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9 jul. 2015 - se declare la Sucesión Intestada de doña EVA ANDREA ... AREQUIPA EL MISMO QUE TIENE LAS SIGUIENTES LIN-. DEROS Y MEDIDAS ...
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Viernes, 10 de julio del 2015

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República VIERNES, 10 DE JULIO DEL 2015

EDICTOS EDICTO En el proceso que sigue ante la Tercera Sala Civil de Arequipa, expediente N° 107-2014, ROBERTO OVIEDO SALAS Apoderado de TERESA MARCIA OVIEDO SALAS, en el proceso de EXEQUATUR que sigo en contra de EDISON AGUILAR COLLANTES se han realizado las siguientes actuaciones: RESOLUCIÓN N° 02 del 14 de julio de 2014, notificada el 16 de julio de 2014: Fundamentos por los que; i) ADMITIERON a trámite la solicitud de RECONOCIMIENTO DE RESOLUCIÓN JUDICIAL (SENTENCIA) EXPEDIDA EN EL EXTRANJERO, interpuesta por don ROBERTO OVIEDO SALAS, en calidad de apoderado de doña Teresa Marcia Oviedo Salas; en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; ii) DISPUSIERON: a) El emplazamiento, con la presente solicitud, a don EDISON AGUILAR COLLANTES, y, al representante del MINISTERIO PÚBLICO, por el plazo de cinco días. RESOLUCION N° 08 del 27 de abril de 2015, notificada el 29 de abril de 2015: señalaron para la realización de la audiencia de actuación y declaración judicial para el día miércoles CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias de la Tercera Sala Superior Civil de Arequipa. RESOLUCION N° 009-3SC del diecisiete de junio del 2015, notificada el 30 de junio del 2015, la sala ordena la notificación por edictos al demandado por el plazo de treinta días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. SIXTO CORNEJO PERALTA SECRETARIO TERCERA SALA CIVIL. (09-10-13 junio) B/Nº 031-31863. EDICTO CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO PUBLICO CON OFICINA EN MELGAR 214,DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 165,167,168,504 Y SIGUIENTES DEL CODIGO PROCESAL CIVIL LEY N° 27157 Y 27333 Y D.S 035-2006-VIVIENDA, SE NOTIFICA A: FELIX VICENTE LAZO MANRIQUE Y SU ESPOSA SIXTA MARCELINA DIAZ BERNAL; EULALIA LAZO MANRIQUE Y VICTOR MORALES VIZCARRA; TOMAS ANTONIO CHAYÑA ITO Y FLORA CALAPUJA CONDORI; ROSEMARY HAYDEE FERNANDEZ CHUTA; JUAN QUISPE YANA Y GRACIELA CALATAYUD QUISPE; DEISY LUCILA ACOSTA CARBAJAL: RAUL EDWIN PUMA HUARANCA Y NORKA SILVIA QUISPE HUALLA; RENE ROMULO PAREDES CRUZ Y GLADIZ MARTA AGUILAR GRABIEL; ALICIA COARI PARI DE QUISPE Y MARIO FELIX QUISPE CALATAYUD, AL HABERSE PRESENTADO: GABINO MAMANI QUISPE, Y RICARDINA AMANQUI DE MAMANI, SOLICITANDO PRESCRIPCION DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO URBANO, UBICADA EN ASOCIACION GRANJEROS UNIDOS. MANZANA “C”, LOTE 16 A, CERRO COLORADO, AREQUIPA, ÁREA SUPERFICIAL: 994.00M2, ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON CALLE SIN NOMBRE, CON UNA LINEA RECTA DE 19.98 ML, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “B” AL VERTICE “C”. POR EL COSTADO DERECHO: CON PROPIEDAD DE MONICA MAMANI CHOQUE Y PROPIEDAD DE VILMA DIAZ CHATA, CON UNA LINEA QUEBRADA DE 02 SEGMENTOS, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “G” AL VERTICE “B”, CON 3.64 Y 46.29 ML. POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON PROPIEDAD DE FREDY HUARCALLA Y FLORENCIO VICENTE LLALLACACHI, CON UNA LINEA QUEBRADA DE 02 SEGMENTOS, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “C” AL VERTICE “E”, CON 39.34 Y 10.65 ML. POR EL FONDO: CON PROPIEDAD DE FLORENCIO VICENTE LLALLACACHI Y PROPIEDAD DE ESTEBAN QUISPE SANCA, CON UNA LINEA QUEBRADA DE 02 SEGMENTOS, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “E” AL VERTICE “G”, CON 5.27 Y 14.43 ML. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA 16-06-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31712 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 0507-2011-0-2301-JP-FC-02 ante el PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA, Juez Dra. KATI ANTONIO DAMIAN, Especialista Dra. Delia Onque Quispe, en la demanda interpuesta por Doña ANDREA SONIA VILCA HUANACUNI, se ha dispuesto notificar por EDICTOS la Resolución Nro. 20 de fecha, Dos de Julio del dos mil Trece.- Al Principal; Estando a lo solicitado; AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO; Que, por resolución numero diecinueve, se puso en conocimiento de las partes la liquidación de pensiones alimenticias practicado por la secretaria de juzgado.- SEGUNDO”. Que, notificados a las partes, conforme es verse de las cédulas de notificación que obra a fojas ciento cuarenta

y siete, sin que las partes hayan formulado observación alguna en el plazo de ley por lo que de conformidad con los dispuesto por el artículo 568 del Código Procesal Civil; SE RESUELVE: APROBAR la liquidación de pensiones alimenticias hasta por la suma de Tres Mil trescientos treinta con 00/100 nuevos soles; correspondiente al periodo del 31 de mayo del año 2012 al 31 de abril del 2013; REQUIERASE al demandado Darwin Raúl Velarde Cáceres para que dentro del término del tercero día de notificado con la presente resolución cumpla con cancelar la suma arriba indicado por concepto de pensiones alimenticias devengados, bajo apercibimiento de remitirse copia certificada de la principales piezas al Ministerio Publico, para que actué conforme a sus atribuciones, debiendo de notificarse con la presente en el domicilio procesal del curador del demandado; Al Primer Otrosí; póngase a conocimiento del demandado por el plazo de tres días de notificado con la presente resolución. Al Segundo Otrosí; Téngase presente, Tómese Razón y Hágase saber.- Tacna 30 de junio 2015. DELIA M. ONQUE QUISPE SECRETARIO JUDICIAL (e) 1er Juzgado de Paz Letrado .CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (08-10-13 julio) B/Nº 031-31846.

NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTOS DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD WILLIAM VÁSQUEZ MOLINA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE PARTE DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO LOE 05 DE LA MANZANA A ZONA 3 DISTRITO DE CERRO COLORADO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA CON LAS SIGUIENTES LINDEROS POR EL FRENTE 10.00 ML, CON CALLE OESTE N° 5; POR LA DERECHA CON 20.00 ML; CON LOTE 02; POR LA IZQUIERDA CON 20.00 ML, CALLE PASEO CENTRAL; POR EL FONDO CON 10.00 ML, CENTRO EDUCATIVO; SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES FREDDY RAÚL OJEDA CASAPIA Y LIDIA ESTELA VALENZUELA MEDINA; HUGO CHOQUE CCALLO MAMANI, JUAN ELY QUISPE QUISPE COMO COLINDANTES LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 JUNIO 24. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A Nº 036. (30 junio y 06-10 julio) B/ Nº 031-31679. NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Juzgado Primer juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, que despacha el señor Juez Lino Zúñiga Portocarrero con intervención del Especialista Legal Joel Silvio Loayza Revilla se tramita el expediente N° 00488-2015-0-0412-JM-CI-01, sobre Prescripción Adquisitiva seguida por Margot Huayta de Calderón en contra de Salomón Huayta Alarcón; mediante la Resolución N° 5 de fecha 22 de junio del 2015 se ha dispuesto la notificación mediante edictos del auto admisorio (Resolución N° 2) al demandado Salomón Huayta Alarcón, siendo el plazo del emplazamiento de treinta días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y la parte resolutiva de la Resolución N° 2 de fecha 14 de abril del 2015 corregida por la Resolución N° 3 de fecha 13 de mayo del 2015 indica: “RESUELVO; ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesta por MARGOT HUAYTA DE CALDERON, en contra de SALOMON HUAYTA ALARCON; debiéndose poner en conocimiento de los colindantes Manuel Huayta Ccapa, Luzmila Julia Valdivia Churata, Silvia Lujan Huanca y Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al PROCESO ABREVIADO, por ofrecidos los medios probatorios que se indican, confiriendo TRASLADO a los demandados por el plazo de diez días; asimismo, DISPONGO la publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, en el diario oficial El Peruano y en el de mayor circulación de la ciudad. Regístrese y notifíquese.” Arequipa, 22 de junio del 2015. JOEL S. LOAYZA REVILLA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO MODULO B. DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (06-10-16 julio) B/Nº 031-31799.

REMATES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. Nº 1715-2012)- En los autos seguidos por MARTIN CHOQUE SANCHEZ y LAURA ZAMATA ESPINOZA contra NANCY CONROE CARI y VICTOR CHAMBILLA RODRIGUEZ y con notificación al Banco de Crédito del

Perú sobre Ejecución de Garantia hipotecaria, Expediente 01715-2012-0-0411-JM-CI-01, el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, a cargo del Juez Dra. Silvia Elizabeth Sandoval Corimayta, Especialista Legal Dr. Aldo Javier Rodriguez Huanqui, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble ubicado en: Pueblo Tradicional Chilpinilla, Mz. L, Lote 3A (Ahora Av. Paris Número 801 A), Distrito Jacobo Hunter, Provincia y Departamento Arequipa, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la Partida Electrónica Nº P06191851, siendo su antecedente registral N° P06099816, del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Zona Registral Nº XII. Sede Arequipa – Oficina Registral Arequipa.-- VALOR DE TASACION: US$ 16,000.00 (DIECISEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS).- BASE DEL REMATE: US$ 10,666.67 (DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTISEIS y 67/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras (2/3) partes del valor de tasación.----AFECTACIONES VIGENTES: 1) TRASLADO DE CARGA, As. 00003, las conexiones domiciliarias de agua, desagüe y luz, Asiento que viene del Predio Original: P06099816. 2) INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00009, a favor de Martín Rodolfo Choque Sánchez y Laura Zamata Espinoza, hasta por el monto de US$ 16,000.00 Dólares Americanos y que es materia del presente. 3) MEDIDA DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION As. 00010, a favor del Banco de Crédito del Perú, por la suma de S/. 60,000.00. 4) MODIFICACION DE EMBARGO As. 00011, se modifica el embargo anotado en el As. 00010, quedando afecto el bien hasta por el monto de S/. 80,000.00.- DIA Y HORA DEL REMATE 23 de Julio 2015 a las 10:00 am. de la mañana.- LUGAR DEL REMATE Local de remates judiciales del juzgado, ubicado en la Oficina de Administración del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, sito en Calle Berlin S/N, Distrito Jacobo Hunter, Provincia y Departamento Arequipa.-LOS POSTORES: Oblarán no menos del 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignará el Nº de Expediente, Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18º D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Arequipa, 02 de Julio 2015. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio, Cel. 988643628.--ORLANDO ROCA C Martillero Público Reg. NAC. N° 205. Aldo Rodriguez Huanqui Especialista Legal Juzgado Civil. (07-08-09-10-13-14 julio) B/Nº 031-31829. PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso sobre Ejecución de Garantía expediente Nro. 07899-2014-0-0401-JR-CI-06, que sigue Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, contra de Judid Marcelina Castro Lira de Quico y Raymundo Quico Huamani, ante el Sexto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del Juez Doctora Patricia Ruby Valdivia Franco, con la intervención de la Especialista Legal Verónica Gutiérrez Hancco, se ha ordenado el PRIMER REMATE del bien inmueble, signado registralmente, en Asentamiento Humano Victor Andrés Belaunde, Mz. L, Lote 9, Zona A, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y departamento de Arequipa, cuya área, colindancias y demás características están inscritas en la Partida Registral Nº PO6023274 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Publico Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro N° 266. Remate que se realizara el DÍA VEINTE DE JULIO DEL AÑO 2015 A horas 10:00 de la mañana, en la Sala de Remates ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la esquina formada por la Plaza España con Siglo XX S/N, del distrito, provincia y departamento de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US$/. 91,947.50 Dólares americanos. (Noventa y uno mil novecientos cuarenta y siete con 50/100 Dólares Americanos).- PRECIO BASE: US$/. 61,298.33 Dólares Americanos (Sesenta y uno mil doscientos noventa y ocho con 33/100 Dólares Americanos) Que es el equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: Que corren inscritas en la Partida Registral Nº PO6023274.- 01) Asiento 00007 Constitución de hipoteca a favor de la Caja Mu-

nicipal de Ahorro y Crédito Arequipa hasta por la suma de US$. 13,055.00 otorgados por sus propietarios para garantizar un mutuo de S/. 12,000.000 según escritura Pública de fecha 16-05-2002.- 02) Asiento 00008 Modificación de Hipoteca.- Se procede a modificar la hipoteca inscrita en el asiento 007 de esta partida, en el sentido que se amplía el monto del gravamen a US$. 28,345.00 y se modifica en el sentido que dicho gravamen garantizara además, el crédito por la suma de S/. 35,000.00 otorgados a favor de los titulares del bien. Así mismo garantiza las obligaciones detallados en la escritura de ampliación y modificación de hipoteca que da merito a la inscripción de este asiento registral. No se conocen otras afectaciones. REQUISITOS PARA SER POSTORES: El Postor deberá: depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación del bien, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble, pagado al Banco de la Nación (indicando número de expediente, juzgado y su número de documento nacional de identidad) y D.N.I. (además copia de: DNI y Tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S N° 008-2005-JUS). Arequipa, 06 de Julio del 20015. OSCAR CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 28. VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECIALISTA LEGAL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. M.D. CIVIL II. (07-08-09-10-13-14 julio) B/Nº 031-31831. PRIMER REMATE En los seguidos por CARLOS MANUEL MILON GUZMAN, en contra de VIRGILIO HECTOR VARGAS VALENCIA Y AMADA FANNY VARGAS VALENCIA DE MORENO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 04818-2014-0-0401-JR-CI-09; el señor Juez del Noveno Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dr. José Antonio Meza Miranda , con intervención de la Especialista Legal Dra. Marisol García Jurado, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el 50% de los derechos y acciones del inmueble ubicado en la: MZ. A, LOTE 4, ASOCIACION DE VIVIENDA PRO VIVIENDA DE TRABAJADORES DEL PROYECTO MAJES LA ENCALADA, DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº 11046617, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN DEL 100% DEL INMUEBLE (comercial): US$200,000.00 y el VALOR DE TASACION DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES MATERIA DE REMATE US$100,000.00 (comercial): cien mil 00/100 Dólares Americanos; PRECIO BASE DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES : Sesenta y seis mil seis cientos sesenta y seis con 66/100 dólares Americanos (US$66,666.66), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del 50% de los derechos y acciones del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA hasta por la suma de S/.120,000.00 nuevos soles a favor de Carlos Manuel Milon Guzman, así consta inscrito en el asiento D00003 y rectificación de oficio asiento D00004, afectación que se halla inscrita en la partida Nº 11046617, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: Lunes 20 de julio del 2015, a las 11:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de Remates Nº 12, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, (sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX S/N cercado – Arequipa). El remate estará a cargo de la Martillero Público Marlene Cleofe Flores de Mendoza; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$ 10,000.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, junio 25. MARLENE C.

FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. MARISOL GARCIA JURADO ESPECIALISTA LEGAL. (07-08-09-10-13-14 julio) B/Nº 031-31830. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK en contra de ROSA CONDORI PALLI Y PASCUAL BAILON MULLISACA HUANCA, con emplazamiento del tercero COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. Nº 153 en calidad de Tercero No Ejecutante, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00586-2014-0-0412-JMCI-02, el Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, a cargo del Señor Juez Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso y con la intervención del Especialista Legal Dra. Mercy Yanella Apaza Calcina ha ordenado sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: Inmueble Urbano ubicado en: Manzana D, Lote 06, AA.HH Santo Domingo, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° 11063963 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. 2.- VALOR DE TASACION: US$ 68,256.00 Dólares Americanos. 3.- BASE DEL REMATE: US$ 45,504.00 Dólares Americanos. 4.- AFECTACIONES: a) HIPOTECA: Constituida por sus propietarios (El Cliente) a favor del Banco Internacional del Perú S.A.A. (INTERBANK), hasta por la suma de US$. 67,728.00 con el objeto de garantizar el cumplimiento del préstamo por la suma de S/. 89,000.00, así como las demás obligaciones que se establecen conforme al Anexo III contenido en la Escritura que da mérito a la presente inscripción. Así y más ampliamente consta de la Escritura Pública Nº 3643 de fecha 21.06.2012 otorgada ante Notario Público Javier Rodríguez Velarde en la ciudad de Arequipa. Dicho gravamen es materia de ejecución. b) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION : Sobre el inmueble inscrito en esta partida, de propiedad de Pascual Mullisaca Huanca y Rosa Condori Palli a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. Nº 103, hasta por la suma de S/. 22,500.00. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, Dr. Sixto Cornejo Peralta, asistido por su Especialista Legal Lizeth Y. Huaccoto Goizueta, mediante Resolución Judicial Nº 02-2103 del 22.10.2013 en el Expediente Nº 05506-2013-50-0412-JP-CI-03 en la Ciudad de Arequipa. c) MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO: Por Resolución Nº 01-2014 de fecha 23-06-2014 recaída sobre el Expediente Nº 2997-2014-3-0412-JPCI-01 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata Eloy Guillermo Orosco Vega con intervención de la Especialista Legal Patricia Maribel Zapata Coaguila ha resuelto Dictar Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, la cual deberá recaer sobre los derechos de propiedad de los Ejecutados Pascual Bailón Mullisaca Huanca y Rosa Condori Palli, respecto del predio inscrito en la presente partida, hasta por la suma de S/. 1,000.00 a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. Nº 103. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Jueves 23 de Julio del 2015, a las 09:00 horas. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis de Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado sito en la esquina Calle A. Laveau con calle Alcántara s/n, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, 7.- LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, o sea: US$ 6,825.60 Dólares Americanos en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martillero Público - Registro Nacional No. 230. Arequipa, 2015 Julio, 01. MERCY APAZA CALCINA SEGUNDO JUZGADO MIXTO SEGUNDO JUZGADO MIXTO ESPECAILISTA LEGAL. (08-09-10-13-14-15 julio) B/ Nº 031-31856. PRIMER REMATE En el proceso que sobre Ejecución de Acta de Conciliación, Expediente 02350-2010-0-0401-JP-CI-01 seguido por Edward Manuel Cuadros Begazo y Maridu Barrionuevo Surco en contra de María Isabel Mamani Cama, el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, con intervención de la Especialista Legal Edwin Apaza Campos han autorizado al Martillero Público Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del

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inmueble signado como Lote 15 de la Manzana F (actualmente calle Columbia Nº 241), de la Cooperativa de Vivienda Manuel Prado Nº 58 ubicado en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, cuyas características linderos y medidas perimétricas se encuentran detallados en la Partida (matriz) 01218412 (Ficha 35323) del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: S/. 319 247.60 (trescientos diecinueve mil doscientos cuarenta y siete y 60/100 nuevos soles). BASE DEL REMATE: S/. 212 831.73 (doscientos doce mil ochocientos treinta y uno y 73/100 nuevos soles). GRAVÁMENES: 1) Asiento 1.- Hipoteca y Ampliación- Aparecen inscritas por los asientos 3 y 4 ctes. a fojas 312 T.247 constituida por la Cooperativa de Vivienda Popular Manuel Prado Ltda Nº 58 a favor de la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de Arequipa por la cantidad de 4’458,000.00 interés 5% anual y ½ % comisión con el objeto de construir 50 casas. Escritura 3-I-68 ante el Not. E.Rivera Polar. 2). Hipotecas.- Por los asientos 5 al 54 ctes, a fojas 314 a 316 del Tomo 247 y a fojas 643 al 689 del Tomo 287, parecen inscritas todas a favor de la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de Arequipa y afectan a los lotes siguientes, Manzana A 7,8,10,18 y 27; Manzana B, 2, 10, 16, 34 y 40; Manzana C, 18,21,23 y 26; Manzana D, 2,2,12,14 y 16; Manzana E, 2,9,11,15,17,22,23,33,34 y 35; Manzana F, 1,4,5,7,9 y 23; Manzana G, 2,6,7,11,20 y 38; Manzana H, 4,9 y 13; Manzana I, 7,10 y 11; y Manzana J, 4,13 y 14, respectivamente. Los montos, contratos o escrituras y demás datos de cada hipoteca aparecen en los asientos respectivos. Areq, 23 Set.78. 3) Embargo Preventivo.- Una casa signada con el Nº 200 calle Colombia que forma parte de la Urb. inscrita en esta ficha; lindante: frente la citada calle, fondo prop. Coop. San Antonio; costado derecho , prop. Haydee Rodas, pasaje Orinico por medio; costado izquierdo prop. Teresa Choque V de Chávez. Mandato Juez Dr. Teodoro Carrasco, auto 3-8-77. Sec. Garcí. Por cobro de S/ 136 000 sigue Jorge Ananías Heresi contra Hipólito Sueros Cuadros. 4) D0005. Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción.- Sobre el lote Nº 15, manzana F, inscrito en esta partida matriz de propiedad de la demandada María Isabel Mamani Cama, hasta por la suma de S/. 16 000.00 a favor de Edwin Apaza Campos y Marilu Barrionuevo Surco, por haberlo dispuestos así el Juez del Primer Juzgado Civil de Paz Letrado del Cercado – Arequipa, Javier Talavera Ugarte, mediante Resolución Judicial Nº 02 del 05.04.2011 y Resolución Judicial Nº 04 del 16.08.2011 en el Expediente Nro. 02350-2010-13-0401-JP-CI-01 en el Proceso de Ejecución de Acta de Conciliación. 5) D0008.- Rectificación de Oficio.- Se rectifica la numeración de los asientos que anteceden en el sentido que se detalla a continuación: Al asiento signado como D0005 que contiene la anotación preventiva de inicio de trámite de prescripción adquisitiva de dominio respecto del lote 23 de la manzana F, le corresponde el número D0006. Al asiento signado como D0006 que contiene la anotación preventiva de inicio de trámite de prescripción adquisitiva de dominio respecto del lote 21 de la manzana C le corresponde el asiento D0007. Asimismo se rectifica el asiento D0005 de esta partida en el sentido que la medida cautelar que contiene fue dispuesta por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Javier Talavera Ugarte, asistido por Secretario Judicial Edwin Apaza Campos a favor de Edward Manuel Cuadros Begazo y Maridu Barrionuevo Surco. Se procede al amparo de lo establecido en los artículos 76 y 82 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, conforme aparece del Título Archivado 2011-00113784 que dio mérito a su inscripción y a mérito de la Resolución Nº 23 de fecha 16.01.2015 expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Javier Talavera Ugarte, asistido por el Secretario Judicial Edwin Apaza Campos en el expediente Nº 02350-2010-0-0401-JP-CI-01. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia el 10% de la tasación es decir S/. 31 924.76 (treinta y un mil novecientos venticuatro y 76/100 nuevos soles) además de arancel judicial respectivo consignando el juzgado, DNI del postor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevara a cabo en Sala de Remates ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Plaza España s/n del distrito, provincia y departamento de Arequipa el 03 de agosto del 2015 a las 09.00 horas. Honorarios del martillero público corren por cuenta del adjudicatario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 2015, julio 06. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 231. EDWIN APAZA CAMPOS SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CERCADO-AREQUIPA. (08-09-10-13-14-15 julio) B/Nº 031-31878. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el expediente N° 98-2009, sobre Obligación de dar suma de dinero que sigue Tomasa Parillo Supo en contra de ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES MANUFACTUREROS ASPROMAC DON MANUEL, el Señor Juez del Juzgado de Paz de Tingo Cercado Temporal Alto Selva Alegre a cargo del Dr. Enrique Cárdenas Medina, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien Inmueble ubicado en la calle Virgen del Pilar numero 070, 090, 106, 116, 128, 134 y 154 en el distrito, provincia y departamento de Arequipa., inscrito en la Partida N° 01218342 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN DEL BIEN: US$ 13`724,144.00 (Trece millones setecien-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

tos veinticuatro mil ciento cuarenta y cuatro con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: US$ 9’149,429.33 (nueve millones ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos veintinueve con 33/100 dólares americanos). AFECTACIONES: Asiento D0002 Embargo en forma de inscripción a favor de Tomasa Parillo Supo hasta por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles. D0003 Embargo en forma de inscripción a favor de Domitila Flores Mamani hasta por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles. D0004 Embargo en forma de inscripción a favor de Paula Gutiérrez de Gutiérrez. DIA Y HORA PRIMER REMATE: 22 DE JULIO DEL 2015 A LAS 17:00 HORAS DEL DÍA (CINCO DE LA TARDE) LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre, ubicado en la Avenida Brasil N° 100 en el distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa- POSTORES: Para ser postor se depositará antes del remate en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre la cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la tasación del inmueble; presentarán D.N.I. El Adjudicatario cancela los Honorarios del Martillero conforme al artículo 18 del D.S. 008-2005-JUS, Ley 27728 y están afectos al Impuesto General a las Ventas (IGV). FUNCIONARIO QUE REALIZARÁ EL REMATE: El remate será efectuado por Percy Luis Cornejo Barragán - Martillero Público - Registro Nacional N° 247. Celular: 957870365 - 992014422. Arequipa, 07 de julio del 2015. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N1 247 . ENRIQUE CARDENAS MEDINA JUEZ DE PAZ ALTO SELVA ALEGRE. (09-10-13-14-15-16 julio) B/Nº 031PRIMER REMATE En los seguidos por ISOLINA INES URIARTE ORTEGA, en contra de ISABEL CONCEPCION PINTO ARENAS, en el proceso sobre Obligacion de dar Suma de Dinero; Expediente 070-2009-C; el señor Juez del Juzgado de Paz de Zamacola Dr. Juan Feliz Sotelo Ayma, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el 50% de los derechos y acciones que tiene Isabel Concepcion Pinto Arenas, del inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Carmen II Congata, Manzana G, Lote 3, Distrito de Uchumayo, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6059095, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN DEL 100% DEL INMUEBLE (comercial): S/74,493.00 y el VALOR DE TASACION DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES MATERIA DE REMATE S/37,246.50 (comercial): Treinta y siete mil dos cientos cuarenta y seis 50/100 Nuevo Soles; PRECIO BASE DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES : S/24,831.00 (Veinticuatro mil ochocientos treinta y uno 00/100 nuevos soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del 50% de los derechos y acciones del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) Medida Cautelar en forma de inscripción hasta por la suma de S/.10,000.00 nuevos soles a favor de Isolina Inés Uriarte Ortega, así consta inscrito en el asiento D00005, afectación que se halla inscrita en la partida Nº PO6059095, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: Martes 04 de agosto del 2015, a las 16:30 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de espera del Juzgado de Paz de Zamacola-Arequipa, ubicado en la calle Amazonas N° 403, Zamacola, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/3,724.65) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, julio 06. MARLENE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. JUAN F. SOTELO AYMAR JUEZ DE PAZ. (10-13-14-15-16-17 julio) B/ Nº 031-31917. SEGUNDO REMATE En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 02512-2013-0-0401-JR-CI-09 seguido por EDPYME NUEVA VISION S.A., en contra de LUIS JESUS TORRES ESTREMADOYRO Y JHON JESUS VELASQUEZ TRUJILLO. El señor Juez del Noveno Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dr. José Antonio Meza Miranda, con intervención del Especialista Legal Dr. Christian Eduardo Lizarzaburu Romero, ha convocado al SEGUNDO REMATE de los inmuebles materia de ejecución, habiendo nombrado a la martillero Público Marlene Cleofe Flores de Mendoza con Registro N° 318, para la realización del segundo remate de los inmuebles: A).- PRIMER INMUEBLE: CENTRO POBLADO APLAO, MANZANA W1, LOTE 7, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6159494, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN: US$ 56,595.00 (Cincuenta y seis mil quinientos noventa y cinco 00/100 Dólares

Americanos); PRECIO BASE: US$ 32,070.50 (treinta y dos mil setenta 50/100 dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; LOS POSTORES: Depositan no menos del diez por ciento US$ 5,659.50 (cinco mil seiscientos cincuenta y nueve 50/100) del precio de tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre. AFECTACIONES: Hipoteca a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 56,595.00 dólares americanos, materia de ejecución, así consta inscrito en el asiento 00005, de la partida Nº PO6159494, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; B).- SEGUNDO INMUEBLE: CENTRO POBLADO APLAO, MANZANA W1, LOTE 6, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6159493, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA; TASACIÓN: US$ 49,738.00 (Cuarenta y nueve mil setecientos treinta y ocho 00/100 Dólares Americanos); PRECIO BASE: US$ 28,184.86 (veintiocho mil ciento ochenta y cuatro 86/100 dólares Americanos) equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; LOS POSTORES: Depositan no menos del diez por ciento US$ 4,973.80 (Cuatro mil novecientos setenta y tres 80/100 dólares americanos) del valor de tasación en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; AFECTACIONES: Hipoteca a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de US$ 49,738.00 dólares americanos, materia de ejecución, así consta inscrito en el asiento 00005 de la partida Nº PO6159493, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 22 de julio del 2015, a las 14:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de Remates, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX s/n cercado – Arequipa; Para participar como postor deberá de presentar Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, mas el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, julio 07. MARLENE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. CHRISTIAN LIZARZABURU ROMERO SECRETARIO JUDICIAL NOVENO JUZGADO CIVIL. (08-09-10 julio) B/Nº 031-31877. SEGUNDO REMATE EN EL PROCESO DE DIVISION Y PARTICION, EXPEDIENTE Nº01571-2010-0-0401-JR-CI-02, SEGUIDO POR IVAN ALBERTO GALLEGOS MENDOZA Y RICHARD GERARDO MOLINA BUSTINZA SUCESOR PROCESAL DE ANGEL AMADOR GALDOS FRIAS, EN CONTRA DE ERIKA VALERIA RODRIGUEZ CHAÑA Y COMO TERCERO JUAN CARLOS TERAN SOSA; EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL. DR. EDGARD PINEDA GAMARRA, ESPECIALISTA LEGAL PATRICIA MARIBEL ZAPATA COAGUILA, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO PARA LA REALIZACION DEL REMATE DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE PALACIO VIEJO 402, 404, Y 406, DISTRITO DE AREQUIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON UNA AREA DE 418.94M2, CUYOS LINDEROS, MEDIDAS Y DEMAS CARACTERISTICAS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL Nº11132866, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA SUNARP-AREQUIPA; QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL SEGUNDO REMATE PARA EL DIA 21 DE JULIO DEL 2015, A LAS 11:15 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, PABELLÓN E, DISTRITO DE AREQUIPA (SOTANO). TASACION TOTAL: S/.1`086,514.48 NUEVOS SOLES. PRECIO BASE: S/.615,691.54 NUEVOS SOLES. DEPOSITO PARA SER POSTOR: 10% DEL VALOR DE TASACION (S/.108,651.44 NUEVOS SOLES), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA A SU NOMBRE O DEPÓSITO JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1). ASIENTO D00002 MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA HASTA POR LA SUMA DE S/.12,000.00 NUEVOS SOLES, EXPEDIDA POR EL 7MO. JUZGADO DE PAZ LETRADO AREQUIPA EN EL EXPEDIENTE 2010-688 SOBRE O.D.S.D.. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263 – 984340166, NEXTEL. 981068447 ó 106*8447 AREQUIPA, 2015-07-01.- PATRICIA ZAPATA COAGUILA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31895.

RECTIFICACIONES EDICTO JUDICIAL-CAMBIO DE APELLIDO Por Ante, El 2do Juzgado Civil de Arequipa, Exp. N°

Viernes, 10 de julio del 2015

01965-2015; WILLIAM SAUL QUEA MULLISACA, Solicita CAMBIO DE NOMBRE, a efecto, de que se autorice el cambio de mi apellido materno MULLISACA por el de LINARES, quedando finalmente mi nombre como WILLIAM SAUL QUEA LINARES, Tramitandose la Solicitud Vía Proceso No Contencioso. Arequipa, 07 de julio 2015. FRESIA D. VALERO ZEGARRA ABOGADA MAT. C.A.A. 3403. (10 julio) B/Nº 031-31886. EDICTO JUDICIAL-CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Civil - Sede Jacobo Hunter- Arequipa. Exp. N° 1117-2015. César Sebastian Mamani Muñoz , solicita Cambio de Nombre, a efecto de que se disponga el cambio de su apellido paterno: Mamani, por el de Maiman, debiendo quedar como César Sebastian Maiman Muñoz, en su Partida de Nacimiento, lo que se tramita vía Proceso No Contencioso. Arequipa, 08 de julio del 2015. FRESIA TRUJILLO ZEBALLOS ABOGADA C.A.A. MAT. 3990. (10 julio) B/Nº 031-31899. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Valeriana Elva Arias Abarca de Velasquez, viuda del titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Sabino Eduardo Claudio Pascual Velasquez Llerena, registrada en el Libro 154, foja 256 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘19 de febrero último’, sus nombres como “Sabino Eduardo Claudio Pascual”. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació el 19 de febrero de 1934. “Se le suprima los nombres de ‘Sabino Claudio Pascual’. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Eduardo’. Debiendo la identidad del bautizado figurar en lo sucesivo como EDUARDO VELASQUEZ LLERENA”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 09 de julio del 2015.-Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31905.AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Yolanda Eusebia Choquehuanca Sanca quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de José Edgar Apaza en el Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el veinte de abril de mil novecientos setenta y cuatro; hijo de doña Teresa Apaza Nieves, y que fue bautizado en el Convento San Francisco de Asís - Arequipa el veintiuno de setiembre de mil novecientos ochenta; siendo sus padrinos don Jesús Sáenz Chávez y doña Lourdes Jiménez de Sáenz. AREQUIPA, 09 DE JULIO DEL 2015. DR. WALTER T.ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31906. CAMBIO DE NOMBRE Que habiendo salido sentencia N° 202-2015, del Segundo juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata en la materia de cambio de Nombre, es que la Señora JUANA VICTORIA QUISPE QUISPE en dicho proceso se resolvió a mi favor, ahora debiendo quedar mi persona con el Nombre de JUANA VICTORIA RAMÍREZ QUISPE. Solicito a su Diario que se dé la publicación respectiva con arreglo a ley. JOSUE ZALDIVAR CERPA ABOGADO C.A.A. 6575. (10 julio) B/Nº 031-31922. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: NESTOR GUILLERMO MANRIQUE MARTINEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE EN DICHO DOCUMENTO SE CORRIJA LA OMISION DEL SEGUNDO NOMBRE DE SU PADRE Y LA OMISION DEL PRIMER, SEGUNDO Y EL APELLIDO MATERNO DE SU MADRE, YA QUE APARECEN COMO: EDUARDO MANRIQUE GUZMAN y DORIS MARTINEZ DE MANRIQUE, DEBIENDO SER: EDUARDO NICEFORO MANRIQUE GUZMAN y MARIA LUISA DORIS MARTINEZ AGUILAR DE MANRIQUE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO JULIO ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA, 2015 JULIO 07. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/Nº 031-31911. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: MARLENE NATALIA MANRIQUE MARTINEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE DEFUNCION DE EDUARDO MANRIQUE GUZMAN, PARA QUE EN DICHO DOCUMENTO SE CORRIJA LA OMISION DE SU SEGUNDO NOMBRE, YA QUE APARECE COMO: EDUARDO MANRIQUE GUZMAN, DEBIENDO SER: EDUARDO NICEFORO MANRIQUE GUZMAN. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO JULIO ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA, 2015 JULIO 07. JULIO ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/Nº 031-31911. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: MARLENE NATALIA MANRIQUE MARTINEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE DEFUNCION DE DORIS

MARTINEZ DE MANRIQUE, PARA QUE EN DICHO DOCUMENTO SE CORRIJA LA OMISION DEL PRIMER, SEGUNDO NOMBRE Y EL APELLIDO MATERNO DE LA TITULAR, YA QUE APARECE COMO: DORIS MARTINEZ DE MANRIQUE, DEBIENDO SER: MARIA LUISA DORIS MARTINEZ AGUILAR DE MANRIQUE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO JULIO ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA 2015 JULIO 07. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/Nº 031-31911. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: EDUARDO ALBERTO MANRIQUE MARTINEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE EN DICHO DOCUMENTO SE CORRIJA LA OMISION DEL SEGUNDO NOMBRE DE SU PADRE Y LA OMISION DEL PRIMER, SEGUNDO Y EL APELLIDO MATERNO DE SU MADRE, YA QUE APARECEN COMO: EDUARDO MANRIQUE GUZMAN y DORIS MARTINEZ DE MANRIQUE, DEBIENDO SER: EDUARDO NICEFORO MANRIQUE GUZMAN y MARIA LUISA DORIS MARTINEZ AGUILAR DE MANRIQUE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO JULIO ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA, 2015 JULIO 07. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/Nº 031-31911. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: MARLENE NATALIA MANRIQUE MARTINEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE EN DICHO DOCUMENTO SE CORRIJA LA OMISION DEL SEGUNDO NOMBRE DE SU PADRE Y LA OMISION DEL PRIMER, SEGUNDO Y EL APELLIDO MATERNO DE SU MADRE, YA QUE APARECEN COMO: EDUARDO MANRIQUE GUZMAN y DORIS MARTINEZ DE MANRIQUE, DEBIENDO SER: EDUARDO NICEFORO MANRIQUE GUZMAN y MARIA LUISA DORIS MARTINEZ AGUILAR DE MANRIQUE. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO JULIO ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA, 2015 JULIO 07. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/Nº 031-31911. AVISO En esta Vicaria Judicial, se ha presentado Fortunata Alodia Durand Quispe de Chambi quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de FRANCISCO ALBERTO CHAMBI DURAND en el Archivo de la Parroquia San Ignacio de Loyola (Ciudad Blanca - Paucarpata) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el once de octubre de mil novecientos ochenta y tres; hijo de don Alejandro Chambi Vilcapaza y de doña Fortunata Durand de Chambi , y que fue bautizado en la Capilla Luz y Alegría (CIRCA) - Arequipa el quince de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco; siendo su madrina la Hermana María del Amor Prieto Taboada. Arequipa, 09 de julio del 2015. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31913. EDICTO-RECTIFICACION DE APELLIDOS ANTE EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, JUEZ DR. RUBÉN HERRERA ATENCIA, EXPEDIENTE Nº 01688-2015-0-0401-JR-CI-01 ESPECIALISTA LEGAL YULY ELIZABETH MÁRQUEZ TICONA, EN LA VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO DOÑA PATRICIA CONDORI AYAMAMANI SOLICITA LA RECTIFICACION DE APELLIDOS DE “CONDORI AYAMAMANI “ POR EL DE GAMERO ARENAS, PARA QUE EN LO POSTERIOR SE IDÉNTIFICA COMO PATRICIA GAMERO ARENAS. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LY CONFORME A LO PREVISTO EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. AREQUIPA, 06 DE JULIO DEL 2015, MANUEL JESUS ASCUÑA ABOGADO REG. 0578. (10 JULIO) B/Nº 031-31925.

SUCESIONES SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN N° 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: CARMELA COLQUE CASTILLA, SOLICITANDO LA DE: IGNACIA CASTILLA HUARCAYA, FALLECIDA EL 12 DE OCTUBRE DEL 2010, EN AREQUIPA, DONDE TUVO SU ULTIMO DOMICILIO, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA, CONJUNTAMENTE CON: MANUEL MARCELO CURILLO EN REPRESENTACION DE: GLORIA CARMEN COLQUE CASTILLA. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO JULIO ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA, 2015 JULIO 07. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/ Nº 031-31911. PUBLICACION DE SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN CALLE SAN JOSE 330 CERCADO, SE PRESENTÓ: PAMELA JUANA SANCHEZ ROMERO, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE: JUANA FLORA ROMERO CABRERA DE SANCHEZ, FALLECIA EL 30 DE ABRIL 2006, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN EL DISTRITO DE JACOBO HUNTER, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, LO QUE

Viernes, 10 de julio del 2015

COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 01 DE JULIO 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (10 julio) B/Nº 031-31910. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN N° 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: JOSE CARLOS NAVARRETE OSTOLAZA, SOLICITANDO LA DE: AMELIA MARGARITA OSTOLAZA TAPIA, FALLECIDA EL 23 DE JUNIO DEL 2015, EN CAYMA-AREQUIPA, DONDE TUVO SU ULTIMO DOMICILIO, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERO, CONJUNTAMENTE CON: JESSICA JOYCE NAVARRETE OSTOLAZA. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. SUSCRIBE LA PRESENTE, EL NOTARIO DR. JULIO E. ESCARZA BENITEZ, POR LICENCIA DEL TITULAR FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO. AREQUIPA, 07 DE JULIO DEL 2015. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (10 julio) B/Nº 031-31911. SUCESION INTESTADA En la fecha fue presente en mi despacho notarial de Jr. 28 de Julio #211, de la provincia de Camaná, Región Arequipa, don Elvis Ceferino Palomino Chávez, solicitando se declare la Sucesión Intestada de doña EVA ANDREA RUTH CHAVEZ DE PALOMINO, fallecida en esta ciudad de Camaná el 10 de mayo del año 2014, lo que se hace de conocimiento público, conforme a lo prescrito por el Art. 41° de la Ley N° 26662, para que se presenten quienes soliciten ser declarados sus herederos. Camaná 03 de julio del año 2015. MANUEL PANTIGOSO Q. ABOGADO-NOTARIO MAT. CNA 008. (10 julio) B/Nº 031-31887. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MI DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A CERCADO SE PRESENTÓ : MARA ISELA AQUINO YAMPASI, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE BALBINA YAMPASI SAMO; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 16 JUNIO DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº 24. (10 julio) B/Nº 03131518.

PRESCRIPCIONES PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD DE FELICITAS HURTADO RIVERA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE EL INMUEBLE INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL P06087432 IDENTIFICADO COMO LOTE 15 DE LA MANZANA B1 DEL PUEBLO TRADICIONAL ACEQUIA ALTA ÁREA DE 140.31 M2 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS; FRENTE: PASAJE JOSÉ OLAYA CON 8.38 ML; DERECHA: LOTE 14 CON 16.10 ML. IZQUIERDA LOTE 1 CON 15.34 ML; TITULAR REGISTRAL RAMOS VERA JULIA JUSTINA LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 JULIO 03. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (10-16-22 julio) B/Nº 031-31885. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA DJAMILIA BOUTAEVA BOUTAEVA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO LOCAL COMERCIAL KIOSKO 4 UBICADO EN EL SEGUNDO PISO DEL TERMINAL TERRESTRE DE AREQUIPA EL MISMO QUE TIENE LAS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS; POR EL FRENTE ACCESO A LA TERRAZA DEL SEGUNDO PISO 2.50 ML; POR EL FONDO CON LOS SERVICIOS HIGIENICOS N° 4 2.50 ML; POR EL LADO DERECHO CON PASADIZO 1.50 ML. Y POR EL LADO IZQUIERDO CON TERRAZA 1.50 ML. EL MISMO QUE FORMA PARTE DEL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 904119 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPASIENDO EL TITULAR REGISTRAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 JULIO 02. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (06-1016 julio) B/Nº 031-31779. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, SULPlCIO ELEODORO ALEMAN RODRIGUEZ, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN PUEBLO TRADICIONAL TIABAYA MANZANA S, LOTE 6, DISTRITO DE TIABAYA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 420.83 METROS CUADRADOS. COLINDANTES: POR EL FRENTE: CALLE BOLOGNESI, CON 14.61 ML. DERECHA: CON LOTE 7 Y 19, CON 39.13 ML., IZQUIERDA: CON LOTE NRO. 1, 2, 3, 4, 5 EN LINEA QUEBRADA DE 3.95 ML, 2.92 ML., 5.35 ML.6.74 ML.0.40 ML.Y 23.80 M.L, POR EL FONDO: CON CALLE PROGRESO, CON DE 10.32 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° P06098387 REGISTRO DE PREDIOS DIRIGIENDOSE LA MENCIONADA SOLICITUD EN CONTRA SABINA PORTUGAL DE RODRIGUEZ (AHORA VIUDA) Y FRANCISCO RODRIGUEZ CACERES, EN SU CALIDAD DE TITULARES REGISTRALES, ACTUALMENTE FALLECIDO, POR LO QUE SE EMPLAZA TAMBIEN A LA SUCESION INTESTADA DEL MISMO, CONFORMADA POR GREGORIO Y JUAN RODRIGUEZ PORTUGAL; ANGELICA RODRIGUEZ PORTUGA DEL TALAVERA Y SERAFINA RO-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

DRIGUEZ PORTUGAL DE GUTIERREZ. LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 01 DE JULIO DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA NOTARIO PUBLICO ASOC. VILLA AVIACIÓN G-9 CIUDAD MUNICIPAL YURA AREQUIPA.- (06-10-16 julio) B/Nº 031-31775. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD DE HAYDEE EMILIA PACHAO HUASHUAYO, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL DE PREDIO URBANO UBICADO ASOCIACION PROVIVIENDA DE INTERES SOCIAL CORAZON DE JESUS MANZANA G LOTE 11 DISTRITO SOCABAYA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL MISMO QUE FORMA PARTE DEL INMUEBLE INSCRITO EN LA PARTIDA 01181519 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA; EL MISMO QUE TIENE UN ÁREA DE 191.25 METROS CUADRADOS CUYOS LINDEROS SON: POR EL FRENTE CALLE CON 8.50 ML; POR LA DERECHA ppjj la unión CON 22.50 ML; POR LA IZQUIERDA LOTE 12 CON 12.50 ML; POR EL FONDO ppjj la unión CON 8.50 ML SIENDO LA TITULAR REGISTRAL ASOCIACIÓN PROVIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL CORAZÓN DE JESÚS INSCRITA EN LA PARTIDA REGISTRAL 01069051; LO QUE SE, PONE EN CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 JULIO 02. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (06-10-16 julio) B/Nº 031-31804 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NRO. 214 - AREQUIPA, SE PRESENTARON: VILMA JANET MONTOYA SANCHEZ, Y JOSE JULIO PORTUGAL CALDERON, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN URBANIZACION GUARDIA CIVIL, SIGNADO COMO MANZANA G, LOTE 15, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; CUYA ÁREA ES DE 252.50 M2.; INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 01089938, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII -SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE ESTANISLAO MONTOYA MONZARRIETA Y MERCEDES SANCHEZ ZEGARRA.- LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SON LAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE: CON LA AV. GUARDIA CIVIL, CON 10.10 M.L.; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON LOTE 14, CON 25.00 M.L.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON CALLE CABO PINTO, CON 25.00 M.L. Y POR EL FONDO: CON LOTE N° 30, CON 10.10 M.L. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO AREQUIPA 02-07-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (06-1016 julio) B/Nº 031-31814. RECTIFICACIÓN DE Y DETERMINACIÓN DE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS Ante mí, CARLOS ZENÓN SOTO COAGUILA, ABOGADONOTARIO DE CAMANÁ, con oficio notarial en Jr. 28 de Julio No. 252, Camaná; se han presentado los Esposos: LUIS FERNANDO PAREDES ROSALES, con DNI Nro. 29581746, y doña GINA PAOLA RAMOS ROMERO, con DNI Nro. 29596070, solicitando la RECTIFICACIÓN DE AREA Y DETERMINACIÓN DE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS, del imueble urbano, ubicado en la Asociación de Vivienda Recreacional EL MIRADOR signado Como Mza. D, Lote 7, del Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camaná, Departamento y Región de Arequipa, a efectos de que se establezca la características siguientes: ÁREA: 400.00 M2. (CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Por el FRENTE, Con Malecón II, con 16.00 ml.; Por el COSTADO DERECHO ENTRANDO, Con Playa San Marino Lote A1, de propiedad del señor Jaime Pinto con Pasaje de por medio con 25.00 ml. Por el COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO, Con el Lote N° D6, de propiedad del señor Víctor Bolaños, con 25.00 ml.; Por el FONDO, Con Vía Principal, con 16.00 ml., e inscrito en la Partida Nro. 12012430 de la Zona Registral N° XII -Sede Arequipa, Oficina Registral de Camaná. Se publica la presente para conocimiento general y hagan valer su derecho conforme a Ley. Camaná 01 de julio del 2015. DR. CARLOS Z. SOTO COAGUILA ABOGADO-NOTARIO JR. 28 DE JULIO Nº 252 CAMANA. (06-10-16 julio) B/Nº 031- 31816. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE EL OFICIO NOTARIAL DE LA DRA. MARIA EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA, SITO EN LA AVENIDA SOCABAYA 311, DISTRITO DE SOCABAYA; MERY GREGORIA LIMAHUAYA COLQUE Y OTROS, SOLICITAN LA DECLARACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO A FIN DE QUE SE LES DECLARE COMO PROPIETARIOS DE UN INMUEBLE UBICADO EN PUEBLO JOVEN VILLA EL GOLF MZ. I LOTE 13, DISTRITO DE SOCABAYA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA EL INMUEBLE MATERIA DE PRESCRIPCION, SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA Nº P06044435, DEL REGISTRO DE PREDIOS, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE FELIX COLQUE MARAZA.- LO QUE SE COMUNICA A FIN QUE QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHOS, LOS HAGAN VALER CONFORME A LEY. AREQUIPA, 01 DE JULIO DEL 2015.- MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (06-1016 julio) B/Nº 031-31785. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN AVENIDA

ARGENTINA 205, 15 DE ENERO PAUCARPATA, SE HAN PRESENTADO ELENA CONCEPCION VELIZ DELGADO, TOMASA VELIZ DELGADO Y CIPRIANA JUSTINA VELIZ DELGADO VIUDA DE ROMAN, SOLICITANDO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE DE TERRENO URBANO CUYO ACCESO SE REALIZA A TRAVES DE LA AVENIDA MARISCAL CASTILLA NUMERO 124-A, SERVIDUMBRE DE ACCESO POR MEDIO, DISTRITO, PROVINCIA Y REGION AREQUIPA, EL MISMO QUE CUENTA CON UNA EXTENSION DE 49,21 M², (CUARENTA Y NUEVE COMA VEINTIUN METROS CUADRADOS), CON LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SIGUIENTES: - POR EL FRENTE: SERVIDUMBRE Y CON PROPIEDAD DE SUCESION DE MANUELA DELGADO RODRIGUEZ, CON 5,50 ML; POR EL FONDO: CON PROPIEDAD DE GILMA SONIA GONZALES SOLIS, PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA 01127966 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA (I.S. MONTESSORI), CON 5.90 ML; POR EL COSTADO DERECHO: CON PROPIEDAD DE LUCINDA JUDITH HERRERA ALVARADO, PREDIO DE AVENIDA MARISCAL CASTILLA NUMERO 124, INSCRITO EN LA PARTIDA 11172574 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA, CON 9,30 ML; - POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON PROPIEDAD DE TOMASA VELIZ DELGADO, CON 2,20 Y 6,25 ML. EL PREDIO NO SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE AREQUIPA. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS LOS HAGAN VALER CON ARREGLO A LEY.- AREQUIPA, 2015, JULIO 02. JAVIER ANGULO SUAREZ NOTARIO. (06-10-16 julio) B/ Nº 031-31803. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. Por ante el Juzgado Mixto Civil de Castilla - Aplao- Juez el Dr. Wilmer H, Calle Olivera. Expediente Nº0025-2015JM-CI-01. Especialista Legal Dra. María Coa Vargas, el Señor ARIAS MERMA SEGUNDO EFRAIN , solicita la Prescripción Adquisitiva del Vehículo Marca Datsun, Clase:CMTA. Dic. TIPO:CAB. Simple, Año: 1977, No.Motor. PJ29488. Serie NL.620-B 29253.MTPZ.2772, Modelo.NL620, Color Verde.: SE RESUELVE. Admitir en la Vía de Proceso Abreviado la demanda de Prescripción Adquisitiva interpuesta por Arias Merma Segundo Efraín en contra de ROSARIO LEOPOLDO QUISPE UMIÑA; se dispone Correr Traslado por el plazo de diez días, a la parte demandada, a fín de que cumpla con apersonarse al proceso y formular su contestación, bajo apercibimiento de seguirse el trámite en su Rebeldía; para tal efecto efectúese la publicación del tracto de la presente Resolución en forma prevista por el artículo 506 del C.P.C., por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agréguese a su antecedentes los anexos acompañados. TRHS. Aplao 26 de junio del 2015. EDUARDO ZUÑIGA MARTINEZ ABOGADO MAT. C.A.A. 1817. (30 junio y 0610 julio) B/Nº 031-31694. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD ABRAHAM TAPIA OLARTE, CASADO CON ANDREA SALINAS AGUIRRE, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE PARTE DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMPLEJO HABITACIONAL DEAN VALDIVIA, MANZANA G, LOTE 15, SECTOR 13, DEL DISTRITO DE CAYMA (ENACE) PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA CON LAS SIGUIENTES LINDEROS POR EL FRENTE 8.00 ML., CON PASAJE 13-1; POR LA DERECHA CON 16.00 ML; LOTE 14; POR LA IZQUIERDA CON 16.00 ML, LOTE 16; POR EL FONDO CON 8.00 ML, LOTE 17; SIENDO EL TITULAR REGISTRAL HUHUACONDO QUISPE PERCY EDGAR LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 JUNIO 24. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31693 FORMACION DE TITULO SUPLETORIOS Ante mi Oficio Notarial, en Av. Panamericana N° 115, MIRIAM VICTORIA CUEVA DONGO, ha solicitado FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS, del predio ubicado en Jr. 2 de Mayo N° 127, del distrito y provincia de Camaná, departamento de Arequipa, con un área de 245.99 M2, con los linderos y medidas perimétricas: POR EL FRENTE, Jr. 2 de Mayo, con 11.10 y 6.13 ml. POR EL COSTADO DERECHO, con Prop. Sucesión Reynaldo Cueva y Mercedes María Dongo Granda de Cueva, con 14.87 y 17.68 ml. POR EL COSTADO IZQUIERDO, con Prop. de Víctor Dongo Granda y Hnos. con 14.22, 2.20, 3.29, 7.55, 0.07 y 6.13 ml. POR EL FONDO, con Prop. Hdros. De Julio Pacozondo Pérez, con 1.67 ml. Lo que se pone de conocimiento público para los fines de Ley. Camaná, 2015 JUNIO 24. ANGEL MARTINEZ PALOMINO ABOGADO-NOTARIO. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31692. FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS Ante mi Oficio Notarial, en Av. Panamericana N° 115, MIRIAM VICTORIA CUEVA DONGO, ha solicitado FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS, del predio ubicado en Jr. 2 de Mayo N° 133, del distrito y provincia de Camaná, departamento de Arequipa, con un área de 286.40 M2, con los linderos y medidas perimétricas: POR EL FRENTE, Jr. 2 de Mayo, con 7.50 y 1.29 ml. POR EL COSTADO DERECHO, con Prop. de Isela Amparo Dador Fernández, con 3.92, 0.10, 9.67 y 19.42 ml. POR EL COSTADO IZQUIERDO, con Prop. de Sucesión Mercedes María Dongo Granda De Cueva, con 18.47 y 17.68 ml. POR EL FONDO, con Prop. Hdros. De Julio Pacozondo Pérez, con 8.81 ml. Lo que se pone de conocimiento público para los fines de Ley. Camaná, 2015 JUNIO 24. ANGEL

MARTINEZ PALOMINO ABOGADO-NOTARIO. (30 junio 06—10 julio) B/Nº 031-31692 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NRO. 214 - AREQUIPA, SE PRESENTARON: GABINO MAMANI QUISPE, Y RICARDINA AMANQUI DE MAMANI, SOLICITANDO PRESCRIPCION DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO URBANO, UBICADA EN ASOCIACION GRANJEROS UNIDOS, MANZANA “C”, LOTE 16 A. CERRO COLORADO, AREQUIPA, ÁREA SUPERFICIAL: 994.00M2, ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON CALLE SIN NOMBRE. CON UNA LINEA RECTA DE 19.98 ML, QUE COMPRENDE DEL VERTICE ´B’AL VERTICE “C”. POR EL COSTADO DERECHO: CON PROPIEDAD DE MONICA MAMANI CHOQUE Y PROPIEDAD DE VILMA DIAZ CHATA, CON UNA LINEA QUEBRADA DE 02 SEGMENTOS, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “G” AL VERTICE “B”, CON 3.64 Y 46.29 ML. POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON PROPIEDAD DE FREDY HUARCALLA Y FLORENCIO VICENTE LLALLACACHI, CON UNA LINEA QUEBRADA DE 02 SEGMENTOS, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “C” AL VERTICE “E”, CON 39.34 Y 10.65 ML. POR EL FONDO: CON PROPIEDAD DE FLORENCIO VICENTE LLALLACACHI Y PROPIEDAD DE ESTEBAN QUISPE SANCA, CON UNA LINEA QUEBRADA DE 02 SEGMENTOS, QUE COMPRENDE DEL VERTICE “E” AL VERTICE “G”, CON 5.27 Y 14.43 ML. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 16-06-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31712 PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por HAYDEE ROSA CENTENO FLORES, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en urbanización “La Colonial” Manzana “B” Lote 6, primera etapa, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. ÁREA: 177.75 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: calle M. Carbajal, 7.50 metros. Derecha: lote 7, 23.70 metros. Izquierda: lote 5, 23.70 metros. Fondo: lote 27, 7.50 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2015 JUNIO 17. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. ( 30 JUNIO 06-10 julio) B/Nº 031-31690. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi Oficio Notarial ubicado en calle Colon 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por JOSE PATRICIO IBAÑEZ NIETO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en calle Chullo N° 845, distrito Yanahuara, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 346.57 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: calle Chullo, 9.77 metros. Derecha: propiedad de Lucas Núñez Cerpa, 17.18 y 15.32 metros. Izquierda: propiedad de Hugo Torres Rojas y Agripina Polar Paredes, 16.83, 8.65 Y 3.66 metros. Fondo: Torrentera Chullo, 11.77 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa, 2015 junio 18. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 03131690. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por JUANA QUISPE DE COAQUIRA y JUAN HECTOR COAQUIRA LOPEZ, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio urbano ubicado en Urbanización de la “Asociación Víctor F. Chávez Castillo” Manzana “E” Lote N°4, Sección 1, Quebrada Coscollo, distrito Socabaya, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 157.95 METROS CUADRADOS LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: avenida Caracas, 8.30 metros. Derecha: Lote 5, 19.94 metros. Izquierda: Lote 3, 19.89 metros. Fondo: Lotes 16 y 17, 7.84 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 2015 junio 19. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31690. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por JUANA QUISPE DE COAQUIRA y JUAN HECTOR COAQUIRA LOPEZ, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio urbano ubicado en Urbanización de la “Asociación Víctor F. Chávez Castillo” Manzana “E” Lote N°3, Sección 1, Quebrada Coscollo, distrito Socabaya, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 165.16 METROS CUADRADOS LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: avenida Caracas, 8.20 metros. Derecha: Lote 4, 19.89 metros. Izquierda: Lote 2, 20.15 metros. Fondo: Lotes 17 y 18,3.15, y 5.37 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2015 JUNIO 19. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 03131690. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se presentaron Hernán Hilari Casas y Luz María Cruz Jara, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio respecto de una fracción de terreno

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signada como lote 7-A que forma parte del lote 7, manzana H del Pueblo Tradicional de Zamácola del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 66,13 m2. (SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TRECE DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, área común y área remanente del lote 7, con dos tramos de 1,17 metros y 6,48 metros; por la derecha, entrando, con lote 8, con 8,75 metros; por el costado izquierdo, entrando, con lote 6, con 8,60 metros; y por el fondo, con lote número 14, con 7,60 metros. El bien de mayor extensión se encuentra inscrito en la partida P06094500 del Registro de Predios de Arequipa. Arequipa, 25 de junio del 2014. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO Av. PumacahuaN0 510 Cerro Colorado. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31689. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD WILLIAM VÁSQUEZ MOLINA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL SOBRE PARTE DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO LOTE 05 DE LA MANZANA A ZONA 3 DISTRITO DE CERRO COLORADO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA CON LAS SIGUIENTES LINDEROS POR EL FRENTE 10.00 ML., CON CALLE OESTE N° 5; POR LA DERECHA CON 20.00 ML; CON LOTE 02; POR LA IZQUIERDA CON 20.00 ML, CALLE PASEO CENTRAL; POR EL FONDO CON 10.00 ML, CENTRO EDUCATIVO; SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES FREDDY RAÚL OJEDA CASAPIA Y LIDIA ESTELA VALENZUELA MEDINA.- LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 JUNIO 24. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31679. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, MONICA JESUS GUTIERREZ GALLEGOS Y JORGE MOSCOSO TEJADA, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ASOCIACION DE PRODUCTORES MAYORISTAS “FERIA LOS INCAS” IDENTIFICADO COMO BLOCK 25 STAND 4, EN LA PARTIDA REGISTRAL APARECE COMO INTERIOR DENOMINADO SERVICIOS HIGIENICOS, SIENDO LO CORRECTO “STAND 4”, DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 24.00 M2. COLINDANTES: - FRENTE: CON PASAJE N° 2, CON 4.00 ML,- DERECHA: CON PASAJE N° 10, CON 6.00 ML;- IZQUIERDA: CON STAND N° 3, CON 6.00 ML; - FONDO: CON STAND N° 1, CON 4.00 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 11229938 REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE ASOCIACION DE PRODUCTORES MAYORISTAS “FERIA LOS INCAS”, EN CONTRA DE QUIEN SE DIRIGE LA MENCIONADA SOLICITUD, ADEMAS DE DOÑA GUILLERMINA ESCOLASTICA NUÑEZ HUANQUI VDA DE RODRIGUEZ, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 24 DE JUNIO DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.(30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31666. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, RUFINO ADRIAN TURPO ORDOÑO, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ASENTAMIENTO POBLACIONAL URBANIZADORA CIUDAD DE DIOS MZ. F LT. 2, ZONA 3, SECTOR A, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 1000.00 M2. COLINDANTES: FRENTE: CON CALLE O, CON 25.00 ML. DERECHA: CON LOTE 01 Y 09, CON 40.00 ML. IZQUIERDA: CON CALLE 30, CON 40.00 ML. FONDO: CON LOTE 03, CON 25.00 ML. INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° P06070482 REGISTRO DE DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE COMISION DE FORMALIZARON DE LA PROPIEDAD INFORMAL COFOPRI, EN CONTRA DE QUIEN SE DIRIGE LA SOLICITUD, ADEMAS DE MARIO LORENZO HUANCA CHIPANA Y NATALI CHECMAPOCO CHOQUE, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 24 DE JUNIO DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31666 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, SANDRA RUPERTA LLAIQUI DE MENDOZA Y CESAR AUGUSTO MENDOZA CHAVEZ, SOLICITANDO LA AMPLIACION DE SU SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A RAZON DE QUE DICHA SOLICITUD TAMBIEN ESTA DIRIGIDA EN CONTRA DE EMILIO MORA BERROA Y CARLOTA NINFA LLAIQUI SOTO, DEL INMUEBLE UBICADO EN AV. PROGRESO, DISTRITO DE MIRAFLORES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, ÁREA: - ÁREA: 171.50 M2 (CIENTO SETENTA Y UNO CON 50/100 METROS CUADRADOS). LINDEROS: - FRENTE: CON AV. PROGRESO CON 5.50 ML, - COSTADO DERECHO: CON PREDIO DE EMILIO MORA CON 20.00 ML.- COSTADO IZQUIERDO: CON PREDIO DE ASUNTA BERNAL CON 17.10 ML, - FONDO: CON PREDIO DE LORENZO RAMOS CON 5.50 ML., INSCRIPCIÓN: PARTIDA N° 01141512 DEL REGISTRO DE PREDIOS, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 17 DE JUNIO DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (30 junio y 06-10 julio) B/Nº 031-31666.

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La República

EDICTOS PENALES EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-3576-89 (Imputado) AUGUSTO HUGO OVIEDO PACHECO, delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado SUNARP Y OTROS, DILIGENCIA 07-07-2015, 08:30, Sala 1, Secretario: Valero. (06-07-08 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2210-0 (Agraviado) José Antonio Mamani Quispe, delito usurpación, agraviado José Antonio Mamani Quispe, DILIGENCIA 10-07-2015, 09.00, Sala 1, Secretario: Ramírez. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2002-618-0 (Imputado) JUDITH AGRIPINA PACCORI GUEVARA, delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, agraviado EL ESTADO, Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2001-2506-0 (Imputado) GUIDO MARTINEZ SANCHEZ, delito ROBO AGRAVADO, agraviado CRISTIAN ANNICK DROUAL Y OTRO, Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2006-1598- (Imputado) EULOGIO TORIBIO BAUTISTA, delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR, agraviado L.G.C.CH., Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2006-2682-0 (Imputado) ELMER JOSE CALLAN BAYLON, delito TRAFICO ILICITO I )E DROGAS, agraviado EL ESTADO, Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2005-1280-0 (Imputado) OSCAR JUNIOR SIESQUEN HERNANDEZ, delito ROBO AGRAVADO, agraviado JAVIER POSTIGO VALDIVIA, Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2003-1404-0 (Imputado) TEOFILO MANUEL HERNANDEZ PASTOR, delito ROBO AGRAVADO, agraviado ALFONSO HUMBERTO VELARDE CUADROS, Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2006-1596-0 (Imputado) CRISTOBAL BAUTISTA SENCIA PILA, delito ROBO AGRAVADO, agraviado CARLO ZAMORA MORA Y OTRO, Secretario: Ugarte. (06-07-08 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los Siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos Formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: EXP 2007-401-0 Cruz Chipana Faustino Abdon, delito violación de la libertad sexual, Agraviado LGVA, Secretario: MILLAN. (06-07-08 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2008-117-0 (IMPUTADO ): YANARICO CALSÍN, JULIO CÉSAR, delito violación de la libertad sexual, agraviado MENOR DE EDAD DE INICIALES C.R.C.C., Secretario: MILLAN. (06-07-08 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-289-0 (Imputado) ARMUTO PACHACUTEC WALTER se notifica a efecto de que concurra al local del Juzgado a recabar copias de la acusación, siendo como elementos de convicción del delito los siguiente: Acta de intervención policial, Certificado Médico Legal, Declaración del agraviado, Opinión téc-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

nica N° 06-2014-DIVPOCAM/SECTRAN-GMIAT-1 , delito LESIONES CULPOSAS (art. 124 del Código Penal), agraviado CELSO NEPTALI RAA BARRIOS , NOTIFICACION: Se notifica para los efectos del art. 350 del NCPP con la acusación al haber atropellado el dia 15-07-13 con un vehículo camioneta al agraviado, por lo que se solicita una pena de 4 años 8 meses e inhabilitación y reparación civil de s/.5000.00 soles ; Secretario: Vargas. (06-0708 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-226-72 (Imputado) JONATHAN RAFAEL CASARIEGO DE LA CRUZ; HILTON GERMAN ADRIANZEN VIZCARRA Y LUIS ALBERTO OSEDA NOA. Se notifica a LUIS ALBERTO OSEDA NOA con el AUTO DE CITACION A JUICIO - RESOLUCION N° 01,de fecha 05jun2015, para la audiencia de Juicio Oral programada para el día 07 de Julio 2015 a las 3:00 pm en el Establecimiento Penitenciario de Pucchun - Camaná, delito ROBO AGRAVADO Y TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, agraviado JHON RICHARS SAVINO CAMPOS HENRY OVER QUISPE GODOY Y EL ESTADO, DILIGENCIA 07-07-2015, 3:00 P.M., Sala del Penal Pucchun, Secretario: Vargas. (06-07-08 julio) Exp. 2011-597-54 (CHACON SAYA RUTH ROSARIO), delito falsificación de documento privado, agraviado Chacón Saya Ruth Rosario, DILIGENCIA 06-07-2015, 10:00, Sala 11, Conforme al estado de la causa corresponde Señalar fecha para la AUDIENCIA DE APELACIÓN de auto para el día SEIS DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número once (ex Segunda Sala Penal Liquidadora) del Módulo Penal, con los Magistrados que conformen el Colegiado hábil para la fecha diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada; informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que frustren la audiencia convocada dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Secretario: CANO. (06-07-08 julio) El Juzgado de Investigación Preparatoria de El Pedregal, con sede en el distrito de Majes que Despacha el señor Juez Edgar Mendoza García, Especialista Legal Richard Cristian Hernández Soto, pone en conocimiento a ADOLFO QUISPE VILCA la resolución N° 01-2014, que corre traslado del requerimiento de acusación, por el término de DIEZ DÍAS hábiles. Ello en la expediente Nro. 02889-2014-0-0405-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito de conducción en estado de ebriedad en agravio La Sociedad. (06-07-08 julio) EXPEDIENTE NRO. 729-2014-1-040 l-JR-PE-02.- EDICTO El Señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Dr. Percy Bellido Dávila, con intervención de la Especialista Legal, Yoni Elisabet Maquera Cuayla, por intermedio del presente NOTIFICA Y CITA al acusado JUVENAL BASURCO SALAS y ADELAIDA BELTRAN DE BASURCO, con la Resolución Nro. 01 de fecha 19-06-2015 que señala fecha para la Audiencia de Juicio Oral para el día 17.05.2016 A LAS 08:00 HORAS la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 02 del Modulo Penal de Paucarpata ubicado en la Calle Teniente Alcántara con Alberto Leveau, Urb. Guardia Civil III Etapa, Paucarpata, en caso de inconcurrencia serán declarados Contumaz, se dispondrá el archivo provisional del proceso y se giraran lar órdenes de captura respectivas. Ello ordenado en el expediente Nro. 729-2014-1-040l-JR-PE-02 seguido en contra Juvenal Basurco Salas por el delito de Utilización Indebida de Tierras Agrícolas en agravio del Estado. (0607-08 julio) POR MEDIO DE LA PRESENTE, LA SEÑORA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA 15 DE AGOSTO, CITA, NOTIFICA, EMPLAZA A MILWERT TOMAS COAGUILA QUISPE Y ENNALIS YORDANA PEPEN a efecto de que tomen conocimiento de la RESOLUCIÓN NRO. 01-2015, QUE RESUELVE: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de MILWERT TOMAS COAGUILA QUISPE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ENNALIS YORDANA PEPEN. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada MILWERT TOMAS COAGUILA QUISPE. RESOLUCIÓN NRO. 03-2015: SE FIJA nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA TRECE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS 09:00 HORAS: la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de 15 de Agosto Paucarpata (sito en Centro Cívico 15 de Agosto, Tercer Piso, Av. Salaverry 701 con José Santos Chocano, Paucarpata. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: MILVERT TOMAS COAGUILA QUISPE, con su abogado, bajo apercibimiento de disponerse SU CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PÚBLICA V DE SER

NECESARIO, DE ORDENARSE LA PRISIÓN PREVENTIVA EN SU CONTRA HASTA QUE SE REALICE V CULMINE LA AUDIENCIA. Y la parte agraviada: YORDANA PEPEN ENNALIS, deberá de asistir con su abogado, bajo apercibimiento de dictarse su desistimiento tácito en su calidad de querellante particular, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. Ello en la instrucción N° 458-2015-0-0412-JP-PE, por Faltas contra la persona. Arequipa, 12 de Junio de 2015. (06-07-08 julio) EXPEDIENTE: 01668-2015-0-0401-JP-PE-01, ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Carmen Mamani Machaca, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de GLADYS RUTH SUPO HUANCA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de CARMEN MAMANI MACHACA. 2) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS a las personas de PATRICIA GUADALUPE SUPO HUANCA y GLADYS RUTH SUPO HUANCA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de VERONICA IGNACIA MOSCOSO BECERRA DE MELGAR. 3) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados GLADYS RUTH SUPO HUANCA, PATRICIA GUADALUPE SUPO HUANCA y GLADYS RUTH SUPO HUANCA. 4) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 13 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 08:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir las imputadas PATRICIA GUADALUPE SUPO HUANCA y GLADYS RUTH SUPO HUANCA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública; si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, CARMEN MAMANI MACHACA y VERONICA IGNACIA MOSCOSO BECERRA DE MELGAR en su calidad de querellantes particulares, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP). 5)REMITIR coplas certificadas de todos los actuados del proceso, seguido en agravio de Patricia Guadalupe Supo Huanca en contra de Verónica Ignacia Moscoso Becerra De Melgar, asimismo en agravio de Gladys Ruth Supo Huanca y en contra de Carmen Mamani Machaca y Verónica Ignacia Moscoso Becerra De Melgar; a la FISCALÍA PENAL DETURNO - MINISTERIO PÚBLICO para que se avoque a su conocimiento y proceda conforme a sus atribuciones, conforme a lo indicado en el punto noveno y décimo. 6) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuníquese. (0708-09 julio) EXPEDIENTE: 082-2014-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN,. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a las imputadas Giovanna Jacqueline Bejar Mogrovejo y Verónica Milagros Ugarte Mogrovejo, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado GIOVANNA JACKELINE BEJAR MOGROVEJO Y VERONIKA MILAGROS UGARTE MOGROVEJO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de DEYFI MARIA DEL CARMEN CHURA RAMOS. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada GIOVANNA JACKELINE BEJAR MOGROVEJO Y VERONIKA MILAGROS UGARTE MOGROVEJO. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNI-

Viernes, 10 de julio del 2015

CA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 14 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 8:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de ArequipaComisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado GIOVANNA JACKELINE BEJAR MOGROVEJO Y VERONIKA MILAGROS UGARTE MOGROVEJO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte agraviada constituida en querellante particular DEYFI MARIA DEL CARMEN CHURA RAMOS, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (0708-09 julio) EXPEDIENTE : 0917-2015-0-0401 -JP-PE-01, ESPECIALISTA,. : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Juan Manuel Calle Ramírez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por JUAN MANUEL CALLE RAMIREZ, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.(07-08-09 julio) EXPEDIENTE: 01224-2015-0-0401 -JP-PE-01, ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Benedicto Gertrudis Cueva Fernández, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por BENEDICTA GERTRUDES CUEVA FERNANDEZ, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (07-08-09 julio) EXPEDIENTE: N° 01667-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA -COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NO LAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Jhon Wilber Masco Quea y Cesar Masco Quispe con la parte resolutiva de la resolución 02 de fecha 20 de mayo del 2015, que , RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JHON WILBER MASCO QUEA, CESAR MASCO QUISPE y MARTIN YSMAEL ROSELLO RAMOS; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de JHON WILBER MASCO QUEA, CESAR MASCO QUISPE y MARTIN YSMAEL ROSELLO RAMOS. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JHON WILBER MASCO QUEA, CESAR MASCO QUISPE y MARTIN YSMAEL ROSELLO RAMOS. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 25 DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en La calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JHON WILBER MASCO QUEA, CESAR MASCO QUISPE y MARTIN YSMAEL ROSELLO RAMOS, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular JHON WILBER MASCO QUEA, CESAR MASCO QUISPE y MARTIN YSMAEL ROSELLO RAMOS, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión de ser posible), per ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para ¡a postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; ARCHIVAR las actuaciones respecto a la denuncia de faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños formulado por CESAR MASCO QUISPE en contra

de persona no identificada. ARCHIVAR las actuaciones respecto a ¡a denuncia de faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños formulado por MARTIN YSMAEL ROSELLO RAMOS en contra de JHON WILBER MASCO QUEA y CESAR MASCO QUISPE. 6)DISPONGO: que por Secretaria de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencia en fecha más próxima. Regístrese y comuníquese. SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 07 y 08-09 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N° 01846-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Yeni Verónica Condori Taipe y Norma Choque Coaguila con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 18 de mayo del 2015, que RESUELVO: DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de NARCISA ZENOBIA CUTIPA PAMPA ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de YENI VERONICA CONDORI TAIPE y NORMA OFELIA CHOQUE COAGUILA. CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de YENI VERONICA CONDORI TAIPE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de NARCISA ZENOBIA CUTIPA PAMPA. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada NARCISA ZENOBIA CUTIPA PAMPA y YENI VERONICA CONDORI TAIPE FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 09 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS: en e! loca! del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada NARCISA ZENOBIA CUTIPA PAMPA y YENI VERONICA CONDORI TAIPE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular NARCISA ZENOBIA CUTIPA PAMPA y YENI VERONICA CONDORI TAIPE, NORMA OFELIA CHOQUE COAGUILA deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 5) ARCHIVAR las actuaciones respecto a la denuncia de taitas contra !a persona en la modalidad de lesiones dolosas formulada por NARCISA ZENOBIA CUTIPA PAMPA en contra de NORMA OFELIA CHOQUE COAGUILA conforme al noveno considerando. 6) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 07 Y 08-09 de julio del 2015. SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2001-3757-0 GUSTAVO CASTILLO SOLORZANO IRENEO FREDDY PINTO CUADROS , delito PECULADO Y OTROD, agraviado MUNICIPALIDAD DE CERRO COLORADO Y OTROS, DILIGENCIA 10/07/2015, 09.00, Sala de Audiencia, SER DECLARADOS CONTUMACES, SUSPONIÉNDOS E LOS TÉRMINOS DE PRESCRIPCIÓN; Secretario: Ugarte . (07-08-09 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2006-00076-0 (Imputado) TOMAS PEREZ SULCA, delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, Secretario: Ugarte. (07-08-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4077-38 (Imputado) MARÍA GUADALUPE RODRIGUEZ CAYTURO , delito EXPEDICION DE DOCUMENTO FALSO Y USO DE DOCUMENTO

Viernes, 10 de julio del 2015

FALSO, agraviado Gobierno Regional Arequipa y otros, NOTIFICACION 07-2015; se señala para la audiencia preliminar de control de acusación el día 16 julio 2015, a horas 10:30 en la Sala DOS del Juzgado de Investigación Preparatoria, siendo obligatoria la presencia del fiscal y abogado de la defensa, pasible multa.- ; Secretario: Fernandez . (07-08-09 julio)

en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-315-14 (Imputado) BERLY HENRRY HUARSOCCA CHUCTAYA, delito CONDUCCION ENESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE 2015, 09:50, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (07-08-09 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-937-51 (agraviado) SUCESION LEGAL DEL NOTARIO PUBLICO JAVIER DE TABOADA VIZCARRA , delito falsedad ideológica, agraviado NOTARIO PUBLICO JAVIER DE TABOADA VIZCARRA , DILIGENCIA 22-07-2015, 09:00 am, Sala 2, ; Secretario: Quispe. (0708-09 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4861-87 Hubert Cornejo de Chávez, delito usurpación de aguas y daños, agraviado Santa Delia Pérez Condori , DILIGENCIA 07-09-2015, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de sobreseimiento ; Secretario: Ojeda. (07-08-09 julio)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2677-80 (Imputado) VICTORIA CARRIZALES TICONA, delito CONTRABANDO, agraviado EL ESTADO Y OTROS, DILIGENCIA 20-07-2015, 08:00, Sala 4, ; Secretario: Delgado. (07-08-09 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4538-55 Nieto Adrian Katiuska Leyla, Ángel Jesús Ortiz Obando, Calla Díaz Diego, Cornejo Calcina Miltón Héctor, Neira Neira Ana Isabel, Contreras Arismendi Henry Octavio, Aquipucho Ochoa Jesús David, Enriquez Castillo Francisco Jesús, Lisbeth Alejandra Huayta Hurtado, Milagros Victoria Culquipoma Aguirre y Calcina Belesario Vanesa Emperatriz , delito CONTRA EL ORDEN FINANCIERO, agraviado Financiera Créditos Arequipa S. A., NOTIFICACION: 08-2015 señala audiencia acusación de carácter inaplazable para 23 julio 2015, a horas 08:00 a 16:00, en la Sala CUATRO, obligatoria presencia fiscal y abogados defensores de partes, bajo apercibimiento reportar superior, multa y defensa pública.- ; Secretario: Fernández. (07-08-09 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1665-88 (Imputado) SERGIO YUCRA SEJJE , delito usurpación agravada , agraviado Víctor Luis Barrios Carpio , NOTIFICACION, Declarar FUNDADO el requerimiento de sobreseimiento planteado por el Ministerio Publico; Segundo: En consecuencia declaro el sobreseimiento de la causas 1665-2014, Secretario: Quispe. (07-08-09 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-271-6 (Imputado) JHON JUVENAL LIMA LARICO, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ROXANA CUTIPA MAMANI, NOTIFICACION , RES. NRO. 08-2015 POR LA QUE SE LES CITA A LAS PARTES A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 20 DE JULIO DEL 2015 A LAS 11:45 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 1ER. JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA. ; Secretario: Gallegos. (07-08-09 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-6036-46 (Imputado) EDWIN RAULSULLA PUMA, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado , DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE 2015, 09:40, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO . (07-08-09 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3203-75 (Imputado) RICHARD YHONY CHURATA TACO, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado , DILIGENCIA 05 DE AGOSTO 2015, 09:40, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO . (07-08-09 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4431-23 (Imputado) CARLOS ERICKSON MACEDO CHISLLA, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE 2015, 09:45, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (07-08-09 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3616-55 Angel Lucas Yucra Tuero, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Leonardo Sonco Quispe y otro, NOTIFICACION , se le corre traslado por el plazo de 10 días el requerimiento acusatorio para los efectos de ley ; Secretario: Ojeda . (07-08-09 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3522-79 tercero civilmente responsable sucesión de Nora Juana Acuticona Callo, imputado Erasmo Gonzalo Ytusaca Ytusaca, delito lesiones graves por accidente de transito, agraviado Pascuala LLosa de Torres, DILIGENCIA 15-09-2015, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Ojeda. (0708-09 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3795-54 agraviado Miguel Angel Burgos Parihuanca , delito lesiones leves , agraviado imputado Jose Luis Humpire Chavarria, DILIGENCIA 31-08-2015, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de sobreseimiento ; Secretario: Ojeda. (07-08-09 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4070-41 Emilio Maximiliano Rios Rodriguez, delito daños, agraviado Wilfredo Ramos Quispe, DILIGENCIA 20-07-2015, 11:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda . (07-08-09 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-201-0 Chacnama Mendoza Ramiro Renato, delito Omisión de asistencia alimentaria, agraviado Josue Chacnama Palle, DILIGENCIA 16-06-2015, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO CONTUMAZ Y CON SUSPENCION DEL PLAZO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL; Secretario: SUAQUITA . (07-08-09 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1999- 31-21 (Imputado) BOZA CAYCHO, ALFONSO ANTONIO, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (07-08-09 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2008-95-0 (Imputado) JORGE AGUSTIN NIÑO ANICAMA, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 22-07-2015, 15:30 VIDEO CONFEREN, Sala de Audiencia, Sede del Callao a Sede de Camaná BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, CON SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN, DE SER EL CASO; Y GIRAR LAS REQUISITORIAS RESPECTIVAS PARA LOGRAR SU BÚSQUEDA Y CAPTURA.; Secretario: MILLAN . (07-08-09 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1996-14-0 MONTES MEJIA JORGE JUAN, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado NCPCH, Secretario: MILLAN. (07-08-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que

se les sigue mediante: Exp. 2015-3117-0 VICTOR YUPA ZELA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado REPRESENTAMTE DE LA PARTE AGRAVIADA FELICITAS GLORIA QUECCARA MACHACA, NOTIFICACION , MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01 DE FECHA 15.06.2015 EL JUZGADO DISPUSO CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN FISCAL A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DÍAS HÁBILES A EFECTO QUE HAGAN VALER SUS DERECHOS CONFORME A LA NORMATIVIDAD; Secretario: Figueroa . (07-08-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-719-59 EULOGIO MAMANI QUISPE, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado GOBIERNO REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, DILIGENCIA 17 DE SETIEMBRE DE 2, 09:00, Sala 2, SER DECLARADO CONTUMAZ Y GIRARSE ORDENES DE CAPTURA; Secretario: Maquera. (07-08-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 5210-2014-25 (Imputado) JORGE ARMANDO CONCHA MONJARAS, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ARIANA CONCHA CORDOVA , DILIGENCIA 16 DE JULIO DE 2015, 15:15, Sala 2, SER DECLARADO CONTUMAZ Y GIRARSE ORDENES DE CAPTURA; Secretario: Maquera. (07-08-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2911-719-59 (Imputado) FAUSTO JULIAN GAMERO CARDENAS, TEOBALDO VASQUEZ CHIRINOS, ARMANDO TORRES QUISPE, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTO, agraviado GOBIERNO REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, DILIGENCIA 17 DE SETIEMBRE DE 2, 09:00, Sala 2, SER DECLARADO CONTUMAZ Y GIRARSE ORDENES DE CAPTURA; Secretario: Maquera . (07-08-09 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 4487-2014-23 (Imputado) ERNESTO LIMA CACERES, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 10 DE AGOSTO DE 2015, 14:00, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Maquera. (07-08-09 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-238-52 Se cita a HILARIO TICONA HUANCA a la audiencia de juicio oral y/o para resolver su situación jurídica programada para el día 27 de octubre del 2015 a horas 3:00 pm en la sala de audiencias N° 3 del Modulo Penal de Camaná., delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado MENOR ANA ROSA Y LUIS DAVID TICONA CONDORI REPRESENTADO POR SU MADRE SABINA CONDORI QUISPE, DILIGENCIA 27-10-2015, 3:00 P.M, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y/O AUSENTE Y ORDENARSE SU CONDUCCION COMPULSIVA O CAPTURA A NIVEL NACIONAL; Secretario: Delgado . (07-08-09 julio) LA SEÑORA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA ESPECIALISTA DE CAUSAS: JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, llama y emplaza al procesado RAFAEL QUISPE CCANSAYA, notificándosele mediante el edicto a fin de que concurra al local del Primer Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en la Esquina Calle Alberto Laveau con Calle Teniente Alcántara s/n de la Urbanización Guardia Civil - Paucarpata, Modulo Básico de Justicia de Paucarpata, Sala de Audiencias número 3, debiendo concurrir a la instalación de Juicio Oral señalada para el día 21 de julio del año 2015 a horas 09:30, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz y ordenarse su captura en caso de inasistencia, ello por haber sido ordenado así en el Proceso Penal N° 02851-2014, que se sigue en contra del referido acusado RAFAEL QUISPE CCANSAYA por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar en agravio de Lina Quispe Lope. Arequipa, 30 de junio del 2015. (08-09-10 julio) JUZGADO DE PAZ LETRADO -S. MBJ MARIANO MELGAR (EX 2°), EXPEDIENTE: 01452-2014-0-0410-JP-PE-02, JUEZ : FELINA GABRIELA TALA MAQUERA, ESPECIALISTA : IRMA CILVNG SUAREZ, IMPUTADO: GUTIERREZ CASTRO, BRAYAN ROLANDO, FALTA : LESIONES DOLOSAS AGRAVIADO : CONDORY CHOQUE, MACIEL MARIA JESUS. Dra. Gabriela Tala Maquera Jueza del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica al

inculpado Brayan Rolando Gutiérrez Castro y a la agraviada Maciel María Jesús Condory Choque a efecto de que tomen conocimiento de la RESOLUCIÓN N” 2. QUE RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto mediante resolución número uno; en consecuencia, SE DISPONE: tener por desistida a la agraviada Maciel María Jesús Condory Choque, del presente proceso por faltas contra la persona en la Modalidad de Lesiones Dolosas seguido en contra de Brayan Rolando Gutiérrez Castro; en consecuencia, ORDENO EL archivo definitivo DE LA PRESENTE CAUSA. Ello en el proceso N° 01452-2014-JPPE, por Faltas contra la Persona. (08-09-10 julio) Expediente: 1801-2015. secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior le Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Coloradoubicado en la calle Tupac Amaru 4 64 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique a BERTHA PRAXIDES CHAMBI BEJAR Y YUCRA JOVE MARIBEL. VISTOS: Los actuados de la investigación realizada por la Policía Nacional del Perú; y CONSIDERANDO: Primero: Del acta de intervención policial, se advierte que el lía diecisiete de Noviembre del dos mil Quince, se produjo un accidente de tránsito con la Vía de la Carretera Panamericana Sur, y como resultado las personas de /ALTER MANUEL AGUIRRE OVIEDO, MARIBEL YUCRA JOVE, BERTHA :HAMBI BEJAR y MARIA DEL CARMEN PAUCAR GUTIERREZ han sufrido Lesiones que tienen el carácter de culposas, tal como se advierte de los certificados Médicos legales que obran en autos. Segundo: Conforme lo establece el artículo 141 del Código Penal, constituye falta contra la persona, cuando la lesión se causa por culpa y ocasiona hasta quince días de incapacidad; debiéndose concordar esto con lo señalado en el artículo 124 del referido código, en el sentido que las lesiones culposas serán reprimidas por acción privada; Asimismo, el artículo L08° del mismo cuerpo de leyes, prescribe: “Requisitos para constituirse en querellante particular.- 1. El querellante particular promoverá la acción de la justicia mediante querella. 2. El escrito de querella debe contener, bajo sanción de inadmisibilidad: a) La identificación del querellante y, en su caso, de su representante, con indicación en ambos casos de su domicilio real y procesal, y de los documentos de identidad o de registro; b) El relato circunstanciado del hecho unible y exposición de las razones fácticas y jurídicas que justifican su pretensión, \con indicación expresa de la persona o personas contra la que se dirige; c) La precisión de la pretensión penal y civil que deduce, con la justificación correspondiente; y, d) El ofrecimiento de los medios de prueba correspondientes”. Tercero: Siendo así, en los casos de lesiones culposas, el agraviado deberá cumplir con presentar su escrito de querella conforme a lo señalado anteriormente, lo que debe realizarse dentro de un plazo razonable, debiéndose tener en cuenta la subsidiariedad de los plazos prevista en el artículo 146 del Código Procesal Penal, por cual el Juez puede fijar plazos a falta de previsión legal. Cuarto: En el caso que nos ocupa, al haberse denunciado la existencia de lesiones culposas, la parte agraviada en el accidente de tránsito sub materia, deberá en el término de treinta días de recibida esta resolución, presentar la querella particular correspondiente conforme se ha detallado en los considerándoos que anteceden, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el archivo del proceso, por lo que, SE RESUELVE: Poner en conocimiento de la parte agraviada WALTER MANUEL AGUIRRE OVIEDO, MARIBEL YUCRA JOVE, BERTHA CHAMBI BEJAR y MARIA DEL CARMEN PAUCAR GUTIERREZ, la recepción por este Juzgado de la investigación por accidente de tránsito, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente con arreglo a ley, correspondiendo por ser menor de edad, presentarla con su representante legal, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PROCESO. Tómese razón y hágase saber.(08-09-10 julio) Proceso número 110-2014-0-0407-JR-PE-01 Juzgado Penal Investigación Preparatoria de Islay-Mollendo El JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ISLAY, Jueza Janett Monica Lastra Ramirez, en el expediente 110-2014-0-0407-JR-PE-01, por la presente hace de conocimiento al acusado MIGUEL ANGEL MORENO CUADROS la resolución emitida en audiencia del día de la fecha que reprograma audiencia de control de acusación para el día seis de agosto del presente año a las dos y media de la tarden-Secretario: Fernando Callo. (08-0910 julio) Proceso número 350-2013-10-0407-JR-PE-01 Juzgado Penal Investigación Preparatoria de Islay-Mollendo El JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ISLAY, Jueza Janett Monica Lastra Ramirez, en el expediente 2013-350-10, por la presente hace de conocimiento a la parte agraviada sucesión de Saúl Eleazar Ramirez Mercado la resolución uno que dispone “correr traslado del requerimiento acusatorio a las partes por el plazo perentorio de diez días hábiles para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal”.- Secretario: Fernando Callo. (08-09-10 julio) EXPEDIENTE: Nº 02180-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE

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DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a SAÚL WILSON LANDEO FERNÁNDEZ con la parte resolutiva de la resolución 02 de fecha 09 de junio del 2015, que RESUELVE: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de SAUL WILSON LANDEO FERNANDEZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO DE OBRA, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de ESPERANZA ELSA GOMEZ CORNEJO BAZAN. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada SAUL WILSON LANDEO FERNANDEZ. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 29 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada SAUL WILSON LANDEO FERNANDEZ, con su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENAR SU COMPARECENCIA POR MEDIO DE LA FUERZA PÚBLICA EN CASO DE INCONCURRENCIA; y la parte agraviada constituida en querellante particular ESPERANZA ELSA GOMEZ CORNEJO BAZAN, deberán concurrir con abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTAR SU DESISTIMIENTO TÁCITO EN CASO DE INCONCURRENCIA. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes, y se archive copia de la presente resolución’ en el copiador de autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han Incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencia en fecha más próxima. REGÍSTRESE y COMUNIQÚESE. - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA . (08-09-10 julio) EXPEDIENTE: N° 09093-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a PEGGY ELIZABETH FALCON MIRANDA con la parte resolutiva de la resolución 10 de fecha 18 de junio de 2015, que RESUELVO: DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO ORDENADO EN AUTOS Y SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa seguida en agravio de PEGGY ELIZABETH FALCON MIRANDA Y LEONAR HAYRO PROVINCIA QUISPE, derivada de accidente de tránsito tramitado ante este Despacho, SE DISPONE; se notifique a ELIZABETH FALCON MIRANDA la presente reso’uc:ón vía edictos mediante el diario oficial La República. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA (08-09-10 julio) EXPEDIENTE: Nº 09587-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a EETY CACERES DUEÑAS con la parte resolutiva de la resolución 04 de fecha 18 de junio de 2015, que RESUELVO: DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO ORDENADO EN AUTOS Y SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa seguida en agravio de BETY CACERES DUEÑAS derivada de accidente de tránsito tramitado ante este Despacho, SE DISPONE; se notifique a BETY CACERES DUEÑAS la presente resolución vía edictos mediante el diario oficial La República. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA (08-09-10 julio) EXPEDIENTE: Nº 02441-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a MÓNICA BEATRIZ CASANI MACHACA Y DE SABINA ALEJANDRINA AYALA AYALA con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 02 de junio del 2015, que RESUELVE: 1)CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de SABINA ALEJANDRINA AYALA AYALA Y MONICA BEATRIZ CASANI MACHACA; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE DAÑOS DOLOSOS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y cuatro del Código Penal, en agravio de RENE ORLANDO PINTO APAZA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada SABINA ALEJANDRINA AYALA AYALA Y MONICA BEATRIZ CASANI MACHACA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 22 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS, en el local del

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La República

Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada SABINA ALEJANDRINA AYALA AYALA Y MONICA BEATRIZ CASANI MACHACA, con su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENAR SU COMPARECENCIA POR MEDIO DE LA FUERZA PÚBLICA EN CASO DE INCONCURRENCIA: y la parte agraviada constituida en querellante particular RENE ORLANDO PINTO APAZA, deberá concurrir con abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTAR SU DESISTIMIENTO TÁCITO EN CASO DE INCONCURRENCIA. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese – SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08-09-10 de Julio del 2015.(08-09-10 julio) EXPEDIENTE: N° 01537-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a LIZETH TORRES VALENCIA con la parte resolutiva de la resolución 03 de fecha 02 de junio del 2015, que RESUELVE: RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por LIZETH TORRES VALENCIA por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08-09-10 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N° 01246-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a VÍCTOR CORRALES MENDOZA con la parte resolutiva de la resolución 02 de fecha 08 de junio del 2015, que RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por VICTOR CORRALES MENDOZA por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08-09 y 10 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N” 06418-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a ALEX SALGUERON TAQQUERE con la parte resolutiva de la resolución 08 de fecha 17 de junio del 2015, que RESUELVO: RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO ORDENADO EN AUTOS Y SE 1.- SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa seguida en agravio de GERSON DÍAZ CACERES, SALVADOR MAURICIO CUICAPUZA, ÁNGEL GERÓNIMO CANDIA VALENCIA, JUAN CARLOS CHAVEZ TEJADA, MARIA ZUÑIGA DE GUTIERREZ, ANDREA ARREDONDO CABALLERO, derivada de accidente de tránsito tramitado ante este Despacho, 2.- SE DISPONE notificar ha ALEX SALGUERON TAQQUERE la presente resolución vía edictos en el diario Oficial La República. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPASANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015.. EXPEDIENTE: N” 10772-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a NESTOR ALMIRON VIZCARRA con la parte resolutiva de la resolución 07 de fecha 18 de junio de 2015, que RESUELVO: DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO ORDENADO EN AUTOS Y SE DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa seguida en agravio de NESTOR ALMIRON VIZCARRA Y FRANCISCO MAURO GARIBAY, derivada de accidente de tránsito tramitado ante este Despacho, SE DISPONE; se notifique a NESTOR ALMIRON VIZCARRA la presente resolución vía edictos mediante el diario oficial La República. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. -- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015.. EXPEDIENTE: N” 02441-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA -

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a NICO EDUARDO APAZA HUAMANI con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 04 de junio del 2015, que RESUELVE: SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por NICO EDUARDO BENONI APAZA HUAMANI, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE -! SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015.

conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 5)DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese – SECRETARIO JUDICIAL. (08-09-10 julio)

EXPEDIENTE: N° 02443-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Sonia Lucia Villasante Huanca y Raúl Quina Aguilar con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 27 de mayo del 2015, que RESUELVE: 1)CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de SONIA LUCIA VILLASANTE HUANCA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de RAUL QUINA AGUILA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada SONIA LUCIA VILLASANTE HUANCA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 15 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada SONIA LUCIA VILLASANTE HUANCA, con su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENAR SU COMPARECENCIA POR MEDIO DE LA FUERZA PÚBLICA EN CASO DE INCONCURRENCIA; y la parte agraviada constituida en querellante particular RAUL QUINA AGUILA, deberá concurrir con abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTAR SU DESISTIMIENTO TÁCITO EN CASO DE INCONCURRENCIA. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015.

EXPEDIENTE: Nº 02375-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a ANGEL ROMULO PACSI ALMOGUERA, ELIAS HUANCA CHAMBILLA y ARIANA PONCE ARCE con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 29 de mayo del 2015, que RESUELVO: DECISIÓN: Por lo antes expuesto, RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de ELIAS HUANCA CHAMBILLA Y ARIANA PONCE ARCE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ANGEL ROMULO PACSI ALMOGUERA. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada ELIAS HUANCA CHAMBILLA Y ARIANA PONCE ARCE. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 23 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ELIAS HUANCA CHAMBILLA Y ARIANA PONCE ARCE, con su aoogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENAR SU COMPARECENCIA POR MEDIO DE LA FUERZA PÚBLICA EN CASO DE INCONCURRENCIA: y la parte agraviada constituida en querellante particular ANGEL ROMULO PACSI ALMOGUERA, deberá concurrir con abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTAR SU DESISTIMIENTO TÁCITO EN CASO DE INCONCURRENCIA. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese - SECRET&RJO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015.

EXPEDIENTE: N” 02421-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a MARÍA ESTHER RODRÍGUEZ ZAPATA con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 02 de junio del 2015, que RESUELVE: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de MARIA ESTHER RODRIGUEZ ZAPATA ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ZAMANDA DEL ROSARIO CALDERON VALDIVIA. CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JORGE LUIS ARANIBAR DELGADO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ZAMANDA DEL ROSARIO CALDERON VALDIVIA DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada MARIA ESTHER RODRIGUEZ ZAPATA Y JORGE LUIS ARANIBAR DELGADO. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 27 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:00 HORAS, en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada MARIA ESTHER RODRIGUEZ ZAPATA Y JORGE LUIS ARANIBAR DELGADO con su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE ORDENAR SU COMPARECENCIA POR MEDIO de LA FUERZA PÚBLICA EN CASO DE INCONCURRENCIA. y la parte agraviada constituida en querellante particular ZAMANDA DEL ROSARIO CALDERON VALDIVIA, deberá concurrir con abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTAR SU DESISTIMIENTO TÁCITO EN CASO DE INCONCURRENCIA. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen

EXPEDIENTE: N” 01818-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a MARYORIE LISET CACERES NINA con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 21 de abril del 2015, que RESUELVE: DECISIÓN: Por lo antes expuesto, SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por MAYORIE LISET CACERES NINA, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N” 02125-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Víctor Cesar Colque Burgos con la parte resolutiva de la resolución 03 de fecha 28 de abril del 2015, que RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de HADZON JEFERSSON VILLALTA VILCA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de VICTOR CESAR COLQUE BURGOS y MARIBEL GUADALUPE COLQUE BURGOS. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada HADZON JEFERSSON VILLALTA VILCA. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada HADZON JEFERSSON

Viernes, 10 de julio del 2015

VILLALTA VILCA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular VICTOR CESAR COLQUE BURGOS y MARIBEL GUADALUPE COLQUE BURGOS, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencia en fecha más próxima. Regístrese y comuniqúese. Al escrito 5548-2015; Por recibido el informe de la Central de Notificaciones, al informe, notifiquese a Víctor Cesar Colque Burgos con la presente resolución y la resolución dos en el domicilio signado en su Ficha Reniec. - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 08 y 09-10 de Julio del 2015. EXPEDIENTE ESPECIALISTA : 02223-2015-0-0401 -JPPE-01 : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a los imputados William Alan Capia Pinto y Alvaro Cosme Paredes Chura, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a las personas de WILLIAM ALAN CAPIA PINTO y ALVARO COSME PAREDES CHURA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARCO ANTONIO MALAGA CONTRERAS. 2) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de WILLIAM ALAN CAPIA PINTO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de MARCELINO HERASMO SUPA CHACON. 3) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada WILLIAM ALAN CAPIA PINTO y ALVARO COSME PAREDES CHURA. 4) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 21 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 8:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada WILLIAM ALAN CAPIA PINTO y ALVARO COSME PAREDES CHURA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular MARCO ANTONIO MALAGA CONTRERAS Y MARCELINO HERASMO SUPA CHACON, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B “ a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos mas próxima. Regístrese y comuniqúese. (08-09-10 julio. EXPEDIENTE : 03088-2013-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Cesar Gustavo Vargas Salcedo en representación de la menor Angie Grese Vargas, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de Cesar Gustavo Vargas Salcedo, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, a quién se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. Regístrese y notifíquese. (08-09-10 julio) EXPEDIENTE : 02214-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de

Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Esther Rosa Chávez de Cisneros, y al imputado José Reynaldo Hancco Ramírez con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JOSE REYNALDO HANCCO RAMIREZ ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ESTHER ROSA CHAVEZ DE CISNEROS. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JOSE REYNALDO HANCCO RAMIREZ. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:30 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada JOSE REYNALDO HANCCO RAMIREZ, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular ESTHER ROSA CHAVEZ DE CISNEROS, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B “ a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (08-09-10 julio) EXPEDIENTE: 02276-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada LEOCADIA TAI PE TROYENQUE en representación del menor VALENTIN MAX PUCHO, asimismo a la imputada EULALIA TAMAYO, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de EULALIA TAMAYO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio del menor de edad VALENTIN MAX PUCHO TAIPE, debidamente representado por su progenitora. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada EULALIA TAMAYO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 16 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 11:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada EULALIA TAMAYO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular el menor de edad VALENTIN MAX PUCHO TAIPE, deberá concurrir con abogado defensor y su progenitora, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuniqúese. (08-09-10 julio) EXPEDIENTE : 0151 -2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA, : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Stephanie Renee Ugarte Castillo, con la siguiente resolución N° 03. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de LENICE MARIBEL TORRES BEGAZO ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal,

Viernes, 10 de julio del 2015

en agravio de STEPHANIE RENEE UGARTE CASTILLO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada LENICE MARIBEL TORRES BEGAZO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 14 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 10:30 HORAS, en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada LENICE MARIBEL TORRES BEGAZO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular STEPHANIE RENEE UGARTE CASTILLO, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) ARCHIVAR las actuaciones respecto de las lesiones denunciadas en agravio de Lenice Maribel Torres Begazo por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, conforme a lo indicado en el punto noveno. 5) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese.(0809-10 julio) Expediente: 10824-2014. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado- ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique a la agraviada SONIA CARMEN HUANCOLLO SIVINCHA .Se FIJA fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA TRECE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE. A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado con su abogado, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública y de ser necesario, de ordenarse la prisión preventiva en su contra hasta que se realice y culmine la audiencia; y el agraviado: SONIA CARMEN HUANCOLLO SIVINCHA , con su abogado, bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito, en su calidad de querellante particular. PONER EN CONOCIMIENTO DE LAS PARTES QUE: La audiencia se realizará en un solo acto, en el que se instará una conciliación o acuerdo de reparación; y en su defecto actuará: a.- El examen de la imputada, b.- La declaración preventiva del agraviado, c- Asimismo, las partes tienen derecho de presentar todos los medios probatorios que consideren necesarios para la defensa de sus derechos, en dicha única oportunidad. DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos, bajo responsabilidad. Debiendo tener presente las partes que subsiste el apercibimiento decretado en la resolución cero uno. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. (08-09-10 julio) Expediente: 9713-2014. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Coloradoubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique a De los autos se advierte que, mediante resolución numero cero dos, de fecha tres de marzo del dos mil quince, se señaló fecha para la realización de la audiencia de ley para el día ocho de junio del dos mil quince a las ocho y treinta horas, la misma que no tuvo lugar por inasistencia de la imputada TERESA MOROCHARA ACCOYRAQUI, pese a encontrarse debidamente notificado en su domicilio real, por edicto y que obra a fojas 30,31, por lo que al no haber asistido el imputado a la audiencia, corresponde hacer efectivo el apercibimiento ordenado, por lo que; SE RESUELVE: Disponer la conducción por medio de la fuerza pública del imputado TERESA MOROCHARA ACCOYRAQUI,. en el proceso que por faltas contra la persona se sigue en su contra y en agravio de CENTRO COMERCIAL METRO. Se fija nueva fecha para la audiencia única de Ley, para el día DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS ONCE Y TREINTA HORAS, audiencia a la que deberá concurrir el imputado TERESA MOROCHARA ACCOYRAQUI, con su abogado y la agraviada, con su abogado, esta última bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito del proceso, en su calidad de Querellante particular. DISPONGO: Oficiar a la Policía JudicialDivisión de Requisitorias a fin que se conduzca a TERESA MOROCHARA ACCOYRAQUI, y sea puesto a disposición de este Juzgado, en la fecha y hora señalada a fin de dar inicio a la audiencia única de Ley; y cumpla secretaria con notificar a las partes en el domicilio señalado en autos. Tómese razón y hágase saber. (08-09-10 julio)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Expediente: 2392-2013. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Coloradoubicado en la calle Tupac Amaru 4 64 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique a De los autos se advierte que, mediante resolución numero cero SEIS, de fecha seis de marzo del presente año, se señaló fecha para la realización de la audiencia de ley para el día cuatro de junio del dos mil quince a las doce horas, la misma que no tuvo lugar por inasistencia del imputado MIGUEL EUSEBIO CHIGUAYA HUACHACA, pese a encontrarse debidamente notificado por edicto, tal como pobra de fojas 72,73,74, por lo que al no haber asistido el imputado a la audiencia, corresponde hacer efectivo el apercibimiento ordenado, por lo que; SE RESUELVE: Disponer la conducción por medio de la fuerza pública del imputado MIGUEL EUSEBIO CHIGUAYA HUACHACA, en el proceso que por faltas contra la persona se sigue en su contra y en agravio de SUPERMERCADOS METRO. Se fija nueva fecha para la audiencia única de Ley, para el día DIECISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ Y TREINTA HORAS, audiencia a la que deberá concurrir el imputado MIGUEL EUSEBIO CHIGUAYA HUACHACA, con su abogado y la agraviada con su abogado, esta última bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito del proceso, en su calidad de Querellante particular. DISPONGO: Oficiar a la Policía Judicial-División de Requisitorias a fin que se conduzca al imputado MIGUEL EUSEBIO CHIGUAYA HUACHACA, y sea puesto a disposición de este Juzgado, en la fecha y hora señalada a fin de dar inicio a la audiencia única de Ley; y cumpla secretaria con notificar a las partes en el domicilio señalado en autos. Tómese razón y hágase saber.(08-09-10 JULIO) El Juzgado de Investigación Preparatoria de El Pedregal, con sede en el distrito de Majes que Despacha el señor Juez Edgar Mendoza García, Especialista Legal Richard Cristian Hernández Soto, ha resuelto AMONESTAR al sentenciado MIGUEL HANCCO MORALES, a quien se le conmina a que cumpla las reglas de conducta establecidas en sentencia N° 215-2014, entre ellas el pago de las pensiones devengadas y reparación civil, otorgándole un plazo de DIEZ DÍAS a partir de la fecha para que cumpla con el pago íntegro de las pensiones devengadas y reparación civil, bajo apercibimiento en caso de no verificarse dicho pago, de conformidad con el artículo 59, numeral 3 del Código penal disponerse la revocatoria de la pena que se impusiera la misma que tendrá calidad de efectiva. Asimismo se reprogramó la Audiencia de Ejecución de Sentencia para el día 03-08-2015 A LAS 08:00 HORAS, a llevarse a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de El Pedregal - Majes. Ello en la expediente Nro. 00289-2013-88-0405-JR-PE-01, seguido en contra de Miguel Hancco Morales por el delito de omisión a la asistencia familiar en agravio de Adela Quispe Hancco. (09-10-13 julio) El Juzgado de Investigación Preparatoria de El Pedregal, con sede en el distrito de Majes que Despacha el señor Juez Edgar Mendoza García, Especialista Legal Richard Cristian Hernández Soto, pone en conocimiento a WILSON JESÚS RETAMOZO QUISPE la resolución N° 092015, que PROGRAMA Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día 13 de JULIO del año 2015, a las 08:45 horas en la sala de audiencia de este Juzgado; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público y defensa. Ello en la expediente Nro. 02278-2014-0-0405-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito de conducción en estado de ebriedad en agravio La Sociedad. (09-10-13 julio)

Exp. 1932-2015.- NOTIFICACION A RAUL AÑAMURO GUTIERREZ. El señor Juez del Segundo Juzgado de Familia, doctor Humberto Valdivia Talavera, ha dispuesto notificar a do Raúl Añamuro Gutiérrez, con la resolución número dos (...) Arequipa, dos mil quince, Junio treinta (...1RESUELVO: Uno) ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar (maltrato físico) interpuesta por la representante del Ministerio Público en agravio de doña Giovanna Juana Barrios Apaza, en contra de don Raúl Añamuro Gutiérrez, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de veinticinco días, para que absuelva el traslado de la demanda presentada, bajo apercibimiento de nombrársele su curador procesal. Por ofrecidos los medios probatorios que se indican, a sus antecedentes los anexos acompañados. Firma Humberto Valdivia Talavera. Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano. (09-10-13 julio) Expediente 966.2015.- Notificación a Leonar Niño Aliaga Chaucayanqui, El señor Juez del Segundo Juzgado de Familia, doctor Humberto Valdivia Talavera, ha dispuesto notificar a don Leonar Niño Aliaga Chaucayanqui, con la resolución número 2 de fecha veintitrés de abril del dos mil quince.(...) RESUELVO: Uno) ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar (maltrato físico y psicológico) interpuesta por la representante del Ministerio Público en agravio de Patricia Rosario Acobo Huanqui, en contra de Leonar Niño Aliaga Chaucayanqui, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de cinco

días, para que absuelva el traslado de la demanda presentada, bajo apercibimiento de declarársele rebelde.Firma Humberto Valdivia Talavera.- Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano..-Resolución Nro. 4 Arequipa, dieciocho de junio del Dos mil quince.(...) SE DISPONE notificar al demandado mediante edictos, en el diario encargado de avisos judiciales de esta ciudad, por el plazo de tres días consecutivas, bajo apercibimiento de no contestar la demanda el demandado, en el plazo de veinticinco días, se le nombrará su curador procesal. -Firma Humberto Valdivia Talavera.- Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano Resolución Nro. 5.- Arequipa, dos mil quince, Junio dieciocho SE RESUELVE: CORREGIR la resolución número dos, en la parte resolutiva que señala como agraviada a doña Patricia Rosario Huanqui Acobo, debiendo decir Lisset Marilú Cabrera Carpió; dejando subsistente el resto de la resolución. Regístrese y comuniqúese. Humberto Valdivia Talavera.- Juez.- Secretario Alberto Huanaco Valeriano. (09-10-13 julio)

Expediente 966.2015.- Notificación a Leonar Nino Aliaga Chaucayanqui, El señor Juez del Segundo Juzgado de Familia, doctor Humberto Valdivia Talavera, ha dispuesto notificar a don Leonar Nino Aliaga Chaucayanqui, con la resolución número 2 de fecha veintitrés de abril del dos mil quince.(...) RESUELVO: Uno) ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar (maltrato físico y psicológico) interpuesta por la representante del Ministerio Público en agravio de Patricia Rosario Acobo Huanqui, en contra de Leonar Nino Aliaga Chaucayanqui, tramitándose la presente causa en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia se dispone TRASLADO de la demanda a la parte demandada por el plazo de cinco días, para que absuelva el traslado de la demanda presentada, bajo apercibimiento de declarársele rebelde.Firma Humberto Valdivia Talavera.- Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano..-Resolución Nro. 4 Arequipa, dieciocho de junio del Dos mil quince.(...) SE DISPONE notificar al demandado mediante edictos, en el diario encargado de avisos judiciales de esta ciudad, por el plazo de tres días consecutivas, bajo apercibimiento de no contestar la demanda el demandado, en el plazo de veinticinco días, se le nombrará su curador procesal. -Firma Humberto Valdivia Talavera.- Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano Resolución Nro. 5.- Arequipa, dos mil quince, Junio dieciocho SE RESUELVE: CORREGIR la resolución número dos, en la parte resolutiva que señala como agraviada a doña Patricia Rosario Huanqui Acobo, debiendo decir Lisset Marilù Cabrera Carpio; dejando subsistente el resto de la resolución. Regístrese y comuniqúese. Humberto Valdivia Talavera.- Juez.- Secretario Alberto Huanaco Valeriano. (09-10-13 julio) El Juzgado de la Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Aplao - Juez Cuentas, CITA y EMPLAZA al siguiente procesado, para que se ponga a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra, proceso que se le sigue: Exp. N° 35-2014-32-0404-JR-PE-01, a DAVID MARCELINO YANA SISA, por el delito de Violación a la Libertad Sexual, en agravio de Maritza Yovana Quispe Huamani, diligencia de Prisión Preventiva programada para el día QUINCE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A LAS CATORCE HORAS, bajo apercibimiento de llevarse la audiencia con asistencia de defensora de oficio. Aplao 02 de julio del 2015. (09-10-13 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2778-0 (Imputado) JUAN CARLOS JARA ARENAS, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MICAELA AMEE THANI JARA REYNA Y CARLOS JOSHUA JARA REYNA REPRESENTADOS POR MARIA GANDY REYNA CARRION , DILIGENCIA 20-07-2015, 11:30 am, Sala 2, Secretario: Quispe. (10-13-14 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1328-22 CRISTOBAL JOSE YUPA CHIPANA HONORATO CRUZ HUAMAN, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado HONORATO CRUZ HUAMAN, NOTIFICACION , Al escrito número 66927-2014: Visto el requerimiento de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 345° del Código Procesal Penal. Autoriza el presente decreto; Secretario: Champí. (10-13-14 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1328-22 CRISTOBAL JOSE YUPA CHIPANA HONORATO CRUZ HUAMAN, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado HONORATO CRUZ HUAMAN, NOTIFICACION , Al escrito número 66927-2014: Visto el requerimiento de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 345° del Código Procesal Penal. Autoriza el presente decreto; Secretario: Champí.

(10-13-14 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3350-0 (Imputado) ROQUE HUAMAN TAYPI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado NESTOR RODOLFO CHAHUARA MOLLOHUANCA, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, se designa como abogado defensor de oficio del investigado a la defensora pública Carmen Julia Puma Escalante; Secretario: Quispe. (10-13-14 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2839-0 (Imputado) JORGE RAUL YANA ESQUIVIAS, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad , DILIGENCIA 22-07-2015, 10:00 am, Sala 3, Secretario: Quispe. (10-13-14 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-224-70 (Imputado) WALTER CESAR LIGARTE MOGROVEJO Agraviada)Katherine Susan Suxo Merma , delito Lesiones leves por violencia familiar, agraviado Katherine Susan Suxo Merma, NOTIFICACION , Res. 01, se notifica con el requerimiento de acusación presentado por la 1FPPC Mariano Melgar, por el plazo de 10 dias’para los efectos del art. 350 del CPP. Se designa como abogado defensor del acusado al abogado de oficio Jorge Chavez Herrera; Secretario: Tito. (10-13-14 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2371-31 (Imputado) JOSE RAUL TURPO TACAR, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE DEL , 09:25, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-1314 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2013-4914-59 (Imputado) RONALD OVIEDO COLQUE, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARYLUZ VELASQUEZ QUISPE, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE 2015, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REOCONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-13-14 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-3295-8 (Imputado) MIGUEL ANGEL PEREZ BAUTISTA, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE DEL , 09:35, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-1314 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-280-0 HUBERT ANGEL CHANA MAMANI, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL- ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR, agraviado S.SH. CH.S, DILIGENCIA 17 AGOSTO 2015, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, EN CASO DE INASISTENCIA DESIGNARSE Y LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PUBLICO; Secretario: SANCHEZ. (10-13-14 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 1994-102-0 USCAMAYTA HUAMANI ELISEO BACILIO , delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MFCL, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (10-13-14 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1994-102-0 USCAMAITA HUAMANI ELISEO BACILIO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MFCL, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (10-13-14 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos

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formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 1999-32-0 CCENCHO CHAVEZ JUAN, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (10-13-14 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-116-57 (ImputadFREDY APAZA YUCRA, deberá presentarse a la audiencia de constitución de actor civil, delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado , NOTIFICACION , RES NRO 03-2015 DE FECHA 1 DE JULIO DEL 2015 , SE HA REPROGRAMADO LA AUDIENCIA DE CONSTITUCION DE ACTOR CIVIL PARA EL DIA 3 DE AGOSTO DEL 2015 A LAS 3:30PM DEBE PRESENTARSE EN JIRON COMERCIO NRO 140 CERCADO CAMANA SE DEBE PUBLICAR POR 3 DIAS ; Secretario: Vargas. (10-1314 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-116-13 (Imputado) FREDY APAZA YUCRA se cita audiencia de constitución de actor civil para el día 3 de agosto del 2015 a horas 4 de la tarde , delito falsedad ideológica, agraviado MALDONADO ALVAREZ CARLOS GUSTAVO, NOTIFICACION 2015-0803, 4 :00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, RES NRO 03-2015 DE FECHA 2 DE JULIO DEL 2015, PARA LA AUDIENCIA DE ACTOR CIVIL DEL 3 DE AGOSTO DEL 2015 A HORAS 4 DE LA TARDE EN JIRON COMERCIO NRO 140 3ER PISO CERCADO CAMANA PUBLICAR POR 3 DIAS DE SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: Vargas. (1013-14 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-180-33 (Imputado) EDWIN CHIQUI ROQUE para que asista a la audiencia de Juicio Oral programada, delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado menor JHON EDWIN CHIQUI DELGADO representado por Catalina Delgado Quinta, DILIGENCIA 11-08-2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, Secretario: Briceño. (1013-14 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-180-33 (Imputado) EDWIN CHIQUI ROQUE para que asista a la audiencia de Juicio Oral programada, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor JHON EDWIN CHIQUI DELGADO representado por Catalina Delgado Quinta, DILIGENCIA 11-08-2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Briceño. (10-13-14 julio)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-1646-61 (Imputado) OCTAVIO FRANCISCO MEDINA FLORES, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE DEL , 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-13-14 julio)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Expediente número 2015-2114-0-0401-JR-FC-03, en los seguidos por la representante del Ministerio Publico, sobre Violencia Familiar, en contra de Moisés Aguilar Acabaña en agravio de la menor de iniciales L.J.A.T. representada por su progenitura Maritza Karin Turpo Flores, la Señora Juez del Tercer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas, por resolución número dos, de fecha veintidós de junio del año en curso, SE HÁ DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A MOISES AGUILAR ACABAÑA, A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Extracto de RESOLUCION Nro 2: de fecha veintidós de junio de dos mil quince ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia de Arequipa, doctor Renán Eduardo Valverde Ortiz, en contra de BERLY MOISES AGUILAR CABANA, en agravio de LESLIE JACKELINE AGUILAR TURPO debidamente represnetada por su progenitora Maritza Karin Turpo Flores; en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de veinticinco días al demandado, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados DISPONGO notificar vía edicto a Berly Moisés Aguilar Cabana en la forma y veces que señala el artículo 167 y 168 de Código Procesal Civil bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER: Jueza Doctora Julia María Montesinos y Montesinos Harley, Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas. (10-13-14 julio)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Viernes, 10 de julio del 2015

CRONICAS JUDICIALES Viernes, 10 de julio del 2015 CRONICA JUDICIAL SE LA SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES 01 DE ABRIL DE 2015 EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY SENTENCIAS DE VISTA

RR 4981-2009-28: SE DISPONE que pase a despacho para señalar nueva fecha para la audiencia de ley pendiente, debiendo cursarse los correspondientes oficios a la Defensoría de Oficio comunicándoles este hecho y que bajo responsabilidad designen al defensor al mismo y otro, que atienda los intereses de patrocinio del imputado Roger José Dueñas Bellido, quien además deberá ser debidamente notificado tanto en su domicilio procesal como en su domicilio real. Enteradas las partes de la resolución que se acaba dictar, estarán a la espera de la próxima resolución de señalamiento y convocatoria para la audiencia pendiente.

S.V. 20-2015 AUTOS DE VISTA ZU 3429-211-60: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por el Ministerio Público. CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha veinticinco de septiembre del dos mil catorce, que obra de folios noventa y dos a noventa y nueve, que resuelve absolver a LEONEL WILFREDO CÁRDENAS ÁLVAREZ, de los cargos del delito de Hurto Agravado, previsto en los artículos 185 y 186 numerales 3 y 6, del Código Penal, en agravio de Amelia Liliana Díaz Chirinos, ordena archivar el proceso, declara infundado el pedido de reparación civil formulado por el representante del Ministerio Público y exonera el pago de costas y costos; con todo lo demás que contiene, y es materia del recurso impugnatorio. ORDENAMOS Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.

A.V. 70-2015 ZU 1374-2015-50: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado Arapa Goizueta. CONFIRMAMOS la Resolución de fecha trece de marzo del dos mil quince, que declara fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el Quinto Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en los seguidos en contra de Yhons Jamers Arapa Goizueta, por la presunta comisión del delito de receptación agravada previsto en el artículo 194 concordante con el segundo párrafo del artículo 195 del Código Penal con lo demás que contiene, y dispuso su internamiento por el plazo de nueve meses en el Establecimiento Penal de Socabaya.

S.V. 21-2015 EN DESPACHO RR 2691-2012-3: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por la parte querellada Roxana Samillán Machaca. CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha treinta y uno de octubre del dos mil catorce, que declara; No ha lugar a emitir pronunciamiento por el Delito de Difamación, al considerar que los mismos se encuentran dentro del delito de Injuria; Declara a Roxana Samillán Machaca, autores del delito Contra el Honor en la modalidad de Injuria, previsto en el artículo ciento treinta del Código Penal, en agravio de don César Alejandro Linares Bernedo (respecto de los hechos del dos de abril de dos mil doce); Impone Sesenta días multa que deberán abonar a favor de la Dirección Nacional del Tesoro Público, la cual deberá ser determinada en relación al 25% de su haber mensual Roxana Samillán Machaca asciende a Setecientos Cincuenta Nuevos Soles; fija como monto de la Reparación Civil la suma de Cinco Mil Nuevos Soles a favor de la parte agraviada; sin costas; con todo lo demás que contiene, y es materia del recurso impugnatorio. ORDENAMOS Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Con costas de la instancia. S.V. 22-2015 ZU 2734-2012: INFUNDADA la apelación formulada por el Ministerio Público. CONFIRMAMOS: LA SENTENCIA del 10 de octubre del 2014 de fojas 37 a 48, emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de la Sede Central de esta Corte Superior de Justicia, en el extremo apelado que ABSUELVE por duda al acusado CÉSAR ASUNCIÓN QUISPE QUISPE, por el delito contra la Indemnidad Sexual, en la modalidad de Actos contra el Pudor sobre Menor de Edad, previsto en los incisos segundo y tercero del primer párrafo del artículo 176°-A, en agravio de las menores de iniciales D.A.P.R. y K.M.P.R., DECLARA fundada en parte la pretensión civil postulada por la Fiscalía a favor de la menor D.A.P.R. (11) y fija el monto de la reparación civil en la suma de mil quinientos Nuevos Soles, que abonara el sentenciado a favor de la menor agraviada. Con lo demás que contiene en el extremo apelado. AUTOS DE TRÁMITE

ZU 5953-2014: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el demandante Carlos Enrique Chávez Reyes, contra la resolución de vista de fecha dos de marzo de dos mil quince (folio doscientos cincuenta y dos y siguientes), que confirma la sentencia de fecha 29 de enero de 2015, que declara infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Carlos Enrique Chávez Reyes. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AUTOS DE VISTA

mero tres guión dos mil quince, de fecha trece de febrero de dos mil quince, que declaró IMPROCEDENTE el requerimiento postulado por la defensa técnica del investigado Juan René López Troncoso, en la presente investigación que se le sigue por Lavado de Activos y otros, en agravio del Estado y otros; en consecuencia, DISPONEMOS que los actuados sean devueltos al Juzgado de origen, a efecto de que se emita pronunciamiento sobre el fondo de la materia. Y los devolvieron. A.V. 73-2015 LVV 3655-2014-66: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO, esto es, por la Fiscalía Provincial de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Arequipa; en consecuencia, y no sin perjuicio de instar al órgano fiscal tenga en cuenta, en cuanto fuere posible, el subrayado contenido en el numeral 6.2, tercera viñeta, de la presente, DECLARAR NULA LA RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO-DOS MIL CATORCE, de fecha diecisiete de noviembre de dos mil catorce que resuelve, de oficio, declarar nula la resolución número cuatro-dos mil catorce, dictada en audiencia de fecha trece de noviembre de dos mil catorce y, reponiendo al estado de emitir pronunciamiento, declara improcedente la solicitud de constitución de tercero civil de la empresa Centro Mar S.A. en los seguidos en contra de Fernando Guztavo Amado Carpio y Yoli Igelu Valdivia Collado, por delito de contaminación del medio ambiente agravado, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Pública competente y otros; y, pasando a retrotraerse el proceso al estado que le corresponde, INSTAR AL SEÑOR JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA dar lugar al procedimiento previsto en el artículo 92 del Código Procesal Penal, conforme a lo anotado también en la presente. A.V. 74-2015 RR 4673-2014: DECLARAMOS: NULA la resolución número uno del cuatro de marzo de dos mil quince de fojas diecinueve a veinte, emitida en el expediente número 991-2015-0-0401-JR-PE-03. DISPONEMOS: que el Tercer Juzgado Penal Unipersonal continúe su trámite de acuerdo al estado de la respectiva querella de fojas once a dieciséis. ORDENAMOS: la devolución de los Cuadernos a los respectivos Juzgados de su procedencia.-

A.V. 71-2015 DECRETOS: Se expidieron un total de 2. RR 3249-2013-12: DECLARAMOS: NULA la resolución apelada número 04-2014 del 17 de noviembre del 2014. NULO y sin efecto todo lo actuado en la respectiva audiencia de la misma fecha de fojas 40 a 41. DISPONEMOS: retrotraer el proceso al estado de que el señor Juez de Investigación Preparatoria disponga se devuelva a la Fiscalía Provincial los actuados para que emita el pronunciamiento que corresponda, subsanando la omisión anotada en el numeral 4.1.3 del cuarto considerando precedente de esta resolución y cumplido continúe el trámite del proceso de acuerdo a sus estado. Previniendo al señor Juez actuar con la diligencia y prontitud necesarias para evitar una innecesaria dilación del trámite. Y los devolvemos.DECRETOS: Se ha expido 8 decretos. 06 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTOS DE VISTA A.V. 72-2015 ZU 446-2014-51: DECLARAMOS NULA la resolución nú-

concurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

Marín Ramos y Lucy “Rocina” Sonco Copa, integrándose a la persona de Martín Teófilo Apaza Farari, respecto de quien también se extienden los efectos de la decisión así asumida en primera instancia y que se confirma por este Colegiado corregida que ha sido en los extremos así definidos. DECRETOS: Se expidieron un total de 8.

ZU 1355-2009-22: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el sentenciado Jorge Barrera Coayla, contra la sentencia de vista de fecha veinticuatro de marzo de dos mil quince; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, fórmese cuaderno de ejecución, debiendo remitirse dicho cuaderno al Juzgado de origen RR 2184-2012-69: ADMITIMOS las declaraciones testimoniales ofrecidas por la defensa técnica del imputado Alejandro Guido Pari López, debiendo citarse para tal efecto a YAHAIRA DANIELA VELARDE FUENTES Y DAYANA LIZETH SÁNCHEZ VELARDE a la audiencia de ley. CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE MAYO DE DOS MIL QUINCE, A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Al escrito Nro. 3164-2015: Téngase presente la designación de defensa técnica y señalamiento de domicilio procesal.

07 DE ABRIL DE 2015

08 DE ABRIL DE 2015

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY SENTENCIA DE VISTA

S.V. 23-2015 LVV 2014-2713-60: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el actor civil Luis Eduardo Santos Calvo; DECLARAR FUNDADO EN PARTE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el sentenciado Wilber Flores Ramos; en consecuencia; REVOCAR LA SENTENCIA número doscientos sesenta y tres guión dos mil catorce, de fecha cuatro de noviembre de dos mil catorce -obrante a folios veinticuatro y siguientes- que declaró a Wilber Flores Ramos autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones graves, previsto en el primer párrafo del artículo 121, inciso 3, del Código Penal, en agravio de Luis Eduardo Santos Calvo, imponiéndole como tal cuatro años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, sujeta a la observancia de reglas de conducta -parte de la decisión no impugnada-, en el extremo que fija por concepto de reparación civil la suma de quince mil nuevos soles que deberá pagar el sentenciado a favor del actor civil Luis Eduardo Santos Calvo; y, REFORMÁNDOLA, FIJAMOS por concepto de reparación civil la suma de nueve mil ciento diecinueve con 40/100 nuevos soles (S/.9,119.40) que deberá pagar el sentenciado a favor del actor civil Luis Eduardo Santos Calvo; CONFIRMÁNDOLA EN LO DEMÁS QUE CONTIENE; no sin perjuicio de ello; EXHORTAR A LA SEÑORITA JUEZA Lizbeth P. Peralta Pampa, a cargo del Despacho del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a fin desempeñe sus funciones conforme a derecho, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas en el acápite 11.4.3 de la presente resolución.

EN AUDIENCIA S.V. 24-2015 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTOS DE VISTA

AUTOS DE TRÁMITE

A.V. 75-2015

LVV 236-2014: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la in-

LVV 3838-2010-29: SE RESUELVE: DECLARAR INFUNDADO los recursos de apelación interpuestos en su momento por Angélica María Yucra Quispe y por la Asociación de Vivienda Casa Granja Costa Verde. RESOLVEMOS CONFIRMAR la resolución judicial, esto es la Resolución Nº 44 emitida el seis de noviembre del dos mil catorce en audiencia de la misma fecha, por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Hunter que resuelve declarar fundado el requerimiento formulado por el representante del Ministerio Público y que en consecuencia en vía de aclaración e integración que hace este Colegiado en este acto EXCLUYE a los Registros Públicos, a la Asociación de Vivienda Casa Granja Costa Verde, Reynela “Raquel” Loayza Lazo, Bonifacio Valdez Puma, Pedro Mamani Bernedo, Ana Sinfa Castillo “de” Mamani, Jaime “José” Castillo Cárdenas, Angélica “María” Yucra Quispe, Jaime Emilio

RR 2861-2013-43: INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el sentenciado OSCAR RICHARD CONDORI CHOQUE. CONFIRMAMOS: LA SENTENCIA número trescientos treinta guión dos mil catorce, de fecha trece de octubre de dos mil catorce, en el extremo apelado que: fija el monto de la Reparación Civil en la suma de TRES MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES que deberá abonar el sentenciado a favor del agraviado. AUTOS DE VISTA A.V. 76-2015 RR 269-2014: en consecuencia DECLARAMOS INADMISIBLES los recursos de apelación de fojas ciento veintisiete a ciento veintinueve formulado por el señor abogado del procesado César Porfirio Valdivia Velasquez, y de fojas ciento treinta y uno a ciento treinta y tres interpuesto por el señor abogado del procesado - sentenciado Ilbert Quispe Huanca, contra la

Viernes, 10 de julio del 2015

Sentencia Nº 153-2014 de fecha quince de setiembre del dos mil catorce, de fojas ochenta y ocho a ciento dos; y, PROVEYENDO el indicado escrito presentado el día de hoy por César Porfirio Valdivia Velasquez, se resuelve en lo principal: TÉNGASE presente la designación de su nuevo abogado defensor Jimmy Carrasco Zuñiga, por variado su domicilio procesal a Calle Nueva Nº 209, Centro Comercial Los Portales, oficina Nº 219, cercado de Arequipa, y al otrosí, que se expida la copias simples que solicita,

3655-2014-52: NULA la resolución número tres guión dos mil quince, de fecha trece de noviembre de dos mil catorce, que declaró IMPROCEDENTE el requerimiento postulado por el Ministerio Público, en la presente investigación que se sigue por Contaminación del Medio Ambiente, en agravio del Estado y otros; en consecuencia, DISPONEMOS que los actuados sean devueltos al Juzgado de origen, a efecto de que se emita pronunciamiento sobre el fondo de la materia.Y los devolvieron. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

EN DESPACHO SENTENCIA DE VISTA

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

el requerimiento de prisión preventiva presentado por el Ministerio Público, en la investigación preparatoria que se sigue, en contra del investigado; por el delito de Robo Agravado, previsto en el artículo ciento ochenta y ocho y ciento ochenta y nueve, incisos dos, tres y cuatro del Código Penal; con lo demás que contiene y es materia de apelación en este extremo. ORDENAMOS La devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

13 DE ABRIL DE 2015

RR 1329-2015: NULA la resolución apelada número dos guión dos mil quince del trece de marzo del dos mil quince de fojas 16 a 21, que declara improcedente la acción de Habeas Corpus interpuesta por Sabino Walter Linares Alarcón contra los señores Jueces Superiores Integrantes de la Sala Penal Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná. DISPONEMOS: se admita a trámite el habeas corpus de fojas 2 a 5, por otro señor Juez Constitucional llamado por ley, con celeridad y diligencia debidas en orden a dilucidar conforme a ley y los antecedentes, la materia constitucional planteada

AUTOS DE VISTA S.V. 25-2015

EN AUDIENCIA

A.V. 87-2015 A.V. 84-2015

ZU 1148-2015: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada por el accionante Claudio Huahuamullo Huahuamullo. CONFIRMAMOS la sentencia, de fecha trece de marzo del dos mil quince, que declaro IMPROCEDENTE la demanda constitucional de Habeas Corpus.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTOS DE VISTA

A.V. 81-2015

ZU 676-2015-39: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa del procesado David Enrique Mamani Ramírez. CONFIRMAMOS la resolución apelada de fecha cinco de marzo de dos mil quince, que declaró FUNDADA la solicitud autorización judicial de descerraje, allanamiento, registro domiciliario e incautación, formulada por el doctor Nicolás Iscarra Pongo, Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Penal de Arequipa; con lo demás que contiene. Y los devolvieron.

RR 1378-2014-22: En consecuencia DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Miguel Ángel Valdivia Yáñez, en consecuencia CONFIRMAMOS: la Resolución apelada Nro. 22-2015, de fojas trescientos sesenta y uno a trescientos sesenta y tres, emitida en Audiencia de Ampliación de Prisión Preventiva del día veintisiete de marzo del dos mil quince, que declaró fundado en parte la ampliación de prisión preventiva por proceso complejo, solicitada por el Ministerio Público en relación al proceso que se sigue en contra de MIGUEL ANGEL VALDIVIA YAÑEZ, por el delito de Cohecho Pasivo Propio tipificado en el artículo 393 segundo párrafo del Código Penal, en agravio del Estado y por el delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de documentos previsto en el artículo 427 primer párrafo del Código Penal, en agravio de Brando Sebastián Corrales Tejada y el Estado; por el plazo de seis meses adicionales a los que fueron ya dispuestos en la audiencia de prisión preventiva del quince de julio del 2014. Tómese razón y hágase saber.

DECRETOS: No se expidieron.

A.V. 88-2015

ZU 1723-2010-20: DIRIMIR COMPETENCIA en favor del Primer Juzgado Penal Unipersonal del Módulo Básico de Justica de Paucarpata, a efecto de que continúe con el séquito del proceso; recomendando que se programe el juicio oral atendiendo la demora suscitada. Y los devolvemos en el día.

DECRETOS: Se expidieron un total de 5. 09 DE ABRIL DE 2015 EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTOS DE VISTA A.V. 77-2015 RR 1741-2012-25: Por estas consideraciones: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada por la defensa del sentenciado FRANCISCO SATURNINO QUISPE MACEDO. CONFIRMAMOS la resolución apelada número 03-2014 emitida en Audiencia del quince de julio del dos mil catorce de fojas treinta y cuatro a treinta y cinco, que declara fundado el requerimiento del Ministerio Público y revoca la suspensión de la pena dictada en contra de Francisco Saturnino Quispe Macedo, por el delito de omisión a la asistencia familiar en la modalidad de incumplimiento de obligación alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código penal, en agravio de Dennys Jeanpol Quispe Torres y dispone: el cumplimiento de la pena de dos años y seis meses de pena privativa de libertad de manera efectiva que cumplirá en el establecimiento penal penitenciario que determine el INPE, con lo demás que contiene. ORDENAMOS la devolución del cuaderno al juzgado de procedencia para los fines pertinentes. DECRETOS: Se expidieron un total de 9. 10 DE ABRIL DE 2015

LVV 338-2013-16: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público a través de Oscar Benancio Gonzales Elguera y sustentado en audiencia a través de la representante fiscal la doctora María del Rosario Lozada Sotomayor; y en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 05-2014 emitida en audiencia de fecha diez de diciembre del dos mil catorce, en el extremo que declaró fundado en parte el sobreseimiento planteado por la defensa técnica de Pablo Mendoza Coaquira y que pasó a declarar fundado –se corrige ya no infundado, si no fundado- el sobreseimiento respecto de hechos de octubre y noviembre del año dos mil doce, referidos al tercer, cuarto, quinto y sexto –habiendo olvidado dos hechos allí el señor Juez-, por presunta comisión de delito de violación a la libertad sexual, atribuido a Pablo Mendoza Coaquira, en agravio de la menor de iniciales S.M.T., con todo lo demás que este extremo contiene; y, REFORMÁNDOLA DECLARAMOS INFUNDADO EL SOBRESEIMIENTO planteado por la defensa técnica de Pablo Mendoza Coaquira por la razón que ha sido atendido por el señor Juez; y por tanto, infundado el sobreseimiento que así fue solicitado en relación a los –entendemos- seis hechos que se habrían perpetrado cuando la menor de iniciales S.M.T. habría tenido o contado con catorce años de edad a más, debiendo el señor Juez de Investigación Preparatoria llevar adelante el control de la acusación que le corresponde en los extremos que han quedado pendientes, no sin perjuicio de anotar la necesidad, en todo caso, de una devolución de la acusación al Ministerio Público para que pueda aclarar de manera puntual y ordenada cada uno de los hechos que son objeto de acusación a partir de octubre del dos mil doce, como así corresponde, Regístrese. Quedan notificadas las partes procesales en este acto y devuélvase a primera instancia. A.V. 82-2015

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTOS DE VISTA A.V. 78-2015 LVV 2469-2014-77: Consideraciones todas por las que SE RESUELVE: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor procesado y CONFIRMAR la Resolución Nº 02-2015 emitida el veintiséis de marzo del dos mil quince por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucarpata que declara improcedente la tutela de derechos presentada por la defensa técnica del imputado y declarar fundada la prolongación de prisión preventiva requerida por el Ministerio Público en contra del señor Isaac Doroteo Gutierrez Mejía, en el delito que se sigue en su contra por actos contra el pudor sobre menores de edad, con todo lo demás que contiene. Regístrese. Quedan notificadas las partes procesales en este acto. A.V. 79-2015 RR 3410-2014-93: En consecuencia, CONFIRMAMOS la Resolución apelada Nº 01 fe fojas veintiséis a veintiocho, del cuatro de marzo del dos mil quince, que declara improcedente el requerimiento de desalojo preventivo, planteado por Fermín Ccarhuarupay Rimayhuamán.

LVV 2535-2014-26: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADOS los recursos de impugnación instados por el Ministerio Público; y en consecuencia, REVOCAR las Resoluciones N° 03, extendida en audiencia de fecha veintisiete de enero del dos mil quince, obrante a folios treinta y siguientes, con la corrección que también se expidió en la misma audiencia, incluida la Resolución N° 04 de fecha treinta de enero del dos mil quince, que integra la Resolución N° 03, todas vinculadas a la tutela de derechos solicitada por el investigado, en todos sus extremos; y, REFORMÁNDOLAS se DECLARA INFUNDADA LA TUTELA DE DERECHOS interpuesta por Maycol Junior Bautista Paredes, con todo lo que ella contiene. Debiendo devolverse el presente proceso para que continúe con su decurso regular en el estado que le corresponde, no sin perjuicio de instar al señor Juez de la Investigación Preparatoria mayor seriedad en su desempeño funcional. Regístrese. Queda notificado el Ministerio Público, debiendo notificarse al propio solicitante Maycol Junior Bautista Paredes en su domicilio procesal para los fines que estime pertinentes.

ZU

14 DE ABRIL DE 2015

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y OCHOA CAHUANA SENTENCIA DE VISTA

S.V. 26-2015 ZU 1180-2012-61: DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por la defensa del procesado Hugo Sergio Morales Chile. CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha trece de octubre de dos mil catorce, que obra de folios veintiséis a cuarenta y dos, que declara a HUGO SERGIO MORALES CHILE, AUTOR de la comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE 14 AÑOS, previsto y penado en el primer párrafo del artículo 176°-A inciso 2 del Código Penal, en agravio de menor de iniciales K.Y.P.M; y como tal LE IMPONE: SEIS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD con el carácter de efectiva; fija como monto de Reparación Civil la suma de TRES MIL NUEVOS SOLES a favor de la parte agraviada; dispone se practique el sentenciado un examen médico o psicológico para determinar un tratamiento terapéutico, de conformidad con lo previsto por el artículo 178-A del Código Penal; para lo cual el INPE deberá informar en forma semestral al Juzgado de Ejecución los alcances de la evolución de dicho tratamiento; con lo demás que contenga. EXONERAMOS del pago de las costas de la tramitación del recurso de apelación al recurrente. ORDENAMOS que consentida sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. AUTOS DE TRÁMITE

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y OCHOA CAHUANA

RR 862-2014: CONSIDERANDO: Que el Código Procesal Penal en su artículo 422 establece los requisitos para admisión de pruebas en segunda instancia, no encontrándose en ninguno de los supuestos de dicha norma el ofrecimiento de dicho medio probatorio, determina que la Sala DECLARE IMPROCEDENTE el pedido de incorporación como nueva prueba en esta instancia.

AUTOS DE VISTA

EN DESPACHO

A.V. 83-2015

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y OCHOA CAHUANA

EN DESPACHO

EN DESPACHO

A.V. 80-2015

A.V. 85-2015

ZU 2015-1552-61: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del procesado Víctor Raúl Fernández Mamani. CONFIRMAMOS la resolución apelada, que declaró fundado

AUTOS DE VISTA

A.V. 86-2015

RR 1495-2015-14: DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación formulada por la defensa técnica del procesado MARCELINO CARLOS MAGAÑO ALDAZABAL. 3.2. CONFIRMAMOS: la resolución apelada número 02 de fojas 73 a 80 expedida en Audiencia del 19 de marzo del 2015, que DECLARA FUNDADO en parte el requerimiento de Prisión Preventiva presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Paucarpata contra MARCELINO CARLOS MAGAÑO ALDAZABAL, dispone su prisión preventiva por delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado previsto en los artículos 188 y 189 primer párrafo incisos 2 y 4 del Código Penal en agravio de ROBERT EDWIN MARTIN SUTA QUISPE, por el plazo de 5 meses, ordena su internamiento en el Establecimiento Penitenciario que determine el INPE. Con lo demás que contiene. 3.3. ORDENAMOS la devolución del cuaderno al juzgado de procedencia para los fines pertinentes. DECRETOS: Se expidieron un total de 5. 15 DE ABRIL DE 2015

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y OCHOA CAHUANA SENTENCIA DE VISTA

S.V. 27-2015 LVV 2013-2635-56: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada defensora de la procesada Celia Martha Neira Calisaya; en consecuencia; CONFIRMAR LA SENTENCIA número doscientos treinta guión dos mil catorce, de fecha diez de setiembre de dos mil catorce, emitida por el Juzgado Penal Unipersonal del Módulo Penal de Cerro Colorado, a cargo de la señora Jueza Seydel Magali Navia Ortega (folio cuarenta y siguientes) que declara a Celia Martha Neira Calisaya autora del delito contra la fe pública – uso de documento privado falso, previsto y penado en el segundo párrafo del artículo 427 del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayma representada por su Procurador Público, imponiéndole como tal dos años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de un año y -ciento ochenta días multa-, sujeta al cumplimiento de reglas de conducta; no sin perjuicio de, CORREGIR LA SENTENCIA número doscientos treinta guión dos mil catorce, en el extremo que fija erradamente por concepto de reparación civil la suma de trescientos nuevos soles que deberá pagar la sentenciada a favor de la parte agraviada; CORRESPONDIENDO ENMENDARSE ésta, conforme a las razones expuestas en el acápite 13.2.7.3 de la presente resolución, en la suma de doscientos nue-

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vos soles cancelables por la sentenciada a favor de la Municipalidad Distrital de Cayma; AUTO DE VISTA

A.V. 89-2015 LVV 4537-2013-60: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa del señor Herminio Pacheco Mena; y, en consecuencia CONFIRMAMOS la Resolución Nº 02-2015 de fecha veintitrés de marzo del dos mil quince, que declara infundado el pedido de sustitución de prisión preventiva presentado por la defensa del señor Herminio Pacheco Mena y no Miranda, como así ha sido consignado, en cuyos extremos queda corregida la resolución judicial, en la investigación preparatoria que se sigue por delito de peculado doloso y uso de documento privado falso, en agravio de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas. Regístrese. Quedan notificadas las partes procesales en este acto. A.V. 90-2015 ZU 250-2013-47: Se tiene por DESISTIDO a la señorita representante del Ministerio Público del recurso interpuesto en contra de la Sentencia Nº 281-2014 de fecha trece de noviembre del año próximo pasado; por lo que, esta resolución pasa a tener la calidad de firme, siendo este el único motivo por el cual este Colegiado asumió competencia en la presente causa se dispone la devolución de los actuados al juzgado de procedencia para la ejecución de la misma. EN DESPACHO AUTO DE TRÁMITE LVV 1375-2014-61: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. LVV 2734-2012: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el pedido de nulidad planteado por la querellada sentenciada Roxana Samillán Machaca; sin perjuicio de que pueda cuestionar la decisión final a través de los medios impugnatorios que le habilita la ley. RECOMENDAMOS, por esta única vez, que en lo sucesivo la querellada cumpla con adjuntar el respectivo arancel judicial correspondiente al acto procesal que solicita. AL OTROSÍ: Habiendo la querellada tomado conocimiento de la sentencia en audiencia -a través de su lectura integra, a su propio pedido- conforme al acta de lectura de sentencia que obra en autos: Estése a los antecedentes. En cuanto a la expedición de copia de video solicitado, PREVIAMENTE cumpla con adjuntar el arancel judicial correspondiente por derecho de copias simples dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado su pedido DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

16 DE ABRIL DE 2015 EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTO DE VISTA

A.V. 91-2015 ZU 4537-2013-60: DECLARAMOS INFUNDADA la queja interpuesta por la defensa técnica de Arturo Rafael Araníbar Motta, en contra de la Resolución treinta y dos guión dos mil quince, de fecha diecisiete de marzo del dos mil quince. DISPONEMOS se envíen los actuados al Juzgado de origen EN DESPACHO

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La República

AUTO DE TRÁMITE

ZU 1217-2014-89: CONCEDER al abogado Saúl Enrique Alfonso Ampuero Godo en su actuación como Procurador Publico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el plazo de tres días, de notificada la presente decisión, para que subsane las omisiones antes anotadas, bajo apercibimiento, de declararse inadmisible el recurso propuesto. RR 1148-2015: CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el abogado del demandante Claudio Huahuamullo Huahuamullo, contra la resolución de vista de fecha ocho de abril de dos mil quince (folio noventa y cuatro y siguientes), que confirma la Sentencia, de fecha trece de marzo del dos mil quince, que declaró IMPROCEDENTE la demanda constitucional de Hábeas Corpus interpuesta por Claudio Huahuamullo Huahuamullo. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. LVV 203-2014: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el abogado del sentenciado Enrique Miguel Carpio Santisteban, contra la sentencia de vista de fecha diecinueve de marzo de dos mil quince; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, fórmese cuaderno de ejecución, debiendo remitirse dicho cuaderno al Juzgado de origen DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 20 DE ABRIL DE 2015

DECRETOS: Se expidieron un total de 8. 17 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY AUTO DE VISTA A.V. 93-2015

AUTO DE VISTA A.V. 92-2015 ZU 829-2015: DECLARAMOS infundada la apelación interpuesta por los demandantes Carmen Rosa Chambi Mamani y Rusbel Gonzalo Choquenaira Pari. CONFIRMAMOS la resolución número uno, de fecha dieciocho de febrero de dos mil quince, que declaró IMPROCEDENTE la demanda de Hábeas Corpus, interpuesta por Carmen Rosa Chambi Mamani y Rusbel Gonzalo Choquenaira Pari, en contra de los Sub Oficiales David Fernando Laquita Mamani y Roy Álvarez Arias. AUTO DE TRÁMITE

LVV 2241-2011-69: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE MAYO DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. RR 1329-2011-75: DECLARAMOS INADMISIBLE los medios de prueba ofrecidos por la defensa técnica del imputado Raúl Humberto Vargas Vera, por los argumentos expuestos en el considerando tercero de la presente resolución. CONVOCAMOS a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias de esta Superior sala Penal, el PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá

LVV 60-2010: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación instado por la persona del sentenciado Gonzalo Javier Murillo Ampuero, obrante a folios seiscientos cuarenta y cuatro y siguientes, que ha sido debatido en esta audiencia; y en consecuencia, REVOCAR la Resolución Nº 53-2014, emitida el cuatro de noviembre del dos mil catorce, en la ciudad de Mollendo, que resuelve señalar costas en primera instancia en el presente proceso que serán asumidas por el sentenciado Gonzalo Javier Murillo Ampuero; y, REFORMÁNDOLA se resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE el señalamiento o fijación de costas en primera instancia en el presente proceso. Quedando pendiente la fijación de costas en segunda instancia en audiencia conforme se encuentra ordenado en autos. Sin perjuicio de lo resuelto y advirtiéndose que ha habido una omisión por parte del señor Juez de juzgamiento al tiempo de haber emitido pronunciamiento en primera instancia sin las costas correspondientes, este Colegiado tiene a bien disponer la remisión de copias al Órgano de Control de la Magistratura para que proceda con arreglo a sus atribuciones, debiéndose remitir las copias por esta instancia con la debida nota de atención. Regístrese. Quedan notificadas las partes procesales. A.V. 94-2015 ZU 4530-2014-59: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la defensa técnica del imputado Márquez Zúñiga; en consecuencia, CONFIRMAMOS la Resolución Nº 02 de fecha veintitrés de marzo del dos mil quince, que declara infundado el pedido de cese de prisión preventiva, por lo cual disponemos la devolución de los actuados en esta instancia al juzgado correspondiente.

do JUAN HILARIO ARAGON ZARATE. CONFIRMAMOS: LA SENTENCIA número 287-2014-3JPU- del 5 de noviembre del 2014 de fojas 34 a 50 del Cuaderno de Debate, en el extremo apelado que declara a JUAN HILARIO ARAGÓN ZARATE autor del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Usurpación Agravada en grado de Tentativa previsto en el artículo 202 inciso 2 del Código Penal en concordancia con el artículo 204 incisos 2 y 3 y el artículo 16 del Código Penal, en agravio de IRMA GAMARRA VILLEGAS, le impone tres años de pena privativa de libertad con el carácter de suspendida en su ejecución por el plazo de dos años, sujeta a reglas de conducta. S.V. 29-2015 LVV 2172-2011-98: DECLARAR FUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el señor abogado representante de la parte civil constituida Banco de Crédito del Perú (Ex Banco Santander S.A.), DECLARAR NULA la sentencia número doscientos cincuenta y tres guión dos mil catorce, de fecha veintidós de octubre de dos mil catorce, únicamente en el extremo que declara infundada la pretensión civil postulada por el Banco de Crédito del Perú (Ex Banco Santander S.A.), representado por su apoderado judicial Ángel David Llerena Muñoz, constituido en actor civil; disponiendo en consecuencia el archivo definitivo de la causa, una vez quede firme la decisión judicial, con todo lo que ella contiene, incluido el juzgamiento que la generó -dejando, conforme a lo expuesto en el acápite 7.7, subsistente el extremo que declara infundada la pretensión civil en beneficio del Estado, representado por la Procuraduría Pública de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial-; en consecuencia, DISPONER LA REALIZACIÓN DE NUEVO JUICIO ORAL por el Juzgado llamado por ley, el que se avocará al conocimiento del caso; asimismo, RECOMENDAR DILIGENCIA Y CELERIDAD a fin de cautelar el derecho al debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva, además de plazo razonable, con arreglo a las consideraciones expuestas en el presente pronunciamiento

AUTO DE TRÁMITE LVV 788-2013-94: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el TRECE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE, A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

21 DE ABRIL DE 2015

S.V. 28-2015 RR 2964-2012-20: DECLARAMOS: INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el sentencia-

ZU 3754-2012-75: DECLARAMOS INADMISIBLES los medios de prueba ofrecidos por el sentenciado Daniel Mario Chipana Quispe, por los argumentos expuestos en el considerando tercero de la presente resolución. CONVOCAMOS a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias de esta Superior sala Penal, el QUINCE DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 8. 22 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO

DECRETOS: Se expidieron un total de 12.

SENTENCIA DE VISTA

procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

EN DESPACHO

A.V. 95-2015 LVV 4530-2014-73: Consideraciones todas por las que SE RESUELVE: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la persona del procesado Márquez Zúñiga; y en consecuencia, CONFIRMAR la decisión judicial emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria que declara fundado en parte el pedido recalificado por el Ministerio Público de ampliación de prisión preventiva respecto del imputado Zoilo Antonio Márquez Zúñiga por delito de cohecho pasivo propio, del artículo 393 segundo párrafo del Código Penal, en agravio del Estado, todo por el plazo de dos meses adicionales, con lo demás que contiene, no sin perjuicio de instar a primea instancia diligencia y celeridad debida en la medida que tenemos a una persona privada de su libertad y ha de merecer tutela jurisdiccional efectiva de manera oportuna. Regístrese. Quedando notificadas las partes en este acto.

Viernes, 10 de julio del 2015

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

AUTO DE TRÁMITE

RR 1381-2014-33: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOS DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

cia, DECLARAMOS: la NULIDAD de la audiencia de apelación de sentencia de fecha treinta de marzo de dos mil quince cuya acta obra a folios noventa y ocho a cien y NULA la resolución número 06-2015 expedida en dicha audiencia; CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias, el día QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS, en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, con los mismos apercibimientos señalados en la Resolución número 5 de folios ochenta y cinco a ochenta y siete. Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. LVV 2535-2014-26: INTEGRAMOS la resolución de vista Nro. 82-2015, de fecha trece de abril del dos mil quince, que corre en el folio ciento dieciocho y siguientes, en el siguiente sentido: “DISPONEMOS se remitan copias al Órgano de Control del Ministerio Publico respecto de las alegaciones que el propio investigado a señalado de ser pasible de actos de hostilización por parte del Fiscal a cargo del proceso”; debiendo devolverse los actuados al señor Juez de primera instancia, a fin proceda conforme lo ordenado por esta Sala Superior Penal en la resolución de vista antes descrita. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y BENAVIDES DEL CARPIO RR 2172-2011-16: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por el imputado por la defensa técnica del imputado Raúl Max Tamayo Bernedo, contra el auto de vista de fecha treinta y uno de marzo de dos mil quince; debiendo elevarse cuaderno de casación a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, fórmese cuaderno de casación y devuélvase el presente cuaderno al Juzgado de origen DECRETOS: Se expidieron un total de 7.

AUTO DE TRÁMITE 23 DE ABRIL DE 2015 ZU 1489-2013-22: ADMITIMOS la declaración testimonial de Nicolas Garrafa Ferrel, SOB PNP Ricardo Chang Briceño, SOT 1 PNP José Vizcarra Zegarra y Orlando Rivas Rojas representante de la agraviada para lo cual deberán ser citados oportunamente. DECLARAMOS INADMISIBLES los medios de prueba ofrecidos por la por la agraviada, Asociación de Productores AGRO ANDINO las pampas de San Camilo representada por Orlando Rivas Rojas consistente a la prueba documental acompañada, por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución (puntos 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5).CONVOCAMOS a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias de esta Superior sala Penal, el TRES DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. ZU 3114-2013-49: 3114-2013-49 .-DECLARAMOS: FUNDADO el recurso de reposición interpuesto por el abogado del sentenciado Juan Carlos Montesinos Año, en contra de la resolución Nro. 6 de fecha treinta y uno de marzo de dos mil quince, y resolución Nro. 7 de fecha seis de abril del dos mil quince; y, proveyéndose con arreglo a ley los escritos presentados con fecha treinta de marzo y treinta y uno de marzo del dos mil quince, DECLARAMOS: la INTERRUPCION del proceso por el día treinta de marzo del dos mil quince, que fuera solicitada por el abogado del sentenciado Juan Carlos Montesinos Año; en consecuen-

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

AUTO DE VISTA A.V. 96-2015 ZU 137-2014-71: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación sustentado por el Ministerio Público CONFIRMAMOS la Resolución Nº 14 de fecha veinticuatro de febrero del dos mil quince, que dispone la inmediata excarcelación del imputado Carlos Salas. Disponemos la remisión de copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y siendo este el único motivo por el cual el Colegiado tomó conocimiento de la presente causa, se dispone la devolución de los actuados al juzgado que tramita la presente causa. A.V. 97-2015 LVV 02671-2010-35: Tener al Ministerio Público por DESISTIDO del recurso impugnatorio de apelación interpuesto por la Fiscalía Provincial en contra de la Resolución Nº 24 de fecha dieciséis de diciembre del dos mil catorce, que declara improcedente por extemporánea la solicitud del Ministerio Público respecto a la revocación de la ejecución de la pena suspendida y cumplimiento de sentencia condenatoria; no sin perjuicio de instar por esta vez mayor objetividad de la Fiscalía Provincial al tiempo de elevar sus pedidos los que deben adecuarse a ley y sin perjuicio de ello instar la ejecución de una tutela procesal efectiva en ejecución de sentencia a favor de la persona agraviada como así ha sido determinado en una decisión que está en calidad de cosas juzgada y que merece tutela en vía de ejecución. A.V. 98-2015 RR 02497-2014-32: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso impugnatorio planteado por la defensa del sentenciado Juan Carlos Rodríguez Medina, y CONFIRMAMOS la Resolución apelada Nº 9, dictada en

Viernes, 10 de julio del 2015

audiencia de ejecución de sentencia de fecha diecinueve de enero del dos mil quince, que declara infundado el pedido de la defensa de Juan Carlos Rodríguez Medina sobre variación de la forma de cumplir la pena, en el proceso que se siguió en su contra por el delito de robo agravado en agravio de Antoni Esquia Saire y otros. DISPONEMOS que el señor Juez en término perentorio y bajo responsabilidad resuelva el pedido al que se ha hecho referencia de variación de centro de rehabilitación formulado por la defensa del citado procesado. A.V. 99-2015 ZU 04479-2014-71: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Esther Quispe Saavedra. 2. CONFIRMAMOS la Resolución Nº 07-2014 de fecha dieciséis de diciembre del dos mil catorce, que declara infundada la nulidad de actuados deducida por la investigada, con lo demás que contiene. Siendo este el único motivo por el cual el Colegiado conoció la presente incidencia, disponemos la devolución de los actuados al juzgado de procedencia. A.V. 100-2015 LVV 1960-2015-28: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el procesado, y en consecuencia CONFIRMAR la decisión, esto es Resolución Nº 02-2015, emitida en fecha doce de abril del dos mil quince, que resuelve fundado el requerimiento de prisión preventiva respecto del señor Michael Eufemio Choque Mamani por el plazo de cinco meses, con todo lo que ella contiene.

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

AUTO DE VISTA A.V. 101-2015 ZU 02504-2014-36: 1. DECLARAMOS FUNDADA la apelación interpuesta por la señora representante del Ministerio Público. 2. DECLARAMOS la nulidad de la Resolución número siete guión dos mil catorce, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, que declaró de OFICIO FUNDADA UNA CUESTIÓN PREVIA. 3. DISPONEMOS que se continúe con el séquito del proceso, conforme su estado, debiendo tener en cuenta lo señalado en la presente. ORDENARON LA REMISIÓN AL JUZGADO CORRESPONDIENTE. A.V. 102-2015 RR 362-2013-97: DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación de fojas 144 a 146, interpuesto por el sentenciado JUAN CARLOS CHAVEZ YANCAPALLO. CONFIRMAMOS: la Resolución apelada número 14 del treinta de enero del dos mil quince de fojas 135 a 139, que DECLARA INFUNDADA la petición de Semilibertad, formulada por el citado interno JUAN CARLOS CHAVEZ YANCAPALLO. Con lo demás que contiene. AUTO DE TRÁMITE

RR 4610-2009-90: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el abogado defensor del sentenciado Juan Néstor Raúl Dávila Zegarra, contra la sentencia de vista de fecha veinticinco de marzo del año en curso; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. DECRETOS: Se expidieron un total de 11.

24 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY

AUTO DE TRÁMITE ZU 2734-2012: ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el abogado defensor del sentenciado Juan Néstor Raúl Dávila Zegarra, contra la sentencia de vista de fecha veinticinco de marzo del año en curso; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal.

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

ZU 2734-2012: ADMITIR el recurso de casación interpuesto por la querellada sentenciada Roxana Samillán Machaca, contra la Sentencia de Vista de fecha primero de abril de dos mil quince; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. RR 2734-2012: DECLARAMOS IMPROCEDENTE la apelación interpuesta por Roxana Samillán Machaca. 2. SE REQUIERE a la querellada sentenciada Roxana Samillán Machaca, para que dentro del tercer día de notificada, CUMPLA con adjuntar el arancel judicial correspondiente al recurso interpuesto, bajo apercibimiento de imponerse Multa de 1 URP, todo ello en observancia con la resolución Administrativa Nro. 077-2015-CE-PJ que aprueba para el ejercicio gravable del año 2015 el cuadro de valores de los aranceles judiciales. EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY SENTENCIA DE VISTA

proceso y tutela jurisdiccional efectiva, además de plazo razonable, con arreglo a las consideraciones expuestas en el presente pronunciamiento. AUTO DE VISTA A.V. 104-2015 LVV 03966-2014-17: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Mae Kelly Camargo Concha y otros, en contra de la resolución emitida por el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria a cargo del señor Juez José Luis Vilca Conde; y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 02-2015, que declara fundado el pedido de constitución de actor civil promovido por Aldo Jhon Reynoso Paz, y que declara a don Aldo Jhon Reynoso Paz como actor civil, en el proceso seguido en contra de Mae kelly Camargo Concha y otros por la presunta comisión de los delitos de estafa y alternativamente apropiación ilícita, con todo lo que ella contiene. Sin perjuicio de lo cual se insta por esta vez al señor Juez de la Investigación Preparatoria mayor diligencia y cuidado al tiempo de calificar y evaluar los pedidos de constitución en actor civil, no sin perjuicio de tener presente la posibilidad procesal de hacer un control de admisibilidad previo a la convocatoria a audiencia.

S.V. 30-2015 DECRETOS: Se expidieron un total de 3. ZU 519-2014-48: DECLARAMOS INFUNDADOS los recursos de apelación interpuestos por el señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Islay, y la agraviada María Fermina Nina Aquise, constituida como Actor Civil. CONFIRMAMOS la Sentencia de fecha veintiséis de septiembre del dos mil catorce, que obra de folios ciento cuarenta y seis a ciento sesenta y uno, que RESUELVE absolver a FELIPE LEÓN VALDIVIA MORALES, ROSA VITERVO NINA AQUIZE, MARLEN EVELIA NINA CHORA y BELZABETH PILAR NINA AQUIZE, de los cargos formulados por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de Usurpación Agravada, previsto en el artículo 202 inciso 3 del Código Penal, en concordancia con el artículo 204 inciso 2 del mismo cuerpo normativo; así como, de la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de Daños Agravados, ilícito previsto y penado por el artículo 205, concordado con el inciso 4 del artículo 206 del Código Penal, ambos delitos en agravio de María Fermina Nina Aquize; dispone el archivo definitivo del proceso; declara infundada la pretensión civil postulada por el actor civil; y, dispone que no corresponde fijar costas del proceso; con todo lo demás que contiene y es materia del recurso impugnatorio. ORDENAMOS Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia. S.V. 31-2015 RR 862-2014: DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación interpuesta por el querellante Oscar Alfredo Arteta Pino. CONFIRMAMOS: la sentencia apelada número 342-2014-0-0401-JR-PE-01 del 20 de octubre del 2014 [y no 2013 como erróneamente se ha consignado] de fojas 129 a 139, en los extremos apelados que: absuelve a CARLOS EDUARDO DE RIVERO BUSTAMANTE de los delitos de Injuria y Calumnia previstos en los artículos 130 y 131 del Código Penal respectivamente, en agravio de OSCAR ALFREDO ARTETA PINO, dispone el sobreseimiento definitivo de la causa, la anulación de los antecedentes y declara infundada la pretensión civil invocada. ORDENAMOS: Se devuelvan los actuados al juzgado de procedencia para los fines pertinentes.

27 DE ABRIL DE 2015

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES VOTO DEJADO Y FIRMADO DEL SEÑOR JUEZ SUPERIOR RODRIGUEZ ROMERO Y FIRMADO POR LOS SEÑORES HUANCA APAZA Y ZUÑIGA URDAY A.V. 108-2015 RR 1773-2015-4: DECLARAMOS: INFUNDADA la apelación formulada por el señor abogado de los imputados WILLIAM JOEL CUADROS PAREDES y ANTHONY NELSON SALAZAR TORRES. 2. CONFIRMAMOS: la resolución apelada número 02 expedida en audiencia del 02 de Abril del 2015 de fojas 152 a 158, que declara FUNDADA la Prisión Preventiva solicitada por el Cuarto Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa contra los imputados: WILLIAM JOEL CUADROS PAREDES y ANTHONY NELSON SALAZAR TORRES en el proceso que se les sigue en su contra por el delito de Robo Agravado previsto en el artículo 188 y en el primer párrafo inciso cuarto del artículo 189 del Código Penal en agravio de EDWIN MEDRANO BUSTAMANTE, EDWIN PAUL CHURA MENDOZA y JORGE FLORES RANILLA, ordena su internamiento y prisión preventiva por el plazo de seis meses, el mismo que deberá computar desde el 31 de marzo del 2015 y vencerá el 30 de septiembre del año 2015. Con lo demás que contiene. 3. ORDENAMOS la devolución del cuaderno al juzgado de procedencia para los fines CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES HUANCA APAZA, ZUÑIGA URDAY Y ROSA OCHOA CAHUANA

EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES RODRIGUEZ ROMERO, LAZO DE LA VEGA VELARDE Y ZUÑIGA URDAY SENTENCIA DE VISTA S.V. 33-2015 LVV 872-2015: DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el sentenciado Porfirio Melitón Condori Mamani; en consecuencia, CONFIRMAR LA SENTENCIA número sesenta y cuatro-dos mil quince, de fecha veintitrés de marzo de dos mil quince, que declara infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Porfirio Melitón Condori Mamani en contra del Director del Establecimiento Penal de Arequipa y del Director Regional Juan Herrera, con todo lo que ella contiene

AUTOS DE TRÁMITE ZU 1328-2011-29: DECLARAMOS FUNDADO el recurso de reposición interpuesto por el doctor José Luis Velásquez Aybar Defensor Público, en consecuencia por esta vez se deja sin efecto la multa impuesta con fecha trece de abril del año en curso. DISPONEMOS que en los sucesivo el señor abogado de a conocer con anticipación el cruce de alguna audiencia que pueda tener ante cualquier órgano jurisdiccional. ZU 1328-2011-29: DECLARAMOS INADMISIBLE el medio de prueba ofrecido en esta instancia, disponiendo su devolución.

DECRETOS: Se expidieron un total de 13.

AUTOS DE VISTA 29 DE ABRIL DE 2015 A.V. 106-2015 RR 5808-2014: INFUNDADO el recurso de apelación de fojas 204 a 208 formulado por el señor abogado de la accionanteTrinidad Rocío Morales Málaga. 2.CONFIRMAMOS: la resolución apelada número tres del veintinueve de diciembre del dos mil catorce de fojas 200 a 202, que DECLARA LIMINARMENTE IMPROCEDENTE la demanda Constitucional de Habeas Corpus presentada por Trinidad Rocío Morales Málaga a favor de Renato Olín Apaza, contra: Ramiro Morales Alí, Eloy Coaguila Mita, Rut Cohaila Quispe y Max Wilfredo Salas Bustinza. DECRETOS: Se expidieron un total de 9. 28 DE ABRIL DE 2015

EN AUDIENCIA S.V. 32-2015 LVV 120-2012-83: DECLARAR NULA LA SENTENCIA número doscientos sesenta guión dos mil catorce, de fecha treinta de octubre de dos mil catorce, que declarando a Blanca Ruth Olazábal Peraltilla y Félix Genaro Santander Rodríguez absueltos de los cargos formulados en su contra por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones culposas, previsto en los párrafos primero y tercero, del artículo 124 del Código Penal, en agravio de Mayqui Mabyd Zapata Ticona, representada por Gumercinda Ticona Condori, consideró fundada en parte la acción civil postulada por el Ministerio Público en representación de la agraviada no constituida en actor civil, fijando en consecuencia por concepto de indemnización de daños y perjuicios la suma de sesenta mil nuevos soles que deberán abonar en forma solidaria los sentenciados y el tercero civil responsable a favor de la parte agraviada, con todo lo que ella contiene, en consecuencia, DISPONER LA REALIZACIÓN DE NUEVO JUICIO ORAL por el Juzgado llamado por ley, el que se avocará al conocimiento del caso; asimismo, RECOMENDAR DILIGENCIA Y CELERIDAD a fin de cautelar el derecho al debido

pronunciamiento en atención a los considerandos establecidos en la presente resolución.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES HUANCA APAZA, ZUÑIGA URDAY Y ROSA OCHOA CAHUANA

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES ZUÑIGA URDAY, ROSA OCHOA CAHUANA Y ALAVAREZ NEYRA

OC 5914-2014-59: DECLARAR FUNDADA la apelación interpuesta por la defensa del procesado. DECLARAMOS NULA la Resolución apelada N° 03, de fecha catorce de abril del año dos mil quince, sólo en el extremo del literal e), en cuanto fija como regla de conducta el monto de caución económica en la suma de diez mil nuevos soles, la que una vez efectuada procederá a la excarcelación del imputado y al producirse la excarcelación a cumplir las reglas de conducta anteriormente citadas, bajo el apremio de revocarse la comparecencia restrictiva y nuevamente disponerse su prisión preventiva. DISPONEMOS que el Juez de Investigación Preparatoria, emita nuevo pronunciamiento sobre la fijación de la caución, con tal objeto se ordena la devolución inmediata de los actuados al Juzgado de procedencia, quien en el término de veinticuatro horas deberá emitir nuevo

recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada.PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 13. 30 DE ABRIL DE 2015

EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES HUANCA APAZA, ZUÑIGA URDAY Y ROSA OCHOA CAHUANA AUTOS DE VISTA A.V. 111-2015 OC 3200-2011-77: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora representante del Ministerio Público. REVOCAR la Resolución Nº 10 de fecha siete de enero del año dos mil quince, que declara de oficio prescrita la acción penal en el presente proceso seguido en contra de Percy Yohny Chirapo Chana, por el delito de omisión a la asistencia familiar en agravio de Diana Jhoselyn Chirapo Quispe, y dispone el archivo definitivo causa. REFORMÁNDOLA precisamos que no procede la declaración de oficio de la prescripción. DISPONEMOS la continuación del presente proceso de acuerdo a su estado, debiendo devolverse el expediente al juzgado de origen para que prosiga conforme corresponde. A.V. 112-2015 ZU 4083-2012-96: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Oficina de Normalización Previsional. CONFIRMAMOS la RESOLUCIÓN Nº 05, de fecha ocho de agosto del dos mil catorce, que declaró fundado el requerimiento de sobreseimiento planteado por el Ministerio Público. Estando a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución DISPONEMOS la remisión de copias a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. Siendo este el único motivo por el cual el Colegiado asumió competencia disponemos la devolución al juzgado de procedencia. A.V. 113-2015

AUTOS DE VISTA A.V. 109-2015 ZU 145-2015: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto en contra de la Resolución Nº 04-2015. CONFIRMAMOS la resolución de fecha diecisiete de abril del año en curso que declara infundado el requerimiento de cese de prisión preventiva planteado por la defensa del investigado Andree Condori. Siendo el único motivo por el cual el Colegiado asumió competencia en la presente causa se dispone la devolución de los actuados al juzgado de origen. EN DESPACHO A.V. 110-2015

AUTOS DE VISTA A.V. 107-2015

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OC 1217-2014-89: DECLARAMOS: INADMISIBLE la queja de derecho interpuesta por el Procurador del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en contra de la Resolución número 02-2014, que declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el actor civil -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. DISPONEMOS: Se notifique conforme a ley y se remita copia certificada de la presente al Primer Juzgado Unipersonal, para los fines pertinentes.

OC 5233-2014-78: DECLARAR FUNDADA en parte la apelación propuesta por el Defensor Público Juan Andrés Huamán Huari. REVOCAMOS la Resolución s/n de fecha quince de enero del dos mil quince, en el punto tercero de la parte resolutiva que impone al Defensor Público Juan Andrés Huamán Huari la sanción de amonestación verbal por no haber preparado la defensa del acusado Gregorio Rolando Moroco Condori, con lo demás que contiene este numeral tercero de la indicada resolución. REFORMÁNDOLA en tales extremos, llamamos la atención severamente al Defensor Público Juan Andrés Huamán Huari por el hecho de no haber preparado la defensa del acusado en la sesión del quince de enero del dos mil quince, a que se refiere la resolución impugnada, y que esta únicamente constará como una advertencia para que tenga mejor cuidado en los sucesivos casos que pueda asumir ante los despachos judiciales.ORDENAMOS la devolución del cuaderno al juzgado de procedencia para los fines pertinentes.

DECRETOS: Se expidieron un total de 13.

AUTOS DE TRÁMITE ZU 2710-2013-47: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número ocho (quinto piso) del Módulo Penal, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el

ROSA OCHOA CAHUANA COORDINADORA DE CAUSAS CRISLEY HERRERA CLAURE JUEZ SUPERIOR SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES

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