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Lima, 24 de Enero del 2017.

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Visto, la Solicitud de Encargo N' 8 del 03.01.2017, de la D¡rección de Gest¡ón y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior; por el cual sol¡crtan, Encargo Adic¡onal para la Ofic¡na Comerc¡al en el Gobierno de Bélg¡ca con sede en Bruselas, por el

perfodo del 0'1

de

Enero

al 30 de Junio del ?017 y el

lnforme No 40-2017-

MINCETUR/SG/OGAJOAF-SDC, de la Sub Dirección de Contabil¡dad.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluc¡ón M¡n¡ster¡al N'449-2016-MINCETUR se aprobó el Presupuesto lnst¡tucional de Apertura del Min¡sterio de Comercio Exter¡or y Turismo correspondiente al Año F¡scal 2017, el cual ha previsto presupuesto para las OCEX para la atención de gastos operativos y de gestión: Que, mediante el Of¡cio N"005-2017 -EF 152.03 del 11 de enero 2017, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF autor¡za excepc¡onalmente a la Unidad Ejecutora 1070 del MINCETUR, continuar efectuando registros para la transferenc¡a de fondos en la modal¡dad de "Encargo" utilizando el Tipo de Operac¡ón "E" del SIAF-SP, durante el año fiscal 2017, pa.É la ejecución de recursos a través de sus Of¡cinas Comerciales en el Exterior - OCEX:

Que, mediante Resolución Ministerial N'450-2016-MINCETUR, se aprueba

la

Directiva N' 007-2016-MINCETUR para la Programación de Fondos Públicos otorgados Bajo la Modalidad de Encargos a las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior - OCEX; Que, en el t¡teral l), del Artículo 50 de la citada Directiva define al Encargo Adicional como, "Ei recurso que transf¡ere la OGA a las OCEX destinando a cubr¡r gastos de gest¡ón, vinculados a actividades tales como ferias, misiones, workshops, sem¡nar¡os, efc. " De igual forma, el numeral 7.7 del artÍculo 7' establece que "...No procede la entrega bajo ningún mot¡vo de nuevos encargos a los CEC que t¡enen pend¡entes el reg¡stro mensual de dos (02) meses en el aplicativo ¡nformático de la rend¡c¡ón de cuentas o devoluc¡ón de montos no utilizados de encargos anter¡ormente otorgados, bajo responsab¡l¡dad de OGA, asimismo el numeral 8.4 del articulo 8" "Aprobada la Resolución Directoral, lá OAF real¡za le transferencia de fondos por encargo solicitados en moneda nacional al tipo de cambio que corresponda según la moneda de encargo. Plazo: Tres (03) dfas hábiles" (....); Que, numeral 32.2 del Articulo 32'de la citada Directiva establece que "la rend¡ción de cuentas del Encargo Adicional, será realizada por cada trimestre, bajo responsabilidad del CEC. Los CEC tendrán un plazo de quince (15) días calendarios de vencido cada uno de los

trimestres del año para presentar la rend¡ción respectiva en el Sistema de Encargos y Rend¡ción de Cuentas, esÍ como quince (15) dias calendar¡o adicionales para el envio del expediente de rendición de cuentas con los documentos orig¡nales a la OGA, de conformidad a los requ¡s¡tos señalados en el ANEXO 09".

Que, la Of¡cina General de Planificación, Presupuesto

y

Desarrollo-OcPPD del

MINCETUR, otorga la disponibil¡dad presupuestal en el merco de la PCA y aprueba Ia Certificación de Crédito Presupuestario N" 0000239 el 2310112017, para la ejecuciÓn del Fondo por encargo so¡¡citado,

Que, en mérito a Io expuesto resulta pertinente atender la solicitud formulada por el Consejero Económico Comercial del Perú en la Oficina Comercial en el Gobierno de Bélgica

con sede en Bruselas, la transferenc¡a bajo la modalidad de Encargo Adicional, con efectividad del 01 de Enero al 30 de Junio 2017t De conformidad con la Ley N' 30518 "Ley de Presupuesto del Sector PÚblico para el Funciones del M¡n¡sterio de Comercio /vu "Ley de \,rrgaf Organizac¡ones ll¿acl(]l le§ y rul¡ururrs: N' l/ 27790 Ley se 2017",, Ley N anlo io ¿u1l por N' 005-2002-MINCETUR sus y Decreto Supremo Turismo", aprobado Elterior od¡ficatorias y la Direct¡va para la "Administración de Fondos Públicos otorgados Bajo le

y

/odalidad de Encargos a las Oficinas

Comerciales

del Perú en el Exterior

-

OCEX',

aprobada mediante Resolución Ministerial No 450-2016-MINCETUR. SE RESUELVE:

ARTíCULO l'.- Autor¡zar a la Oficina de Adm¡nistrac¡Ón Financiera, efectuar la transferencia de recursos bajo la modal¡dad de Encargo Adicional, a favor de la of¡c¡na Comerc¡al del Perú en el Gobierno de Bélgica con sede en Bruselas, por la suma de EUR 56,828.89 (CTNCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 89/100 EUROS) la misma que asc¡ende hasta la suma de S/. 213,108'34 (DOSCIENTOS TRECE MIL CIENTO OCHO CON 34/100 SOLES), de acuerdo al siguiente detalle; FTE. FTO. RICI'RSOS ORDINARIOS

SOLICÍTUD DE ENCARGO

N'8

ENCARGO ADICIONAT . PTRIOOO ENERO

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A IUNIO 2017

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N'239.

ARTICULO 20.- El plazo para la ejecuciÓn del presente Encargo será con efectivldad del 01 de Enero al 30 de Junio 2017.

ARTICULO 3o.- La transferenc¡a se efectuará al t¡po de cambio del día de la operac¡ón bancarÍa, el cual se cons¡derará para la rendic¡Ón de cuenta, siendo responsable dál m¡smo el Sr. OLIVARES PFLUCKER, LUIS FEDERICO Consejero EconÓmico Comercial del Perú en el Gob¡erno de Bélg¡ca con sede en Bruaélas. ARTICULO 4o.- El costo de transferencia bancaria al banco benef¡ciario de las OCEX es asumida por el MINCETUR, cualquier costo adicional será asum¡do en la rendiciÓn de cuenta de la OCEX.

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-zorz- MTNcETUR/sc/ocA

ARTICULO 5o.- El Conseiero Económico Comercial-CEc de la OCEX BRUSELAS es responsable de efectuar la rendición de acuerdo a los plazos que señala la Directiva N'0072016-MINCETUR para la programac¡ón de Fondos Públ¡cos otorgados bajo la modal¡dad de Encargos a las Oficinas Comerc¡ales del Perú en el Exterior - OCEX. ARTICULO 60.- El egreso se da con cargo al Presupuesto 2017.

Regístrese y comuniquese,