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31 mar. 2011 - 3.1 Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de crédito, .... El riesgo de liquidez refleja la posible dificultad de la Agencia para ...
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Informe sobre Solvencia Ejercicio 2010

INFORME SOBRE SOLVENCIA Activotrade Valores, Agencia de Valores, S.A.

Informe sobre Solvencia REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN

INDICE 1 Requerimientos Generales de Información ........................................................................................ 3 1.1

Ámbito de aplicación ...................................................................................................................... 3

1.2

Objetivos de la Control de Riesgos y políticas de la Agencia ........................................................ 3

2 Información sobre los Recursos Propios Computables .................................................................... 8 2.1

Características de los Recursos Propios Computables ................................................................. 8

2.2

Importe de los Recursos Propios Computables ............................................................................. 9

3 Información sobre los requerimientos de Recursos Propios ......................................................... 10 3.1

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de crédito, contraparte y entrega ....... 10

3.2

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de contraparte, de posición y liquidación de la cartera de negociación ........................................................................................................ 10

3.3

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de cambio y de la posición en oro ...... 10

3.4

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo operacional ......................................... 10

3.5

Requerimientos de recursos propios mínimos ligados a los gastos de estructura ....................... 11

3.6

Requerimientos ligados al capital mínimo exigido legalmente ..................................................... 11

4 Procedimiento aplicado para evaluar la suficiencia de capital interno. ......................................... 12 5 Información sobre el riesgo de mercado de la cartera de negociación. ........................................ 13

Informe sobre Solvencia | Marzo de 2011

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Informe sobre Solvencia REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN

1

REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN La finalidad del presente documento es presentar al mercado, periódicamente, determinada información que muestre la situación objetiva de Activotrade Valores, Agencia de Valores, S.A, en lo que respecta a recursos propios, las exposiciones, los procesos de evaluación del riesgo y la suficiencia de capital. Por tanto, el presente documento se efectúa en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 111, del Real Decreto 216/2008, en la Circular 12/2008 , de 30 de diciembre, y en la Circular 1/2011 de la CNMV, detalladas en el capítulo XI sobre gobierno interno de las entidades y autoevaluación de capital, así como en el capítulo XII sobre obligaciones de información, en lo referente al informe sobre solvencia. De acuerdo con las políticas de divulgación de la información de Activotrade Valores, Agencia de Valores, S.A, este informe será elaborado con periodicidad anual por la Unidad de Cumplimiento Normativo y ha sido aprobado por el Consejo de Administración en la sesión celebrada el 31 de marzo de 2011.

1.1

Ámbito de aplicación

1.1.1

Denominación o razón social Activotrade Valores, Agencia de Valores, S.A es una Empresa de Servicios de Inversión inscrita en el registro de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con el número 239. La Agencia no pertenece a ningún grupo ni depende jerárquicamente de ninguna Agencia. Como se expone en el Programa de Actividades, los servicios de inversión para los que la Agencia ha obtenido autorización son los siguientes:  Recepción y transmisión de órdenes de clientes en relación con uno o más instrumentos financieros.

1.1.2

Diferencias Grupo Consolidable La Agencia no forma parte de ningún grupo consolidable de entidades de servicios de inversión, tal y como son definidos estos en el Capítulo I de la Circular 12/2008 de CNMV.

1.2

Objetivos de la Control de Riesgos y políticas de la Agencia

1.2.1

Principios generales del Control de Riesgos Es objetivo prioritario de la Agencia la determinación de políticas para la gestión de los distintos riesgos a los que está expuesto, así como la disposición de los recursos y esfuerzos necesarios para que dichos riesgos sean convenientemente identificados, medidos, valorados, gestionados y controlados.

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Informe sobre Solvencia REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN

Los principios generales en los que se basa la gestión de los riesgos de la Agencia son los siguientes:  Implicación de la Alta Dirección: Entre otras funciones, la alta Dirección de la Agencia hace un seguimiento regular del proceso de evolución en la gestión interna de los riesgos destinando los medios materiales y el personal necesario. Asimismo, debe garantizar una política adecuada de riesgos y asegurando su constante adaptación a las variaciones de mercado, clientela y normativa a lo largo del tiempo.  Prudencia: Las políticas y procedimientos de la Agencia se desarrollan con la máxima prudencia, intentando preservar en todos los casos la viabilidad económico- financiera de la misma.  Análisis, control y seguimiento del riesgo. La Agencia en aras de asegurar un riguroso cumplimiento de las políticas de riesgo y límites establecidos, dispone de procesos de análisis, control y seguimiento de los riesgos relevantes a los que se encuentra expuesta.  Cumplimiento normativo: La Agencia debe disponer en todo momento, de los medios humanos y técnicos, que le permitan cumplir rigurosamente con los requerimientos normativos vigentes.  Sistemas de Información: La Agencia garantizará la existencia de sistemas de información que aseguren que su personal conoce las obligaciones, riesgos y responsabilidades derivadas de su actuación y la normativa aplicable a los servicios de inversión que presten .Asimismo, la Agencia cuenta con un Reglamento Interno de Conducta (RIC) que define los principios a los que se deberán ceñir las actuaciones de la Agencia en los Mercados de Valores. 1.2.2

Descripción del Gobierno Corporativo Los dos niveles en los que se puede dividir la estructura jerárquica de la Agencia son los siguientes: El primes nivel está formada por el Consejo de Administración, a través de la Dirección General y la Unidad de Cumplimiento Normativo y Control de Riesgos, con el objetivo de establecer, aprobar y evaluar los resultados, la estrategia y las políticas de gestión. En el segundo nivel se encuadran las áreas encargadas de ejecutar e implantar, en última instancia, las políticas de Control de Riesgos aprobadas por el Consejo de Administración.

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Informe sobre Solvencia REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN

1.2.3

Control de los Riesgos

1.2.3.1 Riesgo de Crédito y concentración El riesgo de crédito es el riesgo presente o potencial sobre los beneficios y el capital que surge del incumplimiento por parte de un deudor de los términos o condiciones de cualquier contrato con la Agencia. En particular, este riesgo está fundamentalmente limitado a las posiciones de liquidez mantenidas en inversiones financieras temporales y a las comisiones pendientes de percibir de clientes. La gestión del riesgo de crédito se realiza de una manera coordinada entre las distintas unidades de la Agencia con atribuciones y responsabilidades en relación con la gestión de dicho riesgo. Los objetivos que persigue la dirección la Agencia en la gestión del riesgo de crédito son los siguientes:  Cumplir de manera rigurosa en todo momento con los requerimientos establecidos por la normativa aplicable en materia de inversión, límites a la concentración de riesgos y tratamiento contable.  Establecer los procesos y procedimientos y dotar a la Agencia de las herramientas que le permitan disponer de la información necesaria sobre la exposición al riesgo de crédito, de forma que se puedan alcanzar los objetivos de gestión óptima del riesgo y de maximización de la rentabilidad de la Agencia asociada al nivel de riesgo. Para poder alcanzar estos objetivos, la Agencia dispone de los principios y políticas necesarios relativos a la exposición, gestión y control de este riesgo, realizando una gestión óptima de los recursos propios para cumplir con su objeto social. Por otro lado, en cuanto a la gestión y control de la concentración, la Agencia realiza una gestión de este riesgo de forma que a 31 de diciembre de 2010 no tiene riesgos con personas físicas, Personas jurídicas o grupos económicos superiores al límite de 25% de los recursos propios computables. 1.2.3.2 Riesgo de Mercado El riesgo de mercado es el riesgo presente o potencial sobre los beneficios y el capital que surge de movimientos adversos en los precios de los bonos, activos, mercaderías y tipos de cambio, definido este último como el riesgo presente o potencial sobre los beneficios y el capital que surge de movimientos adversos de los tipos de cambio sobre la cartera de la Agencia. La Agencia únicamente realiza una gestión activa de su tesorería en lo referente a la política de inversión de los excedentes de liquidez con el fin de rentabilizar sus recursos propios, a través del mantenimiento de efectivo o inversiones financieras temporales en instituciones financieras.

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Informe sobre Solvencia REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN

Por lo tanto, la Agencia no mantiene posiciones o asunción de compromisos por cuenta propia mantenidas con la finalidad de realizarlas a corto plazo o de beneficiarse de las diferencias reales o esperadas a corto plazo entre el precio de compra y el de venta, de las que se derive riesgo de mercado, según la definición de cartera de negociación del artículo 13 de la Circular 12/2008 de CNMV. En conclusión, la Agencia no mantiene posiciones sujetas a riesgo de mercado 1.2.3.3 Riesgo Operacional El riesgo operacional refleja la posible pérdida resultante de deficiencias o fallos en los procesos internos, recursos humanos o sistemas, o bien el derivado de situaciones externas. La Agencia ha optado por el Método del Indicador Básico previsto en la Circular 12/2008 de CNMV para el cálculo de capital por riesgo operacional. El riesgo operacional al que está expuesta la Agencia incluye el riesgo en la entrada de órdenes y en toda la operativa que conlleva su ejecución y seguimiento. Los errores pueden ser humanos o técnicos. Para controlar los posibles errores humanos, la Agencia dispone de unas directrices de operaciones que garantizan una separación de funciones. Dicha separación de funciones permite controlar mejor posibles fallos humanos. En caso de fallo tecnológico, la Agencia dispone de un sistema de back-up. Además, la Agencia cuenta con un Plan de Seguridad y Contingencias que permite que la Agencia pueda mantenerse o recuperarse lo antes posible en caso de perturbación grave del sistema. 1.2.3.4 Riesgo de Tipo de Interés Estructural de Balance El riesgo de tipo de interés de balance es el riesgo presente o potencial sobre los beneficios y el capital que surge de movimientos adversos en los tipos de interés sobre la cartera de la Agencia. La Agencia no está autorizada a la concesión de créditos o préstamos a inversores en el marco de su Programa de Actividades aprobado por CNMV, así que no capta depósitos del público, dada la naturaleza de las actividades desarrolladas. Consecuentemente, la Agencia no realiza una gestión activa del riesgo de tipo de interés, ya que el impacto de movimientos adversos de los tipos de interés de mercado en el valor económico de la misma no es significativo. Esto es debido a que la Agencia únicamente invierte sus excesos de liquidez en depósitos a corto plazo, siendo su financiación exclusivamente a través de los fondos propios de la Agencia, no siendo sensible estos últimos a movimientos a la curva de tipos de interés. Por lo tanto, una variación de la curva de tipos de interés no afectará significativamente al valor económico de la misma.

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Informe sobre Solvencia REQUERIMIENTOS GENERALES DE INFORMACIÓN

1.2.3.5 Riesgo de liquidez El riesgo de liquidez refleja la posible dificultad de la Agencia para disponer de fondos líquidos, o para acceder a ellos, en la cuantía suficiente y al coste adecuado, para hacer frente en todo momento a sus obligaciones de pago. La Política de la Agencia en cuanto a la gestión de la liquidez establece el mantenimiento de volúmenes de inversión considerados adecuados en determinadas categorías de activos líquidos y de bajo riesgo con la finalidad de salvaguardar su liquidez, cumplimento con los requisitos establecidos en la ley 24/1988 del Mercado de Valores. Cabe destacar que la Agencia supera el coeficiente de liquidez mínimo requerido a las empresas de servicios de inversión con posterioridad a la aportación de capital, según artículo 48 del RD 217/2008 sobre el coeficiente de liquidez. A 31 de diciembre de 2010 la Agencia presenta superávit sobre dicho coeficiente de liquidez por un importe de 258 miles de euros. 1.2.3.6 Riesgo de Contraparte La Agencia define el riesgo de crédito de contraparte como el riesgo de que la contraparte pueda incurrir en incumplimiento antes de la liquidación definitiva de los flujos de caja de la operación (instrumentos derivados, operaciones con compromiso de recompra, operaciones de préstamo de valores o materias primas, operaciones con liquidación diferida y operaciones de financiación de las garantías). A 31 de Diciembre de 2010 la Agencia no cuenta con posiciones sujetas a estos riesgos.

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Informe sobre Solvencia INFORMACIÓN SOBRE LOS RECURSOS

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Propios Computables

INFORMACIÓN SOBRE LOS RECURSOS PROPIOS COMPUTABLES A efectos del cálculo de sus requerimientos de recursos propios mínimos, la Agencia considera como recursos propios básicos (Tier I) y de segunda categoría (Tier II) los elementos definidos como tales, considerando sus correspondientes deducciones, en el Capítulo 1 de la Circular 12/2008 de CNMV, sobre Recursos propios (Definición y exigencias).

2.1

Características de los Recursos Propios Computables En dicho Capítulo 1 de la Circular 12/2008 de CNMV, se establecen las normas para la determinación del volumen de recursos propios que, en todo momento, deben mantener las empresas de servicios de inversión. Además, se definen los elementos computables como recursos propios, así como las deducciones y los límites de computabilidad de los mismos a efectos de la determinación del coeficiente de solvencia. Dentro de los recursos propios computables se distinguen tres categorías: básicos, de segunda categoría y auxiliares.

2.1.1

Recursos Propios Básicos Los Recursos propios básicos o Tier 1 se caracterizan porque pueden ser utilizados inmediatamente y sin restricción para la cobertura de riesgos o de pérdidas A 31 de diciembre de 2010, los recursos propios básicos de la Agencia estaban formados por el capital desembolsado mas las reservas no distribuidas. Por otro lado, los recursos propios básicos cuentan con un conjunto de deducciones que minoran su cuantía como recursos propios computables, habiéndose deducido a 31 de diciembre de 2010 los activos inmateriales, según lo establecido en el artículo 4 de la Circular 12/2008 de CNMV.

2.1.2

Recursos Propios de Segunda Categoría Por su parte, los Recursos propios de segunda categoría o Tier 2 se caracterizan por tener un grado de permanencia menor que los elementos considerados como recursos propios básicos. A 31 de diciembre de 2010, la Agencia no mantiene elementos computables como recursos propios de segunda categoría.

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Informe sobre Solvencia INFORMACIÓN SOBRE LOS RECURSOS

2.2

Propios Computables

Importe de los Recursos Propios Computables A continuación se presenta el importe total de los recursos propios computables de la Agencia a 31 de diciembre de 2010, detallando de forma separada si se refieren a recursos propios básicos o de segunda categoría, junto con las deducciones y límites establecidos en la Circular 12/2008 de CNMV: Concepto

Importe (miles de euros)

Capital

620

Prima de Emisión

0

Reservas

0

Deducciones Recursos Propios Básicos

-201

Pérdidas ejercicios anteriores

-110

Pérdidas del periodo

-72

Activos inmateriales

-19

Recursos Propios Básicos

419

Recursos Propios de segunda categoría

0

Recursos Propios Computables

419

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Informe sobre Solvencia INFORMACIÓN SOBRE LOS REQUERIMIENTOS

de Recursos Propios

3

INFORMACIÓN SOBRE LOS REQUERIMIENTOS DE RECURSOS PROPIOS

3.1

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de crédito, contraparte y entrega La Agencia para el cálculo de los requerimientos de recursos propios por riesgo de crédito ha optado por el método estándar. A continuación se presenta un detalle de dichos requerimientos por categoría de exposición a 31 de diciembre de 2010:

3.2

Categoría del Riesgo

Importe (Miles de euros)

Administraciones Centrales y Bancos centrales

0

Instituciones

18

Otras exposiciones

6

Total requerimientos de recursos propios por riesgo de crédito por método estándar

24

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de contraparte, de posición y liquidación de la cartera de negociación A 31 de Diciembre de 2010 la Agencia no cuenta con posiciones sujetas a estos riesgos.

3.3

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo de cambio y de la posición en oro A 31 de Diciembre de 2010 la Agencia no cuenta con posiciones en divisa extranjera.

3.4

Requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo operacional A continuación se muestra el importe de los requerimientos de recursos propios mínimos por riesgo operacional, con indicación del método aplicado para su cálculo: Método aplicado

Importe (Miles de Euros)

Total requerimientos calculados por aplicación del Método del Indicador Básico

18

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Informe sobre Solvencia PROCEDIMIENTO APLICADO PARA EVALUAR

3.5

la suficiencia de capital interno.

Requerimientos de recursos propios mínimos ligados a los gastos de estructura Para el cálculo de los recursos propios necesarios en función del nivel de actividad, se considerarán gastos de estructura las rúbricas, del estado M2 de la Circular 7/2008, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, calculando los requerimientos asociados según lo contemplado en el Capítulo I de la Circular 12/2008 de CNMV. Gastos de Estructura Modelo de Negocio año 2009 (miles de euros) Importe 292

Requerimiento legal

Capital necesario

25%

73

A partir de la estimación de los citados gastos de estructura la Agencia cuantifica sus necesidades de capital en un importe total de 73 miles de euros.

3.6

Requerimientos ligados al capital mínimo exigido legalmente Las agencias de valores están reguladas por la Ley 24/1988 de 28 de julio y modificaciones posteriores y, en especial, la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, cuyo objetivo es incorporar al ordenamiento jurídico español, entre otras Directivas, la 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a los mercados de instrumentos financieros. Se regulan igualmente por el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de Empresas de Servicios de Inversión, que deroga el anterior Real Decreto 867/2001, de 20 de julio. En esta normativa se establecen, entre otros, los requisitos de capital social mínimo necesarios para obtener y conservar la autorización como Agencia de Valores. Según el citado Real Decreto, la Agencia, deberán tener un capital social no inferior 500.000 euros, siendo éste el mínimo aplicable a la Agencia. Capital social mínimo exigible (miles de euros) Importe

Requerimiento legal

Capital necesario

500

2/3

366

A partir del capital mínimo exigible en función de la tipología de empresa de servicios de inversión la Agencia cuantifica sus necesidades de capital en un importe total de 366 miles de euros.

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Informe sobre Solvencia PROCEDIMIENTO APLICADO PARA EVALUAR

4

la suficiencia de capital interno.

PROCEDIMIENTO APLICADO PARA EVALUAR LA SUFICIENCIA DE CAPITAL INTERNO. La Agencia, a través del Proceso de Autoevaluación de Capital, realiza una valoración de los sistemas de gestión, medición y control de riesgos, su estructura de gobierno interno, y la suficiencia de los recursos propios computables en función de los riesgos asumidos. Asimismo, la Agencia ha realizado una proyección de sus necesidades futuras de capital junto con una estimación de los recursos propios disponibles futuros, de tal forma que cuente en todo momento con capital suficiente para el desarrollo de su actividad. De este modo, la Agencia realiza un análisis y valoración integral de todos los aspectos relevantes que determinan sus necesidades de capital actuales y futuras, y la suficiencia de sus recursos propios para cubrirlas. La Agencia ha estimado sus necesidades totales de capital basándose en los requerimientos regulatorios de Pilar 1 y Pilar 2 del Nuevo Acuerdo de Basilea de Junio de 2006, adaptado a la normativa nacional a través de la Circular 12/2008 de CNMV. Así, la estimación del capital interno total necesario para la Agencia se obtiene a partir de la agregación de las necesidades de capital individuales para cada tipología de riesgo, siendo la evaluación de las necesidades de capital para cada uno de los riesgos realizada mediante la opción estándar o simplificada. Adicionalmente, las empresas de servicios de inversión están sujetas a requerimientos adicionales de recursos propios en función de su capital social mínimo, según volumen de carteras gestionadas y según los gastos de estructura incurridos en el ejercicio precedente. Estas tres magnitudes son comparadas con la agregación referida en el párrafo anterior tomando la mayor como requerimientos de recursos propios aplicables a la Agencia, según la Circular 12/2008 en su artículo 7.

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Informe sobre Solvencia INFORMACIÓN SOBRE EL RIESGO

de mercado de la cartera de negociación.

Importe (Miles de Euros)

Requerimientos de recursos propios por los diferentes riesgos Riesgo de Crédito

24

Riesgo de Mercado

0

Riesgo Operacional

18

Riesgos Pilar I

42

Requerimientos de recursos propios ligados a los gastos de estructura

73

Requerimientos de recursos propios por volumen de carteras gestionadas

0

Requerimientos de recursos propios por 2/3 partes del capital social mínimo

333

Coeficiente de solvencia del

10,07%

Así, la Agencia a 31 de diciembre de 2010 presenta un coeficiente de solvencia del 10,07%.

5

INFORMACIÓN SOBRE EL RIESGO DE MERCADO DE LA CARTERA DE NEGOCIACIÓN. En relación con el riesgo de mercado de la cartera de negociación, la Agencia no cuenta con posiciones en la cartera de negociación a efectos de la Circular 12/2008 de CNMV, tal y como es definida esta en el artículo 13 de dicha circular. A fecha de 31 de diciembre de 2010 la Agencia no desarrolla actividades encaminadas a este tipo de operativa, siendo nulos sus requerimientos de recursos propios por este concepto.

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