2:ma, :2. -r de ~

Justicia de Lima, recaído en el expediente N" 28871-2012-0-1801-JR-SA-01, se declara fundada en parte la demanda en los seguidos por don CONSTANTINO ...
922KB Größe 1 Downloads 0 vistas
Mil IISTERIO DE SALUD

.2:ma, :2.-rde ~

cid. 2.1)_ l.J-

Visto , el Informe N" 600-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 14 de abril del 2015, contenido en el Expediente N° 14-055313-001 , emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directora! N" 1551-2012-0GGRH/SA, de fecha 09 de noviembre del 2012, se reconoció a favor de los servidores de la Administración Central del Ministerio de Salud que no contaban con sentencia judicial, los devengados generados como consecuencia del reconocimiento de la Bonificación Especi al dispuesta por el artículo 2° del Decreto de Urgencia N" 037-94, de conformidad con lo señalado en la Ley N" 29702, entre los cuales se encuentra don CONSTANTINO JUAN VILLANU EVA CARDENAS, consignado con el número 662 de la relación descrita como Anexo 01- RELACIÓN DE SERVIDORES QUE NO CUENTAN CON SENTENCIA JUDICIAL- D. U. No 03794, a quien por dicho concepto se le calcula la suma de Setenta y Ocho Mil Trescientos Cincuenta y 79/100 Nuevos Soles (S/.78,350.79);

e

Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2012, abril y diciembre del 2013 y julio del 2014, se efectúo a favor de don CONSTANTINO JUAN VILLANUEVA CARDENAS, cinco (05) depósitos parciales con cargo a la deuda principal, habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada, como a continuación se gráfica: MONTO PAGADO

MONTO RECONOCIDO R.D. N" 1551-2012-

2012

OGGRH/SA

DICIEMBRE

ABRIL

78,350.79

10,424.18 1 2,491.92

2,256.02

2014

2013 1 DICIEMBRE

1

62,392.32

JULIO

786.23

TOTAL AMORTIZADO

78,350.79

Que, mediante Sentencia No 179-2013-25° JETP-FGS, de fecha 07 de noviembre de dos mil trece, emitida por el 25° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, recaído en el expediente N" 28871 -201 2-0-1801-JR-SA-01 , se declara fundada en parte la demanda en los seguidos por don CONSTANTINO JUAN VILLANUEVA CARDENAS, contra el Ministerio de Salud , ordenando el pago a partir del 01 de julio de 1994, los devengados más intereses legales provenientes de la bonificación especial del artículo 2° de la bonificación especial del Decreto de Urgencia No 037-94; Que, según Informe Situacional Actual N" 822-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, de fecha 16 de marzo del 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón, don CONSTANTINO JUAN VlLLAN UEVA CARDENAS, figura como servidor de Oficina General de Administración de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cargo de Coordinador 11 , Nivel F-1 ; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de !a obligación legal impuesta por el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N" 017-93-JUS, que dispone que "toda persona y autoridad está

obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente , en sus propios términos , sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil , penal o administrativa que la Ley señala", ha cumplido en parte con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional, mediante Resolución Directora! W 1551-2012-0GGRH/SA al haber reconocido y cancelado lo devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia No 037-94, quedando pendiente el reconocimiento de los intereses legales; Que, de acuerdo al Informe de Visto, y a la Liquidación W 095-2015-ERP-OARH/MINSA, de fecha 14 de abril del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, se ha determinado que corresponde reconocer a don CONSTANTINO JUAN VILLANU EVA CARDENAS la suma de VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CON 66/100 NUEVOS SOLES (S/. 27,200.66), por concepto de intereses legales laborales, del periodo comprendido del O1 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010, generado de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94; Que, a razón de las ob ligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial W 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001-2014-JUS; Que, en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por el 25° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima; en lo que respecta a los intereses legales, por la bonificación antes citada; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto Oficina General de Gestión de Recursos Humanos;

1

de la

De conformidad con lo previsto en el artículo 4 o del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo No 017-93-JUS y la Ley W 3028 1 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECONOCER, a favor de don CONSTANTINO JUAN VILLANU EVA CARDENAS, identificado con DNI W 08734551 , la suma de VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CON 66/100 NUEVOS SOLES (S/. 27,200.66), por concepto de intereses legales laborales derivados de la aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia No 037-94, del periodo comprendido del O1 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 201 O, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle: N" Expediente Judicial

Periodo

Meses y Dias

Intereses legales laborales del D.U. 037·94

28871·2012-0-1801-JR-LA-0 1

Del 01 /07/1994 al 31 /1212010

195 Meses y 04 Dias

27,200.66

Artículo 2°.- El monto reconocido en el artículo precedente de la presente resolución, será abonado con cargo a la Específica de Gasto 25.51 .11 y de acuerdo a la disponibilidad presupuesta! de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11 , Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración, quien preside el Comité encargado del listado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada. Artículo 4°.- Remitir copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud para su conocimiento y presentación ante el 25° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, para su aprobación. Regístrese y Comuníquese,