gobierno del estado - poder legislativo

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15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

PAGINA 1

Fundado el 14 de Enero de 1877 Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924 AÑO XCIV TOMO CXLV

GUANAJUATO, GTO., A 15 DE MAYO DEL 2007

NUMERO 78

TERCERA PARTE SUMARIO: GOBIERNO DEL ESTADO - PODER LEGISLATIVO DECRETO Número 59 de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se reforma el artículo 12 de la Ley Arancelaria para el Cobro de Honorarios Profesionales de Abogados y Notarios y de Costas Procesales para el Estado de Guanajuato.

3

DECRETO Número 60 de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se desafecta del dominio público del Estado el bien inmueble conocido como "El Jaral" o "El Salitre" ubicado en el Municipio de Uriangato, Gto., y se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado por conducto del Instituto de Vivienda del Estado de Guanajuato a vender fuera de subasta pública a favor del ciudadano Raúl Malagón Rosiles.

5

DECRETO Número 61 de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de León, Gto., para que contrate con instituciones nacionales de banca múltiple o de desarrollo, un crédito hasta por la cantidad de $36'000,000,00 (treinta y seis millones de pesos 00/100 M.N.), asimismo, para que pacte las condiciones y modalidades que estime más conveniente.

7

ACUERDO de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Salamanca, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del ejercicio fiscal del año 2005.

9

ACUERDO de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Uriangato, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del ejercicio fiscal del año 2005.

10

ACUERDO de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Cortazar, Gto., correspondientes a los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal del año 2005.

11































































































































































































































































































































































































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ACUERDO de la Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y soberano de Guanajuato, mediante el cual, se declaran revisadas las cuentas públicas municipales de Salvatierra, Gto., correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del ejercicio fiscal del año 2005. ○

















































































12

GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO ACUERDO Gubernativo Número 9, mediante el cual, se autoriza la donación a favor de los Municipios de Moroleón, San Luis de la Paz y San Miguel de Allende, pertenecientes a esta entidad federativa, los vehículos que se detallan en el documento correspondiente.

13

ACUERDO Gubernativo Número 10, mediante el cual, se autoriza la donación a favor de los Municipios de Apaseo el Grande, Doctor Mora y San Felipe, pertenecientes a esta entidad federativa, de los bienes muebles de reaprovechamiento que se detallan en el documento correspondiente.

15

ACUERDO Gubernativo Número 11, mediante el cual, se autoriza la donación a favor de la asociación civil denominada "Promoción Cívica Guanajuatense, Escuela de Artes y Oficios" A.C., ubicada en la Ciudad de Guanajuato, Gto., perteneciente a esta entidad federativa, de los bienes muebles de reaprovechamiento que se detallan en el documento correspondiente.

17

ACUERDO Gubernativo Número 12, mediante el cual, se autoriza la donación a favor de las asociaciones civiles denominadas "Unidos por el Desarrollo Comunitario", A.C. y "Fundación Alzheimer León, alguien con quien contar", A.C., ubicadas en las Ciudades de Acámbaro y León, respectivamente, ambas pertenecientes a esta Entidad Federativa, de los vehículos que se detallan en el documento correspondiente.

27

ACUERDO Gubernativo Número 13, mediante el cual, se autoriza la donación a favor de las asociaciones civiles denominadas "Casa de Jesús para Rehabilitación Femenil", A.C. y "Frente de Acción Ciudadana", A.C., ambas ubicadas en la Ciudad de León, Gto., "Casa Cuna de Irapuato", A.C. ubicada en la Ciudad de Irapuato; y "Escuadrón de Emergencias", A. C., ubicada en la Ciudad de Acámbaro, pertenecientes a esta entidad Federativa, de los vehículos que se detallan en el documento correspondiente.

29

ACUERDO Gubernativo Número 14, mediante el cual, se autoriza la donación a favor de la asociación civil denominada "Club Rotario Jerécuaro", A.C. ubicada en la Ciudad de Jerécuaro, perteneciente a esta Entidad Federativa de los bienes muebles de reaprovechamiento que se detallan en el documento correspondiente.

31



































































































































































































































GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACION ACUERDO Secretarial número 037/2007, mediante el cual, se reforma el segundo párrafo del artículo 11 del Acuerdo Secretarial número 0012/2007, mediante el cual, se expide el Lineamiento de Constitución y Funcionamiento de las Tiendas Escolares de las Instituciones Educativas Dependientes de la Secretaría de Educación de Guanajuato. ○





















































34

PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO. CONVOCATORIA Pública número DSG-CBM-01/2007 relativa al otorgamiento de la Concesión del Servicio Público de Limpia y Recolección, en lo que respecta al aseo y barrido de bienes inmuebles propiedad Municipal de uso común del Municipio de León, Gto. ○



































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GOBIERNO DEL ESTADO - PODER LEGISLATIVO JUAN MANUEL OLIVA RAMÍREZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED: QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE: DECRETO NÚMERO 59 LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DECRETA: Artículo Único. Se reforma el artículo 12 de la Ley Arancelaria para el Cobro de Honorarios Profesionales de Abogados y Notarios y de Costas Procesales para el Estado de Guanajuato, para quedar como sigue: “Artículo 12. Los honorarios profesionales que fija esta Ley solamente podrán cobrarse por los abogados que se encuentren en los supuestos de la Ley de Profesiones para el Estado de Guanajuato. Los notarios públicos en sus reclamaciones acreditarán su calidad mediante el fíat o la cédula de identidad a que se refiere la Ley del Notariado para el Estado de Guanajuato. Las costas procesales podrán ser cobradas por la parte material del juicio, porque las mismas se decretan a favor de ésta; pero si la tramitación del incidente respectivo la realiza el abogado, deberá ajustarse a lo previsto por la Ley de Profesiones para el Estado de Guanajuato.” TRANSITORIO Artículo Único. Este Decreto entrará en vigor al cuarto día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Y DISPONDRÁ QUE SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.GUANAJUATO, GTO., 1 DE MAYO DE 2007.- Ruth Esperanza Lugo Martínez.- Diputada Presidenta.José Francisco Martínez Pacheco.- Diputado Secretario.- José Ramón Rodríguez Gómez.- Diputado Secretario.- RÚBRICAS. Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

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Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Guanajuato, Gto., a los 2 dos días del mes de mayo del año 2007 dos mil siete.

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JUAN MANUEL OLIVA RAMÍREZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED: QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE: Decreto número 60 LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DECRETA: Artículo Primero. Se desafecta del dominio público del Estado el bien inmueble conocido como “El Jaral” o “El Salitre”, ubicado en el Municipio de Uriangato, Gto., el cual consta de una superficie total de 19,816.79 diecinueve mil ochocientos dieciséis punto setenta y nueve metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al norte, en 77.51 setenta y siete punto cincuenta y un metros con Raúl Malagón Rosiles; al sur, en 163.65 ciento sesenta y tres punto sesenta y cinco metros con Raúl Malagón Rosiles; al oriente, en dos tramos de 225.12 doscientos veinticinco punto doce metros y 18.89 dieciocho punto ochenta y nueve metros con camino de terracería; y al poniente, en dos tramos de 99.50 noventa y nueve punto cincuenta metros y 42.49 cuarenta y dos punto cuarenta y nueve metros con Raúl Malagón Rosiles. La superficie y medidas definitivas estarán sujetas al deslinde en campo. Artículo Segundo. Se autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado por conducto del Instituto de Vivienda del Estado de Guanajuato a vender fuera de subasta pública a favor del ciudadano Raúl Malagón Rosiles, el bien inmueble descrito en el artículo anterior, en un precio no menor al que establece el avalúo practicado por la Dirección de Catastro de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado. Artículo Tercero. Una vez realizada la venta, procédase a dar de baja el bien inmueble materia de la misma, del Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal. Transitorio Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Y DISPONDRÁ QUE SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.GUANAJUATO, GTO., 1 DE MAYO DE 2007.- Ruth Esperanza Lugo Martínez.- Diputada Presidenta.José Francisco Martínez Pacheco.- Diputado Secretario.- José Ramón Rodríguez Gómez.- Diputado Secretario.- RÚBRICAS. Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

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Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Guanajuato, Gto., a los 2 dos días del mes de mayo del año 2007 dos mil siete.

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JUAN MANUEL OLIVA RAMÍREZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED: QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE: Decreto número 61 LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DECRETA: Artículo Primero. Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato, para que contrate con instituciones nacionales de banca múltiple o de desarrollo, un crédito hasta por la cantidad de $36´000,000.00 (treinta y seis millones de pesos 00/100 M.N.), asimismo, para que pacte las condiciones y modalidades que estime más convenientes. Artículo Segundo. El crédito a que se refiere el artículo primero del presente decreto, se destinará única y exclusivamente a la liquidación del crédito que actualmente se tiene contratado con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Artículo Tercero. El importe de las obligaciones crediticias que se deriven de la presente autorización serán pagadas en el plazo que se convenga y que no podrá exceder de setenta y dos meses. Artículo Cuarto. Los intereses se calcularán a las tasas que se determinen al momento de la reestructuración, en función del esquema del financiamiento que el Ayuntamiento de León, Guanajuato elija y de las condiciones generales del mercado financiero. Artículo Quinto. Se autoriza al Ayuntamiento de León, Guanajuato, para que en garantía del cumplimiento de las obligaciones crediticias, derivadas del presente decreto, afecte las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales correspondan al Municipio, sin perjuicio de afectaciones anteriores, garantía que se inscribirá en el Registro Estatal de Deuda Pública a cargo de la Secretaría de Finanzas y Administración, así como en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Artículo Sexto. El Ayuntamiento de León, Guanajuato, remitirá al Congreso del Estado, dentro de los treinta días siguientes a la suscripción del contrato de crédito, copia certificada del mismo. Artículo Séptimo. El Ayuntamiento de León, Guanajuato, en su oportunidad deberá remitir al Congreso del Estado la documentación relativa a la liquidación del crédito que se tiene contratado con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Artículo Octavo. El Ayuntamiento de León, Guanajuato, contará con un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para suscribir los contratos correspondientes, de lo contrario el decreto quedará sin efecto. Transitorios Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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Artículo Segundo. El Ayuntamiento de León, Guanajuato, en un plazo de treinta días contados a partir de la suscripción del contrato, deberá remitir para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, las condiciones del contrato que deberán incluir: Banco acreditante, monto, destino, tasas de interés, plazo de vigencia y programa de amortización. Artículo Tercero. Comuníquese el presente decreto al Ayuntamiento de León, Guanajuato, para los efectos conducentes. Asimismo, comuníquese el presente decreto al Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración, para los efectos del artículo 35 de la Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Igualmente, remítase al Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado, para los fines que dispone el artículo 43 del citado ordenamiento. LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Y DISPONDRÁ QUE SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.GUANAJUATO, GTO., 1 DE MAYO DE 2007.- Ruth Esperanza Lugo Martínez.- Diputada Presidenta.José Francisco Martínez Pacheco.- Diputado Secretario.- José Ramón Rodríguez Gómez.- Diputado Secretario.- RÚBRICAS. Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Guanajuato, Gto., a los 2 dos días del mes de mayo del año 2007 dos mil siete.

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GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o., 13 fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato para el Poder Ejecutivo. Considerando El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, instituye al Municipio como la base de la división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, consolidándolo como detonador para el desarrollo de cualquier programa, estrategia y objetivo del gobierno, por ser el ámbito público primigenio que tiene un contacto directo con la población. Los municipios tienen, por tanto, una serie de compromisos y obligaciones que cumplir con la ciudadanía, entre ellos, la prestación de servicios públicos. Por su parte, el Gobierno del Estado refrenda el compromiso de apoyar a los municipios, a fin de coadyuvar con ellos para que presten los servicios públicos que atiendan las necesidades de la población; una de las formas para auxiliar a los municipios en el cumplimiento de sus funciones, estriba en la donación de bienes muebles de reaprovechamiento que se encuentren dentro del patrimonio mobiliario del Estado. Con base a las consideraciones vertidas, se autoriza la donación de vehículos a favor de los municipios de Moroleón, San Luis de la Paz y San Miguel de Allende, pertenecientes a esta Entidad Federativa, con el fin de colaborar en el cumplimiento de sus fines.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo Gubernativo Número 9 Artículo Primero.- Se autoriza la donación a favor de los municipios de Moroleón, San Luis de la Paz y San Miguel de Allende, pertenecientes a esta Entidad Federativa, de los vehículos que a continuación se detallan: Municipio

Marca

Modelo

Tipo

Serie

Factura Núm.

Moroleón

Chevrolet

2001

"

Chevrolet

1998

Cavalier

3G1JX514X1S188320

SF-04824

Pick-Up

1GCEC2470WZ198633

6416 A

"

Suzuki

1997

Turismo

9CDNJ41AJVM001976

0358

PAGINA 14

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"

Suzuki

1997

San Luis de la Paz

Nissan

"

Suzuki

"

Nissan

San Miguel de Allende

Chevrolet

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Turismo

9CDNJ41AJVM002203

0309

1998

Tsuru

3N1EB31S1WL061728

1997

Turismo

9CDNJ41AJVM001988

0346

1999

Tsuru

3N1EB31S-0XL123962

A 6483

1989

Suburban

3GCEC26L5KM107099

8642

4986

Artículo Segundo.- La Secretaría de Finanzas y Administración hará la entrega respectiva de los vehículos objeto de la donación, descritos en el artículo anterior, a los municipios de Moroleón, San Luis de la Paz y San Miguel de Allende, pertenecientes a esta Entidad Federativa, entregando las facturas correspondientes y procediendo a darlos de baja del inventario de bienes muebles del Gobierno del Estado. Transitorio Artículo Único.- El presente Acuerdo Gubernativo entrará en vigencia el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 25 veinticinco días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

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PAGINA 15

Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o., 13 fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato para el Poder Ejecutivo. Considerando El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, instituye al Municipio como la base de la división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, consolidándolo como detonador para el desarrollo de cualquier programa, estrategia y objetivo del gobierno, por ser el ámbito público primigenio que tiene un contacto directo con la población. Los municipios tienen, por tanto, una serie de compromisos y obligaciones que cumplir con la ciudadanía, entre ellos, la prestación de los servicios públicos. Por su parte, el Ejecutivo Local refrenda el compromiso de apoyar a los municipios, a fin de coadyuvar con ellos para que presten los servicios públicos en beneficio de la población; una forma de hacerlo es mediante la donación de bienes muebles de reaprovechamiento que se encuentran dentro del patrimonio mobiliario del Estado. Con base en las consideraciones vertidas, se autoriza la donación de bienes muebles de reaprovechamiento a favor de los municipios de Apaseo el Grande, Doctor Mora y San Felipe, pertenecientes a esta Entidad Federativa, con el fin de colaborar en el cumplimento de sus fines. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo Gubernativo Número 10 Artículo Primero.- Se autoriza la donación a favor de los municipios de Apaseo el Grande, Doctor Mora y San Felipe, pertenecientes a esta Entidad Federativa, de los bienes muebles de reaprovechamiento que a continuación se detallan: Municipio

Cantidad

Descripción de los Bienes Muebles

Apaseo el Grande

3

CPU elaborados en metal y plástico, color gris, marca Compaq, series 6943CJM7L013, 6737BNL2V521 y 6921CL94c904.

"

3

Monitores elaborados en plástico, color gris, marca Compaq, series 911BF480APRF, 940BB50JX058 y 809AB11CL686.

"

3

Teclados elaborados en plástico, color gris, marca Compaq, series B142A0HGAIHEMQ, B142A0HGAI9097 y B13AA0T39IA3YQ.

"

2

Mouses elaborados en plástico, color gris, marca Compaq, series F13490M5B181WUF y DZL2110029.

"

1

Mouse elaborado en plástico, color gris, marca Hewlett Packard, serie LZA65256870.

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Doctor Mora

1

Escritorio elaborado en madera, color café.

"

2

Escritorios ejecutivos elaborados en metal y madera, color beige.

"

3

Sillas elaboradas en tela, color verde.

"

2

Archiveros de 4 cajones cada uno elaborados en metal, color beige.

San Felipe

2

Archiveros con 4 cajones cada uno elaborados en metal, color beige.

"

4

Escritorios ejecutivos elaborados en metal, color beige.

"

5

Sillas apilables elaboradas en vinil, color negro.

"

2

CPU elaborados en plástico, color beige, marca Compaq, modelo Deskpro, series 6846CCP2B702 y 6933CL940226.

"

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Compaq, modelo PE1112, serie 936BD50JD419.

"

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Compaq.

"

2

Teclados elaborados en plástico, color beige, marca Hewlett Packard, series 2H39008062B y 2H39009136B.

"

2

Mouses elaborados en plástico, color beige, marca Compaq.

Artículo Segundo.- La Secretaría de Finanzas y Administración hará la entrega respectiva de los bienes muebles de reaprovechamiento objeto de la donación descritos en el artículo anterior, a los municipios de Apaseo el Grande, Doctor Mora y San Felipe, pertenecientes a esta Entidad Federativa, procediendo a darlos de baja del inventario de bienes muebles del Gobierno del Estado. Transitorio Artículo Único.- El presente Acuerdo Gubernativo entrará en vigencia el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 25 veinticinco días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

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Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o, 13 fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato para el Poder Ejecutivo. Considerando En la actualidad las asociaciones civiles desempeñan un papel importante dentro de la sociedad guanajuatense, por ello, tanto éstas como el Gobierno del Estado realizan funciones complementarias y no aisladas, a fin de procurar una mayor atención a las necesidades de la población. Las asociaciones civiles constituidas legalmente en el Estado, son personas morales cuya característica distintiva es no contar con fines de lucro. Además, al no perseguir un fin de lucro, la mayoría de las veces subsisten del apoyo de la población, lo que les ocasiona carencias y que se presenten obstáculos para el cumplimiento del objetivo para el cual fueron constituidas. Razón por la cual, el Gobierno del Estado ha adoptado el compromiso de ayudar a las asociaciones civiles en la Entidad, que prestan servicios a la comunidad y que con sus actividades contribuyen a tener una sociedad fortalecida; es por ello que el Poder Ejecutivo apoya las actividades de estas asociaciones, donándoles aquellos muebles de reaprovechamiento que les auxilien en el logro de sus fines. De esta manera, el Gobierno del Estado cumple plenamente con la función pública de apoyar a las asociaciones civiles en el desarrollo de sus actividades, con el propósito de que lleven a cabo el cumplimiento de su objeto social. Con base en las consideraciones vertidas, se autoriza la donación de bienes muebles de reaprovechamiento a la asociación civil denominada "Promoción Cívica Guanajuatense, Escuela de Artes y Oficios" A.C., ubicada en la ciudad de Guanajuato, perteneciente a esta Entidad Federativa, para contribuir al desarrollo de las actividades que presta a la ciudadanía. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo Gubernativo Número 11 Artículo Primero.- Se autoriza la donación a favor de la asociación civil denominada "Promoción Cívica Guanajuatense, Escuela de Artes y Oficios" A.C., ubicada en la ciudad de Guanajuato, perteneciente a esta entidad federativa, de los bienes muebles de reaprovechamiento que a continuación se detallan:

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Cantidad

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Descripción de los Bienes Muebles

3

Mostradores elaborados en madera, colores azul y café.

15

Sillones giratorios elaborados en tela, varios colores.

1

Sillón giratorio elaborado en pliana, color negro.

1

Sillón ejecutivo giratorio elaborado en plástico y vinil, color negro.

4

Sillones fijos elaborados en tela, colores verde, café y negro.

1

Sillón fijo elaborado en madera, color vino.

1

Sillón fijo elaborado en vinil, color negro.

2

Sillones elaborados en tela, color negro.

1

Sillón de dos plazas elaborado en madera, color blanco.

1

Silla giratoria elaborada en pliana, color negro.

2

Sillas giratorias elaboradas en plástico, color negro.

13

Sillas giratorias elaboradas en tela, varios colores.

1

Silla giratoria elaborada en vinil, color café.

11

Sillas de visita con brazos elaboradas en metal y tela, color gris.

1

Silla de visita elaborada en tela, color negro.

4

Sillas secretariales elaboradas en tela, colores azul y negro.

3

Sillas secretariales elaboradas en pliana, color negro.

9

Sillas fijas elaboradas en vinil, colores negro y café.

4

Sillas fijas elaboradas en plástico, color negro.

1

Silla fija tubular elaborada en pliana, color negro.

1

Silla fija elaborada en tela, color verde.

3

Sillas apilables elaboradas en pliana, color negro.

3

Sillas ejecutivas elaboradas en pliana, color negro.

5

Sillas para cajero elaboradas en tela, color azul.

1

Silla elaborada en plástico, color azul.

1

Archivero elaborado en madera, color café.

5

Archiveros de 4 cajones cada uno elaborados en metal, color gris.

1

Archivero de 1 cajón elaborado en metal, color beige.

1

Archivero de 4 cajones elaborado en madera, color café.

4

Archiveros elaborados en metal, color gris.

1

Porta llaves elaborado en madera, color café.

1

Pintarrón elaborado en madera, color blanco.

2

Esquineros elaborados en madera, colores café y blanco.

1

Esquinero con portateclado elaborado en madera, color negro.

1

Mesa de juntas elaborada en madera, color café.

8

Mesas para computadora elaboradas en madera, colores gris y blanco.

1

Mesa para computadora elaborada en plástico, color negro.

3

Mesas elaboradas en madera, colores gris, negro y café.

1

Mesa elaborada en metal, color gris.

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1

Mesa de trabajo elaborada en madera, color blanco.

1

Mesa trapezoidal elaborada en metal y madera, color café.

1

Mesa rústica elaborada en madera, color café.

1

Cubierta para mesa elaborada en madera, color café.

1

Gabinete elaborado en metal, color blanco, marca Wave, serie 003A01943.

5

Gabinetes elaborados en plástico y metal, color blanco, series 0103A01945, 0203A02626, 010103A01929, 010103A01927 y 0103A01919.

7

Gabinetes elaborados en metal, colores beige, gris y verde.

1

Gabinete elaborado en madera, color café.

2

Cestos para basura elaborados en metal, colores café y gris.

6

Cestos para basura elaborados en madera, colores café y negro.

2

Bancos para restirador elaborados en madera y metal, color blanco.

3

Acrílicos para sillón elaborados en plástico, color transparente.

1

Enfriador elaborado en plástico, color blanco, marca American, serie 26242.

1

Enfriador elaborado en metal, color beige, marca American, serie b1448.

1

Enfriador elaborado en metal, color blanco, marca Steele, serie 119103.

1

Enfriador elaborado en metal, color blanco, marca General Electric.

1

Enfriador elaborado en plástico, color blanco, marca General Electric, serie 0134454685.

1

Enfriador y calentador de agua elaborado en metal, color beige.

2

Enfriadores elaborados en metal, color blanco, marca Puresa, series 32LL074 y 385409.

1

Enfriador elaborado en plástico, color beige, marca Puresa, serie 3353302.

2

Enfriadores elaborados en metal, color beige.

4

Ventiladores de torre elaborados en plástico, color blanco, marca Wambao.

6

Ventiladores elaborados en plástico, colores blanco, gris y café.

1

Ventilador de pedestal elaborado en metal y plástico, color gris, marca Birtman.

1

Ventilador elaborado en plástico, color blanco, marca Birtman.

7

Ventiladores elaborados en plástico, colores blanco, azul y gris, marca Philips.

5

Ventiladores elaborados en plástico, colores blanco y gris, marca Mytec.

1

Ventilador elaborado en plástico, color blanco, marca Art Fan.

10

Ventiladores elaborados en plástico, colores blanco, gris y azul, marca Man.

1

Ventilador elaborado en plástico, color blanco, marca Osta.

2

Ventiladores elaborados en plástico, color blanco, marca Majestic.

2

Ventiladores elaborados en plástico, color gris, marca Qualyti.

1

Ventilador de techo elaborado en metal, color café.

1

Equipo de aire acondicionado elaborado en plástico, color beige, marca Dravel Air.

1

Equipo de aire acondicionado elaborado en metal, color beige, marca Artic Circle.

1

Perforadora de dos orificios elaborada en metal, color gris.

4

Engrapadoras elaboradas en metal y plástico, color beige.

1

Marginadora elaborada en metal, color beige, marca Hansa.

2

Papeleras elaboradas en plástico, colores gris y café.

PAGINA 20

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

1

Papelera elaborada en metal, color gris.

3

Porta papeles elaborados en plástico, color gris.

1

Cafetera elaborada en metal, color gris.

1

Cafetera elaborada en aluminio, color blanco.

1

Escritorio con 2 cajones elaborado en metal, color beige.

3

Escritorios ejecutivos elaborados en metal, color beige.

7

Escritorios elaborados en madera, colores negro y café.

1

Escritorio rústico elaborado en madera, color café.

1

Credenza elaborada en madera, color negro.

2

Credenzas elaboradas en metal, color beige.

1

Lámpara de chicote elaborada en metal, color cromo.

1

Lámpara para techo elaborada en metal y plástico, color negro.

1

Prisma elaborado en plástico, color naranja.

2

Relojes checadores, color gris, series 322098765 y 381092788.

1

Reloj checador elaborado en metal, color beige, marca Isgus.

1

Base para copiadora elaborada en metal, color gris.

2

Refrigeradores elaborados en plástico, color blanco marca LG, modelo GR-1525F, series 907KR00333 y 907KR00506.

1

Licuadora elaborada en metal, color beige.

1

Fregador elaborado en aluminio, color gris.

1

Tarja con mueble elaborada en metal y madera, color gris.

1

Campana de extracción de humo elaborada en metal, color gris.

1

Litera elaborada en metal, color gris.

1

Cama elaborada en madera, color café.

2

Camas elaboradas en metal, color gris.

2

Módulos elaborados en madera, color blanco.

1

Mampara elaborada en tela, color azul.

2

Tarjeteros elaborados en metal, colores gris y beige.

3

Repisas elaboradas en metal, color negro.

1

Librero elaborado en madera, color café.

1

Bicicleta elaborada en metal, color negro.

1

Careta de protección elaborada en plástico, colores gris y blanco.

1

Extractor de gas elaborado en aluminio, color gris.

1

Lote de 18 ventanas y puertas de perfil elaboradas en metal, color blanco.

12

Postes para valla elaborados en aluminio, color gris.

1

Plafón elaborado en aglomerado, color gris.

1

Juego de baño.

1

Soporte redondo grande elaborado en metal, color negro.

1

Sombrilla elaborada en metal, color naranja.

3

Extinguidores elaborados en metal, color rojo.

PERIODICO OFICIAL

1

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 21

Fotocopiadora elaborada en plástico, color beige, marca Cannon, serie NGV20954.

2

Reguladores elaborados en metal, color beige, marca Tripp Lite.

37

Reguladores elaborados en plástico, colores beige, negro y gris, marca Tripp Lite.

5

Reguladores elaborados en metal, colores gris y beige, marca Tripp Lite, series

2

Reguladores elaborados en plástico, colores negro y beige, marca Sola Basic.

E99E63149, Q59944219346, 9107A0M401F000274, EOO2397 y A03575283. 1

Regulador elaborado en metal, color beige, marca Sola Basic.

94

Reguladores elaborados en plástico, colores beige, negro y gris, marca Tripp Lite, series F0024669, F1824161, F02475576, F1626977, A03569282, F0053400, 96176851, F01821381, F01627009, F01661079, F01898849, F01490137, D217531, 9031ABC3539E00216, 9031ABC3539E00219, F02730292, U18325848, K0065980, U0713140, 9404627, PO1445941, 9112AF00M401100833, 911AF0M401100141, F02501979, 792F002791, F0075753, F01626988, F0502044, 9349A2ROM501000116, F02097473, F01900011, F02822289, 9039A0N4026E0081, 9039A0N4026E000070, 9032A0N4026F000175, 9039A0N4026E000055, 9103A0N4012F000389, 9039A0N4026E00085, 9038A0N4026E000084, 9039A0N4026E000072, F01626993, F02456999, K0038456, U18369110, F00075751, F01627998, K0065893, FO1626989, F00504, 11000428, F0075976, F02822279, A0357502, M02501986, 401100103, F02502042, F02501984, F01437813, F0053438, F02822238, F02822293, F02822272, F014894458, F02502026, D0221375, 501000198, F02502002, 438200994, F02576276, F02501937, F02502059, 101301, 9108A0M4011F00408, F02046057, E00295833, 9037A0M4026E000771, F02501168, F02826549, 9235A0SM465903501, F01394363, F0075986, F005473, F02466708, F02500777, U18371391, F01823906, E96J2800, F0024668, F01455158, OM4026, K0069004, 401100180, F02822267 y F01628151.

30

Reguladores elaborados en plástico, colores negro, beige y gris, marca Sola Basic, series E05E41444, E04G02321, E04111853, E01103089, E02F18568, E02H21833, E0A32330, E-98-B17456, E99-X16011, F04H10117, E-00-D-40995, E00C06413, E99E71138, E99E21267, E99K49239, E99CI5936, E99E71272, E98P20876, E00G40927, E99G00208, E00D28960, E01H31101, E01F22562, E01J03022, E0SE41450, 01JO15784, 02A16G33, E01L13232, E0411977 y E98635536.

8

Reguladores elaborados en metal, colores gris y negro, marca Sola Basic, series E01H12771, E03H07786, E00G01765, E00J11864, E03H07863, E96H6035, E00947211 y E01F22576.

1

Regulador elaborado en plástico, color gris, marca Dataprotec, serie 36351352.

1

Regulador elaborado en plástico, color beige, marca Remex.

4

Reguladores elaborados en plástico, color gris, beige y negro, marca Complet, series 98270674, 04-MC-31C0402, 9817270647 y 98260622.

4

Reguladores elaborados en plástico, colores gris y beige, marca Complet.

2

Reguladores elaborados en plástico, color gris, marca APC, series QS0129222113 y AS0342163565.

3

Reguladores elaborados en plástico, colores gris y beige, marca APC.

3

Reguladores elaborados en metal, color gris, marca APC, series QB0031331277, NS0130243190 y NS0137132663.

1

Regulador elaborado en plástico, color gris, marca Light Vica, serie 86097751.

2

Reguladores elaborados en metal, color gris, marca Light Vica, series 0345UL00432 y 034C0043.

PAGINA 22

15 DE MAYO - 2007

1

Regulador elaborado en plástico, color gris, marca Light Vica.

1

Regulador elaborado en plástico, color gris, marca Apluspro.

1

Regulador elaborado en plástico, color beige, marca MCA.

1

Regulador elaborado en plástico, color beige, marca Alaska.

PERIODICO OFICIAL

1

Regulador elaborado en plástico, color beige, marca Alaska, serie 01433663.

1

Regulador elaborado en metal, color gris, marca Mecsa, serie 596070.

1

Regulador elaborado en plástico, color gris, marca Mecsa, serie 165-091.

1

Regulador elaborado en plástico, color beige, marca Mecsa.

1

Regulador elaborado en plástico, color negro.

2

Reguladores elaborados en plástico, color negro, marca MGE, series 21270A17207 y 21250A17231.

4

Reguladores elaborados en plástico, colores beige y gris, series AS0248210206, A0248210193, F02501978 y 9043ASN3663E62000467.

2

Reguladores elaborados en plástico, color negro, marca TDE, series 67577 y 67436.

1

Regulador elaborado en metal, color negro, marca TDE, serie 10566.

4

Reguladores elaborados en plástico, color negro, marca Astom, series 202030938, 145YS1378, 202070347 y 9308045.

1

Regulador elaborado en metal, color gris, marca Aptus Pro, serie 210010499.

1

Regulador plástico, color beige, marca Datashield, serie 24250380.

39

CPU elaborados en metal, colores beige y negro, marca Compaq, series 6846CCP2A735, 2816BWF20885, 6921BVF2A494, 224FQXA4B737, 2817BWF252, 6915CL94A534, 2816BWF20886, 2816BWF20832, 6845HVC3P843, 6908CJL4A787, 80B370A6JF7A4, 6932CL940924, 6921BVF2A110, 6921BVF2B310, 6921BVF2B179, 6808BSW6D033, 3D98CLY3D0TH, X728BN2CI060, 67508TL413547, 2816BWF20198, 2816WF20335, 2816BWF20775, 2816BWF20468, 6229HCS23434, 6X2CKN8ZLI5W, 2730BT6220070, 6650HVT37563, 6846CCP2A745, 6907CJL4B542, 6020FQX4A421, 6921CL94B111, 3063, 3065, 6908CJL4A795, 6908CJL4A101, 6907CJL4D639, GC14JR22GO34, B015JD4R912G y 6907CJL4A142.

4

CPU elaborados en plástico, color beige, marca Hewlett Packard, series MX84580020, MX84540364, MX84540191 y MX84540638.

78

CPU elaborados en metal, color beige, marca Hewlett Packard, series MX73230540, MX82860299, MX71660028, MX82860350, MX71450727, MX71730146, MX74850778, MX02035219, MX71660077, MX8304005, MX61140912, MX81061071, SQ84200819, MX12055002, MX73230543, 6852CCJ7J234, MX83450551, MX84540136, 6852CCJ7H736, MX73340058, MX74870299, KAGAF93093, 6846CCP2A128, MX72130397, E222000021, MX84540480, MX82720345, MX82070303, MX82860368, MX73240011, MX02975337, MX82070938, MX82660357, MX74850818, MX73350226, TW0300064660000, MX02875323, MX73850361, MX71660099, MX92050019, MX63150351, MX828330571, MX6315296, MX73850297, MX7385099, MX02975506, MX73850306, MX02875421, MX73340057, MX02875290, MX63150286, MX63150155, MX92050228, MX63150304, MX73640589, 309ACT96E0GJ, MX90253729, MX82070268, MX82060355, MX82540310, MX80250688, MX82860372, MX84540598, MX84540133, MX84540269, MX03875473, MX11045106, MX71730019, MX84540513, MX92720029, ECO4030116, MX84540166, MX84540515, MX84540640, MX9270028, MX84540188, MX71660162 y MX84540135.

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 23

1

CPU elaborado en metal, color beige, marca Alaska, serie 000024344.

8

CPU elaborados en plástico, color beige, marca Hewlett Packard, modelo Vectrave, series MX84540469, MX71660051, MX84540417, MX03875583, MX83960229, MX8440405, MX03865360 y MX71660220.

10

CPU elaborados en metal, color beige, marca Acer, series ES95000018, ER44000601, ER49000742, ER33000291, EK20000035, ER20000043, M205783, MY93000063, EE28000179 y EX67000493.

9

CPU elaborados en metal, color beige, marca IBM, series 78N4375, 78N4396, 78N4448, 78H0371, 3542, 78ZYCBF, 78ZYCFE, 78ZYBWL y 78N3806.

2

CPU elaborados en plástico, color beige, marca IBM, series 78-ZADVK y 78M3853.

1

CPU elaborado en metal, color beige, marca IBM.

3

CPU elaborados en metal, color beige, marca Unisys, series 497644658, 497644740 y 497644799.

4

CPU elaborados en metal, color beige, marca Dell, series GG2XW, 1S0CE, HEY9M y G1NZB.

2

CPU elaborados en metal, color beige, marca Digital.

1

CPU elaborado en metal, color beige, marca SGC.

14

CPU elaborados en metal, color beige.

2

CPU elaborados en metal, color beige, series D921CNJ10122 y XB741213ACQ.

2

CPU elaborados en metal, color beige, marca Lanix, series 00010015895 y CJA96113691.

1

CPU elaborado en metal, color beige, marca Lanix.

2

CPU elaborados en metal, color beige, marca Vanguard, series 110766634 y 110743874.

1

CPU elaborado en metal, color beige, marca Skale, serie 606461.

1

CPU elaborado en plástico, color beige.

1

Servidor elaborado en metal, color beige, marca Compaq, serie D921CNJ10122.

1

Servidor elaborado en metal, color beige, marca Hewlett Packard, serie E222000021.

1

Scanner elaborado en metal, color beige, marca Hewlett Packard, serie SG6CV2303D.

3

Scanner elaborados en plástico, color beige, marca Hewlett Packard, series SG74F11OUT, CN3725231F y CN0A51F095.

1

Scanner elaborado en plástico, color beige, marca Epson, serie 24RX000308.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Daewoo, serie M6072100443.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Digital, serie 1K60485247.

2

Monitores elaborados en plástico, color beige, marca Lanix, series 103MXO2732 y 101MX00161.

32

Monitores elaborados en plástico, colores beige y gris, marca Compaq, series 014W50J5907, 922BB50JCI04, 006BB50JS733, 012BB50JP247, 011BB50JE437, 809AB11CM490, 002BJ28N8430, 809AB11CN507, 903BF230C804, 922BB50JC487, 809AB11CL846, 033BB28RA060, 809AB11CG360, 110BB28AH301, 745AH29AC247, 921BB50JB872, 255652001, 735AH19AB312, 01020100, 923BB50JF163, 809AB11CG816, 809ABIICN492, G29AF19JA379, IIGBA28TK224, 913BF281UE788, 707AG07GI405, 9138F28UG465, 936BB501D302, 111BB28RA778, 709CA10ME365, 922BB5OK172 y 922BB5OJC185.

20

Monitores elaborados en plástico, colores gris, negro y beige, marca Acer, series M3TP62506271, M5400018538, M133A212037, M5400278247, 9175402072, M5400267554, 9177902211, M3TE60301628, M3T571222920, M7H62001070H, MI33D206823, MI34T299676, M33P61302490, M11DN031378, 9177902213, M540000394, M3TP6060511, M3TS72045717, M111D126988 y M3T572045722.

PAGINA 24

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

3

Monitores elaborados en plástico, color beige, marca Acer, modelo Acerview33D, series MI330216543, MIIDM007639 y MI33DI95823.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Acer.

3

Monitores elaborados en plástico, colores beige y gris, marca BTC, series 79460008334, 7008000915 y 7008000920.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Data, serie 473017433.

1

Monitor elaborado en plástico, color blanco.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca IBM.

10

Monitores elaborados en plástico, colores beige y gris, marca IBM, series 23SF806, 09G3818, 23BCBN1, 2631599, 23-GKAW7, 23-BBMX1, 23-GKAT5, 23BCP8, 23CBK7 y 23GKAV1.

2

Monitores elaborados en plástico, color beige, marca Samsung, series XZEAC00557 y HCC4B001964.

64

Monitores elaborados en plástico, colores gris y beige, marca Hewlett Packard, series MX912222772, MX64640520, MX73101226, MX12104605, MX91120795, MX84361384, MX84361771, MX83028415, MX95102358, MX70505750, MX00723667, MX82309804, KR54977307, MX80603442, TW75142249, MX83027690, MX84565239, MX83950000, MX82821665, MX73314597, MX71695601, MX82926343, MX82926310, MX82821554, USHB826349, KR74503795, KR74503610, KA21620064, MX02048679, MX84565371, MX84361770, MX84566128, MX84361380, 70369345, TW72109481, MX84361425, MX84361717, MX84361369, MX84361775, MX84361756, MX84361758, MX84566138, MX84361787, MX84566122, 74856279, MX83950383, MX84361371, MX84566125, M770369241, MX84566129, 84361382, MX84565245, MX84565238, MX82309797, MX83950377, MX74836113, MX83948176, MX84153900, MX00137921, MY02929074, MX83027745, MY92173157, MX82926318 y 3600K7079.

2

Monitores elaborados en plástico, colores gris y beige, marca Dell, series 2904300 y 55341C0YD142.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, serie BJMC140H.

1

Monitor elaborado en plástico, color beige, marca Alaska, serie 9CLP84101523.

1

Lote de diskettes de varios programas.

1

Porta teclado elaborado en madera y metal, color negro.

6

Bocinas elaboradas en plástico, color beige.

2

Bocinas elaboradas en plástico, color beige, marca digital.

1

Modem Intel, serie 0002B3933A00.

1

Modem elaborado en metal, color beige, marca Ciscopro, serie 25691496.

1

Modem elaborado en metal, color beige, marca 3COM, serie 01017WRU078609.

1

Teclado elaborado en plástico, color beige, marca Immt, serie 76183.

1

Teclado elaborado en plástico, color beige, marca Compaq, serie B142AOHBUHG2PO.

1

Teclado elaborado en plástico, color beige, marca BTC, serie 17BO70077.

1

Teclado elaborado en plástico, color beige.

1

Teclado elaborado en plástico, color beige, marca Hewlett Packard.

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, marca Xerox, modelo 046821.

7

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca Star, series 360091001424, 580020500347, 550000200825, 580020500340, 580030230990, 880030330852 y 580050130233.

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 25

3

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca IBM, series 30A2724, 01E0826 y USLE081436.

1

Impresora elaborada en metal, color beige, marca Lexmark.

3

Impresoras elaboradas en metal, color beige, marca Lexmark, series 4167763, 6024897 y 11DDFB3.

61

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca Lexmark, series GO23691, 11DFGP7, 11M6773, 11PY054, 416788, GO23689, 4167776, 11V6756, 4167800, 11W4000, 11V6845, 1123275, 11DDFG5, 10E0141150480, 11PY072, 1100FB0, 11MA348, 11BBFB2, 4167806, 11W4001, 11W4054, 11PY069, 4163957, 11PY056, 11PY066, 11PY073, 11CHZLO, 11D0152, 11LBN55, 4167760, 11WFMZ, 11PY079, 11WFK4, 11W3988, 11PY060, 11DDFG4, 11M6781, 11PY053, 11Z3273, 991ZYZB, 11W4033, 11PY057, 11C1508, 6024898, 11H6563, 11DDFD6, 11W4009, 11W3996, 11DDFM7, 6024902, 11DDFF6, 11DDFB6, 11DDF98, 11CC738, 11PY080, G0025063, 11DDFK7, 11KCW98, 9908VL3, 1213660 y 1207215.

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, marca Lexmark.

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, marca Hewlett Packard.

39

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca Epson, series 3KDX011056, SKDX14405, BK6Y008234, 2NJY014352, 2NJY059228, 2NJY059242, 2NJX014353, BTWY0030007, BKGY000367, BKGY008324, U585F1W104, ALLY104972, ALLY285654, ALLY315575, ALLY313065, ALLY068063, 3DX052088, ALLY247322, ALLY263778, 6211308434, ALLY197173, D2HY054041, 1F7E188951, 1F8E318864, ALLY263780, ALLY069225, TZHY054033, 1YMY671807, ALLY316668, 2EGE153550, ALLY314377, ALLY069220, 3KEY114798, 1F8E842105, 3KDY114792, 2NJY069648, 2NJY027007, 2NJT068127 y ALLY184584.

81

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca Hewlett Packard, series BRLGD00335, 3KDX012543, US86802042, USJN39794, USBC15008, CNBFC26356, USEG801986, CNBFF26492, 9BRLGD00453, USDF252710, USJNJ39643, USLNK26555, USCB013797, U5JF12189, SG77MIG0k9, USDF253898, USFE000597, CNBFD29243, USBG801456, USJN39824, USBB060696, USBGK01751, USBG081079, USHB763778, MX9391W2GW, MX07C150PB, USB6P120D7, USCB287311, SGG3L1H1VG, Q579N130TS, USHB766114, SG0841304R, CNBJJ54351, MY31HF649X, USBB207965, 5563H12N0, USCB057b4, USFB002554, USFB238347, USCB302976, USCB302982, 5G7701N3HG, US87R150FX, USGB21DBK, USB7912304, SG48J14126, USBG15014, USEF185092, U58CN15046, USJB146C484, USCB339547, SGG3L1H265, U57AN11005, USHB078359, SG6351H2MX, JPKG219869, USLD09848, U52521GBJI72126, USBB208234, USDF256080, SG57216090, MX96215284, MX9621529N, USKBI54229, USCB057711, USBB960799, USCCO54351, MX133N1HO, 810A1013579, USCB251460, USHB161922, 6211183129, E8BY065577, SG67N1414C, U575M15094, US4A8150P5, SG71MM2X5, USCB304399, USHB903902, D075E059858 y MX95J1212M.

2

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca Cannon, series FFA464599 y FAEU43245.

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, marca Epson.

1

Impresora elaborada en metal, color beige, marca Cannon.

13

Impresoras elaboradas en plástico, color beige, marca Brother, series U52521G8J172323, U52521G8J172107, U5252168J172426, U52521G8J172088, U5258100J387887, M69551163, USBB165208, U52521G8J172327, US2521G8J172334, U52682E1J172128, B99671944, D99671940 y B90671786.

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, serie 11B2040.

PAGINA 26

15 DE MAYO - 2007

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, marca Uridata, serie 66HR300044032K.

1

Impresora elaborada en plástico, color beige, marca Compaq, serie 1M16DGZKP74V.

2

Mouses elaborados en plástico, colores beige y negro.

3

Mouses elaborados en plástico, color beige, marca Hewlett Packard.

1

Mouse elaborado en plástico, color beige, marca Genius.

3

Mouses elaborados en plástico, colores beige y gris, marca Hewlett Packard, series LZ812023826, LZ6120083 y 48C44832.

1

Mouse elaborado en plástico, color beige, serie 593146300.

1

Mouse elaborado en plástico, color beige, marca Alaska, serie 020516386.

2

Mouses elaborados en plástico, color beige, marca Compaq.

1

Mouse elaborado en plástico, color beige, marca Keymouse.

PERIODICO OFICIAL

Artículo Segundo.- La Secretaría de Finanzas y Administración hará la entrega respectiva de los bienes muebles de reaprovechamiento a la asociación civil denominada "Promoción Cívica Guanajuatense, Escuela de Artes y Oficios", A.C., ubicada en las ciudad de Guanajuato, perteneciente a esta Entidad Federativa, procediendo a darlos de baja del inventario de bienes muebles de Gobierno del Estado. Transitorio Artículo Único.- El presente Acuerdo Gubernativo entrará en vigencia el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 25 veinticinco días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 27

Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o., 13 fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato para el Poder Ejecutivo. Considerando En la actualidad las asociaciones civiles desempeñan un papel importante dentro de la sociedad guanajuatense, por ello, tanto éstas como el Gobierno del Estado realizan funciones complementarias y no aisladas, a fin de procurar una mayor atención a las necesidades de la población. Las asociaciones civiles constituidas legalmente en el Estado, son personas morales cuya característica distintiva es no contar con fines de lucro. Además, al no perseguir un fin de lucro, la mayoría de las veces subsisten del apoyo de la población, lo que les ocasiona carencias y que se presenten obstáculos para el cumplimiento del objetivo para el cual fueron constituidas. Razón por la cual el Gobierno del Estado ha adoptado el compromiso de ayudar a las asociaciones civiles en la Entidad, que prestan servicios a la comunidad y que con sus actividades contribuyen a tener una sociedad fortalecida; es por ello que el Poder Ejecutivo apoya las actividades de estas asociaciones, donándoles aquellos muebles de reaprovechamiento que les auxilien en el logro de sus fines. De esta manera, el Gobierno del Estado cumple plenamente con la función pública de apoyar a las asociaciones civiles en el desarrollo de sus actividades, con el propósito de que lleven a cabo el cumplimiento de su objeto social. Con base en las consideraciones vertidas, se autoriza la donación de vehículos a favor de las asociaciones civiles denominadas "Unidos por el Desarrollo Comunitario", A.C. y "Fundación Alzheimer León, Alguien con quien contar", A.C., ubicadas en las ciudades de Acámbaro y León, respectivamente, ambas pertenecientes a esta Entidad Federativa, con el fin de mejorar la prestación de servicios asistenciales en beneficio de la población. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo Gubernativo Número 12 Artículo Primero.- Se autoriza la donación a favor de las asociaciones civiles denominadas "Unidos por el Desarrollo Comunitario", A.C. y "Fundación Alzheimer León, Alguien con quien contar", A.C., ubicadas en las ciudades de Acámbaro y León, respectivamente, ambas pertenecientes a esta Entidad Federativa, de los vehículos que a continuación se detallan:

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15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

Asociación

Marca

Modelo

Tipo

Serie

Factura Núm.

Unidos por el Desarrollo Comunitario, A.C.

Volkswagen

1999

Sedán

3VWS1A1B0XM510803

03131

Fundación Alzheimer León, Alguien con quien contar A.C.

Volkswagen

1999

Sedán

3VWS1A1B3XM526770

03606

Artículo Segundo.- La Secretaría de Finanzas y Administración hará la entrega respectiva de los vehículos objeto de la donación descritos en el artículo anterior, a las asociaciones civiles denominadas "Unidos por el Desarrollo Comunitario", A.C. y "Fundación Alzheimer León, Alguien con quien contar", A.C., ubicadas en las ciudades de Acámbaro y León, respectivamente, ambas pertenecientes a esta Entidad Federativa, entregando las facturas correspondientes y procediendo a darlos de baja del inventario de bienes muebles de Gobierno del Estado. Transitorio Artículo Único.- El presente Acuerdo Gubernativo entrará en vigencia el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 25 veinticinco días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 29

Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o., 13 fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato para el Poder Ejecutivo. Considerando En la actualidad las asociaciones civiles desempeñan un papel importante dentro de la sociedad guanajuatense, por ello, tanto éstas como el Gobierno del Estado realizan funciones complementarias y no aisladas, a fin de procurar una mayor atención a las necesidades de la población. Las asociaciones civiles constituidas legalmente en el Estado, son personas morales cuya característica distintiva es no contar con fines de lucro. Además, al no perseguir un fin de lucro, la mayoría de las veces subsisten del apoyo de la población, lo que les ocasiona carencias y que se presenten obstáculos para el cumplimiento del objetivo para el cual fueron constituidas. Razón por la cual el Gobierno del Estado ha adoptado el compromiso de ayudar a las asociaciones civiles en la Entidad, que prestan servicios a la comunidad y que con sus actividades contribuyen a tener una sociedad fortalecida; es por ello que el Poder Ejecutivo apoya las actividades de estas asociaciones, donándoles aquellos muebles de reaprovechamiento que les auxilien en el logro de sus fines. De esta manera, el Gobierno del Estado cumple plenamente con la función pública de apoyar a las asociaciones civiles en el desarrollo de sus actividades, con el propósito de que lleven a cabo el cumplimiento de su objeto social. Con base en las consideraciones vertidas, se autoriza la donación de vehículos a favor de las asociaciones civiles denominadas "Casa de Jesús para Rehabilitación Femenil", A.C. y "Frente de Acción Ciudadana", A.C., ambas ubicadas en la ciudad de León; "Casa Cuna de Irapuato", A.C., ubicada en la ciudad de Irapuato; y "Escuadrón de Emergencias", A.C., ubicada en la ciudad de Acámbaro, pertenecientes a esta Entidad Federativa, con el fin de mejorar la prestación de servicios asistenciales en beneficio de la población. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo Gubernativo Número 13 Artículo Primero.- Se autoriza la donación a favor de las asociaciones civiles denominadas "Casa de Jesús para Rehabilitación Femenil", A.C. y "Frente de Acción Ciudadana", A.C., ambas ubicadas en la ciudad de León; "Casa Cuna de Irapuato", A.C., ubicada en la ciudad de Irapuato; y "Escuadrón de Emergencias", A.C., ubicada en la ciudad de Acámbaro, pertenecientes a esta Entidad Federativa, de los vehículos que a continuación se detallan:

PAGINA 30

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

Asociación

Marca

Modelo

Tipo

Serie

Factura Núm.

Casa de Jesús para Rehabilitación Femenil, A.C.

Chevrolet

1998

Blazer

1GNCS13W4W2190435

6507 A

" Frente de Acción Ciudadana, A.C.

Ford Dodge

1994 1999

F-150 Pick-Up Rm 1500

3FTEF154XRM-A00832 3B7HC16X3XM596006

2077 9164

Casa Cuna de Irapuato, A.C.

Nissan

1999

Tsuru

3N1EB31S-7XL117401

A6392

Escuadrón de Emergencias, A.C.

Volkswagen

1995

Combi

3VWZZZ231SM003074

1309 A

"

Chevrolet

1997

C-15 "B"Pick-Up

1GCEC2477VZ200487

10309

Artículo Segundo.- La Secretaría de Finanzas y Administración hará la entrega respectiva de los vehículos objeto de la donación descritos en el artículo anterior, a las asociaciones civiles denominadas "Casa de Jesús para Rehabilitación Femenil", A.C. y "Frente de Acción Ciudadana", A.C., ambas ubicadas en la ciudad de León; «Casa Cuna de Irapuato", A.C., ubicada en la ciudad de Irapuato; y "Escuadrón de Emergencias", A.C., ubicada en la ciudad de Acámbaro, pertenecientes a esta Entidad Federativa, entregando las facturas correspondientes y procediendo a darlos de baja del inventario de bienes muebles del Gobierno del Estado. Transitorio Artículo Único.- El presente Acuerdo Gubernativo entrará en vigencia el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 25 veinticinco días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

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Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 77 fracción XXIV de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; así como en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 9o., 13 fracciones I y II, 23 fracción I inciso g) y 24 fracción IV inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 76 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato para el Poder Ejecutivo. Considerando En la actualidad las asociaciones civiles desempeñan un papel importante dentro de la sociedad guanajuatense, por ello, tanto éstas como el Gobierno del Estado realizan funciones complementarias y no aisladas, a fin de procurar una mayor atención a las necesidades de la población. Las asociaciones civiles constituidas legalmente en el Estado, son personas morales cuya característica distintiva es no contar con fines de lucro. Además, al no perseguir un fin de lucro, la mayoría de las veces subsisten del apoyo de la población, lo que les ocasiona carencias y que se presenten obstáculos para el cumplimiento del objetivo para el cual fueron constituidas. Razón por la cual el Gobierno del Estado ha adoptado el compromiso de ayudar a las asociaciones civiles en la Entidad, que prestan servicios a la comunidad y que con sus actividades contribuyen a tener una sociedad fortalecida; es por ello que el Poder Ejecutivo apoya las actividades de estas asociaciones, donándoles aquellos muebles de reaprovechamiento que les auxilien en el logro de sus fines. De esta manera, el Gobierno del Estado cumple plenamente con la función pública de apoyar a las asociaciones civiles en el desarrollo de sus actividades, con el propósito de que lleven a cabo el cumplimiento de su objeto social. Con base en las consideraciones vertidas, se autoriza la donación de bienes muebles de reaprovechamiento a la asociación civil denominada "Club Rotario Jerécuaro", A.C., ubicada en la ciudad de Jerécuaro, perteneciente a esta Entidad Federativa, con el fin de mejorar la prestación de los servicios asistenciales en beneficio de la población. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente referidas, he tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo Gubernativo Número 14 Artículo Primero.- Se autoriza la donación a favor de la asociación civil denominada "Club Rotario Jerécuaro", A.C., ubicada en la ciudad de Jerécuaro, perteneciente a esta Entidad Federativa, de los bienes muebles de reaprovechamiento que a continuación se detallan:

PAGINA 32

Cantidad

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

Descripción de los Bienes Muebles

2

Escritorios ejecutivos elaborados en metal, color beige.

2

Credenzas elaboradas en metal, color beige.

5

Sillas apilables elaboradas en vinil, color negro.

3

Sillas secretariales elaboradas en tela, color negro.

2

Archiveros de 4 gavetas cada uno elaborados en metal, color beige.

2

Rotafolios elaborados en madera y aluminio, color blanco.

Artículo Segundo.- La Secretaría de Finanzas y Administración hará la entrega respectiva de los bienes muebles de reaprovechamiento a la asociación civil denominada "Club Rotario Jerécuaro", A.C., ubicada en la ciudad de Jerécuaro, perteneciente a esta Entidad Federativa, procediendo a darlos de baja del inventario de bienes muebles de Gobierno del Estado. Transitorio Artículo Único.- El presente Acuerdo Gubernativo entrará en vigencia el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a los 25 veinticinco días del mes de abril del año 2007 dos mil siete.

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 33

GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACION

PAGINA 34

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.

PAGINA 35

PAGINA 36

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 37

PAGINA 38

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

AVISO A todos los usuarios de las diferentes Dependencias de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, así como a los diferentes

Organismos

Públicos

Descentralizados que envian diversos documentos para su publicación en el Periódico Oficial, se les solicita de la manera más atenta se sirvan remitir dicho documento en forma impresa, en discos de 31/2 o en CD, (realizado en Word con formato rtf), lo anterior debido a que los procesos de impresión de esta Dirección del Periódico Oficial así lo requieren. Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.

Atte.

La Dirección

PERIODICO OFICIAL

15 DE MAYO - 2007

PAGINA 39

AVISO Por este conducto se comunica a todos los usuarios en general, que a partir del día 10 de Abril del año 2003, está disponible la Página del Periódico Oficial en Internet. Para su consulta, se deberá accesar a la Dirección: ( www.guanajuato.gob.mx ) de Gobierno del Estado, hecho lo anterior dar clic sobre el Botón Noticias, localizar la Liga del Periódico y dar clic sobre el Vínculo. o bien ( http://periodico.guanajuato.gob.mx ) Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.

Atte. La Dirección

PAGINA 40

15 DE MAYO - 2007

PERIODICO OFICIAL

D I R E C T O R I O PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO Se publica los LUNES, MARTES, JUEVES y VIERNES Oficinas: Km. 10 Carr. Juventino Rosas Tel. (473) 3-12-54 * Fax: 3-30-03 Guanajuato, Gto. * Código Postal 36000 Correos Electronicos Lic. Luis Manuel Terrazas Aguilar ( [email protected] ) José Flores González ( [email protected] )

TARIFAS: Suscripción Anual (Enero a Diciembre) Suscripción Semestral (Enero-Junio) (Julio-Diciembre) Ejemplares, del Día o Atrasado Publicaciones por palabra o cantidad por cada inserción Balance o Estado Financiero, por Plana Balance o Estado Financiero, por Media Plana

$ "

874.00 437.00

"

11.50

" " "

1.20 1,446.00 728.00

Los pagos deben hacerse en las Oficinas Receptoras de Rentas de cada Localidad, enviando el ORIGINAL del EDICTO o del BALANCE con el Recibo Respectivo. Favor de enviar ORIGINALES. Así nos evitará su devolución.

DIRECTOR LIC. LUIS MANUEL TERRAZAS AGUILAR