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MINISTERIO DE SALUD

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Visto; el Expediente N° 14-076458-001 que contiene el Informe N° 170-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúen dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

Que, el inciso i), literal a) del numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 0052010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria' aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras; Que, mediante Resolución Ministerial N° 014-2014/MINSA de fecha 09 de enero de 2014, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2014, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante el Informe de Visto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, manifiesta que en el proceso de evaluación de la transferencia efectuada al Instituto de Gestión de Servicios de Salud, se evidenció que a la fecha de publicación del Decreto Supremo N° 137-2014-EF, los saldos a transferir de las Unidades Ejecutoras involucradas en dicha transferencia había variado, por lo que sustenta la necesidad de efectuar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras en el Pliego 011: Ministerio de Salud, a efectos de rectificar las variaciones ocasionadas por la continuidad del proceso de ejecución presupuestal de las unidades ejecutoras mencionadas; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 170-2014-OGPP-OP/MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y lo dispuesto en la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, entre unidades ejecutoras, de acuerdo al Anexo "Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre Unidades Ejecutoras", que forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud instruirá a las Unidades Ejecutoras, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria".

No 393 -QC

MINISTERIO DE SALUD

UCA DEL

e-

\se

h

he Q0.1 ti

Artículo 30.- Remitir copia de la presente Resolución Secretaria', dentro de los e Presupue to Público del Ministerio cinco (5) días de aprobada, a la Dirección Gene de Economía y Finanzas. Regístrese comuniques

iw DANILO PED O CESPEDES MEDRANO retarlo General

A. P MOCAPRERO g.

J. Z

rr a

t9 M-514

ANEXO MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO ENTRE UNIDADES EJECUTORAS SECCION PRIMERA

: GOBIERNO CENTRAL

PLIEGO

: 011 MINISTERIO DE SALUD

DE LA: (EN NUEVOS SOLES) RECURSOS ORDINARIOS

UE l FTE. FTO. I CATEGORIA PRESUPUESTAL / ACTIVIDAD 21 UE 008. INSTITUTO ESPECIALIZADO DE OFTALMOLOGIA

RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

22 O

23 0

23

Total 0

9002 / 3999999 / 50011195 SERVICIOS GENERALES

26

O

1,900,915



1,300,000 600,915

DONAC ONES Y TRANSFERENCIAS

Total

85,489

23

Total

1,986,404

0

1,300,000

0

1,986,404

-

1,300,000

-

-

-

7,000,000

3,462,415

2,000,000

12,462,415

0

0

0

4,000,000

4,000,000

7,000,000

-

1,000,000

8,000,000

-

-

-

-

-

8,000,000

9002 / 399999915000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

-

3,462,415

-

3,462,415

-

-

-

-

3,462,415

9002 / 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION

-

-

1,000,000

1,000,000

-

4,000,000

4,000,000

5,000,000

9002 /3999999 / 5001562 ATENCION EN CONSULTAS EXTE UE 10. INSTITUTO ESPECIALIZADO DE SALUD DEL NIÑO 9001 / 3999999 / 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

UE 11. INSTITUTO ESPECIALIZADO MATERNO PERINATAL

3,500,000

9001 / 3999999 / 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

2,000,000

9002 / 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION

1,500,000

UE 025. HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MARIA AUXILIADORA 9001 / 3999999 / 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

-

85,489

17 E: L AL G1

3,500,000

686404

600,000

2,000,000 1,500,000

600,000

600,000

16,462,411i

4,100,000

-

2,000,000

600,000

2,100,000

3,237,004

500,000

3,737,004

' 3,737,004

3,237,004

500,000

3,737,004

3,737,004

UE 033. HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOME

452,783

9002 / 3999999 / 50011195 SERVICIOS GENERALES

452,783

452,783

13,737,004

3,462,415

2,952,783

Página 1 de 2

992,726

-

20,152,202

1,900,915

85,489

992,726

1,445,509

-

452,783

-

452,783

90021 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION TOTAL

686,404

-

992,726

992,726

992,726

1,986,404

5,592,726

5,592,726

27,731332

ANEXO MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO ENTRE UNIDADES EJECUTORAS

A LA: (EN NUEVOS SOLES) RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

RECURSOS ORDINARIOS

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

UE / FTE. FTO. I CATEGORIA PRESUPUESTAL/ACTIVIDAD 21

21

27

26

Total

25

23

UE 20. HOSPITAL SERGIO BERNAL ES

3,215,667 ,. 378,416

1,261,136

0 ' 4,855,219

328.987

9001 / 3999999 / 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

3,215,667

1261,136

4,476,803

328,987

378,416

-

9002 /399999915000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

378,416

6

Total

0

0

-

-

23

328,987

4,732,466

9001 / 3999999 / 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

4,732,468

693,214

25,314

104,524

25,314

5,555,520

12,700

693214

-

-

-

12,700

104524

12.700



378,416

1095,874

209,992

1.305,866

1,305,866

2,702,476

-

12,676

1,932,819

671,729

, 2,017,224

9001 / 3999999 1 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

12676



671,729

694,405

12,700

024,634

1

35,682

924,634

1

35,682

2.702476 1,565,000

960,317

_

5,776,193

9002 1 3999999 / 5000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

1,057,966

890,080



890,080 1,057.988

7,724,239

647,293

6,666,273

647,293

37,107 37,107

13,737,004

3,462,415

2.707,961

8,499

1,573,499

104,524

20,152,202

Página 2 de 2

4,551,040

684,400

8499

1,573,499

5,400

5,400

8,414,029



7,350,673



1,057,966

6,400

5,400

5,400

229,376

5,592,726

27,731,332

1,057,966

2,848,259

2,812,485

1,644,722

684,400

9002 / 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION TOTAL

5485

1,332,810 1,565,900

5,776,193

8,276,181

12,700

960,317

9002 / 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION UE 028, HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO

2,707,961

1,332,819

1.33Z819

9001 / 3999999 / 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

6,485

693,214

104,524

UE 027. HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA

6,490,072 4,805,790

693,214 -

9002 / 3999999 / 6000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

1,305,866

4,757,782



9002 / 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION

209,992

4,757,782

9002 / 3999999 / 5001067 BRINDAR UNA ADECUADA DISPENSACION DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS 9002 / 3999999/ 5000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

Total

1,095,874

328,987

9002 / 3999999 / 5001563 ATENCION EN HOSPITALIZACION UE 21. HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA

26

TOTAL GENERAL

1,900,914

1

86,489

1,986,404

5,363,350

1,573,499