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9 nov. 2015 - ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, FELIPE SANTIA- ... JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, SECTOR I, SUPER MZ. 5,. LTE.
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Martes, 10 de noviembre del 2015

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Martes, 10 de noviembre del 2015

EDICTOS EDICTO JUDICIAL Exp. 6978-2006, Primera Sala Civil; Jueces Superiores Carreón Romero, Fernández Dávila Mercado y Valencia Dongo Cárdenas, Secretario Luis Alberto Martínez Vilca; en el proceso por tercería en los seguidos por Miguel Augusto Revilla Melgar, y otros representados por Aldo Arturo Lozada Quiroz en contra de Sur S.A.C., y Scotiabank Perú S.A.A. según auto admisorio; por resolución N° 82 de fecha diecinueve de mayo del año dos mil quince se ha dispuesto: Vistos y Considerando: (...) Segundo.- Que, estando a la ficha RENIEC que antecede, se advierte que el co-demandante Cristóbal Mendoza Maica, ha fallecido en fecha veintiséis de noviembre del dos mil once, por tanto resulta de aplicación lo establecido por el inciso 1o del artículo 108° del Código Procesal Civil, debiendo disponerse lo pertinente a efecto de la sucesión procesal del referido, fundamentos por los cuales; SUSPENDIERON el proceso por el plazo de treinta días hábiles a efecto que los sucesores procesales de quien fuera Cristóbal Mendoza Maica, se apersonen al proceso conforme a ley a efecto de continuar con el trámite del mismo; DISPUSIERON notificar a la sucesión del referido co-demandante mediante edictos conforme lo establecen los artículos 165 y siguientes del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal; (I..). Lo que notifico a Ud. Conforme a ley. Arequipa 02-11-2015. LUIS A. MARTINEZ VILCA SECRETARIO DE SALA PRIMERA SALA CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. (09-10-11 Noviembre) B/E 031-77.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO La señora Juez del Juzgado Mixto de Islay, Dra. Lily Chacón Aldazabal, quien actúa por vacaciones del titular, con intervención del Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, en el proceso N° 10-2015-CI, seguido por Maria Elena Lope Adco en contra de Cosme Salomón Tohalino Valencia y otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha expedido la RESOLUCIÓN N° 11 de fecha veintidós de octubre del presente año, mediante la cual RESUELVE: Se notifique al demandado Cosme SalomónTohalino Valencia mediante edictos con un extracto del auto admisorio y la presente resolución, para que conteste la demandan en el plazo de diez dias, bajo apercibimiento de nombrarle curador Procesal. RESOLUCIÓN N° 01-2015; SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a tramite en la via del proceso ABREVIADO la demanda, interpuesta por Maria Elena Lope Adco en contra de Josefina Miriam Tohalino Valencia, Hugo Edgardo Tohalino Valencia, Ángel Maria Tohalino Valencia, Horacio Augusto Tohalino Valencia, Francisca Esther Tohalino Valencia, Clementina Felicitas Tohalino Valencia Cosme Salomón Tohalino Valencia y Sara Idelfonsa Tohalino Valencia, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, en consecuencia; 2.- TRASLADO de la misma por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución por los demandados, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados; 3.- DISPONGO: Que además del emplazamiento ordinario se emplace a los demandados en forma especial mediante Publicaciones de un extracto del auto admisorio, en la forma señalada por el articulo 506 del Código Procesal Civil. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Firmado por el Dr. Carlos Cary Choque Juez del Juzgado Mixto de Islay y Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui. (06-09-10 noviembre) B/E 031-101. NOTIFICACION POR EDICTO La señora Juez del Juzgado Mixto de Islay, Dra. Lily Chacón Aldazabal, quien actúa por vacaciones del titular, con intervención del Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, en el proceso N° 533-2013-CI, seguido por Agustina Adco Acarapi en contra de Josefina Miriam Tohalino Valencia y otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha expedido la RESOLUCIÓN N° 19 de fecha veinte de octubre del presente año, mediante la cual RESUELVE: Se notifique al litisconsorte necesario pasivo Cosme Salomón Tohalino Valencia mediante edictos con un extracto del auto admisorio, la resolución N° 15 y la presente resolución, para que conteste la demandan en el plazo de diez dias, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal. RESOLUCIÓN N° 02; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por Agustina Adco Accarapi en contra Josefina Miriam Tohalino Valencia, Hugo Edgardo Tohalino Valencia, Ángel María Tohalino Valencia, Horacio Augusto Tohalino Valencia, Francisca Esther Tohalino Valencia Ángel Cornejo Salas, Clementina Felicitas Tohalino Valencia y Sara Idelfonsa Tohalino Valencia, en la via del proceso ABREVIADO; en consecuencia, confiero traslado de la demanda a la parte demandada por el plazo de diez dias para su contestación, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; debiendo de notificarse además a los colindantes; por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados, SE DISPONE la publicación del extracto de

la demanda conforme lo establece el articulo 506 del Código Procesal Civil. RESOLUCIÓN N° 15: SE RESUELVE: INTEGRAR AL PROCESO a Cosme Salomón Tohalino Valencia, en calidad de litisconsorte necesario pasivo de los demandados; cúmplase con notificarlo con la demanda a efecto de que en el plazo de diez dias la conteste, bajo apercibimiento de declarársele rebelde, debiendo la parte demandante adjuntar las copias de los actuados pertinentes y cédulas correspondientes para su notificación. SE DISPONE que la señora Martha Rodríguez Núñez, intervenga autorizando la presente resolución como actuario judicial, ante la ausencia del Secretario Judicial por estar gozando de su periodo vacacional. Tómese razón y hágase saber. Firmado por el Dr. Carlos Cary Choque Juez del Juzgado Mixto de Islay y Secretario Judicial Juan Berly Ruelas Chaucayanqui. Mollendo, 30 de octubre del 2015. (06-.09-.10 noviembre) B/E 031-102. NOTIFICACION POR EDICTOS Se notifica a doña Trinidad Caitana Céspedes Mamani o a sus herederos, que ante esta Notaría se han presentado los esposos Rolando Clemente Pineda Céspedes y Bertha Arizaca Huayhua, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en el sub lote 7B, manzana 17, zona B, del Pueblo Joven Alto de la Libertad, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 200.57 m2. (DOCIENTOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con Nicolás de Pierola, en línea recta con 8.00 metros; por el costado derecho con Sub Lote 7, en línea recta de 25.78 metros; por el Costado izquierdo con sublote 7A, en línea recta de 24.64 metros y por el Fondo con lote 8, con línea recta de 8.15 metros. El bien materia de prescripción forma parte del predio inscrito en la partida P06016568. Arequipa 30 de octubre del 2015.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (04-10-16 noviembre) B/E 031-7. NOTIFICACION POR EDICTOS DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA Por medio de la presente se notifica a Rocío Carmen Maldonado Pinto, Miguel Lennart Pinto Valdivia, Ysabel Pinto Velarde, Clodoaldo Ladislao Carnero Taborga, Lizandro Ruperto Escalante Carpio, Urbelinda Isabel Pinto de Cano, Sixto Paz Velarde, Matilde Doris Valencia de Vargas, Francisca Luz Peralta Basurco, Jorge Luis Castro Quiñonez, Marianele Evelyn Valdivia Rodríguez, Américo Noé Beltrán Alfaro, Carmen Natalia Román de Beltrán, Juana Amelia Valdivia de Maldonado, Víctor Raúl Maldonado Velásquez, Nieves Aidehe Paz de Carnero, Julio Ernesto Valdivia Corrales, Gricelda Simona Abril de Valdivia, Yolanda Diaz de Escalante, Segunda Audelia Valdivia viuda de Pinto, Julio Mario Cano Ojeda, Dionicio Bejarano Velarde, Evangelina Durand de Bejarano, María Marta Mattos de Paz, Ruffo Isaac Paz Mattos, Sara Victoria Lozada de Paz, Arcadio Lorenzo Beltrán Alfaro, Beatriz Isabel Castillo de Beltrán, Vicente Paul Valencia Beltrán, Miguel Angel Vargas Cáceres, Víctor García Córdova, Asunta Ochochoque Mita de García, Efraín Ruperto Medina Salazar, Delmira Elena Canazas Paredes, Yolanda Elena Torres Córdova, Segunda Audelia Valdivia de Pinto, Hannover Mireya Pinto Valdivia, Carlos Alberto Pinto Valdivia, Madeleine Audelia Pinto Valdivia y Misael Martín Maldonado Pinto, que ante esta Notaría se ha presentado don José Walther Vizcarra Zuñiga, apoderado de los esposos Carlos Alberto Pablo Chávez Torreblanca y Marleni Leónidas Paz de Chávez, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio de un predio ubicado en el Pueblo Tradicional Tiabaya, manzana V1, sub lote 11 N-l, distrito Tiabaya, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene una extensión superficial de 92.49 m2. (NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente con lote 11 (servidumbre de paso) con 9.10 metros; por el costado derecho entrando, con lote 11 (servidumbre de paso) con 10.20 metros; por el costado izquierdo entrando, con lote 11-0 con 10.19 metros; por el fondo, con lote 11-N con 9.06 metros. El bien forma parte del predio inscrito en la Partida P06175062 del Registro de Predios de Arequipa. Arequipa 20 de octubre del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (29 octubre y 04-10 noviembre) B/E 031-33929. NOTIFICACION NOTARIAL Ante este despacho se ha presentado JOSE FERNANDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ identificado con DN 40982498, soltero, con domicilio en la Parcela 61, Asentamiento D - 1, El Pedregal distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, solicitando que se le declare propietario por prescripción adquisitiva, del inmueble signado como lote número 27, manzana B - 4, Habilitación Urbana Pedregal Sur, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, sección A, primera etapa del proyecto Majes con una extensión de 200.00 m2; Inscrito en la partida registral N° P06148811 siendo los linderos los siguientes: Por el frente con avenida 2 con 10.00 m, lado derecho

con lote 3 con 34.00 m, lado izquierdo lote 5 con 34.00 ml, por el fondo lote 27 con 10.00 ml, los interesados acercarse al despacho notarial de Manzana 3E, Lote 19, Majes. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (04-10-16 noviembre) B/E 031-25. NOTIFICACION NOTARIAL Ante este despacho se ha presentado JOSE FERNANDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ identificado con DNI 40982498, soltero, con domicilio en la Parcela 61, Asentamiento D - 1, El Pedregal distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, solicitando que se le declare propietario por prescripción adquisitiva, del inmueble signado como lote número 4, manzana B - 4, Habilitación Urbana Pedregal Sur, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, sección A, primera etapa del proyecto Majes con una extensión de 340.00 m2 inscrito en la partida registral número P06148788, siendo los linderos los siguientes: Por el frente con avenida 2 con 10.00 m, lado derecho con lote 3 con 34.00 m, lado izquierdo lote 5 con 34.00 ml, por el fondo lote 27 con 10.00 ml, los interesados acercarse al despacho notarial de Manzana 3E, Lote 19, Majes. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (04-10-16 noviembre) B/E 031-25.-

REMATES PRIMER REMATE El día 18 de noviembre del 2015 a las 12.15 horas, en la sala de Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España; ORDENADO POR EL JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL – Dr. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA - Expediente Nº 1821-2014 - Especialista Legal Dr. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA; En el proceso Ejecución de Garantías que sigue ELIO PEPE COTACALLAPA VALDIVIA contra MERCEDES CATALINA NIEVES HUAMANI Y MARCO ANTONIO MENDOZA CHIRINOS SE REMATARA: el inmueble ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO BUENOS AIRES DE CAYMA, Manzana N, Lote N° 3, Zona C, del distrito de CAYMA, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII, SEDE AREQUIPA, en la Partida Nº P06005547, actualmente de propiedad de EDWIN GUSTAVO TELLEZ CHANCAHUAÑA; TASACIÓN = S/.356,077.26 , BASE DEL REMATE = S/237,384.84 AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta por U.S.$.45,959.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, tal como consta en los Asientos N° 5 y 6 de la partida mencionada. 2).- HIPOTECA, hasta por S/.240,000.00 a favor del DEMANDANTE, tal como consta en los Asientos N° 7, 8 y 10 de la partida mencionada y que origina el presente proceso 3.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, hasta por S/.25,000.00 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORROY CREDITO CUSCO S.A., tal como consta en el Asiento N° 11 de la partida mencionada. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/:35,608.00, adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N° 175 - Telef. 054-285020 - 959692243. Arequipa 09 de Noviembre de 2015. Armando Pérez Angulo Martillero Público - Reg. Nº 175. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL (S) CUARTO JUZGADO ESP. CIVIL . (03-04-05-06-09-10 noviembre) B/E 031-30 PRIMER REMATE En el proceso sobre ejecución de garantías, expediente 01535-2014-0-0405-JM-CI-01, seguido por la demandante Caja Municipalidad de Ahorro y Crédito de Arequipa en contra de los demandados Soledad Amanda Castillo Mendoza y Carlos Enrique Collantes Velasquez, que se tramita ante el Primer Juzgado Mixto de Caylloma de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo de la Juez Dra. Margarita Salas Valdivia con intervención del Especialista Legal Fernando Rubén Mamani Mamani; ha designado al Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro Nro. 247, para que lleve a cabo la diligencia del PRIMER REMATE del bien inmueble ubicado en: SUB LOTE 14-A, MANZANA A, SECTOR C CCAPA, CENTRO POBLADO CHIVAY, DISTRITO DE CHIVAY, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, área 212.17 metros cuadrados, inscrito en la partida P06249397 del registro de predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. El Martillero Público ha señalado la realización del primer remate para el día 17 de noviembre del año 2015 a los 12:00 m. (doce horas del día) a realizarse en el Local del Primer Juzgado Mixto de Caylloma – Chivay, sito en Plaza de Armas N° 203 Interior – Chivay, TASACION US$ 118,951.00 (ciento dieciocho mil novecientos cincuenta y uno con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: US$

79,300.67 (setenta y nueve mil trescientos con 67/100 dólares americanos). AFECTACIONES: Asiento 00003 Hipoteca a favor de la Caja Municipal de ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 118,951.00 dólares americanos según escritura pública N° 575 de fecha 17 de febrero del 2011 otorgado ante notario Victor Tinajeros Loza. DEPOSITO PARA SER POSTOR: Los postores depositaran, antes del remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de tasación (el 10% del valor de tasación equivale a US$ 11, 895.10 dólares americanos), asimismo adjuntarán el arancel judicial por participación en remate (indicando número de expediente, juzgado, y numero de documento nacional de identidad del postor) y presentarán su documento nacional de identidad, en caso de personas jurídicas presentarán vigencia de poder. El remate será efectuado por el Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro Nacional número 247, Celular 992014422, 957870365. Los honorarios del Martillero Público los paga el postor beneficiado con la adjudicación conforme al D.S. 008-2005-JUS, Ley 27728 y están efectos al Impuesto General a las Ventas (I.G.V). Arequipa, 30 de octubre del 2015. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. 247. (04-05-06-09-10-11 noviembre) B/E 031-40. EDICTO REMATE JUDICIAL Por Orden del Decimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Jueza Dra. Zoraida Julia Salas Flores, Especialista Dr. Gildo A. Gutierrez Chacón, Expediente 7577-2014-0-0401-JR-CI-10, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra QUISPE TICONA WUILBER ELBER y BLANCO TAPIA, HIRMA; sobre Ejecución de Garantías, se saca a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del: INMUEBLE: Vivienda de tres pisos ubicada en Pueblo Joven Pampa de Polanco, Manzana E, Lote 10, Sector Juan Velasco Alvarado, Zona A, del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Nro. P06010780 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro.XII Sede Arequipa de la SUNARP. Área Terreno128.79m2, Área Contruida 225m2. TASACION: S/. 298,698.84 (Doscientos noventa y ocho mil seiscientos noventa y ocho con 84/100 nuevos soles). BASE DE REMATE: S/.199,132.56 (Ciento noventa y nueve mil ciento treinta y dos con 56/100 nuevos soles) que corresponde a las dos terceras partes de la tasación.- CARGAS Y GRAVAMENES: 1) Asiento 00006 Inscripción de Hipoteca común otorgada por los propietarios el Sr. Wuilber Elber Quispe Ticona e Hirma Blanco Tapia a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/.165,287.68 ( CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 68/100 NUEVOS SOLES ). 2) Asiento 00007 Embargo en forma de Inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de S/. 50,000.00 ( CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES ) a favor del Banco de Crédito del Perú, expedida por Resolución Nro.01 de fecha 26/08/2013, Jueza Patricia Ruby Valdivia Franco, en el proceso sobre obligación de Dar Suma de Dinero del Expediente Nro. 3802-2013-36-0401-JRCI-06. 3) Asiento 00008 Anotación de Demanda a favor del Banco de Crédito del Perú dispuesto por la Juez Dra. Zoraida Julia Salas Flores del Décimo Juzgado Civil de Arequipa en la Resolución Judicial Nro. 02-2015-DJECA de fecha 19/01/2015, Expediente N° 2014-07577-4 sobre Ejecución de Garantías . DIA Y HORA DEL REMATE: 25 DE NOVIEMBRE DEL 2015 A HORAS: 11:00 AM. (HORA EXACTA) LUGAR DEL REMATE: Se realizará a la hora exacta en la Sala de Remates del Segundo Módulo Civil (10mo. Juzgado Civil de Arequipa) ubicado en Plaza España S/N Cercado Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la Tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor .Y deberán presentar su DNI y el arancel judicial pagado en el Banco de la Nación por S/. 577.50 (Código 07153) por participación en Remate indicando el Juzgado, Nro. del Expediente y DNI. LOS HONORARIOS del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario de conformidad con los montos establecidos en el DS. Nro. 008-2005-JUS más el IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto del Remate. Pamela Marisol Alva Rivera - Martillero Público con Reg. 319 – Telef.987508700. Arequipa, 29 de Octubre del 2015. Pamela Marisol Alva Rivera Martillero Público a Nivel Nacional Registro SUNARP Nro. 319.- Alexander Gutierrez Chalco Especialista Legal del Decimo Juzgado Civil Modulo Corporativo Civil I. (05-06-09-10-11-12 noviembre) B/E 031-83. PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente Nro. 2662-2013-0-0401-JR-CI-08, que sigue Scotiabank Perú SAA en contra de Marco Antonio Barra Manrique, teniendo como tercero con interés a Patricia Magali Salazar Torres; el señor Juez del Octavo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Omar Alejandro Del Carpio Medina, especialista legal Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana, ha encargado al Martillero Público Dr. Armando Genaro Perez Angulo, con Registro Nro. 175, la realización del PRIMER REMATE PUBLICO, el día 18 de Noviembre del 2015 a horas 11:15 de la mañana, el cual se llevara a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ubicada en el sótano de la Puerta Principal de Ingreso al Palacio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa siendo

que esta última se ubica en la esquina formada por Plaza España con Siglo XX s/n en el Cercado de Arequipa, del siguiente bien inmueble DESCRIPCIÓN: Pueblo Tradicional Arancota Manzana “B” lote 24A Zona “A” del Distrito de Sachaca, provincia y Departamento de Arequipa e inscrita en la Partida Registral Nro. P06207235 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Arequipa. PRECIO DETASACIÓN: US$ 52 287.00 dólares americanos. BASE DEL REMATE: US$ 34 858.00 dólares americanos. AFECTACIONES: 1.- Asiento 0008 Inscripción de Bloqueo Registral: Sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta que se formalice la inscripción de la Constitución de Hipoteca a favor del Scotiabank Perú SAA por la suma de US$ 42 728.22 dólares americanos; según consta de la minuta de garantía hipotecaria de fecha 22 de Setiembre del 2009. 2.- Asiento 00009: Inscripción de Hipoteca: Hipoteca: Constituida por su Propietario a favor de Scotiabank Perú SAA sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de US$ 42 728.22 dólares americanos. Depósito para ser postor: Para ser postor se deberá depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: US$ 5 228.7 dólares americanos, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, adjuntando arancel correspondiente para participar en el remate indicando número de expediente y DNI del postor. Juez: Omar Alejandro Del Carpio Medina, especialista legal Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana, Martillero Público Dr. Armando Genaro Perez Angulo, Registro Nro. 175 Arequipa 04 de Noviembre del 2015. (05-06-09-10-11-12 noviembre) B/E 031-85. SEGUNDO REMATE En el Expediente 00398-2014-0-0412-JM-CI-01, sobre Ejecución de Garantías que sigue Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, debidamente representada por su apoderada LOURDES MARILU PUMAHUANCA CCASO en contra de WILLIAM RICARDO RODRIGUEZ VILCA Y ZORAIDA ANITA MIRANDA PINTO, el Primer Juzgado Mixto de Paucarpata, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero, con intervención de la Especialista Legal Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez, ha nombrado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS, quien llevará a cabo el SEGUNDO REMATE del bien inmueble ubicado en PUEBLO TRADICIONAL CERRILLO MZ. S, LOTE 17, DISTRITO DE CHARACATO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuya área, linderos medidas perimétricas y demás características se detallan en la Ficha Nro. P06116463 del registro Predial Urbano de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN CONVENCIONAL: US$. 40001(Cuarenta Mil Uno con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL SEGUNDO REMATE: US$ 22667,23 (Veintidós Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 23/100 dólares americanos) que son las 2/3 partes de la tasación convencional con la reducción del 15%. . FECHA Y HORA DE REMATE: VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS. LUGAR DE REMATE: Instalaciones de la Sala de lectura del Archivo Modular del Modulo Básico de Justicia de Paucarpata ubicado en Esquina Calle Laveau con Calle Teniente Alcantara – Paucarpata AFECTACIONES: a) Hipoteca a favor Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, inscrita en los asientos 00006 y 00007 hasta por US$ 40001 dólares americanos y que ES materia del presente proceso. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Depositar en efectivo, cheque de gerencia o en Depósito judicial del Banco de la Nación el 10% del valor de la tasación del bien; es decir, la suma US$. 4000,10 (Cuatro Mil con 10/100 dólares americanos); además deberán presentar su arancel judicial (con copia de arancel y DNI) consignando número de expediente, Juzgado y documento de identidad. ADJUDICATARIO cancelará Honorarios de Martillero Público conforme a Ley N° 28371 y D.S. 008-2005-JUS. Arequipa, 04 de noviembre del 2015.- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 265. CHRISTIAN OMAR TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL. (06-09-10 noviembre) B/E 031-106. SEGUNDO REMATE JUDICIAL NOMBRES DE LAS PARTES Y TERCEROS LEGITIMADOS: En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. contra ARAGON CHURA CAMILA GLORIA. Teniendo como acreedor no ejecutante a Banco Internacional del Perú S.A.A. y como terceros emplazados a FUENTES PAZ JOSE y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SIBAYO. Expediente Nº 02131-2011-0-0401-JR-CI-08, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria; el Octavo Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del señor Juez OMAR ALEJANDRO DEL CARPIO MEDINA, con intervención del especialista legal OSCAR RAUL CAHUANA CAHUANA ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO JUDICIAL en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble que seguidamente se detalla: BIEN A REMATAR: Bien inmueble ubicado en Manzana H, Lote 08, Asociación de Vivienda Villa CORPAC, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 275.00 metros cuadrados. Cuyas Medidas Perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la partida Nº 11139384 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. XII Sede Arequipa. AFECTACIONES DEL BIEN: A) Hipoteca a favor

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La República

de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., hasta por la suma de S/. 360,000.00 (Trescientos Sesenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), Inscrita en el Asiento D00002 B) Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, fuera de proceso, a favor de la Municipalidad Distrital de Sibayo, hasta por la suma de S/. 450,000.00 (Cuatrocientos Cincuenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), Inscrita en el Asiento D00003 C) Hipoteca a favor de José Fuentes Paz, hasta por la suma de US$ 20,000.00 (Veinte Mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), Inscrita en el Asiento D00004 D) Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción a favor de Banco Internacional del Perú-INTERBANK, hasta por la suma de S/. 36,000.00 (Treinta y seis Mil con 00/100 Nuevos Soles) Inscrito en el Asiento D00005 VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 539,020.00 (Quinientos Treinta y Nueve Mil Veinte con 00/100 Nuevos Soles) PRECIO BASE DEL REMATE: S/. 305,444.67 (Trescientos Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro con 67/100 Nuevos Soles) equivalente al precio base del primer remate menos 15%. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates judiciales ubicada en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sita en Plaza España S/N Cercado de Arequipa DÍA Y HORA DEL REMATE: 17 de Noviembre del 2015, a horas Doce del Medio Día. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: Martillero Público Christian Rubén Vizcarra Adriano, con número de registro 264. PORCENTAJE QUE DEBE DEPOSITARSE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Los Postores deberán depositar no menos del 10 % del valor de la tasación, equivalente a: S/. 53,902.00 (Cincuenta yTres Mil Novecientos Dos con 00/100 Nuevos Soles), en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial por derecho a participar en remate de bienes inmuebles, indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Los honorarios del martillero público serán a cargo del adjudicatario. Arequipa, 05 de Noviembre del 2015. Christian Rubén Vizcarra Adriano Martillero Público Registro N° 264. Oscar Cahuana Cahuana Secretaria Judicial (S) Octavo Juzgado Especializado Civil. (06-09-10 noviembre) B/E 031-116. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00251–2012-0-0407-JM-CI-01 En los autos seguidos por FELIX MARCO ANTONIO PINTO GOMEZ en contra de JUAN FORTUNATOTURPO PACHA , sobre Ejecución de Garantías .; el señor Juez del Juzgado Mixto de Islay – Sede Islay - Arequipa Dr. Carlos Alvaro Cary Choque, con el Especialista Legal. Dr. Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: Zona“A” Manzana“H”Lote N° 13 del Pueblo Joven Alto Inclan, Distrito de Mollendo, Provincia de Islay y Departamento de Arequipa; inscrita en la Partida Electrónica N° 01113421 – Ficha N° 85203 de la Oficina Registral Regional - Región Arequipa VALOR DE TASACION : US$. 9,553.72 ( Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Tres con 72/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: US$. 6,369.15 ( Seis Mil Trescientos Sesenta y Nueve con 15 /100 Dólares Americanos ), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación . AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00002 HIPOTECA – Constituída por sus propietarios a favor de FELIX MARCO ANTONIO PINTO GOMEZ sobre el inmueble inscrito en esta partida, hasta por el monto de US$. 1,500.00 (Un Mil quinientos 00/100 Dólares Americanos), para garantizar y responder por un mutuo otorgado al propietario, por el monto de US$. 1,300.00 , acordando las partes que no generará interés de ninguna clase. La Hipoteca comprende todo cuanto de hecho, o por derecho le corresponda al bien, según consta, más ampliamente de la Escritura Pública de fecha 15.11.2002 otorgada ante Notario Público Dr. A. Paredes Alí. Asiento N° 00003 RECTIFICACION : Se rectifica el asiento 2 del Rubro D, en el sentido que el mutuo asciende, a la suma de US$. 1,700.00 ( Un Mil Setecientos 00/100 Dólares Americanos ) y como se consigno, se procede en mérito a la Escritura Publica de rectificación y aclaración, de fecha 13.01.2003 ante Notario Público de Mollendo Dr. Alejandro Paredes Alí. DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de NOVIEMBRE del año 2015, a horas 12:00 del mediodía. . LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado Mixto de Islay – Calle Comercio N° 771 Mollendo – Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación sobre US$. 9,553.72 en efectivo y/o cheque de gerencia del Banco de la Nación a nombre del postor y presentarán, la tasa arancelaria judicial por derecho a participar en el remate con indicación de su documento de identidad, N° de expediente y juzgado correspondiente (todo con su respectiva fotocopia); los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del Adjudicatario al momento de la firma del Acta, de acuerdo al Art. N° 18 de D.S. 008-2005 JUS a ley 27728.- Arequipa, 02 de Noviembre de 2015. Angel R. Arias Gallegos Martillero Publico Reg. Nº 265 . Juan Ruelas Chaucayanqui Secretario Judicial Juzgado Mixto Islay Mollendo. (06-09-10-11-12-13 noviembre) B/E 031-133. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el Expediente Nro. 01922-2014-0-0410-JM-CI-02, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, representada por JACKELINNE FLORES DEL CARPIO, contra EUSEBIO VERCEL VILCAPAZA QUISPE sobre ejecución de Garantía hipotecaria: el SEGUNDO JUZGADO MIXTO – SEDE MBJ MARIANO MELGAR; que despacha el Juez JORGE LUIS PINTO FLORES y Especialista Legal: Dra. ESPERANZA VELARDE REVILLA, se ha nombrado como martillero público a LUIS BELTRAN RAMOS ORTEGA con Registro Nro- 292, quien ha dispuesto CONVOCAR EL PRIMER REMATE del inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL MIRADOR DE MARIANO MELGAR PARTE ALTA, MZ I LOTE 18, ZONA II, DISTRITO DE MARIANO MELGAR, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA y que se encuentra inscrito en la Partida N° P06229989 del Registro de Predios de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: US$ 27704 (VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS ) PRECIO BASE DE REMATE US$ 18469.33 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 33/100 DOLARES AMERICANOS), que son las 2/3 partes del valor de tasación. AFECTACIONES: 1) Hipoteca Inscrita en el

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Asiento 00005 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por US$ 27704 dólares americanos y que ES materia del presente. DIA DEL REMATE: 01 DE DICIEMBRE DEL 2015, HORA: TRECE HORAS, LUGAR: Frontis del local del juzgado del Módulo de Justicia Básica de Mariano Melgar, ubicado en esquina formada por Av. Simon Bolivar con calle Junin S/N, Mariano Melgar-Arequipa. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de US$ 2,770.40 (Dos mil setecientos setenta con 40/100 Dólares americanos), suma que sera devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/. 385.00 donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI O RUC. Y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI y copias. SALDO D EPRECIO: De ser el caso, el adjudicatario debe depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios de martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 277728 y su Reglamento (artículo 18 del D.S: Nro. 008.2005 JUS) y está afectos al IGV. Arequipa, 05 de noviembre del 2015. ESPERANZA VELARDE REVILLA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO MODULO BASICO DE JUSTICIA DE MNO. MELGAR. LUIS BELTRAN RAMOS ORTEGA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 292 . (09-10-11-12-13-16 noviembre) B/E 031-158. TERCER REMATE En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 02512-2013-0-0401-JR-CI-09 seguido por EDPYME NUEVA VISION S.A., en contra de LUIS JESUS TORRES ESTREMADOYRO Y JHON JESUS VELASQUEZ TRUJILLO. El señor Juez del Noveno Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dr. José Antonio Meza Miranda, con intervención del Especialista Legal Dr. Christian Eduardo Lizarzaburu Romero, ha convocado al TERCER REMATE de los inmuebles materia de ejecución, habiendo nombrado a la martillero Público Marlene Cleofe Flores de Mendoza con Registro N° 318, para la realización del tercer remate de los inmuebles: A).- PRIMER INMUEBLE: CENTRO POBLADO APLAO, MANZANA W1, LOTE 7, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6159494, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN: US$ 56,595.00 (Cincuenta y seis mil quinientos noventa y cinco 00/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$ 27,259.92 (veintisiete mil dos cientos cincuenta y nueve 92/100 dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación (menos el 15% en segunda convocatoria) y menos el 15% por tratarse de tercera convocatoria; LOS POSTORES: Depositan no menos del diez por ciento US$ 5,659.50 (cinco mil seiscientos cincuenta y nueve 50/100) del precio de tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre. AFECTACIONES: Hipoteca a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 56,595.00 dólares americanos, materia de ejecución, así consta inscrito en el asiento 00005, de la partida Nº PO6159494, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; B).- SEGUNDO INMUEBLE: CENTRO POBLADO APLAO, MANZANA W1, LOTE 6, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6159493, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN: US$ 49,738.00 (Cuarenta y nueve mil setecientos treinta y ocho 00/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$ 23,957.13 (veintitrés mil novecientos cincuenta y siete 13/100 dólares Americanos) equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación (menos el 15% en segunda convocatoria) y menos el 15% por tratarse de tercera convocatoria; LOS POSTORES: Depositan no menos del diez por ciento US$ 4,973.80 (Cuatro mil novecientos setenta y tres 80/100 dólares americanos) del valor de tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; AFECTACIONES: Hipoteca a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 49,738.00 dólares americanos, materia de ejecución, así consta inscrito en el asiento 00005 de la partida Nº PO6159493, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; DIA Y HORA DE REMATE: Martes 24 de noviembre del 2015, a las 11:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de Remates, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX s/n cercado – Arequipa; Para participar como postor deberá de presentar Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, octubre 24. MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. CRISTHIAN LIZARZABURU ROMERO SECRETARIO JUDICIAL ROMERO SECRETARIA JUDICIAL NOVENO JUZGADO CIVIL . (0910-11 noviembre) B/E. 154. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00504–2013-0-0407-JM-CI-01 En los autos seguidos por JULIO EDGARDO CUTIRE CONDO en contra de LOURDES EPIFANIA SAICO CRUZ, sobre Ejecución de Garantías; el señor Juez del Juzgado Mixto de Islay – Sede Islay - Arequipa , Dr. Carlos Alvaro Cary Choque, con el Especialista Legal. Dr. Juan Berly Ruelas Chaucayanqui, han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: Lote N° 14 Manzana “F” AVIS Asociación Provincial de Interés Social, Alto Boquerón, del Distrito de Dean Valdivia, Provincia de

Islay, Departamento de Arequipa; inscrito en la Partida Electrónica N° 11001961 de la Oficina Registral de Islay, Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : Según Tasación Convencional S/. 6,000.00 (Seis Mil 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/. 4,000.00 (Cuatro Mil con 00 /100 Nuevos Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación Convencional pactada. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00002 HIPOTECA – El propietario del inmueble constituye Hipoteca a favor de JULIO EDGARDO CUTIRE CONDO, de estado civil soltero e identificado con DNI. 41658215 hasta por la suma de S/. 6,000.00 a fín de garantizar el mutuo en la suma de S/. 5,750.00 a cancelarse en el plazo de 01 mes: Así y más extensamente consta en la Escritura Pública N° 149 de fecha de 04 Marzo del 2013, otorgada ante Notario Roberto Delgado Valdivia, en la ciudad de Mollendo. DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de NOVIEMBRE del año 2015, a horas 10:00 de la mañana. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado Mixto de Islay – Calle Comercio N° 771 Mollendo – Arequipa. POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación sobre S/. 6,000.00 en efectivo y/o cheque de gerencia del Banco de la Nación a nombre del postor y presentarán, la tasa arancelaria judicial por derecho a participar en el remate con indicación de su documento de identidad, N° de expediente y juzgado correspondiente (todo con su respectiva fotocopia); los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del Adjudicatario al momento de la firma del Acta, de acuerdo al Art. N° 18 de D.S. 008-2005 JUS a ley 27728. Arequipa, 02 de Noviembre de 2015. ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REGISTRO Nº. 265. JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO (10-11-12-13-1415-16-17 noviembre) B/E 031-174.

RECTIFICACIONES RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO En mi Notaría: Carmen Elena Araoz Benavides nacida el 6 OCT. 1973 en el Hospital General de esta ciudad, con partida N° 4883 asentada en el Registro del Estado Civil del Concejo Provincial de Arequipa, solicita la suya, en la que se ha escrito mal su apellido paterno, el apellido paterno de su padre y el apellido de casada de su madre: «Araos», con «s», cuando es con «z»: «Araoz», por lo que debe rectificarse corrigiendo las tres veces, que el apellido «Araos» está mal escrito, prescindiendo de la «s» y reemplazándola por la «z», para que en la partida figure la peticionaria como: «Carmen Elena Araoz Benavides», su padre como: «Sergio Araoz Fuentes» y su madre como: «Isabel Benavides de Araoz». Arequipa 4 de noviembre del 2015. JOSE F. JIMENEZ MOSTAJO NOTARIO ABOGADO (10 noviembre) B/E 031-138. RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO De conformidad con la ley 26662, ante mí, elsa holgado de carpio, abogada notaria de Arequipa, con oficina en san jose 313-a cercado se presentó milade Eliana talavera nuñez solicitando la rectificación de su partida de nacimiento; para que se corrija el nombre de su madre que dice: “rosalia nuñez de talavera”, debe decir“rosalía Adriana nuñez paredes de talavera”. Arequipa, 05 de noviembre del 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº24 (10 noviembre) B/E 031-156.

SUCESIONES SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY NRO. 26662, ANTE MI DR. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR NRO. 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JORGE DAVID SANCHEZ NEIRA, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU PADRE: DAVID TOMAS SANCHEZ RIVERA, FALLECIDO EL 17 DE OCTUBRE DE 1993, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE: BLANCA NELLY NEIRA CRUZ DE SANCHEZ Y A SUS HIJOS: CARLOS GUILLERMO SANCHEZ NEIRA Y JORGE DAVID SANCHEZ NEIRA. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 30.10.2015. CÉSAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO-NOTARIO. (10 noviembre) B/E 031-153.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se ha presentado don José Walther Vizcarra Zuñiga, apoderado de los esposos Carlos Alberto Pablo Chávez Torreblanca y Marleni Leónidas Paz de Chávez, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio de un predio ubicado en el Pueblo Tradicional Tiabaya, manzana VI, sub lote 11 N-1, distrito Tiabaya, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene una extensión superficial de 92.49 m2. (NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente con lote 11 (servidumbre de paso) con 9.10 metros; por el costado derecho entrando, con lote 11 (servidumbre de paso) con 10.20 metros; por el costado izquierdo entrando, con lote 11-0 con 10.19 metros; por el fondo, con lote 11-N con 9.06 metros. El bien forma parte del predio inscrito en la Partida P06175062 del Registro de Predios de Arequipa. Arequipa 20 de octubre del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (29 octubre 04-10 noviembre) B/Nº 031-33929. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, FELIPE SANTIAGO NEIRA MAMANI, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN ASOCIACION DE VIVIENDA TALLER MONSERRAT, MZA. C LTE. 11, ZONA 01, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ARE-

Martes, 10 de noviembre del 2015

QUIPA. ÁREA. 450.00 M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON CALLE 3, CON 15.00 ML- DERECHA: CON LOTE 9 Y 10, CON 30.00 MLIZQUIERDA: CON LOTE 12, CON 30.00 ML. - FONDO: CON LOTE 6, CON 15.00 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 11079689 DE LOS REGISTRO PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE FAUSTO CHURA CORNEJO Y GABY LANFRANCO ABARCA, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 20 DE OCTUBRE DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (29 octubre 04-10 noviembre) B/Nº 031-33934. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, RAUL ATAULLUCO CJUMO, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN ASOCIACION URBANIZADORA JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, SECTOR I, SUPER MZ. 5, LTE. 8, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 700.23 M2. COLINDANTES: -FRENTE: CON CALLE E-56, CON 14.05 ML.- DERECHA: CON LOTE 07, CON 49.96 ML.- IZQUIERDA: CON LOTE 9, CON 49.93 ML. FONDO: CON LOTE 13, CON 13.99 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 0114187 REGISTRO DE DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE DANIEL ANTONIO NUÑEZ DEL CARPIO Y MARINA CARHUAYO LOPEZ, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 30 OCTUBRE DEL 2015, JAIME LIMA HERCILLA NOTARIO PUBLICO ASOC. VILLA AVIACIÓN G-9 CIUDAD MUNICIPAL YURA-AREQUIPA. (29 octubre 04-10 noviembre) B/Nº 031-33934. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, CEFERINA MACHACA CHISI, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN ASOCIACION DE VIVIENDA TALLER MONSERRAT, MZA. H LTE. 12, ZONA 01, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 461.10 M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON CALLE 4, CON 15.05 ML.- DERECHA: CON LOTE 11, CON 30.10 ML.- IZQUIERDA: CON CALLE NRO. 7, CON 31.30 ML. - FONDO: CON LOTE 13, CON 15.00 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 01159934 (FICHA 00914043) DE LOS REGISTRO PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE BEATRIZ DEL CARMEN TARDILLO MARIN, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333 AREQUIPA 20 DE OCTUBRE DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (29 octubre 04-10 noviembre) B/Nº 031-33934. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE EL SEXTO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA EN EL EXPEDIENTE No 3941-2015 ESPECIALISTA MIJAIL ROCHA CONDORI, SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda de prescripción adquisitiva y pretensión accesoria, interpuesta por EDITA ELENA CARPIO CHURA en contra de JESUS HERACLIDES TORRES GONZALES con emplazamiento de los colindantes: 1) Dora Paucara Huayhua, 2) María Luisa Ofelia Pinto Díaz y 3) Alicia Valencia, en la vía de Proceso Abreviado, SE CONFIERE TRASLADO de la demanda al demandado y emplazados, por el plazo de diez días para su contestación, téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados. Se dispone la publicación del extracto de la presente resolución conforme a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil. Arequipa, 12 de octubre del 2015. MIJAIL ROCHA CONDORI SECRETARIO JUDICIAL (S) SEXTO JUZGADO ESP. CIVIL. (29 octubre 04-10 noviembre) B/Nº 031-33958. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104, YANAHUARA, JUAN LUIS ZEVALLOS BARREDA Y HELEN GIOVANNA PACHECO RIVERA; SOLICITAN PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE 1, MANZANA B, ASOCIACION DE VIVIENDA LA GRANJA DE SABANDIA, DISTRITO DE SABANDIA. EL MISMO QUE CUENTA CON UN AREA DE 1027.00 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: CALLE 5 CON 22.00 ML; COSTADO DERECHO ENTRANDO: PASAJE 1 CON 43.85 ML; COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CALLE 5 CON 31.00 ML Y POR EL FONDO: LOTES 2-3 CON 32.01 ML. INSCRITO EN LA PARTIDA 11240157 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII-SEDE AREQUIPA. SIENDO EL TITULAR REGISTRAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA. LO QUE SE COMUNICA PARA FINES DE LEY. AREQUIPA, 26 DE OCTUBRE DEL 2015. MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (04-10-16 noviembre) B/Nº 031-34059. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante esta Notaría se han presentado los esposos Rolando Clemente Pineda Céspedes y Berma Arizaca Huayhua, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en el sub lote 7B, manzana 17, zona B, del Pueblo Joven Alto de la Libertad, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 200.57 m2. (DOCIENTOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con Nicolás de Pierola, en línea recta con 8.00 metros; por el costado derecho con Sub Lote 7, en línea recta de 25.78 metros; por el Costado izquierdo con sublote 7A, en línea recta de 24.64 metros y por el Fondo con lote 8, con línea recta de 8.15 metros. El bien materia de prescripción forma parte del predio inscrito en la partida P06016568. Arequipa 30 de octubre del 2015.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (04-10-16 noviembre) B/E 7. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: LIDA ELVA GRETA REVILLA ROMERO DE LUNA, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN

ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN URB. CORAZÓN DE MARÍA MZ. C LOTE 10 CALLE N°03 S/N DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON UNA ÁREA DE 200.70 METROS CUADRADOS; INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 01092490 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL NRO. XII SEDE AREQUIPA, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE 03 CON UNA LONGITUD DE 11.15 ML.; POR LA DERECHA: CON EL LOTE C-ll DE PROPIEDAD DE CONCHA REVILLA CON UNA LONGITUD DE 18 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON EL LOTE C- 09 DE PROPIEDAD DE LUIS QUICAÑO, CON UNA LONGITUD DE 18.00 ML. Y POR EL FONDO: CON EL LOTE C- 05 DE PROPIEDAD DE ANITA DELGADO, CON UNA LONGITUD DE 11.15 ML. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, AREQUIPA, 30-10-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (04-10-16 noviembre) B/E 10.

OTROS AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Victoria Matilde Miranda Quispe quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Inmaculado Corazón de María (Miraflores) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el veintinueve de marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro; hija de don Juan Miranda y de doña Florentina Quispe, y que fue bautizada en la Parroquia Inmaculado Corazón de María (Miraflores) - Arequipa el veinticinco de abril de mil novecientos cincuenta y cinco. Fue su madrina doña Herminia Rodríguez Mamani. Arequipa, 05 de noviembre del 2015. DR. WALTER ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (06-09-10 noviembre) B/E 031-114. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Cecilia Aurelia Calderón Guillén quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Santa Marta - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Sabandía - Arequipa el veintidós de noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve; hija de don Remigio Calderón Corrales y de doña Angélica Guillén de Calderón, y que fue bautizada en la Parroquia Santa Marta - Arequipa el veinticuatro de noviembre de mil novecientos sesenta. Fueron sus padrinos don Juan Germán Prado Quispe y doña Nieves Elena Quicaño de Prado. Arequipa, 09 de noviembre del 2015. DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIOACTUARIO. (10-11-12 noviembre) B/E. 169.

EDICTOS PENALES 2o Juzgado de Familia, EXPEDIENTE MATERIA, JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO DEMANDANTE, 03867-2015-0-0401-JR-FC-02 VIOLENCIA FAMILIAR, VALDIVIA TALA VERA, HUMBERTO, DE AMAT CATACORA SHEYLLA, LLAMOCA HUMANI, MANUEL JESUS, LLAMOCCA ANCCASI. PASCUALA, SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA. EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR: En el proceso 3867-2015-0-0401 -JR-FC-02, el Señor Juez del Segundo Juzgado de Familia de Arequipa, Dr. Humberto Valdivia Talavera, Secretaria Sheylla De Amat Catacora, en los seguidos por EL Ministerio Público sobre Violencia Familiar en contra de Manuel Jesús Llamoca Huamani, ha ordenado se notifique al demandado por edictos con la resolución número uno en los siguientes términos: RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el Ministerio Público, en contra de Manuel Jesús Llamoca Huamani, en agravio de doña Pascuala Llamocca Anccasi, debiendo notificarse al demandado mediante edictos para que se apersone al proceso y absuelva el traslado de la demanda en el plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y disponerse la continuación del proceso en su contra. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. SHEYLA DE AMAT CATACORA SECRETARIO JUDICIAL. (06-09-10 noviembre) La Presidencia de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa, NOTIFICA a la Tercero Civilmente Responsable constituida VALERIANA TINOCO CHOQUE con el contenido de la Resolución 10 de fecha 05 de noviembre del 2015: “Se señala fecha para la Audiencia de Apelación de Auto para el día DIECINUEVE de noviembre del dos mil quince a las DOCE HORAS en la Sala de Audiencias número 7 (cuarto piso) del módulo penal de la CSJA”, en la investigación seguida en contra de Daniel Quispe Prieto por delito de Contaminación del Ambiente en agravio del Estado Expediente 5882-2014-26. Secretario: Flavio Loayza. Arequipa, 06 de Noviembre del 2015. VICTOR HERNAN FLAVIO LOAYZA POLANCO. ESPECIALISTA. (09-10-11 noviembre) 1° JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado EXPEDIENTE: 03260-2015-0-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA SECRETARIO: JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama al imputado YHONS JAMERS ARAPA GOIZUETA para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 20 DE ENERO DEL 2016, a las 10:00 HORAS a llevarse a cabo en el Local del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado ubicado en la Calle Tupac Amaru 464 (Distrito de Cerro Colorado-Arequipa), diligencia que se llevará a cabo con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado del encausado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia.- Ello en el Proceso N° 03260-2015-0-0401-JR-PE-01 seguido en contra de YHONS JAMERS ARAPA GOIZUETA por delito de PELIGRO COMUNCONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agraviado de LA SOCIEDAD.- SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 27 de octubre del 2015. (09-10-11 noviembre)

Martes, 10 de noviembre del 2015

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

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CRONICAS JUDICIALES Martes, 10 de noviembre del 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL 2015 COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dr. Juan Luis Rodríguez te) Dr. Miguel Ángel Irrazábal Salas Dr. Alejandro Ranilla Collado

Romero

(Presiden-

MARTES 18 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 142-2015 IS En el expediente 2014-640-LA. En el proceso de Desnaturalización de Contrato, seguido por Antonio Ytuza Vilca, en contra de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego Lateral 2R, P1, P2, P3, P4, DECLARARON: NULA Y SIN EFECTO la sentencia número 77 – 2015, de fecha diez de abril del dos mil quince, corriente de fojas trescientos cuarenta y cuatro a trescientos sesenta y tres, que declara Fundada la demanda sobre desnaturalización de contrato y pago de beneficios sociales; en los seguidos por Antonio Miguel Ytuza Vilca en contra de la Comisión de Regantes del Sub Sector de riego lateral R2, P1, P2, P3, P4, comprensión del Sector de Riego La Colina, sobre desnaturalización de contrato y pago de beneficios económicos; con lo demás que contiene; y DISPONEMOS: Que el A quo vuelva a expedir sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los considerandos que anteceden; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. SV. 144-2015 RC En el expediente 2015101-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Ana María Madueño Villaverde, en contra de Ángela Patricia Escobar Yáñez, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia sin número, de fecha tres de marzo de dos mil trece, debiendo entenderse que la fecha correcta es de tres de marzo de dos mil quince, estando al informe de fojas doscientos veintiséis, la que declara fundada la demanda de desalojo por ocupación precaria y ordena que la parte demandada desocupe el inmueble materia de litis y se entregue a la parte demandante en el plazo de seis días de consentida, bajo apercibimiento de lanzamiento, con costas y costos. En los seguidos por Ana María Madueño Villaverde, con Ángela Patricia Escobar Yañez, sobre desalojo por ocupación precaria. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Caravelí. SV. 145-2015 RC En el expediente 2012742-0-CI. En el proceso de Anulabilidad de Acto Jurídico, seguido por Marcelino Ramos Acero, en contra de Leonarda Centeno Sumari, DECLARARON: NULA, la Sentencia 252-2014, de fecha veinte de noviembre de dos mil catorce, de fojas ciento treinta, que declaró fundada la demanda de anulabilidad de acto jurídico, nula y sin efecto legal el acto jurídico de la Escritura 635, de fecha veinte de enero del dos mil nueve, celebrada en la Notaría Pública Javier de Taboada, en el extremo que el demandante cede su derecho de copropiedad a la demandada en el inmueble ubicado en Calle Socabaya, sin número, Manzana Z–1, Lote 5, Cercado de Villa El Pedregal, Majes, Caylloma, con lo demás que contiene. DISPONEMOS: se expida nuevo pronunciamiento con arreglo a Ley. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma Majes. SV. 147-2015 IS En el expediente 2014983-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Víctor Guido Abarca Abarca, en contra de Patricia

Ruby Valdivia Franco, DECLARARON: 1. INFUNDADO el recurso de apelación propuesto por Víctor Guido Abarca Abarca a fojas doscientos cinco a doscientos dieciséis; 2. CONFIRMAR. La Sentencia 253-2014, de fecha veinte de noviembre del dos mil catorce; que declaró INFUNDADA la demanda de acción amparo interpuesta por Víctor Guido Abarca Abarca, en contra de la Patricia Ruby Valdivia Franco en su condición de Jueza del Sexto Juzgado Civil. AV. 160-2015 RC En el expediente 2014200-0-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Lidia Portugal Bracamonte, en contra de Isabel García Márquez y Otros, DECLARARON: NULA, la Resolución de Oficio 81, de fecha veintiuno de febrero de dos mil trece, que corre a fojas ochocientos ochenta y dos, que declara el abandono del proceso sobre restitución de copropiedad e indemnización por responsabilidad civil contractual y que ordena el archivo de los antecedentes; DISPONEMOS: se continúe con el trámite del proceso, cumpliéndose con el diligenciamiento de la notificación ordenada en la Resolución 74; PREVENIMOS, al Señor Juez Helbert Llerena Lezama y a su personal auxiliar para que obren con mayor vigilancia y responsabilidad en el seguimiento de la presente causa, restableciendo el orden en el seguimiento y evitando la dilación procesal. En los seguidos por Lidia Ávila Portugal Bracamonte, con Isabel García Márquez y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Caravelí. AV. 161-2015 RC En el expediente 2013163-0-CI. En el proceso de División y Partición, seguido por Juan Hubert Flores Arestegui, en contra de Juan Bautista Flores Flores, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 21, de fecha veintiséis de enero del dos mil quince, de fojas trescientos veintisiete, en el extremo que declara fundado el pedido de suspensión del proceso, peticionado por María Salomé Tamo Ayala de Flores, en tanto se resuelva el Expediente 2083-2013, sobre nulidad de sucesión intestada de Antonia Aréstegui Cuadros. Integrándose el pronunciamiento, se declara infundada la solicitud en cuanto a la suspensión del proceso por el seguimiento del proceso sobre nulidad de acta de matrimonio de Antonia Aréstegui Cuadros con Juan Bautista Flores Flores. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Chivay. AV. 162-2015 IS En el expediente 2014178-99-CI. En el proceso de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, seguido por Mario SAlejandro Ferrucci Ricci, en contra de Consuelo Ferrucci de Dongo, DECLARARON: 1. Infundado el recurso de apelación efectuado por Mario Alejandro Ferrucci Ricci, en contra de la resolución número 93, de fecha cuatro de noviembre del dos mil trece, que corre de fojas sesenta y ocho a sesenta y nueve. 2. CONFIRMAMOS la resolución apelada número 93, de fecha cuatro de noviembre del dos mil trece, que corre de fojas sesenta y ocho a sesenta y nueve, que resuelve declarar nula la resolución número ochenta y seis y excluye del proceso a los peritos judiciales Ramiro Gorky Revollar y Gilberto Jacinto Marquina Begazo; con lo demás que contiene; en los seguidos por Mario Alejandro Ferrucci Ricci en contra de Consuelo Ferrucci de Dongo, Jorge Luis Pinto Flores, Procurador del Poder Judicial, sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta (Cuaderno de Apelación).Regístrese y notifíquese. AV. 163-2015 RC En el expediente 20141218-77-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Benito Iquiapaza Cutipa, en contra de Pastora Iquiapaza Iquiapaza, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 08, de fecha ocho de abril de dos mil quince, de fojas doscientos sesenta y uno, en cuanto rechaza los medios probatorios ofrecidos por la demandada Nelly Karen Iquiapaza Iquiapaza. Tómese razón y hágase saber. AT. 386-2015 RR En el expediente 2015126-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Eleazar Huamaní Choque, en contra del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes Raúl Charaja Concha, DECLARARON: ADMITIR a trámite la demanda de revisión judicial del

procedimiento de Ejecución Coactiva tramitado bajo el expediente N° 11-2012-DEC-MDM, interpuesto por Eleazar Huamaní Choque, en contra del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes, debiendo emplazarse también a la Municipalidad Distrital de Majes, por intermedio de su Procurador Público, por la vía del proceso especial. DISPONEMOS correr traslado a los demandados por el plazo de diez días, debiendo al efecto cursarse los exhortos correspondientes, una vez el demandante abone el arancel judicial por dicho concepto; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a los antecedentes los anexos acompañados; con citación del Ministerio Público. MANDAMOS que la entidad administrativa remita el expediente relacionado con la actuación impugnada (Expediente Coactivo número 11-2012-DEC-MDM) dentro del plazo de diez días, teniendo presente el domicilio procesal señalado por la demandante en esta sede judicial y que obra en su escrito de demanda.- DE OFICIO: Se pone en conocimiento a las partes procesales que a partir del trece de julio del año en curso, se dio INICIO a las NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS ello en cumplimiento de las leyes N° 30229 y 30293; con tal propósito REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, dentro del tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Suscriben la presente los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 376-2015 IS En el expediente 201535-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Carlos Caracela Mamani, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Angel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 378-2015 RR En el expediente 2015107-0-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportuni-

dad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazabal Salas y Ranilla Collado. . TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 379-2015 IS En el expediente 2014801-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por Dixon David Sosa Quispe, en contra de Miguel Máximo Durand Llacne, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazabal Salas y Rubén Smith Espinoza, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 387-2015 IS En el expediente 2015-690-CI. En el proceso de nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Jaime Segovia Pacheco, en contra de la Ejecutora Coactiva del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, DECLARARON: TENER por CONTESTADA la demanda en los términos indicados por Alan Carlos Alarcón Canchari, en su calidad de Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por señalado su domicilio procesal en la provincia de Camaná y por señalado su casilla electrónica, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos que se adjuntan, en los seguidos por Jaime Luis Segovia Pacheco, en contra del Ejecutor Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Auxiliar Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre Revisión Judicial de Procedimiento de Ejecución Coactiva; teniendo por presentado las copias certificadas del expediente administrativo de Ejecución Coactiva 103912014-N, de las cuales se formará un acompañado a los autos por Secretaría de Sala. Al segundo otrosí: Téngase presente la delegación de facultades generales de representación a los abogados mencionados. Al tercero otrosí: Conforme a lo solicitado y a lo dispuesto en la ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva (Ley N° 26979) se requiere a la parte demandante para que presente en el proceso póliza de caución, carta fianza irrevocable, incondicional y de ejecución inmediata, emitida por entidad financiera a nombre de la entidad acreedora por el importe de la obligación o efectuar consignación del monto exigido ante el Banco de la Nación a nombre de la Corte Superior de Justicia. Al Cuarto Otrosí: Téngase presente. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.

NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS JUEVES 20 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 380-2015 RC En el expediente 199735-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Ebert Valcárcel Talavera, en contra de Natalia Vizcardo Quijahuamán y Otros, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS VIERNES 21 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AV. 164-2015 RR En el expediente 2015-100-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Modesto Ludeña Ríos, DECLARARON: 1. DECLARAMOS: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Provincial Mixta de La Unión de fojas setenta y seis a setenta y ocho; 2. DECLARAMOS: NULA la resolución apelada número 02 del veintinueve de diciembre del dos mil catorce de fojas setenta y dos a setenta y cuatro, que rechazó la demanda por Violencia Familiar presentada por la señora representante del Ministerio Público; 3. DISPONEMOS: la renovación del acto procesal de calificación de la demanda de fojas cincuenta y ocho a sesenta y su subsanación de fojas setenta a setenta y uno; debiendo el señor Juez, en breve término y bajo responsabilidad, emitir nueva resolución con arreglo a Ley y los antecedentes. Regístrese y comuníquese. AV. 165-2015 RC En el expediente 2015-110-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Roly Villafuerte Carrasco, DECLARARON: DECLARAMOS NULA e insubsistente la Resolución 02, de fecha veintinueve de diciembre del dos mil catorce, de fojas cuarenta y nueve, que rechaza la demanda de violencia familiar, física y psicológica, en agravio de un menor y su madre; DISPONEMOS: se califique nuevamente el escrito de subsanación de fojas cuarenta y ocho con arreglo a Ley. En la demanda interpuesta por el Ministerio Público, dirigida a Roly Villafuerte Cornejo, en agravio de Mili Rosi Cornejo Xesspe y el menor Alex Jefferson Villafuerte Cornejo. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de La Unión Cotahuasi. AV. 166-2015 IS En el expediente 2015-120-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Antolín Quispe Huamaní, DECLARARON: 1. NULA e insubsistente la resolución N° 02, de fecha veintinueve de diciembre del dos mil catorce de fojas cincuenta y siete a cincuenta y nueve, que rechaza la demanda de violencia familiar, presentada por la representante del Ministerio Público, en agravio de Nancy Vicente Taco y los menores Dany Lister Quispe

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Vicente, Wilber Quispe Vicente, Jesus Quispe Vicente y Edith Norma Quispe Vicente; 2. DISPONEMOS: Que el A quo califique nuevamente el escrito de subsanación de la demanda de fojas cincuenta y cinco a cincuenta y seis, teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; en los seguidos por el Ministerio Público en contra de Antolin Quispe Mamani, en agravio de Nancy Vicente Taco y los menores Dany Lister Quispe Vicente, Wilber Quispe Vicente, Jesús Quispe Vicente y Edith Norma Quispe Vicente, sobre Violencia Familiar, y devuélvase al juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 24 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 148-2015 RR En el expediente 2011-100-PE. En el proceso de Usurpación, seguido por Martín Benito Zamata Cárdenas, en contra de Felipe Chuctaya Chuctaya, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la sentencia número 09-2014-PE del veintitrés de junio del dos mil catorce de fojas setecientos sesenta y uno a setecientos setenta y uno en la parte apelada que de oficio declara fundada la excepción de Prescripción y extinguida la acción penal en los seguidos contra FAUSTA MERMA CHUCTAYA por el delito de Lesiones, precisando Leves previsto y penado por el artículo 122° primer párrafo concordante con el articulo 441° primer párrafo del Código Penal, en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CARDENAS, dispone el archivo definitivo del proceso y la anulación de los antecedentes generados en su contra únicamente en dicho extremo; DECLARAMOS: NULA la indicada sentencia número 09-2014-PE, en la parte apelada que absuelve a GERMÁN MERMA CHUCTAYA y FELIPE RUBÉN CHUCTAYA CHUCTAYA por el delito de Usurpación Agravada previsto en el articulo 202° inciso 2 concordante con el articulo 204° inciso 2 del Código Penal en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CÁRDENAS; y declara de oficio fundada la excepción de Prescripción y extinguida la acción penal en los seguidos contra FAUSTA MERMA CHUCTAYA por el delito de Usurpación previsto en el articulo 202° del Código Penal en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CÁRDENAS, así como el archivo definitivo del proceso y la anulación de los antecedentes generados en contra de los procesados solamente en tales extremos; DISPONEMOS: Se remitan los actuados al señor Juez Penal llamado por ley para que, en breve término y bajo responsabilidad, expida nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho y los antecedentes, solamente por el delito de Usurpación Agravada previsto en el articulo 202° inciso 2 concordante con el articulo 204° inciso 2 del Código Penal, en contra de: GERMÁN MERMA CHUCTAYA, FELIPE RUBÉN CHUCTAYA CHUCTAYA y FAUSTA MERMA CHUCTAYA en agravio de MARTIN BENITO ZAMATA CÁRDENAS; teniendo en cuenta los términos prescriptorios de la acción penal. Y los devolvemos. SV. 149-2015 CL En el expediente 2015-230-CI. En el proceso de Mejor Derecho a la Propiedad, seguido por Héctor Zúñiga Zúñiga, en contra de Rolando Márquez Aguado y Otro, DECLARARON: NULA, la Sentencia N° 70-2014, de fecha tres de noviembre de dos mil catorce, de fojas ochocientos veintitrés a ochocientos treinta y uno, que declaró fundada la demanda de mejor derecho de propiedad, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se emita nueva sentencia, previo integración al proceso de María Victoria Sánchez Nauca de Márquez, debiendo actuarse los medios probatorios que ofrezca esta parte en audiencia especial. En los seguidos por Héctor Raymundo Zúñiga Zúñiga con Rolando Márquez Aguado y otros, sobe mejor derecho a la propiedad y accesoriamente, la restitución del fundo rustico indicado. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Castilla – Aplao. SV. 150-2015 CL En el expediente 2013620-0-CI. En el proceso de Obligación de Hacer, seguido por Wilber Manrique Cáceres, en contra de la Asociación Autogestionaria de Vivienda y Servicios Múltiples Hijos Colonos de Majes 2000, DECLARARON: CONFIRMAMOS La sentencia N° 249-2014, de fecha catorce de Noviembre del dos mil catorce, de fojas ciento treinta y cinco a ciento cuarenta y tres, que declara fundada la demanda sobre Obligación de hacer, con lo demás que contiene; y los devolvieron. AT. 381-2015 IS En el expediente 200814-0-CI. En el proceso de Interdicto, seguido por Jorge Revilla Gallegos, en contra de Angelita Velarde Luque, DECLARARON: RECHAZAR la abstención por decoro del Juez Superior Juan Luis Rodríguez Romero, debiendo seguir conociendo el trámite del proceso. Actuando los señores Jueces Superiores habilitados Miguel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 383-2015 RC En el expediente 2013-10-FP. En el proceso de Infracción Contra el Patrimonio, seguido por el Ministerio Público, en contra de Miguel Ángel Morocco Ancco, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará

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a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS reiteradamente a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al procedimiento penal, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código, solicitud que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en el dispositivo en mención. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la vista de la causa. Suscribe la presente resolución el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 384-2015 IS En el expediente 2014-490-FP. En el proceso de Infracción Contra la Libertad Sexual, seguido por el Ministerio Público, en contra de Luis Fernando Chipana Hananpa, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS reiteradamente a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al procedimiento penal, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código, solicitud que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en el dispositivo en mención. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la vista de la causa. Suscribe la presente resolución el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 385-2015 RC En el expediente 2013885-0-CI. En el proceso de nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Magally Paredes Quicaño, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Rodríguez Romero, Irrazábal Salas y Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS MARTES 25 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 151-2015 IS En el expediente 2012298-0-CI. En el proceso de Desalojo por Ocupación Precaria, seguido por Abraham Montoya Jiménez, en contra de Nelly Carnero de Vílchez, DECLARARON: 1. INFUNDADA la apelación de tacha de documento y de la sentencia formulada por el actor; 2. CONFIRMAMOS la recurrida en todos sus extremos, que declara Improcedente la tacha de documento formulada por la parte accionante e Improcedente la demanda de autos sobre Desalojo por Ocupación Precaria, en los seguidos por Abraham Federico Montoya Jiménez en contra de Nelly Judith Justo Carnero de Vílchez y Hernán Benjamín Vílchez Espinoza; con lo demás que contiene. Regístrese y notifíquese. AV.

167-2015 IS En el expediente 2014159-0-CI. En el proceso de Indemnización de Perjuicios, seguido por Asunción Bustamante Rojas, en contra de la Compañía Minera Caravelí S.A.C., DECLARARON: NULA la resolución número 26, de fecha dieciséis de enero del dos mil quince, que corre de fojas setecientos noventa y cuatro a setecientos noventa y cinco, que declara concluido el proceso seguido por Asunción Bustamante Rojas en contra de Compañía Minera Caravelí S.A.C. y RÍMAC Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, sobre Indemnización de Daños y Perjuicios; DISPONEMOS que el Juez de la causa proceda teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución de vista. Regístrese y notifíquese. AV. 169-2015 IS En el expediente 2010194-0-CI. En el proceso de Petición de Herencia, seguido por Walter Hipólito Tassara Montánchez, en contra de Bercel Barreda Delgada, DECLARARON: CONFIRMAMOS la apelada en el extremo apelado que declara Fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante; dejando a salvo el derecho del accionante para que lo haga valer de acuerdo a ley; con lo demás que contiene. Regístrese y notifíquese. AV. 170-2015 RR En el expediente 2015107-54-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. DECLARAMOS: NULA la resolución número 28 del veintiocho de abril del dos mil quince copiada de fojas ciento ochenta y cinco a ciento ochenta y seis en la parte que concede sin efecto suspensivo y sin la calidad diferida el recurso de apelación, copiado de fojas ciento setenta y ocho a ciento ochenta y cuatro, formulado por Elmer Alejandro Taya Pumatanca –Presidente de la Comunidad Campesina de Umachulco contra la resolución numero 27. 2. DECLARAMOS: IMPROCEDENTE dicho recurso impugnatorio. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AV. 171-2015 RR En el expediente 2015107-54-CI. En el proceso de Declaración de Propiedad, seguido por Jimmy Arnaldo Sauri Barbachán, en contra de la Comunidad Campesina de Umachulco, DECLARARON: 1. DECLARAMOS: NULA la resolución número 29 del veintiocho de abril del dos mil quince copiada a fojas ciento noventa y nueve que concede sin efecto suspensivo y sin la calidad diferida el recurso de apelación, copiado de fojas ciento noventa y tres a ciento noventa y ocho, interpuesto por Elmer Alejandro Taya Pumatanca –Presidente de la Comunidad Campesina de Umachulco contra la resolución numero 23; 2. DECLARAMOS: INADMISIBLE por extemporáneo dicho recurso impugnatorio. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AV. 172-2015 IS En el expediente 2002-7890-CI. En el proceso de Partición Convencional, seguido por Abraham Delgado Cáceres y Otros, en contra de Celso Cáceres Huamaní, DECLARARON: NULA la resolución número 79-2014, de fecha diez de setiembre del dos mil catorce, por la que se resuelve aprobar el informe pericial realizado por los ingenieros Alejando Adrián Garay Méndez y Maximiliano Coaquira Bedoya, que obra en autos de fojas mil quinientos cincuenta y uno a mil seiscientos; y DISPONEMOS que el Juez de la causa proceda a emitir nuevo pronunciamiento teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución de vista. Regístrese y notifíquese. AV. 173-2015 IS En el expediente 2012174-78-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, seguido por Manuel Jesús Delgado Fernández, en contra de Rosalía Gutiérrez Cruz, DECLARARON: NULA la resolución apelada número 07-2014, de fecha dos de octubre del dos mil catorce, de fojas noventa y uno que declara la nulidad de la resolución seis dos mil trece, de fecha tres de enero del dos mil catorce, así como notificarse a la demandada Rosalía Gutiérrez Cruz, con copias de todas las resoluciones expedidas en el proceso, en su domicilio ubicado en Urbanización Pachacamac, 2da Etapa, Mz. O’, Lote 20, Villa El Salvador – Lima; y DISPONEMOS que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. AT. 381-2015 RR En el expediente 20059-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios Sociales, seguido por Juan Salhua Cejudo y Otros, en contra de CENTURY MINING, DECLARARON: 1. SEÑALAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.- DISPUSIERON se efectúe las notificaciones de ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del

Martes, 10 de noviembre del 2015

Código Procesal Civil de aplicación supletoria al procedimiento laboral, en atención a la Primera Disposición Final y Complementaria del acotado Código. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al Escrito Nro. 309-2015 presentado por Alejandro Quispesivana Quispe: Téngase por señalado su domicilio electrónico lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Al escrito 297-2015 presentado por Century Mining Perú SAC: Téngase por señalado su domicilio procesal y su domicilio electrónica (casilla electrónica), lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores magistrados Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS

MIÉRCOLES 26 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 152-2015 IS En el expediente 2015-70-FP. En el proceso de Infracción Contra el Patrimonio, seguido por Felícitas Ramos Quispe, en contra de Y. B. CH. F., DECLARARON: 1. Fundado en parte el escrito de apelación presentado por el representante del Ministerio Público; 2. CONFIRMARON la Sentencia N° 14-2015, de fecha veintitrés de enero del dos mil quince que obra a fojas ciento ochenta y ocho a ciento noventa y tres en el extremo que resolvió absolver a Yerson Bladimir Chire Flores y dispuso su inmediato externamiento; 3. NULA la Sentencia N° 14-2015, de fecha veintitrés de enero del dos mil quince que obra a fojas ciento ochenta y ocho a ciento noventa y tres en el extremo que impuso como medida socioeducativa la de libertad asistida por el periodo de ocho meses al menor Pedro Yana Yana; DISPUSIERON que se emita nueva sentencia en este extremo teniendo en cuenta lo expuesto en la presente resolución. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS

JUEVES 27 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 388-2015 RC En el expediente 2013-1882-FP. En el proceso Contra la Libertad, seguido por el Ministerio Público, en contra de Y. A. M. V., DECLARARON: 1.- APROBAR EL DESISTIMIENTO DEL ACTO PROCESAL DE RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la señora representante del Ministerio Público – Fiscalía Superior - , mediante escrito obrante a fojas doscientos sesenta y nueve. 2.- DECLARAR FIRME LA RESOLUCIÓN N° 07-2015 que corre a fojas doscientos diecinueve, en el extremo que reprograma la fecha para la audiencia de esclarecimiento de hechos. 3.- REMÍTASE copias certificadas de la presente resolución al Juzgado de origen por Secretaría de Sala. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS

VIERNES 28 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. SV. 143-2015 SE En el expediente 2015-320-CI. En el proceso de Delimitación de Áreas y Linderos, seguido por Nazaria Ortegal Marroquín, en contra de Marlene Cachuas Bernal y Otros, DECLARARON: REVOCAMOS la sentencia N° 69-2014 de fojas cuatrocientos veintiocho a cuatrocientos treinta y uno, de fecha treinta de diciembre del año dos mil catorce que declara fundada la demanda de delimitación de linderos; y, REFORMANDOLA la declaramos IMPROCEDENTE, dejando a salvo el derecho de la demandante para que lo haga valer con arreglo a ley; DISPUSIERON la devolución de los anexos correspondiente. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 31 DE AGOSTO DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Juan Luís Rodríguez Romero (Presidente), Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado. AT. 389-2015 RR En el expediente 2012611-0-CI. En el proceso de Cambio de Nombre, seguido por Henry Ocdan Choquehuayta Ccoa y otros, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, audiencia que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo

por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 1249-2015 presentado por Herny Ocdan Choquehuayta Ccoa: Téngase por señalado su domicilio electrónico (casilla electrónica), lugar donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerda a ley. Al escrito 1163-2015 presentado por la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerda a ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 390-2015 IS En el expediente 2014116-0-LA. En el proceso de Indemnización por Despido Arbitrario y Otros, seguido por Nancy Yataco Andía, en contra del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores magistrados Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 391-2015 RR En el expediente 2014187-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Margarita Ynés Quispe Mamani, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Teniéndose presente que mediante Oficio N° 585-2015/MP-FSMDE-CAM-AR, de fecha 17 de agosto del 2015, la señora Fiscal Superior Mixta de Camaná señaló domicilio procesal y casilla electrónica, lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Juan Luis Rodríguez Romero, Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 392-2015 RR En el expediente 2012244-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Ángel Alberto Salazar Pastrana, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes

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