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10 mar. 2017 - Primero. Que mediante Resolución Suprema Nº. 36-89-JUS, de fecha 13 de enero de 1989, se nombró al doctor José Ramiro Chunga ...
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NORMAS LEGALES

límite de edad del señor José Ramiro Chunga Purizaca, Juez Especializado Titular del 23º Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Suprema Nº 36-89-JUS, de fecha 13 de enero de 1989, se nombró al doctor José Ramiro Chunga Purizaca, en el cargo de Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica; y mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 038-2010-CNM, se le expidió el título de Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Oficio Nº 021-E-2017GG/PJ cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial; así como la Partida Nacimiento y la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez nació el 11 de marzo de 1947. Por consiguiente, el 11 de marzo próximo cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 11 de marzo del año en curso, al señor José Ramiro Chunga Purizaca, Juez Especializado Titular del 23º Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Expresar agradecimiento institucional al señor José Ramiro Chunga Purizaca, Juez Especializado Titular del 23º Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia General del Poder Judicial; y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1495129-1

Aceptan la renuncia de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 023-2017-P-CE-PJ Lima, 7 de marzo de 2017 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por el señor doctor Javier Villa Stein, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, con certificación de firma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial CONSIDERANDO: Primero. Que el doctor Javier Villa Stein presenta renuncia al cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 1 de abril del presente año; nombrado por Resolución del Consejo Nacional de

Viernes 10 de marzo de 2017 /

El Peruano

la Magistratura Nº 084-2004-CNM de fecha 9 de marzo de 2004. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, el Poder Judicial ante un hecho de tanta significación, por lo que representa la trayectoria de un Juez con las cualidades humanas y profesionales destacadas del doctor Javier Villa Stein, no puede dejar de hacer público su reconocimiento a quien, como él constituye un ejemplo de rectitud y probidad. Cuarto. Que es importante resaltar que el doctor Javier Villa Stein comenzó su carrera como abogado litigante; luego con esfuerzo y mérito personal se desempeñó como Notario Público de Lima, hasta ser nombrado en virtud de sus competencias profesionales como Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 9 de marzo de 2004. Presidiendo Salas Supremas como la Primera y Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitorias; así como las Salas Penales Transitoria y Permanente. Asimismo, se desempeña como profesor principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y como docente en varias universidades privadas del país. Ha realizado estudios de filosofía, en la Universidad de Madrid; y de Post grado en la Universidad de Salamanca, Reino de España. Es autor de varios libros en materia penal. A lo largo de su carrera profesional, en los cargos que desempeñó y como Presidente del Poder Judicial en el periodo 2009-2010, siempre tuvo destacada participación por su esfuerzo, profesionalismo e idoneidad, y desde que ejerció función jurisdiccional en este Poder del Estado coadyuvó a mejorar el servicio de administración de justicia, lo cual merece ser reconocido por el Poder Judicial. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 1 de abril del año en curso, la renuncia formulada por el señor doctor Javier Villa Stein al cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento público, acorde a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, al doctor Javier Villa Stein por su destacada trayectoria como Juez y por sus notables cualidades humanas y profesionales. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial; y al interesado, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1495129-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban Cronograma Trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias propuesto por las Salas Penales para procesos con Reos en Cárcel y Salas Penales Liquidadoras, para el Año Judicial 2017 Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA Nº 164-2017-P-CSJL-PJ Lima, 6 de marzo de 2017