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5 feb. 2018 - LOS ALBERTO, en contra de PETER ERICH NORDT CUBA. Y OTROS , sobre MEJOR DERECHO DE ... demanda interpuesta por CARLOS ALBERTO NORDT CUBA sobre declaración de propiedad .... por Milagros Caballero Acosta, con el extracto de la resolución número 01 de fecha 24 de enero del ...
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 5 de febrero del 2018

AVISOS JUDICIALES (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

NOTIFICACIÓN VIA EDICTO NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

NOTIFICACION POR EDICTO

Demandado: Sucesores del que en vida fue JUAN TEVES HILARES. En el Proceso Penal Nro. 542-2017, existe demanda interpuesta por REBECA BOLIVAR FLOREZ T, sobre, Declaración Judicial de estado de Convivencia, en contra de los Sucesores del que en vida fue JUAN TEVES HILARES, que despacha la señora Juez de Familia- La Convención- DRA. C. RAMOS, se ha dictado auto admisorio.-Q-18-08-17.-Admitase i córrase traslado de la demanda a los Sucesores del que en vida fue JUAN TEVES HILARES, y NOTIFÍQUESE a dichos SUCESORES, mediante el Diario Judicial-Cusco, y por carteles en los lugares Públicos de costumbre, por el termino de ley. — Firmado por la señora Juez, Dra. C. RAMOS, i secretario P. Condori Q.- (05 FEB) Quillabamba, 05 de Octubre 2017 CARMEN RAMOS URBIOLA JUEZ SUPERNUMERARIA JUZGADO DE FAMILIA DE LA CONVENCIÓN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL PABLO G. CONDORI QUIPO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE FAMILIA-LA CONVENCION-QUILLABAMBA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

EXPEDIENTE: 00019-2014-43-1014-JR-PE-01 A LA PERSONA DE FRANCISCO COAQUIRA FERNÁNDEZ Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, se viene tramitando el proceso penal número penal Nro. 0019-2014-43, seguido contra Cesar Cruz Quispe y Otros, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado, en agravio de Moisés Garate Lasteros y Otros; Que mediante resolución N° 05 de fecha 24 de enero del 2018. SE DISPONE: Se cumpla con notificar al agraviado Francisco Coaquira Fernández, mediante Edicto, la resolución uno de fecha siete de julio del año dos mil dieciséis, y la presente resolución por la que se dispone la notificación vía edicto judicial, a fin de que ejercite su derecho conforme a ley. Así como SE RESUELVE: REQUERIR al encargado de la oficina de notificaciones del Juzgado de Paz Letrado de Quellouno de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a efecto de que en el término perentorio de veinticuatro horas de notificado, con la presente, cumplan con devolver la cédula de notificación numero 10862017, destinada a Yuder Andrade Yabarrena, bajo apremio de comunicarse a la ODECMA, en caso de incumplimiento; con tal fin Gírese oficio a la citada sede judicial, adjuntando una copia certificada de la presente resolución, así como copia del oficio N° 280-2017-CN-C/Q-CSJCU-PJ, de fecha diecinueve de julio del año dos mil diecisiete. Si perjuicio de lo resuelto precedemente y a efecto de evitar dilaciones innecesarias en el presente proceso cúmplase con adjuntar a la presente; la resolución numero uno de fecha siete de julio del año dos mil diecisiete, adjuntando al mismo el requerimiento de sobreseimiento, para notificar al imputado a Yuder Andrade Yabarrena. NOTIFIQUESE a las demás partes, en sus domicilios señalados en autos conforme a ley.- Hágase Saber.- Rubrica del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTEDES. Quincemil, 24 de enero del 2018

EXPEDIENTE: 00019-2014-15-1014-JR-PE-01 A LAS PERSONAS DE RUDl ÁNGEL PANTIGOSO CHELQUETUMA, y YUDER ANDRADE YABARREBA, así como a los agraviados CESAR JUAN CCANCCAPA MONRROY, Y FRANCISCO COAQUIRA FERNÁNDEZ. Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, se viene tramitando el proceso penal número penal Nro. 0019-2014-15, seguido contra Cesar Cruz Quispe y Otros, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado, en agravio de Moisés Garate Lasteros y Otros; Que mediante resolución N° 24 de fecha 17 de enero del 2018 dispone que cumpla el Especialista legal, con reingresar el escrito de Riña Natividad Arana García, Fiscal, a cargo de la presente investigación al incidente N° 0019-2014-43, debiendo dejar copias certificadas en su lugar, así como recomiéndese a la Doctora Riña Natividad Arana García, para que cumpla con presentar sus escritos al incidente correcto, a efecto de no hacer incurrir en error al personal jurisdiccional bajo apremio de rechazarse liminalmente su escrito. Así como RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la resolución numero veintidós de fecha dos de junio del año dos mil diecisiete, que declara inadmisible el pedido de terminación anticipada solicitado por la Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Quispicanchi, en consecuencia ARCHÍVESE Definitivamente el presente proceso y consiguientemente DISPONGO la remisión del presente proceso al archivo central de esta Sede Judicial conforme a ley. Hágase Saber.- Rubrica del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTEDES.

fensor. SEGUNDO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, la audiencia es de carácter inaplazable, a la que deberá emplazarse a las partes, y en caso de la no concurrencia de la defensa privada se dispondrá su reemplazo inmediato por la defensa pública. En consecuencia; SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a audiencia de prisión preventiva, para el día CATORCE DE FEBREO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta), en la Novena Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado; precisando que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su defensa técnica. 2. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución, y declararse inadmisible el requerimiento, disponiéndose su archivo en la dependencia correspondiente. 3. OFICÍESE a la Coordinación de la Defensa Pública del MINJUS Cusco, a fin de que designen el número necesario de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado(s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento de prisión preventiva. 4. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales, y al imputado en su domicilio real señalado en autos. Regístrese y comunÍquese.(J.S. 02, 05, 06 FEB)

Quincemil, 17 de enero del 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LAS PERSONAS DE VÍCTOR GONZALO CHOQQUE Ante el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Zulay Sánchez Farfan, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas de Urbiola, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 0580-2018-20-1001-JR-PE-05, seguido contra Victor Gonzalo Choqque por la presunta comisión del delito de Actos contra el Pudor, en agravio de menor de iniciales L.A.Q.C, se ha dispuesto la notificación vía edicto de: RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA: ANGELA MARÍA PAREDES MENDOZA, Fiscal Provincial (T) del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, formula contra Victor Gonzalo Choqque como autor de la comisión del Delito la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo Actos Contra el Pudor en menor de diez anos, ¡licito previsto y sancionado por el Inciso 3o del primer párrafo del articulo 176-Ade la norma sustantiva penal, en agravio de la menor de Iniciales LA.Q.C(12) representada por su progenitora Primitiva Cruz Quispe] de conformidad con lo establecido en el articulo 268° y siguientes del Código Procesal Penal, solicito se dicte Mandato de Prisión Preventiva, por el plazo de 06 meses, ello tomando en cuenta que falta transitar por dos etapas del proceso penal. RESOLUCIÓN NRO 01 Cusco, uno de febrero del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento de prisión preventiva formulado por el Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 271.1° del Código Procesal Penal prescribe que el Juez de la Investigación Preparatoria, realizará la audiencia para determinar la procedencia de la prisión preventiva. La audiencia se celebrará con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado y su de-

EDICTOS

EDICTO JUDICIAL

SEÑOR: PROGENITOR DEL MENOR YHON SAMUEL ESPINOZA CONDORI (09 meses). Que ante el Juzgado Civil de la Provincia de Canchis - Sicuani, despachado por la señora Magistrada Nelly Consuelo Yabar Villagarcía y bajo actuación de la secretaria judicial Indyra Raysha Paredez Sanca, se viene tramitando el PROCESO FAMILIA CIVIL NRO. 086-2017-FC, en el cual se ha dispuesto la publicación del extracto de la Resolución N° 03 el cual es como sigue: Por lo que, habiéndose calificado positivamente la demanda y estando a lo preceptuado por el artículo 430 del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al caso de autos. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SANTOS CHUQUICHAMPI MAMANI, en contra de A) PROGENITOR DEL MENOR YHON SAMUEL ESPINOZA CONDORI CUYO NOMBRE SE DESCONOCE POR SER PERSONA INCIERTA, y B) LUZ CLARITA ESPINOZA CONDORI, sobre ADOPCION EN VÍA EXCEPCION DEL MENOR YHON SAMUEL ESPINOZA CONDORI (09 meses), con citación del representante del Ministerio Público. TRAMITESE en la vía del PROCESO ÚNICO. CÓRRASE TRASLADO de la demanda a la demandada, por el término perentorio de CINCO DIAS, debiendo notificársele en sus domicilio real; bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. CÓRRASE TRASLADO de la demanda al demandado persona incierta mediante Edictos Judiciales por el plazo de tres días consecutivos en el Diario Judicial del Cusco y Diario Oficial El Peruano, tal como dispone el artículo 165° del Código Procesal Civil, para lo cual la parte demandante proceda a recabar los edictos judiciales en secretaria del Juzgado en horario de atención al público. Lo que se publica para los fines de Ley. Publíquese por tres días consecutivos en el Diario Judicial del Cusco

y Diario Oficial El Peruano. (05, 06, 07 FEB) Sicuani, 15 de enero del año 2018. INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO CIVIL DE CANCHIS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que despacha la Dra. Ofelia Paredes Salas, se viene tramitando el Proceso Civil N° 191-2017-0-1001-JM-CI-01. En el cual se ha dispuesto la publicación por edicto judicial conforme a Ley de la resolución admisoria que en la parte pertinente dice: Resolución número 2 de fecha 19 de abril del 2017: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por SEGURO SOCIALESSALUD representada por su Apoderada María Angélica Miranda Ayerbe sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO contra Alejandro Francisco Yañez García debiendo sustanciarse en la vía correspondiente al PROCESO ABREVIADO, y por resolución 11 de fecha 12 de enero se ha dispuesto notificar al demandado ALEJANDRO FRANCISCO YAÑEZ GARCIA con la resolución 2 mediante edictos en la forma establecida por ley en el Diario el Peruano y el Diario del Cusco.- H.S.-Juez-Ofelia Paredes Salas.- Secretaria Judicial.- Patricia Alarcon T.- Secretario Judicial.- (05, 07, 09 FEB) Cusco, 19 de enero del 2018 PATRICIA ALARCON TISOC SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO DE WANCHAQ Y PENAL LIQUIDADOR DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el proceso N° 207-2017-0-1005-JM-FC-01, la demanda interpuesta por Erika Sarco Palomino sobre declaración de unión de hecho, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DOS, de fecha diecisiete de julio de año dos mil diecisiete; en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por ERIKA SARCO PALOMINO contra la sucesión del que en vida fue WILBERT FIDEL MEJIA PAGUADA y su progenitora CARMEN FRANCISCA PAGUADA DE MEJIA sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO. En consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. NOTIFIQUESE, el estracto del auto admisorio a la sucesión del que en vida fue Wilbert Fidel Mejía Paguada, a fin de que se apersonen y hagan valer su derecho, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios del recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal. REQUIERASE; a todos los sujetos procesales a fin de que señalen casilla electrónica. A LOS ANEXOS: Agregúese a sus antecedentes los anexos que acompaña. (05 FEB) Calca, 18 de enero del 2018. SOFIA RIOS QUIROZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE CALCA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO PODER JUDICIAL

Lunes, 5 de febrero del 2018

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N°136-2017CI, habiéndose resuelto: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por Cecilia Huisa Hachire, del que en vida fue su hijo Livio Choque Huisa, en la VIA NO CONTENCIOSO, para que previo los tramites de ley sea declarada única y universal heredera. NOTIFIQUESE a la Beneficencia Publica de la Ciudad del Cusco. H.S.- Juez Dra N. Cáceres. Secretario Judicial W. Kana Ch.- Lo que se publica para los fines de Ley. (05 FEB) Espinar, 21 de diciembre del 2017 WALTER KANA CHILO ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ESPINAR CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA

EXPEDIENTE: 456-2017-0-1005-JR-PE-01 JUEZ: Roció Soledad Caceres Pérez. ESPECIALISTA: Rosalynn Huillca Soncco. RESOLUCION N°04 Se notifica al imputado ABIMAEL MACHACA SIERRA, en el proceso seguido por la comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR; con el extracto de la Resolución N° 04, Mediante el cual se cita a audiencia de Control de Acusación directa, Para el día 07 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS 12:30 P.M (HORA EXACTA), la que tendrá lugar en la Sala de audiencia de Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, sito ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca. Deberá asistir con el Abogado Defensor de su libre elección bajo apercibimiento de llevarse a cabo las audiencia con el Abogado defensor de citado. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA

EXPEDIENTE: 457-2017-0-1005-JR-PE-01 JUEZ: ROCÍO SOLEDAD CACERES PÉREZ ESPECIALISTA: ROSALYNN HUILLCA SONCCO RESOLUCION N°04 Se notifica al imputado GENARO OLIVERA HUALLPA, en el proceso seguido por la comisión del delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar; con el extracto de la Resolución N° 04 Mediante el cual se cita a audiencia única de Control de acusación. Para el día 08 de Marzo del 2018, a horas 12:30 medio dia (hora exacta), la que tendrá lugar en la Sala de audiencia de Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, sito ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca. Deberá asistir con el Abogado Defensor de su libre elección bajo apercibimiento de llevarse a cabo las audiencia con el Abogado defensor de citado. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado CIRILO HUAHUSONCCO HUAMAN, con D.N.I. 43692921, nacido el 16/08/1986, de 28 años de edad, natural de Lamay - Calca, estado civil soltero, con grado de instrucción secundaria 2do año, de padres Gregorio y Simona, con domicilio real en la Calle Arequipa S/N Lamay-Calca; en el proceso Nro. 200-2017-27, seguida en su contra por la presunta comisión de Delitos Contra el Patrimonio Cultural, en su modalidad de Delitos Contra los Bienes Culturales, Subtipo EXTRACCIÓN ILEGAL DE BIENES CULTURALES, previsto en el artículo 228 del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO representado por la DIRECCIÓN DE CULTURA DE CUSCO, y tenga a bien CONCURRIR el día QUNCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DIEZ CON TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado. Calca, 26 de enero del 2018. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO JUDICIAL

EPX. N° 00224-2017-0-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echarati ESPECIALISTA JUDICIAL: PAMELA ROCIÓ DÍAZ CASTRO. Se emplaza al señor ÓSCAR CCOLLCA GONZALES, con la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintiocho de diciembre del 2017.VISTO.- El requerimiento de incoación del Proceso Inmediato presentado por la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, y conforme a lo previsto en el artículo 447° del CPP, y por disposición superior. PRECÍSESE que la audiencia es de carácter inaplazable y para su instalación es obligatoria la presencia del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento de inconcurrencia de éste último, de ser reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por un defensor público, llevándose a cabo la diligencia1. La resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. Gírese oficio a la Defensoría Pública de Quillabamba para que cumpla con designar letrado que se haga cargo de la defensa del imputado, en caso de inconcurrencia de su abogado defensor. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos.-RESOLUCIÓN N° 02. Veintidós de enero del año 2018. VISTOS Y OÍDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por no estar diligenciada la cédula de notificación del procesado y del agraviado. SEGUNDO.- DISPONER LA REPROGRAMACIÓN de la presente audiencia para ser llevada a cabo el DÍA MIÉRCOLES CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, con la concurrencia obligatoria de los sujetos procesales presente en esta sala de audiencia. TERCERO: SE DISPONE NOTIFICAR al procesado Osear Ccollcca Gonzales, con un extracto de la resolución uno y la presente acta mediante EDICTOS que deberán ser publicados en el Diario Judicial el Peruano y del Cusco. H.S. NOTIFICACIÓN JUEZ: NOTIFICA con la resolución dictada en éste acto a los sujetos procesales asistentes a la audiencia. 1 Articulo 447° numeral 4 del Nuevo Código Procesas Penal: “la audiencia única de incoación del proceso inmediato es de carácter inaplazable. Rige lo establecido en el artículo 85.” Artículo 85 numeral I del Nuevo Código Procesas Penal: “Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y esta es de carácter inaplazable será reemplazado por otro que en ese acto, designe el procesado, o por uno de oficio, llevándose adelante la diligencia.” (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO JUDICIAL

Señores herederos legales de PETER ERICH NORDT CUBA Y CARMELA CUBA DE NORDT: Ante el Juzgado primer Juzgado Mixto de Wanchaq, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 785-2017 - CI seguido por CARLOS ALBERTO, en contra de PETER ERICH NORDT CUBA Y OTROS , sobre MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD se ha dispuesto notificar a la sucesión de los herederos legales de PETER ERICH NORDT CUBA Y CARMELA CUBA DE NORDT con la parte pertinente de la resolución número uno de fecha cuatro de diciembre del año dos mil diecisiete: SE ADMITE la

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demanda interpuesta por CARLOS ALBERTO NORDT CUBA sobre declaración de propiedad respecto del inmueble N° 6-1A de la urbanización Chachacomayoc con un área e 108. m2 del distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco inscrito en el asiento N° 11039327 contra la sucesión de PETER NORDT ABRIL Y CARMELA CUBA DE NORDT y PETER ERICH NORDT CUBA Y ELVA GALLEGOS BUSTIOS en la vía de conocimiento confiérase traslado por el termino de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.-firma de la señora juez Janet Ofelia Paredes Salas Juez del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq, especialista Judicial Crisalta Salazar Yauta. (02, 05, 06 FEB)

representado por su progenitor Santos Quispe Pari, a fin de que comparezcan al Juzgado, a brinden su declaración en audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, programado para el día 19 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:30 am. Bajo apremio de Ley en caso de su inconcurrencia. Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Bajo la actuación de la Secretaria Judicial. Rocío. C.A.

Cusco, 16 de enero del 2018

(Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 333-2016-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate notifica a MARCELINO RODRÍGUEZ CACERES y MARTHA SÁNCHEZ YUCRA; progenitores del menor JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, a la diligencia de Recepción de declaración referencial a verificarse el día 20 DE ABRIL DEL AÑO 2018 A HORAS 11:00 A.M, en el CAR MARIANO MELGAR DE LA ASOCIACIÓN CIVIL HÉROES DEL PERÚ, ubicado en la Urbanización Manuel Prado K-5, distrito y provincia del departamento de Cusco. Bajo la actuación de la señorita Secretaria Abog. Rocío Callaymara A. Firma.- Juez. Abog. Nataly .C. Cáceres Velarde.

CRISALTA SALAZAR YAUTA SECREATARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO DE WANCHAQ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Solina Maybeé Apaza Béjar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cáceres del Río, se ha ordenado la notificación por edictos de los imputados Jesús David Cabanillas García, Edwin Ornar Escobedo Juárez y Wilber Elard Chura Gonza con un extracto de la resolución N° 01 del 22 de enero de 2018, derivado del expediente Nro. 0060-2017-90-1011-JR-PE-01, seguido en contra de Jesús David Cabanillas García, Edwin Ornar Escobedo Juárez y Wilber Elard Chura Gonza, por el delito contra el patrimonio en la modalidad de Estafa agravada, en agravio de Adriel Serrano Oxa, siendo como sigue: Resolución N° 01. Paruro, 22 de enero de 2018. (...)III. PARTE RESOLUTIVA 1. RECEPCIONAR el requerimiento de Acusación Fiscal presentado por el representante del Ministerio Público de Paruro, contra Jesús David Cabanillas García, Edwin Ornar Escobedo Juárez y Wilber Elard Chura Gonza, como presuntos co-autores del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa y otras defraudaciones, tipo penal estafa agravada, ilícito penal previsto y sancionado por los numerales 01 y 02 del artículo 196° -A del Código Penal, en concordancia con el artículo 196° del Código Penal, en agravio de Adriel Serrano Oxa. 2. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para los fines que correspondan (...). 3. CÍTESE a la audiencia preliminar de acusación para el día 18 DE ABRIL DE 2018, a horas NUEVE de la mañana (hora exacta) (...). . H.S. Paruro, 22 de enero de 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

(J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO

(J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO

TERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 00086-2018-0-2701 -JR-PE-03 JUEZ: Edgard León Quispe. ESPECIALISTA JUDICIAL: Elizabeth Beatriz Anco Gallegos NUMERO DE RESOLUCIÓN: 01 de fecha 24 de Enero de 2018. SE CITA a ANDY ROGERS MONTALVO LÓPEZ, por la comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio de menor de edad representada por Milagros Caballero Acosta, con el extracto de la resolución número 01 de fecha 24 de enero del año 2018, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 3o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad. Asimismo el imputado en mención deberá de designar defensor privado de su libre elección caso contrario persistirá la designación de la defensa pública. Puerto Maldonado, 25 de enero del 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO JUDICIAL

EDICTO

(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 351-2016-FP. Se notifica al presunto infractor de iniciales I.L.B. a fin de que comparezca al Juzgado, debidamente acompañado de su progenitora Dolores Bayona Huisa a fin de que brinden su declaración referencial en audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, programado para el día 19 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 08:30 A.M. Bajo apremio de Ley en caso de su inconcurrencia. Firma.- Juez. Abog. Nataly. C. Cáceres Velarde. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

Que, el Proceso Civil N° 0317-2017-0-1010-JM-CI-01, seguido por Ruddy Mariela Huaman Alvarez contra Juana Alvarez Cruz y otro, conteniendo la pretensión de Supresión de Nombre “RUDDY MARIELA” por el de “MARIELA”, debiendo quedar “Mariela Huaman Alvarez”, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, admítase en la vía del proceso Abreviado; y CÓRRASE traslado a los demandados, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días. (24, 30 ENE Y 05 FEB) Lo que se publica para los fines de ley.

EDICTO

(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 423-2016-FP. Se notifica a los presuntos infractores de iniciales R.C.P. representado por su progenitor Eloy Celis Huamán y al menor de ¡niales J.A.Q.M.

MÓNICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE LA CONVENCIÓN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

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La República EDICTO

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la ConvenciónQuillabamba, despachado por la Señora Jueza Karina Valia Ochoa Montufar, bajo la actuación del Secretario Judicial Horacio Dayan Loaiza Andia, se tramita el Expediente N° 3012017, seguido por SONIA GARCIA QUISPE contra JORGE CHALLQUI ALANOCCA, sobre Prestación de Alimentos; en la que se dispone mediante resolución número cinco la notificación del demandado mediante edictos, con el auto admisorio, cuyo extracto es el que sigue: “SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso UNICO, la demanda interpuesta por SONIA GARCIA QUISPE en representación de su menor hija NELLY MILAGROS CHALLQUI GARCIA en contra de JORGE CHALLQUI ALANOCCA, sobre PRESTACION DE ALIMENTOS; en tal virtud, córrase traslado al demandado por el plazo de CINCO DIAS, para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de declararlo rebelde, quien deberá absolver conforme a lo previsto por el artículo 565 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de no admitirse su contestación. (…).H.S.-Fdo. Juez Dr. Horacio Dayan Loaiza Andia.- Secretaria Diana Pozo Gallegos”. (24, 30 ENE Y 05 FEB) Quillabamba, 15 de enero del 2018 H.DAYAN LOAIZA ANDIA JUEZ SUPERNUMERARIO SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA CONVENCION – QUILLABAMBA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO

ROSMERY SERRANO PUMA ha demandado el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO contra la Sucesión Hereditaria del que en vida fue FIDEL MERMA CÁRDENAS, demanda que fue admitida con el número 5964-2017 ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco, en la vía del proceso abreviado, ordenándose que se corra traslado de la demanda a los demandados por el término de diez días bajo apercibimiento de designárseles Curador Procesal en su representación. (01, 05, 07 FEB) INGRID SIERRA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA-CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Hugo Guevara Flores, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Katty Lacuta Huanqui, se dicto sentencia en el Proceso Civil N° 248-2017-0-1009-JM-CI-01; seguido por Lucy Maritza Chara Andia y Ulber Pauccar Almanza, sobre cambio de nombre de su menor hija Briana Evilyn Pauccar Chara”; habiéndose RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda; y, en consecuencia, I. ORDENO cambiar el nombre de la menor “Briana Evilyn Pauccar Chara”, debiendo ser en adelante identificada como Ashley Briana Pauccar Chara; nombre con el cual deberá ser identificada en todos sus documentos oficiales. II. ORDENO que se inscriba el cambio de nombre en el Acta de Nacimiento de la menor. III. PRECISAR que el cambio de nombre de la menor no modifica ningún vínculo sanguíneo, familiar o parental; previa publicación de un extracto de la sentencia en el Diario El Cusco. IV. ORDENO que se inscriba el cambio de nombre en el documento de identidad de la menor, debiendo oficiarse a la Reniec para su cumplimiento; lo que se publica para los fines pertinentes. (29, 31 ENE 01, 02 Y 05 FEB) Espinar, 18 de enero de 2018. KATTY LACUTA HUANQUI SECRETARIA JUDICIAL

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

JUZGADO MIXTO DE ESPINAR CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Nro; 2338-2017, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MELQUIADES CHINO SENCIA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del inmueble s/n denominado LLOCLLAN, del Sector de Ticapata, del distrito de San Sebastián, provincia y Departamento de Cusco, en contra la Sucesión de quien en vida fue JESUS VARGAS SICUS. Debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, y por su mérito CÓRRASE traslado a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS. Conforme lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil efectúese las publicaciones por edicto judicial, con intervalo de tres días. NOTIFIQUESE a la sucesión del demandado JESUS VARGAS SICUS, mediante edictos con la finalidad de que se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curados procesal. Firmando por el señor Juez la especialista legal. (25, 31 ENE Y 05 FEB) Cusco, 14 de enero del 2018. LEIDY SOTO CASTILLO ESPECIALISTA LEGAL TERCER JUZGADO CIVIL MODULO CORPORATIVO CIVIL – LABORAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, PODER JUDICIAL

Lunes, 5 de febrero del 2018

en vida fue su cónyuge BENITO LLANOS CONDORI, fallecido en fecha cuatro de Mayo del dos mil diecisiete, en el hospital de Sicuani, Provincia de Canchis, departamento de Cusco, por lo que, se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley.- Lo que se publica para los fines de ley. (05 FEB) Sicuani, 30 de Enero del 2018 ROSINELIA ACO CORRALES SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CANCHIS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Que ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canchis -Sicuani, que despacha el señor Juez Supernumerario doctor Gabriel Farroñan Flores, bajo la actuación del Secretario Judicial abogado Marco W. Olivera Huamán, se viene tramitando el PROCESO CIVIL Nro. 00002-2018-0-1007-JP-CI-01, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue; SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por VIVIANA QUIÑONES TTITO DE ACHAHUANCO sobre SUCESION INTESTADA del que en vida fue su progenitora ASCENCIA TTITO PACCHI fallecida en fecha trece de febrero del año dos mil ocho, en la ciudad de Sicuani, y declarar como únicos y universales herederos legales a la recurrente Viviana Quiñones Ttito de Achahuanco y a su hermana Gabina Quiñones Ttito, teniendo su ultimo domicilio en esta ciudad. En la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Lo que se publica para los fines de Ley. (5 FEB) Sicuani, 29 de Enero del año 2018

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro. 4697-2017 sobre declaración de unión de hecho instado por Bertha Luza Ccorihuaman dentro del cual se ha ordenado notificar a los HEDEREROS LEGALES del que en vida fuera JUAN CARLOS MORA HUARKA con el extracto de la demanda, siendo como sigue: Resolución Nro. 02 , Cusco, seis de Noviembre del año dos mil diecisiete.”...Por cumplido el mandato ordenado en autos, y VISTO; el escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; Y CONSIDERANDO:...SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por BERTHA LUZA CCORIHUAMAN, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contra los HEREDEROS LEGALES del que en vida fue JUAN CARLOS MORA HUARKA, DEBIENDO de NOTIFICARSE MEDIANTE EDICTOS conforme al Artículo 167 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley , con citación de la representante del Ministerio Público.Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos para su oportunidad.- H.S. (01, 02, 05 FEB) Cusco, 30 de Enero del 2018. CARMEN PALOMINO ALATRISTA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

SUCESIONES

EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA

EXPEDIENTE N°: 00520-2017-0-1007-JP-CI-01 Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección del Señor Juez Dr. Gabriel Farroñan Flores y la actuación de la Especialista Legal Abogada Rosinelia Aco Corrales, doña VALENTINA CCARITA QUISPE DE LLANOS viene solicitando la declaración de SUCESION INTESTADA del que

MARCO W. OLIVERA HUAMAN SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CANCHIS CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Oré, bajo la actuación del especialista legal Juvenal Lazo Zambrano, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 179-2017-0-1004-JP-CI-01, Seguido por CIRILA HUAMAN HUANCCOLLUCHO sobre SUCESION INTESTADA, de quien en vida fue FELIPA HUANCCOLLUCHO DE HUAMAN, quien falleció en fecha 03 de Agosto del 2015, se publica para los fines de Ley. (05 FEB) Anta, 26 de Enero del 2018 LEANDRO JUVENAL LAZO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ANTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, Exp. N° 104-2017-CI, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución N° 01 del 22-12-2017:’...ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por RINA ANGELICA RODRIGUEZ ARZUBIALDE en la vía del Proceso No Contencioso sobre SUCESION INTESTADA de QEVF Don ABEL RODRIGUEZ SALAS; (...) Practíquese las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano”, “El Diario de Cuzco”, “Municipalidad” y “Gobernatura de Maranura”.- Lo que se publica para los fines de ley. (05 FEB) Maranura, 29 de enero del 2018 BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO E

INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE MARANURA PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 10-2018-CI seguido por DULCE MARÍA PATATINGO CONDE sobre SUCESION INTESTADA de su padre VICENTE PATATINGO HUAHUASONCCO fallecido el 12-10-2016, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- (02, 05, 06 FEB) San Jerónimo, 31-01-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERÓNIMO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 05-2018-CI seguido por TANHIA MAGALLY PEÑA MOLINA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su padre, siendo lo correcto FIDEL SIMON PEÑA RUIZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- (30 ENE, 01, 05 FEB) San Jerónimo, 18-01-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ, se viene tramitando el Proceso Civil No. 217-2017-CI, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA Res. No. 01. Urcos, 05 de Enero del año 2018. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por DANIEL OCHOA BACA Y GUMERCINDA HUARCAYA AGUILAR, contra PORFIRIO SAMOCHUALLPA HUILLCAHUAMAN Y SOFIA QUINTANA DE SAMOCHUALLPA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del Inmueble rustico denominado “ TTICAPATA “, de un área de 2,680 metros cuadrados y un perímetro de 313.81 metros cuadrados ubicado en el Distrito de Huaro, Provincia de Quispicanchi. Departamento del Cusco. Demanda que deberá ser tramitada en la VIA del PROCESO ABREVIADO, córrase traslado a los demandados por el plazo de diez días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; con citación de la DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL CUSCO, el PROCURADOR PUBLICO DE LA DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - CUSCO, POLICARPO USCACHI ESPINO, LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARO, representado por su Alcalde; y, al PROCURADOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARO. De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, en el Diario Oficial El Peruano, Diario Judicial de la ciudad del Cusco, por el término de TRES VECES con intervalo de TRES DIAS, en la forma prescrita por los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil.- Asimismo, PUBLIQUESE por radiodifusión por CINCO DIAS consecutivos en una emisora local. H.S. (24,30 ENE Y 05 FEB) Urcos, 19 de Enero del 2018 MANUEL J. CORDERO SÁNCHEZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE QUISPICANCHI CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

Lunes, 5 de febrero del 2018

PODER JUDICIAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a FRANCISCO CJURO FLORES, en el Proceso Nro. 191-2017-0-I010-JR-PF-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio del estado, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MANANJA (09.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).

Paucartambo, diecisiete de enero del año dos mil dieciocho 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al acusado Juan Abel Enempa Peña. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 10:30 A.M. diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon s/n del Cercado de Paucartambo. 3. Se dispone la notificación del acusado Juan Abel Enempa Peña en su domicilio real señalado en autos sin perjuicio de ello se debe notificársele mediante edictos de ley que se publicaran en el diario judicial por el termino de ley. 4. Se designa como abogado defensor del acusado Juan Abel Enempa Peña, al abogado de la defensoria publica de Paucartambo, Abog. William Mamani Vilcanqui, a quien se le deberá de notificar con esta resolución para los fines pertinentes a fin de que asuma la defensa del acusado con arreglo a ley, teniendo en cuenta que la audiencia programada es de carácter inaplazable, subsistiendo las apercibimientos dictados en las resoluciones No 01 y 02. 5. Se dispone la notificación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.-

(J.S. 05, 06, 07 FEB)

(J.S. 05, 06, 07 FEB)

EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza al Señor OFELIA ERIKA LUCANA FIGUEROA, en el Proceso Nro. 729-20I7-0-1010-JR-PF.-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad previsto y sancionado en el articulo 274 inciso primero del Código Penal . Para que asista a la audiencia de proceso inmediato Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día once de ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 10 de diciembre del 2017. (J.S. 05, 06, 07 FEB) EDICTO PENAL PAUCARTAMBO EXP. N°: 31-2017-8-1013-JR-PE-01 IMPUTADO: EMILIANO QUISPE QUISPE AGRAVIADO: FELICIANA QUISPE QUISPE JUZGADO: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO RESOLUCIÓN N°04 Paucartambo, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al acusado Emiliano Quispe Quispe. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 10:30 A.M. diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon s/n del Cercado de Paucartambo. 3. Se dispone la notificación del acusado Emiliano Quispe Quispe mediante edictos de ley en el Diario Judicial de Cusco por las veces de ley. 4. Se designa como abogado del imputado Emiliano Quispe Quispe al defensor público del Ministerio de Justicia de Paucartambo, Abog. William Mamani Vilcanqui, quien deberá de asumir la defensa del imputado conforme a ley. 5. Se dispone la notificación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.(J.S. 05, 06, 07 FEB)

EDICTO PENAL PAUCARTAMBO

EXP. N° 128-2016-93-1013-JR-PE-01 IMPUTADO: Juan Abel Enempa Peña AGRAVIADO: FELICIANA QUISPE QUISPE JUZGADO: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO RESOLUCIÓN N°04

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL

SEÑORES: ROGER CONDORI QUINTANILLA BANEZA ALMANZA QUISPE La señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro 347-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra el acusado ante referido, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Baneza Almanza Quispe, bajo la actuación del especialista judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 18/08/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 3er Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: ROGER CONDORI QUINTANILLA, por el delito de por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Baneza Almanza Quispe, respecto de los hechos ocurridos en fecha 03/10/17; se solicita contra los acusados 01 AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA POR EL MISMO TERMINO, INHABILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de SA 300.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 18/08/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DOS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 18 de enero del 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO PENAL

SEÑOR: ROBERTO JESUS PACCO ORTIZ EL señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 5428-2017-0-1001-JR-PE-03, seguido contra el acusado ante referido, por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Eliades Hilario Capcha, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 26/12/17 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- La 2da FPP de Wanchaq, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: ROBERTO JESÚS PACCO ORTIZ; en su calidad de autor, por La comisión del delito de LESIONES GRAVES; en agravio de ELIADES HILARIO CAPCHA, respecto de los hechos ocurridos en fecha 13/09/16; se solicita contra el acusado 04 AÑOS Y 06 MESES DE P.P.L. EFECTIVA y el pago de S/. 4.000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 07/12/17.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...) . Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS (...) . 2. SE PRECISA que en virtud del articulo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...) . 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...) . 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE al acusado mediante la publicación de edictos (...) ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCIÓN (...) II.- ACREDITACIÓN (...) RESOLUCIÓN N° 04. Cusco, 29/01/18 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en .audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la verificación de la presente audiencia, por falta de notificación valida al imputado. 2. NOTIFÍQUESE al imputado ROBERTO JESÚS PACCO ORTIZ mediante EDICTOS JUDICIALES, con resumen de la resolución N° 01 y la fecha de nueva audiencia. 3. SE REPROGRAMA la presente audiencia para que sea verificada en fecha 10 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, EN LA NOVENA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, dándose por notificados los presentes. 4. Asimismo, NOTIFICAR al representante del Ministerio Público. NOTIFICACIÓN: (...) IV. CONCLUSIÓN (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 30 de enero del 2018 (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO PENAL

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPATORIA DEL CUSCO. EXP: Nro. 5070-2017-0-1001-JR-PE-02 ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: MARIO QUILLAHUAMAN MAMANI Se ha dispuesto notificar con la Resolución 03 expedida en el Acta de Audiencia Incoación de Proceso Inmediato de fecha 30/01/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03; de fecha 30/01/2018 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio.

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PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe. En tal virtud, estando a lo precedentemente señalado, SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA TRECE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, quedando en este acto notificadas las partes procesales concurrentes para efectos de que estén presentes en la audiencia señalada. 3. SE DISPONE, que conforme ha solicitado la señora Fiscal, el personal encargado del diligenciamiento de las notificaciones lo haga a través de los EDICTOS DE LEY, los mismos que deben ser publicados en el diario judicial correspondiente a efecto de que el imputado asista a la audiencia reprogramada. Sin perjuicio de ello, también SE DISPONE que se NOTIFIQUE al imputado vía llamada a su teléfono móvil el que tiene el Nro.945262542, que alcanzó como suyo el imputado Mario Quillahuaman Mamani, se haga a efecto de no entorpecer en el normal desarrollo de esta audiencia. FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 31 de enero del 2017. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 0209-2015-14-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. ESPECIALISTA DE CAUSA: Pamela Rocio Diaz Castro SEÑORES: ERICK RODNEY SÁNCHEZ GONZALES y DIONICIO ALVAREZ CALDERÓN. Se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 06 de fecha 09/01/18 el extracto de la resolución que corre traslado el Requerimiento de Acusación, un extracto del requerimiento de acusación cuyos contenidos son los siguientes: RESOLUCIÓN N° 01. Cusco, ocho de mayo De dos mil diecisiete.DADO CUENTA: (...). Conforme a lo previsto en el articulo 350° del Código acotado; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL PETITORIO La fiscalía Mixta de Echarati Formula Acusación Penal contra ERICK RODNEY SÁNCHEZ GONZALES y DIONICIO ALVAREZ CALDERÓN como COAUTORIA del delito contra La Fe Publica, en la modalidad de Falsificación de Documentos en General, sub tipo FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS en agravio del Estado representada por la Unidad de Gestión Educativa Local de La Convención. CUANTÍA DE LA PENA QUE SE IMPONE La Fiscalía Mixta Solicita de Echarati solicita se le imponga a los acusados ERICK RODNEY SÁNCHEZ GONZALES y DIONICIO ALVAREZ CALDERÓN una pena de CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE CARÁCTER SUSPENDIDA. MONTO DE LA REPARACIÓN CIVIL.El Ministerio Público solicita como reparación civil el monto de TRES MIL CON 00/100 SOLES (S/.3,000.00) que deberán efectuar los imputados a favor de la parte agraviada EL ESTADO, monto que deberán en forma solidaria. MEDIDA DE COERCIÓN NO EXISTE MEDIDA DE COERCIÓN subsistente en contra de los imputados ERICK RODNEY SÁNCHEZ GONZALES y

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La República

DIONICIO ALVAREZ CALDERÓN. Echarati, 09 de Enero del 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO PENAL

SEÑORES: JUAN CARLOS YUCRA QUIÑONES MELISSA CALLAPIÑA QUISPE El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Castillo Lira, en el proceso Nro 468-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra el acusado ante referido, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del grupo Familiar, en agravio de Melissa Callapiña Quispe, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 24/01/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 1er Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN contra: Juan Carlos Yucra Quiñones, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del grupo Familiar, en agravio de Melissa Callapiña Quispe, respecto de los hechos ocurridos en fecha 31/08/17; se solicita contra el acusado 01 AÑO DE P.P.L. SUSPENDIDA POR 01 AÑO, INHABILITACIÓN y el pago de S/. 500.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 24/01/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...) . Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del articulo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...) . 5. Notifiquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...) . 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFIQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Guido castillo Lira, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 24 de enero del 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO PENAL

SEÑORES: ELIZABETH HERLINDA CRUZ AGUILAR MENOR B.C.G.C. REPRESENTADO POR EFRAIN GARCES PACCORI La señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro 68-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra la acusada antes referida, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio del menor de iniciales B.C.G.C, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 02 del 26/01/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 4to Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: ELIZABETH HERLINDA CRUZ AGUILAR, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio del menor de iniciales B.C.G.C. representado

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

por su progenitor Efraín Garcés Paccori, respecto de los hechos ocurridos en fecha 07/10/17; se solicita contra la acusada 02 AÑOS Y 04 MESES DE PPL, INHABILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de SA 500.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 26/01/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación {...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...)• 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFIQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 26 de enero del 2018. (J.S. 01, 02 Y 05 FEB)

EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCA

SEÑOR: SENOBIA POCCORIMAY SALLO. La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00252-2017-72-1005-JR-PE- 01, seguido contra Senobia Poccorimay Sallo, en agravio de Inocencia Taboada Zegarra, sobre el delito de Lesiones Leves, debiéndose notificar a : SENOBIA POCCORIMAY SALLO, con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de audiencias Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar al imputado con la reprogramación de audiencia celebrada en fecha 24-01-2018. RESOLUCIÓN N° 02 Calca, veinticuatro de enero Del año dos mil dieciocho.VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARAR POR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de juicio oral. 2.- SE REPROGRAMA la presente audiencia de juicio oral para el día 19 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 09:00 AM. 3.- SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN con la presente reprogramación a la abogada del acusado, a la parte agraviada, asimismo se ordena la notificación al acusado mediante edictos para lo cual se cumpla con remitir los oficios correspondientes a fin de que se hagan las publicaciones en el diario respectivo. H.S (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCA

SEÑOR: BENITO QUISPE BETANCUR. La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00244-2017-4-1005-JR-PE-01, seguido contra Benito Quispe Betancur, en agravio de Bertha Cuti Molina, sobre el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, debiéndose notificar a: BENITO QUISPE BETANCUR, con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de audiencias Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar al imputado con la reprogramación de audiencia celebrada en fecha 24-01-2018.

Lunes, 5 de febrero del 2018

RESOLUCIÓN N° 02 Calca, veinticuatro de enero Del año dos mil dieciocho.VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARAR POR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de juicio oral. 2.- SE REPROGRAMA la presente audiencia de juicio oral para el día 27 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 10:00 AM. 3.- SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN con la presente reprogramación a la abogada del acusado, a la parte agraviada, asimismo se ordena la notificación al acusado mediante edictos para lo cual se cumpla con remitir los oficios correspondientes a fin de que se hagan las publicaciones en el diario respectivo. H.S. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a FRANKLIN MEZA ALVARADO, en el Proceso Nro. 375-2017-76-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 176-A-.3.., para que asista a la audiencia de Control de Acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día MARTES VENTINUEVE DE MAYO DEL AÑO 2018 A HORAS (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 01 de Febrero del 2018. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a YONATAHAN TERAN CARRILLO, en el Proceso Nro. 306-2017-0-1010-.IR-PE-0L, que se le sigue por la presunta comisión del delito de peligro común en su modalidad de conducción en estado de ebriedad previsto en el artículo 274 el primer párrafo del código penal en agravio de la sociedad. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTITRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12.00 M.D), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 17 de Diciembre del 2017. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL

QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL. Expediente: 4515-2016-45-1001-JR-PE-03. Secretaria: Agripina Usca Caviedes. La Señora Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dra. María Angélica Quispe Apaza, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado ENRIQUE SAÚL SALAZAR MENDOZA, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Reprogramada para el día NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA en la ONCEA VA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su contra, por el delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de Estafa Genérica, en agravio de Romina Andrea Pizarro Cordero, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia.Cusco, enero 31 de 2018. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN

El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el EXPEDIENTE N° 170-2017-51-1014-JR-PE-01, seguido

contra DEMETRIO QUISPE QUISPE, por la comisión del delito de Omisión de la Asistencia Familiar, en agravio de Evangelina y Paúl Bruno Quispe Huallpa, mediante Resolución Nro. 03 dictada en Audiencia Pública de fecha 18 de enero del año dos mil dieciocho, se ha dispuesto la notificación por edicto a DEMETRIO QUISPE QUISPE, a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 29 de Enero del 2018. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN

El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el EXPEDIENTE N° 333-2017-57-1014-JR-PE-01, seguido contra CIPRIAN CHAMPÍ HUAMAN, por la comisión del delito de Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, en agravio del menor de iniciales A.C.C, mediante Resolución Nro. 03 dictada en Audiencia Pública de fecha 23 de enero del año dos mil dieciocho, se ha dispuesto la notificación por edicto a CIPRIAN CHAMPÍ HUAMAN, a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 29 de Enero del 2018. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN

El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el EXPEDIENTE N° 286-2016-32 -1014-JR-PE-Ol, seguido contra JIMMY RAÚL CHIRINOS MARTÍNEZ, por la comisión del delito de Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones Culposas Graves, en agravio de Fabián Flores Qquesihuallpa, mediante Resolución Nro. 02 dictada en Audiencia Pública de fecha 17 de enero del año dos mil dieciocho, se ha dispuesto la notificación por edicto a JIMMY RAÚL CHIRINOS MARTÍNEZ, a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 29 de Enero del 2018 (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN

El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el EXPEDIENTE N° 165-2017-36 -1014-JR-PE-Ol, seguido contra FAVIAN PUMA MAMANI, por la comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de asistencia Familiar, en agravio de Gregoria Huaraya Quispe, mediante Resolución Nro. 03 dictada en Audiencia Pública de fecha 24 de enero del año dos mil dieciocho, se ha dispuesto la notificación por edicto a FAVIAN PUMA MAMANI, a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 29 de Enero del 2018. (J.S. 02, 05, 06 FEB)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN

El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el EXPEDIENTE N° 178-2017-38-1014-JR-PE-01, seguido contra ALBERTO TINTA CCOMPI, por la comisión del delito de Peligro Común Subtipo Conducción en estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, mediante Resolución Nro. 03 dictada en Audiencia Pública de fecha 24 de enero del año dos mil dieciocho, se ha dispuesto la notificación por edicto a ALBERTO TINTA CCOMPI, a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 29 de Enero del 2018 (J.S. 02, 05, 06 FEB)

Lunes, 5 de febrero del 2018

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La República

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Lunes, 5 de febrero del 2018