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13 mar. 2017 - General de Educación Básica Regular, dependiente del. Despacho .... Arqueología, Antropología e Historia del Perú, fue formalizado mediante ...
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El Peruano / Lunes 13 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

EDUCACION Encargan funciones de Directora de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 163-2017-MINEDU Lima, 10 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 430-2016-MINEDU se designó a la señorita DIANA ELIZABETH PRUDENCIO GAMIO en el cargo de Directora de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y encargar las funciones de Directora de la Dirección de Educación Secundaria, a fin de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por DIANA ELIZABETH PRUDENCIO GAMIO al cargo de Directora de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar las funciones de Directora de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la señora ANGELICA MARIA MONTANE LORES, Directora General de la referida Dirección General, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1495995-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0065-2017-JUS Lima, 9 de marzo de 2017 VISTOS, el Oficio N° 503-2017-JUS/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

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el Informe N° 016-2017-OGPP-ORA de la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe N° 268-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2013-JUS se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Oficio de vistos, propone la modificación y eliminación de diversos procedimientos administrativos establecidos en el TUPA de la Entidad, en atención al Informe de vistos emitido por la Oficina de Racionalización de dicha Oficina General; Que, mediante los Decretos Legislativos N°s. 1246 y 1272 se aprobaron medidas de Simplificación Administrativa y se modificaron diversos artículos de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, siendo por tanto necesario actualizar el TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, adecuando el mismo a lo establecido en dichas normas legales; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estipula que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que el artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la entidad, con el objeto de brindar a los ciudadanos la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades; Que el numeral 3, del artículo 36 de la Ley N° 27444, establece que la eliminación de procedimientos o requisitos o la simplificación de los mismos podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que es necesario aprobar la modificación propuesta a fin de adecuarla a las normas legales emitidas, eliminando o modificando determinados requisitos en el procedimiento administrativo del TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Estando a lo informado y contando con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el numeral 36.3 del artículo 36 y el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Modifíquese y elimínese del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, diversos procedimientos administrativos y Servicios Prestados en exclusividad, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación El Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que modifica y elimina diversos procedimientos administrativos y Servicio Prestado en exclusividad, se publica en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, (www.minjus.gob.pe) el mismo día

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NORMAS LEGALES

de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos

Lunes 13 de marzo de 2017 /

Ratifican el Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo a la donación de 4,000 computadoras para el Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial del Perú DECRETO SUPREMO Nº 009-2017-RE

1495435-1

RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo al Estudio de Factibilidad del Proyecto Mejoramiento de los Servicios Culturales del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú DECRETO SUPREMO Nº 008-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo al Estudio de Factibilidad del Proyecto Mejoramiento de los Servicios Culturales del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.0. No. 17/2016 de la Embajada de la República Popular China y Nota (DAE-DCI) No. 6-11/85 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 21 de noviembre de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo al Estudio de Factibilidad del Proyecto Mejoramiento de los Servicios Culturales del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.0. No. 17/2016 de la Embajada de la República Popular China y Nota (DAE-DCI) No. 6-11/85 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 21 de noviembre de 2016. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1495929-8

El Peruano

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo a la donación de 4,000 computadoras para el Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial del Perú; fue ormalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.0. No. 18/2016 de la Embajada de la República Popular China y Nota (DAE-DCI) No. 6-11/86 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 21 de noviembre de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el articulo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo a la donación de 4,000 computadoras para el Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial del Perú, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.0. No. 18/2016 de la Embajada de la República Popular China y Nota (DAE-DCI) No. 6-11/86 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 21 de noviembre de 2016. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1495929-9

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2017-VIVIENDA Lima, 10 de marzo de 2017