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el Sector de Pucará, Centro Poblado de Yanahuara, del Distrito y Provincia de. Urubamba, contra PERSONAS INDETERMINADAS. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios que indi- ca reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspon- diente.
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Jueves, 3 de diciembre del 2015

Avisos Judiciales EDICTOS SUCESION INTESTADA De conformidad con los Arts. 13° y 41° de la Ley No. 26662, por ante mi Oficio Notarial, doña: VICTORIA ZAMORA SACA, solicita la SUCESION INTESTADA de su cónyuge, que en vida fuera don: JESUS CHAMPI OLMEDA, fallecido el dia 20 de Marzo del 2015 en esta Ciudad de Cusco; y se declare como a sus herederos legales únicos y universales: a la recurrente en su calidad de cónyuge supérstite, y a: LUZGARDA CHAMPI ZAMORA, MARIBEL CHAMPI ZAMORA, MARISOL CHAMPI ZAMORA, Y MARTHA CHAMPI GUZMAN, en su calidad de hijos; lo que pongo en conocimiento para los fines de Ley. BLANCA MARIA DE LOS RIOS GUZMAN, NOTARIA DE SANTIAGO - CUSCO, AV. GRAU 949 –B SANTIAGO – CUSCO EDICTO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 12861 de fecha 27 noviembre del 2015. Doña: ANGELICA PALACIOS ROMERO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, que por error se se omitió el segundo apellido en datos de madre, siendo lo correcto “SANCHEZ” como obra en el acta de nacimiento de su Madre que se adjunta. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el art.74 del D.S.No. 015-98-PCM. EDICTO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 12859 de fecha 27 noviembre del 2015. Doña: IRENE PALACIOS ROMERO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, que por error se se omitió el segundo apellido en datos de madre, siendo lo correcto “SANCHEZ” como obra en el acta de nacimiento de su Madre que se adjunta. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el art.74 del D.S.No. 015-98-PCM. Calca, 27 de Noviembre del 2015. EDICTO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 12860 de fecha 27 noviembre del 2015. Doña: MARTHA PALACIOS ROMERO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, que por error se se omitio el segundo apellido en datos de madre, siendo lo correcto “SANCHEZ” como obra en el acta de nacimiento de su Madre que se adjunta. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el art.74 del D.S.No. 015-98-PCM.Calca, 27 de Noviembre del 2015. EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Urubamba, despachado por el señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, bajo la actuación de la Secretaría Judicial Ruth Mary Obada Cruz, se tramita el Proceso Civil Nro. 127-2015-0-1015-JAA-CI-01., se emitido la resolución N° 02 de fecha 17-08-2015, en el que SE RESUELVE: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por JUAN CORAZAO CCANTO Y DORIS ÁLVAREZ ARIAS, sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO DENOMINADO “TANKARPATA”, de un área de 10.9055 has, ubicado en el Sector de Pucará, Centro Poblado de Yanahuara, del Distrito y Provincia de Urubamba, contra PERSONAS INDETERMINADAS. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- NOTIFÍQUESE a los colindantes del inmueble ANTONIO CARAZAO CCANTO, MERIDA CORAZAO CCANTO Y LUIS CORAZAO CCANTO, LUIS CORAZAO CCANTO, y LA MUNICIPALIDAD DE YANAHUARA.- A sus antecedentes los anexos que indica. H.S. Urubamba, 15 de Setiembre del 2015. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la señora Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N°

00191-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 04 de fecha 10-112015 se resuelve notificar por edictos a los demandados - agraviados ANDRES AVELINO CORRALES SONCCO Y FRANCISCA GUTIERREZ DE GABANCHO con la resolución N° 01 de fecha 18-05-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por el representante de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato FÍSICO Y PSICOLÓGICO, en contra de ANDRES AVELINO CORRALES SONCCO, en agravio de FRANCISCA GUTIERREZ DE GABANCHO y por VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO FÍSICO en contra de FRANCISCA GUTIERREZ DE GABANCHO en agravio de ANDRÉS AVELINO CORRALES SONCCO; se corre traslado a los referidos demandados con la demanda y auto admisorio por el plazo especial de TREINTA DÍAS a fin de que se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. Anta, 11 de noviembre 2015 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00412-2014-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 05 de fecha 02-112015 se resuelve notificar por edictos al demandado UNO TENIENTE CHILE con la resolución N° 01 de fecha 13-11-2014 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato psicológico, en contra del referido demandado, en agravio de YOLANDA CUSI ROCCA; se corre traslado al demandado con la demanda y sus anexos por el plazo especial de TREINTA DÍAS a fin de que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Anta, 03 de noviembre 2015. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por la Magistrado Consuelo Camacho Zambrano, bajo la actuación de la Especialista Legal Patricia Valenza Olivera, se tramita el Proceso Civil Nro.l 67-2015-CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por OSCAR ALEJANDRO ARTETA INFANTAS, sobre PRESCRIPCICÓN ADQUSITIVA DE DOMINIO del predio rústico denominado Challabamba Alta C.P./PARC 8_7808510_22719 el mismo que corre inscrito en la Partida Electrónica N° 03005384 del Registro de Predios de la Oficina Registra! de Cusco, y acumulativamente RECTTFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS, contra: Demandada: La sucesión de la que en vida fue MARIA SOLEDAD INFANTAS DE ARTETA. Con citación de los colindantes:1) Municipalidad Distrital de Limatambo representada pro su alcalde. 2) Manuel Afilio Arteta Infantas. 3) Comunidad Campesina de Ninamanchi, representado por su Presidente. 4) Comunidad Campesina de Pampaconga, representado por su presidente, y 5) Walter La Torre Ochoa. Tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO de conformidad a lo establecido por el inciso 2 del artículo 486 del código adjetivo. Por su mérito córrase traslado a los sucesores demandados a los cuales se les debe notificar mediante edictos (..). En cuanto a la Sucesión Hereditaria de la que en vida fue MARIA SOLEDAD INFANTAS DE ARTETA notlfíquese mediante edictos a publicarse en el diario oficial El Peruano y diario Judicial “ La República”, debiendo apersonarse al proceso sucesor acreditado dentro de los treinta días siguientes a la última publicación, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Publíquese el extracto de la demanda en el diario judicial de “La Replica” y en el diario oficial “El Peruano”, por tres veces con intervalo de tres días. Anta, 13 de Noviembre del 2015. EDICTO DISOLUCION Y LIQUIDACION.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 412 de la Ley General de Sociedades, se hace saber que por Junta General de Accionistas celebrada el día 23 de Noviembre del 2015, se acordó la disolución y liquidación de la empresa AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO CUSCO EN TUS MANOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, con RUC 20490753088, nombrándose como liquidador al señor BENJAMIN GRAJEDA SANTANDER, identificado con DNI N° 23854065, domiciliado en Calle Meloc N° 422-8, distrito provincia y departamento del Cusco. LIQUIDADOR, BENJAMIN GRAJEDA SANTANDER LIQUIDADOR. (02, 03, 04, DIC) EDICTOS PENALES

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(03, 04, 07, DICIEMBRE) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. JORGE HUAMÁN ALARCÓN Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, bajo la dirección de la señora Juez Dra. Rina Lucía Cabana Heredia y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 963¬2015-58, seguido contra JORGE HUAMÁN ALARCÓN por la presunta comisión del delito contra LA FAMILIA en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub. Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTARIA, en agravio del menor O.F.H.S. representado por su progenitora SONIA NOLBERTA SUCLLI LAURA; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - - - -Resolución Nro. 03.- Cusco, trece de noviembre del dos mil quince.- No habiéndose verificado la audiencia de juicio oral la fecha programada por ¡inconcurrencia del imputado Jorge Huamán Alarcón conforme se desprende del contenido del acta de registro de audiencia pública que precede, consiguientemente se dispone: REPROGRAMAR el JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO del dos mil DIECISÉIS a horas DOCE del medio día (hora exacta), que tendrá lugar en la quinta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, acto al cual comparecerá el imputado JORGE HUAMÁN ALARCÓN asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, asimismo concurrirán el señor (a) Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago (Dra. Y ANETH MIREYA GARCIA MOJONERO); la Abogada del acusado Jorge Huamán Alarcón Dra. IRMA CONDORI TERÁN; la agraviada representante del menor de iniciales O.F.H.S. SONIA NOLBERTA SUCLLI LAURA (ofrecida también como testigo); subsistiendo para todos ellos los apercibimientos decretados en la resolución número 01 de fecha 14 de julio del 2015 (fs. 1). Asimismo NOTIFÍQUESE al acusado JORGE HUAMÁN ALARCÓN mediante Edicto en el diario Judicial “La Republica” de Arequipa (…) Cusco, 13 de noviembre de 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. GINO RICHARD QUISPE CHINCHA y ¬ Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori y actuación del especialista legal Aurelio Román VilIacorta , se viene tramitando la causa penal N° 1769-2015¬50, seguido contra GINO RICHARD QUISPE CHINCHA y por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de LESIONES, sub. Tipo LESIONES LEVES AGRAVADAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en grado de CONSUMADO, en agravio de MARIA CARMEN CHÁVEZ QUISPE; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - - - - --¬ RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra GINO RICHARD QUISPE CHINCHA y como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de LESIONES, sub. tipo LESIONES LEVES AGRAVADAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en grado de CONSUMADO, tipificado en el primer párrafo del articulo 122-B del Código Penal, en agravio de MARfA CARMEN CHÁVEZ QUISPE; cuyo acto procesal se realizará el día VEINTICUATRO DE AGOSTO del año dos mil DIECISÉIS a horas once de la mañana (hora exacta) en la primera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, acto al cual comparecerá el imputado GINO RICHARD QUISPE CHINCHA Y, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real en la Avenida Wiracocha sIn. Cuncataca distrito y provincia de Andahuaylas-Apurimac (consignado en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento), y domicilio procesal en la Avenida Micaela Bastidas número 657-D Wanchaq-Cusco.- Teniendo en cuenta que el imputado Gino Richard Quispe Chinchay, ha venido siendo notificado tanto por la Fiscalía como por el Juzgado de Investigación Preparatoria en su domicilio real consignado ante la Reniec (Avenida Wiracocha sIn. Cuncataca distrito y provincia de Andahuaylas ¬Apurimac donde al parecer ya no domicilia por que ha hecho caso omiso a dichas notificaciones; consiguientemente a la fecha se desconoce su domicilio actual; por lo que siendo incierto e ignorarse su domicilio real actual, se DISPONE que se le notifique también mediante EDICTOS en el diario Judicial de “La República” de Arequipa (...) Cusco, 10 de noviembre de 2015.

EDICTO PENAL QUISPICANCHI. EXPEDIENTE N° 00l16-2014-65-1014-JR-PE-O1. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI E ITINERANTE EN CANAS. EXPEDIENTE : N° 000116-2014-65-1014-JR-PE-01. IMPUTADO : AMADOR GUTIERREZ DELGADO AGRAVIADO : ESTADO DELITO. : FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. JUEZ : DRA. LIZBETH YEPEZ PROVINCIA. ESP. JUD. AUD. : ABOG. CARMEN VILLAFUERTE ARRIAGA. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ITINERANTE EN CANAS. UISPICANCHI¬ Se pone en conocimiento del acusado: AMADOR GUTIERREZ DELGADO RESOLUCION N° 02. URCOS, DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. PARTE CONSIDERATlVA: (Queda grabado en audio). PARTE RESOLUTIVA: Resuelve: 1.- Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de instalación por indebida notificación al acusado. 2.- REPROGRAMAR audiencia de juicio oral para el día CATORCE DE DICIEMBRE DEL 2015 A HORAS TRES DE LA TARDE, se notifique también vía edicto, para garantizar la concurrencia del acusado. H.5.¬ Urcos, 12 de NOVIEMBRE del año 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 268-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a MARUJA POLO GONZALES, progenitora de la menor Cinthia Flores Polo de 09 años de edad, para que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir su declaración, respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. 2 Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. . ,,/ Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (J uzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 272-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a las personas de AQUILINO RIOS EGAÑA y EMI RODRIGUEZ SEBASTIAN; progenitores de la menor Milenka Leslie Ríos Rodríguez de 12 años de edad, quienes deberán concurrir al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir su declaración, respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A.. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 266-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a BENITA LAURA MAMANI y/o familiares del menor lIan Zoloaga Laura de 08 años de edad, para que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de que rindan sus declaraciones, respecto al Abandono Moral y Material del menor lIan Zoloaga Laura, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 269-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de

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Echarate NOTIFICA a los progenitores y/o familiares de la menor ELlTT YEMIRA CAHUANA SALHUA de 13 años de edad, con domicilio en el Sector de Zonaquisiato - Echarate, para que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de que rindan sus declaraciones, respecto al Abandono Moral y Material de la menor, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO JUDICIAL Edicto Familia Penal Exp. 273-2015, El señor Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate de la provincia de la Convención, bajo la actuación de la señorita secretaria abogada Rocío Callaymara Ayquipa, CITA Y EMPLAZA a Enrique Porras y Elizabet Quispe, progenitores del menor y presunto infractor Noe Porras Quispe, con domicilio real en el Centro Poblado de San Miguel de Ene, departamento de Junín, con la resolución N° O 1 de fecha 25/04/2012. SE RESUELVE: 1.- Declarar PROMOVIDA LA ACCION PENAL a favor del adolescente NOE PORRAS QUISPE (17 años), por presunta infracción a la Ley Penal CONTRA LA SALUD PÚBLICA, en su modalidad de TRAFICO ILlCITO DE DROGAS, sub. tipo de PROMOCION O FA VORECIMIENTO AL TRAFICO ILlCITO DE DROGAS (último párrafo) tipo específico de CONSPIRACIÓN, en agravio del ESTADO PERUANO, con citación del Procurador Público de Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior. Señálese fecha y hora para la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA de ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS el dio VEINTITRES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO DE LA MAÑANA, audiencia que se llevará a cabo en el local habilitado, del Centro de Rehabilitación del Centro Juvenil de Readaptación de Menores - Marcavalle-Cusco -Hágase Saber. Echarate, 25 de noviembre del 2015 (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) ¬ Proceso N° 271-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a MARIELA CANA YO QUEBOSO; progenitora del menor Pavel Canayo Queboso de 06 meses de edad y/o familiares, para que comparezcan al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir su declaración, respecto al Abandono Moral y Material del menor Pavel Canayo Queboso, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. 2 vz. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO PENAL SEÑORES: SOON YOUNG SUNG y KIM JlM YI El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Ochoa Muñoz, en el proceso Nro 1386-2015-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Ronald Eduardo Mercado Salinas y otros, por el delito de Estafa Agravada, en agravio de Olmer Iván Ochoa Quispe y otro, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 05 del 12/10/15 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. OS, Cusco. 12/10/15: DADO CUENTA: (...) y ATENDIENDO la disposición de formalización de la investigación preparatoria l. PARTE EXPOSITIVA 11. PARTE CONSIDERATIVA Por éstas consideraciones SE RESUELVE.111. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Adecuación e Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, contra RONAL EDUARDO MERCADO SALINAS, SOON VOUNG SUNG y KIM JlM VI como presuntos autor de la comisión del delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Estafa y otras Defraudaciones, sub. tipo Estafa Agravada tipificado en el articulo 196-A numeral 2, 3 Y 4 del Código Penal y contra la Tranquilidad Publica en su modalidad de delito contra la Paz Publica, sub. tipo Asociación ilícita, previsto en el articulo 317 del C.P.; en agravio de Olmer Iván Ochoa Quispe y el Estado representado por el Procurador Publico del Ministerio del Interior, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados RONAL EDUARDO MERCADO SALINAS, SOON VOUNG SUNG y KIM JIM VI, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del

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proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía. 3. DESIGNAR Abogado Defensor Publico, para que asuma la defensa de los imputados RONAL EDUARDO MERCADO SALINAS, SOON VOUNG SUNG y KIM JlM VI, al haberse advertido que NO CUENTAN con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, SE NOTIFICARÁ a la Coordinadora de los Defensores Publico en su sede institucional, adjuntando copia de la disposición fiscal de formalización de investigación preparatoria, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de tenerse por designada a dicha Coordinadora. 4. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse mas allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 5. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores

Facultades de actuación en el proceso. 6. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 7. ADVERTI las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante en los casos expresamente establecidos por lev. 8. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 9. ORDENAR A LAS PARTES QUE FIJEN EN AUTOS UN DOMICILIO PROCESAL DENTRO DEL RADIO URBANO DE JUZGAD Precisándoos equelas resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al .juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 10. AUTORIZAR al Especialista Judicial de Juzgado, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por el Juez. 11. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea Pertinente. 12. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que Cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, baio responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem. 13. EXHORTAR al abogado de los imputados su obligación de asistir a las citaciones judiciales a las audiencias, baio apercibimiento de ser excluido v sustituido por abogado de oficio, en los casos previstos taxativamente en la lev. 14. NOTIFICAR la presente resolución a los imputados y agraviado (una vez identificado) sólo por ésta vez en su domicilio real, salvo que hayan fijado domicilio procesal, y al Ministerio Público en su correo electrónico. 15. Asimismo el representante del Ministerio Publico ha informado que los imputados SOON YOUNG SUNG Y KIM JlM YI son de nacionalidad coreana, por lo que a fin de resguardar su derecho de defensa y de conformidad a lo previsto en el articulo 1280 del c.P.P., NOTIFIQUESE la presente resolución a dichos imputados mediante la publicación de edictos judiciales, con cuyo fin GIRESE el oficio respectivo, igualmente publíquese en la tablilla del juzgado el extracto respectivo para su difusión y fines consiguientes de ley; asimismo la fiscalía ha informado que el segundo de los imputados tiene su domicilio real fuera del territorio nacional (corea del sur), por lo que realícese el trámite respectivo según corresponda. 16. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que teniendo en cuenta la fecha de la disposición de formalización de la investigación preparatoria a la fecha el plazo ordinario establecido en el artículo 3420 del Código Procesal Penal ha vencido a la fecha, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministe-

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rio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos procesales. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 03 de noviembre del 2015 (03, 04, 07, DICIEMBRE)

EDICTOS SUCESION INTESTADA De conformidad con los Arts. 13° y 41° de la Ley No. 26662, por ante mi Oficio Notarial, doña: VICTORIA ZAMORA SACA, solicita la SUCESION INTESTADA de su cónyuge, que en vida fuera don: JESUS CHAMPI OLMEDA, fallecido el dia 20 de Marzo del 2015 en esta Ciudad de Cusco; y se declare como a sus herederos legales únicos y universales: a la recurrente en su calidad de cónyuge supérstite, y a: LUZGARDA CHAMPI ZAMORA, MARIBEL CHAMPI ZAMORA, MARISOL CHAMPI ZAMORA, Y MARTHA CHAMPI GUZMAN, en su calidad de hijos; lo que pongo en conocimiento para los fines de Ley. BLANCA MARIA DE LOS RIOS GUZMAN, NOTARIA DE SANTIAGO - CUSCO, AV. GRAU 949 –B SANTIAGO – CUSCO EDICTO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 12861 de fecha 27 noviembre del 2015. Doña: ANGELICA PALACIOS ROMERO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, que por error se se omitió el segundo apellido en datos de madre, siendo lo correcto “SANCHEZ” como obra en el acta de nacimiento de su Madre que se adjunta. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el art.74 del D.S.No. 015-98-PCM. EDICTO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 12859 de fecha 27 noviembre del 2015. Doña: IRENE PALACIOS ROMERO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, que por error se se omitió el segundo apellido en datos de madre, siendo lo correcto “SANCHEZ” como obra en el acta de nacimiento de su Madre que se adjunta. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el art.74 del D.S.No. 015-98-PCM. Calca, 27 de Noviembre del 2015. EDICTO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 12860 de fecha 27 noviembre del 2015. Doña: MARTHA PALACIOS ROMERO, solicita la rectificación administrativa de su partida de nacimiento, que por error se se omitio el segundo apellido en datos de madre, siendo lo correcto “SANCHEZ” como obra en el acta de nacimiento de su Madre que se adjunta. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el art.74 del D.S.No. 015-98-PCM.Calca, 27 de Noviembre del 2015. EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Urubamba, despachado por el señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, bajo la actuación de la Secretaría Judicial Ruth Mary Obada Cruz, se tramita el Proceso Civil Nro. 127-2015-0-1015-JAA-CI-01., se emitido la resolución N° 02 de fecha 17-08-2015, en el que SE RESUELVE: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por JUAN CORAZAO CCANTO Y DORIS ÁLVAREZ ARIAS, sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO DENOMINADO “TANKARPATA”, de un área de 10.9055 has, ubicado en el Sector de Pucará, Centro Poblado de Yanahuara, del Distrito y Provincia de Urubamba, contra PERSONAS INDETERMINADAS. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- NOTIFÍQUESE a los colindantes del inmueble ANTONIO CARAZAO CCANTO, MERIDA CORAZAO CCANTO Y LUIS CORAZAO CCANTO, LUIS CORAZAO CCANTO, y LA MUNICIPALIDAD DE YANAHUARA.- A sus antecedentes los anexos que indica. H.S. Urubamba, 15 de Setiembre del 2015. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la señora Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N°

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00191-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 04 de fecha 10-112015 se resuelve notificar por edictos a los demandados - agraviados ANDRES AVELINO CORRALES SONCCO Y FRANCISCA GUTIERREZ DE GABANCHO con la resolución N° 01 de fecha 18-05-2015 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por el representante de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato FÍSICO Y PSICOLÓGICO, en contra de ANDRES AVELINO CORRALES SONCCO, en agravio de FRANCISCA GUTIERREZ DE GABANCHO y por VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO FÍSICO en contra de FRANCISCA GUTIERREZ DE GABANCHO en agravio de ANDRÉS AVELINO CORRALES SONCCO; se corre traslado a los referidos demandados con la demanda y auto admisorio por el plazo especial de TREINTA DÍAS a fin de que se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. Anta, 11 de noviembre 2015 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por la Juez Juana Consuelo Camocho Zambrano, se tramita el Proceso N° 00412-2014-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 05 de fecha 02-112015 se resuelve notificar por edictos al demandado UNO TENIENTE CHILE con la resolución N° 01 de fecha 13-11-2014 por el cual se ADMITE en la vía del PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Anta, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en su modalidad de maltrato psicológico, en contra del referido demandado, en agravio de YOLANDA CUSI ROCCA; se corre traslado al demandado con la demanda y sus anexos por el plazo especial de TREINTA DÍAS a fin de que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento. Anta, 03 de noviembre 2015. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por la Magistrado Consuelo Camacho Zambrano, bajo la actuación de la Especialista Legal Patricia Valenza Olivera, se tramita el Proceso Civil Nro.l 67-2015-CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por OSCAR ALEJANDRO ARTETA INFANTAS, sobre PRESCRIPCICÓN ADQUSITIVA DE DOMINIO del predio rústico denominado Challabamba Alta C.P./PARC 8_7808510_22719 el mismo que corre inscrito en la Partida Electrónica N° 03005384 del Registro de Predios de la Oficina Registra! de Cusco, y acumulativamente RECTTFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS, contra: Demandada: La sucesión de la que en vida fue MARIA SOLEDAD INFANTAS DE ARTETA. Con citación de los colindantes:1) Municipalidad Distrital de Limatambo representada pro su alcalde. 2) Manuel Afilio Arteta Infantas. 3) Comunidad Campesina de Ninamanchi, representado por su Presidente. 4) Comunidad Campesina de Pampaconga, representado por su presidente, y 5) Walter La Torre Ochoa. Tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO de conformidad a lo establecido por el inciso 2 del artículo 486 del código adjetivo. Por su mérito córrase traslado a los sucesores demandados a los cuales se les debe notificar mediante edictos (..). En cuanto a la Sucesión Hereditaria de la que en vida fue MARIA SOLEDAD INFANTAS DE ARTETA notlfíquese mediante edictos a publicarse en el diario oficial El Peruano y diario Judicial “ La República”, debiendo apersonarse al proceso sucesor acreditado dentro de los treinta días siguientes a la última publicación, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Publíquese el extracto de la demanda en el diario judicial de “La Replica” y en el diario oficial “El Peruano”, por tres veces con intervalo de tres días. Anta, 13 de Noviembre del 2015. EDICTO DISOLUCION Y LIQUIDACION.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 412 de la Ley General de Sociedades, se hace saber que por Junta General de Accionistas celebrada el día 23 de Noviembre del 2015, se acordó la disolución y liquidación de la empresa AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO CUSCO EN TUS MANOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, con RUC 20490753088, nombrándose como liquidador al señor BENJAMIN GRAJEDA SANTANDER, identificado con DNI N° 23854065, domiciliado en Calle Meloc N° 422-8, distrito provincia y departamento del Cusco. LIQUIDADOR, BENJAMIN GRAJEDA SANTANDER LIQUIDADOR. (02, 03, 04, DIC) EDICTOS PENALES NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. JORGE HUAMÁN ALARCÓN Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, bajo la dirección

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de la señora Juez Dra. Rina Lucía Cabana Heredia y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 963-¬2015-58, seguido contra JORGE HUAMÁN ALARCÓN por la presunta comisión del delito contra LA FAMILIA en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, sub. Tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALlMENTARIA, en agravio del menor O.F.H.S. representado por su progenitora SONIA NOLBERTA SUCLLI LAURA; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - - - -Resolución Nro. 03.- Cusco, trece de noviembre del dos mil quince.- No habiéndose verificado la audiencia de juicio oral la fecha programada por ¡inconcurrencia del imputado Jorge Huamán Alarcón conforme se desprende del contenido del acta de registro de audiencia pública que precede, consiguientemente se dispone: REPROGRAMAR el JUICIO ORAL para el día DIEZ DE AGOSTO del dos mil DIECISÉIS a horas DOCE del medio día (hora exacta), que tendrá lugar en la quinta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, acto al cual comparecerá el imputado JORGE HUAMÁN ALARCÓN asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, asimismo concurrirán el señor (a) Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago (Dra. Y ANETH MIREYA GARCIA MOJONERO); la Abogada del acusado Jorge Huamán Alarcón Dra. IRMA CONDORI TERÁN; la agraviada representante del menor de iniciales O.F.H.S. SONIA NOLBERTA SUCLLI LAURA (ofrecida también como testigo); subsistiendo para todos ellos los apercibimientos decretados en la resolución número 01 de fecha 14 de julio del 2015 (fs. 1). Asimismo NOTIFÍQUESE al acusado JORGE HUAMÁN ALARCÓN mediante Edicto en el diario Judicial “La Republica” de Arequipa (…) Cusco, 13 de noviembre de 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. GINO RICHARD QUISPE CHINCHA y ¬ Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori y actuación del especialista legal Aurelio Román VilIacorta , se viene tramitando la causa penal N° 1769-2015¬50, seguido contra GINO RICHARD QUISPE CHINCHA y por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de LESIONES, sub. Tipo LESIONES LEVES AGRAVADAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en grado de CONSUMADO, en agravio de MARIA CARMEN CHÁVEZ QUISPE; donde se ha dispuesto lo siguiente: - - - - - - --¬ RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra GINO RICHARD QUISPE CHINCHA y como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de LESIONES, sub. tipo LESIONES LEVES AGRAVADAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en grado de CONSUMADO, tipificado en el primer párrafo del articulo 122-B del Código Penal, en agravio de MARfA CARMEN CHÁVEZ QUISPE; cuyo acto procesal se realizará el día VEINTICUATRO DE AGOSTO del año dos mil DIECISÉIS a horas once de la mañana (hora exacta) en la primera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia, acto al cual comparecerá el imputado GINO RICHARD QUISPE CHINCHA Y, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real en la Avenida Wiracocha sIn. Cuncataca distrito y provincia de Andahuaylas-Apurimac (consignado en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento), y domicilio procesal en la Avenida Micaela Bastidas número 657-D Wanchaq-Cusco.- Teniendo en cuenta que el imputado Gino Richard Quispe Chinchay, ha venido siendo notificado tanto por la Fiscalía como por el Juzgado de Investigación Preparatoria en su domicilio real consignado ante la Reniec (Avenida Wiracocha sIn. Cuncataca distrito y provincia de Andahuaylas ¬Apurimac donde al parecer ya no domicilia por que ha hecho caso omiso a dichas notificaciones; consiguientemente a la fecha se desconoce su domicilio actual; por lo que siendo incierto e ignorarse su domicilio real actual, se DISPONE que se le notifique también mediante EDICTOS en el diario Judicial de “La República” de Arequipa (...) Cusco, 10 de noviembre de 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO PENAL QUISPICANCHI. EXPEDIENTE N° 00l16-2014-65-1014-JR-PE-O1. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE QUISPICANCHI E ITINERANTE EN CANAS.

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EXPEDIENTE : N° 000116-2014-65-1014-JR-PE-01. IMPUTADO : AMADOR GUTIERREZ DELGADO AGRAVIADO : ESTADO DELITO. : FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. JUEZ : DRA. LIZBETH YEPEZ PROVINCIA. ESP. JUD. AUD. : ABOG. CARMEN VILLAFUERTE ARRIAGA. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ITINERANTE EN CANAS. UISPICANCHI¬ Se pone en conocimiento del acusado: AMADOR GUTIERREZ DELGADO RESOLUCION N° 02. URCOS, DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. PARTE CONSIDERATlVA: (Queda grabado en audio). PARTE RESOLUTIVA: Resuelve: 1.- Declarar FRUSTRADA la presente audiencia de instalación por indebida notificación al acusado. 2.- REPROGRAMAR audiencia de juicio oral para el día CATORCE DE DICIEMBRE DEL 2015 A HORAS TRES DE LA TARDE, se notifique también vía edicto, para garantizar la concurrencia del acusado. H.5.¬ Urcos, 12 de NOVIEMBRE del año 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 268-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a MARUJA POLO GONZALES, progenitora de la menor Cinthia Flores Polo de 09 años de edad, para que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir su declaración, respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. 2 Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. . ,,/ Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (J uzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 272-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a las personas de AQUILINO RIOS EGAÑA y EMI RODRIGUEZ SEBASTIAN; progenitores de la menor Milenka Leslie Ríos Rodríguez de 12 años de edad, quienes deberán concurrir al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir su declaración, respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A.. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 266-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a BENITA LAURA MAMANI y/o familiares del menor lIan Zoloaga Laura de 08 años de edad, para que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de que rindan sus declaraciones, respecto al Abandono Moral y Material del menor lIan Zoloaga Laura, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 269-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a los progenitores y/o familiares de la menor ELlTT YEMIRA CAHUANA SALHUA de 13 años de edad, con domicilio en el Sector de Zonaquisiato - Echarate, para que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de que rindan sus declaraciones, respecto al Abandono Moral y Material de la menor, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A.

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Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO JUDICIAL Edicto Familia Penal Exp. 273-2015, El señor Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate de la provincia de la Convención, bajo la actuación de la señorita secretaria abogada Rocío Callaymara Ayquipa, CITA Y EMPLAZA a Enrique Porras y Elizabet Quispe, progenitores del menor y presunto infractor Noe Porras Quispe, con domicilio real en el Centro Poblado de San Miguel de Ene, departamento de Junín, con la resolución N° O 1 de fecha 25/04/2012. SE RESUELVE: 1.- Declarar PROMOVIDA LA ACCION PENAL a favor del adolescente NOE PORRAS QUISPE (17 años), por presunta infracción a la Ley Penal CONTRA LA SALUD PÚBLICA, en su modalidad de TRAFICO ILlCITO DE DROGAS, sub. tipo de PROMOCION O FA VORECIMIENTO AL TRAFICO ILlCITO DE DROGAS (último párrafo) tipo específico de CONSPIRACIÓN, en agravio del ESTADO PERUANO, con citación del Procurador Público de Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior. Señálese fecha y hora para la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA de ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS el dio VEINTITRES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO DE LA MAÑANA, audiencia que se llevará a cabo en el local habilitado, del Centro de Rehabilitación del Centro Juvenil de Readaptación de Menores - Marcavalle-Cusco -Hágase Saber. Echarate, 25 de noviembre del 2015 (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) ¬ Proceso N° 271-2015-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a MARIELA CANA YO QUEBOSO; progenitora del menor Pavel Canayo Queboso de 06 meses de edad y/o familiares, para que comparezcan al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir su declaración, respecto al Abandono Moral y Material del menor Pavel Canayo Queboso, bajo apercibimiento de ley. Echarate 13 de noviembre del 2015. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. 2 vz. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. Echarate 13 de noviembre del 2015. (03, 04, 07, DICIEMBRE) EDICTO PENAL SEÑORES: SOON YOUNG SUNG y KIM JlM YI El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Ochoa Muñoz, en el proceso Nro 1386-2015-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Ronald Eduardo Mercado Salinas y otros, por el delito de Estafa Agravada, en agravio de Olmer Iván Ochoa Quispe y otro, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 05 del 12/10/15 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. OS, Cusco. 12/10/15: DADO CUENTA: (...) y ATENDIENDO la disposición de formalización de la investigación preparatoria l. PARTE EXPOSITIVA 11. PARTE CONSIDERATIVA Por éstas consideraciones SE RESUELVE.111. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Adecuación e Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, contra RONAL EDUARDO MERCADO SALINAS, SOON VOUNG SUNG y KIM JlM VI como presuntos autor de la comisión del delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Estafa y otras Defraudaciones, sub. tipo Estafa Agravada tipificado en el articulo 196-A numeral 2, 3 Y 4 del Código Penal y contra la Tranquilidad Publica en su modalidad de delito contra la Paz Publica, sub. tipo Asociación ilícita, previsto en el articulo 317 del C.P.; en agravio de Olmer Iván Ochoa Quispe y el Estado representado por el Procurador Publico del Ministerio del Interior, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados RONAL EDUARDO MERCADO SALINAS, SOON VOUNG SUNG y KIM JIM VI, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía. 3. DESIGNAR Abogado Defensor Publico, para que asuma la defensa de los imputados RONAL EDUARDO MERCADO SALINAS, SOON VOUNG SUNG y KIM JlM VI, al haberse advertido que NO CUENTAN con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado,

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para ello, SE NOTIFICARÁ a la Coordinadora de los Defensores Publico en su sede institucional, adjuntando copia de la disposición fiscal de formalización de investigación preparatoria, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de tenerse por designada a dicha Coordinadora. 4. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse mas allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 5. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores

Facultades de actuación en el proceso. 6. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 7. ADVERTI las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante en los casos expresamente establecidos por lev. 8. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 9. ORDENAR A LAS PARTES QUE FIJEN EN AUTOS UN DOMICILIO PROCESAL DENTRO DEL RADIO URBANO DE JUZGAD Precisándoos equelas resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al .juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 10. AUTORIZAR al Especialista Judicial de Juzgado, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por el Juez. 11. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea Pertinente. 12. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que Cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, baio responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem. 13. EXHORTAR al abogado de los imputados su obligación de asistir a las citaciones judiciales a las audiencias, baio apercibimiento de ser excluido v sustituido por abogado de oficio, en los casos previstos taxativamente en la lev. 14. NOTIFICAR la presente resolución a los imputados y agraviado (una vez identificado) sólo por ésta vez en su domicilio real, salvo que hayan fijado domicilio procesal, y al Ministerio Público en su correo electrónico. 15. Asimismo el representante del Ministerio Publico ha informado que los imputados SOON YOUNG SUNG Y KIM JlM YI son de nacionalidad coreana, por lo que a fin de resguardar su derecho de defensa y de conformidad a lo previsto en el articulo 1280 del c.P.P., NOTIFIQUESE la presente resolución a dichos imputados mediante la publicación de edictos judiciales, con cuyo fin GIRESE el oficio respectivo, igualmente publíquese en la tablilla del juzgado el extracto respectivo para su difusión y fines consiguientes de ley; asimismo la fiscalía ha informado que el segundo de los imputados tiene su domicilio real fuera del territorio nacional (corea del sur), por lo que realícese el trámite respectivo según corresponda. 16. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que teniendo en cuenta la fecha de la disposición de formalización de la investigación preparatoria a la fecha el plazo ordinario establecido en el artículo 3420 del Código Procesal Penal ha vencido a la fecha, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos procesales. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 03 de noviembre del 2015 (03, 04, 07, DICIEMBRE)

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PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Cusco

COMUNICADO N° 010 APERTURA OBLIGATORIA DE CASILLAS ELECTRÓNICAS La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Cusco, en virtud a la Resolución Jefatural N° 024-2015J-OCMA/PJ comunica que en forma obligatoria y sin excepción, todos los magistrados y personal jurisdiccional deben aperturar su casilla electrónica; apersonándose durante los siguientes 05 días hábiles al área de notificaciones de este órgano de control, bajo apercibimiento de apertura de oficio de la casilla electrónica, sin perjuicio de la responsabilidad funcional a que hubiera lugar. Cusco, 02 de diciembre de 2015.

Dra. Dafne Dana Barra Pineda Jefa de la ODECMA Cusco

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         Corte Superior de Justicia de Cusco

COMISION DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES 2016-2017 CONVOCATORIA La Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco, en aplicación del art.10 del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ del 25 de agosto de 1998, al haberse obtenido las relaciones insuficientes de las Profesiones, y/o especialistas, convoca mediante el Acta resuelta por la Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales de fecha 30 de noviembre de 2015 a concurso público a profesionales y/o especialistas para el Proceso de Evaluación y Selección de Profesionales y Técnicos para integrar el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) de la Corte Superior de Justicia de Cusco. La Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales, en cumplimiento de dicha Acta, precisa los alcances de dicha convocatoria.

1. OBJETIVO.Evaluar y seleccionar a los postulantes para ser Peritos Judiciales inscritos en el REPEJ de la Corte Superior de Justicia de Cusco para el período 2016-2017. 2. ALCANCE.El procedimiento será aplicado a todo postulante, en cuya profesión tenga o no Colegio Profesional. 3. BASE LEGAL.• Constitución Política del Perú, art. 138, 1er Párrafo “la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.” • TUO de la Ley orgánica del Poder Judicial, Arts. 273 a 280. • TUO del Código Procesal Civil Arts. 268 a 271. • TUO del Código Procesal Penal. • Resolución Administrativa N° 609-CME-PJ, Creación del REPEJ. • Resolución Administrativa N° 351-98-SE-T-CME-PJ, Reglamento Peritos Judiciales. • Resolución Administrativa N° 11-2000-SE-TP-CME-PJ, Manual de Procedimientos del REPEJ. • Acta, de fecha 30 de noviembre del 2015, que resuelve: Convocar al proceso de Evaluación y Selección de Peritos de la CSJCU para los años 2016 y 2017.

C.C. 

REPEJ

JIGV

Palacio de Justicia de Cusco Av. El Sol Nº 239

Teléfono (084) 581360 Anexo Nº 43093

Jueves, 3 de diciembre del 2015

-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República

         Corte Superior de Justicia de Cusco

4. REQUISITOS.Solicitud dirigida por el profesional o técnico a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de la Corte Superior de Cusco, acompañando los siguientes documentos: • Currículum Vitae documentado, que acredite experiencia mínima de cinco (5) años, por duplicado. • Copia autenticada del título profesional o técnico. • Constancia de Colegiatura y/o habilitación correspondiente. • Declaración Jurada de no tener antecedentes penales, judiciales ni impedimento legal para el ejercicio de la profesión, ni para el ejercicio del cargo de perito. (Anexo 01). • Recibo de pago del Banco de la Nación de los Derechos correspondientes por inscripción en el proceso de evaluación y selección (Tributo Administrativo 7102, por el importe de 50% URP s/. 155.30 Ciento Cincuenta y Cinco con 30/100 Nuevos Soles). • Declaración jurada de compromiso de la realización de tres peritajes adhonorem (Anexo 02). • Declaración jurada de encontrarse laborando dentro del distrito judicial de Cusco. (Anexo 03). • Ficha de Actualización de Datos ( Anexo 04) • Entrega de Formatos en la Oficina de Registro de Peritos Judiciales ( REPEJ). NOTA.- El plazo establecido en esta Convocatoria respecto a la presentación de solicitudes de postulación, cumpliendo los requisitos, es improrrogable e insubsanable. Dichas solicitudes serán presentadas a la Oficina de Tramite Documentaria de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco.

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CRONOGRAMA PROCESO DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES PERIODO 2016 - 2017 CONVOCATORIA: Publicación de la Convocatoria en el Diario El Peruano y Diario Judicial PRESENTACION DE DOCUMENTOS: Mesa de Partes de Presidencia de la CSJCU

Del 01 al 03 de diciembre 2015

Del 07 de diciembre al 18 de diciembre de 2015 EVALUACION CURRICULAR (Colegios Profesionales y/o Sub Comisión) Verificación de Documentos. Del 21 al 23 de diciembre de 2015. Publicación de Lista de Postulantes Aptos Del 28 al 29 de diciembre del 2015 PRESENTACION DE TACHAS (Mesa de Partes de Presidencia de la CSJCU): Presentación de Tachas. Del 03 al 09 de enero del 2016 Traslado de Tachas Del 10 al 12 de enero del 2016 Resolución de Tachas El 15 de enero del 2015 Publicación de Postulantes admitidos en el El 16 de enero de 2016. Diario Judicial EVALUACION DE CONOCIMIENTOS: Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales. Publicación de Lista de Postulantes Aptos ENTREVISTA PERSONAL: Comisión de Evaluación y Selección ELABORACION DE NOMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS ELEVACION DE RESULTADOS A PRESIDENCIA DE LA CORTE PAGO DE ARANCEL JUDICIAL POR INSCRIPCION DE PERITO EN LA NOMINA

El 17 de enero del 2016 El 18 de enero de 2016 El19 de enero de 2016. El 22 de enero del 2016 El 23 de enero del 2016 Del 24 al 31 de enero de 2015.

NOTA.- No se aceptará prorroga alguna de los plazos establecidos, ni subsanación de omisiones o correcciones en ninguna etapa del proceso de Evaluación y Selección de Peritos.

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COMISION DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES 2016-2017 CONVOCATORIA La Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco, en aplicación del art.10 del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ del 25 de agosto de 1998, al haberse obtenido las relaciones insuficientes de las Profesiones, y/o especialistas, convoca mediante el Acta resuelta por la Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales de fecha 30 de noviembre de 2015 a concurso público a profesionales y/o especialistas para el Proceso de Evaluación y Selección de Profesionales y Técnicos para integrar el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) de la Corte Superior de Justicia de Cusco. La Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales, en cumplimiento de dicha Acta, precisa los alcances de dicha convocatoria.

1. OBJETIVO.Evaluar y seleccionar a los postulantes para ser Peritos Judiciales inscritos en el REPEJ de la Corte Superior de Justicia de Cusco para el período 2016-2017. 2. ALCANCE.El procedimiento será aplicado a todo postulante, en cuya profesión tenga o no Colegio Profesional. 3. BASE LEGAL.• Constitución Política del Perú, art. 138, 1er Párrafo “la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.” • TUO de la Ley orgánica del Poder Judicial, Arts. 273 a 280. • TUO del Código Procesal Civil Arts. 268 a 271. • TUO del Código Procesal Penal. • Resolución Administrativa N° 609-CME-PJ, Creación del REPEJ. • Resolución Administrativa N° 351-98-SE-T-CME-PJ, Reglamento Peritos Judiciales. • Resolución Administrativa N° 11-2000-SE-TP-CME-PJ, Manual de Procedimientos del REPEJ. • Acta, de fecha 30 de noviembre del 2015, que resuelve: Convocar al proceso de Evaluación y Selección de Peritos de la CSJCU para los años 2016 y 2017.

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4. REQUISITOS.Solicitud dirigida por el profesional o técnico a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de la Corte Superior de Cusco, acompañando los siguientes documentos: • Currículum Vitae documentado, que acredite experiencia mínima de cinco (5) años, por duplicado. • Copia autenticada del título profesional o técnico. • Constancia de Colegiatura y/o habilitación correspondiente. • Declaración Jurada de no tener antecedentes penales, judiciales ni impedimento legal para el ejercicio de la profesión, ni para el ejercicio del cargo de perito. (Anexo 01). • Recibo de pago del Banco de la Nación de los Derechos correspondientes por inscripción en el proceso de evaluación y selección (Tributo Administrativo 7102, por el importe de 50% URP s/. 155.30 Ciento Cincuenta y Cinco con 30/100 Nuevos Soles). • Declaración jurada de compromiso de la realización de tres peritajes adhonorem (Anexo 02). • Declaración jurada de encontrarse laborando dentro del distrito judicial de Cusco. (Anexo 03). • Ficha de Actualización de Datos ( Anexo 04) NOTA.- El plazo establecido en esta Convocatoria respecto a la presentación de solicitudes de postulación, cumpliendo los requisitos, es improrrogable e insubsanable. Dichas solicitudes serán presentadas a la Oficina de Tramite Documentaria de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco.

C.C. 

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CRONOGRAMA PROCESO DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES PERIODO 2016 - 2017 CONVOCATORIA: Publicación de la Convocatoria en el Diario Judicial de mayor circulación de la Sede Del 03 al 07 de diciembre 2015 Judicial. PRESENTACION DE DOCUMENTOS: Mesa de Partes de Presidencia de la CSJCU Del 09 al 18 de diciembre de 2015 EVALUACION CURRICULAR (Colegios Profesionales y/o Sub Comisión) Verificación de Documentos. Del 21 al 23 de diciembre de 2015. Publicación de Lista de Postulantes Aptos Del 28 al 29 de diciembre del 2015 PRESENTACION DE TACHAS (Mesa de Partes de Presidencia de la CSJCU): Presentación de Tachas. Del 04 al 12 de enero del 2016 Traslado de Tachas Del 13 al 15 de enero del 2016 Resolución de Tachas El 18 de enero del 2015 Publicación de Postulantes admitidos en el El 19 de enero de 2016. Diario Judicial EVALUACION DE CONOCIMIENTOS: Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales. Publicación de Lista de Postulantes Aptos ENTREVISTA PERSONAL: Comisión de Evaluación y Selección ELABORACION DE NOMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS ELEVACION DE RESULTADOS A PRESIDENCIA DE LA CORTE PAGO DE ARANCEL JUDICIAL POR INSCRIPCION DE PERITO EN LA NOMINA

El 20 de enero del 2016 El 21 de enero de 2016 El 22 de enero de 2016. El 25 de enero del 2016 El 26 de enero del 2016 Del 27 de enero al 04 de febrero de 2015.

NOTA.- No se aceptará prorroga alguna de los plazos establecidos, ni subsanación de omisiones o correcciones en ninguna etapa del proceso de Evaluación y Selección de Peritos.

C.C. 

REPEJ

JIGV

Palacio de Justicia de Cusco Av. El Sol Nº 239

Teléfono (084) 581360 Anexo Nº 43093

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La República

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Jueves, 3 de diciembre del 2015

Jueves, 3 de diciembre del 2015

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Jueves, 3 de diciembre del 2015

08:30

08:35

08:40

08:45

1

2

3

4

OBSERVACIÓN

Hora



Demandante

Demandado

Gobierno Regional de Cusco

Municipalidad Distrital de Santiago

Unidad de GestiónEducativa Local de Urubamba

Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco

Procede

sentencia 2JTTC

sentencia 2JTC

sentencia JMU

auto rechazo 2JTTC

Apelación

____________________________ HERNAN HUACASI GONZALES SECRETARIO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

SR. FERNANDO MURILLO FLORES

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Cusco, 02 de diciembre del 2015

Conten admi

Conten admi

Conten admi

Conten admi

Materia

Murillo-Velásquez-Alfaro

Murillo-Velásquez-Alfaro

Murillo-Velásquez-Alfaro

Murillo-Velásquez-Alfaro

Colegiado

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

______________________________

INTEGRA EL COLEGIADO LA SRA. JUEZ SUPERIOR XIOMAR ALFARO HERRERA LUEGO DE SU LICENCIA

00912-2014-0-1001-JR-CI-01 Leoncio Loza Gomez

00161-2014-0-1001-JR-LA-02 Jessica Lechuga Arana

00139-2015-0-1001-SP-LA-02 Javier Roman Cabrera Calderon

02010-2015-0-1001-JR-LA-02 David Miguel Quispe Pine

Exp.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Martes 01 al Viernes 04 de Diciembre del 2015) Jueves, 03 de diciembre del 2015

Jueves, 3 de diciembre del 2015

La República

21

08:30

08:35

08:40

08:45

1

2

3

4

Demandante

Demandado

Gobierno Regional de Cusco

Municipalidad Distrital de Santiago

Unidad de GestiónEducativa Local de Urubamba

Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco

Procede

sentencia 2JTTC

sentencia 2JTC

sentencia JMU

auto rechazo 2JTTC

Apelación

____________________________ HERNAN HUACASI GONZALES SECRETARIO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

SR. FERNANDO MURILLO FLORES

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Cusco, 02 de diciembre del 2015

Conten admi

Conten admi

Conten admi

Conten admi

Materia

Murillo-Velásquez-Alfaro

Murillo-Velásquez-Alfaro

Murillo-Velásquez-Alfaro

Murillo-Velásquez-Alfaro

Colegiado SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

______________________________

INTEGRA EL COLEGIADO LA SRA. JUEZ SUPERIOR XIOMAR ALFARO HERRERA LUEGO DE SU LICENCIA

00912-2014-0-1001-JR-CI-01 Leoncio Loza Gomez

00161-2014-0-1001-JR-LA-02 Jessica Lechuga Arana

00139-2015-0-1001-SP-LA-02 Javier Roman Cabrera Calderon

02010-2015-0-1001-JR-LA-02 David Miguel Quispe Pine

Exp.

La República

OBSERVACIÓN

Hora



CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Martes 01 al Viernes 04 de Diciembre del 2015) Jueves, 03 de diciembre del 2015

22 Jueves, 3 de diciembre del 2015

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Jueves, 3 de diciembre del 2015

La República

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO SALA CIVIL PROCESOS PARA VISTAS DE CAUSA, INFORME ORALES Y AUDIENCIAS 02 al 04 de DICIEMBRE DE 2015

N° DE EXP. 0208-2014 0149-2015 0158-2013 0977-2010 0861-2013 1121-2012 0058-2015 0057-2015 0199-2015

DEMANDANTE GOBIERNO REGIONAL CUSCO FELIPE SANTIAGO LOAIZA SILVA LUIS ESCALANTE CHAMBI DORIS APAZA VILLAVICENCIO MANUEL GALVAN ROCCA HECTOR CONDEMAYTA SUAREZ MINISTERIO PUBLICO MINISTERIO PUBLICO MINISTERIO PUBLICO

MIERCOLES 02 DE DICIEMBRE DE 2015 MATERIA JUAN PERCCA GUZMAN Y OTROS NULIDAD DE RES. ADM. DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION DE URUBAMBA CUMPLIMIENTO PROCURADOR DEL MINISTERIO PUBLICO AMPARO REYNA HANCCO QUISPE Y OTRO REIVINDICACION YUBITZA C. GALVAN SANCHEZ Y OTRA N.C.J.F. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA Y OTRO NULIDAD DE DOCUMENTO BENITO HUALLPA CCAHUA VIOLENCIA FAMILIAR NEPTALY GARCIA VARGAS VIOLENCIA FAMILIAR LUIS GUILLEN PINELO VIOLENCIA FAMILIAR

RES. S S S S S S S S S

PROCEDEN. 1JMx-Wanchaq JMx-Urubamba 5JCC 1JCC JMx-Santiago 1JCC JMx-Anta JMx-Anta 1JMx-Wanchaq

COLEGIADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

JUEVES 03 DE DICIEMBRE DE 2015 MATERIA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL AMPARO UGEL-LA CONVENCION AMPARO ALEJANDRINA SILVA CHAVEZ O.D.S.D AUGUSTO PALOMINO YABAR Y OTRO PRESCRIPCION ADQUISITIVA MARIA DEL ROSARIO LEZAMA OCHOA DESALOJO

RES. S S S S S

PROCEDEN. 5JCC 1JMx-Santiago 1JCC 4JCC 2JCC

COLEGIADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

S© JMx-Machupicchu S© JMx-Urubamba S© 3JFC

PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

S

5JCC

PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

PROCEDEN. JMx-Anta

COLEGIADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

S© Mx-Quispicanchis S© JMx-Anta S© JMx-Pucartambo S© 2JCC

PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO PINARES-FERNANDEZ-DELGADO

1 2 3 4 5 6 7 8 9

HORA 08:50 09:00 09:10 09:20 09:30 09:40 09:50 10:00 10:10

DEMANDADO

1 2 3 4 5

HORA N° DE EXP. DEMANDANTE 08:50 00973-2015 CONSULTORES CONTRUCTORES SAC 09:00 00171-2015 WILBERT MOLERO CCASANI 09:20 1974-2005 UNSAAC 09:30 1969-2005 YOLANDA ALZAMORA BOHORQUEZ 09:40 1555-2014 FERNANDO ARAGON POBLETE

6 7 8

09:50 10:00 10:10

0059-2015 MINISTERIO PUBLICO 0061-2015 MINISTERIO PUBLICO 1055-2015 MINISTERIO PUBLICO

ISABEL TINTA HUMAN ADOLFO VELASQUEZ GIL

VIOLENCIA FAMILIAR VIOLENCIA FAMILIAR VIOLENCIA FAMILIAR

9

12:45

1936-2010 HUMBERTO NICANOR TEJADA ZUÑIGA

SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL DE LA SUPREMA

AMPARO

1

HORA 08:30

N° DE EXP. DEMANDANTE 0099-2015 BENEDIGTA QUISPE VDA. DE SANTOYO

VIERNES 04 DE DICIEMBRE DE 2015 MATERIA INES FERRO HANCCO Y OTROS PRESCRIPCION ADQUISITIVA

2 3 4 5

08:40 08:50 09:00 09:10

0136-2015 0133-2015 0065-2015 1568-2013

DEMANDADO

ALICIA QUISPE LEVITA

DEMANDADO

ARZOBISPADO DEL CUSCO JUAN HUARHUA QUISPE MINISTERIO PUBLICO

BENIGNO USCACHI GUZMAN

ALEJANDRINA KADAGAN LOVATON Y OTRO

HUGO ZUÑIGA CUBA Y OTRO

MIRIAM HELLY PINARES SILVA

ELVIRA GIBAJA DE RODRIGUEZ Y OTRO MIGUEL CHIPA CCOYO

PRESCRIPCION ADQUISITIVA PRESCRIPCION ADQUISITIVA MINISTERIO PUBLICO OTORGAMIENTO ESCRIT.PUBL

RES. S©

BERENICE MOSTAJO LAZO

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Jueves, 3 de diciembre del 2015

                      

                

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