Diapositiva 1 - Ministerio de Hacienda

Artículo 244. 4) A efectos de conciliar conciliar los saldos contables contables y patrimoniales patrimoniales los OEE podrán aplicar los procedimientos procedimientos establecidos establecidos en la. Circular DGCP N° 05/2016 para registrar registrar el detrimento detrimento de los bienes de uso del Estado ya sea por ...
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Contenido  Servicios Personales  Plan Financiero  Modificaciones Presupuestarias  Sistema de Control y Evaluación  Otros

 Sistema de Contabilidad

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Servicios Personales Bonificación en concepto de responsabilidad por gestión administrativa.. El pago en concepto de responsabilidad por gestión administrativa administrativa será asignado a:  Funcionarios, con cargo inferior a Jefe de Departamento, que administren sistemas especializados y directamente relacionados con la función misional de la Entidad.

 Incluye el pago al personal en concepto de responsabilidad por gestión de control, a quienes ocupan cargos y realizan labores vinculadas a controles por la Auditoría General del Poder Ejecutivo, la CGR y las Auditorías Internas Institucionales de los OEE. Esta modificación afecta a personal ajustado y no ajustado a la Matriz Salarial

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Servicios Personales Gratificaciones Ocasionales Ocasionales:: Suspéndase el pago de las gratificaciones o premios al personal por servicios o labores realizadas, a mejor o mayor producción o resultados de la gestión administrativa y financiera u otros indicadores de gestión institucional.

131 SUBSIDIO FAMILIAR: Los créditos presupuestarios en el Objeto del Gasto 131 no podrán ser incrementados por modificaciones presupuestarias.

Esta modificación afecta a personal ajustado y no ajustado a la Matriz Salarial

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Servicios Personales v) 199 OTROS GASTOS DEL PERSONAL. PERSONAL. v.02) Inciso b) remuneraciones al personal por efectos de disposiciones legales o presupuestarias y diferencia de remuneraciones durante el año; previsto para gastos ocasionales o eventuales del personal en concepto de: 6) Diferencia de remuneraciones de Sueldos, Dietas y Aguinaldo del personal, provenientes del ejercicio anterior o del ejercicio en vigencia devengadas a la fecha y pagado por única vez durante el Ejercicio Fiscal vigente, siempre que no provengan de equiparación salarial o por falta de cargos vacantes de mayor asignación salarial.

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Servicios Personales v) 199 OTROS GASTOS DEL PERSONAL. PERSONAL. 7) Diferencia negativa de remuneración registrada en el presente Ejercicio Fiscal con relación a lo percibido al mes de diciembre del Ejercicio Fiscal inmediato anterior, en el importe presupuestado asignado al funcionario de la Entidad y/o personal comisionado, como consecuencia de la implementación de la matriz salarial siempre que el funcionario ocupe el mismo cargo y cumpla las mismas funciones y previo informe favorable de DGASPyBE que podrá solicitar informaciones adicionales a las Entidades recurrentes a través de sus dependencias competentes.

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Servicios Personales v.06 06)) Inciso h) Otros gastos del personal dispuesto en la reglamentación anual anual. 1) Asignaciones al funcionario o personal público de carrera en concepto de diferencia de Sueldo en los casos que ocupen cargos interinos de mayor asignación siempre y cuando la Entidad tenga previsto en su Anexo del Personal el cargo referido; por tanto, solo se podrán ocupar cargos que se encuentren contemplados en el Anexo del Personal de la Entidad. 3) No se generará pago de diferencia salarial a los funcionarios designados a ocupar cargos de nivel superior (Director General, Director, Coordinador, Jefe de Departamento y equivalentes) sin contar expresamente con los respectivos cargos previstos en el Anexo del Personal.

No se otorgará pago por diferencia salarial a través del Objeto del gasto 199 Otros gastos del personal para casos de equiparación salarial, en ningún cargo.

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Plan Financiero Art. 41 Art. 41..- Los OEE podrán realizar modificaciones del Plan Financiero de ingresos y gastos, en el módulo de modificaciones presupuestarias, correspondientes a las Fuentes de Financiamiento 10 01 (dentro del monto del tope establecido) y 30 (excepto las donaciones) las que serán aprobadas por disposición legal de la Máxima autoridad Institucional. Un Original de la misma deberá ser remitida por la UAF o SUAF de la Entidad a la DGP para su correspondiente aprobación en el SIAF.

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Plan Financiero Art. 48 Art. 48..- No será asignado Plan Financiero a la programación con recursos del Crédito Público ni a las donaciones que no cuenten con disponibilidad financiera, así como a las ampliaciones por Saldo inicial de Caja autorizadas en el Ejercicio Fiscal anterior.

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Modificaciones Presupuestarias Art. .- 66 Transferencias de créditos dentro de un mismo programa Art. c.2) A tal efecto, se deberá dar cumplimiento a los siguientes recaudos:  Comunicar al Ministerio de Hacienda a través de nota firmada por la UAF y SUBUAF de la Entidad, en la que deberá indicar los números de constancias e informes favorables de las dependencias competentes.  Documentos adicionales: Un original de la Resolución Institucional que autoriza la modificación presupuestaria con los Anexos firmados. Formularios: B-04-01 Cuadro de Ejecuciones y Estimaciones del Ingreso (solamente para casos de cambio en la clasificación económica del gasto) B-04-02 Cuadro de Variación de Gastos B-04-05 Modificación del Plan Financiero B-04-10 Modificación del Plan Financiero de Ingresos (solamente para casos de cambio en la clasificación económica del gasto). Igualmente para su aprobación se deberá registrar en el Módulo de Modificaciones Presupuestarias del SIPP los Formularios B-04-03 Fundamentación de las Modificaciones Presupuestarias, B-04-04 Modificación del Plan Financiero por Producto.

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Modificaciones Presupuestarias Capitulo 16 – Racionalización del Gasto - Seguro medico colectivo no deberá adjudicarse por una suma superior a G. 1.500.000.- por funcionario, con excepción a funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores afectados al servicio exterior.. Art.. 68 Transferencias de créditos Art créditos.. Subsidio para la Salud Salud. …A tal efecto la

máxima autoridad administrativa de las Entidades (Presidente de Poderes, Contralor General de la República; Ministros de la AC; Presidentes, Directores, Gobernador, Rector, Decanos de las ED, etc.), está autorizada para establecer por resolución institucional u otro acto administrativo equivalente, por el cual se disponga:… c) A realizar la contratación del seguro médico colectivo de acuerdo al tope establecido en el Capítulo 16 del presente Decreto y a los procesos y tipos de contrataciones públicas establecidos en la Ley Nº 2051/03 y reglamentaciones vigentes...

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Modificaciones Presupuestarias Art.. 397 Los créditos presupuestarios programados Art

en los OEE, en el Subgrupo de Objetos del Gasto 280 “Otros Servicios en General”, en el concepto de Servicios de Catering, no podrán sobrepasar la suma de Guaraníes quinientos millones (Gs. 500.000.000.-) anuales, con cualquiera de sus fuentes de financiamiento.

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Modificaciones Presupuestarias Art.. 69. Art 69.- Programas y Objetos del gasto que no podrán ser disminuidos:

 Objetos del Gasto, 122 -131 -134 -136 -142 -191 -192 -193 -194 -195 - 210 – 831 - 848  Los objetos del gasto destinados al financiamiento de programas o proyectos para las adquisiciones de kit de partos e insumos de planificación familiar, establecido en el marco de la Ley N° 4313/2011 “De Aseguramiento Presupuestario de los programas de salud reproductiva y de aprovisionamiento del kit de partos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”.  Los objetos del gasto destinados al financiamiento Programa Alimentario Nutricional Integral (PANI), en el marco de lo establecido en la Ley N° 4698/2012 “De Garantía Nutricional en la Primera Infancia”.  Los proyectos incorporados en el PGN 2017, financiados con recursos del FOCEM, que hayan recibido transferencias del MH conforme a lo establecido en el Artículo 18 de la Ley N° 5554/2016 (de una Entidad a otra), en cualquiera de sus Fuentes, no serán objeto de disminuciones por los procedimientos de modificaciones presupuestarias, con excepción de otros proyectos financiados con recursos del FOCEM.

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Modificaciones Presupuestarias Art.. 70 Art 70..- El aumento del OG 970 Gastos

Reservados sólo podrá realizarse a través de modificaciones presupuestarias aprobadas por Ley. Los nuevos Proyectos del Tipo de Presupuesto 3 Programas de Inversión, serán aprobados previo informe favorable de la DSIP.

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Modificaciones Presupuestarias Art. 73 Art. 73..- Regularización de líneas de cargos. Autorizase a la DGP a adecuar en el SIPP, sin modificar categorías y remuneraciones, el mes de vigencia de las modificaciones del Anexo del Personal autorizadas en el Ejercicio Fiscal 2016, como así también de aquellas disposiciones legales que autorizan traslados del personal con línea presupuestaria de una entidad a otra, al solo efecto de la correcta ejecución presupuestaria.

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Modificaciones Presupuestarias Art.. 76 Art 76..- Procedimientos

Transferencias de Créditos:  Dentro de un Organismo o Entidad (de un programa a otro), y  Las Transferencias de Créditos dentro de un mismo Programa, hasta el 30 de noviembre de 2017 al MH,

Mismo plazo regirá para el PL y PJ.

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Evaluación

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Art.. 263 Procedimientos para aplicación gradual del PpR Art PpR… … a.1) Agenda Anual de Evaluación: La Dirección General de Presupuesto, conforme a sus competencias legales, establecerá una Agenda Anual de Evaluación, especificando los programas a evaluar durante el Ejercicio Fiscal 2017. Los OEE podrán llevar a cabo evaluaciones de programas que crean pertinentes, notificando a la Dirección General de Presupuesto a más tardar el último día hábil del mes de febrero, el listado de los Programas/Subprograma y especificando el ámbito de la evaluación (ex ante, durante y ex post), a fin de que los mismos formen parte de la Agenda Anual de Evaluación.

Sistema de Control y Evaluación

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Art.. 258 - Proceso de Control y Evaluación Presupuestaria Art Primer Semestre Semestre:: Los OEE deberán presentar sobre los resultados cualitativos y cuantitativos de los programas, y proyectos en ejecución en en:: forma impresa y en medio magnético (CD) en Word y/o Excel acompañado del Reporte Prieva Prieva012 012 “Avance de Ejecución Resumido”, Resumido ”, hasta 15 días corridos posteriores al termino del mismo.. mismo Informe de Cierre Cierre:: Se deberá presentar el Balance Anual de Gestión Pública (BAGP (BAGP), ), dentro de los 15 días corridos posteriores a la fecha establecida en la Resolución del Cierre Contable

Otros

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 Plazos Legales  Ampliación de Presupuesto Presupuesto:: 1° de abril al 30 de junio de 2017 2017..  Transferencias de Créditos dentro de un Organismo o Entidad (de un programa a otro), y las Transferencias de Créditos dentro de un mismo Programa, hasta el 30 de noviembre de 2017 al MH.

 Cambio de Fuente de Financiamiento, del Origen de Financiamiento y/o del Origen del Ingreso: 30 de noviembre de 2017.  Anexo de Personal: por parte de los OEE, hasta el 30 de junio.

Sistema de Contabilidad

Artículo 256 Los OEE deberán registrar en el SICO, los compromisos financieros asumidos por la entrega efectiva de los bienes y/o servicios por parte de los proveedores y/o acreedores del Estado realizados en cumplimiento de los respectivos contratos vigentes vigentes..

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Sistema de Contabilidad Artículo 256 Los documentos de respaldo (Facturas y otros documentos) emitidos y registrados contablemente como Compromisos Financieros al cierre del Ejercicio Fiscal 2016 en el SICO, podrán ser utilizados en el presente Ejercicio fiscal para efectuar el registro de la Obligación presupuestaria, siempre y cuando dicha factura se encuentre con el timbrado vigente al momento de la obligación obligación..

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Sistema de Contabilidad Artículo 244

4) A efectos de conciliar los saldos contables y patrimoniales los OEE podrán aplicar los procedimientos establecidos en la Circular DGCP N° 05 05//2016 para registrar el detrimento de los bienes de uso del Estado ya sea por faltante, hurto o robo, para lo cual, deberán tener en cuenta los siguientes puntos:: puntos

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Sistema de Contabilidad Artículo 244 a) Para los bienes faltantes que ya cuenten con investigación o sumarios abiertos o en proceso, que los mismos concluyan para la baja correspondiente.

b) Para los bienes de antigua data que no cuenten aún con el proceso investigativo (Administrativo – Jurisdiccional), los OEE podrán abrir una investigación simplificada a través de la Asesoría Jurídica, posteriormente Máxima Autoridad emita una Resolución por la cual se autoriza la desafectación de dichos bienes del Inventario Institucional.

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Sistema de Contabilidad Artículo 246 b) Autorizar a los OEE a llevar adelante los trámites pertinentes para la baja abreviada de las causales de Baja por concepto de 10 10..1 Baja por Hurto o Robo Robo,, 10 10..3 Baja por perdida en poder del funcionario, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en los Capítulos 1, 8, 9 y 10 del Manual de Normas y Procedimientos Patrimoniales aprobado por Decreto N° 20..132 20 132//2003 2003..

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Sistema de Contabilidad Artículo 246 Una vez obtenido el resultado de la investigación administrativa, se procederá a la baja definitiva de los bienes afectados a la contabilidad en Cuentas de Orden e Inventario (Detrimento de Bienes) Bienes)..

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Sistema de Contabilidad Artículo 246

La Autorización Administrativa de las causales señaladas será expedida por la Máxima Autoridad Institucional y servirá como comprobante de la operación a los fines de control de legitimidad y de la oportunidad o merito para excluir de manera definitiva del inventario y de la contabilidad Institucional.. Institucional

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