diario de los debates

Petróleos Mexicanos, división. Refinación (Pemex-Refinación). 2. -. Hace uso de la voz desde .... división Refinación (PEMEX-Refinación). Analizada la iniciativa de referencia, con fundamento en el artículo 149 de la Ley ..... Juana Elena Soria Contreras. Transcripción. Martina Trejo López. Responsable de grabación.
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DIARIO DE LOS DEBATES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO SEGUNDA ÉPOCA AÑO III SESIÓN EXTRAORDINARIA LX CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO No. 153

GUANAJUATO, GTO., 20 DE JULIO DE 2009

H. SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO. SESIÓN DE APERTURA. TERCER PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES CORRESPONDIENTE AL TERCER AÑO DE EJERCICIO LEGAL. SESIÓN CELEBRADA EL 20 DE JULIO DE 2009. 1 SUMARIO -

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Lista de asistencia comprobación del quórum.

y

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Discusión del dictamen emitido por la Comisión de Hacienda y Fiscalización, relativo a la iniciativa formulada por el titular del Poder Ejecutivo, a efecto de obtener autorización para la enajenación de diversos bienes inmuebles, con sus accesiones y derechos, así como derechos posesorios, integrantes del patrimonio inmobiliario del Estado de Guanajuato, a favor de la empresa paraestatal Petróleos Mexicanos, división Refinación (Pemex-Refinación).

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Hace uso de la voz desde tribuna para hablar a favor del dictamen, el diputado José Julio González Garza.

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Clausura de la sesión.

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PRESIDENCIA DEL DIPUTADO JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ GÓMEZ. -El C. Presidente: Se pide a la Secretaría pasar lista de asistencia. -La asistencia.

C.

Secretaria:

Pasa

lista

LISTA DE ASISTENCIA COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM.

de Y

Artículo 132 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. 1.-‹‹Lo acontecido en las sesiones a las que se refiere este Capítulo, será consignado en un medio de difusión oficial denominado Diario de los Debates, en el que se publicará la fecha y lugar donde se verifiquen, el sumario, nombre de quien presida, copia fiel del acta de sesión anterior, la transcripción de la versión magnetofónica de las discusiones en el orden que se desarrollen e inserción de todos los asuntos con que se de cuenta. No se publicarán las discusiones y documentos relacionados con las sesiones secretas, lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 24 en relación con la fracción XVI del Artículo 14 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato‹‹ 1

¿Falta algún diputado diputada de pasar asistencia?

o

alguna

La asistencia es de 32 diputados y diputadas. Hay quórum, señor Presidente. -El C. Presidente: Siendo las 12 horas con 13 minutos, se abre la sesión. Toda vez que corresponde tomar votación en asunto materia de la presente sesión extraordinaria, solicito a la Secretaría General auxilie a esta Mesa Directiva a cerciorarse de la presencia de las diputadas y de los diputados asistentes. Asimismo, se pide a las diputadas y a los diputados, abstenerse de abandonar este salón durante las votaciones. En los términos de la convocatoria expedida por la Diputación Permanente, por la cual se citó al tercer periodo extraordinario de sesiones correspondiente al tercer año de ejercicio legal de esta Legislatura, y una vez agotado el punto I de la misma, procede que en la presente sesión extraordinaria se agote el punto II de dicha convocatoria. Por tal motivo y, toda vez que el objeto de esta sesión extraordinaria es la discusión y, en su caso, aprobación del dictamen suscrito por los diputados y las diputadas integrantes de la Comisión de Hacienda y Fiscalización, relativo a la iniciativa formulada por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a efecto de obtener autorización para la enajenación de diversos bienes inmuebles, con sus accesiones y derechos, así como derechos posesorios, integrantes del patrimonio inmobiliario del estado de Guanajuato, a favor de la empresa paraestatal Petróleos Mexicanos, división refinación (PEMEX-REFINACIÓN). Por lo tanto con el objeto de agilizar el trámite parlamentario del dictamen referido y, en virtud de habérseles proporcionado con anticipación dicho dictamen, esta Presidencia propone se dispense la lectura de las consideraciones contenidas en el mismo, para que sea leído únicamente el decreto respectivo. Por lo tanto, se solicita a la Secretaría que, en votación económica, pregunte a la Asamblea si se aprueba la propuesta. -La C. Secretaria: Se pregunta al Pleno, en votación económica, si se aprueba la

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Diario de los Debates 20 de julio de 2009

propuesta que nos ocupa. Si están por la afirmativa, manifiéstenlo poniéndose de pie. (Votación) La propuesta ha sido aprobada. -El C. Presidente: Bajo estos términos, continuaremos con el desahogo de la presente sesión. Se pide a la Secretaría dar lectura al decreto contenido en el dictamen formulado por la Comisión de Hacienda y Fiscalización. 2DISCUSIÓN DEL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y FISCALIZACIÓN, RELATIVO A LA INICIATIVA FORMULADA POR EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO, A EFECTO DE OBTENER AUTORIZACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN DE DIVERSOS BIENES INMUEBLES, CON SUS ACCESIONES Y DERECHOS, ASÍ COMO DERECHOS POSESORIOS, INTEGRANTES DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, A FAVOR DE LA EMPRESA PARAESTATAL PETRÓLEOS MEXICANOS, DIVISIÓN REFINACIÓN (PEMEX-REFINACIÓN).

-La C. Secretaria: (Leyendo) »C. Presidente del Congreso del Estado. Presente. A la Comisión de Hacienda y Fiscalización le fue turnada para efectos de su estudio y dictamen, la iniciativa formulada por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, a efecto de que se le autorice transferir en donación diversos bienes inmuebles, con sus accesiones y derechos, así como derechos posesorios, integrantes del patrimonio inmobiliario del Estado de Guanajuato, a la empresa paraestatal Petróleos Mexicanos, división Refinación (PEMEX-Refinación). Analizada la iniciativa de referencia, con fundamento en el artículo 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo nos permitimos rendir el siguiente: Dictamen El titular del Poder Ejecutivo del Estado, mediante iniciativa de decreto de fecha 13 de julio del año en curso solicita autorización del Congreso del Estado, para 2

Para efecto del Diario de los Debates, los Dictámenes se plasman respetando su texto original, mismo que puede ser modificado por el Pleno en el transcurso de la sesión; por lo que es importante consultar en el Órgano de Difusión Oficial denominado ››Diario de los Debates‹‹ el desarrollo de los mismos, hasta su aprobación correspondiente.

transferir en donación, diversos bienes inmuebles, con sus accesiones y derechos, así como derechos posesorios, integrantes del patrimonio inmobiliario del estado de Guanajuato, a la empresa paraestatal Petróleos Mexicanos, división Refinación (PEMEXRefinación). La referida iniciativa se turnó a esta Comisión el 14 de julio del año en curso para su estudio y dictamen, siendo radicada en la misma fecha. A la documentación que obra en el expediente, se anexó el plano de localización que establece la superficie total de los bienes inmuebles materia de la enajenación, el cual como señalaremos posteriormente está clasificada como información reservada. En su exposición de motivos el iniciante refiere como antecedente que el pasado 14 de abril, el Ejecutivo Federal, a través de la empresa paraestatal Petróleos Mexicanos, concluyó el proceso para determinar el sitio donde se asentaría una nueva refinería, dentro del marco de la estrategia de modernización del Sistema Nacional de Refinación, que tiene entre sus objetivos: Garantizar el abasto de petrolíferos al menor costo posible; resolver la problemática de exceso de producción de combustóleo; contribuir a la seguridad energética del país; y coadyuvar a mejorar la situación financiera de Pemex Refinación. En tal sentido, se determinó que las dos propuestas viables para la construcción del proyecto de la nueva refinería, son las ciudades de Tula de Allende, Hgo., y Salamanca, Gto., en ese orden. Para tal efecto, Petróleos Mexicanos impuso al Estado de Hidalgo, para la ciudad de Tula de Allende, el cumplimiento, dentro del plazo de cien días, contado a partir del citado 14 de abril, de dos condiciones: La primera, consistente en haber adquirido en propiedad todos los bienes que integran los polígonos de los terrenos propuestos con una superficie de al menos 700 hectáreas, cumplidos todos los requisitos legales de registros y de respeto a derechos preferenciales; y la segunda, entregar a Pemex Refinación constancia de manifestación unilateral e irrevocable de transmitir en donación al organismo dichos bienes. Señalándose también en la citada determinación que en el caso que el Estado de Hidalgo no cumpla con las condiciones mencionadas, la nueva refinería se construiría en la ciudad de Salamanca, Gto; siempre y cuando se cumpla, en igual término, con las mismas condiciones referidas en el párrafo anterior.

Diario de los Debates 20 de julio de 2009 Al respecto, debemos mencionar que el 11 de diciembre de 2008, el Pleno de este Congreso aprobó por unanimidad un punto de acuerdo, a través del cual se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que se designe al municipio de Salamanca, Gto., como el lugar para la construcción de la nueva refinería. Asimismo, el 16 de abril del año en curso los integrantes de esta Legislatura aprobamos un punto de acuerdo a través del cual y en respaldo a las acciones y gestiones realizadas por el titular del Poder Ejecutivo Estatal, se estableció que, una vez que el Gobierno del Estado tuviera el pleno dominio sobre la reserva territorial para la instalación de una nueva refinería en Salamanca, Gto., y que la misma formara parte del patrimonio inmobiliario del Estado, con las facultades que le otorga la Ley, se autorizaría en su caso, la donación en favor de la Federación, para los referidos efectos. En este contexto, el Gobierno del Estado de Guanajuato se ha esforzado para adquirir el dominio pleno sobre una superficie de novecientas hectáreas, dentro de las cuales, se ubicaría el polígono de setecientas hectáreas que solicita Petróleos Mexicanos; señalándose en la iniciativa que algunos de estos terrenos eran de propiedad privada, lo que ha facilitado su adquisición, al requerirse únicamente la celebración de una compraventa simple, celebrada o ratificada ante notario público. Sin embargo, la gran mayoría de los terrenos son de propiedad ejidal, lo que implica la celebración de asambleas para su conversión a régimen de propiedad privada, el respeto a los derechos del tanto y de preferencia y el transcurso de todos los plazos y términos para que esto pueda ser llevado a cabo. En razón de lo anterior, se refiere que dichos plazos y términos, implicarían al menos sesenta días de los cien que se impusieron para el cumplimiento de las condiciones citadas; debiendo además que realizar avalúos, levantamientos topográficos, celebrar los actos jurídicos necesarios y ratificarlos ante fedatario público, emitir los pagos, entre otros trámites. En virtud de lo anterior, se informa que el Gobierno del Estado ha adquirido la propiedad plena sobre los predios rústicos que eran de propiedad privada y las correspondientes fincas, adquiriéndose además derechos posesorios sobre las parcelas ejidales y sus fincas; derechos de las concesiones sobre los pozos de agua y la infraestructura hidráulica correspondiente; derechos sobre caminos, brechas y bienes que son propiedad de los ejidos en su conjunto, o se está en el trámite para su formalización, incluyendo las

3 parcelas comunes y las de destino específico, celebrándose o ratificándose los contratos o los convenios respectivos ante notario público. Asimismo, se establece que se han realizado acciones conjuntas con la Secretaría de la Reforma Agraria y sus delegaciones en el Estado, con la Procuraduría Agraria y con el Registro Agrario Nacional, así como con las Comisiones Nacional y Estatal del Agua, con la finalidad de que se cumplan todos los trámites legales, para que los terrenos de propiedad ejidal sean convertidos a propiedad privada, se obtengan los títulos correspondientes y éstos puedan ser inscritos en el Registro Público de la Propiedad, para que de esta manera el Gobierno del Estado formalice las adquisiciones y pueda estar en igual posibilidad de formalizar su trasmisión mediante donación. Como se señala en la iniciativa, si el Gobierno del Estado hubiera intentado adquirir la propiedad plena de todas las parcelas en un solo acto y esperar hasta el final del mismo para hacer una escritura a favor del Estado, entonces transmitir dicha propiedad en favor de PEMEX-Refinación, resultaría imposible de realizar en términos prácticos, debido a las múltiples situaciones jurídicas en las que se hallan las diferentes propiedades y derechos, pero además, habría implicado mucho más tiempo del otorgado por PEMEX para cumplir con las condiciones impuestas. Es así que además los trámites implican necesariamente que se continuarán realizando las acciones necesarias, durante más tiempo del inicialmente previsto, para agotar todos los requisitos, plazos y términos que impone la normatividad aplicable. Por lo anterior, al término de los cien días, se contaría con los derechos posesorios de las parcelas, quedando pendientes de realizar sólo los trámites ante el Registro Agrario Nacional, para que emitan los títulos de propiedad correspondientes que puedan ser inscritos en el Registro Público de la Propiedad y estando pendientes de transcurrir el derecho del tanto o de preferencia que señala la Ley Agraria, para el caso de la primera enajenación. En otro orden de ideas, de acuerdo al portafolio de inversión propuesto por el Gobierno del Estado, éste comprende novecientas hectáreas, de las cuales, únicamente se donarían a PEMEX setecientas, que son las establecidas como condición para el establecimiento de la refinería. Es así que de acuerdo a lo manifestado por el iniciante, la determinación final del polígono donde se va a construir dicha refinería estará sujeta a los

4 estudios técnicos respectivos, razón por lo que la autorización que se solicita, delimita perfectamente la ubicación, medidas y colindancias del polígono exterior de novecientas hectáreas y de cómo éste se conforma, quedando pendiente la delimitación del polígono interior de setecientas. Es importante apuntar que los cien días otorgados a los estados de Hidalgo y Guanajuato, para cumplir con las dos condiciones anteriormente señaladas fenecen el próximo 22 de julio, por lo cual y tomando en consideración que de conformidad con la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado, se requiere la autorización de este Congreso, para que el Ejecutivo del Estado pueda realizar cualquier enajenación sobre los bienes inmuebles del dominio privado del Estado, estableciendo además las condiciones a que se habrá de sujetar la donación que se propone, por lo que se requiere que la misma sea emitida a más tardar el próximo 22 de julio, a fin de estar en igualdad de condiciones que el Estado de Hidalgo. Finalmente, en la iniciativa se señala que la información específica sobre la ubicación del área que se pretende donar a Petróleos Mexicanos, se clasificó como información reservada, de conformidad con el Acuerdo de Clasificación de fecha 17 de febrero de 2009, emitido por la Unidad de Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo, para evitar que sobre dichos predios se genere una especulación comercial que encarezca o dificulte el proceso de su plena adquisición, debiéndose guardar cautela en el manejo de dicha información. Cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, Petróleos Mexicanos es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto, conforme a lo dispuesto en dicha Ley, ejercer la conducción central y la dirección estratégica de todas las actividades que abarca la industria petrolera estatal en los términos de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo. De igual forma, el artículo 3º fracción II de la citada Ley establece como organismo descentralizado de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propio a PEMEX-Refinación, que tiene por objeto llevar a cabo los procesos industriales de la refinación; elaboración de

Diario de los Debates 20 de julio de 2009 productos petrolíferos y de derivados del petróleo que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los productos y derivados mencionados. La citada Ley se abrogó mediante el Artículo Segundo Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008. No obstante ello, en términos de lo dispuesto en su Artículo Tercero Transitorio, los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos, entre los que se encuentra PEMEXRefinación, continuarán realizando sus actividades en cumplimiento de su objeto, garantizando los compromisos asumidos y los que asuman en los Estados Unidos Mexicanos y en el extranjero, hasta en tanto el Ejecutivo Federal emita los decretos de reorganización respectivos y determine lo conducente, con base en la propuesta que le presente el Consejo de Administración. En tal sentido, continúa vigente el artículo 3º de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; por ende, PEMEXRefinación subsiste con su naturaleza jurídica. Por otra parte, respecto a la competencia que le asiste a este Congreso para conocer sobre la iniciativa planteada, la misma se desprende de los artículos 63 fracción XVI de la Constitución Política Local y 7 fracciones IV y V de la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado, que establecen como facultad del Congreso del Estado, autorizar al Ejecutivo del Estado para que ejerza cualquier acto de dominio sobre los bienes inmuebles de dominio privado del Estado, fijando en cada caso las condiciones a que deben sujetarse. En cuanto al documento que contiene la información específica sobre la ubicación del área que se pretende donar a Petróleos Mexicanos, como se desprende del acuerdo de fecha 17 de febrero del año en curso, emitido por el Coordinador General de la Unidad de Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo, la misma se clasifica como información reservada, incluyéndose en ella los análisis, estudios, dictámenes e instrumentos contractuales que reflejen las negociaciones sobre las acciones para la planeación y ejecución de los proyectos económicos estratégicos, derivados del Plan Maestro para el Desarrollo de los Corredores Económicos del Estado de Guanajuato; estableciéndose un plazo de reserva de cinco años a partir de la generación de dicha información.

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Diario de los Debates 20 de julio de 2009 El Plan Maestro antes citado tiene por objetivo identificar y determinar las acciones económicas de corto, mediano y largo plazo que podrán promoverse para elevar el desarrollo económico del Estado a través de su aprovechamiento y explotación, considerando el potencial existente de sus diferentes regiones, así como de aquellas actividades tecnológicas, educativas y empresariales, lo que permitirá detonar actividades en diferentes zonas del Estado, para buscar el desarrollo de la economía estatal, así como la calidad de vida de los habitantes de las zonas que resulten beneficiadas. El fundamento para mantener la reserva de la información anteriormente referida, lo encontramos en el artículo 14, fracciones IV, VI y IX de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato, considerando que si existe una divulgación anticipada de la misma, puede generar especulación o incertidumbre respecto a los proyectos económicos estratégicos a desarrollar entre la población donde se lleven a cabo, así como de los inversionistas que pretendan instalarse en los mismos, produciendo que no se realicen, lo que afectaría el desarrollo económico del Estado, al generarse una serie de fenómenos económicos y sociales negativos, como son marginación, migración, pobreza, entre otros. Asimismo, se perderían ventajas económicas para el proceso de atracción de inversiones al Estado. No obstante que se establece un plazo de reserva de la información de cinco años, la misma podría desclasificarse antes del vencimiento del mismo, si las causas que lo motivaron dejan de subsistir previamente. Estimamos pertinente señalar que el Estado de Guanajuato se encuentra en una excelente ubicación geográfica, presentando grandes ventajas de comunicación con los principales puntos de distribución de productos y servicios de nuestro país, contando con una amplia red carretera, ferroviaria, aeroportuaria y el paso de líneas de ductos de PEMEX; por lo que resulta idóneo promover la creación de proyectos que permitan aprovechar, promover, desarrollar y elevar la infraestructura y actividades económicas en el Estado. En tal sentido, el municipio de Salamanca ofrece las condiciones ideales para el establecimiento de esta gran inversión, que es la construcción de una nueva refinería por parte de PEMEX, lo que permitiría elevar el nivel de competitividad en el Estado, la creación de nuevos empleos y el

posicionamiento internacional.

de

Guanajuato

a

nivel

Una vez que las diputadas y los diputados integrantes de esta Comisión, analizamos la iniciativa materia del presente dictamen, con fundamento en el artículo 49 de la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado, consideramos procedente autorizar la donación que se propone, considerando los beneficios que se producirán en el Estado al incentivar actividades que propicien un crecimiento económico. Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 63 fracción XVI de la Constitución Política Local, 7 fracciones IV y V de la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado y 184 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de: Decreto Artículo Primero. Se autoriza al titular del Poder Ejecutivo, para que lleve a cabo los actos necesarios a fin de transferir en donación a la Federación, por conducto del organismo público descentralizado denominado PEMEXRefinación, la propiedad plena y libre de gravámenes, de la superficie que complete setecientas hectáreas, con sus accesiones, servidumbres y demás derechos, comprendidas dentro del polígono de tierra de 900-01-19.39 novecientas hectáreas, un área y diecinueve punto treinta y nueve centiáreas, que se ubica en los municipios de Salamanca, Santa Cruz de Juventino Rosas y Villagrán, todos del estado de Guanajuato, el cual se delimita y deslinda conforme al Anexo 1, que forma parte del presente decreto como si a la letra se insertase, misma que se destinará para la construcción de una nueva refinería en el Estado de Guanajuato. Artículo Segundo. En tanto se obtiene el domino pleno sobre la totalidad de dichos terrenos, se autoriza al titular del Poder Ejecutivo, para que done los derechos posesorios y demás derechos ya adquiridos, que formen parte del patrimonio inmobiliario del Estado, sujeto al hecho de que el Gobierno del Estado realice todos los actos jurídicos necesarios hasta adquirir el domino pleno y pueda formalizar la transmisión en los términos del artículo anterior. Artículo Tercero. Conforme se vaya adquiriendo el dominio pleno sobre todos los bienes inmuebles del polígono de setecientas hectáreas, incluidas dentro de las novecientas hectáreas que se detalla en el artículo primero,

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se autoriza al titular del Poder Ejecutivo para que realice los actos jurídicos necesarios para transmitirlos en donación a PEMEXRefinación, en los términos del artículo primero del presente decreto. Artículo Cuarto. PEMEX-Refinación deberá iniciar los trabajos de construcción de la nueva refinería, dentro del plazo de cinco años contados a partir del día en que se le transfiera la propiedad plena, del último o de los últimos bienes que conformen las setecientas hectáreas requeridas, ubicadas dentro del polígono de novecientas hectáreas que se cita en el presente decreto. Los bienes inmuebles donados referidos en el artículo primero del presente decreto quedan sujetos a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado. Artículo Quinto. El titular del Poder Ejecutivo tendrá la obligación de informar al Congreso del Estado, en cualquier tiempo que éste lo requiera, de todos los actos jurídicos celebrados y el monto económico ejercido para adquirir las novecientas hectáreas, así como de los avances para la donación de las setecientas hectáreas en favor de PEMEXRefinación. Artículo Sexto. Además de la obligación establecida en el artículo quinto del presente decreto, el titular del Poder Ejecutivo tendrá la obligación de enviar al Congreso del Estado, un informe final sobre los bienes adquiridos y los donados a la Federación, por conducto del organismo público descentralizado denominado PEMEXRefinación, así como del deslinde y ubicación final del polígono de setecientas hectáreas, que se deberá ubicar dentro del de novecientas hectáreas que se menciona en el artículo primero del presente decreto. Artículo Séptimo. Una vez realizada la donación, procédase a dar de baja los bienes inmuebles materia de la misma del Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal. Transitorios Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Artículo Segundo. Remítase el presente decreto y el dictamen correspondiente al Presidente de la República, al Gobernador del Estado; así como a los titulares de la Secretaría de Energía y de

Petróleos Mexicanos, conducentes.

para

los

efectos

Guanajuato, Gto., 18 de julio de 2009. La Comisión de Hacienda y Fiscalización. Dip. José Julio González Garza. Dip. Ruth Esperanza Lugo Martínez. Dip. Laura Cristina Márquez Alcalá. Dip. José Ramón Rodríguez Gómez. Dip. Anastacio Rosiles Pérez. « -El C. Presidente: Se somete a discusión, en lo general el dictamen. Me permito informar que, previamente, se inscribió el diputado José julio González Garza, para hablar a favor del dictamen. Si alguien más desea hacer uso de la palabra en pro o en contra, sírvase manifestarlo indicando el sentido de su participación. Tiene el uso de la palabra el diputado José Julio González Garza. HACE USO DE LA VOZ DESDE TRIBUNA PARA HABLAR A FAVOR DEL DICTAMEN, EL DIPUTADO JOSÉ JULIO GONZÁLEZ GARZA. C. Dip. José Julio González Garza: Gracias diputado Presidente. Con su permiso. Compañeros diputados, creo que es por todos nosotros conocida la insuficiencia de la capacidad de refinación que tenemos en México y todos sabemos que enviamos nuestro crudo a precios por ahora baratos y nos regresan gasolina refinada, con el consecuente encarecimiento. En la estrategia nacional energética, es vital que se implemente infraestructura moderna que fortalezca tanto a la economía nacional como a las propias fuentes de energía -las no renovables, como es el caso, como las que sí pueden ser renovables-. El 14 de abril pasado, como todos sabemos, el Ejecutivo federal, a través de su paraestatal PEMEX, determinó el sitio de la nueva refinería, después de haber hecho todos sus análisis técnicos, siendo éstos Tula de Allende, Hidalgo o Salamanca, Gto. En ese entonces se fijó un plazo de 100 días tanto para la primera opción Tula de Allende, Hidalgo, como para la segunda que era Salamanca, Gto. Ese plazo se vence el día 22 de julio, pasado mañana. Esta soberanía recibió el día 13 de julio la iniciativa del Ejecutivo, a fin de donar a PEMEX-Refinación 700 hectáreas para la instalación, también, de la refinería aquí en el Estado de Guanajuato.

Diario de los Debates 20 de julio de 2009 Una vez analizada y estudiada por la Comisión de Hacienda y Fiscalización, esta misma Comisión emitió, de manera unánime, un dictamen. La reflexión, creo, es muy sencilla. En estos momentos de crisis mundial y su consecuente repercusión en la economía nacional y del Estado, no vemos mejor oportunidad de inversión y desarrollo económico en el Estado, que la propia instalación de esta refinería que equivale a 12 mil 500 millones de dólares, y si lo traducimos a pesos al día de hoy, son 168 mil 750 millones de pesos de inversión; o sea, lo que más o menos representa, casi, cinco veces el presupuesto total del Estado de Guanajuato; digamos, esta es la magnitud de esta inversión. Por otro lado, se esperan otros 2 mil 500 millones de dólares, adicionales, de la industria periférica; es decir, de la propia petroquímica básica, la petroquímica avanzada y todo lo que alrededor de una refinería de esta envergadura puede avanzar. Entonces es obvio que todo esto va a generar infinidad de empleos para los guanajuatenses. La Comisión ha estimado pertinente y benéfico que nuestro Estado pelee y dé en donación, a fin de desarrollar, económicamente, nuestro Estado, para que se pueda instalar este magnífico proyecto de inversión que cualquier Estado envidiaría y creemos que sería en beneficio para nuestro Estado y, en general, para nuestro querido México. Es por ello, compañeros legisladores, que los invitamos a apoyar esta iniciativa y votar a favor, dadas las bondades que presenta y, reitero, para bien de nuestro querido Guanajuato. Es cuanto señor Presidente. -El C. Presidente: Agotadas las participaciones, se pide a la Secretaría que proceda a recabar votación nominal de la Asamblea, a efecto de aprobar o no en lo general el dictamen puesto a su consideración. -La C. Secretaria: En votación nominal se pregunta a las diputadas y a los diputados si se aprueba el dictamen en lo general. (Votación) Obregón Torres Antonio, sí. Dávila Aguiñaga M. del Carmen, sí. Lopez Mares Claudia, sí. Vergara García Noemí, sí. Rosiles Pérez Anastacio, sí. Domínguez Martínez Nicolás, sí. Gómez Muñoz Daniel Olaf, sí. Badillo Moreno Dulce María, sí. Arredondo Franco José Fernando Manuel, sí. Montes de la Vega Víctor Arnulfo, sí. Arrache y

7 Hernández Ernesto Gerardo, sí. Vázquez Nieto Arnulfo, sí. Rocha Aguilar Yulma, sí. Rodríguez Leyaristi Amador, sí. Chávez Mena Antonio, sí. Márquez Lozornio Salvador, sí. González Garza José Julio, sí. Chico Goerne Francisco Javier, sí. Torres Guevara Leopoldo, sí. Lugo Martínez Ruth Esperanza, sí. Márquez Alcalá Laura Cristina, sí. Arzate Patiño José Luis, sí. Martínez Pacheco José Francisco, sí. Padilla Calzada Rebeca, sí. Vargas Méndez Luz Adriana, sí. García Frías Ma. Dolores, sí. Ortiz Jiménez José Enrique, sí. De la Vega Mayagoitia Rosario del Carmen, sí. Razo Razo Rosalba, sí. Enríquez Vanderkam Mayra Angélica, sí. García Frías Pablo, sí. ¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? -El C. Presidente: Rodríguez Gómez José Ramón, sí. -La C. Secretaria: Señor Presidente, se registraron 32 votos a favor. Ningún voto en contra. -El C. Presidente: El dictamen ha sido aprobado, en lo general, por unanimidad de votos. Corresponde someter a discusión el dictamen en lo particular. Si desean reservar cualquiera de los artículos que contiene, sírvanse apartarlo, en la inteligencia de que los artículos no reservados, se tendrán por aprobados. Esta Presidencia declara tener por aprobados los artículos que contiene el dictamen. Remítase al Ejecutivo del Estado el decreto aprobado, para los efectos constitucionales de su competencia. Asimismo, comuníquese el decreto aprobado, junto con su dictamen, a los titulares de los Poderes Ejecutivos Federal y del Estado, de la Secretaría de Energía Federal y de la Dirección General de Petróleos Mexicanos, para los efectos legales conducentes. En consecuencia, al haberse agotado el objeto para el cual fueron citados a la presente sesión extraordinaria, se cita a las diputadas y a los diputados para que acudan a la sesión solemne que tendrá verificativo el próximo 30 de julio del año en curso, a partir de las 11:00 horas, en este recinto oficial, con objeto de efectuar la entrega de la condecoración «Miguel Hidalgo y Costilla», y los demás premios estatales, en los términos

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aprobados en la sesión secreta verificada en esta misma fecha. -La C. Secretaria: Señor Presidente, le informo que la asistencia a la presente sesión fue de 32 diputados y diputadas. -El C. Presidente: Informo a esta asamblea que en el trayecto de la sesión, se recibió una justificación del diputado Luis Alberto Camarena Rougón, a lo que esta Presidencia justifica su inasistencia. -La C. Secretaria: Se registraron las inasistencias de los diputados José Medina Miranda, J. Salvador Pérez Godínez. Roberto Óscar Ruiz Ramírez, así como la inasistencia del diputado Luis Alberto Camarena Rougón, ya justificada por esta Presidencia. CLAUSURA DE LA SESIÓN. -El C. Presidente: Se levanta la sesión, siendo las 12 horas con 28 minutos. 3

Directorio Junta de Gobierno y Coordinación Política Dip. Salvador Márquez Lozornio Dip. Antonio Chávez Mena Dip. José Fernando Manuel Arredondo Franco Dip. Daniel Olaf Gómez Muñoz Dip. Dulce María Badillo Moreno Secretario General del H. Congreso del Estado Lic. Arturo Navarro Navarro El Director del Diario de los Debates y Archivo General Lic. Alberto Macías Páez Corrección y Estilo Juana Elena Soria Contreras Transcripción Martina Trejo López Responsable de grabación Ismael Palafox Guerrero

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(Duración de 20 minutos)