edicto

PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-. PARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE. MARLENE MARIÑAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA. La señora Juez, del Primer Juzgado de Inves- tigación Preparatoria de Ilo, que suscribe, ha dispuesto, NOTIFICAR A DAVIS ARTURO.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 5 de mayo del 2017

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO El Juzgado Mixto de llo, que despacha el juez Adolfo Cornejo Polanco, bajo especialista Judith Gallegos Ramos, en el Exp. Nro. 126-2017, emitido la resolución Nro. 02 de fecha 06/04/2017, que RESUELVE: ADMITIR la demanda a trámite interpuesta por LUIS ELUT POSTIGO VILCHEZ Y CARMEN JULIA LAZO DE POSTIGO en contra del BANCO DE MATERIALES SAC. Sobre Prescripción Adquisitiva, debiendo sustanciarse en la Vía del proceso Abreviado, en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de Ley, para que se apersone y conteste la demanda, bajo apercibimiento de declarase su rebeldía; con citación a los colindantes: Dina Elisa León Marín, Victor Hugo Velarde Romero y Deysi Saravia de Velarde, Fredy Hernán Chavera Collao e Isabel Rosario Chávez de Chavera, Jaqueline Joyce Ponce Rodríguez y Dhamindra Maglena Valencia Castilla. T.R. H.S. (28 Abril, 05 Mayo, 11 Mayo). EDICTO Expediente 00135-2017-0-2801-JM-CI-02 demanda interpuesta por HUACAN MAMANI QUINTIN ANTONIO y doña JULIANA ELISA FLORES DE HUACAN, contra, sucesión legal de ENAO PEÑALOZA PEDRO sobre otorgamiento de escritura pública. Juez FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, ordena publicar extracto demanda y Resolución Admisoria, trascripción: DEMANDA, HUACAN MAMANI QUINTIN ANTONIO identificado con DNI 04418332 y doña JULIANA ELISA FLORES DE HUACAN DNI N° 04418568 dice Interpongo DEMANDA DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, DE INMUEBLE RUSTICO denominado “Primogenita Machaca” ubicado en el sector de Tumilaca, Distrito de Samegua, Provincia de Mariscal Nieto, Moquegua de un área 2.44. Has. Inscrita en la ficha registral 6967 de los RR.PP. de Moquegua, tal como se ve de la minuta de compra y venta de fecha 18 de Enero del 2005 celebrado con el finado, CON EL OBJETO de que el demandado (S) perfeccione la compra y venta procediendo a otorgar la respectiva escritura pública así como el pago de costas y costos que irrogue el presente proceso en caso de contestación; Resolución 01 Moquegua, veintidós de marzo del año dos mil diecisiete SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre Otorgamiento de Escritura Pública, interpuesta por QUINTIN ANTONIO HUACÁN MAMANI y JULIANA ELISA FLORES DE HUACAN, en contra de la SUCESION LEGAL DE PEDRO ENAO PENALOZA. Corresponde tramitarse en la vía procedimental del Proceso Sumarísimo. 2. TRASLADO de la demanda a la parte demandada SUCESION LEGAL DE PEDRO ENAO PEÑALOZA, por el término de VEINTICINCO DIAS HABILES, conforme a lo previsto por el artículo 550 del Código Procesal Civil, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía o nombrarse curador procesal, según corresponda. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agregándose a los autos los anexos que adjuntan. 3. NOTIFIQUESE mediante publicaciones por edictos conforme a Ley a la demandada SUCESION LEGAL DE PEDRO ENAO PEÑALOZA, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Ubaldo Cuayla T. Abogado C.A.M. 189; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (28 Abril 0305 Mayo) EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO. JUEZ: MENDEZ ANCCA SHEDA. ESPECIALISTA: EBER COLQUE VALDIVIA. EXPEDIENTE: 204-2005-0-2802-JP-FC-02. MATERIA: ALIMENTOS: ANGELICA PETRONILA CUAYLA HUACHO. DEMANDADO: LEONIDAS GOMEZ

QUISPE. NOTIFICO RESOLUCIÓN N°14, REQUIERE PAGO DE LIQUIDACIÓN APROBADA POR S/80.158.52 EN TRES DIAS BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIR COPIAS AL MINISTERIO PUBLICO. ILO, 25 DE ABRIL 2017. EDER COLQUE VALDIVIA-SECRETARIO JUDICIAL . 2DA SECRETARIA. SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.(05 MAYO) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE COMUNICA QUE DON BRAULIO AQUILES CERRATO PACHECO, IDENTIFICADO CON D.N.I. 04416925 Y DOÑA INOSENCIA ROSALBINA, HUACHO QUISPE, IDENTIFICADA CON DNI N°04413713, HAN PRESEMTADO ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N°758 DE MOQUEGUA, LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU HIJA SARA ELENA CERRATO HUACHO, FALLECIDA EL 11 DE ABRIL DEL 2017, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN MOQUEGUA, EN DONDE SE SEÑALA COMO PRESUNTOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE A LOS RECURRENTES BRAULIO AQUILES CERRATO PACHECO, Y DOÑA INOSENCIA ROSALBINA, HUACHO QUISPE. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES CONSIGUIENTES, MOQUEGUA, 2017 MAYO 04. MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN. ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO. (05 MAYO) SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO. DOÑA CARMEN ROSA CUYO FLORES ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTAD DE DON EUSEBIO CUYO CAIPA FALLECIDO EN CALANA (TACNA) EL 25 DE FEBRERO DEL 2017, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO, POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 29 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA, NOTARIA PUBLICA, ILO – PERU. (05 MAYO) PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI: YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, ABOGADO-NOTARIA DE LA PROVINCIA DE ILO, SE HA PRESENTADO LA ASOCIACIÓN “CLUB TU SAN ILO”, SOLICITANDO EL TRAMITE NO CONTENCIOSO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA AV, ANDRES A. CACERES S/N, SECTOR BOCA DEL RIO, DEL SECTOR CATASTRAL N° 02, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, REGION MOQUEGUA, EL MISMO QUE NO SE ENCUENTRA INMATRICULADO, CUYA AREA ES DE 2,308.77 M2 (COLINDANTE CON EL YA INSCRITO A NOMBRE DEL SOLICITANTE EN LA P.E. N° 05019001 DL REGISTRO DE PREDIOS DE ILO) Y CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: *POR EL FRENTE AVENIDA ANDRES AVELINO CACERES, LINEA DE DOS TRAMOS RECTOS: A-B DE 54.24 M.L. Y B-C DE 37.00 M.L.; * POR LA DERECHA: VIA A SAN GERENIMO, LINEA DE DOS TRAMOS RECTOS: F-G DE 42.82 ML. Y G-A DE 30.17 ML.; *POR LA IZQUIEDA CON PROPIEDAD PRIVADA, LINEA RECTA DE 62.85 M.L.: Y, *POR EL FONDO LINEA FERREA DE S.P.C.S, LINEA DE DOS TRAMOS RECTOS: D-E DE 39.34 M.L. Y E-F DE 59.37 M.L. EL TERRENO A PRESCRIBIR FORMA PARTE DE UNA UNIDAD INDISOLUBLE CON EL PREDIO INSCRITO A NOMBRE DE LA ASOCIACION “CLUB TU SAN ILO” EN LA P.E. N° 05019001 CPM UN

AREA DE 4,510.00 M2, QUE ACUMULADO AL AREA PRESCRITA HACEN UN TOTAL DE 6,818.77 M2. PONGO EN CONOCIMIENTO PUBLICO LO ANTERIOR PARA QUE LOS INTERESADOS SE OPONGAN AL TRAMITE SI LES ASITE EL DERECHO. ILO 26 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA INSUA ARROYO. NOTARIO DE ILO. (05-11-17 Mayo)

para que en ellas el apellido materno de su señora madre doña Julia Ortíz Choque, aparezca como CHOQUE y no MAMAN I y HURTADO como erróneamente se ha escrito. Se hace esta publicación para que; quienes se crean con derecho a oponerse a la pretensión demandada hagan valer su derecho. Ilo, a 02 de mayo del 2017. (05 Mayo).

EDICTO JUDICIAL

EDICTO DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, que despacha la Sra. Juez, Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Y Especialista Dra. YOSSELY LIZETH DELGADO AQUINO, Expediente N° 00368 - 2016 - 0 - 2801 - PJ - CI - 02, APAZA NINA PEDRO HERNAN, solicita RECTIFICACION DE PARTIDA, a fin de que se AUTORICE rectificar la partida de nacimiento que los nombres y apellidos de mi progenitor que dice: VICENTE IGNACIO APAZA QUISPE, debiendo decir: IGNACIO VICENTE APAZA QUISPE, de igual manera, se anotó solamente los nombres del recurrente como PEDRO HERNAN, cuando debió anotarse los nombres y los apellidos, debiendo decir: APAZA NINA PEDRO HERNAN. Por lo que solicito su publicación en el diario “La Republica” y fijar cartel en el lugar del Juzgado. Moquegua, 26 de Abril de 2017. Mary Marita Marca Pari. Abogado ICAM N° 0854; Abog. Yossely Lizeth Delgado Aquino – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Civil – Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (05 Mayo)

EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto que despacha el señor Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez asistido por la Especialista Legal Gaby Nina Escobar, se viene tramitando el Expediente N° 164-2016-0-2801-JM-CI-02, que mediante Resolución N°02 de fecha treinta y uno de mayo del dos mil dieciséis, admite la demanda sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR interpuesto por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CUAJONE LTDA. N° 60, debidamente representado por su Gerente General Edwin Medina Delgado y apoderada Gloria Isabel Rozas Escate en contra del BANCO DE CREDITO DEL PERU SUCURSAL MOQUEGUA y GUIDO TURPO FLORES, siendo el petitorio de la solicitud que el Juzgado declare la ineficacia del Título Valor - Cheque N° 09869399 por el importe S/,32,551.70 soles girado el día uno de abril del dos mil dieciséis, conforme a lo previsto por el artículo 102 de la ley N°27287 y mediante Resolución N° 08 de fecha trece de marzo del dos mil diecisiete SE ORDENA a los demandados retengan el pago de las obligaciones representadas por el título valor, debiendo publicarse la solicitud de Ineficacia de Titulo Valor durante cinco días consecutivos. Por lo que se comunica a todas las personas que tengan interés y puedan actuar con arreglo a Ley. Fdo. Fredy Fernández Sánchez Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Abog. Gaby Nina Escobar - Especialista Legal.- Moquegua, 15 de marzo del 2017.. (03-04-05-08-09 Mayo) DECLARACON DE UNION DE HECHO DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI, DRA. YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN EL JR. CALLAO N° 300, SE HAN PRESENTADO ANTE MI OFICIO DON JUAN CARLOS URCIA CALLIRGOS Y DOÑA PAMELA ELIZABETH SANTANA ROMERO SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DOS AÑOS Y SEIS MESES.. ILO, 02 DE MAYO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (05 MAYO) DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI, DRA YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN EL JR. CALLAO N° 300, SE HAN PRESENTADO ANTE MI OFICIO DON ROBERTO CARLOS MAMANI QUISPE Y DOÑA LUZMERY HUANACO TUPA SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DOS AÑOS Y OCHO MESES. ILO, 24 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (05 MAYO) RECTIFICACION DE PARTIDA RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el señor Juez, Williams Norabuena Carpio- Secretario Huber Rojas Huamani, con Expediente N° 00151-2012, Jenny Hayde Portillo Ortíz, Hayde Beatriz Añari Ortíz y Elvis G rever Vilca Ortíz, demandan la Rectificación de su Partida de Nacimiento

EDICTO PENAL EDICTO PENAL Expediente N° 290-2016-20-2801-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al acusado ELICEO BACILIO FLORES PAURO, a fin de que concurra a la audiencia de Inicio de Juicio Oral para el DIA SIETE DE AGOSTO DE 2017 A HORAS 11:30 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE Y DISPONERSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por robo Feminicidio seguido en contra del antes descrito, en agravio de Q.E.V.F. HILDA ROSA CRUZ VENTURA. Regístrese y Comuníquese; Abog. Edwin Alexander Quispe Maquera, Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 25 de Abril del 2017. (04-05-08 Mayo) EDICTO PENAL Expediente N° 483-2016-71-2801-JR-PE-03. TERCER JUSGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al acusado ROMÁN FERNANDO CENTENO TOLEDO, con la resolución Nro. 04 de fecha 21 de abril de 2017, que DISPONE requerir al acusado Román Centeno Toledo, para que en plazo de dos días de notificado con la presente resolución nombre abogado de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento se designarse un defensor de oficio para que asuma la defensa técnica del mencionado imputado, NOTIFÍQUESE. La presente resolución vía edictos Dr. Alberto Fernando Arenas Neyra – Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Lisker Germán Falcón Flores – Especialista Legal de Causas – Módulo Penal. Moquegua, 26 de abril de 2017. (04-05-08 Mayo) EDICTO PENAL Expediente N° 00007-2013-13-2801-JRPE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO.

En el proceso N° 00007-2013-13-2801-JRPE-02, seguida en contra de Delvis Arpasi Torres, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales YRAC Rep. por su madre Lourdes Nora Cutipa Cutipa; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a DELVIS ARPASI TORRES, Con LA RESOLUCIÓN NÚMERO 09 de fecha doce de abril del dos mil diecisiete, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR INFUNDADO el requerimiento de revocatoria de pena, solicitado por el Ministerio Público. DISPONEMOS PRORROGAR EL PERIODO DE SUSPENSIÓN DE PRUEBA por SEIS MESES adicionales, los que se cumplirán el día 12 de octubre del 2017. DISPONGO EXHORTAR al sentenciado DELVIS ARPASI TORRES, a efecto que cumpla con las reglas de conducta, impuestas en sentencia en la forma y modo contenida en la parte resolutiva de la misma, bajo apercibimiento que el juzgado le aplique la revocatoria de la pena, establecida en el numeral 3 del artículo 59° del Código Penal, ello previo requerimiento del Ministerio Público, a tal efecto DISPONEMOS que se NOTIFIQUE al sentenciado mediante edictos. REGISTRESE; y, LA RESOLUCIÓN NUMERO 01 de fecha dos de setiembre del dos mil diecisiete, mediante la cual SE RESUELVE: 1) Dar inicio a la Etapa de Ejecución de Sentencia, en consecuencia fórmese el cuaderno de ejecución con copia certificada de la resolución N° 28 (Sentencia N° 34-2016) de fecha 13 de abril del dos mil dieciséis, Sentencia de Vista Resolución N° 07 de fecha 18 de julio del dos mil dieciséis, las demás piezas procesales pertinentes; y se dispone el archivo definitivo del expediente y demás cuadernos que se hayan generado, debiendo ser remitidos al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. 2) Exhortar al sentenciado DELVIS ARPASI TORRES, que cumpla durante el periodo de prueba de un año, con las siguientes reglas de conducta: a) El sentenciado no cometerá nuevo delito. b) El sentenciado comparecerá ante las autoridades policial, fiscal y judicial las veces que sea requerido. c) El sentenciado se encuentra prohibido de concurrir a bares, cantinas, casas de cita, casas de juego y otros similares donde pueda gastar y dilapidar sus bienes. d) El sentenciado comparecerá personal y obligatoriamente al juzgado cada sesenta días para informar y justificar sus actividades. e) El sentenciado reparará el daño ocasionado por el delito, pagando la reparación civil, en diez cuotas mensuales. En caso de incumplirlas reglas de conducta impuestas, previo requerimiento del Fiscal, se aplicara lo dispuesto en el artículo 59 del Código Penal. Asimismo ofíciese a la Policía Judicial de Moquegua a fin que vigile el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la sentencia.3) Se le REQUIERE al sentenciado cumpla con el Pago de la Reparación Civil ordenado en la sentencia, correspondiente a UN MIL SESISCIENTOS CINCUENTA y dos con 00/66 soles, monto pagadero en DIEZ CUOTAS cada una de S/ 165.27 soles, siendo la fecha de pago cada último día hábil de cada mes. 4) Se le REQUIERE al sentenciado que cumplan con asistir al Juzgado cada sesenta días, pudiendo asistir cualquiera de los últimos dos días hábiles de cada mes, a fin de registrar su firma.- FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 12 de abril del 2017. (04-05-08 Mayo) EDICTO PENAL Expediente N° 0216-2017-2802-JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA. La señora Juez, del Primer Juzgado de Inves-

Viernes, 5 de mayo del 2017

tigación Preparatoria de Ilo, que suscribe, ha dispuesto, NOTIFICAR A DAVIS ARTURO FLORES SAURIN con el extracto de la Resolución Nro. 03, de fecha 27 de abril de 2017, DECISION: 1) DICTAR MANDATO DE PRISION PREVENTIVA por el plazo de OCHO MESES, en contra de DAVIS ARTURO FLORES SAURIN identificado con DNI N° 45959189, nacido el 01 de Diciembre de 1988 en Ilo- Moquegua, hijo de Arturo Marcos y María de Jesús; 2) ORDENO su inmediato internamiento al Establecimiento Penitenciario de Samegua en vez de que sea puesto a disposición a este Despacho a cuyo efecto deberá girarse las ordenes de captura respectiva. Asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 271 numeral 2 del código Procesal Penal, debe disponerse la notificación de la presente resolución al imputado. Ilo, 27 de abril de 2017. (03, 04, 05 Mayo). EDICTOS EDICTO El Juzgado Mixto de llo, que despacha el juez Adolfo Cornejo Polanco, bajo especialista Judith Gallegos Ramos, en el Exp. Nro. 126-2017, emitido la resolución Nro. 02 de fecha 06/04/2017, que RESUELVE: ADMITIR la demanda a trámite interpuesta por LUIS ELUT POSTIGO VILCHEZ Y CARMEN JULIA LAZO DE POSTIGO en contra del BANCO DE MATERIALES SAC. Sobre Prescripción Adquisitiva, debiendo sustanciarse en la Vía del proceso Abreviado, en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de Ley, para que se apersone y conteste la demanda, bajo apercibimiento de declarase su rebeldía; con citación a los colindantes: Dina Elisa León Marín, Victor Hugo Velarde Romero y Deysi Saravia de Velarde, Fredy Hernán Chavera Collao e Isabel Rosario Chávez de Chavera, Jaqueline Joyce Ponce Rodríguez y Dhamindra Maglena Valencia Castilla. T.R. H.S. (28 Abril, 05 Mayo, 11 Mayo). EDICTO Expediente 00135-2017-0-2801-JM-CI-02 demanda interpuesta por HUACAN MAMANI QUINTIN ANTONIO y doña JULIANA ELISA FLORES DE HUACAN, contra, sucesión legal de ENAO PEÑALOZA PEDRO sobre otorgamiento de escritura pública. Juez FERNANDEZ SANCHEZ FREDY, ordena publicar extracto demanda y Resolución Admisoria, trascripción: DEMANDA, HUACAN MAMANI QUINTIN ANTONIO identificado con DNI 04418332 y doña JULIANA ELISA FLORES DE HUACAN DNI N° 04418568 dice Interpongo DEMANDA DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, DE INMUEBLE RUSTICO denominado “Primogenita Machaca” ubicado en el sector de Tumilaca, Distrito de Samegua, Provincia de Mariscal Nieto, Moquegua de un área 2.44. Has. Inscrita en la ficha registral 6967 de los RR.PP. de Moquegua, tal como se ve de la minuta de compra y venta de fecha 18 de Enero del 2005 celebrado con el finado, CON EL OBJETO de que el demandado (S) perfeccione la compra y venta procediendo a otorgar la respectiva escritura pública así como el pago de costas y costos que irrogue el presente proceso en caso de contestación; Resolución 01 Moquegua, veintidós de marzo del año dos mil diecisiete SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre Otorgamiento de Escritura Pública, interpuesta por QUINTIN ANTONIO HUACÁN MAMANI y JULIANA ELISA FLORES DE HUACAN, en contra de la SUCESION LEGAL DE PEDRO ENAO PENALOZA. Corresponde tramitarse en la vía procedimental del Proceso Sumarísimo. 2. TRASLADO de la demanda a la parte demandada SUCESION LEGAL DE PEDRO ENAO PEÑALOZA, por el término de VEINTICINCO DIAS HABILES, conforme a lo previsto por el artículo 550 del Código Procesal Civil, para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía o nombrarse curador procesal, según corresponda. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agregándose a los autos los anexos que adjuntan. 3. NOTIFIQUESE mediante publicaciones por edictos conforme a Ley a la demandada SUCESION LEGAL DE PEDRO ENAO PEÑALOZA, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Ubaldo Cuayla T. Abogado C.A.M. 189; Abog. Gaby Edith

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (28 Abril 0305 Mayo) EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO. JUEZ: MENDEZ ANCCA SHEDA. ESPECIALISTA: EBER COLQUE VALDIVIA. EXPEDIENTE: 204-2005-0-2802-JP-FC-02. MATERIA: ALIMENTOS: ANGELICA PETRONILA CUAYLA HUACHO. DEMANDADO: LEONIDAS GOMEZ QUISPE. NOTIFICO RESOLUCIÓN N°14, REQUIERE PAGO DE LIQUIDACIÓN APROBADA POR S/80.158.52 EN TRES DIAS BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIR COPIAS AL MINISTERIO PUBLICO. ILO, 25 DE ABRIL 2017. EDER COLQUE VALDIVIA-SECRETARIO JUDICIAL . 2DA SECRETARIA. SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.(05 MAYO) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE COMUNICA QUE DON BRAULIO AQUILES CERRATO PACHECO, IDENTIFICADO CON D.N.I. 04416925 Y DOÑA INOSENCIA ROSALBINA, HUACHO QUISPE, IDENTIFICADA CON DNI N°04413713, HAN PRESEMTADO ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N°758 DE MOQUEGUA, LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU HIJA SARA ELENA CERRATO HUACHO, FALLECIDA EL 11 DE ABRIL DEL 2017, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN MOQUEGUA, EN DONDE SE SEÑALA COMO PRESUNTOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE A LOS RECURRENTES BRAULIO AQUILES CERRATO PACHECO, Y DOÑA INOSENCIA ROSALBINA, HUACHO QUISPE. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES CONSIGUIENTES, MOQUEGUA, 2017 MAYO 04. MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN. ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO. (05 MAYO) SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO. DOÑA CARMEN ROSA CUYO FLORES ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTAD DE DON EUSEBIO CUYO CAIPA FALLECIDO EN CALANA (TACNA) EL 25 DE FEBRERO DEL 2017, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO, POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 29 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA, NOTARIA PUBLICA, ILO – PERU. (05 MAYO) PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI: YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, ABOGADO-NOTARIA DE LA PROVINCIA DE ILO, SE HA PRESENTADO LA ASOCIACIÓN “CLUB TU SAN ILO”, SOLICITANDO EL TRAMITE NO CONTENCIOSO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA AV, ANDRES A. CACERES S/N, SECTOR BOCA DEL RIO, DEL SECTOR CATASTRAL N° 02, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, REGION MOQUEGUA, EL MISMO QUE NO SE ENCUENTRA INMATRICULADO, CUYA AREA ES DE 2,308.77 M2 (COLINDANTE CON EL YA INSCRITO A NOMBRE DEL SOLICITANTE EN LA P.E. N° 05019001 DL REGISTRO DE PREDIOS DE ILO) Y CUYOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: *POR EL FRENTE AVENIDA ANDRES AVELINO CACERES, LINEA DE DOS TRAMOS RECTOS: A-B DE 54.24 M.L. Y B-C DE 37.00 M.L.; * POR LA DERECHA: VIA A SAN GERENIMO, LINEA DE DOS TRAMOS RECTOS: F-G DE 42.82 ML. Y G-A DE 30.17 ML.; *POR LA IZQUIEDA CON PROPIEDAD PRIVADA, LINEA RECTA DE 62.85 M.L.: Y, *POR EL FONDO LINEA FERREA DE S.P.C.S, LINEA DE DOS TRAMOS RECTOS: D-E DE 39.34 M.L. Y E-F DE 59.37 M.L. EL TE-

RRENO A PRESCRIBIR FORMA PARTE DE UNA UNIDAD INDISOLUBLE CON EL PREDIO INSCRITO A NOMBRE DE LA ASOCIACION “CLUB TU SAN ILO” EN LA P.E. N° 05019001 CPM UN AREA DE 4,510.00 M2, QUE ACUMULADO AL AREA PRESCRITA HACEN UN TOTAL DE 6,818.77 M2. PONGO EN CONOCIMIENTO PUBLICO LO ANTERIOR PARA QUE LOS INTERESADOS SE OPONGAN AL TRAMITE SI LES ASITE EL DERECHO. ILO 26 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA INSUA ARROYO. NOTARIO DE ILO. (05-11-17 Mayo) EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto que despacha el señor Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez asistido por la Especialista Legal Gaby Nina Escobar, se viene tramitando el Expediente N° 164-2016-0-2801-JM-CI-02, que mediante Resolución N°02 de fecha treinta y uno de mayo del dos mil dieciséis, admite la demanda sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR interpuesto por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CUAJONE LTDA. N° 60, debidamente representado por su Gerente General Edwin Medina Delgado y apoderada Gloria Isabel Rozas Escate en contra del BANCO DE CREDITO DEL PERU SUCURSAL MOQUEGUA y GUIDO TURPO FLORES, siendo el petitorio de la solicitud que el Juzgado declare la ineficacia del Título Valor - Cheque N° 09869399 por el importe S/,32,551.70 soles girado el día uno de abril del dos mil dieciséis, conforme a lo previsto por el artículo 102 de la ley N°27287 y mediante Resolución N° 08 de fecha trece de marzo del dos mil diecisiete SE ORDENA a los demandados retengan el pago de las obligaciones representadas por el título valor, debiendo publicarse la solicitud de Ineficacia de Titulo Valor durante cinco días consecutivos. Por lo que se comunica a todas las personas que tengan interés y puedan actuar con arreglo a Ley. Fdo. Fredy Fernández Sánchez Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Abog. Gaby Nina Escobar - Especialista Legal.- Moquegua, 15 de marzo del 2017.. (03-04-05-08-09 Mayo) DECLARACON DE UNION DE HECHO DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI, DRA. YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN EL JR. CALLAO N° 300, SE HAN PRESENTADO ANTE MI OFICIO DON JUAN CARLOS URCIA CALLIRGOS Y DOÑA PAMELA ELIZABETH SANTANA ROMERO SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DOS AÑOS Y SEIS MESES.. ILO, 02 DE MAYO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (05 MAYO) DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MI, DRA YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN EL JR. CALLAO N° 300, SE HAN PRESENTADO ANTE MI OFICIO DON ROBERTO CARLOS MAMANI QUISPE Y DOÑA LUZMERY HUANACO TUPA SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DOS AÑOS Y OCHO MESES. ILO, 24 DE ABRIL DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (05 MAYO) RECTIFICACION DE PARTIDA RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacha el señor Juez, Williams Norabuena Carpio- Secretario Huber Rojas Huamani, con Expediente N° 00151-2012, Jenny Hayde Portillo Ortíz, Hayde Beatriz Añari Ortíz y Elvis G rever Vilca Ortíz, demandan la Rectificación de su Partida de Nacimiento para que en ellas el apellido materno de su señora madre doña Julia Ortíz Choque, aparezca como CHOQUE y no MAMAN I y HURTADO como erróneamente se ha escrito. Se

hace esta publicación para que; quienes se crean con derecho a oponerse a la pretensión demandada hagan valer su derecho. Ilo, a 02 de mayo del 2017. (05 Mayo). EDICTO DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, que despacha la Sra. Juez, Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Y Especialista Dra. YOSSELY LIZETH DELGADO AQUINO, Expediente N° 00368 - 2016 - 0 - 2801 - PJ - CI - 02, APAZA NINA PEDRO HERNAN, solicita RECTIFICACION DE PARTIDA, a fin de que se AUTORICE rectificar la partida de nacimiento que los nombres y apellidos de mi progenitor que dice: VICENTE IGNACIO APAZA QUISPE, debiendo decir: IGNACIO VICENTE APAZA QUISPE, de igual manera, se anotó solamente los nombres del recurrente como PEDRO HERNAN, cuando debió anotarse los nombres y los apellidos, debiendo decir: APAZA NINA PEDRO HERNAN. Por lo que solicito su publicación en el diario “La Republica” y fijar cartel en el lugar del Juzgado. Moquegua, 26 de Abril de 2017. Mary Marita Marca Pari. Abogado ICAM N° 0854; Abog. Yossely Lizeth Delgado Aquino – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Civil – Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (05 Mayo) EDICTO PENAL EDICTO PENAL Expediente N° 290-2016-20-2801-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al acusado ELICEO BACILIO FLORES PAURO, a fin de que concurra a la audiencia de Inicio de Juicio Oral para el DIA SIETE DE AGOSTO DE 2017 A HORAS 11:30 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE Y DISPONERSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por robo Feminicidio seguido en contra del antes descrito, en agravio de Q.E.V.F. HILDA ROSA CRUZ VENTURA. Regístrese y Comuníquese; Abog. Edwin Alexander Quispe Maquera, Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 25 de Abril del 2017. (04-05-08 Mayo) EDICTO PENAL Expediente N° 483-2016-71-2801-JR-PE-03. TERCER JUSGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al acusado ROMÁN FERNANDO CENTENO TOLEDO, con la resolución Nro. 04 de fecha 21 de abril de 2017, que DISPONE requerir al acusado Román Centeno Toledo, para que en plazo de dos días de notificado con la presente resolución nombre abogado de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento se designarse un defensor de oficio para que asuma la defensa técnica del mencionado imputado, NOTIFÍQUESE. La presente resolución vía edictos Dr. Alberto Fernando Arenas Neyra – Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Lisker Germán Falcón Flores – Especialista Legal de Causas – Módulo Penal. Moquegua, 26 de abril de 2017. (04-05-08 Mayo) EDICTO PENAL Expediente N° 00007-2013-13-2801-JRPE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 00007-2013-13-2801-JRPE-02, seguida en contra de Delvis Arpasi Torres, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales YRAC Rep. por su madre Lourdes Nora Cutipa Cutipa; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a DELVIS ARPASI TORRES, Con LA RESOLUCIÓN NÚMERO 09 de fecha doce de abril del dos mil diecisiete, mediante la cual SE RESUELVE: DECLARAR INFUNDADO el re-

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querimiento de revocatoria de pena, solicitado por el Ministerio Público. DISPONEMOS PRORROGAR EL PERIODO DE SUSPENSIÓN DE PRUEBA por SEIS MESES adicionales, los que se cumplirán el día 12 de octubre del 2017. DISPONGO EXHORTAR al sentenciado DELVIS ARPASI TORRES, a efecto que cumpla con las reglas de conducta, impuestas en sentencia en la forma y modo contenida en la parte resolutiva de la misma, bajo apercibimiento que el juzgado le aplique la revocatoria de la pena, establecida en el numeral 3 del artículo 59° del Código Penal, ello previo requerimiento del Ministerio Público, a tal efecto DISPONEMOS que se NOTIFIQUE al sentenciado mediante edictos. REGISTRESE; y, LA RESOLUCIÓN NUMERO 01 de fecha dos de setiembre del dos mil diecisiete, mediante la cual SE RESUELVE: 1) Dar inicio a la Etapa de Ejecución de Sentencia, en consecuencia fórmese el cuaderno de ejecución con copia certificada de la resolución N° 28 (Sentencia N° 34-2016) de fecha 13 de abril del dos mil dieciséis, Sentencia de Vista Resolución N° 07 de fecha 18 de julio del dos mil dieciséis, las demás piezas procesales pertinentes; y se dispone el archivo definitivo del expediente y demás cuadernos que se hayan generado, debiendo ser remitidos al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. 2) Exhortar al sentenciado DELVIS ARPASI TORRES, que cumpla durante el periodo de prueba de un año, con las siguientes reglas de conducta: a) El sentenciado no cometerá nuevo delito. b) El sentenciado comparecerá ante las autoridades policial, fiscal y judicial las veces que sea requerido. c) El sentenciado se encuentra prohibido de concurrir a bares, cantinas, casas de cita, casas de juego y otros similares donde pueda gastar y dilapidar sus bienes. d) El sentenciado comparecerá personal y obligatoriamente al juzgado cada sesenta días para informar y justificar sus actividades. e) El sentenciado reparará el daño ocasionado por el delito, pagando la reparación civil, en diez cuotas mensuales. En caso de incumplirlas reglas de conducta impuestas, previo requerimiento del Fiscal, se aplicara lo dispuesto en el artículo 59 del Código Penal. Asimismo ofíciese a la Policía Judicial de Moquegua a fin que vigile el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la sentencia.3) Se le REQUIERE al sentenciado cumpla con el Pago de la Reparación Civil ordenado en la sentencia, correspondiente a UN MIL SESISCIENTOS CINCUENTA y dos con 00/66 soles, monto pagadero en DIEZ CUOTAS cada una de S/ 165.27 soles, siendo la fecha de pago cada último día hábil de cada mes. 4) Se le REQUIERE al sentenciado que cumplan con asistir al Juzgado cada sesenta días, pudiendo asistir cualquiera de los últimos dos días hábiles de cada mes, a fin de registrar su firma.- FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 12 de abril del 2017. (04-05-08 Mayo) EDICTO PENAL Expediente N° 0216-2017-2802-JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA. La señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, que suscribe, ha dispuesto, NOTIFICAR A DAVIS ARTURO FLORES SAURIN con el extracto de la Resolución Nro. 03, de fecha 27 de abril de 2017, DECISION: 1) DICTAR MANDATO DE PRISION PREVENTIVA por el plazo de OCHO MESES, en contra de DAVIS ARTURO FLORES SAURIN identificado con DNI N° 45959189, nacido el 01 de Diciembre de 1988 en Ilo- Moquegua, hijo de Arturo Marcos y María de Jesús; 2) ORDENO su inmediato internamiento al Establecimiento Penitenciario de Samegua en vez de que sea puesto a disposición a este Despacho a cuyo efecto deberá girarse las ordenes de captura respectiva. Asimismo de conformidad con lo establecido en el artículo 271 numeral 2 del código Procesal Penal, debe disponerse la notificación de la presente resolución al imputado. Ilo, 27 de abril de 2017. (03, 04, 05 Mayo).

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PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICIN A DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA "UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E INVESTIGACIÓN Y VISITAS"

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" Ilo, 24 de Abril del 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de Mayo del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de llo

Fecha Miércoles 10 de Mayo del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

YOHEL WUILVER CORNEJO CHAVEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO Moquegua, 26 de abril de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de mayo del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Organo Jurisdiccional Día Hora de Inicio Administración del Módulo Laboral de Ilo

Viernes 19

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas se realizarán en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor en la referida dependencias, proseguirá con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES MAGISTRADOS CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

Abog. MARIA DEL PILAR HIDALGO SALAS ASISTENTE JUDICIAL ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA MOQUEGUA

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