GENERAL

86. La delegación de la Unión Soviética cree que el debate sobre el Territorio en. Fideicomiso de las Islas del Pacífico en la Cuarta Comisión es una cuestión ...
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Naciones Unidas

ASAMBLEA

GENERAL TRIGESIMO SEXTO PERIODO DE SESIONES DOafíol Pagina 6 23. El Sr. BURAYZAT (Jordania) dice que se puso en claro durante el debate que su :r;>aís rechazaba categ6ricamente toda instalaci6n de bases militares en territorios no autónomos. Sin embargo, porque considera que la Potencia administradora ha demostrado una notable cooperación con el Comité Es:r;>ecial en el caso de los territorios del Caribe que se trataron en el proyecto de resolución A/c.4/36/L.14 y porque o:r;>ina que el principio de consenso debe ser salvaguardado, Jordania votara a favor de la enmienda A/c.4/36/L.2l. 24.

Se procede a votación

régistrada·sóorela'enmienda·A/C~4/36/L.2l.

Votos a favor:

Alemania, República Federal de, Alto Volta, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Bélgica Bhutan, Bolivia, Bots~ana, Brasil, Canada, Colombia, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Egipto, España, Estados Unidos de América, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Grecia, Guatemala, Haití, Honduras, Indonesia, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Jordania, Lesotho, Liberia, Luxemburgo, Malasia, Malawi, Maldivas, Marruecos, Ne:r;>al, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretafla e Irlanda del Norte, República Centroafricana, República Dominicana, Rwanda, Samoa, Senegal, Singapur, Somalia, Sri Lanka, Suecia, Suriname, Tailandia, Túnez, Turquía, Uruguay, Venezuela, Zaire.

Votos en contra:

Afganistan, Albania, Angola, Argelia, Beniri, Bulgaria, Congo, Cuba, Chad, Checoslovaquia, Etiopía, Guinea, Hungría, India, Irán, Iraq, Jamahiriya Arabe Libia, Kuwait, Madagascar, México, Mongolia, Mozambique, Nicaragua, Nigeria, Polonia, República Arabe Siria, República Democrática Alemana, República Democrática Popular Lao, República Socialista Soviética de Bielorrusia, República Socialista Soviética de Ucrania, Rumania, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Uganda, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, Viet Nam, Yemen, Yemen Democrático, Yugoslavia.

Abstenciones:

Birmania, Burundi, Costa de Marfil, Ecuador, Ghana, Guyana, Kenya, Malí, Mauritania, Pakistán, República Unida del Camerún, Sierra Leona, Togo, Trinidad y Tabago, Zambia.

Por 73 votos a favor contra 39 A/c.4/3 /L.2l.

15 abstenciones

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25. El Sr. SEIFU (Etiopía) pregunta si la aprobación de la enmienda A/C.4/36/L.2l implica la exclusión de la enmienda A/c.4/36/L.25. 26. El PRESIDENTE dice que como la enmienda recién aprobada~ enmienda al párrafo 5 del proyecto de resolución A/c.4/36/L.l4 y la enmienda A/c.4/36/L.25 es sustancialmente idéntica a ese párrafo~ la enmienda recién adoptada excluye cualquier consider.ación de la otra enmienda. Como los miembros. de la Comisión ya saben, el artículo 130 del reglamento de la Asamblea General dice que cuando la aprobación de una enmienda implique necesariamente la exclusión de otra enmienda, esta última no será sometida a votación. 27. Se procede a votación registrada sobre el proyecto de res?lución A/c.4/36/L.14, en su forma enmendada. Votos a favor:

Afganistán, Albania~ Alemania, República Federal de, Alto Volta, !lngola, Arabia Saudita, Argelia, Argentina., Australia, Austria, Bahamas, Bahrein, Bangladesh, Barbados~ Bélgica, Benin, Bhután, Birmania, Bolivia, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burundi, Canadá, Colombia, Congo~ Costa de Marfil~ Costa Rica, Cuba, Chad, Checoslovaquia, Chile, China, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Emiratos Arabas Unidos, Espafta, Estados Unidos de América, Etiopía, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Ghana, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea 2 Guyana, Haití, Honduras, Hungría, India, Indonesia, Irán, Iraq, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamahiriya Arabe Libia, Jamaica, Japón, Jordania, Kenya, Kuwait, Lesotho, Liberia, Luxemburgo, Madagascar, Malasia, Mala~i, Maldivas, Malí, Marruecos, Mauritania, México, Mongolia, Mozambique, Nepal, Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Pakistán, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretafta e Irlanda del Norte, República Arabe Siria, República Centroafricana, República Democratica Alemana, República Democratica Popular Lao, República Dominicana, República Socialista Soviética de Bielorrusia, República Socialista Soviética de Ucrania, República Unida del Camerún, Rumania, Rwanda, Samoa, Santo Tomé y Príncipe, Sanegal, Seychelles, Singapur, Somalia, Sri Lanka, Sudan, Suecia, Suriname, Tailandia, Togo, Trinidad y Tabago, Túnez, Turquía, Uganda, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, Uruguay, Venezuela, Viet Nam, Yemen, Yemen Democrático, Yugoslavia, Zaire, Zambia.

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Votos en contra:

Ninguno.

Abstenciones:

Ninguna. nin una abstención forma el~endada_

ro ec.to

29. El Sr. NGUYEN THUONG (Viet 'Nam) dice que su voto a favor del proyecto de resolución reci~n aprobado fue un voto a favor del trabajo del Comité Especial, y desea dejar sentado que tiene reservas concretas en relaci6n con el párrafo 5, dada la oposici6n de Viet Nam a las bases militares extranjeras como un obstáculo para el ejercicio del derecho a la libre determinaci6n y a la independencia. 30. El Sr. SASSr (Jamahiriya Arabe Libia) dice que su delegaci6n vot6 a favor del proyecto de resolución porque se opone al colonialismo y apoya la independencia y libre determinación de los pueblos coloniales. Sin embargo., de acuerdo con el punto de vista de los Estaaos no alineados, su delegación se opone totalmente al nuevo párrafo 5 insertado de conformidad con la enmienda y reitera su posición de que la presencia de bases militares extranjeras constituye un obstáculo para la aplicación de la Declaración. Tales bases en el Caribe y en otros lugares pueden dejar el camino expedito para un ataque. 31. El Sr. RASON (Madagascar) dice que su delegación, de acuerdo con la posición de los países no alineados, desea expresar sus reservas en lo concerniente al párrafo 5 del proyecto de resolución r~cién aprobado, a pesar de que votó a favor de él. 32. El Sr. SANGSOMSAK (República Democrática Popular Lao) dice que votó a favor del proyecto de resolución, pero tiene serias reservas en lo relativo al párrafo 5, puesto que las bases militares, cualquiera sea su forma o tamaño, constituyen un grave obstáculo para el ejercicio del derecho a la libre determinación e independencia y pone en peligro el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales. 33. El Sr. LOZINSKY (Unión de Repúblicas Socialistas soviéticas) dice que la URSS votó a favor del p;;yecto de resolución porque dicho proyecto reafirma el derecho inalienable de ~os pueblos de los Territories en cuestión a la libre determinación y a la independencia y ratifica la obligación de la Potencia administradora de velar por el logro de dichos objetivos en esos territorios. En relación con la redacción del párrafo 5, la posición de su país se ha reflejado en el voto negativo a la enmienda (A/c.4/36/L.2l). 34. El Sr. DENICHIN (Bulgaria) dice que su Gobierno apoya ampliamente la libre determinación e independencia para todos los pueblos y, por lo tanto, su delegación votó a favor del proyecto de resolución recién aprobado. Sin embargo~ su opini6n acerca de las bases militares extranjeras, ya expuesta, no concuerda con .1A terminología del párrafo 5 en su forma enmendada, por lo que expresa sus reservas acerca ú'e ese párrafo.

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35. El Sr. FAFWORA (Nigeria) dice que ni el proyecto de resolución original ni la versión enmendada recién aprobada satisfacen plenamente a gu delegación. El proyecto de resolu~ión A/c.4/36/L.14 tiene el defecto de crear la impresión de que, en todos los casos~ la presencia de bases militares extranjeras impid~ el transito de los territorios coloniales hacia la independencia. La enmienda (A/c.4/36/L.2l) es ambigua~ puesto que trata de crear la impresión de que las bases, militares extranjeras pueden no constituir un obstáculo. de esa índole, por lo que su delegación votó en contra de la enmienda. En opinión de su delegación, era preferible el proyecto de resolución original en comparación con la enmienda. 36. El Sr. KALlNA (Checoslovaquia) dice que votó a favor del proyecto de resolución porque propugna el derecho a la libre determinación y a la independencia. El representante de Checoslovaquia votó en contra de la enmienda porque no corresponde al consenso alcanzado en el Comité Especial. Su delegación cree que la presencia de bases militares extranjeras en los Territorios no autónomos constituye un obstáculo para la aplicación de la Declaración. 37. El Sr. ADHAMl (República Arabe Siria) dice que su delegación votó a favor del proyecto de resolución porque reafirma el derecho de todos los pueblos a la libre determinación. Sin embargo~ la delegación árabe siria tiene reservas con respecto al párrafo 5 en su forma enmendada. 38. El Sr. BEREZHKOV (República Socialista Soviética de Bielorrusia) dice que votó a favor del proyecto de resoluci6n a raíz de la posición de principio de su país concerniente al derecho inalienable de los pueblos coloniales a la libre determinación y a la independencia. Sin embargo, tiene serias reservas con respecto al párrafo 5 dada la posición de su pá.ís en. el sentido de. que las bases militares extranjeras impiden el'ejercicio del derecho a la libre determinación y a la independencia. 39. El Sr. SCHROTER (República Democratica Alemana) dice que votó a favor yecto de resolución pero que tiene reservas en relaci6n con el párrafo 5. dijo su delegación durante el debate, se opone a cualquier base militar en dependientes, pues tales bases constituyen un obstáculo para la aplicación Declaración.

del proTal como territorios de la

40. El Sr. MUTHANA (Yemen Democrático) dice que~ a pesar de que su delegación votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/Lo14 en su forma enmendada, tiene serias reservas en lo que respecta al párrafo 5, a causa de la oposición de su país a las bases militares extranjeras como un impedimento al ejercicio del derecho a la libre determinación y a la independencia. 41. El Sr. GARClA ALMElDA (Cuba) dice que a pesar de su voto afirmativo tiene reservas con respecto al párrafo 5 del proyecto de resolución recién aprobado. No importa cual sea el tamaño de la base militar, tales bases constituyen un obstáculo para la aplicación de la Declaración. Lamenta profundamente que la Comisión no haya sido capaz de avalar el consenso alcanzado por el Comité Especial.

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42. El Sr. nOLJINTSEREN (Mongolia) dice que su delegación votó a favor del proyecto de resoluci6n en su forma enmendada, pero tiene reservas concretas acerca del párrafo 5, que es contrario al consenso alcanzado en el Comite Especial. 43. El Sr. FERREIRA (Santo Tome y Príncipe) dice que desea expresar reservas en relación con el párrafo 5 del proyecto de resolución, a pesar de que votó a favor de dicha enmienda. Cuestión de Guam (continuación) (A/c.4/36/L.16, L.22 y L.26) 44. El PRESIDENTE dice que la Comisión considerará a continuación el proyecto de resolución A/c.4/36/L.16, relativo a la cuestión de Guam y las enmiendas a dicho proyecto (A/c.4/36/L.22 y L.26). Despues de escuchar los comentarios acerca de los textos propuestos y las explicaciones de voto antes de la votación, la Comisión votará primero sobre la subenmienda A/c.4/36/L.26 a la enmienda A/c.4/36/L.22, luego sobre la enmienda misma y finalmente sobre el proyecto de resolución. 45. El Sr. SHERMft~ (Estados Unidos de America) dice que, en su carácter de representante de la Potencia administradora de Guam, los miembros de su delegación escucharon con un interés más que academico el debate sobre el tema 19 del programa y concretamente sobre los proyectos de resolución A/c.4/36/L.14 y L.16 Y las enmiendas relativas a ellos. El debate se centró, en su mayor parte, en la cuestión específica de las bases militares y su efecto, si lo hubiere, sobre el derecho a la libre determinación del pueblo de los territorios involucrados. La primera es una cuestión de hecho, la segunda es una cuestión de principios fundamentales. Teniendo en cuenta la votación recién efectuada sobre el proyecto de resolución A/c.4/36/L.14 sería el colmo de la incongruencia que cualquier delegación votara de un modo diferente sobre el proyecto de resolución A/c.4/36/L.16. 46. El Gobierno de los Estados Unidos nunca escondió su presencia en Guam y, de hecho, en mayo de 1978 los Estados Unidos invitaron al Comité Especial a que enviara una misión visitadora a Guam para observar todas las condiciones del territorio. El informe de la Misión Visitadora no dejó de criticar ciertos aspectos de la administración del territorio y sus recomendaciones fueron debidamente tomadas en cuenta por los Estados Unidos; sin embargo en ningún lugar se incluyó nada que indicara que la presencia de lnstalaciones militares en la Isla impidiera al pueblo de Guam el ejercicio de su derecho a la libre determinación. Este hecho no ha sido alterado de ningún modo en los dos años transcurridos desde el informe de la Misión Visitadora. Por el contrario, el pueblo de Guaro ha reafirmado repetida e inequívocamente sus opiniones acerca de la presencia de bases militares en su territorio. 47. En su último mensaje sobre la situación del Territorio, ellO de marzo de 1981, el Gobernador de Guam, elegido por el pueblo, puso de relieve con satisfacción la cooperación entre los mandos militares de los Estados Unidos y los poderes legislativo y ejecutivo del Gobierno de Gua~m y anunció que S11 Gobierno se proponía

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A/c.4/36/SR.25 Espafiol Página 11 .(Sr. Sherman ~ EE.UU • ) fortalecer esa cooperación solicita,¡ido que Guaro se conviertiera en puerto para un mayor número de personal naval de los Estados Unidos. El 17 de agosto de 1981, la Cámara Legislativa electa de Guaro aprobó por mayoría abruma.dora una resolución reafirmando su política de estimular el uso de Guaro como base naval. Por 10 tanto, debería quedar en claro que el pueblo de Guam no considera que la presencia de las instalaciones militares de los Estados Unidos obstaculicen en modo alguno el ejercicio de su derecho a la libre determinación.

48. El principio fundamental de la libre

dete~naci6n impone res~onsabilidades a las

Potencias administradoras, responsabilidad que el Gobierno de los Estados Unidos acepta de buen grado. También impone una obligación igualmente seria a la Comisión. Ambas obligaciones son básicamente idénticas: permitir que los pueblos de los territorios no autónomos elijan libremente su pripio estatuto y sus propias instituciones políticas, y además (lo cual es igualmente importante) respetar su elección. Se sigue que todos los miembros de la Comisión deben tomarse el trabajo de no contradecir, ni prejuzgar los deseos libremente expresados de los pueblos directamente involucrados.

49. Los Estados Unidos, en virtud de su propia historia y valores, adhieren al principio de la libre determinación, que consideran no como un acto aislado sino como un proceso continuo que requiere una constante afirmación y ratificación.' Apoya la aplicación universal del principio no solamente a 10 que comúnmente se entiende como territorios coloniales sino a todos aquellos pueblos que son nominalmente independientes y a los cuales de hecho se les han negado los derechos inalienables a la libre determinación, a causa de las invasiones u ocupaciones extranjeras. 50. El compromiso de su Gobierno con dicho principio se manifiesta concretamente en su actividad de cooperación con el Comité Especial, por lo cual sufrió una profunda decepción, a principios de 1981, cuando el Comité Especial en sus conclusiones y recomendaciones emitió un juicio acerca de la presencia de las bases militares en Guam que va sustancialmente mas all~ de lo que los hechos y la situación o el principio fundamental involucrado pueden justificar. Su delegación nota que varios miembros del Comite Especial ya expresaron serias reservas, tanto en el Comité Especial como en la Cuarta Comisión, acerca de la cordura de dicho juicio, y además está satisfecha de que algunos de ellos se unieran para patrocinar la enmienda. A/c.4/36/L.22 al proyecto de resolución A/c.4/36/L.l6o La delegación de los Estados Unidos cree que los términos de la enmienda respetan plenamente tanto la importancia del asunto como las opiniones libremente expresadas del pueblo de Guam, por 10 que debe continuar suscitando consenso. Su delegación espera que el extenso debate sobre este asunto en la Cuarta Comisión orientará las deliberaciones del Comite Especial el año que viene. 51. La Srta. MAUALA (Samoa) dice que considera que el documento A!c.4/36/L.26 no constituye una enmienda valida y debe ser retirado., Si ello no ocurre, pedirá al Presidente que decida si se trata de una enmienda separada.

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52. El Sr. NGUYEN TRUONG (Viet Nam) dice que su delegación no puede aceptar la enmienda A/c.4/36/L.22. El hecho que las bases mílitaressean pequeñas no es pertinente, pues no puede haber ninguna garantía de que no vayan a ser usadas para la agresi6n en el futuro. Por lo tanto, su delegaci6n votará en contra del documento A/c.4/36/L.22 y a favor del documento A/c.4/36/t.26. 53. El Sr. SANGSOMSAK (República Democrática Popular tao) reafirma la posi.ción de su delegaci6n en el sentido de que las bases militares impiden el ejercicio del derecho a la libre determinación y a la independencia y constituyen Ulla amenaza a la paz y la seguridad. El proyecto de resoluci6n A/c.4/36/L.16 resulta aceptable para su delegación tal como esta. La enmienda al documento A/c.4/36/t.22 no cumple con el propósito del proyecto de resolución, por lo cual no es aceptable. La enmienda propuesta por el Yemen Democratico (A/c.4/36/L.26) requiere que la Asamblea General avale las conclusiones y recomendaciones del Comité Especial y representa el único camino posible a tomar; por 10 tanto apoya esa enmienda. 54. Después de un debate de procedimiento en el que intervienen el Sr. MACLAY (Reino Unido), el Sr. LOZINSKY (Uni6n de Repúblicas Socialistas Soviéticas), el Sr. SEIFU (Etiopía), la Sra. DUBRA (Uruguay), el Sr. SINCLAIR (Guyana) y la Srta. MAUALA (Samoa), el PRESIDENTE dice que el Asesor Jurídico le hizo notar que~ si bien la enmienda A/c.4/36/L.26, presentada por el Yemen Democrático, puede tener el efecto de acercar la enmienda A/c.4/36/L.22 al significado del párrafo 7 del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16, es cierto que ha sido presentado como una subenmienda a la enmienda A/c.4/36/t.22. ta práctica corriente de la Asamblea General permite tales subenmiendas. En vista de dichos precedentes tendrá que decidir que la enmienda A/c.'4/36/L.26 es una cuestión de orden, y üebe ser considerada como tma subenmienda, por 10 que la Comisión debe votar sobre ella primero. La propuesta efectuada por la representante de Samoa constituye una apelación de su decisión en el sentido de que el documento A/c.4/36/L.26 sea considerado como una subenmienda. En conformidad con el artículo 113 del Reglamento de la Asamblea General, la ape1aci6n de su decisi6n será sometida a votación. 55. Por 50 votos contra 44 y 20 abstenciones no queda aprobada la decisión del Presidente. 56.

Se procede a votaci6n registrada sobre la enmienda A/c.4/36/L.22. ;

Votos a favor:

Alemania, República Federal de, Alto Vo1ta, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Bang1adesh, Barbados, Bélgica, Bolivia, Botswana, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Egipto, España, Estados Unidos de América, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Grecia, Guatema1a~ Indonesia, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Jap6n, Lesotho, Liberia, Luxemburgo, Malasia, Malawi~ Ma1divas, Marruecos, Nepal, Níger, Noruega, Nueva Ze1andia, Países Bajos, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Centroafricana,

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A/c.4/36/SR.25 Español Página 13 República Dominicana $ Rwanda, Samoa, Senegal, Singapur, Somalia, Sri Lanka, Suecia, Suriname, Tai.landia, Túnez, Turquía, Uruguay, Zaire.

57.

Votos en cóntra:

Afganistán, Albania, Angola, Argelia, Bahrein, Benin, Bulgaria, Congo, Cuba, Chad, Checoslovaquia, Etiopía, Granada, Guinea, Hungría, India., Irán, Iraq, Jamahiriya Arabe Libia, Kuwait, Madagascar, México, Mongolia, Mozambique, Nicaragua, Nigeria, Polonia, República Arabe Siria, República Democrática Alemana, República Democrática Popular Lao, República Socialista Soviética de Bielorrusia, República Socialista Soviética de Ucrania, Rumania, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Uganda, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, Viet Nam, Yemen, Yemen Democrático, Yugoslavia.

Abstenciones:

Arabia Saudita, Birmania, Burundi, Costa d~ Marfil, Ecuador, Emiratos Arabes Unidos, Ghana, Hait.í, Honduras, Kenya, Ma1í, Mauritania, República Unida del Camerún, Togo, Trinidad y Tabago, Venezuela.

Por 66 votos contra 41 y 16 abstencionés, queda aprobada la enmienda A/c.4/36/L.22.

58. Se procede a votación registrada sobre el proyectó dé resó1ución A/c.4/36! L.16 2 con la enmienda introducida. Votos a favor:

Afganistan, Albania, Alemania, República Federal de, Alto Vo1ta, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Bélgica, Benin, Bhutan, Birmania, Bolivia, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burundi, Canada, Colombia, Congo, Costa de Marfil, Costa Rica, Cuba, Chad, Checoslovaquia, Chile, China, Dinamarca, Ecuador, Egipto, Emiratos JU'abes Unidos, España, Estados Unidos de América, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Ghana, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea, Guyana, Haití, Honduras, Hungría, India, Indonesia, Irán, Iraq, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamahiriya Arabe Libia, Jamaica, Japón, Kenya, Kuwait, Lesotho, Liberia, Luxemburgo, Madagascar, Malasia, Ma1awi, Maldivas, Ma1í, Marruecos, Mauritania, México, Mongolia, Mozambique, Nepa1, Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Arabe Siria, República Centroafricana, República Democratica Alemana, República Democrática Popular Lao, República Dominicana, República Socialista Soviética de Bielorrusia, República Socialista Soviética de Ucrania, República Unida del Camerún, Rumania, Rwanda, Samoa, Santo Tomé y Príncipe,

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Senegal, Seychelles, Singapur, Somalia l Sri Lanka, Sudan, Suecia, Suringme, Tailandia, Togo, Trinidad y Tabago, Túnez, Turquía, Uganda., Unión de Repúblicas. Socialistas. Soviéticas, Uruguay, Venezuela, Viet Nam, Yemen) Yemen Democrático, Yugoslavia, Zaira Zgmbia. Votos en cóntra:

Ninguno.

Abstenciones:

Ninguna.

59. Por proyecto

a robado el

60. El Sr. WAYARABI (Indonesia), explicando su voto, dice que su delegación no apoya la presencia de bases militares en los territorios no autónomos. Sin embargo, la situación en Guaro no ha cambiado, y por 10 tanto no hay ninguna razón para cambiar la redacción aprobada el año anterior. La cuestión de Guaro debe seguir considerándose como una cuestión de descolonización y no en el contexto de las rivalidades entre las grandes Potencias. 61. La Srta. DORANTE (Venezuela) dice que su delegación, por princ~plo, sustenta la opini§n de que las bases militares pueden consti·huir un obstáculo para la apli-· cación de la Declaración. Sin embargo, no todos los territorios tienen las mismas características por 10 cual no deben ser considerados del mismo modo. Las decisiones tomadas por la Cuarta Comisión deben reflejar esas diferencias,. por ejemplo, en los informes de las misiones. visitadoras. Su delegación no puede estar de acuerdo con ciertas observaciones inapropiadas relativas a los casos ~n los cuales no se ponen de manifiesto los aspectos adversos de las bases militares. 62. El Sr. MUTHANA (Yemen Democrático) dice que desea dejar constancia de las reservas de su delegación en lo concerniente al párrafo 7 del proyecto de resolución en su versión enmendada. 63. El Sr. RASON (Madagascar) dice que su delegación desea expresar sus reservas acerca del párrafo 7. 64. El Sr. LOZIN?KY (Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas) dice que su delegación votó en contra de la enmienda del documento A/c.4/36/L.22 porque la redacción utilizada por la Potencia administradora tiene la intención de fortificar su presencia en el Territorio e impedir que el pueblo progrese hacia la independencia. Sin embargo, su delegación apoya en general el proyecto de resolución recién adoptado, porque favorece la rápida concesión de la libre determinación. 65. El Sr. AZIZI (Afganistán) dice que, a pesar de que su delegación votó a favor de los proyectos de resolución A/C.4/36/L.14 y L.16, tiene reservas acerca del parrafo 5 de la primera resolución y del párrafo 7 de la última.

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66. El Sr. DOLJINTSEREN (Mongolia) dice que su delegación votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16 pero tiene serias reservas con respecto al párrafo 7 en su forma enmendada. 67. El Sr. GABClA ALMElDA (Cuba) dice que su delegación votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16 t pero en contra de la enmienda al párrafo 7. Lamenta que la Cuarta Comisión no haya sido capaz de aprobar el proyecto de consenso presentado por el Comité Especial. 68. El pro KALINA (Checoslovaquia) dice que su delegación desea expresar sus reservas respecto del párre.fo 5 del proyecto de resolución A/c.4/36/L.14 y del párrafo 7 del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16. 69. El Sr. SOTTYSlEWlCZ (Polonia) dice que~ si bien su delegación votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16, tiene reservas acerca del párrafo 7, porque Polonia siempre se ha opuesto al establecimiento de bases ,militares en los territorios no autónomos. 70. El Sr. SANGSOMSAK (República Democrática Popular Lao) dice que su delegación votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/L.lG como reafirmación del derecho inalienable de los pueblos a la libre determinación y a la independencia. Sin embargo, tiene reservas en cuanto al párrafo 7. 71. El Sr. SCHROTER (República Democrática Alemana) dice que su delegación votó a . favor del proyecto de resolución A/C.4/36/L.l6, pero desea expresar sus reservas con respecto al párrafo 7. 72. El Sr. BEREZHKOV (República Socialista Soviética de Bielorrusia) dice que ¡as razones por las cuales su delegación se opone al párrafo 7 del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16 son las mismas que expuso con respecto al párrafo 5 del proyecto de resolución A/c.4/36/L.14. La presencia de bases militares constituye un obstáculo para la libre determinación y esa situación es completamente aplicable a Guaro. Sin embargo t como su delegación apoyó la Declaración para la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16 en su totalidad. 73. El Sr. ADHAMI (República Arabe Siria) dice que su delegación votó a favor del proyecto de resolución A/c.4/36/L.16 como indicación de su apoyo al derecho de todos los pueblos a la libre determinación. Sin embargo, tiene reservas acerca del párrafo 7 en su forma enmendada, porque la presencia de bases militares constituye un obstáculo para la aplicación de la Declaración. 74. El Sr. ABDULAH (Trinidad y Tabago) dice que las observaciones que su delegación hizo con respecto al documento A/c.4/36/L.2l se ar,lican, en general, al documento A/c.4/36/L.22. / • o •

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Cuestión del Territorio en Fideicomiso'de las Islas dél Pácífico

~/c~4/36/L.15)

75. El Sr. SHERMAN (Estados Unidos de América} dice que, por razones sobre las cuales los miembros de la Comisión sólo pueden especular~ las delegaciones de Afganistán, Bulgaria, Cuba, Checoslovaquia y la República Arabe Siria decidieron tratar de que la Cuarta Comisión abandonara su. práctica de larga data con relación al tratamiento del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico. Esas cinco delegaciones presentaron el documento A/c.4/36/L.15, como un "proyecto de consenso"t para que la Comisión lo aprobara. En una sesión previa la delegación de los Estados Unidos reiteró su opinión acerca del foro adecuado de las Naciones Unidas para el examen de la cuestión del Territorio en Fideicomiso. La Carta establece un régimen inequívoco para los Territorios en Fideicomiso, preparado y distinto del que se relaciona con los territorios no autónomos. 76. El Consejo de Administración Fiduciaria se reúne durante cuatro semanas al año para considerar la evolución de la situación en el Territorio en Fideicomiso y algunos representantes de los Gobiernos de Micronesia viajan a Nueva York durante esos períodos. Todos los años los Estados Unidos presentan un largo informe, que examina el Consejo de Administración Fiduciaria, acerca de la evolución de la situación en el Territorio. El Consejo luego escucha e inter~'oga a los J.'epres entantes de los Gobiernos de Micronesia y de los Estados Unidos acerca de dicha evolución. Los informes del Consejo son completos y sus períodos de sesiones anuales son abiertas y las delegaciones interesadas en la libre determinación de los pueblos de la Micronesia pueden por supuesto estar presentes y observar. 77. Es frente al trasfondo de esta consideración de la cuestión del Territorio en Fideicomiso por parte del órgano principal de las Naciones Unidas, al que la Carta y el Consejo de Seguridad confieren la supervisión del Territorio, que la Cuarta Comisión debe ver el esfuerzo presente por quebrar la práctica establecida de la Comisión. El proyecto de "consenso" propuesto por las cinco delegaciones es mucho más extenso que los otros proyectos de consenso presentados a la Comisión sobre otros temas. A pesar de que guarda alguna semejanza con la decisión del r-omité Especial acerca del Territorio en Fideicomiso está lejos de ser fiel a dicho texto. Omite varios de los comentarios positivos del Comité Especial acerca de la evolución en el Territorio. En el texto se pide que el Gobierno del Territorio en Fideicomiso renuncie a su autoridad remanente y, al mismo tiempo, se pide la continuación del ejercicio de la autoridad por parte del Gobierno del Territorio en Fideicomiso. Sin embargo, aún más contradictoria es la oración final que reconoce el régimen establecido por la Carta, El Consejo de Seguridad y el Consejo de Administración Fiduciaria, que son los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, conocen perfectamente bien dicho régimen. 78. La Cuarta Comisión tiene una práctica de larga data en el sentido de no pronunciarse acerca del Territorio en Fideicomiso de las Isla~ del Pac!fico. La delegación de los Estados Unidos cree que es por deferencia al Consejo de Seguridad, al Consejo de Administración Fiduciaria y, más importante aún, a la Carta. Por alguna I •••

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(Sr. Sherman, EE.UU.) razón los que patrocinan el proyecto de ~'consenso" desean cambiar dicha pr~ctica. Su delegación duda seriamente de que obren así por preocupación por los pueblos de la Micronesia, quienes consideran al Consejo de Administración Fiduciaria como un foro adecuado. No debería sorprender a los patrocinadores que los Estados Unidos no esten de acuerdo con el texto que presente peculiaridades y defectos. Puesto que por 10 menos una delegación no puede sumarse a la aceptación del proyecto, debe considerarse que no hay consenso. Por lo tanto, su delegación pide al Presidente que decida que el proyecto ya no obra ante la Comisión.

79. El PRESIDENTE dice que, a la luz de las declaraciones recién efectuadas, el documento A/c.4/36/L.15 ya no debe ser considerado como proyecto de consenso. El Asesor Jurídico ha declarado que ha habido muchos ejemplos de ese tipo en el pasado y, en consecuencia, pide a la Secretaría que tome las medidas necesarias para cambiar el título a "proyecto de decisión". 80. El Sr. CRAN (Australia) dice que la presentación del documento A/c.4/36/L.15 suscita algunas cuestiones serias que causaron una considerable preocupación a su delegación. Anteriormente, no se le había pedido a la Cuarta Comisión que considerara la cuestión del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico. Hacerlo ahora carece de todo precedente. Hay algunas razones importantes por las cuales la Comisión no trató dicha cuestión en el pasado. Estas razones est~n directamente relacionadas con el hecho de que, de conformidad con la Carta y el Acuerdo de Fideicomiso, el Consejo de Seguridad, con la asistencia del Consejo de Administración Fiduciaria, ejercía plenamente las funciones de las Naciones Unidas en relación con el Territorio en Fideicomiso. 81. El "proyecto de consenso" que figura en el documento A/c.4/36/L.15 no constituye en modo alguno un verdadero consenso por adelantado acerca de dicho documento. El hecho de que ahora se pida a la Comisión que adopte una decisión sobre tal texto representa un paso serio, sin precedentes, fraccionador y provocativo. Sería preferible deliberar antes de tomar una decisión de esa índole. Por tal razón, propone formalmente, de acuerdo con el artículo 116 del Reglamento que se aplace el debate sobre ese tema. 82. El PRESIDENTE da lectura al artículo 116, e invita a dos delegaciones a que hablen a favor de la propuesta de la delegación de Australia y a dos a .que hablen en contra. 83. La Srta. GJESTLAND (Noruega) dice que, conforme a la Carta, el Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico está administrado por el Consejo de Administración Fiduciaria y su delegación no ve ninguna razón para cambiar dicho procedimiento. Por ello, está de acuerdo con la propuesta de la delegación de Australia.

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84. El Sr. GARBA (Níger) dice que su delegación cree que el interés de los pueblos involucrados debe impulsar a la Comisión a lograr un consenso y en ese sentido la cooperación de la Potencia administradora es indispensable para obtener una aplicación efectiva de cualquier decisión de la Comisión. Como no hay consenso dentro de la Comisión~ el debate del tema debe ser aplazado, por lo que apoya la propuesta de la delegación de Australia.

85. El Sr. LOZINSKY (Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas) dice que su delegación no ve ningún motivo para aplazar el debate sobre el tema, por 10 que se opone a la propuesta de la delegación de Australia. No hay ninguna razón para afirmar que la Asamblea General no pueda considerar y aprobar una decisión acerca de esta cuestión. De conformidad con el Artículo 10 de la Carta~ la Asamblea General podrá discutir cualesquier asuntos o cuestiones dentro de los límites d.e la Carta y salvo 10 dispuesto en el Artículo 1~, podrá hacer reco~endaciones sobre tales asuntos o cuestiones a los Miembros de las Naciones Unidas o al Consejo de Se~uridad o a éste y a aquellos. ' --

86. La delegación de la Unión Soviética cree que el debate sobre el Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico en la Cuarta Comisión es una cuestión muy importante, porque en este momento hay negociaciones en curso entre los Estados Unidos y los representantes del Territorio; y éstos expresaron serias preocupaciones por los intentos de los Estados Unidos de anexarse el Territorio. Ademas el proyecto de consenso presentado a la Comisión refleja el principio de la Carta en el sentido de que el Territorio no debe segmentarse o desmenbrarse.

81. El Sr. SASSI (Jamahiriya Arabe Libia) dice que, si bien su deiegación respeta la decisión del Consejo de Administración Fiduciaria acerca del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico, cree que se trata de una cuestión d.e libre determinación e independencia de conformidad con la resolución 1514 (XV)'de la Asamblea General. Por lo tanto, la Asamblea General debe debatir esa cuestión y tratar de aprobar una resolución sobre el derecho del pueblo a la libre determinación. En consecuencia~ su delegación no cree que deba aplazarse el debate.

88.

El PRESIDENTE somete la propuesta de la delegación de Australia a votación. Votos a favor: .

A1emania~ República. Federal de, Alto Volta, Arabia. Saudita\\ Argentina, Australia, Austria, Barbados, Bélgica, Bolivia, Botswana, Brasil, Burundi, Canadá, Colombia, Costa de Marfil, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Ecuador, Egipto, España, Estados Unidos de América, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Grecia, Guatemala, Haití, Irlanda, Islandía, Islas Salomón, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Liberia, Luxemburgo, Malasia, Maldivas, Marruecos, Nepal, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Pakistán, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Samoa, Senegal, Singapur, Somalia,

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Sri Lanka, Sudán " Suecia J Suriname:t Tailandia, Togo $' Túnez, TurqlÚa, Uruguay, Venezuela, Zaire,. Zambia... A1~ganistán, Albania~

Votos en contra:

Angola, Argeliá, Bulgaria, Congo, Cuba, Chad, Checoslovaquia ll Etiop!a, Hungríal» Irán, Iraq, Jamahiriya Arabe Libia, Madagascar, Mongolia, Mozambique, Nicaragua, Polonia, República Arabe Siria, República Democrática Alemana, República Democratica Popular tao, República Socialista Soviética de Bielorrusia, República Socialista Soviética de Ucrania, Rumania, Santo Teme y Príncipe, Seychel1es, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, Viet Nam, Yemen Democr~tico.

Abstenciones:

Bang1adesh, Birmania, Emiratos Arabes Unidos, Ghana, Guinea, India, Indones ia ~ Kenya, Kuwait, Ma1awi, Mal:L, Mauritania, México, República Centroafricana, República Dominicana, República Unida del Camerún, Trinidad y Tabago, Uganda, Yemen, Yugoslavia.

89. Por 71 votos contra 30 y 20 delegación de Australia.

ábs~enciones

aueda aprobada la propuesta de la

90.

El PRESIDENTE anuncia que queda aplazado el debate sobre la cuestión del Te~ritorio en Fideicomiso de las Islas del Pac:Lfico.

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Cuestión de Brunéi ....................................

91. El PRESIDENTE dice, en relación con la cuestión de Brunéi, que los miembros habrán notado que el Comi-cé Especial dejó sentado en su informe que con sujeción a las directIvas que pudie~a recibir de la Asamblea había decidiao examinar el tema en su próxima sesión. Sobre la base de las consultas con las partes involuc~adas y a la luz de recientes acontecimientos relativos al Territorio, sugiere que la Comisión recomiende a la Asamblea que se aplace el examen de la cuestión hasta el trigésimo séptimo período de sesiones y que Se pida al Comité Especial que siga examinando la situación en el Territorio e informe al respecto a la Asamblea, durante el trigésimo séptimo período de sesiones. 92.

Así queda acordado.

Cuestión de Pitcairn 93. El PRESIDENTE dice, con respecto a la cuestió~ de Pitcairn, que en el informe del Comité Especial se indica que la cuestión siguió requiriendo seria atención durante 1981. A la luz del trabajo del Comité Especial sugiere que la Cuarta Comisión recomiende a la Asamblea que se aplace el examen de la cuestión hasta el trigésimo séptimo período de sesiones y pida al Comité Especial que siga examinando la situación en el Territorio en 1982 y que informe al respecto a la Asamblea.

94. Así queda acordado.

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Cuesti6n de las Islas Malvinas (Fa1k1ánd}

95. El PRESIDENTE dice, con respecto a la cuestión de las Islas Malvinas '(Falk1and) Que, como saben los miembros y como se ref1ej a en las comunicaciones recibidas de los representantes permanentes de la Argentina y del Reino Unido, se mantienen negociaciones activas en curso entre los dos Gobiernos. En su informe a la Asamblea General el Comi.té Especial decidió que, a reserva de cualesquiera directrices que -pudiera dar a ese respecto la Asamblea General en su período de sesiones en curso, tenía la intención de continuar su examen del tema durante el período de sesiones de 1982. Sobre la base de consultas sobre el tema, sugiere que la Cuarta Comisión recomiende a la Asamblea que aplace el examen de la cuestion hasta su trigésimo séptimo período de' sesiones y que pida al Comite Especial que siga examinando la situacion en el Territorio, durante 1982, y que informe al respecto a la Asamblea.

96.

Así queda acordado.

Cuestión de San Cristóbal-Nieves Cuestión de Anguile

97.

El PRESIDENTE dice con respecto a la cuestión de San Cristóbal-Nieves y la cuestión de Anguila, que ante la falta de propuestas en ese sentido y para que el Comité pueda presentar su informe sobre este tema, sugiere que la Comisión recomiende a la Asamblea que se aplacen dichas cuestiones hasta el trigésimo séptimo período de sesiones.

98.

Así queda acordado.

99. El PRESIDENTE dice que de este modo la Comisión concluye su examen del tema 19 del prograrrla. Recomienda que el Relator presente todos los informes de la Comisión directamente a la Asamblea General tan pronto como sea posible. CONCLUSION DE LOE TRABAJOS DE LA COMISION 100. El PRESIDENTE dice que, durante el período de sesiones en curso, la Comisión ha presenciado varios cambios positivos. Prünero, el surgimiento de dos Estados independientes '(Belize, y Antigua y Barbuda). Estos, junto con un territorio anteriormente no autónomo, Vanuatu, han pasado a ser Miembros de las Naciones Unidas como Estados independientes y soberanas. El Presidente esta seguro de que se hace eco de la voluntad general de la Comisión cuando expresa la fervorosa esperanza de que en el futuro cercano, la población de mas de 4 millones de personas de los 20 territorios no autónomos y en fideicomiso restantes ejerzan su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General.

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A/C J~/36/SR.25 Español ~· ?l _ P BgJ.na (El Presidente) 101. Durante el período de sesiones en curso la Comisión consideró extensamente los problemas del Africa meridional,.particular.mente de Namibia, en el contexto de las actividades de los intereses extranjeros económicos y de otro tipo y del tema relativo a los organismos especializados.. Está claro, a p:.a-tir de los proyectos de resolución aprobados sobre el tema, que la comunidad internacional ests irrevocablemente compr-ometida en la ayuda al pueblo··de .. Nanibia y su movimiento de liberación, la'Sóuth West AfricaPeópléts'Orgénizátión (SWAPO), en su lucha para liberarse de la opresión.. Pero la responsabilidad no termina con la aprobación de resoluciones, por lo que los Estados Miembros deben presionar para conseguir que se apliquen esas resoluciones y deben mantener sus esfuerzos, 'dentro de las diversas organizaciones de las Naciones Unidas, en plena cooperación con la Organización de la Unidad Africana (OUA) para brindar todo el apoyo y la asistencia posibles al pueblo de Namibia. Espera que las decisiones adoptadas por la Cuarta Comisión faciliten la consideración efectiva de la cuestión de Namibia en la Asamblea plenaria. 102. Gracias al buen criterio y liderazgo de los dirigentes de la OUA, se encontró una solución a uno de los temas coloniales mas. complejos, la cuestión del Sabara Occidental, por lo que la etapa final de la descolonización ahora se en~uentra próxima para ese país. Confía en que las decisiones adoptadas en la Com~sión (una de las cuales ha sido adoptada unánimemente) contribuirán a la acción emprendida por la OUA en ese sentido. 103. El Presidente se congratula de que la Cuarta Comisión haya sido capaz una vez mas de examinar a fondo la situación dominante en los pequeños territorios, en la mayor parte de los casos con la activa cooperación de las Potencias administradoras involucradas. Como resultado de su examen de los distintos pequeños territorios, la Comisión ha podido presentar a la Asamblea General una serie de recomendaciones generales ccn la intención de acelerar el proceso de descolonización en dichos territorios. 104. En ese contexto, nunca se subrayarán lo bastante los resultados positivos del trabajo de las dos Misiones Visitadoras enviadas por el Comité Especial a Tokelau y a Samoa Americana. El Presidente cree firmemente que tales misiones fueron indispensables para conseguir información adecuada y de primera mano acerca de la situación en los Territorios, así como para garantizar las aspiraciones de sus pueblos. Acoge con satisfacción la actitud positiva de las Potencias administradoras en ese sentido y espera que su cooperación ininterrumpida haga posible que el Comite Especial envíe otras misiones visitadoras a los Territorios involucrados durante el año que viene. La capacidad de la Cuarta Comisión y del Comité Especial para cumplir con sus respectivos mandatos se vio grandemente facilitada por los contactos directos con ios pueblo~ de los Territorios coloniales a traves de las misiones visitadoras y Dor la estrecha asociación de los representantes de dichos pueblos a sus trabajos. 105. En relación con las actividades de los inte+eses extranjeros económicos y de otro tip0 en los Territorios coloniales, el Presidente dice que quizá hubiera sido mejor si la Comisión hubiera sido capaz de aprobar sus recomendaciones sin tanto debate. Sin embargo, la Comisión ha reiterado que, a causa de la explotación de

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A/c.4/36/SR.25 Español !=>ágina 22 (El Présidente) los recursos naturales, la continua acumulación y repatriación de utilidades enormes y el destino de esas utilidades al enriquecimiento de colonos extranjeros y al encastillamiento de la dominación colonial sobre los Territorios, las actividades de intereses extranjeros económicos, financieros y de otro tipo que operan en los Territorios coloniales, particularmente en el Africa meridional, constituyen un obstáculo de gran envergadura a la independencia política y el goce d.e los recursos naturales de dichos Territorios por parte de los habitantes autóctonos. 106. Por 10 tanto, es de esperarse que los gobiernos que todavía no lo han hecho tomen las medidas necesarias, respecto de sus nacionales y de las sociedades bajo su jurisdicción que sean propietarias y exploten empresas en Territorios coloniales, particularmente en Africa, y que constituyan un obstáculo para los intereses de los habitantes de esos Territorios, para poner fin a tales actividades y para impedir nuevas inversiones que puedan perjudicar los intereses de los habitantes. 107. Con respecto al tema de los organismos especializados, se reconoce generalmente que la asistencia prestada hasta ahora por los organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas a los pueblos coloniales, particularmente al pueblo de Namibia y su movimiento de liberaci6n nacional, la SWAPO, está lejos de ser adecuada en relación con las necesidades reales. 108. Muchos miembros de la Comisión deploraron el hecho de que el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional continúen manteniendo conexiones con Sudáfrica y que ninguno de los dos organismos haya tomado las medidas necesarias conducentes a la aplicación plena de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas. El Presidente espera que nuevos contactos entre ellos y los órganos interesados de las Naciones Unidas hagan posible que los dos organismos elaboren proyectos de ayuda efectiva para beneficio de los pueblos coloniales. 109. En lo que se refiere a la ed'lcación.y formación profesional de los habitantes de los Territorios dependientes, dice ~ue resulta satisfactorio que la Comisión alcanzara un ac'uerdo unánime sobrf; el amnento de las. contribuciones. parcl. III Proframa' de las Naciones Unidas de Enseñanza y Capacitación para el Africa Meridional. La capacitaci6n de cuadros y la provisi6n de servicios de educaci6n con los ingredientes básicos de una independencia viable para todos los territorios coloniales_ 110. Como representante de un país que ha apoyado consecuentemente a los pueblos coloniales en su .lucha contra la dominación extranjera, el Presidente afirma que es un gran privilegio presidir una Comisión encargada de algunos de los mas importantes asuntos que enfrentan las Naciones Unidas. Para concluir expresa su satisfacción por el espíritu de eñtendimiento y cooperaci6n demostrado por los miembros de la Comisión a todo lo largo del período de sesiones. También expresa su gratitud a los miembros de la Mesa y profundo aprecio al Presidente del Comité Especial de los 24 por su asesoramiento y asistencia.

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111. El Sr. DJERMAKOYE (Secretario General Adjunto de Asuntos Políticos, Administraci6n Fiduciaria y Descolonización) rinde homenaje al Presidente cuya efectiva direcci6n de los procedimientos permitió que la Comisión concluyera su trabajo a tiempo_ Dice que, como ya puso de manifiesto al principio del período de sesiones~ las cuestiones de descolonización nunca son simples~ Sin embargo, la cooperación y el entendimiento que han prevalecido en la Comisión bajo la orientaci6n del Presidente han dado como resultado la aprobaci6n de un gran número de resoluciones y decisiones sin votación, incluso el consenso sobre la cuestión del Sahara Occidental. También agradece a los otros miembros de la Mesa su cooperación, que facilitó grandemente el trabajo de la Secretaría .. 112. La Cuarta Comisión concluye sus trabajos con tres miembros mas que los que tenía en la apertura del período de sesiones, todos ellos antiguos territorios coloniales.. No puede haber mejor prueba de la eficacia del trabajo de la Comisión y de los resultados prácticos de sus decisiones... Estimulados por ese ejemplo los miembros de la Comisión han dado muestras una vez más de su capacidad de adoptar decisiones que coadyuvarán a una pronta descolonización y haran'-mas cercano el día en que todos los territorios, grandes y pequeños, a que aún se aplica,.~la Declaración, puedan gozar finalmente de la soberanía en una nueva libertad y dignidad. 113. El PRESIDENTE declara que la Comisián ha finalizado sus trabajos correspondientes al trigésimo sexto período de sesiones. Se levanta la sesi6n a las 18.25 horas.