANCHIS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a FRANCISCO CJURO FLORES, en el Proceso Nro. 191-2017-0-I010-JRPF-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio del estado, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MANANJA (09.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). (J.S. 05, 06, 07 FEB)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza al Señor OFELIA ERIKA LUCANA FIGUEROA, en el Proceso Nro. 729-20I70-1010-JR-PF.-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad previsto y sancionado en el articulo 274 inciso primero del Código Penal . Para que asista a la audiencia de proceso inmediato Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día once de ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de diciembre del 2017. (J.S. 05, 06, 07 FEB)

EDICTO PENAL PAUCARTAMBO EXP. N°: 31-2017-8-1013-JR-PE-01 IMPUTADO: EMILIANO QUISPE QUISPE AGRAVIADO: FELICIANA QUISPE QUISPE

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO JUZGADO: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO RESOLUCIÓN N°04 Paucartambo, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al acusado Emiliano Quispe Quispe. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 10:30 A.M. diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon s/n del Cercado de Paucartambo. 3. Se dispone la notificación del acusado Emiliano Quispe Quispe mediante edictos de ley en el Diario Judicial de Cusco por las veces de ley. 4. Se designa como abogado del imputado Emiliano Quispe Quispe al defensor público del Ministerio de Justicia de Paucartambo, Abog. William Mamani Vilcanqui, quien deberá de asumir la defensa del imputado conforme a ley. 5. Se dispone la notificación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.(J.S. 05, 06, 07 FEB)

EDICTO PENAL PAUCARTAMBO EXP. N° 128-2016-93-1013-JR-PE-01 IMPUTADO: Juan Abel Enempa Peña AGRAVIADO: FELICIANA QUISPE QUISPE JUZGADO: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO RESOLUCIÓN N°04 Paucartambo, diecisiete de enero del año dos mil dieciocho 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al acusado Juan Abel Enempa Peña. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 10:30 A.M. diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon s/n del Cercado de Paucartambo. 3. Se dispone la notificación del acusado Juan Abel Enempa Peña en su domicilio real señalado en autos sin perjuicio de ello se debe notificársele mediante edictos de ley que se publicaran en el diario judicial por el termino de ley. 4. Se designa como abogado defensor del acusado Juan Abel Enempa Peña, al abogado de la defensoria publica de Paucartambo, Abog. William Mamani Vilcanqui, a quien se le deberá de notificar con esta resolución para los fines pertinentes a fin de que asuma la defensa del acusado con arreglo a ley, teniendo en cuenta que la audiencia programada es de carácter inaplazable, subsistiendo las apercibimientos dictados en las resoluciones No 01 y 02. 5. Se dispone la notificación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.-

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EDICTO PENAL SEÑOR: PAUL JEREMI CANALES PASTOR El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 2504-2017-3-1001-JR-PE-03, seguido contra el acusado antes referido, por el delito de Robo Agravado, en agravio de Karen Kelly Velasco Guzmán y otra, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 01 del 31/01/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACION.- La 2da FPP de Wanchaq, formula ACUSACION contra: PAÚL JEREMI CANALES PASTOR, como Coautor del delito de Robo Agravado, previsto en el inciso 1, 2 y 4 del Primer Párrafo del artículo 189 del Código Penal (concordante con el artículo 188 del acotado - tipo base), en Grado de consumado, en agravio de Katherine Criss Velasco Guzmán y Karen Kelly Velasco Guzmán, respecto de los hechos ocurridos en fecha 29/12/15; se solicita contra el acusado 14 AÑOS Y 04 MESES DE P.P.L. EFECTIVA y el pago de S/. 6.000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de las agraviadas. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 31/01/18.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (…). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día ONCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS (…). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (…). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (…). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (…). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (…) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (…) 7. (…) NOTIFIQUESE al acusado mediante la publicación de edictos (…) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr.

Guido Castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 31 de enero del 2018. (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL 1° Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza al JIJAN CARLOS GUZMAN BLANCO, en el Proceso Nro. 909-2017-70-1010-JR-PF-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de AQUILINA PUCLLA APAZA, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día MIÉRCOLES TREINTA DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 27 de Diciembre del 2017. (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL SEÑORES: EBER QUISPE CONDORI MARIBEL SAIRE CONDENA E! señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Ochoa Muñoz, en el proceso Nro 603-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Eber Quispe Condori, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Maribel Saire Condena, bajo la actuación del especialista judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 31/01/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 4to Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: Eber Quispe Condori, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Maribel Saire Condena, respecto de los hechos ocurridos en fecha 13/09/17; se solicita contra los acusados 10 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, INHABILITACIÓN por el plazo de la condena y el pago de S/. 800.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. |RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 31/01/1 7.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor

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puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 31 de enero del 2018. (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL SEÑOR: MAX JEFFERSON MAMANI AYMA. El señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 5348-2017-0-1001-JRPE-07, seguido contra MAX JEFFERSON MAMANI AYMA, por la presunta comisión del delito contra la seguridad publica en la modalidad de conducción en estado de ebriedad, tipificado en el artículo 446, primer párrafo del Código Penal en agravio del estado, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 15/11/17, y acta de audiencia de fecha 30 de enero 2018, cuyo contenido es el siguiente: CITACIÓN DE AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, diez de enero Del año dos mil dieciocho.DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago y de conformidad a lo previsto en el artículo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE a todos los extremos: 1. CITAR a la audiencia única pública de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato para el día DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) ACTO QUE SE REALIZARA EN LA DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO, ubicado en el CUARTO piso del Palacio de Justicia, con la presencia obligatoria del Fiscal y el imputado, quien actúa por derecho propio, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de declarar inamisible su pedido; PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85° del CPP modificado por Ley N° 30076. 2. PRECÍSESE que el Juez frente al requerimiento fiscal de incoación de proceso inmediato se pronunciará respecto a lo siguiente: a) Sobre la procedencia de la medida coercitiva requerida por el Fiscal, b) Sobre la procedencia del principio de oportunidad, de acuerdo reparatorio o de la terminación anticipada, solicitado por las partes y c) Sobre la procedencia de la incoación del proceso inmediato, según sea el caso. 3. PRECÍSESE Que: 1). El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 4) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1- y 2- del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096- 2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE que la fecha asignada para el presente acto procesal es por la recargada programación de audiencias que se tiene en el SÉPTIMO juzgado de investigación preparatoria. 5. COMUNIQÚESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en las oficinas del Despacho Judicial, para los fines que se requiera. 6. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado MAX JEFFERSON MAMANI AYMA al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para elegir un abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se GIRE el oficio correspondiente a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con la designación de un defensor de oficio, y el apersonamiento inmediato del defensor público, bajo apercibimiento de tenerse por designada a la misma. 7. REQUERIR al Representante del Ministerio Publico y a los abogados de las partes procesales y terceros intervinientes, señalar domicilio procesal electrónico denominada “Casilla Electrónica” bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de NO VOLVER A NOTIFICAR EN LOS DOMICILIOS PROCESALES SEÑALADOS CON ANTERIODAD Y DARLOS POR NOTIFICADOS CON LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL JUZGADO, TODO CONFORME A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NRO.

584-2016-PCSJCU-PJ. 8. NOTIFIQUESE a todos los sujetos procesales REGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO I. INTRODUCCIÓN: EXPEDIENTE N° 05348-2017-0-1001-JRPE-07 JUEZ ALEX LEÓN MARTÍNEZ FECHA 31-01-2018 HORA DE INICIO 09.30 AM SALADEAUD. DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DELITO CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD IMPUTADO MAMANI AYMA, MAX JEFFERSON AGRAVIADO LA SOCIEDAD ESPECIALISTA DE AUDIO YESENIA MELIZA MORALES MOSCOSO AUDIENCIA QUE SERA GRABADA EN EL SISTEMA DE AUDIO (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA) II. ACREDITACIÓN 1. REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO: JENER LUIS SENDON ALBA Fiscal Adjunto de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco. 2. DEFENSA DEL IMPUTADO IRMA CONDORI TERAN.- Con colegiatura 2479, con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D Wanchaq Cusco Casilla Electrónica 55049. JUEZ: Se deja constancia que de la revisión de autos el imputado no sido debidamente emplazado, motivo por el cual no se puede verificar la presente audiencia. JUEZ: Se reprograma la presente audiencia para el DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE A REALIZARSE EN ESTA DÉCIMO SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO, sito cuarto piso para lo cual las partes que han concurrido en este acto, quedan debidamente notificados. SE DISPONE que la especialista de causa con la debía anticipación notifique al imputado mediante EDICTOS JUDICIALES en el Diario Judicial de la corte Superior de Justicia de Cusco, cuyas publicaciones deberán de realizarse por tres fechas consecutivas, las mismas que tendrán que ser anexadas al expediente. III.NOTIFICACION: FISCAL: Conforme. DEFENSA PUBLICA DEL IMPUTADO; Conforme. IV. CONCLUSIÓN: CONCLUSIÓN: 09:48 AM. (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.(J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL SEÑOR: JAIME VALENCIA CASTRO. El señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 4811-2017-0-1001-JR-PE-07, seguido contra JAIME VALENCIA CASTRO, por

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la presunta comisión del delito contra la familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar, tipificado en el artículo 149, primer párrafo del Código Penal en agravio de la menor de iniciales JU.MI.VA.QU representada por su progenitora Victoria Quispe Hancco, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 15/11/17, y acta de audiencia de fecha 30 de enero 2018, cuyo contenido es el siguiente: CITACIÓN DE AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, quince de noviembre Del año dos mil diecisiete.DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago y de conformidad a lo previsto en el artículo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE a todos los extremos: 1. CITAR a la audiencia única pública de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato para el día VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUETOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) ACTO QUE SE REALIZARA EN LA DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO, ubicado en el CUARTO piso del Palacio de Justicia, con la presencia obligatoria del Fiscal y el imputado, quien actúa por derecho propio, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de declarar inamisible su pedido; PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85° del CPP modificado por Ley N° 30076. 2. PRECÍSESE que el Juez frente al requerimiento fiscal de incoación de proceso inmediato se pronunciará respecto a lo siguiente: a) Sobre la procedencia de la medida coercitiva requerida por el Fiscal, b) Sobre la procedencia del principio de oportunidad, de acuerdo reparatorio o de la terminación anticipada, solicitado por las partes y c) Sobre la procedencia de la incoación del proceso inmediato, según sea el caso. 3. PRECÍSESE Que: 1). El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 4) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 169, incisos 19 y 2- del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N9 096- 2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE que la fecha asignada para el presente acto procesal es por la recargada programación de audiencias que se tiene en el SÉPTIMO juzgado de investigación preparatoria.

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5. COMUNIQÚESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en las oficinas del Despacho Judicial, para los fines que se requiera. 6. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado JAIME VALENCIA CASTRO al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para elegir un abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se GIRE el oficio correspondiente a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con la designación de un defensor de oficio, y el apersonamiento inmediato del defensor público, bajo apercibimiento de tenerse por designada a la misma. 7. REQUERIR al Representante del Ministerio Publico y a los abogados de las partes procesales y terceros intervinientes, señalar domicilio procesal electrónico denominada “Casilla Electrónica” bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de NO VOLVER A NOTIFICAR EN LOS DOMICILIOS PROCESALES SEÑALADOS CON ANTERIODAD Y DARLOS POR NOTIFICADOS CON LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL JUZGADO, TODO CONFORME A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NRO. 584-2016- P CSJCU-PJ. 8. NOTIFÍQUESE a todos los sujetos procesales ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO I. INTRODUCCIÓN EXPEDIENTE N° 04811-2017-0-1001-JRPE-07 JUEZ ALEX LEÓN MARTÍNEZ FECHA 30-01-2018 HORA DE INICIO 10:02 AM SALA DE AUD. DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DELITO INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA IMPUTADO AGRAVIADO : ESP. DE CAUSA ESP. DEAUDIO JAIME VALENCIA CASTRO VICTORIA QUISPE HANCCO HENNING GARCÍA RÍOS YESENIA MEUZA MORALES MOSCOSO Audiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA) II. ACREDITACIÓN: 1. FISCAL: DELY ROSSANA PÉREZ VALENCIA, Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, casilla electrónica la N° 61659 2. DEFENSA PUBLICA DEL ACUSADO: MILUSKA BACA BELTRAN, con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D distrito de Wanchaq Cusco, Casilla Electrónica N° 55084 Teléfono N° 974951651. JUEZ: Se deja constancia que de la revisión de autos el imputado no sido debidamente emplazado, motivo por el cual no se puede verificar la presente audiencia JUEZ: Se reprograma la presente audiencia para el día DÍA LUNES 26 DE MARZO DEL AÑO DOS

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS A REALIZARSE EN ESTA DÉCIMO SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO, sito cuarto piso para lo cual las partes que han concurrido en este acto, quedan debidamente notificados. SE DISPONE que la especialista de causa con la debía anticipación notifique al imputado mediante EDICTOS JUDICIALES en el Diario Judicial de la corte Superior de Justicia de Cusco, cuyas publicaciones deberán de realizarse por tres fechas consecutivas, las mismas que tendrán que ser anexadas al expediente. III.NOTIFICACION: FISCAL: Conforme. DEFENSA PUBLICA DEL IMPUTADO; Conforme. IV. CONCLUSIÓN: CONCLUSIÓN: 10:18 AM (Artículo 121° ldel Código Procesal Penal). De lo que certifico.(J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a FORTUNATO OSCCO MAITA en el Proceso Nro. 564-2017-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra FORTUNATO OSCCO MAITA por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, subtipo lesiones en la modalidad de agresión en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar, en agravio de OLGA LEGUIA OLARTE, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A M), en la primera sala de audiencia de éste Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 05 de febrero del 2018 (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Vacaciones de La Convención, Echarate y Maranura, que despacha el Señor Juez Francisco Ponce Atención, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 00348-2017-70-1010-JR-PE-01, en los seguidos CONTRA MÁXIMO GUTIÉRREZ HILARIO y ELZA QUISPE HINOSTROZA, en calidad de COAUTORES, como coautores por el presunto delito contra la Salud Pública- Al Tráfico Ilícito de Drogas, en La Modalidad de Promoción,

Miércoles, 7 de febrero del 2018

Favorecimiento O Facilitación del Consumo Ilegal de Drogas Toxicas MEDIANTE ACTOS DE TRAFICO, en agravio DEL ESTADO PERUANO, representando por la Procuraduría Pública del Ministerio del Interior relativo al delito de Tráfico Ilícito de Drogas; se ha dispuesto se efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 04, de fecha cinco de febrero del año dos mil dieciocho; a la acusada: ELZA QUISPE HINOSTROZA .Cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° Q4.Quillabamba, cinco de febrero Del año dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:A).- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución REPROGRAMAR la AUDIENCIA PÚBLICA de CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTISÉIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA. (...). HÁGASE SABERRESOLUCIÓN N° 01. RESOLUCIÓN Nro.01 Quillabamba; veintitrés de octubre Del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA con el requerimiento de Acusación; presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal; en consecuencia: SE DISPONE: 1.-CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) (...). EXTRACTO DE REQUERIMIENTO ACUSATORIO: EXP. N° 00423-2014-76-1010-JR-PE-01 Conforme lo estable el Articulo 349- y siguientes de Código Procesal Penal, recurro a su despacho a fin de formular acusación fiscal contra MÁXIMO GUTIÉRREZ HILARIO y ELZA QUISPE HINOSTROZA, en calidad de CO-AUTORES, por el presunto DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA - TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS, EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN, FAVORECIMIENTO CONSUMO ILEGAL DE DROGAS TOXICAS, MEDIANTE ACTOS DE TRAFICO, en agravio del Estado Peruano, conductas establecidas en el primer párrafo del articulo 296a de Código Penal, en agravio del Estado Peruano, representado por la Procuraduría Publica de Asuntos Judiciales del Ministerio de Interior relativo al tráfico ilícito de Drogas. Requerimiento de Acusación: con los requisitos establecidos en el artículo 349°, del Código Penal, estos son: Los datos de identificación de los imputados, la relación clara y precisa del hecho que se atribuye a los imputados, los elementos de convicción recabados que fundamentan el requerimiento de acusación, la participación que se atribuye a los imputados, la tipificación del hecho, la cuantía de la pena, monto de reparación civil, circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores, señala

los elementos de convicción que lo sustentan y los medios probatorios ofrecidos, señala que los imputados Máximo Gutiérrez Hilario y Elza Quispe Hinostroza, tiene la calidad de coautores del delito contra la salud pública -tráfico en la modalidad de promoción, favorecimiento, consumo ilegal de drogas toxicas, mediante actos de tráfico, en agravio del estado peruano, conductas establecidas en el primer párrafo del artículo 296a de Código Penal, en agravio del Estado Peruano, representado por la Procuraduría Publica de Asuntos Judiciales del Ministerio de Interior relativo al tráfico ilícito de Drogas, asimismo refiere que no existen circunstancias modificatorias de la responsabilidad atenuada o de imputabilidad restringida, y solicita la imposición para el imputado Máximo Gutiérrez Hilario de 12 años y 08 meses de pena privativa de libertad efectiva, 300 días multa que equivale a SI. 3,000 soles e inhabilitación de 05 años; y, para la imputada Elza Quispe Hinostroza 10 años y 04 meses de pena privativa de libertad efectiva, 240 dias multa que equivale a SI. 996.00 soles e inhabilitación de 05 años, y una reparación civil por la suma de SI. 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Soles), que deberán pagar los imputados a favor del Estado Peruano, en forma solidaria y demás extremos del requerimiento acusatorio. (J.S. 07,08,09 FEB)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a MAGDA CHAMBI CATUNTA, en el Proceso Nro. 0203-2016-30-1010-JR-PE-01 en los seguidos contra MAGDA CHAMBI CATUNTA como autor del delito Contra La Libertad En La Modalidad De Trata De Personas, tipo especifico de Trata de personas, tipo especifico de Trata de Personas Agravado, en agravio de menor identificada con las iniciales M.H.Q representado por su progenitora Sofia Quillahuaman Núñez previsto y sancionado por el LITERAL A.2 párrafo del Art 153° del Código Penal. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14:00 P.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). (J.S. 07,08,09 FEB)