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Martes, 10 de julio del 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Martes, 10 de julio del 2018

EDICTOS EDICTO JUDICIAL Ante el 9o Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Juez: José Antonio Meza Miranda, Especialista: Christian Eduardo Lizarzaburu Romero, Expediente: 05871-2009-0-040 l-JR-CI-09, sobre división y partición de bienes, demandante: Fabio Eulogio Lazo Salazar y otros en contra de Federico Florencio Lazo Flores y otros; mediante Resolución N° ciento cuatro de fecha 13 de junio del 2018 se resolvió: “Suspender el trámite del proceso, por el plazo de treinta días, a fin que los sucesores procesales de Oscar Raúl Del Carpió Lazo, se apersonen al proceso, para lo cual deberá efectuarse la correspondiente notificación por Edictos (...), haciéndoseles presente que en caso los sucesores procesales no se apersonen en autos debidamente acreditados, se nombrará Curador Procesal que los represente(...)”. Christian Eduardo Lizarzaburu Romero, Especialista Legal. CHRISTIAN LIZARZABURU ROMERO SECRETARIA JUDICIAL NOVENO JUZGADO CIVIL. (06-09-10 julio) B/E 031-12904. EDICTO En el proceso judicial número 05376-2015-0-0401-JRCI-05, seguido por ante el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, Juez Anibal Celso Maraza Borda con intervención del Especialista Legal Nestor Puma Salazar, seguido por Financiera Credinka S.A. en contra de Wilber Milton Zambrano Vilca y Angel Ruben Zambrano Vilca sobre Ejecución de Garantías, el juzgado mediante Resolución N° 09 de fecha 27 de abril de 2018, RESUELVE: Ordenar el remate del bien inmueble ubicado en la CN8152559 / CE193044 Ubic. Rur. Valle. Sin Valle / Sector Asentamiento 6 / Parcela 67-B Grande C.P. / Parc. 9-1908150-03221 / Área Ha. 5.0079 U.C. 03221 / HH.CC. 9-1908150, La Joya, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida N° 04001411 de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AL PRIMER OTROSI: Previo pago del arancel judicial correspondiente; líbrese exhorto al Juez de Paz de San Camilo – La Joya; autorizándose el trámite personal de la comisión a la parte ejecutante.AL SEGUNDO OTROSI: Estando a las razones expuestas, notifíquese por edictos a los poseedores del inmueble su Litis. Asimismo, mediante Resolución N° 10 de fecha 30 de mayo de 2018, RESUELVE: CORREGIR el AREA del terreno del inmueble cuya remate se ha ordenado en la Resolución N° 09, de fecha veintisie te de abril del dos mil dieciocho, corriente a fojas doscientos cincuenta y dos en el sentido siguiente: / Área Ha. 5.0097 U.C. 03221 /; sobrecartándose en todo lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.- AL PRIMER OTROSI: Estando a lo solicitado y en mérito del arancel judicial que se apareja al escrito; líbrese exhorto al Juez de Paz de San Camilo La Joya, a fin de notificar a los demandados Wilber Milton Zambrano Vilca y Ángel Rubén Zambrano Vilca.- AL SEGUNDO OTROSI: Autorícese a la parte recurrente, el tramite personal del exhorto que deberá librarse a gestión de parte.- AL TERCER OTROSI: VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante, refiere que a fin de notificar a los poseedores del inmueble ubicado en Asentamiento 06 Irrigación San Camilo 67-B Grande del Distrito de la Joya, inscrito en la Partida 04001411, al ser un terreno agrícola donde no existe un inmueble o lugar donde se pueda dejar las notificaciones, solicita se les notifique mediante edictos, conforme a lo establecido por el artículo 165 del Código Procesal Civil. SEGUNDO: Que, de conformidad con lo establecido por el dispositivo legal invocado, la notificación por edictos procederá cuando se trate de personas inciertas o cuyo domicilio se ignora. TERCERO: Estando a los considerandos que anteceden y, de conformidad con lo establecido por los artículos 50°, 51°, 165° y, 435° del Código Procesal Civil, teniendo en consideración además lo dispuesto en el artículo 492° del mismo código acotado; en mérito a ello SE RESUELVE: 1) NOTIFICAR POR EDICTOS a los poseedores del inmueble sub litis, con el contenido del Auto Admisorio de la demanda y de la presente re-

solución. 2) EFECTÚESE las publicaciones de los edictos conforme a las formalidades establecidas por el artículo 167° del Código Procesal Civil.- Tómese razón y hágase saber.- LOS ANEXOS: A sus antecedentes.-Arequipa, 11 de junio de 2018. NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL. (06-09-10 Julio) B/E 031-12905. EDICTO HAGO SABER: Que ante el Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Camaná, EXP. 176-2005, Secretario, Amilcar Millán, en los seguidos sobre Nulidad de Acto Jurídico por Sabina Urquizo Salazar, en contra de Julio Cesar Dávila Dávila y Otros, mediante resolución N° 91-2018, se ha dispuesto la suspensión del proceso por el plazo de treinta días, hasta que los sucesores procesales del litisconsorte Silvio Mauricio Carazas Castro, quien ha fallecido el 16 de abril del 2018, se apersonen al proceso; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de nombrárseles curador procesal para la continuación del proceso. Camaná, 04 de julio del 2018.- AMILCAR L. MILLAN DE LA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL. (09-10-11 julio) B/E 031-12913. EDICTOS El Sexto Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza BERTHA UCHANI SARMIENTO, con Intervención del Especialista Legal Juan Carlos Espinoza Sea, en el Expediente Nro. 046992017-0-040 l-JP-CI-06, seguido por YVONNE PATRICIA RONDON MANCILLA, sobre PROCESO DE RECTIFICACION DE PARTIDA, ha dispuesto se notifique por EDICTOS conforme al siguiente tenor:-. RESOLUCIÓN NRO. 01-2017: De fecha 04 de setiembre del 2017: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite por la vía no contenciosa la presente demanda de RECTIFICACION DE PARTIDA presentada por YVONNE PATRICIA RONDON MANCILLA; y 2.) DISPONGO: Que se efectúe la publicación por una sola vez del extracto de la solicitud en el diario oficial “El Peruano” v otro de mayor circulación de la localidad según lo prescrito en los artículos 167 v 168 del Código Procesal Civil, como sigue: “Solicito la rectificación de partida de nacimiento número 132, inscrita en la Municipalidad Provincial de Arequipa, en lo que respecta a su apellido que esta inscrito con la letra “C” cuando lo correcto debe ser inscrito con la letra “S”, quedando en definitiva como MANSILLA. Asimismo se adicione el nombre de DOMITILA al de TE :SA, ya que el nombre correcto de mi madre es el de “TERESA DOMI LA AREQUIPA, 02 de Julio del 2018. JUAN CARLOS ESPINOZA S. ESPECIALISTA LEGAL. (10 julio) B/E 031-12919. EDICTO JUDICIAL En el Expediente 01374-2018-0-0401-JR-CI-10, la Jueza del Décimo Juzgado Civil de Arequipa, Dra. Zoraida Julia Salas Flores, con intervención de la Especialista Legal Víctor José Tapia Malaga, ha dispuesto la publicación por edictos en el diario El Peruano y en el diario de avisos judiciales de la ciudad de Arequipa, de un extracto de la resolución uno, por la que SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE, en la vía del proceso sumarísimo la demanda interpuesta por LUIS ALFREDO FERNANDEZ SALCEDO contra de los sucesores de BENITO FELIPE CERVANTES MURILLO, sobre otorgamiento de escritura pública. Por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos que se acompañan; SE DISPONE: NOTIFICAR POR EDICTOS a los SUCESORES DE BENITO FELIPE CERVANTES MURILLO, confiriéndose traslado de la demanda por el plazo de quince días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Víctor José Tapia Malaga Especialista Legal. Segundo Modulo Corporativo de Justicia de Arequipa. (10-12-16 julio) B/E 031-12918.EDICTO Ante el Octavo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa que despacha la Jueza Dra. Liz Everlyn Figueroa Tejada, con la intervención de la Especialista Legal Matilde Olave Larico se tramita el Expediente Nro. 686-2009-0040 l-JP-FC-01 sobre ALIMENTOS, interpuesta por LUZ MARINA SUNI LOPEZ en representación del menor RAHHITD GIULIANO Y NATHAL MAURICIO RODRÍGIUEZ SUNI, en contra de GUILLERMO ENRIQUE RODRÍGUEZ

CORNEJO, en el que se dispuso notificar al demandado GUILLERMO ENRIQUE RODRÍGUEZ CORNEJO a efecto de que tome conocimiento de: 1) La RESOLUCION N° 55 de fecha ocho de junio del dos mil dieciocho, QUE RESUELVE: “REQUERIR AL DEMANDADO GUILLERMO ENRIQUE RODRÍGUEZ CORNEJO a fin de que cumpla con pagar a la parte demandante la suma por concepto de pensiones alimenticias devengadas e intereses legales respectivos, ascendente a CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 78/100 SOLES dentro del plazo de TRES DÍAS, bajo apercibimiento de REMITIRSE COPIAS CERTIFICADAS AL MINISTERIO PUBLICO, a efecto que proceda con arreglo a sus atribuciones. Tomese Razon y hágase saber”. MATILDE OLAVE LARICO SECRETARIA JUDICIAL . (10-11-12 julio) B/E 031-12917. EDICTO En el Expediente No. 03306-2017-0-0401-JP-CI-09,el que sigue CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. en contra de MONTALVO QUISPE JESUS y NUÑEZ SOTO GLADYS ADELA, sobre obligación de dar suma de dinero; ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Especialista Legal Dr. Guzman Soto Leyver Lander; el señor Juez Dr. Bellido Angulo Maria Soledad ha resuelto lo siguiente: Resolución No. 02, Arequipa, veintiocho de Agosto del dos mil diecisiete, RESUELVO : ADMITIR a trámite en la vía del proceso único de ejecución la demanda de obligación de dar suma de dinero , interpuesta por FIORELLA VILLAVICENCIO LOAYZA y KENNY RAUL BEGAZO VALENCIA en representación de CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., en contra de los ejecutados JESUS MONTALVO QUISPE y GLADYS ADELA NUÑEZ SOTO , dispongo: se notifique a los ejecutados para que dentro del plazo de cinco días cumplan con pagar a la parte ejecutante la suma de VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON 11/100 SOLES correspondiente al importe del pagare puesto a cobro ; más los intereses moratorios y compensatorios pactados en cada título valor, así como las costas y costos del proceso ; bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución; en caso de incumplimiento.Resolución No.05 Arequipa, 30 de Mayo del de dos mil dieciocho. NOTIFIQUESE a la parte demandada mediante edictos, a efecto que conteste dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo la parte demandante efectuar las publicaciones de ley. Tómese razón y hágase saber. 02 de Julio del 2018. LEYVER LANDER GUZMAN SOTO SECRETARIA JUDICIAL. (1011-12 julio) B/E 031-12923.-

NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el proceso N° 04261-2018-0-0401-JR-FC-02, seguido por ROSA ISABEL VILLANUEVA TORRES en contra de FRESIA ALEJANDRA MANCILLA TORRES, ELEANA DEL PILAR LAOS TORRES y la SUCESION DE DON ANIBAL JESUS MANCILLA SALAZAR sobre INTERDICCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE CURADOR, el Juez del 2o Juzgado de Familia de Arequipa, DR. HUMBERTO GROVER VALDIVIA TALAVERA, con intervención del especialista legal CARMEN ALICIA GASCA MOLINA, resolvió mediante resolución N° 02 del 19 de junio de 2018: “RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda de INTERDICCIÓN y en forma acumulativa, objetiva, originaria y accesoria, nombramiento de curador interpuesta por doña ROSA ISABEL VILLANUEVA TORRES, en contra de ELEANA DEL PILAR LAOS TORRES, SUCESION DE DON ANIBAL JESUS MANCILLA SALAZAR Y FRESIA ALEJANDRA MANCILLA TORRES, en la vía de proceso sumarísimo; en consecuencia, TRASLADO a los demandados por el plazo de cinco días a efecto de que se apersonen y contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en su REBELDÍA y respecto de la presunta interdicta doña Fresia Alejandra Mancilla Torres, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; NOTIFÍQUESE por edictos a la sucesión de don ANIBAL JESUS MANCILLA SALAZAR para que en el término de quince días de notificado conteste la demanda de interdicción interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de nom-

brársele curador procesal, debiéndose realizar la publicación en el diario de mayor circulación de la circunscripción por el periodo de tres días hábiles, debiendo la parte demandante cumplir con adjuntar las publicaciones realizadas; con conocimiento del Ministerio Público; por ofrecidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los anexos acompañados.”. Tómese razón y hágase saber. CARMEN A. GASCA MOLINA SECRETARIA JUDICIAL. (09-10-11 JULIO) B/E 031-12912. NOTIFICACION POR EDICTO El Señor Juez el Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Doctor José Antonio Meza Miranda y Especialista Legal Marisol García Jurado que suscribe en el Expediente Nro 02056-2016-0-0401-JR-CI-09 seguido por Jessy Arminda Padilla Chávez en contra de Juana Sánchez Paredes y los Sucesores de Esteban LLaguno Panca sobre otorgamiento de Escritura Pública del Inmueble ubicado en el Barrio Marginal Chapi Chico, Mzna G lote 2 del Distrito de Miradores, Provincia y Departamento de Arequipa, a resuelto notificar por Edictos con la Resolución Nro 23 de fecha veintitrés de mayo del dos mil dieciocho, debiéndose notificar a los Sucesores de Juana Sánchez Paredes de la Ciudad Trujillo - Huanchaco, Con la Resolución Nro 02 de fecha seis de Junio del dos mil dieciséis que resuelve admitir la demanda interpuesta por Jessy Arminda Padilla Chavez en Contra de Juana Sánchez Paredes y los Sucesores de Esteban LLaguno Panca conforme lo previsto por el Art. 435 en concordancia con el Art. 550 del mismo Cuerpo Legal a efecto de que se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal. Fdo Doctor José Antonio Meza Miranda JUEZ. Marisol García Jurado ESPECIALISTA LEGAL.- Noveno Juzgado Civil. Corte Superior de Justicia de Arequipa.- (10-11-12 Julio) B/E 031-12920.

REMATES PRIMER REMATE En el expediente 00803-2018-0-0412-JR-CI-01 sobre ejecución de garantías que sigue como demandante Giovanna Raquel Garate Ojeda apoderada de Antero Máximo Gárate Pérez y Margarita Ojeda Lazo de Gárate en contra de Gloria María Medina Gárate, que se tramita por ante el Primer Juzgado Civil del Modulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa a cargo del Juez Lino Zúñiga Portocarrero, con intervención de la especialista Legal Roberto Fredy Flores Suarez, se ha convocado al PRIMER REMATE de: BIEN INMUEBLE ubicado en la Manzana E, lote 15, Asociación de Vivienda Avidge, distrito de Cayma, Provincia y departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Número 01145415 del registro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. DIA, HORA Y LUGAR DEL PRIMER REMATE: 16 de JULIO del 2018 a las 10:00 a.m. (DIEZ DE LA MAÑANA) a realizarse en la Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la esquina de las calles Alberto Laveau con Teniente Alcántara s/n Guardia Civil, III Etapa, en el distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa. TASACIÓN: S/. 1’125,000.00 (Un millón ciento veinticinco mil con 00/100 soles) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: S/. 750,000.00 (Setecientos cincuenta mil con 00/100 soles) DEPOSITO PARA SER POSTOR: El postor depositara antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dineraria equivalente a no menos del 10% del valor de la tasación del bien inmueble a rematar y presentará su documento nacional de identidad, la tasa judicial por participación en remate judicial que corresponda, las personas jurídicas presentaran vigencia de poder, y copia de los mismos. AFECTACIONES: Asiento D001 Carga obligación de la asociación de redimir el aporte por concepto de educación y canon de Fondeagro Ley 24030. Otorgar a la asociación AVIDGE el plazo de 10 años para cumplir las obras de instalaciones de redes públicas y conexiones domiciliarias de electricidad, postes de alumbrado público, pavimento de calzada

y enlucidos de veredas. Resolución Municipal 554-R de 25-5-88/CPA. Asiento D0006 Hipoteca a favor de Jorge Ambrosio Medina Pastor hasta por el monto de US$ 154,000.00 según escritura publica de fecha 1905-2014 extendida ante Notario de Arequipa Javier Rodríguez Velarde. Asiento D00007 Hipoteca a favor de la sociedad conyugal formada por Antero Máximo Garate Pérez y Margarita Ojeda de Gárate hasta por la suma de S/. 800,000.00 según escritura pública de fecha 02 de agosto del 2017 y escritura publica de rectificación de fecha 09 de agosto del 2017 otorgadas ante Notario de Arequipa José F. Jiménez Mostajo FUNCIONARIO QUE REALIZARA El remate será efectuado por el Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro numero 247. Arequipa, 27 de junio del 2018. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 247. ROBERTO FREDY FLORES SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL. (03-04-05-06-09-10 JULIO) B/E 031-12893-. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00150–2013-0-0404-JP-CI-01 En los autos seguidos por GRUPO TECNOLOGIES S.A. en contra de MARITZA IVONNE FEBRES ZUÑIGA, sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Aplao, Dr. Deyvi Cueva Cucho, con el Especialista Legal Wilbert Cèsar Yucra Hallasi, mediante Resoluciòn Nº. 37 han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Centro Poblado APLAO Calle Bolivar, Manzana “X” Lote Nº 04, con una extensión de terreno de 106.93 m2. y un área construida techada de 52.00 m2; Distrito de Aplao, Provincia de Castilla y Departamento de Arequipa ; predio inscrito en la Partida Nº P06159178 de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : S/ 91,660.00 ( Noventa y Un Mil Seiscientos Setenta con 00 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 61,106.67 ( Sesenta y Un Mil Ciento Seis con 67/100 Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00003 INSCRIPCION DE EMBARGO—Anotaciòn de Embargo en Forma de Inscripciòn, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crèdito de Arequipa, hasta por la suma de S/ 3,500.00 en merito a la Resoluciòn Nº 02-2004 de fecha 18/02/2004 expedida por la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Dra. Ana Maria Contreras Frisancho, con intervención de la Especialista Legal Victoria Begazo Begazo. Asiento N° 00006 INSCRIPCION DE EMBARGO – Por Resolucion Judicial Nº 01 de fecha 28/04/2013 recaida en el Cuaderno de Medida Cautelar del Expediente Nº 068-2013-0404-JM-CI-01 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, expedida por el Dr. Marco Antonio Ticona Miranda Juez Mixto del Mòdulo Bàsico de Castilla-Aplao, con intervención de la especialista legal, Maria Isabel Coa Vargas, se ha resuelto constituir Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripciòn, sobre los Derechos de Propiedad que le corresponden a Maritza Ivonne Febres Zuñiga, del inmueble inscrito en esta partida, a favor de Grupo Tecnologies S.A., hasta por la suma de $.18,000.00 Dòlares. Asiento N° 00007 INSCRIPCION DE EMBARGO – Por Resolucion Judicial Nº 01-2013 de fecha 06/11/2013 en el Cuaderno de Medida Cautelar del Expediente Nº 000150-2013 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, el Juez Edson Cuentas Celis del Juzgado de Paz Letrado de CastillaAplao, con intervención de la Especialista Legal Silvia Patricia Zegarra Corrales Nuñez, ha resuelto constituir Medida Cautelar en Forma de Inscripciòn, sobre el inmueble inscrito en esta partida, sobre el integro de los derechos de propiedad de Maritza Ivonne Febres Zuñiga a favor del Grupo Tecnologies S.A., hasta por la suma de US$. 12,000.00 Dòlares Americanos. DIA Y HORA DEL REMATE: 18 de JULIO del año 2018 a las 11:30 horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado de Paz Letrado Sede Aplao, ubicado en la Calle Progreso s/n., Distrito de Aplao, Provincia de Castilla y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar

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en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. – Arequipa, 21 de Junio de 2018 X-X-X-X-X-X-X-X ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. WILBERT YUCRA HALLASI ESPECIALISTA LEGAL. (0405-06-09-10-11 julio) B/E 031-12901. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00023–2017-0-0405-JM-CI-01 En los autos seguidos por ORLANDO MARCELINO ALLASI CUEVA. en contra de LOURDES HERMILIA PERALES TICONA sobre EJECUCION DE GARANTIAS ; la señora Juez del Primer Juzgado Mixto de Caylloma - Chivay Dra. Margarita Salas Valdivia, con el Especialista Legal Fernando Rubèn Mamani Mamani, mediante Resoluciòn Nº 05 han encargado al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado ACHOMA Manzana Nº 44 Note Nº 12 del Sector Urinsaya, del Distrito de Achoma, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa ; predio inscrito en la Partida Nº P06202537 de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : S/ 106,676.86 ( Ciento Seis Mil Seiscientos Setenta y Seis con 86 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 71,117.91 ( Sesenta y Un Mil Ciento Diecisiete con 91 /100 Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00004 INSCRIPCION DE HIPOTECA – Constituida por su propietaria a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA., debidamente representada, hasta por la suma de S/ 70,000.00 en Garantìa de un Crèdito de S/ 50,000.00 por el plazo de 144 meses, asì consta màs ampliamente de la Escritura Publica a la que se remite el presente asiento. Asiento N° 00005 INSCRIPCION DE EMBARGO – Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripciòn, que afecta el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Lourdes Hermilia Perales Ticona, hasta por la suma de Veinticinco Mil Nuevos Soles. Se anota esta medida en merito a la Resoluciòn Nº 01 de fecha 11/04/2016 emitida por Treisy Sonia Obregon Quispe, Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Majes – El Pedregal, asistida por Secretaria Judicial, Ada Luz Prieto Yanqui, en el cuaderno de Medida Cautelar fuera de proceso, solicitada por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO ICA S.A., en contra de Lourdes Hermilia Perales Ticona y Otra, en Expedienbte Nº 00794/2016-31-0405-JP-CI-01 DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de JULIO del año 2018 a las 12:30 horas de la Tarde. LUGAR DE REMATE: Frontis del Primer Juzgado Mixto de Caylloma - Chivay, ubicado en la Plaza de Armas de Chivay Nº 203, Distrito de Chivay, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. – Arequipa, 20 de Junio de 2018 XX-X-X-X-X-X-X- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. MAMANI MAMANI R. FERNANDO SECRETARIO JUDICIAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031-12901. PRIMER REMATE EN EL EXPEDIENTE 031-2010-JP-ASA SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO QUE SIGUE COMO DEMANDANTE SAMUEL TEODORO PANIHUARA CORPUNA EN CONTRA DE RUIZ BENITO PANIHUARA CORPUNA, EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE ALTO SELVA

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

ALEGRE DOCTOR ENRIQUE CÁRDENAS MEDINA, CON INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL RICARDO CONDORI SENCARA, HA CONVOCADO AL PRIMER REMATE DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CENTRO POBLADO UÑON, MANZANA M, LOTE 4, EN EL DISTRITO UÑON, PROVINCIA CASTILLA, DEPARTAMENTO AREQUIPA., INSCRITO EN LA PARTIDA P06228082 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA. HABIÉNDOSE DESIGNADO AL MARTILLERO PÚBLICO PERCY LUIS CORNEJO BARRAGÁN, QUIEN CON LA FACULTAD OTORGADA POR EL JUZGADO HA SEÑALADO LA REALIZACIÓN DEL PRIMER REMATE PARA EL DlA 16 DE JULIO DEL 2018 A LAS 04:00 P.M. (CUATRO DE LA TARDE) EL REMATE SE REALIZARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO DE PAZ DE ALTO SELVA ALEGRE UBICADO EN LA AVENIDA BRASIL N° 100, DISTRITO ALTO SELVA ALEGRE, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. TASACIÓN: S/. 11,190.00 (ONCE MIL CIENTO NOVENTA CON 00/100 SOLES). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: S/.7,460.00 (SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 SOLES. DEPÓSITO PARA SER POSTOR: EL POSTOR DEPOSITARÁ ANTES DEL REMATE, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, LA CANTIDAD DINERARIA EQUIVALENTE A NO MENOS DEL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DE LOS DERECHOS Y ACCIONES A REMATAR Y PRESENTARÁ SU DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, LAS PERSONAS JURÍDICAS PRESENTARÁN VIGENCIA DE PODER. AFECTACIONES: ASIENTO 0005 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN HASTA POR LA SUMA DE S/. 8,800.00 A FAVOR DE SAMUEL TEODORO PANIHUARA CORPUNA, EL MISMO QUE DERIVA DEL PRESENTE PROCESO. EL ADJUDICATARIO CANCELA LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO CONFORME AL ARTÍCULO 18 DEL D.S. 008-2005-JUS, LEY 27728 Y ESTÁN AFECTOS AL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.). EL REMATE SERÁ EFECTUADO POR EL MARTILLERO PUBLICO PERCY LUIS CORNEJO BARRAGÁN CON REGISTRO NÚMERO 247, CELULAR 992014422.AREQUIPA, 02 DE JULIO DEL 2018. RICARDO CONDORI S. SECRETARIO JUDICIAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031- 12899 PRIMER REMATE EN EL PROCESO SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº01560-2014-0-0412-JM-CI-01, SEGUIDO POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA SA, EN CONTRA DE FAUSTINO MAMANI ADCO Y AMELIA MARLENI CALIZAYA BAUTISTA; EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DEL MBJ DE PAUCARPATA, DR. LINO ZUÑIGA PORTOCARRERO, ESPECIALISTA LEGAL CHRISTIAN OMAR TORREBLANCA GOMEZ, QUIEN NOMBRO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 23 DE JULIO DEL 2018 A LAS 09:15 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN EL FRONTIS DE LA SALA DE LECTURA DEL ARCHIVO MODULAR DEL MBJ DE PAUCARPATA; SITO EN LA URB. GUARDIA CIVIL III ETAPA, ESQUINA DE LA CALLE ALBERTO LAVEAU S/N CON CALLE T. ALCANTARA, PAUCARPATA, AREQUIPA. SOBRE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBICADO EN EL PUEBLO JOVEN CIUDAD BLANCA MZ. “Q”, LOTE 11, ZONA C, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA Y REGIÓN DE AREQUIPA, AREA 201.00M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA N°P06036501 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA SUNARP. TASACION TOTAL:S/527,862.00 SOLES; PRECIO BASE:S/351,908.00 SOLES, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION, EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMATE JUDICIAL. AFECTACIONES: 1).- INSCRIPCION DE DEMANDA POR RESOLUCION JUDICIAL, SOBRE NULIDAD DE ACTO JURIDICO, EXPEDIDA POR EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA QUE RESOLVIO DICTAR MEDIDA CUATELAR DE ANOTACION DE DEMANDA SOBRE EL INMUEBLE INSCRITA EN ESTA PARTIDA A FAVOR DE FAUSTINO MAMANI ADCO SEGÚN ASIENTO 00006 DE LA PARTIDA N°P06036501; 2).- INSCRIPCION DE CARGA CONFORME A LO SEÑALADO Y DETALLADO EN EL ASIENTO 00009 DE LA PARTIDA REGISTRAL N°P06036501, 3).- HIPOTECA A FAVOR DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA SA. HASTA POR LA SUMA DE S/350,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO 00011 DE LA PARTIDA REGISTRAL N°P06036501. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES.. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263. AREQUIPA, 2018-07-03.- CRISTIAN TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL. (06-09-1011-12-13 julio) B/E 031-12907. PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº653-2012-0-0401-JR-CI-05 seguido por MORAN DISTRIBUCIONES S.A. contra JOSUE ABRA-

HAM ISAAC VALDEZ CONDORI, DENY ROCIO QUISPE CONDORI, EPIFANIA MAXIMA CONDORI GUITERREZ, KATHERINE ELIZABETH VALDEZ CONDORI, JUAN GONZALO VALDEZ NINA, sobre Ejecución de garantía; el Señor Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo civil de Arequipa: Dr. Yuri Flamir Corrales Cuba, Especialista Legal: Dra. Francis Zegarra Cardenas, ha autorizado al Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro.292, para que lleve a cabo el PRIMER REMATE PUBLICO del inmueble sobre el 30% de acciones y derechos correspondientes a JOSUE ABRAHAM ISAAC VALDEZ CONDORI, del Predio Rustico SIN NOMBRE, ubicado en el Valle de Tacna, Sector Piedra Blanca, del Distrito de Calana, Provincia y Departamento de Tacna, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida Registral Nº 05127715 del Registro de Propiedad Inmueble de La Zona Registral Nº XIII Sede Tacna. AFECTACIONES: 1) Hipoteca sobre el 30% de acciones y derechos de la propiedad de Don Josue Abraham Isaac Valdez Condori, sobre la totalidad del predio, a favor de MORAN DISTRIBUCIONES S.A., por la suma de S/.50,000.00, según Escritura Pública del 13-10-2011 ante Notario Rosario C. Bohorquez Vega en la Ciudad de Tacna, inscrito en el Asiento D00001. VALOR DE TASACION: El valor de tasación total del bien inmueble es S/65,932.00 y el 30% de las acciones y derechos del bien inmueble correspondientes a Josue Abraham Isacc Valdez Condori, asciende a la suma de S/19,779.60 (Diecinueve mil setecientos setentinueve con 60/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a S/13,186.40 (Trece mil ciento ochentiseis con 40/100 soles), del 30% de las acciones y derechos del bien inmueble correspondientes a Josue Abraham Isacc Valdez Condori.- FECHA Y HORA DE REMATE: El día 24 de Julio del 2018 a Horas 10:00 a.m. LUGAR DE REMATE: Sala de Remate de bienes inmuebles, en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la esquina formada por la Avenida Siglo XX y Plaza España S/N Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/.1,977.96, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/207.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. Arequipa, 02 de Julio del 2018.- FRANCIS ZEGARRA CARDENAS ESPECIALISTA LEGAL. LUIS BELTRAN RAMOS ORTEGA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 292.- (06-09-10-11-1213 julio) B/E 031-12906. SEGUNDO REMATE En el expediente N° 00437-2014-0-0402-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA S.A., contra MARTÍNEZ MEDINA YTALO HERNÁN, SEGOVIA ANCASI SANDRA JUANA el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Sede Camaná, Dr. JANAMPA SANG, JOEL JIM, Especialista Legal Dra. EDUARDO COLLANQUI LESLIE, han designado como Martillero Público al Ing. Miguel Jiménez Mostajo, quien ha señalado para el día 19 de Julio del año 2018 a horas 13:00 p.m. en la Sala Lectura del Módulo Básico del Juzgado de Paz Letrado de Camaná, Departamento de Arequipa, la realización del SEGUNDO REMATE del bien inmueble ubicado en el CENTRO POBLADO PESCADORES MANZANA E, LOTE 6, DISTRITO DE OCOÑA, PROVINCIA DE CAMANÁ, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuyas áreas, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral N° P06238137 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa, TASACIÓN: S/. 51,493.20, BASE: S/. 29,174.48 para ser postor depositar no menos del 10% del valor de la tasación S/. 5,149.32 además del arancel judicial correspondiente en el cual debe de constar el DNI del postor, el número del Expediente y el Juzgado. GRAVÁMENES: 1. No se conocen. Ing. Miguel Jimenez Mostajo Martillero Publico Reg. N° 080. Leslie E. Collanqui Especialista Legal. (06-09-10 julio) B/E 031-12908. PRIMER REMATE En el expediente 02655-2016-0-0401-JR-CI-01 sobre

Martes, 10 de julio del 2018

ejecución de garantías que sigue como demandante Concepción Valentina Vásquez Estoco en contra de los demandados: Salvador Apaza Coaquira y María Josefa Gonzáles de Apaza, que se tramita por ante el Juzgado Civil de Islay de la Corte Superior de Justicia de Arequipa a cargo del Juez Ricardo José Chávez Flores, con intervención de la Especialista Legal Stephanie Jenifer Chapilliquen Tason, se ha convocado al PRIMER REMATE de: BIEN INMUEBLE ubicado en la Asociación Pro Vivienda de Interés Social Alto San Martín, Manzana A, lote 7, en el distrito de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Número P06219690 del registro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. DIA, HORA Y LUGAR DEL PRIMER REMATE: 24 de JULIO del 2018 a las 10:00 a.m. (DIEZ DE LA MAÑANA) a realizarse en el Frontis del Juzgado Civil de Islay, ubicado en la calle Comercio 771 - Mollendo. TASACIÓN: S/. 250,000.00 (Doscientos cincuenta mil con 00/100 soles) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: S/. 166,666,67 (Ciento sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis con 67/100 soles) DEPÓSITO PARA SER POSTOR: El postor depositará antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dinerada equivalente a no menos del 10% del valor de la tasación del bien inmueble a rematar y presentará su documento nacional de identidad, la tasa judicial por participación en remate judicial que corresponda, las personas jurídicas presentarán vigencia de poder; y copia de los mismos. AFECTACIONES: Asiento 00003 Hipoteca a favor de EDPYME Créditos Arequipa S.A. hasta por la suma US$ 2,000.00, según escritura pública otorgada ante notario de Mollendo Alejandro Paredes Alí con fecha 11 de octubre de 1999. Asiento 00004 Hipoteca a favor de Concepción Valentina Vásquez Estoco hasta por la suma SI. 106,500.00 nuevos soles, según escritura pública otorgada ante notario de Moliendo Roberto Delgado Valdivia con fecha 26 de julio del 2015. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE El remate será efectuado por el Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro número 247.Arequipa, 02 de julio del 2018. Stephanie J. Chapilliquen Tason Secretaria Judicial Juzgado Civil. (06-09-10-11-12-13 julio) B/E 031-12903. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el expediente Nro. 03869-2012-0-0401-JR-CI-01, en los seguidos por FINANCIERA PROEMPRESA S.A. contra MARIO YUCRA CCALLOCSA, MERCEDES QUISPE MOROCHARA y AGAPITO FROILAN YUCRA HUAMANO, sobre Ejecución de Garantía, el Primer Juzgado Civil de Arequipa, que despacha la Juez Dra. Shelah North Galagarza Pérez y Especialista Legal Dra. Arlety Giuliana Marquez Romero, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano El Mirador del Colca Manzana C, lote 8, Distrito Chivay, provincia Caylloma y departamento de Arequipa, con un área de 213.89 M2, dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida Electrónica P06160884, del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de US$ 12,000.00 (Doce mil con 00/100 Dólares Americanos) PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasación es equivalente a US$ 8,000.00 (Ocho mil con 00/100 Dólares Americanos). AFECTACIÓN DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: Asiento 00005: Inscripción de Hipoteca: Otorgante Agapito Froilan Yucra Huamani, Beneficiario Edpymes Pro Empresa S.A., la hipoteca tiene por objeto respaldar la línea de crédito otorgado por la suma de US$ 9,600.00; así sus desembolsos sea cual fuere el instrumento que les diera origen. Es decir, la hipoteca constituida en este acto respalda todas las obligaciones que derivadas de la línea de crédito el otorgante para con PROEMPRESA. Así consta de la Escritura Pública de fecha 21.03.2011, otorgada ante Notario Fernando Begazo Delgado, de la ciudad de Arequipa. LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la esquina formada por la Avenida Siglo XX y Plaza España S/N, Arequipa. DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 24 de Julio de 2018, a horas 09:00 de la mañana. POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de US$ 1,200.00, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/ 207.50, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC, y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudi-

catario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el articulo732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Publico Nro. 27728 y su Reglamento (Articulo 18 del D. S Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Martillero Publico Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Arequipa, 03 de Julio del 2018 Arlety Marquez Romero. Especialista Legal Primer Juzgado Especializado en lo Civil. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA AREQUIPA.- Luis Beltrán Ramos Ortega. Martillero Publico. Reg. N° 292. Celular. 52 – 952 977820.- (09-10-11-12-13-16 julio) B/E 031- 12916. SUBASTA PUBLICA En los seguidos por MARIANELA TULIA RODRIGUEZ MANRIQUE, en representación de ROQUE JACINTO RODRIGUEZ MANRIQUE (sucedido procesalmente por su cónyuge supèrstite Rosario Beatriz Velásquez Zevallos, y sus hijos Dennis Omar Rodríguez Serrano, Jasson Eduardo Rodríguez Serrano, Ricardo Roque Rodríguez Serrano y Diego Rodríguez Velásquez); ROSA MARGARITA RODRIGUEZ MANRIQUE DE RUIZ, ROQUE JAVIER RODRIGUEZ MANRIQUE, MARIA LOURDES RODRIGUEZ MANRIQUE, ROQUE RICARDO RODRIGUEZ MANRIQUE, ANGELA MARIA ELENA RODRIGUEZ BARRIONUEVO (sucedida procesalmente por su cónyuge supèrstite Gerardo Alejandro Gonzales López y sus hijos: Jery Romina, Sindy Fiorella y Benjy Martín Gonzales Rodríguez), CARLOS MARIO RODRIGUEZ BARRIONUEVO, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ BARRIONUEVO, LUIS MANUEL RODRIGUEZ LINARES y NANCY MARLENE RODRIGUEZ MANRIQUE, sobre DIVISION y PARTICION, seguidos en contra de MARIA BEATRIZ RODRIGUEZ BARRIONUEVO, MARIA ELENA DIAZ RODRIGUEZ y VICTOR ESTUARDO RODRIGUEZ ALARCON; proceso que se sigue en el expediente 01797-2014-0-0401-JR-CI-03, por orden del Tercer Juzgado Especializado Civil de Arequipa, a cargo del Señor Magistrado, Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani, con intervención del Especialista Legal Washington Choque Llave se ha designado al Martillero Público JORGE ARTURO MANRIQUE LEWIS para la realización de venta en SUBASTA PUBLICA del siguiente inmueble:.-.- BIEN A SUBASTAR: Inmueble urbano signado como número 1, de la manzana A, de la Urbanización Municipal, ubicado en la prolongación de la avenida Cuarto Centenario, avenida Independencia, avenida Jorge Chávez y entre las Calles Víctor Lira y Paucarpata, que tiene un área de 335,00m2 del Cercado de Arequipa e inscrito en la Partida Electrónica Nro. 01127483 de la Zona Registrai N° XII -Sede Arequipa, cuyas demás características aparecen inscritas en la partida registrai, antes referida. El inmueble se encuentra ubicado en esquina conformada por la Avenida Independencia con calle Paucarpata.-.- DIA Y HORA DE LA SUBASTA: La pública subasta se llevara a cabo el 06 de agosto del 2018, a horas DIEZ y MEDIA (10:30AM). LUGAR DE LA SUBASTA: La pública subasta se llevara a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina Plaza España s/n del Cercado del distrito de Arequipa.- VALOR DEL INMUEBLE A SUBASTAR Y PRECIO BASE: Conforme a lo dispuesto por el Juzgado mediante resolución Nro.43, y estando a lo dispuesto del artículo 24 de la ley 27728, el precio base y la valorización del inmueble asciende a la suma de US$/.572,996.48 (QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CON 48/100 dólares americanos).-. POSTORES: Deberán presentar el día del remate, como garantía, mediante cheque de gerencia negociable a su nombre, el 10% del valor de la tasación, equivalente a US$.57,299.65 (cincuenta y siete mil dos cientos noventa y nueve 00/100 dólares americanos), más el arancel judicial correspondiente equivalente a S/.830,00, copia del mismo y de su DNI. GRAVAMENES Y CARGAS: No se conocen gravámenes. Los honorarios del martillero público, serán por cuenta del adjudicatario, y equivalen al 5% del valor de adjudicación, debiendo ser cancelados, una vez concluido el acto de subasta pública. Martillero Público Jorge Arturo Manrique Lewis, Registro Nro. 277. Arequipa, 2018 Julio 03.-. WASHINGTON CHOQUE LLAVE ESPECIALISTA LEGAL. JORGE MANRIQUE LEWIS MARTILLERO PUBLICO. (09-10-11-12-13-16 Julio) B/E 031-12910. EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EXPEDIENTE 1798-2016-0-0401-JR-CI-08. En los seguidos por JULIO SANCHEZ PAREDES, contra la ejecutada: Ligia Nathaska FUENTES PAREJA, en calidad de obligada principal; sobre ejecución de garantías. Por orden del Magistrado del Octavo Juzgado Especializado Civil de de la Corte Superior de Justicia de Arequipa cuyo despacho se encuentra a cargo del Dr. Aurelio Ronald Valencia de Romaña, con la participación de la Especialista Legal Dra. Isabel Margarita Mamani Mamani; han facultado al suscrito Martillero Público Abog. Ed-

Martes, 10 de julio del 2018

win Abanto Peralta, con Registro Ne 322, para sacar a Remate Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble dado en garantía por la ejecutada Denominado Departamento 102, Urbanización Quinta Gamero del Distrito de Cayma, Provincia y Departamento de Arequipa, con la descripción, área, linderos, medidas perimétricas y dominio que corre escrito en la Partida Electrónica Número 01145881 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° Xll-Sede Arequipa- Oficina Registral de Arequipa. VALORIZACIÓN CONVENCIONAL: US$ 70,000.00 (Setenta Mil con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 46,666.66 (Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 66/100 Dólares Americanos), que equivale a las dos terceras partes de la valorización convencional del inmueble. CARGAS Y GRAVAMENES: Hipoteca, inscrita en el asiento D00006, constituida por su propietaria, la ejecutada Ligia Nathaska FUENTES PAREJA, a favor de JULIO SANCHEZ PAREDES, hasta por la suma de US$ 66,000.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar el mutuo de US$ 64,000.00 Dólares Americanos por un plazo de doce meses, valorizando de manera convencional el inmueble para efectos de ejecución en US$ 70,000.00 Dólares Americanos, garantía que motiva el proceso de ejecución. Así y con más detalle obra en la Partida Electrónica Número 01145881 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Arequipa, Zona Registral N° Xll-Sede Arequipa. DIA Y HORA DE REMATE: Lunes, 23 de Julio del 2018, a tas 12:00 horas LUGAR DE REMATE: Sala de remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en el sótano de la Sede Central. Plaza España S/N Cercado. Los postores deberán identificarse con su D.N.I. en caso de personas naturales, y exhibir en original y copia legalizada los documentos que acrediten la representación en caso de personas jurídicas. Deberán doblar el 10% de valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Asimismo deberán pagar en el Banco de la Nación el Arancel Judicial por derecho de participar en remate público de bien inmueble con el Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado y Número de D.N.I. del postor y proceder a validarlo en la Oficina de REPEJ-REMAP de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Los honorarios del Martillero son de cargo del adjudicatario. Arequipa, 12 de Junio del 2018. EDWIN ABANTO PERALTA MARTILLERO PUBLICO R.M.P. N° 322. ISABEL MAMANI MAMANI SECRETARIA JUDICIAL. (10-11-12-13-16-17 julio) B/E 031-12926. EDICTO DE REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE EN LOS SEGUIDOS POR NEIRA MESTAS ELVIS CARLOS CONTRA CALSIN SUAÑA, MARTHA, SOBRE OBLIGACION DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE JUDICIAL N°0677-2014-0-0401-JP-CI-02, EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO -SEDE CERRO COLORADO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, A CARGO DE LA SEÑOR JUEZ DR. EDSON CUENTAS CELIS GUILLERMO Y ESPECIALISTA LEGAL DRA. CARPIO ACEVEDO, ADELEYDI ISABEL, HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE: EL BIEN INMUEBLE A REMATAR JUDICIALMENTE SE ENCUENTRA UBICADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACION DE VIVIENDA CIUDAD MUNICIAL ZONA IX MZ. E LOTE 5, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; CUYOS DOMINIOS, LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRONICA N°P06238799 DEL REGISTRO DE PREDIOS/REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. AREA: 280M2 VALOR DE TASACIÓN: S/. 72,628.80 (TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 50/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE: S/. 48,419.20 (CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE CON 20/100 NUEVOS SOLES), CORRESPONDIENTES A LAS 2/3 DE SU VALOR DE TASACIÓN. AFECTACIONES EMBARGO HASTA POR LA SUMA DE S/. 9,000.00 (NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), SOBRE LOS DERECHOS QUE LE CORRESPONDEN A MARTHA CALSIN SUAÑA DISPUESTA POR RESOLUCIÓN JUDICIAL N°01 DE FECHA 29/09/2014 RECAÍDA EN EL EXPEDIENTE 00677-2014-31-0401-JPCI-02 ORDENADO POR EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZ DR. CARLOS EDISSON FLORES ELGUERA, EL MISMO QUE QUEDO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL ASIENTO 00003 DE LA LA N°P06238799 DEL REGISTRO DE PREDIOS/REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 14-112014. EMBARGO HASTA POR LA SUMA DE S/. 23,000.00 (VEINTE Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), A FAVOR DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A DISPUESTA POR RESOLUCIÓN JUDICIAL N°01 DE FECHA 20/05/2015 RECAÍDA EN EL EXPEDIENTE 04355-2014-14-0405-JP-CI-01 ORDENADO

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

POR EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PEDREGAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZ DR. FLAVIO R. DIAZ MACHACA, EL MISMO QUE QUEDO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL ASIENTO 00004 DE LA LA N°P06238799 DEL REGISTRO DE PREDIOS/REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 2506-2015. DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 23-07-2018 A HORAS 11:00AM. LUGAR DEL REMATE: LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO -SEDE CERRO COLORADO, sito en la calle 27 de NOVIEMBRE N°209 – LA LIBERTAD – CERRO COLORADO – AREQUIPA. LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO NEGOCIABLE EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN, 2) PRESENTAR EN LA DILIGENCIA, EN ORIGINAL Y COPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y/O RUC, SEGÚN CORRESPONDA; Y EL ARANCEL JUDICIAL RESPECTIVO CONSIGNANDO EL JUZGADO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC. 3) PRESENTAR COPIA DEL CHEQUE DE GERENCIA SI EL OBLAJE SE REALIZA CON DICHO INSTRUMENTO. 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS PODERES RESPECTIVOS. EL ADJUDICATARIO (EN CASO DE ADJUDICACION) Y/O EL EJECUTANTE (EN CASO DE REMATE JUDICIAL DESIERTO) SEGÚN CORRESPONDA EL CASO EN PARTICULAR CANCELA LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL MARTILLERO PUBLICO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE JUDICIAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO SUPREMO Nº 008-2005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO). EL REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR MARTIN VENTURA GONZALEZ. ABOGADO - MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO NACIONAL SUNARP N°324. CELULAR 943937075 - 963330595 933758400. SÍRVASE REVISAR EL CONTENIDO DE ESTE EDICTO ANTES DE SU PUBLICACIÓN, BAJO RESPONSABILIDAD. (06 DIAS DE PUBLICACION). AREQUIPA, LUNES 26 DE MARZO DEL 2018. MARTIN VENTURA GONZALEZ MARTILLERO PUBLICO REGISTRO SUNARP A NIVEL NACIONAL N°324 . ADELEYDI ISABEL CARPIO ACEVEDO SECRETARIA JUDICIAL. (10-11-12-13-16-17 julio) B/E 031-12925. PRIMER REMATE JUDICIAL.Expediente. 00007-2017-0-0401-JR-CI-01, SCOTIABANK PERU S.A.A contra BEJARANO MEDINA NATIVIDAD IRIS MARILUZ sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El 01° Juzgado Civil - Arequipa, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que Despacha el Sr. Juez Dr. GALAGARZA PEREZ SHELAH NORTH, Especialista Legal Dra. GONZALES RAMOS NIKOLA MARISOL; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble:-- UBICACION: Constituido por el Predio Urbano, ubicado en el Asentamiento Humano Alto Selva Alegre, Manzana 44 Sub Lote 23A, Zona C, Av. Apurimac N° 420 del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, con una área de 103.26 M2, inscritos en la Partida Registra! N° P06254460, del Registro de Propiedad Inmueble Arequipa de la Zona Registral N° XII — Sede Arequipa.- TASACIÓN: En la suma de S/. 146,189.00 (CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON 001100 SOLES). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de S/. 97,459.33 (NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 77/100 SOLES).---DIA Y HORA DE REMATE: Lunes 23 de Julio del 2018 a horas once de la mañana (11:00 AM)-- LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates ubicado en el (Sótano) de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX S/N. Cercado — Arequipa. CARGAS Y GRAVAMENES: INSCRIPCION DE HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00007 de la Partida N° P06254460). Hipoteca constituida por su propietario a favor del a SCOTIABANK PERU S.A.A hasta por la suma de S/. 50,000.00. Así y más ampliamente consta de la ESCRITURA PUBLICA N° 2295 de fecha 11/04/2013, otorgada ante Notario Público Dr. Javier Rodriguez Velarde en la ciudad de Arequipa. INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00008 de la Partida N° P06252260) Por Resolución Judicial N° 02 de fecha 16/0612017, en el Expediente N° 06482-2015-55-0412-JP-CI-02, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, la Dra. Jackeline D. Romero Orccon, Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, asistido por el especialista legal, Wilbert Cahuana Mamani; ha resuelto dictar Medida Cautelar de EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION que afectará los derechos de propiedad de Natividad Iris Mariluz Bejarano Medina, respecto al inmueble inscrito en esta Partida, hasta por la suma de SI. 7,000.00 a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de tasación sin sello de no negociable, D.N.I original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del

Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número del expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. Celular: 999451224, 946065640. Arequipa, 21 de Mayo de 2018.- MIGUEL LLOQUE M. MARTILLERO PUBLICO REG. 312. NIKOLA GONZALES RAMOS SECRETARIA JUDICIAL. (10-11-1213-16-17 julio) B/E 031-12922. EDICTO PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE EN LOS SEGUIDOS POR SCOTIABANK PERU S.A.A CONTRA ANGULOS RANURADOS CHEBROM S.R.L, SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE JUDICIAL Nº03783-2016-0-0401-JR-CI-07, EL SETIMO JUZGADO CIVIL DE LA CSJ DE AREQUIPA, A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DR. POLANCO GUTIERREZ CARLOS ENRIQUE Y ESPECIALISTA LEGAL DRA. CARDENAS ENCHUÑA GLENDA MARIA, HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA MZ. H LOTE 17 ASOCIACION DE VIVIENDA GRANJA VILLA DEL SUR, DISTRITO DE SOCABAYA, PROVINCIA DE AREQUIPA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITA EN LA PARTIDA ELECTRONICA N°01133534 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA, OFICINA REGISTRAL AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 26,576.00 (VIENTE Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$. 17,717.33 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS DIECISTE CON 33/100 DOLARES AMERICANOS), CORRESPONDIENTES A LAS 2/3 DE SU VALOR DE TASACIÓN. AFECTACIONES HIPOTECA A FAVOR DE SCOTIABANK HASTA POR LA SUMA DE US$. 26,576.00 (VIENTE Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), PARA GARANTIZAR UNA LINEA DE CREDITO DE US$. 20,000.00 DOLARES AMERICANOS, ASI CONSTA EN LA ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 17-11-2012 OTORGADA POR NOTARIO PUBLICA DE AREQUIPA DR. JAVIER RODRIGUEZ VELARDE, EL MISMO QUE QUEDO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL ASIENTO D0004 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°01133534 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA, OFICINA REGISTRAL AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 27-11-2012. DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 2307-2018 A HORAS 03:15PM. LUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN EL SÓTANO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, UBICADO EN LA PLAZA ESPAÑA S/N, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO NEGOCIABLE EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN, 2) PRESENTAR EN LA DILIGENCIA, EN ORIGINAL Y COPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y/O RUC, SEGÚN CORRESPONDA; Y EL ARANCEL JUDICIAL RESPECTIVO CONSIGNANDO EL JUZGADO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC. 3) PRESENTAR COPIA DEL CHEQUE DE GERENCIA SI EL OBLAJE SE REALIZA CON DICHO INSTRUMENTO. 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS PODERES RESPECTIVOS. EL ADJUDICATARIO Y/O EL EJECUTANTE SEGÚN CORRESPONDA EL CASO EN PARTICULAR CANCELA LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL MARTILLERO PUBLKICO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE JUDICIAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO SUPREMO Nº 008-2005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO). EL REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR MARTIN VENTURA GONZALEZ. ABOGADO - MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO NACIONAL N°324. CELULAR 943937075 - 963330595 – 933758400. (06 DÍAS DE PUBLICACIÓN). AREQUIPA LUNES 25 DE JULIO DEL 2018. MARTIN VENTURA GONZALEZ MARTILLERO PÚBLICO REGISTRÓ SUNARP A NIVEL NACIONAL N°324.- GLENDA CARDENAS ENCHUFA ESPECIALISTA LEGAL SETIMO JUZGADO CIVIL. (10-11-12-13-16-17 julio) B/E 031-12922. SEGUNDO REMATE En el proceso de División y Partición de Bienes, expediente N° 00697-2010-0-0412-JM-CI-01, que sigue Alfredo Cayetano Arias Diaz y Rosalía Gutierrez Grados de Arias en contra de Cynthia Patricia Fuentes López, el Juez del Primer Juzgado Civil – Sede Paucarpata, Arequipa, Dr. Lino Zúñiga Portocarrero, con intervención del Especialista Legal Christian Omar Torreblanca Gómez, ha designado al Martillero Público José Angelo

Canales Gallegos, con Registro Nro. 281-SUNARP, para la realización del SEGUNDO REMATE del inmueble ubicado en la Urbanización Ulrich Neisser, Lote 6, Manzada D, del distrito de Paucarpata, Provincia y departamento de Arequipa, cuyas demás características obran en la partida registral Nro. 01092223 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII, Sede Arequipa; cuyo martillero con la facultad otorgada por el juzgado ha señalado para la realización del SEGUNDO REMATE el día 20 de JULIO de 2018, a las 10:00 horas, el mismo que se llevará a cabo en la Sala de Lectura de Expedientes del Archivo Modular del Módulo de Justicia de Paucarpata, Arequipa, ubicado en el Esquina Calle A. Levau con Calle T. Alcantara s/n. VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN DEL INMUEBLE: S/. 684,955.67 Soles; con una BASE DEL REMATE: S/. 388,141.55 Soles, que son las dos terceras partes de la Tasación menos la deducción de ley, QUIEBRA Depósito para ser postor: S/. 68,495.56 Soles, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre; teniendo además que pagar arancel judicial (código 7153) para participar en remate judicial correspondiente por la suma de S/ 830.00, (indicando juzgado, número de expediente y número de documento nacional de identidad) y presentarán en original su documento nacional de identidad u otro según corresponda. GRAVÁMENES: No se conocen gravámenes según la información registral. El remate se llevará a cabo ante el Martillero Público José Angelo Canales Gallegos, Registro Nro. 281-SUNARP. Arequipa, 21 de junio de 2018.- CRISTIAN OMAR TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL. (09-10-11 julio) B/E 031- 12915. TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE EN LOS SEGUIDOS POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A CONTRA HUACO BUSTAMANTE LUIS ALBERTO, HUACO BUSTAMANTE JOSE MIGUEL, ACREEDOR NO EJECUTANTE : CONECTA CENTRO DE CONTACTO S.A, ACREEDOR NO EJECUTANTE : CREDISCOTIA FINANCIERA S.A, SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE JUDICIAL N°07031-2014-00401-JR-CI-10, EL DECIMO JUZGADO CIVIL DE LA CSJ DE AREQUIPA, A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DRA. SALAS FLORES ZORAIDA JULIA Y ESPECIALISTA LEGAL DR. CAHUANA CAHUANA OSCAR RAUL, HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA EL SIGUIIENTE BIEN INMUEBLE: DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE: EL BIEN INMUEBLE A REMATAR SE ENCUENTRA UBICADO EN EL CENTRO POBLADO PAMPACOLCA MZ Ñ LOTE 4, DISTRITO DE PAMPACOLCA, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITA EN LA PARTIDA ELECTRONICA N°P06205079 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN: US$. 63,407.00 (SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), BASE DEL REMATE: US$. 30,541.03 (TREINTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON 03/100 DOLARES AMERICANOS), CORRESPONDIENTES A LAS 2/3 DE SU VALOR DE TASACIÓN MENOS EL 15% POR TRATARSE DE UN REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA. AFECTACIONES 1.- HIPOTECA A FAVOR DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A HASTA POR LA SUMA DE US$. 63,407.00 (SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), ASI CONTA EN LA ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 10-05-2011 OTORGADA POR NOTARIO PUBLICO DR.MIGUEL LINARES RIVEROS, LA MISMA QUE QUEDO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL ASIENTO 00004 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°P06205079 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 16-052011.. 2.- EMBARGO A FAVOR DE MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A HASTA POR LA SUMA DE S/. 20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), EMITIDA POR RESOLUCIÓN Nº01 DE FECHA 28.05.2013 EMITIDA POR EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO QUE REACAE SOBRE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE LUIS ALBERTO HUACO BUSTAMANTE EXP 00329-2013-67-0401-JP-CI-02 EN EL PROCESO DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL ASIENTO 00005 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°P06205079 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 0107-2013. 3.- EMBARGO A FAVOR DE CREDISCOTIA FINANCIERA S.A HASTA POR LA SUMA DE S/. 27,000.00 (VEINTE Y SIETE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), EMITIDA POR RESOLUCIÓN Nº02 DE FECHA 15.03.2014 EMITIDA POR EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA QUE REACAE SOBRE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE LUIS ALBERTO HUACO BUSTAMANTE EXP 007419-2013-42-0401-JP-CI-01 EN EL PROCESO DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL ASIENTO 00007 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°P06205079 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°XII – SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 15-07-2014. DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 23-07-2018 A HORAS

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03:00PM. LUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN EL SÓTANO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, UBICADO EN LA PLAZA ESPAÑA S/N, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO NEGOCIABLE EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN, 2) PRESENTAR EN LA DILIGENCIA, EN ORIGINAL Y COPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y/O RUC, SEGÚN CORRESPONDA; Y EL ARANCEL JUDICIAL RESPECTIVO CONSIGNANDO EL JUZGADO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC. 3) PRESENTAR COPIA DEL CHEQUE DE GERENCIA SI EL OBLAJE SE REALIZA CON DICHO INSTRUMENTO. 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS PODERES RESPECTIVOS. EL ADJUDICATARIO Y/O EL EJECUTANTE SEGÚN CORRESPONDA EL CASO EN PARTICULAR CANCELA LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL MARTILLERO PUBLKICO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE JUDICIAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO SUPREMO Nº 0082005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO). EL REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR MARTIN VENTURA GONZALEZ. ABOGADO - MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO NACIONAL N°324. CELULAR 943937075 - 963330595 – 933758400. (03 DÍAS DE PUBLICACIÓN). AREQUIPA, LUNES 04 DE JUNIO DEL 2018. MARTIN VENTURA GONZALEZ ABOGADO - MARTILLERO PUBLICO REGISTRÓ A NIVEL NACIONAL N°324.- KARINHA COLMENARES OBLITAS ESPECIALISTA LEGAL. (10-11-12 julio) B/E 031-12924.

RECTIFICACIONES EXTRACTO DE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.En el Expediente: 04086-2017-0-041 l-JP-CI-01-Juzgado de Paz Letrado-Sede Jacobo Hunter, Juez Dra. Mirtha Yadine Núñez Cueva, especialista legal Dra. Luisa Hortencia Gutiérrez Rodríguez; con fecha 16 de abril del 2018, se admitió a trámite la demanda de rectificación de partida interpuesta por Juan Pablo Ccasa Chanenl, quien como petitorio solicita: 1) La rectificación de su apellido materno de “CHANENI” por “CHANINE”, para que en lo sucesivo el titular de la partida figure como “JUAN PABLO CCASA CHANINE”, 2) Que en dicha partida se rectifique el apellido materno del padre del titular de la partida de “NUÑUNCCA” por “NUÑONCCA” para que en lo sucesivo el padre del titular de la partida figure como “MARIANO CCASA NUÑONCCA” 3) Se corrija el nombre y apellidos de la madre del titular de la partida de “ASUNTA CHANENI TICONA” por “JULIA ASUNTA CHANINE VDA DE CCASA”. Se efectúa la presente publicación de conformidad a lo dispuesto en la Resolución N° Tres del dieciséis de abril del 2018. JOSE A. OSORIO COKTING-ABOGADO - C.A.A. 8912.- Luisa H. Gutierrez Rodriguez especialista Legal Primer Juzgado de Paz Letrado. (10 julio) B/E 031-12921.

EDICTOS PENALES EDICTO JUDICIAL Proceso N° 00095-2012-90-0404-JR-PE-01. Por encargo de la Sra. Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CASTILLA-APLAO, DRA. JULIA YSABEL LOAIZA CALLATA, por intermedio del presente se NOTIFICA a LUIS DEMETRIO VILCA LUZA, con el contenido de la resolución n° 03-2018, de fecha tres de julio del año dos mil dieciocho, la misma que señala fecha de audiencia de juicio oral para el día VEINTITRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, EN LA SALA ÚNICA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N° T 1-05, Aplao, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, de declarársele reo contumaz. Todo ello ordenado en el Proceso N° 00095-2012-90-0404-JR-PE-01, seguida en contra de LUIS DEMETRIO VILCA LUZA y otro, por el delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN en la modalidad de COLUSIÓN Y PECULADO, en agravio de EL ESTADO. Especialista Judicial de Causas y Audio. PERCY SANTOS CHACÓN CARREÑO. Aplao, 03 de julio del 2018.- (09-10-11 JULIO) El señor Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL de la Provincia de Melgar - Ayaviri Dr. EDWIN HUGO QUISPE VARGAS, por medio del presente NOTIFICA A: LEON NINA HANCCO; con el contenido de la resolución número uno, de fecha dos de julio del año dos mil dieciocho, mediante la cual se CITA A LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO, fecha y hora para la realización de la Audiencia de Proceso Inmediato, para el día jueves ONCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, audiencia a llevarse a

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La República

cabo en el Salón de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Melgar - Ayaviri, ello ordenado en el proceso penal N° 00042-2018-74-2108-JRPE-01, seguido en contra de León Nina Hancco, por la presunta comisión del delito contra la familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de Karin Minan Nina Choquehuayta. Sec. Jurisdiccional Pablo Valeriano Chui. Ayaviri 02 julio del 2018. (09-10-11 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE MELGAR -AYAVIRI El señor Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL de la Provincia de Melgar - Ayaviri Dr. EDWIN HUGO QUISPE VARGAS, por medio del presente NOTIFICA A: HUGO QUISPE ARONI; con el contenido de la resolución número uno, de fecha dos de julio del año dos mil dieciocho, mediante la cual se CITA A LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO, fecha y hora para la realización de la Audiencia de Proceso Inmediato, para el día martes DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Melgar - Ayaviri, ello ordenado en el proceso penal N° 00075-2018-65-2108-JRPE-01, seguido en contra de Hugo Quispe Aroni, por la presunta comisión del delito contra la familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de las menores Madeley, Dayan Nashira y Karol Abigail Quispe Ticona, representadas por su progenitora Maritza Ticona Lima. Secretario Jurisdiccional: PABLO VALERIANO CHUI. (09-10-11 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE MELGAR -AYAVIRI El señor Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL de la Provincia de Melgar - Ayaviri Dr. EDWIN HUGO QUISPE VARGAS, por medio del presente NOTIFICA A: FREDY ANCCASI LLAVILLA; con el contenido de la resolución número diez, de fecha quince de junio del año dos mil dieciocho, mediante la cual se CITA A LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO, fecha y hora para la realización de la Audiencia de Proceso Inmediato, para el día jueves SEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Melgar - Ayaviri, ello ordenado en el proceso penal N° 00243-2016-69-2108-JR-PE-01, seguido en contra de Fredy Anccasi Llavilla, por la presunta comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión de asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de la menor Sharith Yamiley Anccasi Quispe, representada por su progenitora Delia Yamili Quispe Lupaca. Secretario Jurisdiccional: PABLO VALERIANO CHUI. Ayaviri 26 junio del 2018. (09-10-11 julio) Expediente: 7 703-20 73-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO LIGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO OLORADO. Ha dispuesto notifique a la imputada HUAMANQUISPE CUTIRE, EVANGELINA con la resolución cero uno. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de EVANGELINA HUAMANQUISPE CUTIRE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de YURI AURELIO QUISPE CHURA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada EVANGELINA HUAMANQUISPE CUTIRE. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DIA DOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal (antes Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno B), ubicado en la calle Alfonso Ligarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada EVANGELINA HUAMANQUISPE CUTIRE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular YURI AURELIO QUISPE CHURA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la pos-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

tulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) CONFORME LO ESTABLECE el Artículo 155-A del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicia modificado por la ley 30229 y lo dispuesto por la Resolución Administrativa de Presidencia N° 370-2015PRES/CSJAR cumpla con señalar casilla electrónica y casilla física tanto el abogado defensor de la parte agraviada como el abogado defensor de la parte imputada. 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Tómese razón y hágase saber.- (09-10-11 julio) EXPEDIENTE: N° 3496-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada LUIS PEDRO MARTINEZ HUMPIRE CON LA RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO de FECHADOS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: Puesto a despacho en la fecha por la excesiva carga procesal que soporta el Juzgado y en mérito al informe que antecede. DE OFICIO: Estando a la constancia del secretario cursor que antecede y los actuados del presente proceso se DISPONE REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO A LAS 08:30 HORAS, en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - interior de la Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: LUIS PEDRO MARTINEZ HUMPIRE con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia. Y la parte agraviada OLGA HAYDEE LAZARO DELGADO en calidad de querellante particular deberá concurrir con su respectivo abogado, en este proceso por faltas, baio apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos están dirigidos a las partes procesales más no así a ios abogados. Asimismo las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ. (09-10-11 julio)

EXPEDIENTE: N° 4436-2017 TURNO “A” COMISARIAS EPEC1ALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada RUTH OCCORURO CHANCAYAURI con la resolución número DOS de fecha diez de abril del dos mil dieciocho en el expediente 4436-2017 que DISPONE: 1] CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI ; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO SIMPLE, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y cuatro del Código Penal, en agravio de RUTH OCORURO CHANCAYAURI . 2] DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI . 3] FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI , con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular RUTH OCORURO CHANCAYAURI , deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Ade-

más, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión [de ser posible], por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. Especialista Legal: Raúl Ramos Pérez, 0$ O^jy julio del 2018. (09-10-11 julio) Expediente: 3726-2015-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique a LA AGRAVIADA PACOSONCO UNTAMA GERALDINE CON LA RESOLUCION CERO DOS. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado Penal ha resuelto:1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JOSE ARTURO FLORES FLORES ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de PACOSONCO UNTAMA GERALDINE SULEYME. 2) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el VEINTIUNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte N°119, Mz X, Lote 18 (CUARTO PISO), Urb. La Libertad, Cerro Colorado (a la altura del mercado de Cerro Colorado). Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JOSE ARTURO FLORES FLORES, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular PACOSONCO UNTAMA GERALDINE SULEYME; deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) CONFORME LO ESTABLECE el Artículo 155-A del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modificado por la ley 30229 y lo dispuesto por la Resolución Administrativa de Presidencia N° 370-2015- PRES/CSJAR cumpla con señalar casilla electrónica y casilla física tanto el abogado defensor de la parte agraviada como el abogado defensor de la parte imputada 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Tómese Razón y Hágase Saber.. (09-10-11 julio) JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a los progenitores en representación del menor BRAYAN JESUS HUANCA COLQUE. como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir al adolescente BRAYAN JESUS HUANCA COLQUE realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de LA MENOR DE INICIALES E.S.T. (15). B. Prohibir al adolescente BRAYAN JESUS IIUANCA COLQUE que se acerque o aproxime a LA MENOR DE INICIALES E.S.T. (15) en cualquier forma, a una distancia no menor a 100 metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales, extrajudiciales, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento. C. Prohibir al adolescente BRAYAN JESUS HUANCA COLQUE el comunicarse con LA MENOR DE INICIALES E.S.T. (15) vía epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chal, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación. D. Se dispone tratamiento reducativo o terapéutico para el denunciado BRAYAN JESUS HUANCA COLQUE la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía de Familia correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que

Martes, 10 de julio del 2018

se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que con conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos/y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 05196-2017-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018. junio 20. (06-09-10 julio) Expediente 2851-201 7. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado A dispuesto notificar A BENITA VEGA CHANCOLLA, para que concurra a la audiencia de ley con la resolución 04 Estando a la constancia que antecede y al escrito con número de registro 3036-2018. Y a la devolución de cédula de notificación. Se FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Alfonso Ugarte N°119, Mz X, Lote 18 (CUARTO PISO), Urb. La Libertad, Cerro Colorado (a la altura del mercado de Cerro Colorado). Audiencia a la que deberán asistir: Las partes con sus abogados, teniendo presente que subsiste el apercibimiento decretado en la resolución cero uno. Debiendo cumplir la señora encargada de pool con sacar copia de la hoja que obra a fojas siete vuelta (CROQUIS DE UBICACIÓN) y agregarla a la cédula de notificación, bajo responsabilidad funcional. Y cúmplase con notificar también por Edicto y Exhorto a BENITA VEGA CHANCOLLA. (06-09-10 julio) EXPEDIENTE: N° 3496-2017 TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO”A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada LUIS PEDRO MARTINEZ HUMPIRE CON LA RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO de FECHADOS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO: QUE RESUELVE: Puesto a despacho en la fecha por la excesiva carga procesa! que soporta el Juzgado y en mérito al informe que antecede. DE OFICIO: Estando a la constancia del secretario cursor que antecede y los actuados del presente proceso se DISPONE REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 12 DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO A LAS 08:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - interior de la Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: LUIS PEDRO MARTINEZ HUMPIRE con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia. Y la parte agraviada OLGA HAYDEE LAZARO DELGADO en calidad de querellante particular deberá concurrir con su respectivo abogado, en este proceso por faltas, baio apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcurrencia. Haciendo presente que los apercibimientos están dirigidos a las partes procesales más no así a ios abogados. Asimismo las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a ia carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de ios procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; io que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ.- (06-09-10 julio) EXPEDIENTE: N° 4436-2017 TURNO “A” COMISARIAS EPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada RUTH OCCORURO CHANCAYAURI con la resolución número DOS de fecha diez de abril del dos mil dieciocho en el ex-

pediente 4436-2017 que DISPONE: 1] CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI ; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO SIMPLE, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y cuatro del Código Penal, en agravio de RUTH OCORURO CHANCAYAURI. 2] DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI . 3] FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JORGE LUIS MOGROVEJO ARONI , con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular RUTH OCORURO CHANCAYAURI , deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión [de ser posible], por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. Especialista Legal: Raúl Ramos Pérez, (06-09-10 julio)

El Juzgado Especializado Civil de Camaná, en el Expediente N° 00554-2017-0-0402-JR-FC-01, sobre Violencia Familiar, ha dispuesto notificar mediante edictos a doña Hilda Norma Zúñiga Huamaní, a fin que tome conocimiento de la RESOLUCION NB01, su fecha 02 de Mayo del 2017, cuyo contenido literal de su parte resolutiva es el siguiente: SE RESUELVE: Declarar improcedente el trámite de la denuncia remitida mediante oficio Nro. 191-2017-PE-JPLC/JJJS por parte del Juzgado de Paz Letrado de Camaná, sobre los hechos denunciados por HILDA NORMA ZÚÑIGA MAMANI en contra de EDWIN ALEJANDRO ZÚÑIGA HUAMANÍ, en consecuencia el archivo del presente proceso una vez quede consentida la presente. Tómese razón y hágase saber.- Fdo. Zenón Luque Céspedes, Juez - Fdo. Adelma Roca Alvarez, Especialista Legal - Juzgado Civil de Camaná.- (06-09-10 julio)

Expediente: 12852-2017. Secretario: JORGE SANDOVAL ARENAS. Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal de Cerro Colorado-ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa ha dispuesto se notifique al imputado JUAN SEVERO CHAVEZ QUISPE con la resolución N° 01. Se DISPONE programar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL para el TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA: en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal, ubicado en la calle Alfonso Ugarte 119 Mz. X Lt. 18 cuarto piso (a la altura del mercado de Cerro Colorado) Distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada, JUAN SEVERO CHAVEZ QUISPE con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; y la agraviada ROSANA GLADYS APAZA TORRES DE CHAVEZ. En su calidad de querellante particular, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de ordenarse el archivamiento provisional del proceso, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). (06-09-10 julio)

JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE : 01847-2017-0-0410-JPPE-02 JUEZ : VIZCARRA BANDA DAVID ESPECIALISTA : CHOQUE AGUILAR LIZBETH IMPUTADO : COAGUILA BUSTIOS, NANCY PAOLA : MALTRATOS COAGUILA BUS-

Martes, 10 de julio del 2018

TIOS, RONALD: MALTRATOS COAGUILA BUSTIOS, RENE : LESIONES DOLOSAS: CONDORICHAVEZ, GRACIELA ANA-Notificación por Edicto Dr. DAVID VIZCARRA BANDA Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar.- Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica MARGARITA SARMIENTO GONZALEZ, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°01, por la que SE RESUELVE: SE RESUELVE: 1) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de MARGARITA SARMIENTO GONZALES e ISABEL CASTILLO CUNO en agravio de MARIA BELEN MAR VILLAFUERTE. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del artículo 441 del Código Penal. Díctese mandato de COMPARECENCIA en contra de la procesada. 2) Abrir proceso por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas, en contra de MARIA BELEN MAR VILLAFUERTE en agravio de ISABEL CASTILLO CUNO. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del artículo 441 del Código Penal. Díctese mandato de COMPARECENCIA en contra de la procesada. En consecuencia, de conformidad con el artículo 483 del Código Procesal Penal se programa fecha para la realización del Juicio Oral para el día dos de noviembre del año dos mil diecisiete a las nueve horas con treinta minutos. RESOLUCIÓN N° 04: DE OFICIO - Flabiéndose programado mediante resolución uno fecha para Juicio Oral para el día dos de noviembre del dos mil diecisiete, no apareciendo de autos constancia alguna sobre realización de la misma, atendiendo al rol de diligencias programadas en este Juzgado, 1) Se REPROGRAMA LA FECHA PARA LA REALIZACIÓN DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA DIECISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORÁS que se llevará a cabo en un solo acto en el despacho judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, dejando subsistentes los apercibimientos prevenidos mediante resolución uno. Audiencia en la cual, ambas partes deberán presentar y actuar por única vez todos los medios probatorios que pretenden hacer valer para el esclarecimiento de la imputación, debiendo las partes identificarse con su respectivo Documento Nacional de Identidad y asistir con sus respectivos abogados quienes deberán concurrir preparados para sustentar sus alegatos oralmente. 2) Advirtiéndose de autos que mediante resolución dos se requirió a María Belén Mar Villafuerte cumpla con precisar el domicilio de la Imputada Margarita Sarmiento Gonzáles, siendo que hasta el día de la fecha no ha cumplido con dicho requerimiento, a efecto de continuar con el séquito del proceso, sin perjuicio de dicho requerimiento, notifíquese a la imputada Margarita Sarmiento Gonzáles mediante Edictos, conforme lo regula el artículo 165 del Código Procesal Civil. Ello en el proceso N° 03512-2017-0-0410-JP-PE-02, por Faltas contra la persona. Mariano Melgar, 2018, junio 21- (0609-10 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA IMPUTADO : FALTA FALTA FALTA AGRAVIADO 01847-2017-0-0410-JP-PE-02 DAVID VIZCARRA BANDA CHOQUE AGUILAR LIZBETH C O AGUILA BUSTIOS, NANCY PAOLA : MALTRATOS COAGUILA BUSTIOS, RONALD : MALTRATOS COAGUILA BUSTIOS, RENE : LESIONES DOLOSAS : CONDORI CHA VEZ, GRACIELA ANA Notificación por Edicto- David Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a ALEX RONALD COAGUILA BUSTIOS, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°03, por la que SE RESUELVE: 1) Declarar el ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO por faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, instaurado a favor de GRACIELA ANA CONDORI CHAVEZ en contra de NANCY PAULA COAGUILA BUSTIOS, RONALD COAGUILA BUSTIOS y RENE COAGUILA BUSTIOS por el término de un mes, plazo en el cual la parte agraviada deberá pronunciare sobre su deseo de continuar con el presente proceso, bajo apercibimiento de ordenarse el archivo definitivo al término del mismo. 2) Estando a lo actuado en autos, notifíquese a la parte agraviada en el domicilio real consignado en la Ficha RENIEC adjunta a ¡a presente. Interviene la Especialista Legal que suscribe por disposición superior. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. (06-09-10 julio) Expediente: 10126-2016-.Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado A dispuesto notificar A MARCOS BOMBILLA COILA Por edicto con la resolución DIEZ. DE OFICIO: Estando a la constancia que antecede. Teniendo presente que en los casos de hechos de connotación de Violencia Familiar se debe ser más tuitivo

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

en el bien jurídico que se protege, es que se ha modificado el criterio tomado por el juzgado en los procesos de familia por esta razón, se reprograma la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS; Audiencia que se llevara a cabo en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado Penal de Cerro Colorado, ubicado en la calle ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE 18 CUARTO PISO URBANIZACION LA LIBERTAD CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. DISPONGO: Que por Secretaría del Juzgado se notifique debidamente con la presente resolución a las partes, bajo apercibimiento de ARCHIVARSE PROVISIONALMENTE, el presente proceso. Debiendo cursarse exhorto de la presente resolución. Y requerirle a la Jueza de Paz de la Joya Arequipa a fin que devuelva el exhorto debidamente diligenciado remitido a su despacho el 23 de noviembre del año próximo pasado así como deberá devolver el exhorto debidamente diligenciado de la presente resolución, bajo apercibimiento de remitirse copias a la ODECMA. (06-09-10 julio) NOTIFICACION POR EDICTO. El Señor Juez del Juzgado Civil Transitorio-Sede Central de Tacna, Dr. JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL y Especialista Legal que suscribe en el Exp. N° 1615-2017-0-2301-JR-CI-01 seguido por JORGE FARAH BERRIOS MANZUR, YAMILE LIA BERRIOS MANZUR, RAFAEL JESUS BERRIOS MANZUR, AVICOLA SAN JOSE DE PACHIA S.R.LTDA, debidamente representada por su Gerente General Rafael Jesús Berríos Manzur contra el BANCO DE CREDITO DEL PERU, RENE ALFREDO VERA CARBAJAL, MILUZCA VERA MENDOZA, FREDDY JESUS VERA CARBAJAL Y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS sobre CANCELACION DE DEUDA, ha resuelto notificar por Edictos al demandado, Resolución N° QUINCE.- Tacna, 10 de Abril del 2018; Que, por escrito presentado por los demandantes mediante el cual solicita se notifique por Edictos a la demandada SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS, manifestando que en honor a la verdad ha realizado todos los esfuerzos necesarios para poder ubicar la dirección del domicilio real de la demandada y hasta la fecha de presentación del presente documento no ha logrado encontrarlo, por lo que pide se le notifique a la demandada mediante Edictos, al amparo del Art. 435° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Decisión: Emplazar a la parte demandada SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS para que en el término de TREINTA días hábiles, cumpla con apersonarse al Proceso; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, notificándosele para tal efecto mediante Edictos, publíquese un extracto de la demanda y la Resolución N° 01, que ADMITE a TRAMITE la demanda, por el plazo de tres días hábiles en el Diario Oficial “EL PERUANO” y en el diario de avisos judiciales de este Distrito Judicial; debiendo la parte demandante apersonarse al Juzgado a fin de recabar los Edictos para su publicación. Auto Admisorio Resolución N° UNO.- ADMITIR a TRAMITE la demanda de CANCELACION DE DEUDA Y OTROS, interpuesta por JORGE FARAH BERRIOS MANZUR, YAMILE LIA BERRIOS MANZUR, RAFAEL JESUS BERRIOS MANZUR, AVICOLA SAN JOSE DE PACHIA S.R.LTDA. representada por su Gerente General Rafael Jesús Berrios Manzur en contra de los demandados BANCO DE CREDITO DEL PERU, RENE ALFREDO VERA CARBAJAL, MILUZCA VERA MENDOZA, FREDDY JESUS VERA CARBAJAL Y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS en la Vía de Proceso de CONOCIMIENTO, córrase traslado al demandado para que en el plazo de TREINTA días hábiles cumpla con contestar la demanda, debiendo acompañar el anexo especial exigible por el Art. 565° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde en la presente Causa y seguir con el proceso según su estado. Publicar por 3 veces. Fdo. Dr. JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL Juez del Juzgado Civil Transitorio, 03 de Julio del 2018. ISAIAS SAMAEL CHAMBILLA ADUVIRI. ESPECIALISTA LEGAL. Juzgado Civil Transitorio Sede Central Tacna. (05-06-09 julio 7o Juzgado Civil EXPEDIENTE: 08187-2007-0-0401-JR-CI-07 MATERIA:ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA JUEZ: POLANCO GUTIERREZ CARLOS ENRIQUE ESPECIALISTA:RISCO BERROCAL KENIA MALENA MINISTERIO PUBLICO : SEGUNDA FISCALIA SUPERIOR EN LO CIVIL , DEMANDADO : ONP, DEMANDANTE : CRUZ CHAMPI, MARIANO Código Procesal Civil, por la sucesión procesal u RESOLUCIÓN NRO. 57: Arequipa, dos mil dieciocho Veintiséis de junio.- Puestos a despacho a la fecha por la sobre carga procesal que soporta el Juzgado: AL ESCRITO N° 343552018: VISTOS: A lo solicitado por el apoderado de la entidad demandada y la ficha RENIEC del demandante; y CONSIDERANDO: Primero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 108 inciso 1) del n sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como ti-

tular activo o pasivo del derecho discutido, lo que tiene lugar cuando fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por sus sucesor. Segundo.El presente proceso fue iniciado por el demandante Mariano Cruz Champí, quien tal como se acredita de la ficha RENIEC, ha fallecido el pasado veintidós de enero del dos mil diecisiete. Tercero.- Siendo ello así, dicha parte procesal ha perdido la titularidad del derecho material y procesal ventilado en esta causa; por tanto, debe procederse a la suspensión del trámite del proceso por el plazo previsto en la última parte de la norma procesal invocada, hasta que los sucesores procesales de aquélla se apersonen en autos acreditando su personería; precisándose además que la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa debe de gestionar y realizar dicha publicación, en atención a la naturaleza del presente proceso y que la parte demandada es la Oficina de Normalización Previsional. Fundamentos por los cuales, de conformidad con lo señalado en el numeral 320 del Código acotado. Cuarto. Que siendo así, la resolución número cincuenta y seis, adolece de nulidad insubsanable, toda vez que los actos procesales carecen de los requisitos indispensables para la obtención de su finalidad, por lo que en aplicación de los artículos 171 y 176 del Código Procesal Civil, deberá declararse la nulidad, y reponer la causa hasta el estado de resolverse el escrito de fecha doce de febrero del dos mil dieciocho. Fundamentos por los cuales; SE RESUELVE: SUSPENDER por TREINTA DÍAS, el trámite del presente proceso que sobre Contencioso Administrativo sigue Mariano Cruz Champí en contra de la Oficina de Normalización Previsional, a fin que los sucesores del demandante Mariano Cruz Champi se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal y continuar el séquito del proceso. 2) DISPONER que la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, efectué la publicación de los edictos en la forma y plazo establecido en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil, para lo cual cúrsese el oficio correspondiente. Debido a la voluminosidad del expediente y a efecto de facilitar su manejo, 3) SE DISPONE: La formación del segundo cuerpo a partir del Escrito N° 34355-2018.REGISTRESE Y COMUNIQUESE. Reasumiendo funciones la especialista legal titular.- (05-06-09 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAS MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00145-2011-2-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a la PERSONA FRAN ALMANACIN QQHUEHUE y JOSE QQUEECA HUILLCA; a fin de que tome conocimiento el extracto del acta del cinco de abril del dos mil dieciocho. DECLARAR FUNDADA LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL , solicitada por la defensa sin oposición del Ministerio Publico, seguida en contra de Mario Teófilo Huallanca Donayre cuyos datos son los siguientes identificado con DNi N° 21400635, fecha de nacimiento 13 de diciembre de 1959, grado de instrucción primero de secundaria, hijo de Juan y Josefina, domiciliado en Pueblo joven Señor de Luren 1 Etapa, manzana G Lote 2 Ica-Ica, por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo, previsto y sancionado en el articulo 111 del Código penal en agravio de José Qquelca Huillca y Roger Aquima Pila y Fran Alamanacin Qquehue. DISPONGO los antecedentes que podía generar asi mismo de las medidas de coerción personal y real que hubieran podido generarse del presente proceso, una vez consentida que se haga la presente. (05-06-09 julio)

EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVA Y, que despacha el Juez. FLAVIO DIAS MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 03103-2017-70405-JR-PE-01, NOTIFICA a la persona de ADOLFO QUISPE VELASQUEZ en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito hurto de ganado,a fin de que tome conocimiento de la resolución tres que señala fecha de audiencia de CONTROL DE ACUSACION, para el dia VEINTITRES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS; en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. LA CITACION 1.- Al representante del Ministerio Publico bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Organo de Control del Ministerio Público. 2.- Al imputado acompañado de sus abogado de libre elección, BAJO APERCIBIMIENTO de nómbresele abogado de la defensa pública. (05-06-09 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarra, en el EXP.: 0068-2013-2-0405-JR-PE-01, SE

NOTIFICA Y EMPLAZA al procesado NICOLAS AMBROCIO SUPO TURPO (acusado) y QUINTIN ZURIMAMANI Y MIGUEL ANGEL MAMANIINCAPUÑO (agraviados), para que tome conocimiento del escrito de Aclaración al requerimiento de acusación y lo dispuesto en el acta de fecha veintiuno de mayo del dos mil dieciocho siendo un extracto lo siguiente Se REPROGRAMA la presente para el DOCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en esta sala de audiencias, debiendo de cumplir con notificar a las partes inasistentes, quedan notificado las partes asistentes, con los apercibimientos en caso de inasistencia del Ministerio Publico de dar cuenta al Organo de Control, en caso del abogado del la parte acusada Juan Pablo Puma Peralta en caso de inconcurrencia de imponerle la multa de DOS URP y de ser sustituido por el abogado de la defensa pública. Se exhorta al especialista de audio para que cumpla con la notificación mediante edicto judicial. Tal como está ordenado Regístrese y notifíquese.— (05-06-09 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 03577-2014-66-0405-JRPE-01, NOTIFICA a las personas de VENEDICTO HUILLCA CCAHUA; MAXIMA MAMANI CONZA; ELOY ÑAHUIS TURPIPA; SILVIA INES FARFAN IBARRA MUÑOZ (AGRAVIADOS); lo dispuesto en el acta de fecha cinco de junio del dos mil dieciocho, siendo un extracto lo siguiente DECLARAR FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO solicitado por el representante del Ministerio Publico, en consecuencia declara el sobreseimiento de la presente causa , seguido en contra de DAVID MAMANI CURO, identificado con DNI N° 29590060, fecha de nacimiento 14 de marzo de 1967, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Vicente y Martiria, con domicilio en Calle Ricardo palma 306 California-Paucarpata; por la presunta comisión del delito de lesiones culposas graves ilícito previsto y sancionado en el articulo 124° tercer párrafo del Codigo penal en agravio Venedicto Huillca Ccahua, Maxima Mamani Conza y Eloy Ñahuis Turquipa.Se dispone la notificación de la presente, y una vez consentida se cursen los oficios para la anulación de los antecedentes generados por la presente proceso. Dejamos a salvo a las partes agraviados que pudieran hacer para lo que fuera de ley. Regístrese y notifíquese. (05-06-09 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVA Y, que despacha el Juez. Flavio Díaz Machaca, asistido por el Especialista legal José Luis Cáceres Pizarra, en el EXP.: 07289-2015-91 -0405-JR-PE-01, NOTIFICA a los agraviados DEN1SE PEÑA FLORES; LUISA INCACUTIPA MAMAN!; ALBERTO CCORAHUA TACAYLLO; WILBER QUISPE CJURO; KAREN STEFFANY BERNEDO CHOQUE,EMETRIA PACCOSONCCO DEZA; SABINO CASAS GOMES; SABINO CASAS GOMES; ]ULIO MAXIMILIANO ARARA ALVARO; LEONARDO CEVERO YANA ANCCORI; FELIPA HUAYTA; KENY jHON SUPA JIMENEZ; ENRIQUE AUGUSTO BARRIALES VARGAS; IGNACIO VELEASQUEZ VILCA; NORMA IRENE MAMANI SANCA; LUZ MARINA CONDORI CONDORI; SALVADOR TIMOTEO DELGADO HUACAC; JUSTINA ROQUE GUTIERREZ; LISET SUNQUILLPO AMPUERO;JOSE FREDY CONDORI LLAMOCA; VICTOR TAPIA CHALLCO; ALAN YUL MEDINA RODRIGO; AMALIA VELARDE DELGADO; ELENA MAMANI YUPA; JOSE MANUEL VILLA ABRIL Y JOSE MANUEL VILLA con un extracto del acta de fecha quince de mayo del dos mil dieciocho, siendo su parte resolutiva la siguiente. RESUELVE:DECLARAR FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO solicitado por el representante del Ministerio Publico, en consecuencia declara el sobreseimiento de la presente causa , seguido en agravio de DENISE PEÑA FLORES, LUISA INCACUTIPA MAMANI, KAREN STEFFANY BERNEDO CHOQUE, EMETRI A PACCOSONCCODEZA, SABINO CASA GOMES, JULIO MAXIM1ALANO ARAPA ALVARO, LEONARDO CEVERO YANA ANCCORI, FELIPA HUAYTA, KENY JHON SUPA JIMENEZ, ENRIQUE AUGUSTO BARRIALES VARGAS, IGNACIO VELASQUEZ VILCA, NORMA IRENE MAMANI SANCA, LUZMARIA CONDORI CONDORI, SALVADOR TIMOTEO DELGADO , JUSTINA ROQUE GUTIERREZ, LISETH SUNQUILLPO AMPUERO, JOSE FREDDY CONDORI LLAMOCA, VICTOR TAPIA CHALCO, ALAN YUL MEDINA RODRIGO, AMALIA VELARDE DELGADO, ELENA MAMANI YUPA, AQUILINA ACHONALCO CCOA Y ADRIEL TAPIA CHALCO por el delito de robo agravado previsto el Art.l89-A-ldel Código Penal seguido en contra del imputado DAVID GABRIEL RODRÍGUEZ ALMEDA, con DNI 09355363 , fecha de nacimiento 18/04/1967, hijo de Vicente y Rosa, con domicilio real en Calle Berlín 279 manzana Q lote 2 Urb. Virgen del Carmen-Ate-Lima. Se dispone LA notificación de la presente y una vez consentida se cursen los oficios para la anulación de los antecedentes generados por la presente proceso. Registrese y notifiquese.

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(05-06-09 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Jueza Margarita Salas Valdivia, asistido por el Especialista Legal José Luis Cáceres Pizarra, en el EXP.: 00028-2010-42-0405-JR-PE-01, SE NOTIFICA Al imputado BERNARDO MAMANI MAMANI; a fin de que tome conocimiento la resolución SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA INSTALACION DE JUICIO ORAL para el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE HORAS; audiencia que se llevara cabo en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Caylloma-Chivay; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Publico. SE CITA 1.- Al representante fiscal bajo apercibimiento, en caso de inasistencia de remitirse copias al Órgano de Control del Ministerio Público. 2.- De los co-acusados en compañía de su abogado de libre elección BAJO APERCIBIMEINTO de nombrársele abogado de la defensa pública. Dejándose a salvo los apercibimientos dictados en el auto de citación a juicio como es a los testigos en caso de inasistencia de sr conducidos compulsivamente por la fuerza pública y en caso de inasistencia del acusado de ser declarados contumaz. SE DISPONE la notificación mediante edicto judicial Suscribe el secretario la presente en merito del articulo 122 del Codigo Procesal Civil. (05-06-09 julio) ESPECIALISTA: SALOMÉ SALINAS AGUIRRE Publicación en diario de circulación oficial de la ciudad de Lima El Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Arequipa, Pastor Cuba, cita y emplaza al procesado (Imputado) OSCAR AMADOR LINARES GUARNIZ para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3798-2017-32, por delito de FRAUDE INFORMÁTICO en agravio de la empresa DISESGRA EIRL, DILIGENCIA que se realizará el 04-092018, a las 08:30 horas, Sala 10 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA, Secretario: Salinas.- (05-06-09 julio) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMÁN – JULIACA-La Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de San Román - Juliaca del Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada CARMEN MAMANI NUÑEZ, en el proceso penal seguido en el expediente N° 1444-2018-90-2111-JRPE-03, seguido en contra de seguido en contra de WILBERT VARGAS RODRIGUEZ, comprendido por la comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión de asistencia familiar en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto y sancionado en el artículo 149° del primer párrafo del Código Penal, en agravio de Fabricio Vargas Portugal, representada por su madre Yudith Maribel Portugal Montesinos, conforme se tiene ordenado mediante en su resolución N° 01-2018, por el presente edicto, se CITA Y NOTIFICA al acusado WILBERT VARGAS RODRIGUEZ, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO señalado para el TREINTA DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, en la sala de audiencias de éste Juzgado Penal (ubicado en la Plaza Zarumilla de Juliaca - Sede Judicial de San Román), bajo apercibimiento en caso de inasistencia, de declarársele REO CONTUMAZ, disponiéndose su ubicación y captura hasta que sea habido.- Juliaca, 27 de junio de 2018. (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5027-88 (Imputado) SANTOS AQUILINO GOMEZ CASTRO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SANDRA LEA BENAVIDES ESQUIVEL, NOTIFICACION, RES. 02 QUE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA PARA EL 16-08- 2018 A LAS 12:30 EN LA SALA 01. ; Secretario: Valero .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8482-0 (Imputado) FLAVIO WILLY MENDOZA QUIO, delito Desobediencia a la autoridad, agraviado El Poder Judicial, NOTIFICACION, Res 01: Notifíquese con el requerimiento de acusación por el plazo de 10 días hábiles para los efectos del artículo 350 del CPP. ; Secretario: FUENTES .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a

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La República

los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20179884-71 (Imputado) ELVIZ EDU SUMIRE BERNAL, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROSA IRENE LUPA CONDORI, DILIGENCIA 11-07-2018, 9:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20183381-77 (Imputado) CLIDE MARTIN VILCHEZ QUICAÑA, delito OMISION ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado TANIA INGRID SILVA VALDERRAMA, DILIGENCIA 23-072018, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte.(05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20165516-20 (Imputado) ARTURO FREDY FLORES BEDREGAL , delito DESOBEDIENCIA A LA A, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 07:08:2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Sucapuca .- (05-06-09 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9135-38 (Imputado) RONY WASHINGTON TAPARA CHOQUE , delito DESOBEDIENCIA DE LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO , DILIGENCIA 02-08-2018, 10:00 A.M., Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 4637-2018-0 (MAGALLANES KATATA HIVALLANCA) , delito LESIONES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LUISA PUMA CCUNO, DILIGENCIA 24-08-2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Rodríguez .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-84820 (Imputado) FLAVIO WILLY MENDOZA QUIO, delito Desobediencia a la autoridad, agraviado Poder Judicial , DILIGENCIA 02-08-2018, 12:20 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES.- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-2908-29 (Imputado) WILBER AMADOR MENDOZA QUIO, delito Usurpación, agraviado Richard Julio Huahuala y otros, DILIGENCIA 02-08-2018, 11:30 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-21250 (Imputado) ASIS PACCO MAMANI , delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 07-08-2018, 10:40 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-16640 (Imputado) GABRIELA NURIA COAQUIRA SULLCA,

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

ELVIS RAFAEL NOVA TRUJILLO Y AL AGRAVIADO CESAR JULIÁN MÁLAGA RAMOS, delito Allanamiento de domicilio, agraviado Cesar Julián Málaga Ramos, NOTIFICACION, res 01: notifíquese con el requerimiento de acusación por el plazo de 10 días hábiles, para los efectos del artículo 350 del CPP. ; Secretario: FUENTES .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-1664-0 (Imputado) GABRIELA NURIA COAQUIRA SULLCA, ELVIS RAFAEL NOVA TRUJILLO Y AL AGRAVIADO CESAR JULIÁN MÁLAGA RAMOS, delito Allanamiento de domicilio, agraviado Cesar Julián Málaga Ramos, DILIGENCIA 07-08-2018, 09:40 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES .- (05-06-09 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5460-36 BOZA PAUCCAR JAIME, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado INCA LAGUNA ROSA YOVANA, DILIGENCIA 08-08-2018, 8:30, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- (05-06-09 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5646-20 (Imputado) MARLENE HORQQUE FARFAN, delito PATRIA POTESTAD SUSTRACCION DE MENOR, agraviado ARMANDO GUZMÁN CHINO, DILIGENCIA 20-08-2018, 11:30 HORAS, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez.(05-06-09 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1073-0 (Agraviada) ELVIRA AYNAYA YAPU , delito AGRESIONES CONTRA LA MUJER Y/O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado ELVIRA AYNAYA YAPU, NOTIFICACION, SE NOTIFICA CON LA RES. 01 - TRASLADO DE LA ACUSACIÓN EN CONTRA DE PEDRO OLVEA LOPEZ - POR EL PLAZO DE 10 DÍAS ; Secretario: Mamani .- (05-06-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3696-0 (Imputado) MERY JUDITH VILLAGARAY YARASCA, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES.01:CORRER TRASLADO ACUSACION DIRECTA CONTRA MERY JUDITH VILLAGARAY YARASCA POR INGRESO INDEBIDO EQUIPO CELULAR PREVISTO ART.368-D CODIGO PENAL AGRAVIO EL ESTADO A FIN PRESENTEN PRUEBAS. AUDIENCIA 21.08.18 A 12.00 HRS SALA N°04SEGUNDO JIPAUCARPATA ; Secretario: Díaz .- (05-06-09 julio) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2011-00005-14 SERGIO DEMETRIO CAYLLAHUA VILCA, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD, agraviado MENOR DE INICIALES E.E.C.C., DILIGENCIA 21/08/2018, 09.00, Sala 9, RES. 01 AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Villagra .- (05-06-09 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5804-05 FABIOLA ALEXANDRA TRONCOSO ANCALLA, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado FABIOLA TRONCOSO ANCALLA, DILIGENCIA 08-08-2018, 11:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Maquera .- (05-

Martes, 10 de julio del 2018

06-09 julio)

tario: Vargas .- (06-09-10 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-244-0 (Imputado)EDU QUISPE ALATA , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD-AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, agraviado LIBIA LUQUE MENDOZA, NOTIFICACION, ACTA DEL 27-06-2018 REPROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION , EL DIA 8-08-2018 A LAS 9:15 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, SITO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464- CERRO COLORADO ; Secretario: Herrera .- (05-06-09 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3846-0 (Imputado) MARIO TACURI SUCA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GIULIANA VEORNICA GOMEZ CABALLERO EN REPRESENTACION DE SUS MENORES HIJOS, DILIGENCIA 10-08-2018, 11:30, Sala 1, ; Secretario: Vargas.- (06-09-10 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4412-66 (Imputado) JESÚS GALO CHÁVEZ MONTALVO, EDWIN ALFONSO URETA HUANCAHUIRE, CINTHYA CAROLINA CARDENAS LLAMOSAS, JUAN FRANCISCO TUMI MIRANDA, ROGER YOSELIN LAZARO VIVAS, CARMEN JULIA DIAZ HERRERA, RICARDO ANTONIO FLORES CHIRINOS, HUMBERTO ABARCA CLAVIJO, PEDRO BERTHI HUASHUAYO CHAVEZ, EDWARD ALONSO ARISTA HUAMONTE, DONATO FELIX LIPA LLANQUI, JUAN MANUEL CARPIO SANCHEZ, BERLY JOSE GONZALES ARIAS, MIGUEL ANGEL MANCHEGO LLERENA, JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES, delito Peculado y otros, agraviado El Estado, DILIGENCIA 23-08-2018, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, DE OFICIO: 1) Advirtiéndose de antecedentes la lejanía de los domicilios reales y procesales en algunos casos; a efecto de no vulnerar el derecho de defensa de las partes SE DEJA SIN EFECTO la fecha señalada en audiencia de 03 de julio de 2018, en ese sentido, SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DÍA 23 DE AGOSTO DE 2018 A LAS 08:30 HORAS, en la Sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Arequipa, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público y de los abogados defensores de los acusados. LA CITACIÓN para el representante fiscal es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de remitirse copias certificadas a la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público; LA CITACIÓN para los abogados de los acusados es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de ser subrogados y llevarse a cabo la audiencia con defensor público para cuyo efecto SE DESIGNA a la Dra. Jessica Nair Luna Santa Cruz, a quien se le deberá notificar con los actuados, caso de inasistencia se comunicará al Ministerio de Justicia, apercibimientos que se harán efectivos el mismo día de la audiencia por tratarse de una AUDIENCIA INAPLAZABLE, conforme al artículo 85 del Código Procesal Penal. 2) Haciéndose efectivo el apercibimiento dictado en resolución 69 y al no haber señalado domicilio procesal en el radio urbano de la ciudad ni casilla electrónica SE DESIGNA como abogado de ROGER LAZARO VIVAS y EDWIN ALFONSO URETA HUANCAHUIRE al defensor público LUCIO TORO RIOS, quien a su vez continuara ejerciendo la defensa de DONATO FELIX LIPA YANQUI y HUMBERTO ABARCA CLAVIJO; asimismo SE DESIGNA como abogado de JUAN FRANCISCO TUMI MIRANDA al defensor público JOSE QUISPE VALVERDE, quienes deberán concurrir obligatoriamente a la audiencia, bajo apercibimiento de comunicarse al Ministerio de Justicia caso de inasistencia; pudiendo los referidos imputados asistir a la audiencia programada con defensa de su elección. 3) Tomando en consideración la lejanía de los domicilios reales, SE AUTORIZA la notificación de los imputados mediante EDICTOS. 4) Respecto al acusado PEDRO BERTHI HUASHUAYO CHAVEZ, advirtiéndose que la abogada defensora que absuelve el traslado a la acusación no señala domicilio procesal ni casilla electrónica, a efecto de no vulnerar su derecho de defensa SE LE DESIGNA como abogado al defensor público JOSE QUISPE VALVERDE. Debiendo cumplirse con notificar a los demás sujetos procesales. ; Secretario: Béjar .- (05-06-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5105-0 (Imputado) RAHL AGUSTIN ORTIZ RIVAS, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado BRENDA YAMILE ORTIZ MACEDO RPTADA POR MARIA YSABEL MACEDO CONDE, DILIGENCIA 17-08-2018, 09:00, Sala 1, ; Secre-

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-545-89 (Imputado) WASHINGTON MAMANI TAPIA, delito HURTO SIMPLE Y OTRO, agraviado VICTOR FERNANDO SALAS MENESES, DILIGENCIA 11-07-2018, 14:00, Sala 1, ; Secretario: Vargas .- (06-0910 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5697-0 (Imputado) JESUS GONZALES BRAVO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado LELIA GRIMANESA ALIAGA QUIROGA, DILIGENCIA 24-08-2018, 08:00, Sala 1, SE CORRE TRASLADO POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS DEL REQUERIMIENTO ACUSATORIO EN SU CONTRA; Secretario: Vargas .- (06-09-10 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3218-0 (Imputado) LEONARDO ANTONIO RUELAS CARPIO y AGRAVIADA ANDREINA LEONOR RUELAS ANCO, delito LESIONES LEVES, agraviado ANDREINA LEONOR RUELAS ANCO, NOTIFICACION, Res.01 por el que se corre traslado del Requerimiento de Proceso Inmediato, que podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Arequipa y además se le convoca a audiencia para el 11-07-2018 a horas 10:00 sala 01 ; Secretario: Valero .(06-09-10 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5487-79 (Imputado) EUSTAQUIO ANCALLE CCOICOSI, delito USURPACION AGRAVADA, agraviado MELITON CARI QUISPE, DILIGENCIA 27-082018, 08:00, Sala 2, ; Secretario: Vargas.- (06-09-10 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5410-0 (Imputado) HUAMAN VELASQUEZ ANDERSON JHOSSSMAR, delito HURTO E USO, agraviado SERVICIOS GENERALES SATURNO S.A. SERGESAT, DILIGENCIA 08-08-2018, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Suaquita .- (0609-10 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-2255-50 Agraviado: JORGE GERMÁN MOGROVEJO MONTOYA, delito Estafa Agravada y Otros, agraviado Jorge Germán Mogrovejo Montoya y otros, NOTIFICACION, Visto el requerimiento mixto formulado por el representante del Ministerio Público, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350 del Código Procesal Penal ; Secretario: RAMOS .- (06-09-10 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-5157-0 NOTIFICAR A.-NAVARRETE RAMOS HUGO, delito , agraviado , DILIGENCIA 02-08-2018, 12:15, Sala 2, Resolución Nro.1 Arequipa, once de junio Del dos mil dieciocho.AL PRINCIPAL.- Estando al requerimiento de Proceso inmediato, solicitado por el representante del Ministerio Público, conforme a lo previsto por el articulo cuatrocientos cuarenta y siete del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Ley 1194; y, de la revisión de los actuados se tiene que la situación jurídica del inves-

tigado es de libertad y a fin de garantizar su asistencia a la audiencia de incoación de proceso inmediato, que presupone un debido emplazamiento, tanto más que la norma adjetiva citada prevé la posibilidad de aplicación de principio de oportunidad en la diligencia a llevarse a cabo, resulta necesario contar con un plazo razonable para efectuar una debida notificación, en ese sentido SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS, la misma que, conforme a la norma adjetiva antes mencionada, es de carácter inaplazable y se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria para Delitos de Flagrancia de Cerro Colorado, sito en la calle Alfonso Ugarte Nro. 119, Urbanización La Libertad del distrito de Cerro Colorado ; Secretario: CCORAHUA .- (06-09-10 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5425-57 NOTIFICAR A.-DELGADO TALAVERA WUILBER, delito , agraviado , DILIGENCIA 31-07-2018, 12:15, , Resolución Nro.7 Arequipa, dos de julio Del dos mil dieciocho.-Al escrito 81116-2017: Estando al pedido de reexamen y variación de la medida de incautación, conforme a lo dispuesto por el inciso b) del artículo 319 del Código Procesal Penal; Y CONFORME AL ROL DE AUDIENCIAS se fija fecha para llevarse cabo la AUDIENCIA DE REEXAMEN DE INCAUTACION el día TREINTA Y UNO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS. diligencia que se llevara a cabo en la sala del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado Calle Alfonso Ugarte 119 (costado del Mercado Central del referido distrito), así mismo con la presencia obligatoria del Representante del Ministerio Público y de defensa técnica del solicitante; BAJO APERCIBIMIENTO del Representante del Ministerio Público de remitirse copias al órgano de control en caso de inasistencia y de la defensa técnica de la parte solicitante de tenerse POR NO PRESENTADA SU SOLICITUD, ADEMÁS DE IMPONER UNA MULTA DE DOS URP AL SOLICITANTE siendo que de la revisión de los autos este despacho a programado hasta en dos oportunidades audiencia de reexamen de incautación, sin embargo el solicitante no asistió a dichas audiencias pese a haber estado debidamente notificado en la casilla electrónica “34488”. ; Secretario: CCORAHUA .- (06-09-10 julio) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-883-083 HIGOR MARCO AGUILAR QUISPE, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 19-09-2018, 08:30, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Maquera .- (06-09-10 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2323-67 (Agraviado) RODRIGUEZ CANO YNES MAURA , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado RODRIGUEZ CANO YNES MAURA , DILIGENCIA 01-10-2018, 10:00, Sala 2, ; Secretario: Monge .- (06-09-10 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-564294 (Imputado) JOSE ALBERTO ZEBALLOS LUNA, delito USURPACION, agraviado Cesar Félix Aguilar Zapana, DILIGENCIA 16-08-2018, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, SE SEÑALA FECHA PARA LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN EL DÍA 16 DE AGOSTO DE 2018 A LAS 08:30 HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Cerro Colorado, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 del distrito de Cerro Colorado; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público y del abogado defensor del acusado. LA CITACIÓN para el representante fiscal es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de remitirse copias certificadas a la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público; LA CITACIÓN para el abogado del acusado es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de ser subrogado y

Martes, 10 de julio del 2018

llevarse a cabo la audiencia con defensor público para cuyo efecto SE DESIGNA a la Dra. Jessica Luna Santa Cruz. ; Secretario: Béjar .- (06-09-10 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-51450 A LOS AGRAVIADOS JUAN CARLOS HUARCA CALLATA, JUAN ALFREDO ATENCIO ATENCIO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado , DILIGENCIA 16-07-2018, 09:00 HORAS , Sala de Audiencia del Juzgado, SE SEÑALA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, LA MISMA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO UBICADO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464 DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO EN EL PROCESO SEGUIDON EN CONTRA DE RAMON NELSON ARUCANQUI Y OTROS POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO ; Secretario: Fuentes .- (06-09-10 julio) EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2739-0 (Imputado) VICTOR LUIS MEJIA MEJIA, delito COLUSION, agraviado GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, NOTIFICACION, RES N° 10: SE SEÑALA FECHA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DIA 30-07-2018, A LAS 8:30 EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INV. PREP. ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCION, SITO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464 CERRO COLORADO-AREQUIPA ; Secretario: Herrera .- (06-09-10 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-1364-33 (Imputado) FRANKLIN CONDORI IQUISE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado JHON ELI MAMANI CONDORI, DILIGENCIA 27-08-2018, 08:00, Sala 1, REALIZARSE LA AUDIENCIA; Secretario: SALAS .- (0910-11 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5001-18 Agraviadas: PATRICIA CLAUDIA CAYO ROQUE, AYDEE CUTIRE BATALLANOS Y KARLA IVONNE HUARSAYA QUISPE, delito EXPEDICION DE DOCUMENTO FALSO Y USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado Franco Antonio Velarde Córdova y Otros, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación formulado por el representante del Ministerio Público, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350 del Código Procesal Penal ; Secretario: RAMOS .- (09-10-11 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4398-52 (Imputado) KIMBERLY ANTTUANE ZERECEDA NOVOA Y NELSON LEONARDO BLANCO RAMOS, delito Falsedad ideológica y otro, agraviado EL ESTADO Y OTROS, DILIGENCIA 25-072018, 08:00, Sala 4, ; Secretario: Delgado-.(09-10-11 julio) EL CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20156203-58 FREDDY HILDEBRANDO GALLARDO ROJAS, delito EXPEDICION DE DOCUMENTO FALSO Y USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado SUNARP Y OTRO, DILIGENCIA 06 DE SETIEMBRE 2018, 12:00, Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Gaona .- (0910-11 julio) EL CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-3446-40 (Imputado): VÍCTOR GASPAR SILVA LIRA y EDUARDO FAVIO SANCHEZ ARROLLO, se le cita a audiencia de juicio oral , delito fraude informático agravado, agraviado EMPRESA CONTRATISTAS GENERALES S.A. , DILIGENCIA 10-08-2018, 08:00 A.M, Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ,

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: TORRES .- (0910-11 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3185-0 LAYDEN MENDOZA CUSI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, agraviado TIMOTEA CUSI AQUINO, NOTIFICACION, 06.04.2018 EL JUZGADO CORRIÓ TRASLADO DE LA ACUSACIÓN DIRECTA POR EL PLAZO DE 10 DÍAS HÁBILES, A EFECTO HAGAN VALER SUS DERECHOS PROGRAMANDO AUDIENCIA PARA EL DÍA 24.07.2018 A LAS 10:00 (SALA 1), DESIGNANDOLE DEFENSORA PUBLICA A LA DRA. VILCA VILCA. ; Secretario: Figueroa .- (09-10-11 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-195-1 CABRERA CALLATA DANIEL RICARDO Y CONDORI LLERENA LEOPOLDO ALFREDO, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR Y VIOLACION SEXUAL, agraviado menor de iniciales TACA, DILIGENCIA 10-07-2018, 02:00 PM, Sala 5, ACTA DEL 04-7-2018 SE EMITE RES. 11 SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA PARA EL DIEZ DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A LAS DOS DE LA TARDE (SE PRECISA QUE EL JUZGADO ESTA UBICADO EN LA CALLE ALFONSO UGARGE 119 LIBERTAD CERRO COLORADO - COSTADO DEL MERCADO DE LIBERTAD); Secretario: Valdivia .- (09-10-11 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-195-01 LEOPOLDO ALFREDO CONDORI LLERENA y DANIEL RICARDO CABRERA CALLATA, delito ACTOS CONTRA EL PUDOR Y VIOLACION SEXUAL, agraviado menor de iniciales TACA, DILIGENCIA 12-07-2018, 02:00 PM, Sala 5, A mérito de la resolución 11 del acta del 04-07-2018, se reprograma audiencia para el 12 de Julio 2018 a las 2:00pm se precisa que van a subsistir los apercibimientos de Ley ; Secretario: Valdivia .- (09-10-11 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-577-43 (Imputado) ERLY GUSTAVO MENDOZA UMIRE MEDIANTE RESOLUCIÓN 05-2018 SE DECLARA INFUNDADO LA REVOCATORIA Y SE LE APLICA EL ARTICULO 65 NUMERAL 2 DEL CODIGO PENAL ESTO ES PRORROGAR EL RÉGIMEN DE PRUEBA EN SEIS MESES ADICIONALES AL AÑO PRIMIGENIAMENTE ESTABLECIDO. SE APERCIBE AL SENTENCIADO ERLY MENDOZA UMIRE AL PAGO DE LOS DEVENGADOS HASTA EN 20 DÍAS ADICIONES., delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR DE EDAD DE INICIALES E.J.M.V., NOTIFICACION , , , 05-2018 SE CONVOCA AUDIENCIA PARA LLEVARSE A CABO EL DIA 13 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 15:00 EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL MODULO PENAL DE CAMANA ; Secretario: Mamani .- (09-10-11 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-445-6 (Imputado)JOSE LUIS CONDORI LUQUE , delito ROBO AGRAVADO, agraviado RUCE MARCELINO RAMOS COLQUE, DILIGENCIA 02-10-2018, 09.00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Chacondori .- (09-10-11 julio) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-58421 (Imputado) RIGOBERTO APAZA CALDERON, delito ROBO AGRAVADO, agraviado CINTHYA RUBÍ VARGAS LUNA, NOTIFICACION 17/08/2018, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCIÓN N° 11: SEÑALA FECHA DE PRISIÓN PREVENTIVA DE LOS IMPUTADOS RONY HENRY MOROCHARA CRUZ Y RIGOBERTO APAZA CALDERON, LA MISMA QUE SE LLEVARA A CABO EL DIA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 A LAS 08: 30 HORAS, EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO

COLORADO, UBICADA EN LA CALLE TÚPAC AMARU 464 DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (09-10-11 julio) } EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7971-28 YOLANDA BEATRIZ FLORES VILCA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado SUNARP, NOTIFICACION, SE NOTIFICA A LOS sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles para los efectos del art.350 del cpp con el req de control de acusación ; Secretario: Espinoza.- (10-1112 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9872-0 (Imputado) JORGE VICENTE QUISPE ESQUIVIAS, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LEONARDO MARISOL YUPANQUI, NOTIFICACION, RES.01:CORRER TRASLADO ACUSACION DIRECTA CONTRA JORGE VICENTE QUISPE ESQUIVIAS POR LESIONESAGRESIONES CONTRA INTEGRANTES DE GRUPO FAMILIAR EN ART.122-B PRIMER PARRAFO C.P AGRAVIO MARISOL YUPANQUI LEONARDO. RES.05: AUDIENCIA 29.10.2018 11.00HRS. ; Secretario: Díaz.- (10-11-12 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-28526 (Imputado) JORGE ANDRE FLORES CABELLO, delito Lesiones Leves, agraviado Tony Roger Viveros Amanca, NOTIFICACION, res 01: Notifíquese con el requerimiento de acusación por el plazo de 10 días hábiles para los efectos del artículo 350 del CPP: ; Secretario: FUENTES .- (10-11-12 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-28526 (Imputado) JORGE ANDRE FLORES CABELLO, delito Lesiones Leves, agraviado Tony Roger Viveros Amanca, DILIGENCIA 09-08-2018, 10:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES .- (10-11-12 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-33020 (Imputado) WALTER CRUZ QUISCA, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 10-08-2018, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones .- (10-11-12 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-442175 (sentenciado) Michael Orlando Suyo Carpio, delito Lesiones Leves, agraviado Sabino Mojonero Chalco, DILIGENCIA 08-08-2018, 10:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, el sentenciado deberá acreditar el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas; Secretario: FUENTES .- (10-11-12 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-2811-85 NOTIFICAR A.- RENZO JESUS CHANINI GARATE, delito , agraviado , DILIGENCIA 17-07-2018, 08:30, , RESOLUCIÓN Nº 062018 Arequipa, 05 de Julio del 2018 Estando a lo expuesto y solicitado por la representante del Ministerio Público y al escrito presentado con fecha 21 de junio del 2018, en donde señala su domicilio el sentenciado Renzo Jesús Channi Gárate, dirección en donde no se ha notificado para esta audiencia, corresponde REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL 17 DE JULIO DEL 2018 A LAS 08:30 a.m., en esta sala de audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado. Se dispone la notificación al sentenciado Renzo Jesús Channi Gárate en su domicilio real en Villa Continental M 5, Cayma; sin perjuicio de ello, y ante cualquier eventualidad también se dispone su notificación mediante edictos, bajo apercibimiento

en caso de inconcurrencia de llevarse a cabo con la defensa pública designado ya para el caso el letrado José Adrian Quispe Valverde a quien también se dispone su notificación con la presente resolución. La parte asistente queda notificada en este acto. ; Secretario: CCORAHUA .- (10-11-12 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-4239-0 CRISTHIAN NICOLAS FLORES GOMEZ, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado Hermenegilda Gómez Revelo, DILIGENCIA 26-07-2018, 9:00 AM, Sala 5, La Fiscalía (1FFPA 9 D) Acusa ha Cristiha Nicolás Flores Gomez por el presunto ilícito de Violencia Familiar Lesiones Leves en agravio de su señora madre, recibido por el Primer Juzgado de investigación PREPARATORIA DE CERRO COLORORADO, se señala fecha para audiencia, se nombra defensor publico al imputado y se le concede 10 días para absolver la acusación y se dispone su notificación. En Acta del 20 de Junio del año en curso, ante la inasistencia de la agraviada e imputado se reprograma audiencia se dispone nueva notificación en otro domicilio procesal, se dispone notificación vía edictos, y se reitera los apercibimientos de ley en caso de inasistencia de las partes. (se precisa que el local del Juzgado se encuentra en la Av. Alfonso Ugarte 119 Libertad Cerro Colorado) y que la audiencia tiene el carácter de inaplazable ; Secretario: Valdivia .- (10-1112 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4467-0 HEBER WILFREDO REYES GUTIERREZ, con la res. 01 que dispone correr traslado a las partes por el plazo perentorio de 10 días hábiles el requerimiento acusatorio, para los efectos del artículo 350° del código procesal penal 2004., delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Ronald Alfredo Chambi Apaza, DILIGENCIA por señalar, s/h, Sala de Audiencia del Juzgado, ninguno; Secretario: CALLO .- (10-11-12 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4100-4 ISAAC BELTRAN SARCO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 02-082018, 10:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (1011-12 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-2564-45 GUILLERMO RUBEN VALVERDE SANCHEZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Pierina Bendives Díaz, DILIGENCIA 30-07-2018, 10:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (10-11-12 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4698-0 (HENRY JESUS CHARCA YNCARROCA) , delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado MAGDALENA CARLOS REMACHI, DILIGENCIA 25-09-2017, 9:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Rodríguez.- (10-11-12 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8383-0 ELVIO AVALOS BENEGAS, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado FELICIATAS GLORIA HUAYANA BEDOYA, NOTIFICACION, CON FECHA 05.07.2018 EL ABOGADO HUGO ROGER CHAIÑA TICONA PRESENTÓ AL JUZGADO LA RENUNCIA AL PATROCINIO DEL IMPUTADO ORLANDO ELVIO AVALOS

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BENEGAS, ELLO PARA SU CONOCIMIENTO. ; Secretario: Figueroa .- (10-11-12 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8383-0 ELVIO AVALOS BENEGAS, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado FELICIATAS GLORIA HUAYANA BEDOYA, NOTIFICACION, CON FECHA 07.11.2017 EL JUZGADO CORRIO TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL A LOS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, A EFECTO DE QUE HAGAN VALER POR ESCRITO SUS DERECHOS. ; Secretario: Figueroa -.(10-11-12 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2323-67 (Agraviada) RODRIGUEZ CANO YNES MAURA , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado RODRIGUEZ CANO YNES MAURA , NOTIFICACION, EL señor Raúl Marroquín Durand, pone a conocimiento se desistió de apelación, hace un pago de 1600.00 soles solicita concluya el proceso, indicado que lo oralice en audiencia ; Secretario: Monge .- (10-11-12 julio)

QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-6206-0 se notifica a los DEMANDADOS PERCY APAZA MACHACA Y MARTINA MAMANI QUISPE DE HUACASI, LA RESOLUCION N° 05-2018 de fecha 06/07/2018, que declarar Saneado el proceso y la existencia de una relación jurídica procesal valida, la admisión de medios de prueba y la fecha para audiencia de actuación de medios probatorios, la misma que se llevara acabo en la sala de audiencia del 5to JIP de Arequipa, ubicado en la Calle 27 de Noviembre N° 209, 2DO PISO, urb. Alto Libertad, distrito de Cerro Colorado , delito CONTRABANDO - PERDIDA DE DOMINIO , agraviado ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO ESPECIALIZADO EN DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y PERDIDA DE DOMINIO, DILIGENCIA 24-07-2018, 08:30 AM, Sala de Audiencia, ; Secretario: Vilca .- (10-11-12 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6060-0 (Imputado) JAIME TOMAS CHAVEZ PAYE, delito LESIONES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ANTONY CRUZ SARAYASI, NOTIFICACION, Sala de Audiencia del Juzgado, Visto el Requerimiento de Acusación que antecede, se corre TRASLADO por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, por tanto notifíquese a las partes procesales que hayan fijado su casilla electrónica, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales y reales, para los efectos de que absuelvan el traslado conforme al artículo 350° del Código Procesal Penal.- Sin perjuicio de lo ordenado y conforme al estado de la causa: SE SEÑALA FECHA PARA LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN EL DÍA 13 DE JULIO DE 2018 A LAS 11:00 HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Cerro Colorado, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 del distrito de Cerro Colorado; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público y del abogado defensor del acusado. LA CITACIÓN para el representante fiscal es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de remitirse copias certificadas a la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público; advirtiéndose de autos que el acusado JAIME TOMAS CHAVEZ PAYE no cuenta con abogado defensor y a efecto de no vulnerar su derecho de defensa, de conformidad con el artículo 80 del Código Procesal Penal SE LE DESIGNA como defensora pública a la Dra. Jessica Luna Santa Cruz quien deberá ser notificada con los actuados correspondientes, debiendo asistir a la audiencia señalada bajo apercibimiento de comunicar al Ministerio de Justicia, de la misma manera la abogada defensora publica de Anthony Cruz Sarayasi, apercibimientos que se harán efectivos el mismo día de la audiencia, por tratarse de AUDIENCIA INAPLAZABLE; sin perjuicio de que el acusado pueda asistir a la audiencia con defensa de su elección. AL PRIMER OTROSI.- Téngase presente. SE INFORMA a las partes que en la audiencia señalada pueden instar a mecanismos alternativos de solución de conflictos. ; Secretario: Béjar .- (10-11-12 julio)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Martes, 10 de julio del 2018

CRONICAS JUDICIALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA Sala Mixta Descentralizada e Itinerante con sede en Camaná CRÓNICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE JULIO DEL AÑO 2017. COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dr. Armando Coaguila Chávez (Presidente) Dra. Maria Paola Venegas Saravia (Presidente) Dr. Alejandro Ranilla Collado Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Juval Cáceres López. LUNES 03 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Armando Coaguila Chávez (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 2042-2014-CI HG En el proceso de Interdicto, seguido por Justa Esmelita Mamani Huaracha en contra de Irene Agustina Rivera Zavala; CONFIRMAMOS la resolución N° 24, del doce de agosto del dos mil dieciséis, que declaró infundado el pedido el pedido de ampliación de inspección efectuado por la parte demandante. AUTO DE VISTA 269-2015-CI Cch En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico seguido por Guillermina Mamani Mamani en contra de Elizabeth Lizbeth Coila Apaza; DECLARAMOS: Infundado el recurso de apelación interpuesto por Nayla Clara Loayza Medrano, abogada de Guillermina Mamani Mamani. CONFIRMAMOS: La resolución numero 01 de fecha quince de marzo del dos mil diecisiete de fojas veintiséis que declaro la incompetencia del Juzgado Civil de Camaná para el conocimiento de la causa por razón de territorio en conformidad con el Articulo 14 del Código Procesal Civil, en consecuencia dispuso la remisión de los autos al Juzgado Especializado en lo Civil del Modulo Básico de Justicia de Hunter para el conocimiento de la presente demanda AUTO DE VISTA 2977-2016-FT Cch En el proceso de Abandono material, moral y maltratos, seguido por el Ministerio Público, a favor de la menor P.C.A.C.; DECLARAMOS: Fundado el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de El Pedregal. REVOCAMOS: La resolución número 01-2016 del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis en el extremo que fijó como medida de protección a favor de la menor tutelada, la colocación familiar en el hogar de Elizabeth Nataly Alata Callata, REFORMANDOLA: ORDENAMOS el internamiento preventivo de la menor en un centro de protección integral por el tiempo que dure el presente proceso, DISPONEMOS, que el juez de la causa realice los trámites de traslado de la menor de iniciales P.C.A.C, de catorce años en la brevedad del caso SENTENCIA DE VISTA 2042-2014-CI HG En el proceso de Interdicto de recobrar, seguido por Justa Esmelita Mamani Huaracha en

contra de Irene Agustina Rivera Zavala; RESOLVEMOS: CONFIRMAMOS la Sentencia N° 124-2016, del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, que declaró INFUNDADA la tacha deducida por la demandante respecto de los documento denominados “Acta de Constatación” y “Esquela de Atención N° 368-2015/PS-SGFY TP/MDM” y, declaró INFUNDADA la demanda interpuesta por Julia Estelita Mamani Huaraca en contra de Irene Agustina Rivera Zavala viuda de Mendoza, sobre interdicto de recobrar, con lo demás que contiene. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 04 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Armando Coaguila Chávez (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 1258-2016-FC Cch En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Publico, en contra de Sixto Cuba Molina; SE RESUELVE: CONFIRMAMOS: La resolución número 02-2016 de dictada en el mismo acto de audiencia en el extremo que resolvió autorizar a Sixto Cuba Molina visitar a su menor hijo Julio Cesar Cuba Narváez, externándolo y retornándolo, los días lunes, miércoles y viernes entre las cuatro a siete pasado meridiano (04:00 PM a 07:00 PM); previa comunicación y acuerdo con la madre del menor Rosa Carmen Narváez Salcedo, sin obstaculizar su desarrollo personal o escolar y en el extremo que dispuso que cumpla con acudir con una pensión alimentaria de manera mensual y adelantada de quinientos soles para el menor Julio Cesar Cuba Narváez, por el término de cuatro meses o mientras dure el presente proceso. REVOCAMOS: en el extremo que fijó como pensión de alimentos la suma de quinientos soles con 00/100 (S/. 500.00), REFORMANDOLA: disponemos que acuda al menor con una pensión alimenticia mensual y adelantada de cuatrocientos soles con 00/100 (S/. 400.00) por el término de cuatro meses o mientras dure el presente proceso, depositando en efectivo en el Banco de la Nación a nombre de la señora Rosa Carmen Narváez Salcedo, siendo que la primera cuota se hará los primeros tres días del mes de diciembre y sucesivamente. AUTO DE VISTA 24-2017-FC Cch En el proceso de Declaración de unión de hecho, seguido por Carmen Rosa Quispa Cayllahua, en contra de Nestor Rafaele Portugal; SE RESUELVE: DECLARAMOS: Fundado el recurso de apelación interpuesto por Santos Neyra Ceron, abogado de Carmen Rosa Quispe Cayllahua. DECLARAMOS: NULA la resolución número cuatro de fecha doce de julio del dos mil dieciséis, de fojas treinta y tres y treinta y cuatro, que declaró el abandono del proceso de declaración de unión de hecho seguido por Carmen Rosa Quispe Cayllahua, abogado defensor de Carmen Rosa Quispe Cayllahua contra Rafaele Por-

tugal Néstor, NULO todo lo actuado hasta resolución número dos, renovándose los actos procesales que prosiguen, con la debida notificación a las partes procesales, SE LLAMA severamente la atención a la secretaria judicial Shila Jacqueline Cordero Miranda por incumplimiento de sus funciones, exhortándola que tenga mayor cuidado en la tramitación de los procesos a su cargo. AUTO DE VISTA 147-2011-CI Cch En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Mauricio Eliseo Medrano Medrano, en contra de Espíritu Condori Benavides y otros; DECLARAMOS: DECLARAMOS: Fundado el recurso de apelación interpuesto por Nayla Clara Loayza Medrano, abogada de Mauricio Eliseo Medrano Medrano. DECLARAMOS: NULA la resolución número diecinueve de fecha primero de febrero del dos mil diecisiete que resuelve declarar el abandono del proceso sobre Acto Jurídico seguido por Mauricio Eliseo Medrano Medrano por derecho propio y en representación de Edilberto Meliton Espinoza Cárdenas, contra Espíritu Condori Benavides. ORDENAMOS: Se fije los puntos controvertidos por el juez de la causa y se continúe con el sequito del proceso; se llama la atención a al Juez del Juzgado Civil de Camaná, Magistrado Zenón Luque Céspedes y a la especialista legal Aída Betty Mamani Choquechambi quien tuvo a su cargo el presente expediente, conminándolos a tener mayor cuidado en la tramitación de los procesos a su cargo. AUTO DE VISTA 16-2017-42-FC Cch En el proceso de Reconocimiento de unión de hecho, seguido por Alicia Julia Humaña Taya, en contra de Luis Fernando Ayñayanque Humaña y otros; DECLARAMOS: Infundado el recurso de apelación interpuesto por Alicia Julia Umaña Taya. CONFIRMAMOS: La resolución número dieciséis de fecha ocho de noviembre del dos mil dieciséis, que declaró improcedente el pedido de dejar sin efecto alguno la disposición judicial de notificación con la demanda, anexo y admisorio, dispuesto por el Aquo mediante resolución número trece de fecha nueve de agosto del dos mil dieciséis. SENTENCIA DE VISTA 21-2017-FC RC En el proceso de Reconocimiento de unión de hecho, seguido por Fiorela Pérez San Jorge, en contra de Nicolas Torres Quispe; CONFIRMAMOS: la Sentencia 01-2017, de fecha siete de febrero de dos mil diecisiete, que declara fundada la demanda, reconociendo judicialmente la unión de hecho entre Fiorela Perez San Jorge y Nicolás Torres Quispe por el periodo comprendido del año dos mil siete al dos mil catorce, mes de abril; declara la existencia de una sociedad de bienes entre las personas citadas por el periodo indicado, sujeta al régimen de sociedad de gananciales en lo que fuera aplicable, dispone la liquidación de la sociedad de bienes originada por la unión de hecho, con lo demás que contiene. SENTENCIA DE VISTA 142-2016-CI Cch En el proceso no contencioso de Cambio de nombre, seguido por Yolanda Esperanza Gomero de Adriazola; DECLARAMOS: REVOCAMOS: La sentencia número 01-2017 de fecha tres

de enero del dos mil diecisiete que resolvió declarar infundada en todos sus extremos la demanda sobre cambio de nombre formulada por la actora. REFORMANDOLA: declaramos IMPROCEDENTE la demanda de cambio de nombre presentada por Yolanda Esperanza Gamero de Adriazola. SENTENCIA DE VISTA 517-2013-0 Cch En el proceso contencioso administrativo, seguido por Jacqueline Kevin Vita Huarca en contra de la Municipalidad Distrital de Majes; CONFIRMAMOS: La sentencia número 180-2015 que declaró fundada la demanda presentada por Jacqueline Kevin Vita Huarca, contra la Municipalidad Distrital de Majes, sobre nulidad de resolución administrativa, en consecuencia, declaró nulas las siguientes resoluciones: la Resolución SubGerencial Municipal número 033-2013-SGDU-MDM de fecha ocho de marzo del dos mil trece y la Resolución de Gerencia Municipal número 148-2013-GM/ MDM, de fecha veintisiete de mayo del dos mil trece, sin costos y costas. AUTO DE TRÁMITE 114-2012-CI RC En el proceso de desalojo, seguido por Maria Dorotea Apaza de Nina, en contra de Percy Salomón Mamani Apaza; SE RESUELVE: 1) Declarar FUNDADO, la solicitud de corrección de la Resolución Nro. 46 (AT. 268), en su considerando tercero que establecía “(…) que María Dorotea Apaza de Nina y su esposo han perdido la titularidad de los derechos que tenían sobre la Parcela 03 ubicado en el Asentamiento Humano Nro. 05, Sección D, de la primera Etapa del Proyecto Majes, (…)”, siendo lo correcto “(…) que María Dorotea Apaza de Nina y su esposo han perdido la titularidad de los derechos que tenían sobre la Parcela 103 ubicado en el Asentamiento Humano Nro. 05, Sección D, de la primera Etapa del Proyecto Majes, (…)”; 2) INFUNDADO, la solicitud de integración de Resolución, presentados por Percy Salomón Mamani Apaza; exhortándole al recurrente, que evite la presentación de escritos dilatorios, a efecto se cumpla con devolver el Expediente al Juzgado de Origen NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator JUEVES 06 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 27-2017-83-FC RC En el proceso de Tenencia, seguido por Carmen Rosa Roca Fernández en contra de Adolfo Vasquez Quispe; DECLARAMOS: NULA, la Resolución 01, de fecha nueve de marzo de dos mil diecisiete, que declara improcedente la solicitud de medida temporal sobre el fondo, en forma de tenencia provisional de menores, solicitada por Carmen Rosa Roca Fernández. DFISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento en resolución debidamente motivada.

AUTO DE VISTA 52-2010-38-CI HG En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Anibal Lorenzo Falcon Salas, en contra de la Municipalidad Distrital de Ocoña; CONFIRMAMOS: La Resolución sin número (fojas treinta y cuatro) de fecha cuatro de abril del dos mil diecisiete, que resolvió declarar improcedente el pedido de medida cautelar de embargo en forma de retención presentado por Anibal Lorenzo Falcón Salas; y dispone el archivo de la solicitud. AUTO DE VISTA 17-2016-CI RC En el proceso de Ejecución de garantías, seguido por Marcos Antonio Carpio Samalvides, en contra de Fernando Condori Huallpa y otra; CONFIRMAMOS: las Resoluciones 03-2016 que declara improcedente la nulidad procesal deducida por ejecutado Fernando Condori Huallpa; asimismo se confirma la Resolución 04-2016, en el extremo que declara inadmisible por extemporánea la contradicción formulada por el ejecutado Fernando Condori Huallpa AUTO DE VISTA 17-2016-CI RC En el proceso de Ejecución de garantías, seguido por Marcos Antonio Carpio Samalvides, en contra de Fernando Condori Huallpa y otra; CONFIRMAMOS: la Resolución 08-2016, de fecha primero de diciembre de dos mil dieciséis, que ordena el remate del bien inmueble dado en garantía, ubicado en el Lote Tres, Manzana L, Zona A, Pueblo Joven Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, Distrito Samuel Pastor La Pampa, Camaná, Arequipa, inscrito en la Ficha 050916, ahora Partida Registral 01095418, con lo demás que contiene. AUTO DE VISTA 70-2015-85-FC RC En el proceso de Divorcio por causal, seguido por Erick Alexander Portilla Prado, en Contra de Flor del Carpio Rabanal; CONFIRMAMOS: la Resolución 02-2017, de fecha uno de marzo de dos mil diecisiete, que declara improcedente la medida cautelar de ejecución anticipada en la modalidad de suspensión alimentaria a favor de la cónyuge Flor Rocío del Carpio Rabanal y su menor hijo Fabián Portillo del Carpio. SENTENCIA DE VISTA 54-2014-LA HG En el proceso de Pago de beneficios sociales, seguido por Anibal Castillo López, en contra de Corpus Feliciano Villa Quispe; DECLARAMOS NULA la Sentencia N° 13-2017 del treinta y uno de dos mil diecisiete que (fojas ciento diecisiete), que declaró fundada en parte la demanda sobre pago de beneficios económicos e indemnización por daños y perjuicios: daño moral y personal e indemnización por despido arbitrario interpuesta por Anibal Castillo López, en contra de Corpus Feliciano Villa Quispe y ordenó que la demandada cumpla con pagar la suma total de cuarenta y seis mil seiscientos veinte con 95/100 soles a favor del demandante por concepto de compensación por tiempo de servicios, gratificaciones y vacaciones, mas intereses legales así como daño moral y daño a la persona, e INFUNDADA por los montos peticionados. Improcedente la demanda por indemnización por despido arbitrario. Con Costas y costos del proceso a cargo de la parte demandada. DISPONEMOS se emita nueva

Martes, 10 de julio del 2018

sentencia teniendo en cuenta los considerandos expuestos en la presente resolución y previa emisión del pronunciamiento respecto al pedido de nulidad de actuados presentado por el demandado SENTENCIA DE VISTA 375-2015-CI HG En el proceso de Obligación de dar suma de dinero, seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica SA, en contra de Zoila Lizet Vera Eguiluz y otro; RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 71-2016 (fojas doscientos treinta y nueve), de fecha diecinueve de mayo del dos mil dieciséis, que declaró fundada la demanda interpuesta por Cesar Elias Moscoso Rojas en contra de la Municipalidad de Majes sobre nulidad de resoluciones administrativas; en consecuencia declaró nula la Resolución de Alcaldía N° 187-2013-MDM del treinta de setiembre del dos mil trece y nula la resolución de alcaldía N° 52-2013-MDM del uno de abril del dos mil trece. Sin costas ni costos. SENTENCIA DE VISTA 33-2015-FC RC En el proceso de Contravenciones, seguido por el Ministerio Público, en contra de Hermogenes Adriel Ayma Corahua; CONFIRMAMOS: la Sentencia 47-2016, de fecha trece de setiembre de dos mil dieciséis, que declara fundada la demanda de contravención a los derechos de menor, interpuesta por el Ministerio Publico, dirigida a Hermógenes Adriel Ayma Corahua en agravio del menor Rendy Jadiel del Carpio Bolívar. Impone al demandado la sanción de dos unidades de referencia procesal equivalente a setecientos noventa soles; con lo demás que contiene. AUTO FINAL 47-2015-LA RC En el proceso de Nulidad de resolución administrativa, seguido por Maria Yolanda Abarca Mogrovejo, en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa; RESOLVEMOS: 1.- DECLARAR NULO EL CONCESORIO de apelación contenido en la Resolución Nro. 011, de fecha diecinueve de abril del año dos mil diecisiete de folios ciento treintidos, por la cual se resuelve: “CONCEDER CON EFECTO SUSPENSIVO el recurso de apelación que interpone Andrés A. Esquivias M. Abogado de María Yolanda Abarca Mogrovejo, en contra de la sentencia de primera instancia número 12-2017. 2.- DISPONEMOS la devolución del expediente a su Juzgado de origen, a efecto que proceda conforme a lo dispuesto en la ley procesal civil, bajo responsabilidad funcional. 3.EXHORTAR al Juez como al Secretario Judicial a cargo de la causa observen los dispositivos procesales aplicables. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán, ello en virtud a la Resolución Administrativa de Presidencia 686-2017-PRES/CSJAR. AUTO FINAL 313-2015-7-CI VS En el proceso de Declaración judicial, seguido por Juan Martín Valle Castro, en contra de la Municipalidad Distrital de Mariscal Cáceres San José; RESOLVEMOS: 1) DECLARAR FUNDADO el recurso de queja interpuesta por la Municipalidad Distrital de Mariscal Cáceres en contra de la resolución número catorce guión dos mil diecisiete de fecha cinco de junio del dos mil diecisiete. 2) CONCEDER el recurso de apelación con efecto suspensivo en contra de la Sentencia número 42-2017 de fecha veintiocho de febrero del dos mil dieciséis, debiendo cumplirse con elevar el expediente; remítase copia de la presente resolución al juzgado a la brevedad, sin perjuicio de la notificación a las partes de haberse apersonado en el presente cuaderno. Suscriben la presente los Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 80-2013-FC VS En el proceso de Divorcio por causal, seguido por Henry Maximiliano Carnero Caviedes, en contra de Yolanda Maribel Cabello Portocarrero; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día PRIMERO DE

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia AUTO DE TRÁMITE 76-2017-CI HG En el proceso de amparo, seguido por Marcelo Alberto Cordova Monroy, en contra del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: a) CONCEDER el recurso de agravio constitucional interpuesto por Marcelo Córdova Monroy contra el Auto de Vista número ciento cuarentiocho guión dos mil diecisiete del veintisiete de junio del dos mil diecisiete, que obran de folios doscientos cincuenta a doscientos cincuenta y cinco. b) DISPONEMOS se eleven los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención, bajo responsabilidad de Secretaría de Sala, debiendo tener presente lo indicado en el primer considerando. Actuando el Colegiado conformado con los Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de Resolución de Presidencia 686-2017-PRES/CSJA AUTO DE TRÁMITE 23-2016-LA RC En el proceso de Reposición, seguido por Eudez Galo Rojas Quispe, en contra de Century Mining Perú SAC; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día UNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, teniendo presente la casilla electrónica señalada por la demandada a fojas ciento ocho. Actuando el colegiado integrado por los Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 16-2015-CI VS En el proceso de Indemnización, seguido por Alberto Zacarias Copa Terrazas, en contra de Municipalidad de Uñon; SE RESUELVE: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día UNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación

de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito número 1224-2017: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal y casilla electrónica del abogado del demandado, debiendo tenerse presente también la casilla electrónica señalada por el demandante a fojas trescientos treinta. Actuando el colegiado integrado por los Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 30-2017-FC HG En el proceso de Violencia Familiar, seguido en contra Luis Fernando Chirinos Lopez, en agravio de Hilda Prado Quispe; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 207-2016-FC RC En el proceso de Impugnación de paternidad, seguido por Miguel Genaro Medina Pinto, en contra de Edith Maribel Linares Góngora; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día PRIMERO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al OTROSI del escrito N° 239-2017: Téngase presente. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 44-2017-CI VS En el proceso de Prescripción adquisitiva, seguido por Miguel Martínez Fernández, en contra de Bernardo Carlos Dioguardi Morales y otros; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA

CAUSA para el día UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa; debiendo tenerse cuidado por Secretaría al momento de notificar al Ministerio Público con la resolución de vista. Al segundo otrosi del escrito 974-2017: Conforme a lo solicitado y al estado del proceso; Concédase el uso de la palabra por el espacio de cinco minutos a favor del abogado del demandante Miguel Martínez Fernández, debiendo adecuar su intervención al lapso concedido. Actuando el Colegiado integrado por los Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia AUTO DE TRÁMITE 70-2017-CI HG En el proceso de Prescripción adquisitiva, seguido por Cesar Dario Uyen Gordillo y otra, en contra de Bernardo Carlos Dioguardi Morales; SE RESUELVE: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa; debiendo tenerse cuidado por Secretaría al momento de notificar al Ministerio Público con la resolución de vista. DE OFICIO: Se deja subsistente la autorización de informe oral a favor del abogado del demandante César Uyen Gordillo en la fecha de la vista de la causa señalada en la presente, la que fue concedida mediante resolución 39, debiendo adecuar su intervención al lapso concedido. Actuando el Colegiado integrado por los Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 112-2017-CI RC En el proceso de Reconocimiento de resolución judicial dictada en el extranjero, seguido por Jaime Rosalino Prado Lira, en contra de Marcia Milagros Medina Velarde; SE RESUELVE: INADMISIBLE la demanda de reconocimiento de resolución judicial expedida en el extranjero, presentada por Jaime Rosalino Prado Lira como apoderado de Miguel Murias Freire, debiendo subsanar las omisiones anotadas en el plazo del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de ser rechazado en caso de incumplimiento y ordenarse el archivo del expediente. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán

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Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator VIERNES 07 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 91-2017-CI RC En el proceso de Desalojo, seguido por Jose Andrés Peña Gonzáles y otra, en contra de Oscar Teofilo Urquizo Mogrovejo y otros; RESOLVIERON: APROBAR la consulta de la N° 02, de fojas ciento veintiuno, de fecha doce de abril del dos mil diecisiete, por la cual el Juez del Juzgado Mixto de Condesuyos-Chuquibamba, resuelve remitir vía consulta los autos a la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná dado que rechaza la abstención por decoro del Juez del Juzgado Mixto de Cotahuasi; DISPUSIERON se remita los autos al Juzgado Mixto de Cotahuasi, para que continúe con el trámite del presente proceso, con conocimiento del Juez del Juzgado Mixto de Condesuyos Chuquibamba. SENTENCIA DE VISTA 255-2015-CI HG En el proceso de División y partición, seguido por Rosario Sanchez Baiocchi, en contra de Ruth Carcomo Granda y otros; CONFIRMAMOS en parte la Sentencia sin numero guión dos mil catorce, del veinticuatro de marzo del dos mil catorce, de fojas cuatrocientos treinta y cinco a cuatrocientos cuarenta y dos, que declaró fundada en parte la demanda sobre división y partición interpuesta por Rosario Mercedes Sánchez Baiocchi en contra de Ruth Cárcamo Granda y otras, en consecuencia ordenó la liquidación del condominio existente en los bienes inscritos en las partidas registrales N° 04003557,04004589 y04004595, los que deberán ser partidos según lo expuesto en la parte considerativa de la Sentencia, adjudica a favor de Ruth Cárcamo Granda, Vicky Imelda Espinoza Cárcamo y María Elizabeth Espinoza Cárcamo la proporción del 25% para cada uno, y para Rosario Mercedes Baiocchi la proporción equivalente al sesenta y seis por ciento y para Angela Cristina Espinoza Hermoza la proporción equivalente al treinta y tres por ciento (33.33%), ello en su calidad de herederas universales del causante Luis Miguel Espinoza Cárcamo, debiendo de nombrarse peritos para realizar un informe pericial en ejecución de sentencia. IMPROCEDENTE la pretensión de división y partición respecto a los bienes precisados en el considerando siete (bienes inscritos en las partidas PO6203348 y PO6203349). REVOCAMOS la referida sentencia en el extremo que considera dentro de los bienes a dividir la casa habitación ubicada en la playa Tanaka y la casa habitación ubicada en la calle Nicolás de Piérola en Yauca. REFORMÁNDOLA declaramos IMPROCEDENTE la pretensión de división y partición respecto a los bienes denominados la casa habitación ubicada en la playa Tanaka y la casa habitación ubicada en la calle Nicolás de Piérola en Yauca. AUTO DE TRÁMITE 55-2014-LA VS En el proceso sobre Derechos laborales, seguido por Francisco Quispe Ccopa, en contra de Municipalidad Provincial de Camaná; RESOLVEMOS: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes

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orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 05 DECRETOS _____________________ _________________________ Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 10 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRÁMITE 180-2005-PE HG En el proceso penal de Violación de la libertad sexual, seguido por Edwin Qquehue Caceres, en agravio de Y.G.C; RESOLVEMOS: RESOLVEMOS: 1. DISPONER EL INTERNAMIENTO del procesado Edwin Qquehue Cáceres, en orden del mandato de detención dictado en autos, en el Establecimiento Penal de Pucchún de Camaná, con cuyo fin se cursarán las comunicaciones respectivas. 2. PROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL del citado procesado Edwin Qquehue Cáceres para el día diecinueve de julio de dos mil diecisiete a las diez horas en el salón de audiencias del Establecimiento Penal de Pucchún de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha, debiendo ser puesto a disposición de las autoridades judiciales con media hora de anticipación, para lo cual se cursarán las comunicaciones respectivas. 3. NOTIFICAR a los demás sujetos procesales, lo cual comprende notificar a la agraviada para el inicio del juicio oral. 4. DISPONER LA NOTIFICACIÓN PERSONAL del acusado con el auto apertorio de instrucción de fojas dieciocho, la acusación de fojas ciento dos, con el auto de enjuiciamiento de fojas ciento cinco, con el dictamen de fojas ciento noventicuatro, resolución de fojas ciento noventicinco y con la presente resolución, debiendo levantarse las órdenes de captura dispuestas en su contra. 5. TENER POR DESIGNADO COMO DEFENSOR del acusado al abogado Julio Rivera Llerena, el cual ha sido designado mediante escrito presentado por el propio acusado, a quién se le pondrá en su conocimiento el encargo en su casilla electrónica indicada. 6. DISPONER CUMPLIR POR SECRETARÍA DE SALA con las actuaciones necesarias para la ejecución de las diligencias ordenadas en el auto de enjuiciamiento, lo que implica los medios de prueba requeridos, y llevar adelante la etapa de juzgamiento, lo que implica la notificación con la presente a la parte agraviada. Al escrito 1560-2017: Por apersonado al acusado, por señalado su domicilio procesal y casilla electrónica, y por designado a su abogado defensor. AUTO DE TRÁMITE 3-2017-LA RC En el proceso sobre Cese de actos de hostilidad del empleador, seguido por Jose Carlos Condori Condori, en contra de Century Mining Perú SAC; RESOLVEMOS: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación

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de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 07 DECRETOS _________________________ Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 11 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 201-2016-CI RC En el proceso de Mejor derecho de propiedad, seguido por Angel Roman Villena Zúñiga en contra de Oscar Efraín Francisco Justo Pacheco y otra; DECLARAMOS: NULA, Resolución 04, de fecha veintiséis de julio de dos mil dieciséis, de fojas treinta y ocho, que declara el abandono del proceso y dispone el impedimento del demandante a iniciar otro proceso con la misma pretensión durante un año; dando por concluido el proceso sin afectarse la pretensión; en consecuencia, DISPONEMOS, continúe el trámite de la causa, estando pendiente el pronunciamiento respecto a los escritos de contestación de demanda. En los seguidos por la apoderada de Angel Román Villena Zúñiga, dirigida a Oscar Efraín Francisco Justo Pacheco y Angela Concepción Patiño Gamero, sobre mejor derecho de propiedad. SENTENCIA DE VISTA 3-2015-CI CCH En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Rosa Soto Gutiérrez y otra, en contra de Carlos Soto Coaguila y otra; RESOLVEMOS: 1) DECLARARON NULA la Sentencia apelada N° 89-2016, de fecha veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis. ORDENARON: se emita pronunciamiento respecto al pedido de subrogación del perito José Antonio Lope Castañeda; DECLARARON NULA la Resolución N° 111 de fecha doce de mayo del dos mil catorce. DISPUSIERON que el Juez a cargo del proceso, realice los actos procesales necesarios a la brevedad a fin de emitir sentencia en el menor plazo posible. 2) DEVUELVASE los autos al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA 559-2014-FC CCH En el proceso de Violencia familiar seguido por el Ministerio Público, en contra de Fredy Jesús Medina Campos y otra; DECLARAMOS: 1. INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Fredy Medina Campos. 2. CONFIRMAR la sentencia de fecha seis de enero de dos mil diecisiete, obrante de fojas doscientos cincuenta y ocho, el cual resuelve declarar fundada la demanda Fredy Jesús Medina Campos, en la modalidad de maltrato físico y psicológico, en agravio de Margarita Yoni Medina Campos y Margarita Yoni Medina Campos, en la modalidad de maltrato físico y psicológico, en agravio de Fredy Jesús Medina Campos y declara FUNDADA la demanda interpuesto por el Ministerio Público a Fredy Jesús Medina Campos, en la modalidad de maltrato psicológico, en agravio de Nicolás Medina Fernández

AUTO DE TRAMITE 101-2013-LA VS En el proceso contencioso administrativo, seguido por Jaime Teodoro Gutiérrez Bedoya, en contra de Gerencia Regional de Educación; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día PRIMERO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al OTROSI del escrito N° 296-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRAMITE 377-2007-CI HG En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Juan Martín Jiménez Narrea, en contra de Víctor Medina Choque y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al Escrito N° 12102017 presentado por Juan Martin Jiménez Narrea, apoderado de Víctor Adalberto Medina Jiménez y otra: Téngase por absuelto el traslado del escrito de apelación en los términos expuestos. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRAMITE 199-2011-CI RC En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Juan Martín Jiménez Narrea, en contra de Víctor Medina Choque y otros; RESOLVEMOS: DECLARAR: 1) INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios efectuados por la parte demandante Néstor Laura Ávalos, en su

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escrito de apelación y ofrecimiento de medios probatorios 11685-2016, que obra a fojas 2107, al no ser presentados en la forma que prevé la norma; 2) IMPROCEDENTE el ofrecimiento de medio probatorios efectuados por la parte demandante Néstor Laura Ávalos, en sus escritos de ampliación de apelación y ofrecimiento de medios probatorios 11868-2016 y 12149-2016, que obran a fojas 2223 y 2243 respectivamente, al no ser presentados en la forma y plazo que dispone la Ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Maria Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de presidencia. AUTO DE TRAMITE 199-2011-CI VS En el proceso de Impugnación de despido, seguido por Edgar Eduardo Chura mamani, en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla; RESOLVEMOS: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de laVista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MIÉRCOLES 12 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 141-2009-CI HG En el proceso de Interdicto, seguido por Carlos Javier Chirinos Chávez en contra de Josefina Estremadoyro Estremadoyro; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de lavista de la causa. Al segundo otrosi del escrito que antecede: Conforme a su estado; se autoriza el uso de

la palabra en la vista de la causa al abogado de la parte demandante por el lapso de cinco minutos, debiendo adecuar su intervención al tiempo concedido. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia AUTO DE TRAMITE 248-2015-96-CI RC En el proceso de Desalojo, seguido por Antonio Manuel Gutierrez Riega; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día PRIMERO DE AGOSTO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo el señor abogados que desee informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 09 DECRETOS JUEVES 13 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Marco Herrera Guzmán y Juval Cáceres López. AUTO DE TRÁMITE 152-2010-PE VS En el proceso penal por el delito de Colusión y peculado seguido contra Victor Huarca Usca y otros en agravio de El Estado; DECLARAMOS: 1) SEÑALAR llevar adelante la realización del nuevo Juicio Oral contra los procesados Víctor Fernando Huarca Usca, Percy Faustino Vizcarra Guillén, Berly Luis Silva Reaño, Juan Benjamín Gonzales Cardeña, Manuel Francisco Quispe Quispe, Santos Darwin Quenta Paredes, Renzo Manuel Quispe Parizaca, Luis Javier Yepes Piguaycho y José Antonio Zúñiga Flores para el día ONCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS, en la sala número 7 del edificio del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia con sede en la ciudad de Arequipa, la cual se llevará a cabo ante los Jueces Superiores habilitados que integren la Sala Mixta en dicha oportunidad y el magistrado llamado por ley de la Sala de Apelaciones de turno, que en este caso corresponde al señor Juez Superior Orlando Abril Paredes como integrante de la Primera Sala de Apelaciones de Arequipa. 2) DISPONER se notifique a los acusados para que se presente a la audiencia señalada; BAJO APERCIBIMIENTO de variarles el mandato de Comparecencia con restricciones por la de Detención Preventiva y ser declarados reo contumaz para los procesados que tienen comparecencia con restricciones y ser declarado reo contumaz para quién tiene mandato de comparecencia simple, ordenando su búsqueda y captura a nivel nacional, además de disponerse la suspensión de los plazos de prescripción de la acción penal; de ser el caso, sin perjuicio de efectuarse además los edictos de Ley en el Diario Judicial de la localidad para su citación a juicio. De igual manera, se deberá notificarse al Procurador Público a cargo de la los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República conforme a ley, requiriéndole a que señale domicilio procesal en el radio urbano de la provincia de conformidad a la Resolución

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Administrativa N° 034-2010-CEJD/CSJA, así como la respectiva casilla electrónica; se precisa que las reglas de conducta a cumplir por los acusados en esta etapa de juzgamiento son: a) no variar de domicilio real indicado en el expediente, sin antes dar aviso a la autoridad judicial de la Sala mediante documento firmado por los acusados o en forma oral en audiencia, y b) cumplir con asistir a todas las audiencias y llamados del Colegiado en esta etapa de juzgamiento, caso contrario de aplicará el apercibimiento expuesto precedentemente. 3) NOMBRAR como defensa de los acusados a los abogados de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia de la provincia de Camaná, a quiénes se le notificará con el encargo. 4) ORDENAR que Secretaría de Sala realice los diligenciamientos necesarios para asegurar una efectiva notificación de los acusados en sus domicilios reales, procesales y casillas electrónicas que corren en autos con la Acusación Fiscal de fojas tres mil novecientos, el auto de enjuiciamiento de fojas tres mil novecientos cuarentitres, lo que implica la notificación del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República; así como la obtención de todos los medios probatorios ordenados en el auto de enjuiciamiento. De igual forma, al encontrarse en condición de reo ausente el procesado Santos Darwin Quenta Paredes, cumpla Secretaría de Sala con girar requisitorias periódicas en contra del mismo hasta lograr su comparecencia a juicio; sin perjuicio que sea notificado en la dirección que obra en la información de su ficha RENIEC para fines de la audiencia. 5) REQUERIR a las partes procesales para que señalen casilla electrónica para las notificaciones que correspondan conforme a las disposiciones legales vigentes ( TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial), bajo apercibimiento de imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 6) MANDAR que Secretaría solicite: - Las hojas penales y los cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos de ser el caso. - Los certificados actualizados de antecedentes penales y judiciales de los acusados. - El informe del estado de las causas, que en su caso puedan registrar. Informe de la Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos de los inculpados al Establecimiento Penal de Socabaya y Pucchún, el Juzgado o Sala Penal que lo ordenó, número de instrucción, el delito y motivo; así como realice las demás diligencias de ley; bajo responsabilidad.DE OFICIO: Al no haber sido impugnada el extremo de la sentencia que declara fundada la excepción de prescripción propuesta por Rodolfo Aquepucho Hacha por el delito de Peculado y ordena el archivo de la causa con la cancelación de los antecedentes y por ende no haber merecido pronunciamiento por la Corte Suprema como se aprecia de la Ejecutoria; corresponde anular los antecedentes al procesado Rodolfo Aquepucho Hacha por el extremo referido y conforme obra en la sentencia número 112015, para lo cual Secretaría de Sala cursará los oficios y despacho correspondiente. Suscriben la presente resolución los señores Jueces Superiores habilitados de la Sala Mixta de Camaná María Venegas Saravia y Marco Herrera Guzmán, de conformidad al artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial ante el impedimento del señor Alejandro Ranilla Collado. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 08 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator VIERNES 14 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Marco Herrera Guzmán y Juval Cáceres López. AUTO DE VISTA

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182-2001-CI HG En el proceso de Liquidación de sociedad de gananciales de unión de hecho, seguido por Angela Laura Mogrovejo Marroquin, en contra de Leonidas Mogrovejo Medina; RESOLVEMOS: 1.- DECLARAR NULO TODO LO ACTUADO en esta instancia de grado, debiendo devolverse los actuados al Juzgado de origen, a fin de que procedan a dar el trámite que corresponda respecto a la sucesora Erika Paola Mogrovejo López, y una vez cumplido se eleve los autos a esta instancia. 2.- DEJANDO SIN EFECTO provisionalmente los concesorios de apelación de fojas mil veintisiete y mil veintiocho, a fin de que reasuma competencia el Juzgado de origen y pueda cumplir lo ordenado por este colegiado y efectuado ello, continúe el trámite correspondiente. 3.- CUMPLA Secretaría de Sala con notificar la presente en el DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, hecho lo cual DEVUÉLVASE los actuados a su Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA 77-2017-CI RC En el proceso de Nulidad de cosa juzgada fraudulenta, seguido por Pedro Falcón Benites en contra de Sucesión de Don Clemente Gutiérrez Benavides y otro; CONFIRMAMOS: la Sentencia Número 008-2017, de fecha diecisiete de enero de dos mil diecisiete, que declara infundada la demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta, con lo demás que contiene, interpuesta por Pedro Sósimo Falcón Benites, dirigida a la sucesión de Clemente Gutiérrez Benavides y Jorge Luis Pinto Flores. SENTENCIA DE VISTA 884-2013-CI CCH En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Municipalidad Distrital de Majes en contra de Eleodoro Anco Pachao; RESOLVEMOS: 1. DECLARAR NULA la Sentencia N° 83-2016, de fecha treinta de junio del dos mil dieciséis, de fojas ciento setenta y ocho a ciento ochenta y siete, que declara improcedente la demanda interpuesta por la Municipalidad Distrital de Majes representada por su Procurador Público sobre Nulidad de Acto Jurídico y Restitución de Posesión, en contra de Eleodoro Anco Pachao; sin costas ni costos. 2. DISPONEMOS que el A quo emita nueva Resolución a la brevedad posible, teniendo en cuenta las consideraciones de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA 1162-2014-CI HG En el proceso de acción de amparo, seguido por Reyna Maria Yapo Larico en contra de Eloy Zamalloa Campero y otros; CONFIRMAMOS la Sentencia N° 112-2016, del dos de setiembre del dos mil dieciséis, que declaró improcedente la demanda presentada por Reyna María Yapo Larico contra los magistrados Eloy Zamalloa Campero, María Isabel Gonzales Núñez y Alejandro Ranilla Collado, Wilbert Calle Olivera, y Pompeyo Marcial Yapo Quispe Alcalde de la Municipalidad de Huambo. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 17 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 100-2005-PE HG En el proceso penal por el delito de Violación de la libertad sexual, seguido contra Richard Nelson Cajamarca Falcon en agravio de F.B.G.C; DECLARAMOS: 1. DISPONER EL INTERNAMIENTO del procesado RICHARD NELSON CAJAMARCA FALCON, en orden del mandato de detención dictado en autos, en el Establecimiento Penal de Pucchún de Camaná, con cuyo fin se cursarán las comunicaciones respectivas. 2. PROGRAMAR EL INICIO

DEL JUICIO ORAL del citado procesado RICHARD NELSON CAJAMARCA FALCON para el día veintiseis de julio de dos mil diecisiete a las once horas con treinta minutos en el salón de audiencias del Establecimiento Penal de Pucchún de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha, debiendo ser puesto a disposición de las autoridades judiciales con media hora de anticipación, para lo cual se cursarán las comunicaciones respectivas. 3. NOTIFICAR a los demás sujetos procesales, lo cual comprende notificar a la agraviada para que tome conociemiento del inicio del juicio oral en los domicilios que obran en autos y en su ficha RENIEC. 4. DISPONER LA NOTIFICACIÓN PERSONAL del acusado con el auto apertorio de instrucción de fojas veintisiete, la acusación de fojas ciento cuarentiseis, con el auto de enjuiciamiento de fojas ciento cuarentinueve, con el dictamen de fojas doscientos noventisiete, resolución de fojas doscientos noventiseis y con la presente resolución, debiendo levantarse las órdenes de captura dispuestas en su contra. 5. TENER POR DESIGNADO COMO DEFENSOR del acusado al abogado Justo Maldonado Lima, el cual ha sido designado mediante escrito presentado por el propio acusado, a quién se le pondrá en su conocimiento el encargo en su casilla electrónica indicada. 6. DISPONER CUMPLIR POR SECRETARÍA DE SALA con las actuaciones necesarias para la ejecución de las diligencias ordenadas en el auto de enjuiciamiento, lo que implica los medios de prueba requeridos para llevar adelante la etapa de juzgamiento, lo que implica la notificación con la presente a la parte agraviada. Al escrito 1655-2017: Por apersonado al acusado, por señalado su domicilio procesal y casilla electrónica; expídase las copias simples de las piezas del expediente, bajo costo del recurrente; debiendo sujetarse a lo dispuesto en la fecha en cuanto al inicio del juicio oral AUTO DE TRAMITE 117-2017-CI HG En el proceso de Indemnización, seguido por Leonor Teresa Urquizo Cruz en contra de Mariano Concepción Urquizo Perez; DECLARAMOS: DECLARAR: 1) INADMISIBLE el ofrecimiento de medios probatorios efectuados por la parte demandada, en su escrito de apelación y ofrecimiento de medios probatorios 2017-00125, que obra a fojas 141, al no ser presentados en la etapa correspondiente y carecer de relevancia para el presente proceso. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Maria Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de presidencia. AUTO DE TRÁMITE 117-2017-CI HG En el proceso de Indemnización, seguido por Leonor Teresa Urquizo Cruz en contra de Mariano Concepción Urquizo Perez; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al Escrito N° 1258-2017 presentado por Hilda María Pinto Bueno, abogada de Mariano Urquizo Pérez: Téngase por señalado su domicilio procesal y domicilio electrónico (casilla electrónica), lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a Ley. Actuando el Colegiado con-

formado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 18 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 382-2017-72-FC RC En el proceso de Violencia familiar, seguido por el Ministerio Público en contra de Manuel Agustin Ochoa Machado; RESOLVEMOS: CONFIRMAMOS: la Resolución 03-2017, de fecha once de abril de dos mil diecisiete, que resuelve: 1) Dictar como medidas de protección: a) Se prohíbe a Manuel Agustín Ochoa Machado todo tipo de agresiones físicas, verbales, violencia directa o indirecta hacia la denunciante Hortencia Maritza Ochoa Machado, en su domicilio, centro de trabajo, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre; b) Se prohíbe al denunciado dirigirse a la denunciante con insultos, palabras o gestos agresivos, ofensivos, con lo demás que contiene. En los seguidos por Hortencia Maritza Ochoa machado, con Manuel Agustín Ochoa Machado, violencia familiar. AUTO DE VISTA 92-2017-CI RC En el proceso de Ejecución de acta de conciliación, seguido por Rosmery Ruth Ucharico Mamani, en contra de Jose Antonio Cari Franco; RESOLVEMOS: DISPONEMOS: Que asuma competencia en la presente causa el Juzgado Civil de Camaná. En los seguidos por Rosmery Ruth Ucharico Mamani, con Jose Antonio Cari Franco, ejecución de acta de conciliación extrajudicial. AUTO DE TRAMITE 121.2017-CI RC En el proceso de Indemnización por daños y perjuicios, seguido por Neyra Rivero Mamerto, en contra de Seguros y Reaseguros La Positiva y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRAMITE 178-2014-CI VS En el proceso de Nulidad de cosa juzgada fraudulenta, seguido por Mario Alejandro Ferrucci Ricci, en contra de Gilberto Marquina Begazo y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE

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AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRAMITE 208-2009-CI HG En el proceso de Retracto, seguido por Gabino Luis Edgardo Dongo Campos, en contra de Candelaria Ofelia Begazo Almonte; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante el Colegiado que se encuentre habilitado en dicha oportunidad. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores María Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRAMITE 167-2010-CI HG En el proceso de Nulidad de resolución o acto administrativo, seguido por Miguel Angel Elguera Vargas, en contra de Municipalidad Provincial de Camaná y otro; RESOLVEMOS: DECLARAR: 1) IMPROCEDENTE el ofrecimiento de medio probatorio efectuado por la parte demandante Miguel Ángel Elguera Vargas, en sus escrito de ofrecimiento de medio probatorios de fecha 31 de octubre del 2016, obrante a fojas 840, al no ser presentados en la forma y plazo que dispone la Ley. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Maria Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de presidencia. AUTO DE TRAMITE 313-2015-CI RC En el proceso de Declaración Judicial, seguido por Juan Martín Valle Castro, en contra de Municipalidad Distrital de Mariscal Cáceres San José; RESOLVEMOS: 1.- DECLARAR NULA y SIN EFECTO la Resolución Nro. 1 (Auto Final 12), que resolvió, declarar fundado el recurso de queja interpuesto por la Municipalidad Distrital de Mariscal Cáceres en contra de la Resolución 14-2017; concediendo recurso de apelación con efecto suspensivo en contra de la Sentencia 422017 de fecha veintiocho de febrero del dos mil dieciséis; 2.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de queja interpuesta por la Municipalidad Distrital de Mariscal Cáceres; DISPONEMOS el archivo del presente

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cuaderno; MANDAMOS la devolución de los anexos presentados una vez consentida la presente, con la comunicación al juzgado de origen conforme lo dispone el código adjetivo civil y notificación a las partes apersonadas. Al escrito 1316-2017 presentado por el demandante: Estése a lo dispuesto en la presente resolución. Actuando el Colegiado integrado por los Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS

Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator JUEVES 20 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRÁMITE 44-1995-PE RC En el proceso penal por el delito de Robo agravado, seguido contra Venturo Jimenez Diaz en agravio de Emilio Huamani Caja; RESOLVEMOS: 1.PROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL del procesado Venturo Jimenez Diaz, para el día veinte de julio del dos mil diecisiete a las diecisiete horas en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha, oportunidad en la cual deberá contar con abogado defensor de su elección, caso contrario se le asignará un defensor público de oficio. 2. DISPONER LA NOTIFICACIÓN PERSONAL del acusado, con la acusación fiscal de fojas noventicuatro, con el auto de enjuiciamiento, dictamen fiscal de fojas doscientos trece y con la presente resolución. 3. DISPONER CUMPLIR POR SECRETARÍA DE SALA con las actuaciones necesarias para la ejecución de las diligencias que correspondan para la instalación del juicio, debiendo ser notificado también el agraviado con la presente resolución, así como poner en conocimiento de la oficina de Defensoría Pública el inicio del juicio oral para que eventualmente asuma la defensa del requisitoriado puesto a disposición, finalmente se levantarán las órdenes de captura dictadas en contra del procesado por Secretaría de Sala. AUTO DE TRÁMITE 36-2017-LA HG En el proceso de Acción contenciosa administrativa, seguido por Albistur Oswaldo Abarca Chuquicaña, en contra de Gobierno Regional de Arequipa; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Ac-

tuando el colegiado integrado por los Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 33-2017-LA RC En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Jaime Epifanio Llamoca Nina en contra de Gobierno Regional de Arequipa; DECLARAMOS: 1. 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 41-2017-LA VS En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Maria del Rosario Cárdenas Gonzáles en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local de Castilla; DECLARAMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 167-2010-CI RC En el proceso de Nulidad de resolucion o acto administrativo, seguido por Miguel Ángel Elguera Vargas en contra de Fermin Ccarhuarupay Rimayhuaman; DECLARAMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se

llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 1259-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator

VIERNES 21 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 2132-2015-38 RC En el proceso de Reivindicación, seguido por Javier Eduardo Chavez Villagras en contra de Edgar Chamba Carrizales; REVOCAMOS: la Resolución Número 05, de fecha veinte de julio de dos mil dieciséis, de fojas ochenta y cuatro, que declara infundada la nulidad de la resolución que admite la demanda, así como la solicitud de interrupción de plazo. REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: FUNDADA, la nulidad procesal deducida, en consecuencia, nulo e insubsistente lo actuado hasta la Resolución 2, de fecha seis de enero de dos mil dieciséis, inclusive, reponiéndose la causa al estado de calificarse el escrito de subsanación de la demanda; sin perjuicio de emitir pronunciamiento con arreglo a derecho con relación al segundo otrosí del escrito de fecha dieciocho de febrero de dos mil dieciséis, copiado a fojas cincuenta y nueve, presentado por el demandado. En los seguidos por Javier Eduardo Chávez Villagras, con Edgar Chambi Carrizales, sobre reivindicación y accesión de edificación. AUTO DE TRÁMITE 2132-2015-38 RC En el proceso de Reivindicación, seguido por Javier Eduardo Chavez Villagras en contra de Edgar Chamba Carrizales; DECLARAMOS, sin objeto el pronunciamiento sobre rechazo de la contestación de la demanda, debiendo estarse la resolución que declara la nulidad de todo lo actuado expedida en la fecha. En los seguidos por Javier Eduardo Chávez Villagras, con Edgar Chambi Carrizales, sobre reivindicación y accesión de edificación. AUTO DE TRÁMITE 195-2016-31-CI RC En el proceso de Pago de frutos, seguido por Irene Martha Fernández Davila Adriazola en contra de Hugo Washington Fernández Davila; DECLARAMOS: NULA, la Resolución Número 01-2016, de fecha veintiocho de octubre de dos mil dieciséis, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar de la demandante y dispongo el archivo del expediente y devolución de anexos.

Martes, 10 de julio del 2018

DISPONEMOS, se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a Derecho. En el proceso cautelar de embargo con retención; seguido por Irene Martha Fernández Dávila Adriazola, con Hugo Washington Fernández Dávila Carnero, derivado de un proceso de cobro de frutos. SENTENCIA DE VISTA 90-2017-0-CI RC En el proceso de Acción de Cumplimiento, seguido por Luis Heradio Machado Llerena en contra del Gobierno Regional de Arequipa; CONFIRMAMOS: la Sentencia 6-2017, de fecha veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, de fojas treinta y cuatro, que declara fundada la demanda de acción de cumplimiento y ordena que la demandada cumpla con la Resolución Gerencial Regional 1580, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de aplicarse los Artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional. En los seguidos por Luis Heradio Machado Llerena, con la Gerencia Regional de Educación del Gobierno Regional de Arequipa, acción de cumplimiento. AUTO DE TRÁMITE 42-2017-LA VS En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Kevin Gabriel Añamuro Sullca en contra de Ministerio del Interior; 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su casilla electrónica y domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Autorizan los Jueces Superiores Venegas Saravia, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator LUNES 24 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRAMITE 152-2004-CI VS En el proceso de Accesión, seguido por Sabina Hilaria Jiménez Narrea en contra de Segundo Alfredo Pinto Jiménez y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código

Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS _________________________ Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MARTES 25 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. SENTENCIA 54-1996-PE HG En el proceso penal por el delito de Violación sexual, seguido contra Felipe Victor Naventa Fara, en agravio de O.D.Ch; RESOLVEMOS: ABSOLVER a Felipe Victor Naventa Fara, de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público, como autor del delito de violación sexual de menor de edad, (Artículo 173.3 y del Código Penal, vigente mediante ley 28251), en agravio de la menor de iniciales O.D.CH. DEJAR SIN EFECTO: la medida de custodia policial cursándose los oficios correspondientes; DISPONEMOS se anulen los antecedentes y archiven el expediente. AUTO DE TRÁMITE 34-2017-LA RC En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Vito Leonidas Collasco Arias, en contra del Director de la Red de Salud de Castilla Condesuyos y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 325-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 37-2017-HG HG En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Juan Henrry Amable Andia en contra de Red de salud de Castilla, Condesuyos y La Unión; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil,

Martes, 10 de julio del 2018

oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299- 2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 332-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 39-2017-LA VS En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Julio Juan Medina Valdivia en contra de Red de salud de Castilla, Condesuyos y La Unión; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 328-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 35-2017-LA HG En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Eulogio Benito Molina Arenas en contra de Red de salud de Castilla, Condesuyos y La Unión y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299- 2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 323-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 43-2017-LA RC En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Buenaventura Ciro Felix Montalvo Uscamayta en contra de Red de salud de Castilla, Condesuyos y La Unión y otros; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notifi-

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

cada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299- 2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 322-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. AUTO DE TRÁMITE 38-2017-LA VS En el proceso sobre acción contenciosa administrativa, seguido por Eulogio Molina Arenas en contra Gobierno Regional de Arequipa; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL OTROSI del escrito N° 324-2017: Téngase presente. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MIÉRCOLES 26 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRÁMITE 20-2007-LA HG En el proceso de Pago de beneficios económicos, seguido por Gustavo Eduardo Torres Ochoa en contra del Banco de la Nación; RESOLVEMOS: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- DISPONER se efectúen las notificaciones de ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa, solicitarlo por escrito dentro del plazo del tercer día de notificado la presente resolución, conforme al artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los abogados deberán portar copia de su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa número 299-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. AL PRIMER OTROSI del escrito N° 352-2017: estese a lo resuelto en la presente resolución. AL SEGUNDO OTROSI del escrito N° 352-2017: Conforme a lo solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada, debiendo de adecuar su in-

forme al lapso de cinco minutos. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores maría Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán

actuado, inclusive la resolución número uno, reponiéndose el presente, al estado de calificarse nuevamente la demanda e improcedente la demanda de Tercería de Propiedad interpuesta por Saturnina Paricanaza, ORDENAMOS: Se emita un nuevo pronunciamiento debidamente motivado en la brevedad del caso. AUTO DE VISTA 185-2016-53-CI

Ticona Juez Superior Relator LUNES 31 DE JULIO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE TRÁMITE 85-2012-CI VS En el proceso de Desalojo, seguido por Anibal ANcin Vigil Rondon en contra de Roxana Maritza Vigil Rondon; RESOLVEMOS: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores María Paola Venegas Saravia, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Re lator CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA Sala Mixta Descentralizada e Itinerante con sede en Camaná CRÓNICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2017. COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: Dra. Maria Paola Venegas Saravia (Presidente) Dr. Alejandro Ranilla Collado Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Juval Cáceres López. MARTES 01 DE AGOSTO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán.

AUTO DE VISTA 103-2017-0-CI

CCH En el proceso de Tercería, seguido por Saturdina Paricanza Quispe en contra de Nancy Vilma de la Motta Cordova; Resolvieron: DECLARAR: Nula la Resolución número cinco, de fecha veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, de fojas cuarenta y cuatro y cuarenta y cinco, que resolvió declarar de oficio la nulidad de todo lo

CCH En el proceso de Reivindicación, seguido por Lazaro de Salinas Trinidad y otro en contra de Jorge Raul Carpio Marquez; Resolvemos: CONFIRMAMOS: La resolución número quince, de fecha diecinueve de octubre del dos mil quince de fojas doscientos veintiuno y doscientos veintidós, que declaró improcedente el pedido de ofrecimientos de prueba extemporánea planteada por el demandado José Raúl Carpio Márquez. AUTO DE VISTA 282-2017-78-FC

CCH En el proceso de Violencia Familiar, seguido por Carol Susana Becerra Castelo en contra de Carlos Fernando Uyen Butron; Resolvemos: REVOCAMOS: La resolución número 03-2017, dictada en audiencia única de fecha veintisiete de marzo del dos mil diecisiete, en el extremo que dispuso que en caso el denunciado, persista con las agresiones físicas y psicológicas comprobadas, se ordene el retiro del domicilio del denunciado por el término de cuatro meses o mientras dure el proceso, REFORMANDOLA: Fijamos como medida de protección que el denunciado Carlos Fernando Uyen Butron, se retire del hogar que comparte conjuntamente con Carol Susana Becerra Castelo ubicado en la Urbanización Felipe Santiago Salaverry F-10, Tercer Piso del distrito de Miraflores, Arequipa, por el tiempo que dure el presente proceso. AUTO DE VISTA 107-2017-0-CI CCH En el proceso de Amparo, seguido por Jorge Antonio Chavez Zevallos en contra de Director Ejecutivo De Provias Descentralizado Del Minesterio De Transportes Y Comunicaciones; Resolvemos: REVOCAMOS: la resolución número 02-2016 de fecha tres de abril del dos mil diecisiete de fojas ciento treinta y siete a ciento treinta y nueve, que resolvió declarar improcedente la nulidad formulada por el recurrente Jorge Antonio Chávez Zevallos, en contra del acto procesal de notificación de la resolución número uno. REFORMANDOLA: Declaramos fundada la nulidad procesal presentada por el demandante José Antonio Chávez Zevallos sobre el acto procesal de notificación con la resolución número uno, que declara improcedente la presente demanda de amparo contra la del Director Ejecutivo de PROVIAS descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ORDENAMOS: Se renueve el acto procesal de notificación con la resolución número uno, que declara improcedente preliminarmente la presente demanda de amparo debiendo llevarse con todas las garantías del debido proceso. AUTO DE VISTA 249-2014-54-CI CCH En el proceso de Reivindicación, seguido por Policarpio Andres Bernal Alarcon en contra de Manuel Exaltacion Triviños Loayza Y Otros; Resolvemos: CONFIRMAMOS: La resolución número 46, que declara improcedente la nulidad planteada contra el acto de lanzamiento y ministración de posesión de fecha once de enero del dos mil diecisiete; y, CONFIRMAMOS: La resolución número 47 que requiere a los demandados Mercedes Lorenza Loayza Bernal, Manuel Exaltación Triviños Barreros, Cancio Manuel Triviños Loayza y Alberta Rodríguez Sierra para que cumplan con pagar la suma de seis mil trescientos ocho

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soles con setenta y cinco céntimos, en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de dar inicio a la ejecución forzada. AUTO FINAL 45-2003-PE HG En el proceso de Violación de libertad sexual, seguido por cornejo Xespe Yepes en agravio de la menor de edad MLHV; RESOLVEMOS: 1) DECLARAR FUNDADA LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN en la instrucción seguida en contra de Yepes Cornejo Xesspe, por el delito de Violación de la Libertad Sexual, ilícito previsto y sancionado por el artículo 170°, primer párrafo, del Código Penal, modificado por la Ley 26293, en agravio de las menores de iniciales M.L.H.V. 2) DISPONER SE ARCHIVE DEFINITIVAMENTE la instrucción seguida en contra de Yepes Cornejo Xesspe, por el delito de Violación de la Libertad Sexual, ilícito previsto y sancionado por el artículo 170°, primer párrafo, del Código Penal, modificado por la Ley 26293, en agravio de la menor M.L.H.V., debiendo cursarse por secretaría las comunicaciones de ley para la cancelación de los antecedentes generados por el mismo en contra del procesado en mención, previa notificación a las partes apersonadas en autos, y levantar las órdenes de captura por Secretaría de Sala. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS Dr. Marco Herrera Guzmán Dr. Vidal E. Jordán Ticona Juez Superior Relator MIÉRCOLES 02 DE AGOSTO DEL 2017 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Maria Paola Venegas Saravia (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. AUTO DE VISTA 124-2014-0-LA RC En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Publico, en contra de Sixto Cuba Molina; SE RESUELVE: DECLARAR: NULA, la Resolución Número 12-2016, de fecha diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, que corre a fojas doscientos veintiuno, que concede apelación a la Sentencia Número 98-2016, INSUBSISTENTE lo actuado hasta fojas doscientos veintidós inclusivo. En los seguidos por Margarita Gabriela Villavicencio Ayala, con la Municipalidad del Centro Poblado Menor Bello Horizonte, sobre nulidad de resoluciones administrativas, en proceso contencioso administrativo. SENTENCIA DE VISTA 109-2017-0-PE CCH En el proceso de violación de la libertad sexual, en contra de Magno Roque Inga, en agravio de la menor de inciales R.L.I.P; SE RESUELVE: a) DECLARAR NULA LA SENTENCIA número siete – dos mil dieciséis, de quince de setiembre del dos mil dieciséis que declara a MAGNO ROQUE INGA autor del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor, previsto y penado en el primer y segundo párrafo numeral cuatro del artículo ciento setenta del Código Penal, modificado por el artículo uno de la ley número veintiocho mil doscientos cincuenta y uno, de fecha ocho de junio del dos mil cuatro, vigente al momento de sucedidos los hechos, en agravio de la menor de iniciales R.L.I.P. le impone la pena de ocho años de pena privativa de libertad, así como el pago de una reparación civil ascendente a cinco mil soles a favor de la parte agraviada. b) DECLARAMOS: INSUBSISTENTE lo actuado hasta fojas 258, reponiéndose la causa al estado de efectuar un debido juzgamiento, en forma inmediata debido a que el acusado se encuentra detenido en el penal de varones de Pucchun. c) MANDAMOS emitir, con la diligencia debida por otro juez, nuevo pronunciamiento arreglado a los antecedentes y a la ley, salvando

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