Nuevo Registro de Abogados Nuevo Registro de

“Año de Homenaje al Almirante. Guillermo Brown, en .... i) Certificado de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA donde coste que goza de personería .... 10.1.1. Ingresa a la Base “Registro de Abogados y Gestores Administrativos”. 10.1.2.
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“Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo” Vigencia: 17/09/2014 PRES-01-01

Nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos I.

Objetivo

El objetivo de la presente normativa consiste en establecer las pautas correspondientes para el alta y la renovación de la credencial habilitante de los Abogados y Gestores en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos de este organismo.

II.

Alcance

La presente abarca desde la presentación de la documentación correspondiente para el alta/renovación por parte del Abogado/Gestor hasta la emisión del acto administrativo que habilita al mismo a ejercer la representación ante ANSES.

III.

Consideraciones Generales

1. El Decreto Ley Nº 17.040/66, su Decreto Reglamentario Nº 4179/67; Resoluciones SSS Nº 361/76 y Nº 529/77, anexos y complementarias, enumeran quiénes pueden ejercer la representación ante los organismos nacionales de previsión. 2. Dicha Ley, en su Art. 1º, faculta el accionar de Abogados y Procuradores en el ámbito de esta Administración. 3. El Art. 2º y subsiguientes establecen quiénes podrán actuar como gestores administrativos. 4. En los casos comprendidos en los incisos b) y c) del Art. 2º de la Ley Nº 17.040/66, y 4º del Decreto Reglamentario Nº 4179/67, las entidades deberán justificar debidamente la necesidad de contar con un servicio de gestoría previsional y cantidad de afiliados o asociados. 5. La Resolución D.E. Nº 479/14 creó el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos y la administración del mismo (altas, modificaciones e inhabilitaciones) estará a cargo de la Dirección Unidad Central de Apoyo dependiente de la Dirección General Prestaciones Centralizadas. 6. Las UDAI/Oficinas no podrán iniciar expedientes por medio de un Abogado o Gestor Administrativo si éste no presenta la Credencial vigente que se emita como resultado de la acreditación en el Registro antes mencionado. 7.

La vigencia de la Credencial será de un plazo de DOS (2) años.

8. La documentación a presentar para acreditarse ante ANSES como Abogado/Gestor Administrativo deberá cumplir con lo estipulado en el Art. 3º y Art. 4ª de la Resolución D.E. N 479/14, de acuerdo al siguiente detalle:

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A. Documentación para Alta de Abogados a)

DNI (original y copia), cuyos datos deberán estar acreditados en ADP.

b)

Formulario de alta/modificación de datos. (Formulario OP.3.52 - Declaración Jurada Para El Ingreso/Modificación de datos del registro de profesionales)

c)

Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. (Formulario Aj.2.11- Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos).

d)

Credencial vigente que lo habilite para el ejercicio profesional en la jurisdicción respectiva. En caso que el abogado actúe en DOS (2) o más jurisdicciones deberá presentar las credenciales correspondientes a cada una de las jurisdicciones en las cuales se encuentre habilitado para el ejercicio profesional (original y copia). La credencial de orden federal (CSJN) será válida para cualquier jurisdicción.

e)

Certificado de matrícula vigente emitida por el/los Colegios de Abogados o Cámara Federal donde se encuentre inscripto, con fecha de emisión no anterior TREINTA (30) días de la presentación ante esta Administración.

f)

Declaración jurada en la que manifieste no estar comprendido en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3º de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6º de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión.

g)

Constancia que refleje su situación tributaria ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y los Organismos provinciales de recaudación que correspondieren.

B. Documentación para Alta de Gestores Administrativos I.

Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales Municipales y Asociaciones de Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial : a) Nota suscripta por la autoridad superior competente expresando que la entidad garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo la responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), obligándose a fiscalizar su desempeño y asegurando que los afiliados o asociados serán atendidos en la sede respectiva en forma totalmente gratuita. b) Formulario de propuesta de gestor administrativo. (Formulario PS 6.134 – Propuesta de Gestor Administrativo) c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para 2/24

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intervenir en trámites ante ANSES. (Formulario Aj.2.11- Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos). d) Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3º de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6º de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. e) Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. f) Cantidad de personal en actividad y en pasividad. g) Cantidad de habitantes de la jurisdicción provincial o municipal. h) Copia autenticada del acto administrativo que creó -con carácter permanente- el servicio de gestoría previsional y estructura orgánica del mismo, si la hubiere (sólo para Provincia o Municipalidades). i) Cantidad de asociados y afiliados (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). j) Copia de estatutos en vigor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL -INAES- (solo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). k) Copia del Acta de Reunión de la Comisión o Directorio que aconsejó la designación del gestor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL –INAES- (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). l) Certificado del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL donde conste que la entidad goza de personería, con indicación del grado, cantidad de asociados, zona de actuación y conformación actual Comisión Directiva (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). m) UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas. II.

Organizaciones de empleadores, trabajadores por cuenta propia, profesionales y asociaciones y entidades de bien público con personería jurídica: a) Nota suscripta por autoridad superior competente expresando que la entidad garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo 3/24

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responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), obligándose a fiscalizar su desempeño y asegurando que los afiliados o asociados serán atendidos en la sede respectiva en forma totalmente gratuita. b) Formulario de propuesta de gestor administrativo. (Formulario PS 6.134 – Propuesta de Gestor Administrativo) a) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. (Formulario Aj.2.11- Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos) b) Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3º de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6º de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. c)

Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.

d)

Razones que justifiquen contar con una gestoría previsional.

e) Cantidad de personal en actividad y en pasividad. f) Cantidad de asociados y afiliados. g)

Copia de los estatutos en vigor (autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL –INAES-).

h)

Copia del Acta de Reunión de la Comisión o Directorio que aconsejó la designación del gestor (autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL –INAES-).

i) Certificado de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA donde coste que goza de personería jurídica (sólo para Organizaciones de empleadores, trabajadores por cuenta propia, profesionales y asociaciones y entidades de bien público con personería jurídica). j) UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas.

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III.

Empresas que tengan organizados servicios de obra social, sindicatos, mutuales, etc., para la atención de su personal en actividad, en pasividad, o sus causahabientes: a) Nota suscripta por autoridad superior competente expresando que la entidad garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), obligándose a fiscalizar su desempeño y asegurando que los afiliados o asociados serán atendidos en la sede respectiva en forma totalmente gratuita. b) Formulario de propuesta de gestor administrativo. (Formulario PS 6.134 – Propuesta de Gestor Administrativo) c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. (Formulario Aj.2.11- Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos) d) Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3º de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6º de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. e) Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. f) Razones que justifiquen contar con una gestoría previsional. g) Cantidad de personal en actividad y en pasividad. h) Copia de los estatutos en vigor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL –INAES-. i) Copia del Acta de Reunión de la Comisión o Directorio que aconsejó la designación del gestor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL –INAES-. j) Acreditación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 19.971, Resolución de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Nº 146/07.

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k) Certificado de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA donde coste que goza de personería jurídica. l) UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas IV.

Representaciones diplomáticas y consulares acreditadas ante el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA, siempre que se tratare de la defensa de sus nacionales o de los derechohabientes de éstos radicados en el extranjero: a) Nota suscripta por el titular de la representación diplomática o consular expresando que dicha representación garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho a prestaciones previsionales obligándose a fiscalizar su desempeño. b) Formulario de propuesta de gestor administrativo. (Formulario PS 6.134 – Propuesta de Gestor Administrativo) c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. (Formulario Aj.2.11- Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos) d) Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3º de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6º de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. e) Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. f) UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas.

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IV.

Flujograma de Macronivel Alta y Renovacion en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos Abogado / Gestor

Determina donde Presentar la Documentación

UDAI

Direccion Unidad Central De Apoyo

DUCA

UDAI

Recibe Documentacion

Recibe Documentacion

Caratula Expdte 732

Caratula Expdte 732

Remite Expdte

Recibe Expdte.

Determina si es

Abogado o Gestor

Caratula y Agrega Expdte 132 s/ Corresponda

Registra en el Sistema

Confecciona y Eleva Resolución a la Firma

Notifica Resolucion de Alta o Denegatoria, según corresponda

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V.

Detalle de Tareas

Abogado/Gestor. 1. Presenta la documentación detallada en las Consideraciones Generales: 1.1. En la UDAI/Oficina operativa más cercana a su domicilio, continuando en el punto (2 2) 1.2. o en la Dirección Unidad Central de Apoyo dependiente de la Dirección General Prestaciones Centralizadas, continuando en el punto (6 6).

UDAI/Oficina. 2. Recibe la documentación. 3. Verifica que la documentación presentada se corresponda con la requerida. 3.1. Si la documentación no se encuentra completa, informa al abogado/gestor tal situación y que, hasta tanto no sea acompañada la misma, no se podrá dar curso a la petición solicitada. 3.2. Si la documentación se encuentra completa, continua en el punto (4 4). 4. Caratula un expediente en SGT con tipo de trámite 732 en estado 14 de acuerdo al siguiente detalle:

024024- CUIL del Abogado/GestorAbogado/Gestor- 732732- 000001 4.1. En el caso que para un abogado/gestor exista un expediente con tipo de tramite 732 se deberá caratular una nueva secuencia incremental. 5. Remite el expediente a la Dirección Unidad Central de Apoyo, continuando en el punto (9 9).

Dirección Unidad Central de Apoyo. 6. Recibe la documentación. 7. Verifica que la documentación presentada se corresponda con la requerida. 7.1. Si la documentación no se encuentra completa, informa al abogado/gestor tal situación y que, hasta tanto no sea acompañada la misma, no se podrá dar curso a la petición solicitada. 7.2. Si la documentación se encuentra completa, continua en el punto (8 8). 8. Caratula un expediente en SGT con tipo de trámite 732 en estado 14 de acuerdo al siguiente detalle:

024024- CUIL del Abogado/GestorAbogado/Gestor- 732732- 000001 8/24

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8.1. En el caso que para un abogado/gestor exista un expediente con tipo de trámite 732, se deberá caratular una nueva secuencia incremental. 9. Determina si la documentación presentada corresponde a un Abogado o a un Gestor. 9.1. Si la documentación presentada corresponde a un Abogado, continua en el punto (10 10). 10 9.2. Si la documentación presentada corresponde a un Gestor, verifica si se encuentra caratulado en el Sistema ANME un tipo de trámite 132, para el CUIT de la Empresa / Entidad Representada. 9.2.1. Si no existe, procede a desglosar del expediente 732 la documentación correspondiente a la entidad, caratulando en el sistema ANME un tipo de trámite 132, en estado 14- Iniciación y luego en estado 09- Resuelto, con la documentación desglosada, bajo el siguiente formato, continuando en el punto (9.3 9.3) 9.3).

024024- CUIT Entidad Representada - 132132- 000001 9.2.2. Si existe un tipo de trámite 132 para el CUIT de la Empresa / Entidad Representada, continua en el punto (9.3 9.3) 9.3 9.3. Relaciona por el sistema ANME y agrega por cuerda el expediente 732 recibido al principal 132 de la Entidad / Empresa Representada. 10. Analiza y determina si corresponde otorgar el alta solicitada: 10.1.

Si corresponde otorgar el alta:

10.1.1. Ingresa a la Base “Registro de Abogados y Gestores Administrativos”. 10.1.2. Carga los datos solicitados y genera la credencial correspondiente. 10.1.3. Cambia el estado del expediente 732 a 40- Resuelto Favorablemente. 10.1.4. Confecciona Resolución de alta del abogado/gestor de acuerdo a los modelos del Anexo I y II. 10.1.5. Eleva la resolución para su firma y protocolización a la Dirección Unidad Central de Apoyo. 10.1.6. Procede a la Notificación de la resolución correspondiente. (Notificación fehaciente/Publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina). 10.2.

Si no corresponde otorgar el alta:

10.2.1. Ingresa a la Base “Registro de Abogados y Gestores Administrativos” 10.2.2. Carga los datos solicitados. 9/24

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10.2.3. Cambia el estado del expediente 732 a 41- Resuelto Desfavorablemente. 10.2.4. Confecciona Resolución Denegatoria abogado/gestor de acuerdo a los modelos del Anexo III y IV. 10.2.5. Eleva la resolución para su firma y protocolización a la Dirección Unidad Central de Apoyo. 10.2.6. Procede a la Notificación de la resolución correspondiente. (Notificación fehaciente/Publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina).

VI.

Anexos •

Anexo I: Modelo de Resolución de Alta Abogado.



Anexo II: Modelo de Resolución de Alta Gestores Administrativos.



Anexo III: Modelo de Resolución Denegatoria Abogado.



Anexo IV: Modelo de Resolución Denegatoria Gestor Administrativo.

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Anexo I: Modelo de Resolución de Alta Abogados

BUENOS AIRES,

.-

V I S T O e l e xp e d i e n t e n ú m e r o 0 2 4 - X X - X X X X X X X X - X - 7 3 2 - X del

registro

de

esta

ADMINISTRACIÓN

NACIONAL

DE

LA

SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución DE-N Nº 479 de fecha 5 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que

en

el

e xp e d i e n t e

mencionado

en

el

VISTO

se

a n a l i za n l a s o l i c i t u d e s d e i n t e r e s a d o s p a r a s e r i n s c r i p t o s c o m o Abogados en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para actuar ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA S E G U R I D A D S O C I A L , c r e a d o p o r e l A r t íc u l o 1 º d e l a R e s o l u c i ó n DE-N Nº 479/14. Q u e h a b i é n d o s e ve r i f i c a d o e l c u m p l i m i e n t o p o r p a r t e d e los mismos de los requisitos establecidos en la Ley N° 17.040 (t.o. 1974), su Decreto Reglamentario 4.179/67, y la reglamentación dictada en consecuencia, corresponde dictar el pronunciamiento respectivo. Que

la presente resolución

se

dicta en

uso

de

las

facultades conferidas por el artículo 10 de la Resolución DE-N Nº 479/14 y en concordancia con lo establecido por las Resoluciones DE–A N° 845/96, DE-A N° 239/09, DE-A N° 55/10, DE-A 13/11 y DEA N° 300/11. 11/24

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Por ello EL DIRECTOR DE LA UNIDAD CENTRAL DE APOYO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: A R T Í C U L O 1 ° . - A u t o r í za s e a d e s e m p e ñ a r s e c o m o A b o g a d o / s a n t e esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a la/s persona/s que se menciona/n en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución y a todos efectos para formar p a r t e d e l a m i s m a , l a / s q u e d e b e r á / n a c t u a r e xc l u s i v a m e n t e e n nombre de los titulares de derecho o sus causahabientes respecto de los cuales se acredite representación en los términos del Art. 1°, párrafo segundo de la Ley Nº 17.040. A R T Í C U L O 2 . - R e g í s t r e s e , n o t i f í q u e s e y a r c h í ve s e . RESOLUCIÓN DUCA N°

ANEXO I ALTA DE ABOGADOS Art. 1° inc. b) Ley N° 17.040 EXP. Nº

APELLIDO Y NOMBRE

DOCUMENTO Nº

MATRÍCULA Nº

RESOLUCIÓN DUCA N°

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TOMO

FOLIO

ENTIDAD

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Anexo II: Modelo de Resolución de Alta Gestores Administrativos

BUENOS AIRES,

.-

V I S T O e l e xp e d i e n t e n ú m e r o 0 2 4 - X X - X X X X X X X X - X - 7 3 2 - X del

registro

de

esta

ADMINISTRACIÓN

NACIONAL

DE

LA

SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución DE-N Nº 479 de fecha 5 de septiembre de 2014, y CONSIDERANDO: Que

en

el

e xp e d i e n t e

mencionado

en

el

VISTO

se

a n a l i za n l a s o l i c i t u d e s d e i n t e r e s a d o s p a r a s e r i n s c r i p t o s c o m o G e s t o r e s A d m i n i s t r a t i vo s e n e l R e g i s t r o d e A b o g a d o s y G e s t o r e s Administrativos habilitados para actuar ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, creado por el Artículo 1º de la Resolución DE-N Nº 479/14Q u e h a b i é n d o s e ve r i f i c a d o e l c u m p l i m i e n t o p o r p a r t e d e los mismos de los requisitos establecidos en la Ley N° 17.040 (t.o. 1974),

su

Decreto

Reglamentario

4.179/67

y

lo

e xp r e s a m e n t e

d i s p u e s t o e n e l A r t íc u l o 4 º d e l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 , corresponde dictar el pronunciamiento respectivo. Que

la presente resolución

se

dicta en

uso

de

las

facultades conferidas por el artículo 10 de la Resolución DE-N Nº 479/14 y en concordancia con lo establecido por las Resoluciones DE–A N° 845/96, DE-A N° 239/09, DE-A N° 55/10, DE-A 13/11 y DEA N° 300/11. 13/24

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Por ello. EL DIRECTOR DE LA UNIDAD CENTRAL DE APOYO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO

1°.-

Administrativo

A u t o r í za s e

ante

la

a

desempeñarse

ADMINISTRACIÓN

como

NACIONAL

Gestor DE

LA

SEGURIDAD SOCIAL, a la/s persona/s que se menciona/n en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución y a todos efectos pasa a formar parte de la misma, la/s que deberá/n actuar exclusivamente en nombre de los titulares de derecho o sus causahabientes respecto de los cuales se acredite representación e n l o s t é r m i n o s d e l A r t íc u l o 2 º d e l a L e y N º 1 7 . 0 4 0 . ARTÍCULO

2.-

Regístrese,

c o m u n íq u e s e

a

todas

Delegaciones del País y archívese. RESOLUCION DUCA N° ANEXO I ALTA DE GESTOR ADMINISTRATIVO Art. 2° Ley N° 17.040 EXP. Nº

APELLIDO Y NOMBRE

DOCUMENTO Nº

RESOLUCIÓN DUCA N°

14/24

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CUIT ENTIDAD

las

UDAI

y

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Anexo III: Modelo de Resolución Denegatoria Abogado

BUENOS AIRES,

VISTO el pedido de alta en el Registro d e A b o g a d o s y G e s t o r e s A d m i n i s t r a t i v o s , s o l i c i t a d o p o r e l D r . O O O , DNI XXXXX, en el Expediente Nro.

024-XX-XXXXXXXX-X-732-X

del

Registro

de

esta

ADMINISTRACIÓN

NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y

CONSIDERANDO: Que el titular al amparo de lo establecido en el Artículo 1º inciso b) de la Ley Nº 17.040 ( t . o . 1 9 7 4 ) s u D e c r e t o R e g l a m e n t a r i o N º 4 . 1 7 9 / 6 7 y l o e xp r e s a m e n t e d i s p u e s t o e n l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 , h a solicitado su incorporación al Registro de Abogados y Gestores Administrativos que se encuentran habilitados para actuar ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, creado p o r e l A r t íc u l o 1 º d e l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 . Que el Artículo 3º de la Resolución D E - N N º 4 7 9 / 1 4 e s t a b l e c e que

para

que

proceda

la

incorporación

como

Abogado

en

el

m e n c i o n a d o R e g i s t r o , s e d e b e a c o m p a ñ a r : a) DNI (original y copia), cuyos datos deberán estar acreditados en ADP. b) Formulario de alta/modificación de datos. c) Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. d) Credencial vigente que lo habilite para el ejercicio profesional en la jurisdicción respectiva. En caso que el abogado actúe en DOS (2) o más jurisdicciones deberá presentar las credenciales correspondientes a cada una de las jurisdicciones en las cuales se encuentre habilitado para el ejercicio profesional (original y copia). La credencial de orden federal será válida para cualquier jurisdicción. e) Certificado de matrícula vigente emitida por el/los Colegios de Abogados o Cámara Federal donde se encuentre inscripto, con fecha de emisión 15/24

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no anterior a TREINTA (30) días de la presentación ante esta Administración. f) Declaración jurada en la que manifieste no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el Artículo 3° de la Ley N° 17.040 y en el Artículo 6° de la Ley N° 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. g) Constancia que refleje su situación tributaria vigente ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y los Organismos provinciales de recaudación que correspondieren. Que asimismo el Artículo 8º de la Resolución D E - N N º 4 7 9 / 1 4 , e s t a b l e c e q u e e l incumplimiento por parte de los Abogados a los deberes que emergen de la presente norma y de las que regulan la actividad de los abogados en el ámbito de esta Administración, faculta a ANSES a denegar el alta o suspender la renovación de la habilitación solicitada. Que la presente resolución se dicta sobre la base de los antecedentes obrantes en las actuaciones antes citadas, deslindando todo tipo de responsabilidad por cualquier documentación que no hubiere sido agregada o no surja de las mismas. Que habiéndose constatado que O..OO.(aquí se debe detallar las razones para denegar el alta en el Registro) O. . Que conforme lo expuesto, se constata el incumplimiento por parte del solicitante de las prescripciones previstas en la normativa antes mencionada, en mérito a lo cual corresponde denegar la petición motivo de estos actuados. Que

la

presente

resolución

se

dicta

en

uso

de

las

facultades conferidas por los Artículos 8º y 10 de la Resolución DEN



479/14

y

en

concordancia

con

lo

establecido

por

las

Resoluciones DE–A N° 845/96, DE-A N° 239/09, DE-A N° 55/10, DEA. 13/11 y DE-A N° 300/11. P o r e l l o , EL DIRECTOR DE LA UNIDAD CENTRAL DE APOYO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

16/24

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ARTÍCULO 1°.- Desestimar el pedido de alta en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos para desempeñarse como Ab o g a d o a n t e l a A D M I N I S T R A C I Ó N N A C I O N A L D E L A S E G U R I D A D S O C I A L , a l D r . X x xx xxx , D N I N º O . , e n v i r t u d d e l o e x p u e s t o e n l o s considerandos de la presente resolución. A R T Í C U L O 2 . - R e g í s t r e s e , n o t i f íq u e s e e n l o s t é r m i n o s e s t a b l e c i d o s e n e l A r t í c u l o 6 º d e l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 y consentida o ejecutoriada que sea, archívese.

RESOLUCIÓN DUCA N°

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Anexo IV: Modelo d Resolución Denegatoria Gestor Administrativo

BUENOS AIRES,

VISTO el pedido de alta en el Registro d e

Abogados

y

Gestores

A d m i n i s t r a t i v o s , e n r e p r e s e n t a c i ó n d e  . ( a q u í e l n o m b r e c o mp l e t o d e l a e n t i d a d q u e l o p r e s e n t a ) O . . , s o l i c i t a d o p o r e l S r . O O O , DNI XXXXX, en el expediente Nro.: 024-XX-XXXXXXXX-X-732-X, del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ( ANSES ) y

CONSIDERANDO:

Que el titular al amparo de lo establecido en el Art. 2º de la Ley Nº 17.040 ( t . o .

1974)

su

Decreto

Reglamentario



4.179/67

y

lo

e xp r e s a m e n t e d i s p u e s t o e n l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 , h a solicitado su incorporación al Registro de Abogados y Gestores Administrativos que se encuentran habilitados para actuar ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, creado p o r e l A r t íc u l o 1 º d e l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 . -

Que el Artículo 4º de la Resolución D E - N N º 4 7 9 / 1 4 , e s t a b l e c e que

para

la

incorporación

como

Gestor

A d m i n i s t r a t i vo

en

el

m e n c i o n a d o R e g i s t r o , s e d e b e a c o m p a ñ a r , s e g ú n l o s c a s o s : a) Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y Asociaciones de Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial: 1. Nota suscripta por la autoridad superior competente expresando que la entidad garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo la responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), obligándose a fiscalizar su desempeño y asegurando que los afiliados o asociados 18/24

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serán atendidos en la sede respectiva en forma totalmente gratuita. 2. Formulario de propuesta de gestor administrativo. 3. Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. 4. Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. 5. Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. 6. Cantidad de personal en actividad y en pasividad. 7. Cantidad de habitantes de la jurisdicción provincial o municipal. 8. Copia autenticada del acto administrativo que creó —con carácter permanente— el servicio de gestoría previsional y estructura orgánica del mismo, si la hubiere (sólo para Provincia o Municipalidades). 9. Cantidad de asociados y afiliados (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). 10. Copia de estatutos en vigor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL —INAES— (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). 11. Copia del Acta de Reunión de la Comisión o Directorio que aconsejó la designación del gestor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL —INAES— (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). 12. Certificado del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL donde conste que la entidad goza de personería, con indicación del grado, cantidad de asociados, zona de actuación y conformación actual Comisión Directiva (sólo Asociaciones Profesionales de Trabajadores con Personería Gremial). 13. UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas. b) 19/24

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Organizaciones de empleadores, trabajadores por cuenta propia, profesionales y asociaciones y entidades de bien público con personería jurídica: 1. Nota suscripta por autoridad superior competente expresando que la entidad garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), obligándose a fiscalizar su desempeño y asegurando que los afiliados o asociados serán atendidos en la sede respectiva en forma totalmente gratuita. 2. Formulario de propuesta de gestor administrativo. 3. Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. 4. Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. 5. Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. 6. Razones que justifiquen contar con una gestoría previsional. 7. Cantidad de personal en actividad y en pasividad. 8. Cantidad de asociados y afiliados. 9. Copia de los estatutos en vigor (autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCION

GENERAL

DE

JUSTICIA,

INSTITUTO

NACIONAL

DE

ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL —INAES—). 10. Copia del Acta de Reunión de la Comisión o Directorio que aconsejó la designación del gestor (autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL —INAES—). 11. Certificado de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA donde coste que goza de personería jurídica (sólo para Organizaciones de empleadores, trabajadores por cuenta propia, profesionales y asociaciones y 20/24

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entidades de bien público con personería jurídica). 12. UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas. c) Empresas que tengan organizados servicios de obra social, sindicatos, mutuales, etc., para la atención de su personal en actividad, en pasividad, o sus causahabientes: 1. Nota suscripta por autoridad superior competente expresando que la entidad garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho de las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), obligándose a fiscalizar su desempeño y asegurando que los afiliados o asociados serán atendidos en la sede respectiva en forma totalmente gratuita. 2. Formulario de propuesta de gestor administrativo. 3. Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. 4. Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. 5. Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. 6. Razones que justifiquen contar con una gestoría previsional. 7. Cantidad de personal en actividad y en pasividad. 8. Copia de los estatutos en vigor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, INSPECCION

GENERAL

DE

JUSTICIA,

INSTITUTO

NACIONAL

DE

ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL —INAES—. 9. Copia del Acta de Reunión de la Comisión o Directorio que aconsejó la designación del gestor autenticada por Escribano Público, Juez de Paz, autoridad competente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL o Delegaciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL — INAES—. 10. Acreditación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 1° de la Ley Nº 19.971, Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE 21/24

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LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Nº 146/07. 11. Certificado de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA donde coste que goza de personería jurídica. 12. UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas. d) Representaciones diplomáticas y consulares acreditadas ante el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA, siempre que se tratare de la defensa de sus nacionales o de los derechohabientes de éstos radicados en el extranjero: 1. Nota suscripta por el titular de la representación diplomática o consular expresando que dicha representación garantiza la solvencia moral y técnica de los gestores propuestos, asumiendo responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que su actuación pudiera ocasionar a los titulares de derecho a prestaciones previsionales obligándose a fiscalizar su desempeño. 2. Formulario de propuesta de gestor administrativo. 3. Formulario de adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para intervenir en trámites ante ANSES. 4. Declaración jurada en la que manifiesten no estar comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 3° de la Ley Nº 17.040 y en el artículo 6° de la Ley Nº 19.549 debiendo, en este último caso, indicar en qué dependencia presta/n servicios el o los funcionarios en cuestión. 5. Certificado de información de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. 6. UNA (1) fotografía 4x4 cm. de las personas propuestas.

Que asimismo el Articulo 8º de la Resolución D E - N N º 4 7 9 / 1 4 , e s t a b l e c e q u e e l incumplimiento por parte de los Gestores Administrativos a los deberes que emergen de la presente norma y de las que regulan la actividad de los abogados en el ámbito de esta Administración, faculta a ANSES a denegar el alta o suspender la renovación de la habilitación solicitada.

Que como cuestión previa, se aclara que la presente resolución se dicta en base a los antecedentes obrantes en las actuaciones, deslindando todo tipo de responsabilidad por cualquier documentación que no hubiere sido agregada o no surja de las mismas. 22/24

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Que habiéndose constatado que O..OO.(aquí se debe detallar las razones para denegar el alta en el Registro)OO .

Que conforme lo expuesto y de las constancias que surgen del expediente, surge la ausencia de cumplimiento por parte del solicitante de las prescripciones previstas en las normativas antes mencionadas, en mérito a lo cual, corresponde denegar la petición motivo de estos actuados.

Que

la

presente

resolución

se

dicta

en

uso

de

las

facultades conferidas por los Artículo 8º y 10º de la resolución DEN



479/14

y

en

concordancia

con

lo

establecido

por

las

resoluciones DE–A N° 845 / 96, D.E -A N° 239/09, D.E -A N° 055/10, D.E.A. 13/11 y D.E -A N° 300/11.-

Por ello

EL DIRECTOR DE LA UNIDAD CENTRAL DE APOYO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desestimar el pedido de alta en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos para desempeñarse como G e s t o r Ad m i n i s t r a t i vo e n r e p r e s e n t a c i ó n d e O . . ( A q u í i n c o r p o r a r el nombre completo de la Entidad que lo presenta) O., ante la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, al Sr. X x xxx xx , D N I N º O . , e n v i r t u d d e l o e xp u e s t o e n l o s c o n s i d e r a n d o s de la presente resolución.

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ARTÍCULO 2.- Regístrese, notifíquese en los términos establecidos e n e l A r t í c u l o 6 º d e l a R e s o l u c i ó n D E - N N º 4 7 9 / 1 4 y consentida o ejecutoriada que sea, archívese.

RESOLUCION DUCA N°

24/24

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