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INVERSIONES MODEH ANI S.A.C. solicita se le otorgue autorización expresa para ta explotación de máqu¡nas tragamonedas como consecuencia de la ...
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Lima, 26"-JUL 2017

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Visto, el Exped¡ente N" 1018374-201&MINCETUR, de ¡echa 29.12.2016, en el que ta empresa INVERSIONES MODEH ANI S.A.C. solicita se le otorgue autorización expresa para ta explotación de máqu¡nas tragamonedas como consecuencia de la transferencia de la sala de juegos "PARADISSE', ub¡cada en Av. iúpac Amaru Nros. 5040 - 5042, D¡strito de Comas, Provinc¡a y Departamento de L¡ma, autorizada a la empresa GLAdyS Y FRANCISCO S'AC. mediante Resolución D¡rectoral No 2105-2011-MINCETURA/MT/DGJiMT. de fecha 01.08.2011 y Renovada med¡ante Resolución D¡rectoral N" 2864-2016-MINCETURA/MT/DGJCMI de fecha CONSIDERANOO:

Oue, mediante Ley No 27153, y normas mod¡ficatorias, y su Reglamento aprobado med¡ante Decreto . .L --_.,'SupremoN'009-2002-M|NCETUR,seregulólaexplotacióndelosjuegosdecasinoymáqu¡nastragamonedasen el país, estableciéndose en el artículo 24'delcitado cuerpo legalque corresponde a la Dirección Genáralde Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades adm¡n¡strat¡vas de autor¡zac¡ón, fscalización, supervisión, evaluac¡ón y sanc¡ón vinculadas a las explotac¡ones antes referidasl

Que, de conformidad con el artículo 11" del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado med¡ante Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, de fecha 11.11.2OO2,la autor¡zación expresa pára la exp¡otación de juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas es ¡ntransferible;

Que, mediante Decreto supremo N' 006-2008-MINGETUR, de fecha 05.05.2008, y normas mod¡ficator¡as, aprobaron las normas complemenlarias para el otorgam¡ento de Aulor¡zac¡ón Expresa en casos de transferenc¡a salas de juego autor¡zadas, estableciéndose en los art¡culos 16" y s¡gu¡enles los requisitos y condic¡ones que cumplir los interesados para el reconocimiento administrativo de la transferenc¡a de sala de juegos real¡zad;; Que, mediante Exped¡ente N' 1018374-2016-MINCETUR, de fecha 29.12.2016, las empresas cLADyS y FRANCISCO S'4.C. e INVERSIONES MODEH ANI S.A.c. presentaron una solicitud de "Autorización expresa y declaración jurada en caso de transferencia de salas de juegos', en calidad lle transferente y adquiriente, respeclivamente, acogiéndose al proced¡miento prev¡sto en el numeral 17.2 del artículo 17 del cuerpo legal antes señalado, toda vez que la adquiriente no cuenla con autor¡zac¡ones para la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas; Que, por su parte, la sala de juegos de máqu¡nas tragamonedas objeto de la transferenc¡a, corresponde a la denominada "PARADISSE", ub¡cada en Av. Túpac Amaru Nros. 5O4O - 5042, D¡str¡to de Comas, Prov¡nc¡a y Departamento de Lima, autorizada a la empresa GLADYS Y FRANCISCO S.A.C. med¡ante Resolución D¡rectóral D¡rectoral i:.N" 2105-2011-MINCETURA/MT/DGJCMT, ie fecha 01.08.2011 y Renovada med¡ante Resoluc¡ón D¡rectorat N' ,/:t.' 2864-2O16-MTNCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 16.09.2016; Que, la transferencia de la sala de juegos se encuentra acreditada mediante testimon¡o de Escritura Públ¡ca número dos mil c¡ncuenta y ocho (2058), de fecha'19.12.20'16, del Kardex número cuatro mil cuatrocientos ve¡nte y ocho (4428) otorgada ante el Notario Público de Lima Dr. Fermín Anton¡o Rosales Sepúlveda, que celebraron las

empresas GLADYS Y FRANCISCO S.A.C. e INVERSIONES MODEH ANt S.A.C., en catidad de transferente y adquiriente, respecl¡vamente;

Que, de conform¡dad con el artículo 18'del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo No 006-2008MINCETUR y normas modificator¡as, cabe la posibil¡dad que en defecto de la acreditación de Ia deuda tributaria por concepto del lmpuesto a los Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas, la empresa transfeÍente acredite el

acogimiento al benefcio del fraccionam¡ento de la deuda tribularia por el referido concepto ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Adm¡nistración Tr¡butaria;

Que, según consta en el Informe Económico - Financiero N' 053-2017 de Autorización Expresa para Transierencia de Sala de Juego Autor¡zada, de lecha 11.04.2017, la empresa GLADYS Y FRANCISCO S.A.C. ha acreditado cumpl¡r con declarar y pagar los lmpuestos a los Juegos de Casino y Máquinas tragamonedas correspondiente a los períodos de sept¡embre, octubre, nov¡embre y diciembre de 2016;

Que, as¡mismo, en d¡cho Informe se deja constancia que la empresa GLADYS Y FRANCISCO S,A.c-, declara no haber suscrito ningún fraccionamiento con la SUNAT, y según consta en el Reporte de Valores em¡t¡dos pendientes de pago, por la SUNAT al 19.01.2017, no se registra Resoluciones u Órdenes de Pago pendientes, y de otro lado estando a lo ¡nformado med¡ante el Ofic¡o N" 2561-2017-SUNAT/6E7400, de fecha 22.05.2017, la re¡etida empresa, no registra deuda ex¡gible, según la ver¡fcac¡ón efectuada en los sistemas informáticos de Tributos de la SUNAT, al 22.05.2017i

Que, ad¡cionalmente, según consta en el ¡remorándum N'049-2017-MINCETURA/MT/DGJCMT-DCS, de fecha 20.06.2017, em¡tido por la Direcc¡ón de Control y Sanción de la Dirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas, la empresa transferente no reg¡stra multa pendiente de pago; Que, en ese sent¡do, se adv¡erte que la empresa transferente cumple con los requisitos adicionales previstos y normas mod¡ficalorias:

en el artículo 18" del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N' 006-2008-MINCETUR

Oue, para efectos del presente proced¡miento se ha tomado en consideración la evaluación técnica realizada a favor de la empresa GLADYS Y FRANCISCO S.A,C. (anterior empresa autorizada a explotar la sala de juegos) con motivo de la renovación de la autorizac¡ón expresa concedida mediante Resolución Directoral N" 28642016-MINCETUR^/MT/DGJCMT, de fecha 16.09.20'16, en la que se determ¡nó que la sala de juegos objeto de transferencia cumple con los requisitos técnicos exigibles asi como con la distanc¡a minima a que se ref¡ere el )r articulo 50 de la Ley No 27153 y normas modificatorias, según puede advertirse para el proced¡miento de renovac¡ón '--{B la autorzacrón expresa, del Informe Técnico No 565-2016-MINCETURA/MT/DGJCMT/DFCS-¡/ESL, de fecha oB 2or 6.

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Oue, medrante Expedientes N" 1031835-2017-MINCETUR, de fecha 02.03.2017 y No '1049513-2017.'MINCETUR, de fecha 15.05.2017, la empresa adjunta diversa documentación y/o información respecto a las máquinas tragamonedas y memorias de solo lectura, las mismas que fueron autorizadas mediante Resolución Directoral No 1 175-2017-MINCETURA/MT/DGJCMT,

de fecha 20.04.20'17;

Oue, en talsentido, de la documentac¡ón que obra en autos se advierte que la empresa adquir¡ente acredita

el derecho de posesión sobrc cincuenta y dos (52) máqu¡nas tragamonedas y ciento veinto y ocho (128) nemorias de sóto lectua, las mismas que se encuentran ¡nstaladas en la sala de juegos objeto de transferencia y que serán objeto de fiscalizacrón posterior;

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Financiero N' 053 - 2017 de Autorización Que, adicionalmente, según consta en el lnforme Económico Expresa para Transferencia de Sala de J uegos Autorizadas, de fecha 'l 1 .04.2017, relac¡onado con la evaluación de la solvencia económica de la adquiriente y de sus socios, directores, gerentes y apoderados con facultades inscritas -según corresponda-, la adquiriente y las personas antes indicadas cumplen con los criterios de eva¡uac¡ón siguientes de la D¡rectiva N' 001-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, aprobada estabtecidos en los artículos med¡ante Resolución Directoral No 38-2007-MINCETUR^/MT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose precisar que, de conformidad con lo dispuesto en el arlículo 15'de la Ley N'27'153 y normas modificadoras, dicha evaluación es permanente en tanto el titular de la autorización mantenga vigente la autorización concedida;

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Que, en observancia de lo d¡spuesto en el artículo 22o del Decreto Supremo No 006-2008-MINCETUR y ..normas mod¡ficatorias, la adqu¡r¡ente cumple con presentar la garantía a que se ref¡ere el artículo 19o de la Ley No , /153 y normas modificatorias, otorgada por INSUR S.A. Compañía de Seguros, mediante la Póliza de Seguro de v,!rs,'Ls wErvE desde sl el 19.07.2017 hasta el 19.07.2018, que el transferente tiene otorgada a favor / r.vararrtra 'sarantía No 2 1 7301 196, vigente del lvtinisterio de Comercro Exterior y Turismo hasta seis meses posteriores a la cancelación de la Autorización Expresa de la sala mater¡a de transferenc¡a, de conformidad con lo señalado en la Ley No 27153, normas modificatorias y su Reglamenlo, para la explotación de hasta cincuenta y dos (52) máquinas tragamonedas;

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Que, la presente autorización se expide con prescindencia de ¡a inspección técn¡ca que pueda realizarse a

la sala de juegos como consecuencia de la modificación concedida, y de la verificación del cumplim¡ento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N' 015-201o-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de "Normas Técn¡cas

Complementarias para la implementac¡ón del s¡stema unif¡cado de control en t¡empo real- SUCTR" a que se refiere la Primera Dispos¡ción Final de la Ley N'27796, modifcada por la Ley 29829 y la Resolución de Superintendencia

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145-2003-SUNAT;

I Que, as¡m¡smo, de acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y Sinciones, del Decreto Supremo N" 015-201o-MINCETUR, se sancionará at ütular de una sala tragamonedas ñn una mutta de cinco (05) UtT por cada máquina tragamonedas que no se encuentre interconectada con -. ,..., un Modelo SUCTR;

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,fr*¿ o /aci6n %irectara / Que, en consecuencia, se adv¡erte que la adqu¡r¡ente ha cumpl¡do con presentar la documentación y/o información prevista en el ritulo lll, del capítuto tdel Decreto supremo No oo6-2008-MINoETUR y normas modificatorias, razón por la que corresponde otorgar la autorización de explotación solicilada, deb¡éndose disponer la cancelac¡ón de la Resolución Directoral N' 2105-2011-MINcETUR^r'MT/DGJcMT, de fecha 0.1.08.2011. expedida a nombre de la transferente por la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "PARADISSE", de conform¡dad con lo previsto en el numeral 19.'1.3 del artículo 19" del Regtamento ap;ob;do mediante Decreto Supremo N" 006-2008-MINCETUR y normas modificatorias;

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