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7 jun. 2018 - INMUEBLE, interpuesto por Nicolás Marcial Mayo- ...... presupuestos procesales y las condiciones de la ...... en Tributos Internos del Tribunal Fiscal, la Intendencia Regional de la SUNAT –Tacna; en consecuencia: ..... TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 13 DE JUNIO DEL AÑO 2018.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Jueves, 7 de junio de 2018

Avisos Judiciales Corte Superior de Justicia de Tacna NOTA DE PRENSA N° 084-2018-II-CSJT-PJ MIERCOLES 6 DE JUNIO DE 2018

Colegiado realizó juicio oral en el penal de Challapalca, bajo una temperatura de cero grados centígrados COLEGIADO A DE LA SALA PENAL NACIONAL SENTENCIO A 35 AÑOS DE CARCEL A ROMAN ANGEL LEON AREVALO (a) VIEJO PACO, SINDICADO COMO CABECILLA DE “LA GRAN FAMILIA” DE CHICLAYO Sentencia se dictó a través de videoconferencia desde la Corte de Tacna El Colegiado A de la Sala Penal Nacional realizó en el penal de Challapalca (Tacna), el juicio oral contra Román Ángel León Arévalo (a) ‘Viejo Paco’, sindicado por la Fiscalía como cabecilla de la organización criminal ‘La Gran Familia’ de Chiclayo. El acto de juzgamiento se desarrolló en la sala de audiencias del referido centro penitenciario, ubicado a 4, 800 metros sobre el nivel del mar, y a una temperatura de cero grados centígrados, durante los días 4 y 5 de junio. Junto al ‘Viejo Paco’ fueron juzgados Franklin Medina Cubas (a) ‘Coyote’, Ángelo León Díaz (a) ‘Paquito’, Pedro Telmo Becerra Serquén y Aderlí de la Cruz Terrones. El colegiado presidido por el juez superior René Martínez Castro e integrado por los magistrados Edhin Campos Barranzuela y Hans Contreras Cuzcano, dictaron sentencia el día miércoles 6 de junio, a través de videoconferencia desde la Corte Superior de Justicia de Tacna; imponiendo a “Viejo Paco” una pena de 35 años de cárcel. Asimismo impuso una pena de 6 años a Ángelo León Díaz y de 11 años a los otros 3 procesados. Como se recuerda, la semana pasada el referido tribunal también condenó en el penal Piedras Gordas I (Lima) a 27 integrantes de la citada organización a penas de entre 11 y 22 años de cárcel. Sin embargo, el juicio a León Arévalo y los otros cuatro mencionados fue reservado por encontrarse recluidos en Challapalca. Los sentenciados enfrentaban cargos por los delitos de asociación ilícita para delinquir, lavado de activos y extorsión agravada. De acuerdo con la Fiscalía, basada en declaraciones de testigos con identidad reservada e informes policiales, los integrantes de “La Gran Familia” cobraron cupos bajo amenaza a dueños de empresas constructoras y de transportes de la región Lambayeque.

Imagen Institucional Corte Superior de Justicia de Tacna

NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Tercer Juzgado Civil de Tacna, que despacha el Dr. Vladimir Salazar Díaz, se sigue el proceso No. 631-2018-0-2301-JR-CI-03, se ha dispuesto se notifique mediante Edictos la RESOLUCION No: 02, de fecha treinta de abril del año dos mil dieciocho: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE, interpuesto por Nicolás Marcial Mayoría Arguelles e Isadora Enriqueta Robles Bazán, en contra de Máximo Ascencio Monasterio Centeno y de la Sucesión de Emilia Huaylla Choque, traslado al demandado a fin que conteste la demanda en el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, en cuanto a la Sucesión demandada cúmplase con realizar los EDICTOS para su notificación respectiva, a efecto que se apersonen al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Y publíquese un extracto de la demanda.- TR. Y HS.-- S. Fdo. Dr. Vladimir Salazar Díaz, Juez del Tercer Juzgado Civil de Tacna.- Fdo. Elsa Aguirre Huareccallo, Secretaria del Tercer Juzgado Civil de Tacna. (3V/24, 31, 07 JUN).

PARATORIA DEL DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN.- FDO. ABOG. ELVIS ALBERTO CHOQUE PAXI, ESPECIALISTA LEGAL DE AUDIENCIA. Tacna, 27 de Abril del 2018. (3V/05, 06, 07 JUN).

PRESCRIPCION ADQUISITIVA Exp. Nro. 341 - 2018, en los autos seguidos por ELMER EDILBERTO VILLARRUEL LOZANO, en contra de OLGER ANTONIO UGAS GOMEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, ante el Primer Juzgado Civil de Tacna, que despacha la Sra. Juez Carmen Nalvarte Estrada, con intervención de la especialista legal Miriam Yessenia Cueva Ojeda, se ha dispuesto la PUBLICACION POR EDICTOS, la Resolución Nro. 03, Tacna, cuatro de Mayo del dos mil dieciocho.- RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso abreviado la demanda interpuesta por ELMER EDILBERTO VILLARRUEL LOZANO en contra de OLGER ANTONIO UGAS GOMEZ sobre PRESCRIPION ADQUISITVA DE DOMINIO, y en consecuencia, se dispone notificarse a la parte demandada para que en el término de diez días de notificado contesten la misma, bajo apercibimiento de continuarse el trámite en su rebeldía. TR y HS. TACNA, 28 DE MAYO DEL 2018. (3V/01, 07, 13 JUN).

EDICTO PENAL Expediente N° 1522-2018-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori En el proceso N° 1522-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido contra FREDY MARCIAL ORTIGOZO FLORES por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su hijo J.W.O.G. representado por su madre Juliana García Vicente; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a FREDY MARCIAL ORTIGOZO FLORES con la resolución número dos de fecha diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado FREDY MARCIAL ORTIGOZO FLORES 2) REQUERIR al procesado FREDY MARCIAL ORTIGOZO FLORES que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOS DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central (Corte Superior de Justicia de Tacna - Calle Inclán S/N) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO ROSA PAREDES CONDORI- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 31 DE MAYO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 JUN).

EDICTO PENAL Exp. N° 02807-2015-63-2301-JR-PE-l.- INCIDENTE DE REVOCACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN ESPECIALISTA LEGAL: ABOG. ELVIS ALBERTO CHOQUE PAXI.En el proceso N° 02807-2015-63-2301-JR-PE-01, seguido contra RAÚL CONDORI RAMIREZ, investigado por presunto delito contra la Libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL, previsto en el primer párrafo del artículo 170 del Código Penal; en agravio de menor de persona de iniciales MA.EL. PA.AR.; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Gregorio Albarracín, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al sentenciado RAÚL CONDORI RAMIREZ, con el extracto del requerimiento de revocación de la suspensión de la pena, mediante el cual la representante del Ministerio Público “Formula requerimiento de revocación de la suspensión de la pena”, del sentenciado Raúl Condori Ramírez, solicitando se convierta en pena efectiva, ello por incumplimiento de las reglas de conducta, referido al pago de la reparación civil. Asimismo, con el contenido de la resolución 06 de fecha 29 de Mayo del dos mil dieciocho, mediante el cual se dispone: 1.- Reprogramar la audiencia de revocación de la suspensión de la pena, para el día 25 de Junio del 2018 a las 12:00 horas, la que se realizará en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Gregorio Albarracín (...), 2.- Requerir al sentenciado Raúl Condori Ramírez, con la finalidad que en el plazo de 24 horas de notificado cumpla con cancelar el íntegro de la reparación civil, bajo apercibimiento de realizarse la audiencia de revocación de la suspensión de la pena y resolver conforme a ley (...);en consecuencia, se dispone la notificación de la presente resolución mediante edictos, (...).NOTIFIQUESE”.- FDO. DR. ROLANDO SEVINCHA JURO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PRE-

EDICTO PENAL Expediente N° 1521 -2018-0-2301 -JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori En el proceso N° 1521-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido contra GENRY RAUL DE LA CRUZ ESPINOZA por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus hijos DR. de la C.C.L. y C.A. de la C.C.L. representados por su madre Yaneth Coaquira Layme; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a GENRY RAUL DE LA CRUZ ESPINOZA con la resolución número dos de fecha diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado GENRY RAUL DE LA CRUZ ESPINOZA 2) REQUERIR al procesado GENRY RAUL DE LA CRUZ ESPINOZA que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOS DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central (Corte Superior de Justicia de Tacna - Calle Inclán S/N) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO ROSA PAREDES CONDORIESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 31 DE MAYO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 JUN).

EDICTO PENAL Expediente N° 1556-2018-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori En el proceso N° 1556-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido contra SHUAM DENIS LAICHE CONDORI por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus hijos J.M.L.F. y B.M.L.F. representados por su madre Mirella Clara Fonseca Quenta el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a SHUAM DENIS LAICHE CONDORI con la resolución número dos de fecha diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado SHUAM DENIS LAICHE CONDORI 2) REQUERIR al procesado SHUAM DENIS LAICHE CONDORI que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOS DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central (Corte Superior de Justicia de Tacna - Calle Inclán S/N) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHI CAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO ROSA PAREDES CONDORIESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 31 DE MAYO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 JUN). EDICTO PENAL Expediente N° 1557-2018-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori En el proceso N° 1557-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido contra PEDRO PABLO ESCRIBA GUTIERREZ por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su hijo G.J.E.CH. representado por su madre Liset Yuliana Choque Fernández; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a PEDRO PABLO ESCRIBA GUTIERREZ con la resolución número dos de fecha diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado PEDRO PABLO ESCRIBA GUTIERREZ 2) REQUERIR al procesado PEDRO PABLO ESCRIBA GUTIERREZ que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOS DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central (Corte Superior de Justicia de Tacna - Calle Inclán S/N) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público FIRMADO JORGE ANTONIO MACHI CAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO ROSA PAREDES CONDORI- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 31 DE MAYO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 JUN). EDICTO PENAL Expediente N° 1553-2018-0-2301-JR-PE-1.- PROCE-

Jueves, 7 de junio de 2018

SO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori En el proceso N° 1553-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido contra JHON MAMANI PEÑALOZA por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus hijos M.CM.V. y K. de M. M.V. representados por su madre Elizabeth Nalda Velis Requejo; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos JHON MAMANI PEÑALOZA con la resolución número dos de fecha diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado JHON MAMANI PEÑALOZA 2) REQUERIR al procesado JHON MAMANI PEÑALOZA que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DOS DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central (Corte Superior de Justicia de Tacna - Calle Inclán S/N) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO ROSA PAREDES CONDORI- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 31 DE MAYO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 JUN). EDICTO CIVIL Por ante el JUZGADO MIXTO - MBJ Alto del Alianza - Tacna, que Despacha el Juez LUIS ESCALANTE MEDINA, bajo la actuación de la Especialista Legal TORRES CHALCO MIRIAM RUTH, se tramita el EXPEDIENTE: 00049-2018- 0-230 l-JM-CI-01 por JUANA CALDERON AYALA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. Se ha dispuesto publicar la resolución N° 02 de fecha 16-05-2018, que RESUELVE: Admitir en la vía de proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por JUANA CALDERON AYALA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE PROPIEDAD, en contra de JORGE QUISPE APAZA; DEMANDA que tiene por PETITORIO: PRETENSION PRINCIPAL.- QUE SE DECLARE FUNDADA LA DEMANDA A FAVOR DE LA RECURRENTE Y SOLICITO SE ME DECLARE PROPIETARIA DEL BIEN INMUEBLE URBANO UBICADO EN EL COMITÉ 09, MZ-29, LT-19 DEL DISTRITO DE CIUDAD NUEVA - TACNA, INSCRITO EN REGISTROS PUBLICOS CON PARTIDA N° P200Q0907, POR HABER OPERADO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. TACNA, 01 DE JUNIO DEL 2018. (3V/05, 11, 15 JUN). NOTIFICACIÓN POR EDICTOS POR ANTE EL TERCER JUZGADO DE FAMILIA PERMANENTE DE TACNA QUE DESPACHA LA JUEZ CARMEN ELIANA PEÑA CARBAJAL, BAJO LA ACTUACION DE LA ESPECIALISTA LEGAL MAGGUI CAZORLA SALAS, SE ‘ TRAMITA EL EXPEDIENTE 00330-2016-0-2301-JR-FC-01 POR MARIZA SUPE MISME, SOBRE DIVORCIO POR CAUSAL, SE HA DISPUESTO PUBLICAR LA RESOLUCION TRES DE FECHA 11-04-2016 QUE RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA DE DIVORCIO POR LA CAUSAL DE ABANDONO INJUSTIFICADO DEL HOGAR CONYUGAL Y SEPARACION DE HECHO Y ACUMULATIVAMENTE FENECIMIENTO DEL REGIMEN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, SEGUIDA POR MARIZA SUPA MISME, EN CONTRA DE FRANCISCO CALDERON CRUZ, TRAMITÁNDOSE EN LA VÍA DE PROCESO DE CONOCIMIENTO CORRIÉNDOSE TRASLADO DE LA MISMA AL DEMANDADO, POR EL PLAZO DE LEY PARA QUE LA CONTESTE, DEBIENDO DE NOTIFICÁRSELE MEDIANTE EDICTOS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. TACNA, 01 DE JUNIO DEL 2018. (3V/05, 11, 15 JUN). EDICTO JUDICIAL DE SUCESION INTESTADA Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna según Exp. N° 600-2018 que despacha el Señor Juez Dr. Máximo Caballero Roldan y la actuación de la Secretaria Judicial la Dra. Noeli Sanizo Canahua,

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el señor ANDRES CANTO ACUÑA viene solicitando la declaración de SUCESIÓN INTESTADA del que en vida fue su hijo ANDRES CANTO PEREZ, por lo que se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley, emitiendo la resolución N° 02 de fecha 25-05-18 que RESUELVE: 1) ADMITIR A TRÁMITE LA SOLICITUD presentada por ANDRES CANTO ACUÑA sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue ANDRÉS CANTO PÉREZ, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO. 2) PUBLIQUESE un aviso en el Diario La República y en el Diario Oficial en el Peruano, elaborándose previamente el edicto judicial, a gestión y costo de la parte solicitante 3) SE ORDENA la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y en el Registro de Mandatos y Poderes, debiendo CURSARSE los partes a los Registros Públicos. 4) Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. 5) NOTIFÍQUESE al Ministerio Público, Beneficencia Pública de Tacna y ANTONIA PEREZ ACUÑA en el domicilio que se indica.- T. R. Y H. S. (3V/05, 06, 07 JUN). EDICTO JUDICIAL EXP. N°414-2016, SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE TACNA, JUEZ ROSALYNN MERCADO DIAZ, ESPECIALISTA: JAVIER NAVARRO, NULIDAD DE ACTO JURIDICO, INCOA ANA MARIA COPAJA MENENDEZ, RESOLUCION N° 15, DISPONE LA NOTIFICACION POR EDICTOS A DAVID TOMAS OVIEDO BEGAZO, CON LA PARTE RESOLUTIVA DE LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES: RESOLUCION N° 08 RESUELVE: DECLARAR REBELDES A DAVID TOMAS OVIEDO BEGAZO Y OTROS. RESOLUCION N° 09: RESUELVE: DECLARAR LA EXISTENCIA DE UNA RELACION JURIDICA PROCESAL VALIDA EN LOS SEGUIDOS POR ANA MARIA COPAJA MENENDEZ EN CONTRA DE DAVID TOMAS OVIEDO BEGAZO Y OTROS; EN CONSECUENCIA, SANEADO EL PROCESO. RESOLUCION N° 11 RESUELVE: 1) FIJAR COMO PUNTOS CONTROVERTIDOS: A) DETERMINAR SI ANA MARIA COPAJA MENENDEZ Y DAVID TOMAS OVIEDO BEGAZO SON PADRES BIOLOGICOS DE ANA MARIA ALONDRA OVIEDO COPAJA. B) DETERMINAR SI CORRESPONDE DECLARAR LA NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTA DE NACIMIENTO POR LA CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD JURIDICA Y OTRA. C) DETERMINAR SI CORRESPONDE CANCELAR EL ACTA DE NACIMIENTO DE ANA MARIA ALONDRA OVIEDO COPAJA. FDO. EDWIN LARICO. SECRETARIO JUDICIAL DEL 2DO JUZGADO CIVIL. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (4V/05, 06, 07, 08 JUN). EDICTO Ante el 2° juzgado de Paz Letrado de Tacna, Exp. No 00703-2014, Sec Dra. Luz Sara Aguilar, en los seguidos por Manuel Espinoza Yáñez, sobre cobro de dinero con la Sucesión Alay Angulo, la Sra. Juez, Dra. María Soledad Anco Rejas ha dispuesto por Resolución N° 38 del 22 de Mayo del 2018, notificar con Edictos, a los sucesores procesales de la codemandada fallecida Carmen Emperatris Alay Angulo de Valdez, integrante de la Sucesión en mención, conforme lo establece el artículo 108° del Código Procesal Civil, a efecto que se apersonen en el término de 30 días; bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Tacna, 05 de junio del 2018. FDO. LUZ SARA AGUILAR CHAMBI. SECRETARIA JUDICIAL DE SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO. (3V/07, 08, 11 JUN). EDICTO PENAL En el proceso N° 403-2004-0-2301-JR-PE-03, seguido en contra de ESTHER SULLCA LLANO y MARIA ELENA MEDINA REYES, por el delito de Uso de Documento Público Falso en agravio del Estado; el señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la imputada ESTHER SULLCA LLANO con la resolución de fecha treinta de mayo del 2018 a fin de que asista a la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA a las acusadas ESTHER SULLCA LLANO y MARIA ELENA MEDINA REYES, programada para el día SEIS DE JULIO DEL AÑO 2018 A LAS TRES DE LA TARDE ( 06-07-2018 a las 03:00 PM ), la cual se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado Penal Liquidador-Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de la CSJT, sitio en la calle Zela N° 210-cercado, esta audiencia se llevara a cabo con las partes que concurran a la misma, bajo apercibimiento ante la inconcurrencia de las acusadas de designársele Defensa Publica. La Sentencia será leída ante quienes comparezcan, debiendo notificarse a la acusada MARIA ELENA

MEDINA REYES en su domicilio real y procesal señalada en autos y por EDICTO a la acusada ESTHER SULLCA LLANO, debiendo notificarse a la defensora Publica Sandra Pamela Herrera Díaz con cédula de notificación en su domicilio procesal para su asistencia a esta Audiencia, bajo apercibimiento de poner en conocimiento a sus superiores, NOTIFIQUESE a todos los sujetos procesales, -Fdo. Dr. Juan Alonso Portugal Vega, Juez del Juzgado Penal Liquidador de Tacna.-Fdo. Guadalupe Daysi Yucra Maldonado, Especialista Judicial de Juzgado. Tacna, 30 de mayo del 2018. (3V/06, 07, 08 JUN). EDICTO PENAL En el proceso 1018-2018-25-2301-JR-PE-02, seguido contra de CARLOS RONAL CONDORI HINOJOSA , por el delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR de en agravio PIERA YANNETH CONDORI HUALLPA, el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Tacna, HA RESUELTO: 1)DISPONER la notificación por edictos al procesado CARLOS RONAL CONDORI HINOJOSA 2)REQUERIR al procesado CARLOS RONAL CONDORI HINOJOSA, que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de un día contado a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO PARA EL DIA QUINCE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A LAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00PM), la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Unipersonal Penal -Sede Central con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Notifíquese la presente mediante edictos judiciales con la presente resolución. FIRMA EL JUEZ A CARGO POR LICENCIA POR VACACIONES DEL TITULAR, JUEZ PEDRO FRANCO APAZA, JUEZ (e) DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE TACNA. FIRMADO PATRICIA ARACELY MORALES HIDALGO - ESPECIALISTA JUDICIAL. TACNA, 04 DE JUNIO DEL 2018. (3V/06, 07, 08 JUN). EDICTO PENAL En el proceso N° 01233-2016-48-2301-JR-PE-04, seguido en contra de PERCY NIEVES VILLAVICENCIO ROJAS por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de MARÍA LUCRESIA CARRILLO DE MAQUERA y OTROS, el señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por edictos a MARÍA LUCRESIA CARRILLO DE MAQUERA con lo dispuesto en la resolución N° 02 de fecha catorce de mayo del dos mil dieciocho, mediante la cual SE DISPONE: CORRER TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS con el requerimiento de acusación, a efecto de que puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para el debate en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación. FIRMADO YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA. FIRMADO NEIL HUMBERTO JESÚS VALDEZ MOSTAJO -ESPECIALISTA JUDICIAL. TACNA, 14 DE MAYO DEL 2018. (3V/06, 07, 08 JUN). EDICTO PENAL En el proceso N° 01233-2016-22-2301-JR-PE-04, seguido en contra de PERCY NIEVES VILLAVICENCIO ROJAS por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de MARÍA LUCRESIA CARRILLO DE MAQUERA y OTROS, el señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por edictos a MARÍA LUCRESIA CARRILLO DE MAQUERA con lo dispuesto en la resolución N° 03 de fecha veintiséis de diciembre del dos mil diecisiete, mediante la cual SE DISPONE: CONCEDER RECURSO DE APELACIÓN CON EFECTO DEVOLUTIVO contra la resolución número uno de fecha dos de octubre del dos mil diecisiete, Auto mediante la cual se resuelve declarar IMPROCEDENTE la medida cautelar de Secuestro Conservativo, en consecuencia elévese a la Sala Penal Superior. FIRMADO YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA. FIRMADO NEIL HUMBERTO JESÚS VALDEZ MOSTAJO - ESPECIALISTA JUDICIAL. Tacna, 11 de mayo del 2018. (3V/06, 07, 08 JUN).

EDICTO PENAL Expediente N° 1245-2018-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori. En el proceso N° 1245-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido contra DIEGO FERNANDO PALOMINO MACHACA por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su hijo G.A.P.M. representado por su madre Silvia Janeth Medina Ramos; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a DIEGO FERNANDO PALOMINO MACHACA con el acta de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DIECIOCHO DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS TRES DE LA TARDE, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA. FIRMADO ROSA PAREDES CONDORI-ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 05 de junio del 2018. (3V/06, 07, 08 JUN). EDICTO PENAL En el proceso 1363-2018-89-2301 -JR-PE-02, seguido contra de ANGEL JESUS MORENO LAVERIAN, por el delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR de en agravio Madeleine Ángela Moreno Guzmán representado por Berenis Teresa Guzmán Gutiérrez, el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Tacna, HA RESUELTO: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado ANGEL JESUS MORENO LAVERIAN. 2) REQUERIR al procesado ANGEL JESUS MORENO LAVERIAN, que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de un día contado a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO PARA EL DIA CATORCE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:30AM), la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Unipersonal Penal -Sede Central con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Notifíquese la presente mediante edictos judiciales con la presente resolución. Bajo de apercibimiento, para el acusado de declarar Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado 0 fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento. FIRMA EL JUEZ A CARGO POR LICENCIA POR VACACIONES DEL TITULAR, JUEZ PEDRO FRANCO APAZA, JUEZ (e) DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE TACNA.- FIRMADO PATRICIA ARACELY MORALES HIDALGO - ESPECIALISTA JUDICIAL. TACNA, 05 DE JUNIO DEL 2018. (3V/07, 08, 11 JUN). PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXPEDIENTE N° 0658-2018-0-2301-JR-CI-01, EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO.-En autos seguidos por don LUIS ALBICIADES CONTRERAS RAZURI, en contra de LUIS ANDRES HUMBERTO LIENDO RUEDA , OSCAR MANUEL LIENDO RUEDA , MANUEL RAUL LIENDO RUEDA, MERCEDES CAROLINA LIENDO RUEDA Y MANUEL LIENDO RAZURI sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, por ante el Primer juzgado civil de Tacna que despacha la Dra. CARMEN NALVARTE ESTRADA, que ha proveído lo siguiente: RESOLUCION N°02 del 02 de abril del 2018, asumiendo funciones la Especialista CUEVA OJEDA, MIRIAM YESSENIA , AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: La demanda, reúne los requisitos generales que debe contener toda demanda establecidos en e! artículo 424 y 425 del Código Procesal Civil.- SEGUNDO: Se advierte del presente la legitimidad e interés para obrar del demandante, así como la capacidad procesal de

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la parte y la competencia del Juzgado. TERCERO: Que, el presente proceso debe de tramitarse por la vía del proceso abreviado, estando a lo establecido en el inciso 2) del artículo 486 del Código Procesal Civil. CUARTO : Del acto postulatorio de demanda se aprecia conexión lógica entre los hechos y el petitorio el cual ha sido determinado, por todo lo que, RESUELVO : ADMITIR a trámite en la vía del proceso abreviado, la demanda interpuesta por LUÍS ALBICIADES CONTRERAS RAZURI en contra de LUIS ANDRES HUMBERTO LIENDO RUEDA, OSCAR MANUEL LIENDO RUEDA, MANUEL RAUL LIENDO RUEDA, MERCEDES CAROLINA LIENDO RUEDA Y MANUEL LIENDO RAZURI sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, por ofrecidos los medios probatorios indicados, a sus antecedentes los documentos anexados. Y conforme a lo dispuesto en el artículo 506 del Código Procesal Civil se dispone la publicación de la presente en los diarios El Peruano y en la República. (3V/07, 11, 13 JUN). EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Civil Tacna, que despacha el señor Juez Dr. Vladimir Salazar Díaz, Secretaria Judicial Abog. Elsa Aguirre Huareccallo, se tramita el Expediente N° 912-2018-0-2301-JC-CI-03, seguido por ROGER ALBERTO MALDONADO GUTIERREZ en contra de JOSE ALFONSO ESPINOZA ALCAZAR Y OTROS, se expide Resolución N° 02 de fecha veintitrés de mayo del año dos mil dieciocho: RESUELVE admitir a trámite en vía de proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por ROGER ALBERTO MALDONADO GUTIEREZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE, en contra de ERNESTO ESPINOZA MERINO, EDGAR ELERY ESPINOZA MERINO, RONALD JOSE KENNY ESPINOZA MERINO, YOLANDA ESPINOZA MERINO, SHEYLA MACARENA ESPINOZA MERINO, PATRICIA GLENDA ESPINOZA MERINO, MONICA DIANA ESPINOZA MERINO Y JORGE ELIAS RODRIGUEZ MERINO (sucesores de la sociedad conyugal conformado por José Alfonso Espinoza Alcázar y Eloísa Merino de Espinoza), traslado a los demandados, a efecto que contesten en el plazo de DIEZ DIAZ, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Asimismo, publíquese un extracto de la demanda, en el diario oficial el Peruano y en el diario la República. Tacna, 05 de Junio del 2018. (3V/07, 08, 11 JUN). EDICTO Ante el Juzgado de Mixto-MBJ Alto de AlianzaTacna, Juez ESCALANTE MEDINA, LUIS, Expediente N° 00005-2018-0-2301-JM-CI-01, Especialista GUZMAN AFAN, JUAN, demandante HUALLPA PERCA, CRISTOBAL, con emplazamiento de la sucesión: PERKA DE HUALPA, ROSA. Proceso de EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACION. AUTOS, VISTO Y CONSIDERANDO:PRIMERO: PRIMERO: calificando la demanda y verificado los anexos acompañados, se tiene que reúne los requisitos exigidos por los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil para su admisibilidad y procedencia, concurriendo los presupuestos procesales y las condiciones de la acción exigidos por los preceptos citados. SEGUNDO: Que del acta de Conciliación con acuerdo total que se anexa, se establece una obligación cierta, expresa, exigible y líquida por el monto a que se contrae; y liquidable respecto a los intereses, por lo que adquiere mérito. Por estas consideraciones y de conformidad con el artículo único del Decreto Legislativo 1069, que modifica el artículo 688 del Código Procesal Civil, considerándolo como 688 inciso 04; y deroga los artículos 693, 696 y 697 del código adjetivo; incorporando los artículos 690 A), 690 B), 690 C), 690 D) y 695 del Código Procesal Civil. SE RESUELVE: ADMITIR en Vía del PROCESO UNICO DE EJECUCION la demanda sobre OBLIGACIÓN DE HACER -OTORGAMIENTO de ESCRITURA PUBLICA interpuesta por CRISTOBAL HUALLPA PERCA y EDILBERTO HUALLPA PERCA contra la Sucesión de quien en vida fue ROSA PERKA DE HUALLPA; en consecuencia NOTIFIQUESE a los sucesores de doña Rosa Perka de Huallpa por Edictos para que se apersonen al proceso y cumplan otorgar ESCRITURA PUBLICA conforme al acuerdo conciliatorio arribado por los demandantes con la causante, en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de hacerlo el Juzgado en caso de incumplimiento y en rebeldía del ejecutado; Agréguese a los autos los anexos que se adjunta. Tómese Razón y Hágase Saber. (3V/07, 08, 11 JUN).

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Jueves, 7 de junio de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE Tacna OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE INVESTIGACION Y VISITAS

“Año del Dialogo y la Reconciliación Nacional”

Tacna, 04 de junio del 2018. Oficio No 226-2018-UIV- ODECMA- CSJT-TACNA. SEÑOR GERENTE GENERAL: DIARIO LA REPUBLICA

CIUDAD.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de SOLICITARLE la publicación de la programación de la VISITA JUDICIAL ORDINARIA correspondiente al mes de junio del 2018: Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna am)

Martes 12 de junio del 2018 (8.00

Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria am)

Viernes 15 de junio del 2018 (8.00

Juzgado de Investigación Preparatoria de Gregorio Albarracín am)

Martes 19 de junio del 2018 (8.00

Juzgado de Investigación Preparatoria del M.B.l. Alto de la Alianza Viernes 22 de junio del 2018 (8.00 am)

Las visitas judiciales ordinarias programadas, se realizaran en los días y horas indicadas, durante las cuales los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas concernientes a los señores magistrados y personal respectivo, directamente en el Juzgado visitado, la labor jurisdiccional en las mencionadas dependencias proseguirá normalmente con las diligencias señaladas. La publicación se efectuará por tres días consecutivos y hábiles del 05, 06 y 07 de junio del año en curso.

PEDRO LIMACHE NINAJA Jefe de la Unidad de Investigación y Visitas-ODECMA Corte Superior de Justicia de Tacna

Jueves, 7 de junio de 2018

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA COMISIÓN DE SELECCIÓN PARA EL REGISTRO DE JUECES SUPERNUMERARIOS CONVOCATORIA La Comisión de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Tacna, designada mediante Resolución Administrativa N° 204-2018-P-CSJT-PJ, de conformidad con el Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ, a fin de complementar el Registro de Jueces Supernumerarios del Distrito Judicial de Tacna, para cubrir las siguientes plazas vacantes:

Juez Superior Juez Especializado Penal Unipersonal Supraprovincial Juez de Paz Letrado TOTAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

1.

REQUISITOS PARA POSTULAR:

Los generales establecidos en el Art. 4° de la Ley de la Carrera Judicial y los especiales previstos en los Arts. 7°, 8° y 9° de la citada Ley, según corresponda al nivel jerárquico donde se postula. 2.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD DE POSTULACION:

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-

Solicitud de postulación dirigida al Presidente de la Comisión con indicación expresa del nivel de postulación y especialidad como Juez Superior, Especializado, o Juez de Paz Letrado, los folios que contiene su expediente de postulación así como su correo electrónico a fin de poder realizar las notificaciones que corresponda; según formato (Anexo I) Dos fotografías de data reciente, tamaño Pasaporte Copia certificada de la Partida de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente Copia legalizada del Título de Abogado Constancia de Colegiatura del respectivo Colegio de Abogados con indicación de la fecha de incorporación y de encontrarse hábil. Fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o, en su caso, la dispensa respectiva. Declaración Jurada; según formato (Anexo II) Constancia de Registro de Sanciones, expedida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura correspondiente (sólo para el caso de Auxiliares Jurisdiccionales, así como para Abogados que vienen ejerciendo el cargo de Jueces Supernumerarios). Curriculum Vitae no documentado (con cargo a presentar el CV documentado para los postulantes que aprueben el examen escrito).

3.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

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COMUNICADO La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica a los señores y señoras litigantes, justiciables y abogados, que según lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 093-2018-CE-PJ, a partir de la fecha está permitido la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares.

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Publicación de la convocatoria en Diarios Oficiales, Boletín Judicial y página web institucional

Del 10 de abril al 07 de junio 2018

Presentación de documentos Verificación de documentos Notificación de observaciones Subsanación de observaciones Publicación de Nómina de Postulantes APTOS Presentación de Tachas Traslado de Tachas Absolución de Tachas Resolución de Tachas Comunicación de postulantes aptos Examen escrito elaborado y aplicado por la Comisión Calificación curricular Examen Psicológico y/o Psicométrico Entrevista Personal Publicación de nómina de postulantes seleccionados para aprobación de Sala Plena

Del 04 al 07 de junio 2018 Del 08 al 12 de junio 2018 13 de junio 2018 Del 14 al 18 de junio 2018 20 de junio 2018 21 de junio 2018 22 de junio 2018 02 de julio 2018 (5° día) Del 03 al 04 de julio 2018 05 de julio 2018 10 de julio 2018 12 de julio 2018 13 de julio 2018 16 de julio 2018 17 de julio 2018

En tal sentido, se han impartido las directivas necesarias para el cumplimiento de dicha resolución. Corte Superior de Justicia Tacna, abril de 2018

4.

ASPECTOS GENERALES:

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La solicitud y declaración jurada debe hacerse empleando de manera obligatoria los formatos establecidos en los Anexos I y II, los cuales se encuentran publicados en la Página Web de la Corte Superior de Justicia de Tacna, o pueden ser solicitados en la Puerta Principal de la Sede Central de esta Corte (Calle Inclán s/n – Esq. Presbítero Andía 4° Piso). A través de la página Web de la Corte Superior de Justicia de Tacna y del correo electrónico, la Comisión notificará oficialmente sus actuaciones, además por el correo electrónico del postulante remitirá las absoluciones a las tachas presentadas, de ser el caso. La Comisión tendrá a su cargo la evaluación de los curriculum vitae. Las tachas se presentarán por escrito, ante el Presidente de la comisión, debiendo adjuntar prueba sustentatoria, sin cuyo requisito no será admitida. De declararse fundada la tacha el postulante será eliminado automáticamente. El examen escrito es elaborado, aplicado y evaluado por la Comisión de Conformidad a la R.A. 125-2017-CE-PJ.

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5. LUGAR DE PRESENTACION: Las solicitudes y demás documentación de los postulantes, se hará en Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en Calle Inclán s/n Esq. Presbítero Andía en el horario de 08:00 a 13:30 en la mañana y de 14:30 a 17:00 en la tarde, atención de lunes a viernes.

Tacna, 10 de abril 2018.

LA COMISION

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

ROL DE AUDIENCIAS MODULO PENAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA DIA JUEVES 7 DE JUNIO 2018 Nro. Expediente Organo Jurisdiccional Sala Audiencia 1 2001-05008-0 SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 2 2015-01086-53 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 3 1997-05092-0 SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 4 1997-05092-0 SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 5 1997-05092-0 SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 6 2004-05022-0 SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 7 2015-02744-46 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 8 2014-01400-12 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 9 2014-01400-12 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 10 2014-01400-12 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 11 2015-00004-24 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 12 2015-00961-3 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 13 2016-01792-27 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 14 2016-02569-3 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 02 PENAL DE POCOLLAY 15 2016-02548-23 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 16 2016-02548-23 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 17 2009-01847-16 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 18 2016-02544-94 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 19 2016-02544-94 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 20 2017-00149-98 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 21 2017-00391-40 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 22 2016-02714-95 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 23 2016-02714-95 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 24 2016-01736-14 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 25 2017-01648-68 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 26 2016-01244-22 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 1ER PISO 27 2017-02530-79 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 1ER PISO 28 2018-01213-0 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 1ER PISO 29 2017-02311-7 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 1 JIP. - 1ER PISO 30 2015-01952-72 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 31 2015-01952-72 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 32 2014-02390-42 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 33 2015-01277-53 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 34 2015-01277-53 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 35 2015-02377-0 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 36 2016-00271-37 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 37 2016-00271-37 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 38 2016-00271-37 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 39 2015-01602-28 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 40 2017-00168-27 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 41 2014-00957-53 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 42 2014-00957-53 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 43 2016-02161-91 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 44 2015-02168-89 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 45 2015-02168-89 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 46 2015-02168-89 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 47 2015-02168-89 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 48 2017-01121-4 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 49 2017-02480-63 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 50 2017-02483-18 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 51 2017-01379-1 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 52 2017-02466-0 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 53 2017-00378-31 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 54 2017-01744-45 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 55 2018-01219-0 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 56 2018-00936-0 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 57 2015-00944-28 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 58 2017-01929-4 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 59 2016-02495-97 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 60 2018-01127-0 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 61 2014-01240-91 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 62 2014-01839-67 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 63 2016-02195-89 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 64 2016-00384-9 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 65 2015-01617-6 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 66 2015-01617-6 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 67 2016-01134-47 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 68 2014-01796-89 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 69 2015-02886-68 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 70 2015-02886-68 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 71 2015-02886-68 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 72 2014-00328-85 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 73 2014-00328-85 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 74 2013-01068-9 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 75 2014-01811-48 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 76 2016-00549-37 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL SALA 4 JIP - 1ER PISO 77 2018-01165-0 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 78 2018-01162-0 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 79 2018-01160-0 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 80 2018-01033-0 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 81 2017-01849-17 J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 82 2018-01501-80 J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 83 2017-02190-80 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 84 2017-02190-80 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 85 2017-02502-71 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 86 2018-01060-0 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 87 2015-01618-9 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 88 2015-02259-88 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 89 2015-02259-88 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 90 2011-01825-48 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 91 2011-01825-48 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 92 2016-00480-32 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 93 2015-02023-42 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO

Hora 08:15 09:00 10:00 10:00 10:00 11:00 11:30 12:00 12:00 12:00 15:00 16:00 16:31 13:15 09:00 09:00 09:31 10:15 10:15 10:50 11:30 12:10 12:10 12:45 13:15 09:00 10:00 11:00 12:00 08:15 08:15 09:00 09:20 09:20 10:00 11:00 11:00 11:00 11:40 12:45 15:30 15:30 16:00 16:20 16:20 16:20 16:20 08:30 09:00 09:30 10:00 11:00 12:00 13:00 15:00 15:30 09:00 10:00 11:00 12:30 08:20 09:20 10:00 10:40 11:20 11:20 12:00 12:40 15:00 15:00 15:00 15:30 15:30 16:00 16:30 09:00 09:00 10:00 11:00 12:00 09:00 11:00 10:00 10:00 12:00 15:00 14:55 15:00 15:00 16:00 16:00 17:00 17:16

Jueves, 7 de junio de 2018

Tipo de Audiencia CONTINUACION DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE APELACION DE SENTENCIA CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUCIO ORAL APELACION DE SEMI LIBERTAD SENTENCIA ABSOLUTORIA SENTENCIA ABSOLUTORIA SENTENCIA ABSOLUTORIA APELACION DE SENTENCIA AUDIENCIA DE APELACION DE SENTENCIA CONTINUACION DE APELACION DE SENTENCIA SENTENCVIA AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL JO JO JO CON JUICIO ORAL JO JO JO JO JO AUDIENCIA CONTROL DE CAUSACION ACUSACION- LESIONES LEVES AUDIENCIA CONTROL DE CAUSACION AUDIENCIA CONTROL DE ACUSACION ORALIZACION ORALIZACION INICIO DE JUICIO ORAL VIDEO VIDEO QUERELLA INICIO ALEGATOS FINALES ALEGATOS FINALES ALEGATOS FINALES CONTINUACIÓN DE JUCIO ORAL TESTIGOS CONT JUICIO ORAL LECTURA DE SENTENICA CONT JUICIO ORAL LECTURA DE SENTENICA LECTURA INTEGRA DE SENTENCIA CONTINUACIÓN // ORALIZACION CONTINUACIÓN // ORALIZACION CONTINUACIÓN // ORALIZACION CONTINUACIÓN // ORALIZACION REPRO AMONESTACION AMONESTACION OAF AMONESTACION OAF OAF SENT 6-7-17 / 2X2 HURTO AGRAVADO SENT OAF SENT 1-317 / 1.6 AMONESTACION OAF REPROGRAMACION AMONESTACION/ESTAFA GENERICA AUDIENCIA DE TERMINACION ANTICIPADA AUDIENCIA CONTROL DE SOBRESEIMINETO REPROGRAMADA CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL CONTINUACION DE JUICIO ORAL ALEGATOS FINALES REPROGRAMADA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO AUDIENCIA DE PRISIÓN PRVENTIVA SIN DETENIDO AUD DE CONTROL DE ACUSACION AUD DE CONTROL DE ACUSACION AUDIENCIA DE CONTROL DE LA ACUSACION AUDIENCIA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO CONT JUICIO ORAL CONT JUICIO ORAL TESTIGOS VIDEOCONFERENCIA CONT JUICIO ORAL TESTIGOS VIDEOCONFERENCIA CONT JO VIDEOCONFENCIA CONT JO VIDEOCONFENCIA CONT JO CONT JUICIO ORAL

Delito Violación sexual de Menor ( entre 14 años y menos de 18 años) Estafa genérica Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Microcomercialización o microproducción. Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas. Violación sexual de menor de edad (menor de 10 años) Actos contra el pudor en menores Actos contra el pudor. Secuestro Robo Agravado Robo Agravado Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas. Robo. Asesinato Robo. Robo Agravado Violación sexual de Menor ( entre 14 años y menos de 18 años) Actos contra el pudor en menores (edad víctima: 10-14 años). Formas Agravadas de la Trata de Personas Robo Agravado Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Fabricación, suministro o tenencia ilegal de armas Robo Agravado Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas. Violación sexual de menor de edad Robo Agravado Lesiones leves Lesiones leves por Violencia Familiar Violación a persona en estado de inconsciencia o de resistir. Usurpación Ursurpación Agravada Homicidio culposo Usurpación Ursurpación Agravada Difamación Falsificación de documentos Falsedad ideológica. Abuso de autoridad. Violación de domicilio Posesión indebida de celulares en establecimiento penitenciario Usurpación Ursurpación Agravada Estafa agravada Falsedad genérica. Usurpación de funciones.o autoridad Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo Incumplimiento de deberes funcionales. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Hurto agravado. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Estafa genérica Falsificación de documentos Lavado de Activos Uso de documentos falsos. Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo Usurpación Homicidio culposo Abuso de autoridad. Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Formas agravadas del delito de violencia y resistencia a la autoridad Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo Peculado Peculado Hurto simple. Hurto Agravado Hurto agravado. Daño agravado Falsedad genérica. Uso de documentos falsos. Lavado de Activos Lesiones leves por Violencia Familiar Lesiones leves por Violencia Familiar Lesiones leves por Violencia Familiar Lesiones leves por Violencia Familiar Lesiones leves por Violencia Familiar Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Formas agravadas del delito de violencia y resistencia a la autoridad Hurto Agravado Omisión de asistencia familiar Lavado de Activos Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Comercialización y cultivo de amapola y marihuana Asesinato Actos contra el pudor en menores

Jueves, 7 de junio de 2018

7

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Crónica Judicial FECHA: 18 DE DICIEMBRE DEL 2018

FECHA: 20 DE DICIEMBRE DEL 2018

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA INFORMES ORALES

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

NO HUBO INFORMES ORALES

CANTIDAD DE RESOLUCIONES

EXPEDIENTE

RESOLUCIONES DE VISTA: 00

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA

RES.

AUTOS: 04 DECRETOS: 33

-------------------------------------------MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

1584-2017-CI

ELIDA MAMANI TELLEZ

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1554-2017-CI

MARIA CASTILLO CALLO

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1808-2017-CI

INES URRUTIA TAPIA

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1562-2017-CI

ALBERTO ALE ALE

D.R.S.T.

P.CUMPLIMIENTO

Auto

1682-2017-CI

DOROTEA HERENCIA M.

D.R.S.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

43-2017-CI

EDWIN CESPEDES GOMEZ S.

REC. RES JUD.

Sentencia

INFORMES ORALES

NO HUBO INFORMES ORALES

FECHA: 19 DE DICIEMBRE DEL 2018 PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

CANTIDAD DE RESOLUCIONES

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA

RES.

RESOLUCIONES DE VISTA: 00

438-2016-CI

SINDICATO TRABAJ.SUTEP

PROC.GOB REGI TACNA

P.AMPARO

Sentencia

AUTOS: 02

2936-2016-FC

DENNY CALIZAYA HUAMAN

BRADDY VELASQUEZ FLORES

TENENCIA

Sentencia

848-2017-CI

MARIO MIRELES ALBARADO

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

DECRETOS: 08

1853-2017-CI

ALEJANDRO SOTO COLLANTES

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1822-2017-CI

IRMA DELGADO MALAGA

D.R.S.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1637-2017-CI

RUTH ROMANI CRUZ

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1939-2017-CI

LUZMILA ZEBALLOS ESPINOZA

D.R.E.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

INFORMES ORALES

NO HUBO INFORMES ORALES

CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 02

--------------------------------------------MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

DECRETOS: 09

--------------------------------------------MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

8

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

FECHA: 21 DE DICIEMBRE DEL 2018 PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

7.

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA

RES.

1399-2017-CI

NERY ROMERO DE CORNEJO

D.R.S.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1657-2017-CI

ESTHER VILLASANTE CHAMBI

D.R.S.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

1374-2017-CI

DEMETRI MAQUERA MAMANI

D.R.S.T.

P.CUMPLIMIENTO

Sentencia

8.

INFORMES ORALES

NO HUBO INFORMES ORALES

9. DESPACHO 1.

2.

3.

4.

5.

6.

EXP. NRO. 220-2015-FC.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número dieciséis de fecha veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, que corre a fojas ciento vientres a ciento veintisiete; que declara FUNDADA en parte la demanda que corre de fojas seis a nueve, interpuesta por doña Virginia Coaquira Ticona sobre Tenencia y acumulativamente de Alimentos, en contra de don Darwin Gómez Coaquira, respecto de la menor Cristina Aracely Gómez Coaquira. En consecuencia, se dispone que la madre Virginia Coaquira Ticona continúe ejerciendo la Tenencia de su menor hija Cristina Aracely Gómez Coaquira, teniendo en cuenta los deberes y derechos que la ley le señala. En consecuencia, FIJO un régimen de visitas a favor del demandado don Darwin Gómez Coaquira, el cual podrá visitar a su menor hija Cristina Aracely Gómez Coaquira los días sábados y domingos de cada semana en el horario comprendido entre las nueve y las diecisiete horas. SE ORDENA que el demandado don Darwin Gómez Coaquira acuda a su menor hija Cristina Aracely Gómez Coaquira con la pensión alimenticia de S/. 300.00 (Trescientos Soles), pensión que se fija en forma mensual y adelantada, la misma que regirá a partir del día siguiente de la notificación con la demanda. Y póngase en conocimiento del demandado, que en caso de incumplimiento en el pago de las pensiones alimenticias, puede ser declarado deudor alimentario moroso y ser inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, de conformidad con lo establecido en la Ley número 28970. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 3369-2016-20-FC.- CONFIRMARON la Resolución número tres, contenida en el acta de audiencia especial de fecha dos de noviembre del año dos mil dieciséis, que corre a fojas dieciocho a veinte; que resuelve: DICTAR como medidas de protección a favor de la adolescente D.L.P.CH de 13 (trece) años de edad; A) Que, el denunciado Richard Fernando Quispe, se abstenga de cualquier tipo de agresión, ya sea física, psicológica o sexual respecto de la parte de la adolescente D.L.P.CH.; B) Se Prohíbe al denunciado acosar u hostigar a la adolescente D.L.P.CH., debiendo evitar cualquier tipo de contacto o acercamiento físico a la misma y mantenerse a una distancia de por lo menos trescientos metros de la misma, debiendo para el efecto brindársele protección policial inmediatamente sea requerido, con cuyo fin se cursará el oficio correspondiente a la Comisaría del Sector de su domicilio. C) Ordeno el retiro del denunciado Richard Fernando Quispe del domicilio ubicado en Av. Alto Lima Nº 1469, interior 113, la que deberá ser ejecutada por la Policía Nacional del Perú; D) Que, la adolescente agraviada, su madre y el denunciado reciban tratamiento psicológico; así como, que se efectué un seguimiento médico, educativo y socio familiar sobre la situación de la adolescente la adolescente D.L.P.CH, a cargo del personal del equipo multidisciplinario, para lo cual se cursará el oficio correspondiente. Póngase en conocimiento de las partes, que el incumplimiento de las medidas de protección dictadas implicará que incurran en el delito de Resistencia o Desobediencia a la autoridad, correspondiendo de ser el caso, formular la denuncia penal correspondiente; haciéndose conocer además que las medidas dispuestas se encontrarán vigentes hasta que se emita la sentencia en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria, salvo que estos pronunciamientos sean impugnados. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1808-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número tres, de fecha dos de noviembre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas treinta y tres a treinta y ocho; que declara FUNDADA la demanda interpuesta por Inés Urrutia Tapia De Herrera, sobre Proceso Constitucional de Cumplimiento, en contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna con emplazamiento de la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Tacna. Ordenar que la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral UGEL Tacna N° 2670, donde se reconoce y otorga a la demandante, el subsidio por luto y gastos de sepelio, por un monto de dos mil ochocientos quince con 72/100 soles (S/. 2,815.72). En consecuencia debe proceder a iniciar el procedimiento respectivo de pago señalado en la ley del sistema de presupuesto; conforme con los artículos 22° y 59° del Código Procesal Constitucional y en concordancia con el artículo 47° del T.U.O. de la Ley N° 27584, en el plazo de diez días Hábiles. Exonerar del pago de costas y condenar al pago de costos del proceso a la parte vencida. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1682-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número tres, de fecha treinta de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas veintiséis a treinta y uno; que declara Fundada la demanda de fojas seis a ocho, interpuesta por Dorotea Gabina Herencia Montes De Oca Vda. De Bolaños, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Salud Tacna, representada por su Director Claudio Willbert Ramírez Atencio, con citación del Procurador Público del Gobierno Regional, en consecuencia, ordena que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Regional cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 1293-2015-DEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha trece de octubre del dos mil quince, en sus propios términos; por lo que debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor de la demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22° del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor de la demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1562-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la Resolución número cuatro, de fecha treinta de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas veintinueve a treinta y cuatro; que declara Fundada la demanda de fojas seis a ocho, interpuesta por Alberto Ale Ale, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Salud de Tacna, representada por su director Claudio Willbert Ramírez Atencio, con citación del Procurador Público del Gobierno Regional, en consecuencia, Ordena que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Regional cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa número 1273-2015-DEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG. TACNA, de fecha trece de octubre del dos mil quince, en sus propios términos; por lo que debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor del demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22° del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor del demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1554-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número tres, de fecha veinticinco de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas veintidós a veintiséis; en el extremo que declara FUNDADA en parte la demanda de fojas cinco y siguientes, interpuesta por Angélica María

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Jueves, 7 de junio de 2018

Castillo Callo, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. En consecuencia, Dispongo: Que la parte demandada cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral Regional número, 003626 de fecha cuatro de julio del año dos mil trece; debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la Ley del Sistema de Presupuesto, en el plazo de diez días, con costos del proceso a cargo de la parte vencida. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 202-2016-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número veintidós de fecha veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete, que corre a fojas ciento ochenta y cuatro a ciento noventa y tres; en el extremo que declara FUNDADA en parte la demanda, de folios diecinueve a veintitrés subsanado a fojas veintitrés sobre desalojo por ocupante precario, interpuesta por Miryam Lourdes Gonzáles Zúñiga debidamente representada por Yenny Tesillo Mita en contra de Angélica Agustina Mamani Flores con la intervención de las litisconsortes necesarias pasivas Keyla Andrea Chávez Mamani y Milagros Chávez Mamani. En consecuencia, la parte demandada debe entregar la posesión de la propiedad inmueble ubicada en la Calle Tarapacá N° 95Cercado con Partida Registral N° 05018330 inscrita en el Libro de Propiedades Inmuebles de Registros Públicos de Tacna, en el plazo de seis (06) días, bajo apercibimiento de lanzamiento. Con el pago de una multa de 02 URP que deberá cancelar la demandada Angélica Agustina Mamani Flores. Con costas y costos del proceso a cargo de la parte vencida. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 621-2012-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número veintiséis, de fecha once de abril del año dos mil dieciséis, que corre a fojas trescientos noventa y ocho a cuatrocientos doce, que declara INFUNDADA la demanda de fojas ciento cinco y siguientes, interpuesta por la empresa Distribuciones Generales S & S S.R.L. representada por el Gerente General Mauro Sardón Gallegos en contra del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Segunda Sala Especializada en Tributos Internos del Tribunal Fiscal, la Intendencia Regional de la SUNAT –Tacna; en consecuencia: A) Declarar INFUNDADA la pretensión de nulidad e insubsistencia de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 00646-2-2012 de fecha 13.01.2012, la Resolución de Intendencia N° 1150140000675/SUNAT de fecha 31.08.2006, las Resoluciones de Determinación del N° 1120030001799 al N°1120030001811 y, Resoluciones de Multa N° 1120020002268 al N° 1120020002280 de fecha 23.07.2008; B) Declarar INFUNDADA la pretensión de como consecuencia de la nulidad, se declare sin efecto legal (ineficaz) los valores de cobranza, contenidos en las resoluciones de Determinación N° 1120030001799 al N° 1120030001811 y, Resoluciones de Multa N° 1120020002268 al N° 1120020002280, giradas por el impuesto general a las ventas, impuesto a la renta y presuntas infracciones tributarias correspondientes al Periodo 2002. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 212-2010-CI.- a) CONFIRMARON la Resolución número sesenta y cinco, contenida en el acta de audiencia de pruebas de fecha veintiocho de abril del año dos mil quince, que corre a fojas quinientos noventa y cuatro a quinientos noventa y cuatro; que declara INFUNDADA la tacha deducida en contra de los medios probatorios ofrecidos en los puntos 2, 3 y 4 descrita en el primer considerando. CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número setenta y ocho de fecha veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, que corre a fojas setecientos trece a setecientos diecisiete; que declara INFUNDADA en todos sus extremos la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio interpuesta por la demanda de Prescripción Adquisitiva interpuesta por Martina Arocutipa viuda De Valdez en contra de Evaristo Arocutipa Mamani y otros. Sin costas ni costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1835-2017-CI.- CONFIRMARON el Auto contenido en la Resolución N° 01 de fecha cinco de setiembre del dos mil diecisiete, corriente de fojas ciento diez a ciento doce, mediante el cual se resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE LA DEMANDA sobre acción de Amparo interpuesta por ANTONIETA AROCUTIPA QUISPE. En consecuencia SE DISPONE el archivo del expediente y la devolución de los anexos acompañados a la demanda una vez consentida o ejecutoriada la presente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 2087-2015-CI.- DECLARARON NULA la Sentencia contenida en la Resolución N° 40 de fecha diez de agosto del dos mil diecisiete, de fojas cuatrocientos cuarenta y cuatro y siguientes, que falló: DECLARAR FUNDADA la demanda de fojas cincuenta y cinco y siguientes, interpuesta por ALFREDO ALVARO PONCE LOPÉZ en contra de Procurador Público Ad Hoc del Gobierno Regional de Tacna, sobre DESALOJO POR OCUPACIÓN PRECARIA en contra de la ASOCIACION DE POBLADORES DE LA URBANIZACION MIGUEL GRAU representada por Carmen Asunta Pérez Quispe, y de la litisconsorte necesaria pasiva María Elena Ticona Cañari; con lo demás que contiene. ORDENARON que el A quo proceda conforme a los considerandos de la presente y prosiga el proceso de acuerdo a ley. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 882-2016-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la Resolución N° 14 de fecha cuatro de setiembre del dos mil diecisiete, de foja ciento cuatro y siguientes, que resuelve: PRIMERO: EN CUANTO A LA PRETENSION DE RECONOCIMIENTO DE TENENCIA, no es menester pronunciarse por cuanto las partes han llegado a un acuerdo conciliatorio conforme aparece del acta de folios cuarenta y tres. SEGUNDO: FIJO un Régimen de Visitas a favor del demandado IVES ALEJANDRO VIZCARRA EDUARDO, en virtud del cual éste podrá visitar a su menor hijo YVES SANTIAGO VIZCARRA BORNAZ, los días sábados, en horario comprendido entre las nueve y dieciséis horas, con externamiento. SIN COSTAS, NI COSTOS. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1822-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución N° 03 de fecha treinta de octubre del dos mil diecisiete, corriente de fojas veintiséis y siguientes, que resuelve: DECLARANDO FUNDADA la demanda de fojas diez a doce, interpuesta por IRMA GLADYS DELGADO MALAGA y GUILLERMINA MENENDEZ DE PINO, sobre Proceso de Cumplimiento contra la DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA, representada por su director Claudio Willbert Ramírez Atencio, con citación del PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL, en consecuencia ORDENO que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Regional cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa número 1292-2015- DEGDRRHHDRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha trece de octubre del dos mil quince y Resolución Administrativa número 1418-2015- DEGDRRHHDRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha once de noviembre del dos mil quince, en sus propios términos; por lo que debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor de la demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor de la demandante. CORRIGIERON la resolución N° 03 de fecha treinta de octubre del dos mil diecisiete, en la parte resolutiva, en el extremo que consigna como nombre de la co-demandante: “GUILLERMINA MENENDEZ DE PINO”, siendo lo correcto: “GUILLERMINA MENENDEZ DE PINTO”. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1637-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución N° 03 de fecha diecinueve de setiembre del dos mil diecisiete, obrante de fojas veinte y siguientes, donde se resuelve: DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por RUTH FRANCISCA ROMANI CRUZ, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna; en consecuencia ORDENO que la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna a través de su Directora Edith Anahua Tellez cumpla con lo dispuesto en: a) la Resolución Directoral Regional 003670 de fecha 5 de julio del 2013, donde se reconoce en vía de regularización el crédito devengado sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente, a favor de la demandante por el importe de S/. 72,464.63 (setenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cuatro con 63/100 soles); y b) la Resolución Directoral Regional 00888 de fecha 17 de marzo del 2014, donde se reconoce en vía de regularización el crédito devengado sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente, a favor de la demandante por el importe de S/. 4,758.54 (cuatro mil setecientos cincuenta y ocho con 54/100 soles); debiendo abonarse los intereses legales, más costos del proceso. En consecuencia debe proceder a iniciar el proceso respectivo de pago; conforme lo establece los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional, debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la ley del sistema de presupuesto, en el plazo de diez días. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 2033-2007-19-FC.- DECLARARON NULO el auto contenido en la Resolución N° 54 de fecha primero de setiembre del dos mil diecisiete, corriente en copia a foja cincuenta y ocho, que resuelve: Declarar IMPROCEDENTE la observación de liquidación de pensiones devengadas presentada con fecha veintidós de agosto del año dos mil diecisiete por DANIEL ERICK SIFUENTES SANJINEZ por extemporáneo. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1513-2015-88-FC.- DECLARARON NULO el auto contenido en la resolución N° 07 de fecha trece de julio del dos mil diecisiete, obrante en copias de fojas ciento treinta y cuatro y siguientes, que resuelve: 1. Declarar IMPROCEDENTES las excepciones de Caducidad y Falta de Legitimidad para obrar del demandante propuestas por las demandadas Elida Yesenia Linaja Silva y Reyna Delia Linaja Silva, a fojas treinta y cuatro a cuarenta y tres, y, de fojas ochenta y dos a noventa y dos, respectivamente; 2. Declarar SANEADO el proceso, por tanto, declaro la existencia de una relación jurídico procesal valida, y, 3. CUMPLAN las partes, dentro del plazo del tercer día de notificados con proponer al juez los puntos controvertidos, bajo apercibimiento de que los realice el Juzgado. ORDENARON que el A quo proceda a emitir nueva resolución teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ.

Jueves, 7 de junio de 2018

17. EXP. NRO. 533-2012-67-CI.- DESAPROBARON el auto venido en consulta, resolución número catorce, corriente a folios ciento sesenta y seis, de fecha cuatro de octubre del año dos mil diecisiete, mediante el cual, la señora Magistrada del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Carmen Nalvarte Estrada, resuelve abstenerse de conocer el presente proceso y remítase al Juzgado Especializado en lo Civil de Turno de Tacna, para que continúe con su trámite. DISPUSIERON que, la Señora Jueza Carmen Nalvarte Estrada, a cargo del Primer Juzgado Civil de Tacna se avoque al conocimiento de la causa y continúe con su trámite según su estado; con conocimiento de la señorita Juez del Segundo Juzgado Civil de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. 18. EXP. NRO. 1029-2016-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número veintitrés, de fecha veinte de octubre del dos mil diecisiete, obrante de folios doscientos cuarenta y dos a doscientos cincuenta, en el extremo que resuelve declarar FUNDADA la demanda de Desalojo por ocupación precaria interpuesta por Alejandro Alonso Naveda Chiri en contra de Lidia Adriana Girón de Chiri, Jessica María Chiri Girón y Eda María Chiri Girón. En consecuencia, DISPONE: Que la parte demandada, desocupe y entregue a la parte demandante la posesión del inmueble materia de desalojo que tiene un área: A.T. 153.14 m2 y A.O. 169.32 m2, dicho bien inmueble se encuentra ubicado en Calle Zela (antes Calle Sucre) N° 912, departamento 301 del tercer piso, Inscrita en la Partida Registral N° 05004790, de la Zona Registral N° XII – Sede Tacna; dentro del plazo de seis días de consentida o ejecutoriada quede la presente, bajo apercibimiento de lanzamiento. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. 19. EXP. NRO. 2222-2012-FC.- DECLARARON NULA la sentencia apelada, emitida mediante resolución número treinta y seis, de fecha cinco de mayo del dos mil diecisiete, corriente de folios trescientos setenta a trescientos setenta y cuatro, que falla: PRIMERO: Declarando FUNDADA en parte la demanda de Reconocimiento de Tenencia y Alimentos de fojas nueve a catorce, interpuesta por Edwin Garnica de la Sota en contra de Jessica Muñiz Huamán. SEGUNDO: ORDENANDO se RECONOZCA el derecho del demandante de ejercer la Tenencia del adolescente Aarón Leonardo Garnica Muñiz, quien deberá permanecer a su lado y bajo su cuidado directo; FIJANDO como Régimen de Visitas a favor de la demandada, que pueda visitar a su hijo los días en que se encuentre en la ciudad del Cusco, en el horario comprendido entre las nueve de la mañana y las ocho de la noche, siempre que no se interrumpa su horario escolar. TERCERO: ORDENANDO que la demandada acuda a su hijo Aarón Leonardo Garnica Muñiz con una pensión alimenticia mensual y adelantada, equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del total de los ingresos que perciba, previos descuentos de ley, pensión que se hará efectiva a partir del día siguiente de la notificación con la demanda; debiendo la obligada tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 28970 en caso de incumplimiento, tal como se ha estipulado en el último considerando. MANDARON que, la señorita Juez de la causa expida nueva sentencia con arreglo a ley, corrigiendo las irregularidades incurridas, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, guardando el derecho al debido proceso y con ello a la tutela jurisdiccional efectiva así como el deber de motivación. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. 20. EXP. NRO. 1818-2017-CI.- DECLARARON NULA la resolución número dos, emitida con fecha nueve de octubre del dos mil diecisiete, corriente a folios ciento ochenta y nueve y ciento noventa, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda presentada por Juan Renee Lagos Cárdenas, sobre Indemnización por Daños y Perjuicios, disponiéndose el Archivamiento Definitivo, debiendo devolverse a la parte los originales de los anexos adjuntados a su demanda, en forma personal, dejándose copias en su lugar, con lo demás que contiene. MANDARON que, la señorita Juez de la causa emita nueva resolución con arreglo a ley, calificando debidamente la demanda presentada, teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa de la presente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ.

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA INFORMES ORALES

NO HUBO INFORMES ORALES DESPACHO 1.

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AUTOS: 02 DECRETOS: 16 7.

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---------------------------------------MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

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FECHA: 22 DE DICIEMBRE DEL 2018

CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 20

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

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EXP. NRO. 1704-2017-CI.- CONFIRMARON la resolución número dos, emitida el veintidós de setiembre del dos mil diecisiete, corriente a folios treinta y seis a treinta y siete, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda sobre impugnación de acuerdos interpuesto por Esteban Jaillita Fernández; en consecuencia, se dispone el archivo definitivo del expediente, y la devolución de los anexos acompañados a la demanda. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1374-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número tres, del veinticinco de setiembre del año dos mil diecisiete, corriente de folios veintiuno a veintisiete, que falla declarando: PRIMERO: FUNDADA, la demanda de fojas siete a nueve, interpuesta por Demetrio Baltazar Maquera Mamani sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, representada por Edith Anahua Téllez, y con citación del Procurador Publico del Gobierno Regional. SEGUNDO: ORDENO que la Dirección Regional de Educación de Tacna a través de su Directora Regional cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral Regional número 002483 de fecha dos de noviembre del dos mil dieciséis, en sus propios términos; en consecuencia debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor del demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Con pago de intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia y los costos del proceso a favor del demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1584-2017-CI.- CORRIJIERON la sentencia emitida mediante resolución número tres, del uno de setiembre del año dos mil diecisiete, corriente de folios veinte a veintisiete, en el extremo que consigna erróneamente “S/.04,922.02”, siendo lo correcto “S/ 4,922.02”. CONFIRMARON la misma sentencia en el extremo que falla declarando FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por Elida Haydee Mamani Téllez, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna; en consecuencia ORDENO que la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna a través de su Directora Edith Anahua Téllez cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral Regional número 000976 de fecha veinte de marzo del dos mil catorce que reconoce el crédito devengado en vía de regularización sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, a la demandante por el importe de S/.4,922.02 (Cuatro mil novecientos veintidós con 02/100 soles); así mismo de cumplimiento a la Resolución Directoral Regional número 003627 de fecha cuatro de julio de dos mil trece, que reconoce el crédito devengado en vía de regularización sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, a la demandante, por el importe de S/. 72, 171.09 (Setenta y dos mil ciento setenta y uno con 09/100 soles). Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1939-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia emitida mediante resolución número cuatro, de fecha veintiséis de octubre del dos mil diecisiete, corriente de folios veinte a veinticinco, que falla declarando: IMPROCEDENTE la demanda acumulada sobre acción de cumplimiento interpuesta por Luzmila Adela Zeballos Espinoza en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Sin costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1399-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número cinco, del dos de octubre del año dos mil diecisiete, corriente de folios treinta y siete, que falla declarando FUNDADA, la demanda de fojas seis a ocho, interpuesta por Nery Celia Romero de Cornejo, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Salud de Tacna, representada por su director Claudio Willbert Ramírez Atencio, con emplazamiento a la Procuraduría del Gobierno Regional de Tacna, en consecuencia, ORDENO que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa número 543-2016-EARRHH-DEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG.TACNA de fecha catorce de junio del dos mil dieciséis, en sus propios términos; en consecuencia debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor de la demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor de la demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1657-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número tres, del diecinueve de setiembre del año dos mil diecisiete, corriente de folios veintiuno a veintisiete, que falla declarando FUNDADA la demanda interpuesta por Esther Villasante Chambi, sobre Proceso de Cumplimiento contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna; en consecuencia ORDENO que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Claudio Wilbert Ramírez Atencio cumpla con la Resolución Administrativa número 1252-2015-DEGRRHHDRS.T/GOB.REG.TACNA del doce de octubre del dos mil quince en el extremo que se otorga a la demandante como personal cesante, el pago del interés legal efectivo generados por aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia 037-94 por el monto de S/. 47,970.86 (cuarenta siete mil novecientos setenta con 86/100 soles). Con costos del proceso. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 2936-2016-FC.- CONFIRMARON la sentencia apelada, emitida mediante resolución número doce, corriente de folios setenta y seis a setenta y nueve, de fecha quince de setiembre del dos mil diecisiete, que declara Fundada en parte la demanda de Alimentos interpuesta por Denny Susan Calizaya Huamán, en representación de la menor Brenda Susan Velásquez Calizaya en contra de Braddy Alfredo Velásquez Flores, ordena que el demandado acuda a su menor hija Brenda Susan Velásquez Calizaya con una pensión alimenticia de trescientos veinte soles mensuales, pensión que se hará efectiva a partir del día siguiente de la notificación con la demanda. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1055-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución N° 03 de fecha veintiséis de setiembre del dos mil diecisiete, obrante de fojas dieciocho y siguientes, donde se resuelve: 1) Declarar FUNDADA EN PARTE la demanda de folios cinco y siguientes, interpuesta por YOVANA VICTORIA POMA ALE, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. En consecuencia, Dispongo: Que la parte demandada CUMPLA con lo dispuesto en la Resolución Directoral Regional número, cero cero tres mil cuatrocientos cinco de fecha veintiuno de octubre del año dos mil catorce. 2) INFUNDADA la pretensión sobre el pago de intereses legales, conforme lo establecen los artículos 22° y 59° del Código Procesal Constitucional; debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la Ley del Sistema de Presupuesto, en el plazo de diez días bajo apercibimiento de ley, con costos del proceso a cargo de la parte vencida. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y TITO PALACIOS. EXP. NRO. 1577-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución N° 06 de fecha diecinueve de setiembre del dos mil diecisiete, corriente de fojas treinta y siete y siguientes, que resuelve: DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por GINA EDITH SIÑA MAMANI, sobre Proceso de

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Cumplimiento contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna; en consecuencia ORDENO que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Claudio Wilbert Ramírez Atencio cumpla con la Resolución Administrativa N° 1253-2015-DEGDRRHHDRS.T/GOB.REG.TACNA del 12 de octubre del 2015 en el extremo que se otorga a la demandante como personal cesante, el pago del interés legal efectivo generados por aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia 037-94 por el monto de S/. 16,897.83 (dieciséis mil ochocientos noventa y siete con 83/100 soles). Con costos del proceso. En consecuencia debe proceder a iniciar el proceso respectivo de pago; conforme lo establece los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional, debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la ley del sistema de presupuesto, en el plazo de diez días. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y TITO PALACIOS. EXP. NRO. 848-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución N° 03 de fecha dieciocho de mayo del dos mil diecisiete, obrante de fojas veinte y siguientes, donde se resuelve: 1. DECLARAR FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por MARIO RICARDO MIRELES ALBARADO, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. ORDENO que la Unidad de Gestión Educativa Local Tacna a través de su Director cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral UGEL N° 000134 de fecha 23 de enero del 2017, donde se reconoce al demandante adeudos de ejercicios anteriores por un monto de S/. 34,374.52 soles (treinta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro con 52/100 soles), por bonificación especial por preparación de clases y evaluación, con condena de costos del proceso. En consecuencia debe proceder a iniciar el proceso respectivo de pago; conforme lo establece los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional, debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la ley del sistema de presupuesto, en el plazo de diez días. 2. IMPROCEDENTE en el extremo que se solicita el pago de intereses legales. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1853-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución N° 04 de fecha veintiséis de octubre del dos mil diecisiete, obrante de fojas veintidós a veintisiete, mediante la cual se resuelve declarando: IMPROCEDENTE la demanda acumulada sobre Acción de Cumplimiento interpuesta por Alejandro Primitivo Soto Collanca en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna. Sin Costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1324-2015-FC.- CONFIRMARON la resolución N° 20 de fecha dos de noviembre del dos mil dieciséis, obrante a foja 251 y 252, donde se declara IMPROCEDENTE el ofrecimiento de medios probatorios extemporáneos solicitado mediante escrito de folios doscientos treinta y cuatro y siguientes. CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución N° 28 de fecha siete de agosto del dos mil diecisiete, que corre de foja 294 a 308, donde se resuelve: PRIMERO: FUNDADA la demanda de fojas dieciocho a veinticinco, en cuanto se refiere a la pretensión principal de RECONOCIEMIENTO DE TENENCIA, interpuesta por CESAR AUGUSTO ESCOBAR ISIDRO, en contra de YESICA DEL CARMEN CARDENAS ARA, en la vía de Proceso Único, por lo que, ORDENO que se reconozca, el derecho del demandante de ejercer la tenencia de sus hijos CESAR ENRIQUE, ROMINA MASSIEL y SEBASTIAN MAXIMILIANO ESCOBAR CARDENAS quienes deberán permanecer junto al padre accionante. SEGUNDO: FUNDADA EN PARTE, la misma demanda, respecto a la pretensión acumulada de ALIMENTOS, por lo que, ORDENO que la demandada YESICA DEL CARMEN CARDENAS ARA acuda en forma mensual y adelantada a favor de los menores alimentistas CESAR ENRIQUE, ROMINA MASSIEL y SEBASTIAN MAXIMILIANO ESCOBAR CARDENAS, con una pensión alimenticia mensual equivalente a QUINIENTOS DIEZ SOLES, razón de ciento setenta soles para cada menor alimentista, desde el día siguiente de la notificación con la demanda. Asimismo, se hace CONOCER a la demandada en caso que, adeude tres cuotas sucesivas o no, de la obligación alimentaría establecida en la presente será inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. TERCERO: FIJO un Régimen de Visitas a favor de la demandada, en virtud del cual ésta podrá visitar a sus hijos CESAR ENRIQUE, ROMINA MASSIEL y SEBASTIAN MAXIMILIANO ESCOBAR CARDENAS, los días domingos, en horario comprendido entre las nueve y quince horas. CUARTO: INFUNDADA la demanda de fojas noventa y ocho a ciento cuatro, en cuanto se refiere a la pretensión principal de OTORGAMIENTO DE TENENCIA, interpuesta por YESICA DEL CARMEN CARDENAS ARA en contra de CESAR AUGUSTO ESCOBAR ISIDRO, en la vía de Proceso Único. Asimismo, se declara IMPROCEDENTE la misma demanda en cuanto se refiere a la pretensión acumulada de Alimentos. SIN COSTAS NI COSTOS. Y, por esta mi sentencia así lo pronuncio, mando y firmo en la Sala de mi Despacho del Segundo Juzgado de Familia de Tacna. INTEGRARON la sentencia contenida en la resolución N° 28 de fecha siete de agosto del dos mil diecisiete, respecto al régimen de visitas a favor de la demandada, el cual deberá efectuarse sin externamiento por un periodo obligatorio de seis meses, pudiendo ser factible de variación, con posterioridad, a solicitud de la interesada. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. EXP. NRO. 1498-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número tres, de fecha catorce de agosto del año dos mil diecisiete, que corre a fojas veinte a veinticinco; que declara Fundada, la demanda de fojas seis a ocho, interpuesta por Victoriana Delmira Vega Nieto, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Salud de Tacna, representada por su director Claudio Willbert Ramírez Atencio, con emplazamiento a la Procuraduría del Gobierno Regional de Tacna, en consecuencia, Ordena que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa número 1354-2015-DEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG. TACNA, de fecha veintitrés de octubre de dos mil quince, en sus propios términos; en consecuencia debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor de la demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22° del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor de la demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y TITO PALACIOS. EXP. NRO. 1678-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número tres, de fecha veinticinco de septiembre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas diecinueve a veintinueve; en el extremo que declara FUNDADA en parte, la demanda de fojas seis a siete, interpuesta por Víctor Gonzalo Vargas Mamani, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Directora Regional Sectorial de Educación de Tacna, representada por Edith Anahua Téllez y el Procurador Publico Del Gobierno Regional. Ordena que la Dirección Regional de Educación de Tacna a través de su Directora Regional cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral Regional N° 000340 de fecha seis de febrero del año dos mil trece, en sus propios términos; en consecuencia, debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor del demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22° del Código Procesal Constitucional. Con pago de intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia y los costos del proceso a favor del demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y TITO PALACIOS. EXP. NRO. 1890-2017-CI.- CONFIRMARON la Resolución número uno de fecha catorce de octubre del año dos mil dieciséis, que corre a fojas ciento uno a ciento tres, que declara IMPROCEDENTE el proceso de amparo presentado por la Asociación de Agroindustriales Damnificados del “23 de junio de 2001”. En consecuencia, Dispone: El archivo definitivo del expediente, la devolución de los anexos presentados a la parte demandante, dejando en su lugar copias y remítase al Archivo Central para su custodia, una vez consentida la presente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ.

Jueves, 7 de junio de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

COMUNICADO La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica que con la finalidad de brindar un mejor servicio a los señores y señoras litigantes y justiciables, a partir del lunes 7 de mayo, se reubicarán los siguientes juzgados y órganos de apoyo: - Segundo Juzgado de Trabajo Permanente Jueza: Dra. Kati Verónica Antonio Damián Nueva Dirección: Urb. Santa Ana Mz. A Lt. 12 - Juzgado de Trabajo Transitorio Juez: Dr. Rogelio Zea Catacora Nueva Dirección: Urb. Santa Ana Mz. A Lt. 12 - Juzgado de Familia Transitorio Jueza: Dra. Paola Castillo Vicente Nueva Dirección: Centro de Administración de Justicia Gregorio Albarracín Av. Municipal s/n - Distrito Gregorio Albarracín - Tercer Juzgado de Familia Permanente Jueza: Dra. Carmen Eliana Peña Carbajal Nueva Dirección: Sede Central – Calle Inclán 3º cuadra s/n - Equipo Multidisciplinario de Familia Nueva Dirección: Calle Hipólito Unanue Nº 636 – 3º y 4º piso

CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 15 AUTOS: 04 DECRETOS: 12

--------------------------------------------MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

Corte Superior de Justicia Tacna, mayo de 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Jueves, 7 de junio de 2018

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TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL VIERNES 15 DE JUNIO DEL AÑO 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SALA ESPECIALIZADA PENAL DE APELACIONES

N

Expediente

Hora

1 2000-00151-10

09:00

Delito

2 2016-02245-70

10:00

Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.

3 2016-00380-73

SALA DE APELACIONES - Sede SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO APELACION DE AUTO Lesiones culposas Central SALA DE APELACIONES - Sede APELACION DE REVOCACION DE 10:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Omisión de asistencia familiar Central PENA SALA DE APELACIONES - Sede 11:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO FUNDADO SOBRESEIMIENTO Falsedad ideológica. Central Falsificación de SALA DE APELACIONES - Sede IMPROCEDENTE documentos.(agravante por 12:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central REHABILITACION documento pùblico)

4 2016-01586-42

SEMANA DEL 11 AL 15 DE JUNIO DEL 2018

N

Expediente

Hora

1 2003-05041-0

15:30

2 2017-01800-49

09:30

3 2015-01691-19 4 2016-01416-44 5 2014-00401-49

N

Expediente

Hora

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL LUNES 11 DE JUNIO DEL AÑO 2018 Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. SALA 01 PENAL DE POCOLLAY FUNC. SALA PENAL APELAC.)

CONTINUACION DED JUICIO ORAL

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 12 DE JUNIO DEL AÑO 2018 Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia

1 2009-01182-20

09:00

SALA DE APELACIONES - Sede SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central

APELACION DE SENTENCIA

2 2016-00415-41

10:30

SALA DE APELACIONES - Sede SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central

SENTENCIA ABSOLUTORIA

3 2018-00395-4

12:00

4 2010-00717-23 5 2014-02241-30 6 2007-01701-0

SALA DE APELACIONES - Sede SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central SALA DE APELACIONES - Sede 13:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central SALA DE APELACIONES - Sede 15:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central

15:30

SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO FUNC. SALA PENAL APELAC.)

APELACION DE SENTENCIA

Organo Jurisdiccional

Sala Audiencia

SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO FUNC. SALA PENAL APELAC.)

Tipo de Audiencia

Delito

APELACION DE AUTO

Violación sexual de menor de edad

SALA DE APELACIONES - Sede SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Central SALA DE APELACIONES - Sede 11:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SOBRESEIMIENTO FUNDADO Central SALA DE APELACIONES - Sede 12:00 SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO APELACION DE AUTO Central

Daño agravado Uso de documentos falsos. Ursurpación Agravada

Delito Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo Formas agravadas del delito de violencia y resistencia a la autoridad Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.

LECTURA DE SENTENCIA

Contrabando

LECTURA DE SENTENCIA

Daños

INICIO DE JUCIO ORAL

OMISION DE DEBERES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 13 DE JUNIO DEL AÑO 2018 N

Expediente

Hora

1 2010-00353-87

09:00

2 2016-02359-18

10:30

3 2011-01977-75

12:00

Organo Jurisdiccional SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central

Sala Audiencia

Tipo de Audiencia

Delito

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

APELACION DE SENTENCIA

Contrabando

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

SENTENCIA ABSOLUTORIA

Robo.

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

APELACION DE SENTENCIA

Colusión

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

LECTURA DE SENTENCIA DE VISTA

Actos contra el pudor en menores

INICIO DE JUICIO ORAL

Colusión

4 2010-00712-59

13:02

5 2004-00530-0

15:30

N

Expediente

Hora

Organo Jurisdiccional

Sala Audiencia

Tipo de Audiencia

Delito

1 2015-02906-79

09:00

SALA DE APELACIONES - Sede Central

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

LECTURA DE SENTENCIA DE VISTA

Violación a persona en estado de inconsciencia o en imposibilidad de resistir.

2 2016-02629-98

09:30

SALA DE APELACIONES - Sede Central

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

LECTURA DE SENTENCIA DE VISTA

Homicidio Simple

3 2007-00287-0

10:00

INICIO DE JUICIO ORAL

Violación sexual de menor de edad

4 2016-01225-66

11:00

SALA DE APELACIONES - Sede Central

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

INFUNDADA EXONERACION

Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.

5 2015-00962-42

12:00

SALA DE APELACIONES - Sede Central

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

SENTENCIA CONDENATORIA

Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.

SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO FUNC. SALA PENAL APELAC.)

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 14 DE JUNIO DEL AÑO 2018

SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. SALA 01 PENAL DE POCOLLAY FUNC. SALA PENAL APELAC.)

1/2

2/2

12

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA PRIMERA SALA CIVIL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA 2° SALA CIVIL PERMANENTE

TABLA VISTAS DE LA CAUSA - SEMANA DEL 04 AL 08 DE ABRIL DE 2018

SEMANA DEL 04 AL 08 DE JUNIO DEL 2018

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL LUNES 04 DE ABRIL DEL 2018



HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18

09:00 09:02 09:04 09:06 09:08 09:10 09:12 09:14 09:16 09:18 09:20 09:22 09:24 09:26 09:28 09:30 09:32 09:34

1366-2016-LA 1358-2016-LA 1429-2016-LA 1511-2016-LA 1225-2016-LA 1344-2016-LA 1406-2016-LA 140-2017-LA 1515-2017-LA 1287-2016-LA 1283-2016-LA 1275-2016-LA 1300-2016-LA 1508-2016-LA 1349-2016-LA 69-2017-LA 1392-2016-LA 266-2017-LA

CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN

Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia

19 20 21 22 23 24 25 26 27

09:36 09:38 09:40 09:42 09:44 09:46 09:48 09:50 09:52

1270-2016-LA 1195-2016-LA 1517-2016-LA 1518-2016-LA 1514-2016-LA 1234-2016-LA 1271-2016-LA 1202-2016-LA 112-2017-LA

CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN CONTENC.ADMIN

INFORME

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 05 DE JUNIO DEL AÑO 2018 N° 1 2 3

HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

09:00 09:05 09:15 09:20

112-2018-CI 1353-2015-FC 1854-2006-CI 114-2016-CI

P.AMPARO DIVIRC.CAUSAL REIVINDICACION ANULAB.ACT JUR

Auto Sentencia Sentencia Sentencia

HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

1 2 3 4 5

09:00 09:05 10:30 10:35 10:45

172-2018-CI 266-2018-CI 1183-2016-CI 1955-2015-CI 1119-2017-CI

P.AMPARO P.AMPARO DERECHO PROP AUTORIZ JUDICI P.AMPARO

Auto Auto Sentencia Sentencia Sentencia

HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

1 2 3

09:00 09:15 09:20

253-2018-CI 1548-2017-CI 2646-2017-31C

P.AMPARO DESALOJO DESALOJO

Auto Sentencia Auto

RES Cons./Sent. Sentencia Sentencia

INFORME S/I … …

HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

1

09:05

1492-2016-30-CI

Cont. Administrativo

Auto



2

09:15

365-2018-CI

Otorg Escritura Pública

Auto

S/I

3

09:20

549-2018-CI

P. AMPARO

Auto

S/I



HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

1

09:05

3646-2017-FC

Tenencia

Sentencia



2

09:10

584-2017-FC

Divorcio Causal

Cons./Sent.

S/I

09:25

1904-2016-FC

Cons./Sent.

S/I

Reconoc Union Hecho

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL VIERNES 08 DE JUNIO DEL AÑO 2018

INFORME

I.O./Ddo I.O/DtesDdos I.O./Dte-Ddo

INFORME

I.O./Dte I.O./Dte I.O./Dte-Ddos I.O./Dte I.O./Dte

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL JUEVES 07 DE ABRIL DEL 2018



MATERIA/PROCESO Adopción Variacion Tenencia Division Particion Bs



3

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 06 DE ABRIL DEL 2018



EXPEDIENTE 1935-2012-FC 640-2017-FC 402-2017-CI

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 07 DE JUNIO DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL MARTES 05 DE ABRIL DEL 2018

1 2 3 4

HORA 09:00 09:25 09:30

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 06 DE JUNIO DEL AÑO 2018

Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia



Jueves, 7 de junio de 2018

INFORME

I.O./Dte



HORA

EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

1

09:00

1559-2017-CI

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

S/I

2

09:04

2597-2017-CI

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

S/I

3

09:08

2630-2017-CI

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

S/I

4

09:12

334-2018-CI

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

S/I

5

09:16

338-2018-CI

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

S/I

6

09:20

130-2018-CI

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

S/I

Jueves, 7 de junio de 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SALA ESPECIALIZADA LABORAL PERMANENTE SEMANA DEL 05 AL 08 DE JUNIO DEL 2018 TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 05 DE JUNIO DEL AÑO 2018 N° HORA EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

1 08:30

25-2017

Indemnización por daños y perjuicios

Sentencia

NLPT

2 08:40

415-2017

Indemnización por daños y perjuicios

Sentencia

NLPT

3 08:50

636-2016

Desnaturalización de la tercerización laboral Reposición

Sentencia

NLPT

4 09:00

828-2017

Reposición

Sentencia

NLPT

5 09:10

1113-2015

Reconocimiento de contrato de Trabajo a plazo indeterminado

Sentencia

NLPT

6 09:20

798-2017

Reposición

Sentencia

NLPT

7 09:30

28-2016

Reposición

Sentencia

NLPT

8 09:40

495-2015

Reposición

Sentencia

NLPT

9 09:50

1794-2015

Nulidad de Resoluciones Administrativas

Sentencia

NLPT

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 06 DE JUNIO DEL AÑO 2018 N° HORA EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

1 08:30

441-2017

Reposición

Sentencia

NLPT

2 08:40

548-2016

Reconocimiento de de Trabajo a plazo indeterminado

Sentencia

NLPT

3 08:50

204-2016

Indemnización por daños y perjuicios, Beneficios Sociales

Sentencia

NLPT

4 09:00

567-2017

Desnaturalización de contrato CAS

Sentencia

NLPT

5 09:10

520-2017

Pago de Beneficios Sociales

Sentencia

NLPT

6 09:20

203-2017

Reintegro de laudo arbitral

Sentencia

NLPT

7 09:30

942-2015

Indemnización por daños y perjuicios

Sentencia

NLPT

Nulidad de Sanción Administrativa

Sentencia

S/I

8 11:00 2048-2010 PCA

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 07 DE JUNIO DEL AÑO 2018 N° HORA EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

Reposición

Sentencia

C/I

2 10:35 1301-2016 PCA

Reajuste de pago de bonificaciones

Sentencia

S/I

3 10:40 1387-2016 PCA

Reajuste de pago de bonificaciones

Sentencia

S/I

4 10:45 1218-2016 PCA

Reajuste de pago de bonificaciones

Sentencia

S/I

5 10:50

Reajuste de pago de bonificaciones

Sentencia

S/I

6 10:55 1330-2013 PCA

Acumulación años de estudios profesionales al tiempo servicios

Sentencia

S/I

7 10:25 1115-2016 PCA

Subsidio por Lutos y sepelio

Sentencia

S/I

1 10:30

642-2015 PCA

57-2017 PCA

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL VIERNES 08 DE JUNIO DEL AÑO 2018 N° HORA EXPEDIENTE

MATERIA/PROCESO

RES

INFORME

127-2017 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

2 10:35 1398-2016 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

3 10:40 1333-2016 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

4 10:45 1407-2016 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

5 10:50 1345-2016 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

6 10:55 1347-2016 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

7 11:00 1198-2016 PCA

Reajuste de bonificaciones

Sentencia

S/I

Reposición

Sentencia

C/I

1 10:30

8 11:05

387-2014 PCA

La República

13

14

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

PAGUE LAS TASAS JUDICIALES POR INTERNET

Jueves, 7 de junio de 2018

a través de:

El Poder Judicial en convenio con el Banco de la Nación ahora nos permite la opción de realizar los pagos de tasas judiciales online a través de la página: pagalo.pe. Con este servicio podremos realizar los pagos de 17 tasas judiciales desde la comodidad de nuestro hogar haciendo uso de una tarjeta visa o mastercard de cualquier entidad financiera.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

Cuando termine de realizar el trámite recibira un correo electrónico con la constancia del pago realizado.

AVISO

Tasas Judiciales disponibles: Código de la Tasa

Descripción de la Tasa Judicial

07900

Por Ofrecimiento de Pruebas excepciones

07927

Por Recurso Apelación de Auto

07447

Copia Certificada por cada folio

08991

Por Expedición de Copias Simples de todos los tipos de Procesos y en Violencia Familiar

08214

Exhorto

03670

Certificado de Antecedentes Penales

09970

Derecho de Notificación Judicial

07285

TUPA- Expediente con Mandato Judicial de Archivo

08222

Medidas Cautelares

07935

Por recurso de apelación de sentencias

08079

Solicitud de remate judicial

07951

Por recurso de nulidad y casación

09148

Multas

07978

Por diligencias a realizarse fuera del local del juzgado

08168

Por formas especiales de conclusión del proceso, allanamiento y desentimiento

07439

Por solicitud de nulidad de actos procesales

07153

Por derecho a participar en remate judicial

Pasos para utilizar el servicio online:

1

Ingrese y registrese en

pagalo.pe https://pagalo.pe/

2

Una vez registrado ingrese con su usuario y contraseña

3

En el menú del lado izquierdo seleccione “Poder Judicial”

4

Seleccione la tasa judicial que desee pagar y listo.

La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble construido en material noble, con un área construida de 300 m2 (como mínimo) y de dos pisos a mas (como mínimo), el mismo que debe estar en buenas condiciones para garantizar el normal funcionamiento de Juzgados en la Corte Superior de Justicia de Tacna, con escaleras amplias, (02) dos servicios Higiénicos por cada piso habilitados en buen estado de conservación y funcionamiento de acuerdo a la Ley de Seguridad y salud en el trabajo Ley 29783, documentos en regla (Copia de SUNARP, planos de distribución, Registro Nacional de Proveedores vigente y ubicado en el cercado de Tacna. Sírvase presentar su pretensión económica y plano de ubicación en mesa de partes de la Oficina de Administración de la Corte que está ubicada en el 4to piso de la sede central, sito en la 3ra cuadra de la calle Inclán S/N con Presbítero Andía. Corte Superior de Justicia Tacna, mayo de 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Jueves, 7 de junio de 2018

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