catedra de derecho administrativo b

8 oct. 2015 - control vehicular fechada el 30-11-2014 de que estos cinco empleados debían salir a efectuar control vehicular de rutina en todo el mes de ...
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CATEDRA DE DERECHO ADMINISTRATIVO B CLASE PRACTICA PROCESO OCTUBRE 2015 Casos Breves: Caso N° 1 El sr. Felipe Piña se presentó hoy, 08-10-2015 muy contrariado a su estudio jurídico comentándole que su esposa había sido intervenida quirúrgicamente en el Hospital Público en el mes de febrero de este año a raíz de un accidente de tránsito. Entendió que no había fallecido por las heridas sufridas en el accidente, ya que no eran de importancia, sino que consideró que se había tratado de una mala praxis médica. Le puso a su disposición copias de la historia clínica, partida de defunción y de matrimonio. En ellas observó que la internación ocurrió el 3-02-2015, la intervención quirúrgica al día siguiente y el fallecimiento el 5-02-2015. Preguntas: El sr. Piña le inquiere a ud. si está aún en tiempo procesal para iniciar una acción contra el estado provincial y los médicos que atendieron a su esposa. Para ello ud. deberá tener en cuenta qué tipo de acción pretende iniciar y lo que determina el Código Procesal Administrativo en materia de la caducidad de la acción y los plazos para ello. ¿Qué respuesta le daría?. ¿Qué normas resultan aplicables en este caso? Caso N°2 La srta. Raquel Numeral, empleada de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán, inició un reclamo administrativo el 5-03-2015 ante esa repartición pretendiendo se le liquidaran diferencias salariales -que a su criterio- se le adeudaban desde el mes de enero a febrero de ese año por horas extras. El día 30 de junio de este año se presentó en su estudio con su novio, preguntándole si podía iniciar un juicio contra esa Dirección, pues necesitaba del dinero, incluso le indicó que la situación de falta de pago se mantenía hasta esa fecha y ella quería reclamar todos esos meses. El novio de la srta. (estudiante de abogacía) la interrumpió de mal modo, considerando que Ud. debía esperar que la administración se expidiera para recién poder iniciar la acción de cobro de esas diferencias. Preguntas: ¿La srta. Numeral se encuentra en condiciones de iniciar la acción de cobro? o debe esperar según el criterio de su novio a que la administración se expida. En su caso, determine el alcance del período que reclamaría en la acción. ¿Qué normas resultan aplicables en este caso? Caso 3 En una hipotética Dirección de Control de Rutas Nacionales (DCRN) organismo dependiente de la administración centralizada nacional, dedicado al control de la documentación automotor en las rutas nacionales, cinco dependientes habían reclamado directamente ante la Dirección en fecha 4-09-2014 mediante un expediente la entrega de elementos de trabajo en especial de seguridad (chalecos refractarios, linternas…) para poder efectuar su labor en condiciones adecuadas, en especial, de noche. Ante el silencio de la administración insistieron exactamente al mes con aquel pedido, mediante otro expediente que se agregó al anterior, indicando que conocían de la existencia no sólo de una partida especial de dinero en esa Dirección por un rubro que debía liquidarse en tal concepto en caso que la administración no proporcionara aquellos elementos, sino de una disposición que indicaba que ante este tipo de pedidos fundados en razones de seguridad ante la falta de respuesta, se entendía o equivalía a la aceptación del pedido .

Sin embargo no pudieron precisar ni la partida presupuestaria de dinero, ni la norma. Sin embargo, reclamaron el pago expresamente e indicaron que si no tenían respuesta sólo prestaran funciones en la repartición sin salir a las rutas. No recibieron respuesta en aquellos expedientes por parte de la Dirección, pero sí recibieron una comunicación efectuada mediante nota simple, de la Jefatura Interina de la sección control vehicular fechada el 30-11-2014 de que estos cinco empleados debían salir a efectuar control vehicular de rutina en todo el mes de diciembre del año 2014. Así lo hicieron. La situación se mantuvo hasta el día de hoy en que concurren a su estudio jurídico. Preguntas: ¿Qué norma es aplicable al caso? ¿Cómo se interpreta el silencio o la ambigüedad de la Administración frente a las pretensiones de estos cinco empleados que han requerido de ella un pronunciamiento concreto? ¿Cuándo puede acordarse al silencio de la administración un sentido positivo?. ¿Cuánto tiempo debían esperar para el pronunciamiento? Vencido ese plazo, los interesados ¿debían requerir otro trámite o ya se encontraba habilitada la vía judicial?.