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Mli'i l STERIO DE SALUD

Visto el Informe W 877-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 02 de junio del 2015, contenido en el Expediente N° 14-125504-001, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO: Que, mediante escrito recibido el 28 de noviembre del 2014, doña Mary Deshiree COSME MELÉNDEZ con D.N.I. No 06780194, solicita el otorgamiento de la bonificación especial prevista en el Artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94 y los intereses legales;

J. MENDOZAR

Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 6443-2014-SERL-EIE-OARH-OGGRH de fecha 19 de diciembre de 2014, emitido por el Sub Equipo de Registms y Legajos del Equipo de Ingreso y Escalafón, doña Mary Deshiree COSME MELÉNDEZ, se encuentra registrada como Ex Funcionaria de la Administración Central del Ministerio de Salud, con el ca rgo de Directora Programa Sectorial 111 , Nivel F-4; CARGO Y NIVEL

Directora de Programa Sectorial iii, Nivel F"-4

Que, el artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94, estableció una bonificación especial a partir del 01 de julio de 1994, para los servidores de la Administración Pública ubicados en los Niveles F-2, F-1 , Profesionales, Técnicos y Auxiliares, así como al personal comprendido en la Escala W 11 del Decreto Supremo No 051-91-PCM, que desempeñen cargos directivos o jefaturales; de conformidad a los montos señalados en el anexo que forma parte del presente Decreto de Urgencia; Que, la Ley W 29702 publicada el 7 de junio de 2011 , dispone el pago de la bonificación concedida por el Decreto de Urgencia No 037-94, a favor de los beneficiarios, de acuerdo a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en la sentencia reca ída en el Expediente W 2616-2004-AC/TC, expedida el 12 de setiembre de 2005, no requiriéndose de sentencia judicial y menos en calidad de cosas juzgada, para hacerse efectivo;

escalas 1, 7, 8, 9 y 11 del Decreto Supremo W 051-91-PCM, deduciéndose la bonificación dispuesta por el Decreto Supremo W 019-94-PCM; Que, respecto a los intereses legales, el artículo 3o del Decreto Ley No 25920, establece que el interés legal se devengan a partir del día siguiente de aquel en que se produjo el incumplimiento y hasta el día de su pago efectivo, sin que sea necesario que el trabajador afectado exija, judicial o extra judicialmente, el cumplimiento de la obligación al empleador; Que, mediante Liquidación N° 116-2015-ERP-OARH/MINSA, se ha procedido a elaborar el cálculo de la bonificación especial dispuesto por el artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-94 con deducción de lo abonado por aplicación del Decreto Supremo N° 019-94-PCM; Con las visaciones del Jefe del Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo previsto en la Ley W 29702, Ley W 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015, Decreto de Urgencia W 037-94 y Decreto Supremo W 019-94PCM; SE RESUELVE: J . u~··ooz..

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ARTÍCULO 1°.- RECONOCER a favor de doña Mary Deshiree COSME MELÉNDEZ, Ex Funcionaria de la Administración Central del Ministerio de Salud, la suma ascendente a CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 58/100 NUEVOS SOLES (S/.5,884.58), por concepto de devengados derivados de la aplicación del Decreto de Urgencia N° 037-94, del periodo comprendido del 01 de julio de 2008 hasta el 30 de julio de 2009 (13 Meses), sobre el cual se ha aplicado la deducción de lo pagado en aplicación del Decreto Supremo N° 019-94-PCM .

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ARTÍCULO 2°.- El pago de los devengados a que se hace referencia en el artículo precedente de la presente resolución, se efectuará de acuerdo a los montos que se fijen en las leyes anuales de ~ presupuesto.

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ARTÍCULO 3°.- Dejar expedito el derecho del recurrente de percibir los intereses legales correspondientes, luego de la aprobación por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, de las H. modificaciones presupuestarias correspondientes que permita contar con los recursos necesarios para afrontar dicho pago. ARTÍCULO 4°.- NOTIFICAR la presente resolución en el domicilio de doña Mary Deshiree COSME MELÉNDEZ, sito en Pasaje Salta N° 262 - Pueblo Libre - Lima.