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menos aportes patronales, pero lo entendemos como legal (porque es- tán presentes en el recibo de sueldo), entre comillas. Todo lo que se cobra como salario ...
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economía | 9

| Domingo 7 De octubre De 2012

EmplEos Edición de hoy a cargo de Paula Urien | www.lanacion.com

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El Estado tiene puntos turbios como empleador

Proliferan los juicios por sueldos Pero el camino todavía es sinuoso en materia legal A pesar de la cantidad de sentencias favorables en juicios contra el Estado en materia de haberes, no todo lo que brilla es oro: tal como explica el doctor en Economía Guillermo Dumrauf, “en general se pagan en bonos que se ajustan a la inflación oficial y que se van licuando”. En materia de juicios no está dicha la última palabra y, como en otras resoluciones judiciales, se dan fallos contradictorios. Así lo explica el doctor Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti-Darago & Asoc. “Los fallos de la CSJn son Ramos c/ Edo. nac. - Ejército Argentino s/ despido, que ordena indemnizar con un sueldo por año trabajado, sin preaviso, aguinaldo, vacaciones ni ninguna multa por empleo no registrado. El mismo día en otro fallo, Próspero Sánchez c/ Auditoría General de la nación s/ despido, le negaron la indemnización pese a mantener una relación de locación de servicios (monotributo) por 8 años con hora-

no remunerativos y contratos. El motivo de la protesta salarial

de los empleados de gendarmería y prefectura afecta a otras dependencias; parte de sus haberes no tienen aportes Paula Urien LA nACiOn

“El 70% de nuestro sueldo no es remunerativo, está en negro”, dice Raúl Maza, vocero de Gendarmería, desde la escalinata del edificio Centinela. Este gendarme, con un rol protagónico durante estos días, gana 3800 pesos en mano. Es una de las razones por las que esta fuerza, junto a la de Prefectura, se plantó aún después de que el jefe de Gabinete, Abal Medina, anunciara que no iban a cobrar menos que el mes pasado después de la aplicación del decreto 1307, que llevó a una desastrosa liquidación de sus magros salarios. Una vuelta por los alrededores del lugar de protesta y algunas charlas con los manifestantes llevaron a leer diferentes recibos de sueldo: el básico de un suboficial mayor con 33 años de servicio, $ 1800; el básico de un gendarme, $ 400; un mecánico de aviación, que arregla máquinas que cuestan 6 millones de euros, recibe en mano $ 3800. “Cobramos durante 20 años un sueldo, pasamos a retiro y cobramos menos de la mitad”, dice Maza, quien agrega que en el Estado esta situación es compartida por prefectos, gendarmes, la Policía Federal y provincial, servicios de penitenciaría y Fuerzas Armadas, entre otros. Dos son los problemas que tienen los trabajadores estatales, según su categoría: los contratos y los montos no remunerativos. Los contratados realizan tareas similares a los trabajadores permanentes, pero sin sus beneficios. El doctor Matías Cremonte, director del Departamento Jurídico de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) a nivel nacional, calcula que solo en la administración central hay 35.000 contratados. “La Convención Constituyente de 1957 estableció que el trabajador del Estado tiene estabilidad laboral. Lo hizo para evitar que cada nuevo gobierno echase a los trabajadores para poner a su propia tropa. Sin embargo, se encontró una manera de evadir la ley: los contratos. Es cierto que deben existir para tareas que son

por un tiempo determinado, como por ejemplo para una suplencia por licencia, pero en realidad se usan para tareas normales y habituales similares a las de otros trabajadores con estabilidad.” En algunos casos el mismo contrato estipula algunos beneficios, como vacaciones, ART y aportes jubilatorios, pero en otros se trata de becarios o monotributistas. “Un 35% de los tra-

Claves de una liquidación irregular b Contratados Sólo en el Estado nacional se calcula que hay 35.000 contratados. A esta cifra hay que sumarle los empleados provinciales y municipales. b No remunerativos Aquellos ítem que no se computan para hacer el cálculo para la jubilación o la indemnización, presentes en miles de recibos de empleados estatales. b Juicios al Estado Se cuentan de a miles. La Corte Suprema falló en varias oportunidades por una indemnización a los contratados. bajadores del Estado están bajo esta modalidad que, por otro lado, provoca cantidad de juicios”, continúa. ¿Por qué el Estado se comporta de esta manera? “Para tener la posibilidad de hacer lo que la Constitución quiso desterrar: nombrar a gente afín a su partido y que sean dependientes del poder político de turno, ya que los contratos hay que renovarlos. Otra razón es que la planta parezca menor a la hora de solicitar préstamos a los organismos internacionales”,concluye.

El segundo problema, esta vez para quienes sí tienen estabilidad, son los ítems no remunerativos, que no se computan a la hora de calcular el aguinaldo, la jubilación, vacaciones, el preaviso, la indemnización por despido, entre otros rubros. Estos ítems llevan a que Miguel Cobe, un sargento primero con 25 años de servicio y presente en la manifestación de Gendarmería, se haya retirado con 896 pesos en Córdoba en 2011. “Tengo derecho a reclamar”, dice, mostrando el recibo. Para Ernesto Kritz, en el Estado hay un caos salarial. “El hecho de que el salario cuente con no remunerativos hace que se disminuya el salario imponible y provoca en el empleado una gran inestabilidad . Además, como cada organismo tiene sistemas de liquidación distintos, una misma posición jerárquica puede tener 10 salarios diferentes.” El consultor Julián de Diego afirma que “el pago de sumas no remunerativas es un recurso viable para enfrentar una grave crisis, o para reducir el impacto de sus costos, generando ahorros tanto para el trabajador como para el empleador. Sin embargo, el Estado se desfinancia, dado que las sumas no remunerativas no generan aportes y contribuciones para la seguridad social, para el sistema previsional, ni para las entidades sindicales, salvo que se pacte algo especial”. Por su parte, agrega Cremonte que “en los años 90, se pusieron en marcha los no remunerativos para pagar menos aportes patronales, pero lo entendemos como legal (porque están presentes en el recibo de sueldo), entre comillas. Todo lo que se cobra como salario debe pagar aportes, no puede existir una remuneración no remunerativa. El Estado no debe tener privilegios como empleador que no tienen los privados”. La paradoja es que los inspectores de la policía laboral, y también muchos de los de la Afip, están contratados. Pero el problema más grave es convertir una suma no remunerativa en remunerativa. “Esto obliga a adicionar a la suma un monto tal,

Hay fallos contradictorios en materia de blanqueo de haberes

que al realizar las retenciones asegure el mismo valor de bolsillo que percibía el trabajador cuando la prestación carecía de dichas retenciones”, dice de Diego. “Si el Estado pagara los sueldos como corresponde, tendría un costo un 60% mayor, una cifra impagable”, dice un reconocido consultor. “Si se perciben $ 100 no remunerativos, al empleador le cuesta $ 100 y el trabajador recibe $ 100, pero si son remunerativos, el empleador tiene que pagar $150 para que el trabajador cobre $ 70.” “El costo para el empleador representa un incremento adicional supe-

rior al 50% del monto bruto que hay que convertir, solo para asegurarle al trabajador el mismo monto de bolsillo, sin ningún aditamento ni mejora. Dado que este proceso de conversión es tan costoso, habrá que diseñar un plan de adecuación en etapas, para evitar el impacto catastrófico que puede tener para el presupuesto”, finaliza. Vale recordar que parte de este caos salarial fue heredado por la administración Kirchner, pero también que la planta del Estado, calculada en 2 millones de empleados antes de Kirchner, aumentó en un millón de personas en los últimos diez años.ß

rio, dependiendo de las órdenes de un superior.” La Corte anterior negaba cualquier fallo contra el Estado nacional en el precedente Leroux de Emede C/ MCBA s/ despido, que sostuvo que el Estado nacional puede contratar de cualquier forma que quiera salvo que expresamente manifieste que lo hace bajo la modalidad de la ley de contrato de trabajo y no de la ley de empleo público. El Estado nacional, provincial o municipal puede –a diferencia de las empresas privadas– establecer qué sumas serán remunerativas y cuáles no lo serán. “Esto es realmente significativo ya que las sumas no remunerativas no generan pago de cargas sociales, por lo que tampoco integran el monto para el cálculo de vacaciones ni aguinaldo proporcional. Asimismo, le genera al Estado un ahorro en la contratación de personal de una suma significativa”, dice. Esto puede ser revertido, pero se generan juicios contra el Estado en los cuales se ordena la conversión –a costa del Estado– de lo no remunerativo en remunerativo. ß