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21 sept. 2016 - RAÚL CHÁVEZ CHACÓN contra ... men Castro Jáuregui de Camacho y Julia Yolanda Castro Jáuregui; .... jas Silva, en el proceso seguido.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miercoles, 21 de Septiembre del 2016

CAJAMARCA: CONDENAN A EX FUNCIONARIO DEL GOBIERNO REGIONAL Y A OFICIAL DEL EJÉRCITO POR PECULADO

E

l Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca, a cargo del Juez Homero Robinson Miraval Trinidad, condenó a seis años y 6 meses de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva Leónidas Soto Pastor, ex funcionario del Gobierno Regional, por el delito de peculado doloso y falsedad genérica en agravio del Gobierno Regional de

Cajamarca. Leónidas Soto Pastor, aceptó ante el Juez haberse apropiado de 21,303.08 en los años 2008 al 2009, cuando tenía el cargo de Responsable de los Fondos de Pagos en Efectivo de dicha institución regional. El imputado en la audiencia manifestó que al ser descubierto sólo devolvió la suma de 4,129 soles y se apropió de 15,896 soles

que los utilizó para cancelar deudas financieras personales y por enfermedad. Por otro lado, el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca, condenó a Enrique Briceño Valdivia, Comandante del Ejército Peruano, a seis años de prisión efectiva por el delito de peculado doloso y uso de documento privado falso al realizar gastos no sustentados por más

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 20 de setiembre de 2016

de 204,000 soles en el año 2009 durante la ejecución de la obra de rehabilitación y mejoramiento de la carretera Cajamarca– Celendín, tramo Baños del Inca-La Encañada. Además de la condena a prisión, se le inhabilita a laborar en cualquier institución del Estado por dos años, debiendo pagar una reparación civil de 224,174 soles.

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

REMATE JUDICIAL PRIMERA CONVOCATORIA (EXP. N° 00513 - 2015 - 0-0601-JRCI-03) EN LOS SEGUIDOS POR CAJA DE AHORRO Y CRÉDITO PIURA SAC CONTRA PEDRO PABLO SANDOVAL VARGAS Y PEDRO SANDOVAL TICLIA, SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, EXPEDIENTE N° 00513-2015-0-0601-JR-CI-03, EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA, DR. WILLIAMS VENTURA PADILLA Y ESPECIALISTA LEGAL DR. CÉSAR JOEL ESTRADA JULON, HA ORDENADO SACAR A REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE DADO EN GARANTÍA CONSISTENTE EN EL PREDIO RURAL SAN MIGUEL, SIGNADO COMO UC-19851, CON UN ÁREA DE 1.4691 HECTÁREAS, UBICADO EN EL VALLE DE HUAMACHUCO, SECTOR SAN MIGUEL BAJO DEL DISTRITO DE MARCABAL, PROVINCIA DE SANCHEZ CARRIÓN DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 04002315 DE LA ZONA REGISTRAL N° V SEDE TRUJILLO, OFICINA DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE HUAMACHUCO; VALORIZACIÓN: VEINTIUN MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO DÓLARES AMERICANOS CON CUATRO CENTAVOS (US$ 21,155.04), PRECIO BASE: CATORCE MIL CIENTO TRES DÓLARES AMERICANOS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS (US$ 14,103.04) EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA VOLORIZACIÓN ANOTADA. CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA A FAVOR DE LA EJECUTANTE HASTA POR US$ 26,443.80, POR E.P. DE 27.04.2012, ANTE NOT DR. ALEJANDRO PAUL RODRÍGUEZ CRUZADO, AS. D00001 DE LA PARTIDA ANOTADA. LUGAR,DIA Y HORA DE REMATE: EN LA OFICINA DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA SITO EN LA SEDE UBICADA EN AV. LA CANTUTA S/N (CDRA. 12) DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA, EL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 A LAS DIEZ HORAS (10:00). POSTORES:CONSTITUIRÁN DEPÓSITO POR EL IMPORTE DEL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN DEL BIEN INMUEBLE A REMATAR, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, ADJUNTANDO ORIGINAL Y COPIA DEL DNI Y DEL RECIBO DE PAGO DE LA TASA

Miercoles, 21 de Septiembre del 2016 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

JUDICIAL CORRESPONDIENTE A LA ORDEN DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA DEBIENDO CONSIGNARSE EN LA MISMA EL NÚMERO DE EXPEDIENTE, Y FIRMA. EL REMATE ESTARÁ A CARGO DEL MARTILLERO PÚBLICO LUIS ALBERTO GALINDO GIANNONI, CON REG. 128; HONORARIOS DEL MARTILLERO: SERÁ DE CARGO DEL ADJUDICATARIO SEGÚN LA TABLA ESTABLECIDA EN EL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS MÁS IGV, Y DEBERÁ SER CANCELADA AL FINALIZAR EL REMATE.

B

LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ 2° JUZGADO ESPECIALIZADO FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Susy F. Humire Cuayla SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P.5503091 F.P.19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL

LUIS

ALBERTO GALINDO GIANNONI MARTILLERO PÚBLICO REG N° 128 ABOGADO

CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5494906 F.P. 14-15-16-19-20-21 Septiembre

2. EDICTOS CLASIFICADOS

CONSEJO DE FAMILIA EDICTO CIVIL RECONOCIMIENTO LEGAL DE CUSTODIA Y TENENCIA DE MENOR Exp. : 00030 - 2016 - 0 - 0601 - JR FC - 02. Ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, que despacha el Señor Juez Dr. Lorenzo Castope Cerquín, y la Secretaria Susy Fortunata Humire Cuayla, en la demanda formulada por Wilson Fredy Palomino Llanos, sobre Reconocimiento Legal de Custodia y Tenencia de Menor, contra María Raquel Chávez Muñoz, con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, siete de marzo del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía procedimental de proceso UNICO la pretensión interpuesta por Wilson Fredy Palomino Llanos, sobre Custodia y Tenencia de su Menor hijo Ghilder Jhon Palomino Chávez. RESOLUCION NÚMERO DIEZ.- Cajamarca, siete de setiembre del dos mil dieciséis, en consecuencia NOTIFIQUESE a la demandada María Raquel Chávez Muñoz, mediante EDICTOS en el diario la “República”, por 03 días hábiles, por el tiempo de QUINCE DÍAS, a fin de que se apersone al proceso y conteste la demanda en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento, con conocimiento del representante del Ministerio Público. Cajamarca, 08 de setiembre del 2016

EXPEDIENTE N° 2015-544-FC, seguido por INES ANTONIETA YAURI DE BAZAN, contra MARCO PEDRO BAZAN PADILLA sobre DIVORCIO POR CAUSAL, vía proceso de conocimiento; ante el Juzgado Especializado Civil Transitorio de la Provincia de Chota. En solicitud de INES ANTONIETA YAURI DE BAZAN, según resolución número tres de fecha ocho de agosto del dos mil dieciséis. SE DISPONE: NOTIFICAR A MARCO PEDRO BAZAN PADILLA, mediante EDICTOS, (...) PUBLIQUESE un extracto de la presente Resolución en el diario EL PERUANO por tres veces y con un intervalo de tres días, tal y como lo prevé los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil, a fin de que comparezcan al proceso. Marco Eloy Aquino Cruzado, Juez del Juzgado Especializado Civil Transitorio de la Provincia de Chota. Miguel Angel Zúñiga Díaz, secretario judicial. Chota, 14 de setiembre del 2016. P.5503968 F.P.19-20-21

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO EXPEDIENTE 317-2016. Juzgado Paz Letrado Celendín.- En los seguidos por Yulibet Guevara Barboza, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, se ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCION UNO: Celendín 29 agosto 2016.- Cumplidos los requisitos de procedibilidad, ADMITASE a trámite vía proceso No Contencioso, la solicitud de Yulibet Guevara Barboza sobre Rectificación de Partida de Nacimiento número 66 del año 1991 e inscrita en la Municipalidad Distrital de Miguel Iglesias a fin de que se corrija la escritura de su prenombre Yulibet, y se corrija el mes en que se extendió la referida partida, debiendo decir abril en vez del borrón; PUBLIQUESE por edictos un extracto de la soliitud en el Diario La República y Tablilla del Juzgado por el término

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

de Un día; Notifiquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA MAURO A. CASTRO ALFARO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CELEDIN -CAJAMARCA P.5505535 F.P.21 Septiembre EDICTO NO CONTENCIOSO Exp. N° 284 - 2016, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Celendín, en Solicitud de Nora Jhamilet, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento se ha resuelto lo siguiente: 1. Resolución UNO, de fecha veintidós de julio del año dos mil dieciséis, Admite solicitud sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento; por cuanto manifiesta que el Registrador Civil ha consignado erróneamente el segundo nombre de la solicitante, tanto en el margen izquierdo, como en el contenido del acta de nacimiento, apareciendo erróneamente mi segundo nombre como “Jhomilet, es decir con la vocal “o”, debiendo ser lo correcto con la letra “a”, y debe aparecer en forma correcta Jhamilet, y debe ser Nora Jhamilet Ríos Collantes, PUBLÍQUESE los edictos por el término de un día hábil en el diario la República y en la tablilla de éste Juzgado. NOTIFIQUESE.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA HELEN V. MARIÑAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO - CELENDIN CAJAMARCA P.5505557 F.P. 21 Septiembre EDICTO NO CONTENCIOSO Exp. N° 322 - 2016, Ante el Juzgado de Paz Letrado de Celendín, en Solicitud de Flora María García Espinoza, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento se ha resuelto lo siguiente: Resolución UNO, de fecha 23 de agosto del año dos mil dieciséis, Admite solicitud sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento; por cuanto manifiesta que el Registrador Civil ha colocado en la parte superior del acta # el nacimiento de una niña Flora María, nacida el nueve de diciembre del año corriente..”, pero en forma correcta debe decir FLORA MARIA GARCIA ESPINOZA, es decir agregando los apellidos, materno y paterno, para lo cual se debe hacer la respectiva rectificación solicitada, Ordenándose, PUBLÍQUESE los edictos por el término de un día hábil en el Diario la República, y en la tablilla de éste Juzgado. NOTIFIQUESE.-

Miercoles, 21 de Septiembre del 2016

DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA HELEN V. MARIÑAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO - CELENDIN CAJAMARCA P.5505578 F.P. 21 Septiembre

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO EDICTO JUDICIAL

Expediente N° 2016-028-C, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por BENIGNO RAÚL CHÁVEZ CHACÓN contra JORGE WASHINGTON MEJÍA PÉREZ, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE VEHÍCULO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS; que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por BENIGNO RAÚL CHÁVEZ CHACÓN, sobre prescripción adquisitiva de vehículo, contra JORGE WASHINGTON MEJÍA PÉREZ; en la vía del proceso ABREVIADO; TÉNGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican; AGRÉGUESE a los autos los anexos que se adjuntan; confiérase traslado de la demandada, anexos, auto admisorio, resolución número UNO y escrito de subsanación al demandado para que en el plazo de DIEZ DÍAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de rebeldía, en caso de incumplimiento; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por TRES DÍAS HÁBILES consecutivos en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “ La República”. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silvia Espinoza Idrogo. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL - CIVIL JUZGADO MIXTO CELENDIN P. 5505531 F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA .-ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ EXP: 00400-2015--0-0601-JR-Cl-03. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre prescripción adquisitiva de dominio, interpuesta por doña Francisca Marín Terrones y otros, contra Mariana del Carmen Castro Jáuregui de Camacho y Julia Yolanda Castro Jáuregui; AGRÉGUESE a los autos los anexos que adjunta; téngase por OFRECIDOS los medios probatorios que indica; CORRASE TRASLADO del escrito de demanda a la parte de-

mandada por el plazo de diez días para que la conteste, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; PÓNGASE en CONOCIMIENTO de la demanda, anexos y auto admisorio a los colindantes de los bienes materia del proceso. PUBLÍQUESE un extracto de la demanda por tres veces con un intervalo de TRES DÍAS cada una, en el diario oficial “El Peruano” y “La República”. Al primer y tercer otrosí: TÉNGASE presente. Al segundo otrosí: TÉNGASE por delegadas las facultades de representación a favor del letrado que autoriza el citado escrito. Al escrito de subsanación. AL primer otrosí TENGASE presente.- Fdo. Dr. Ventura, Juez y Colunche Sec. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5495120 F.P. 15-21-27 Septiembre

SUCESIÓN INTESTADA EDICTO JUDICIAL EXP. 632-2016-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, en solicitud de MARIA FAUSTINA ORDOÑEZ VILLANUEVA sobre SUCESIÓN INTESTADA de ORFELINDA VILLANUEVA CORTEZ VIUDA DE ORDOÑEZ se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° CUATRO.- Cajamarca cinco de setiembre del dos mil dieciséis.-SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por MARIA FAUSTINA ORDOÑEZ VILLANUEVA, sobre SUCESION INTESTADA de la causante ORFELINDA VILLANUEVA CORTEZ VIUDA DE ORDOÑEZ, fallecida en el Caserío Sarín, distrito de Namora, provincia y departamento de Cajamarca, el día quince de julio del año mil novecientos ochenta y tres, solicitando se declare como únicos herederos a la solicitante MARIA FAUSTINA ORDOÑEZ VILLANUEVA, conjuntamente con sus hermanos ANTONIO, AURELIO, FILOMENA, SABINA ORDOÑEZ VILLANUEVA y FILOMENA LUCANO ORDOÑEZ. Lo que se pone en conocimiento de quien se considere heredero pueda apersonarse al proceso dentro del plazo de treinta días. Burga Rabanal - Juez; Arribasplata Ygnacio - Secretario. Cajamarca, 14 de setiembre de 2016 NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5508568 F.P. 21 Septiembre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 261-2015-2-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día LUNES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° tres (03)5to Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JUAN FRANCISCO MEDINA ZEGARRA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia en su modalidad de omisión de asistencia familiar en agravio de Juan Francisco Medina Bazán.Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la Especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 999-2016-1-0601-JRPE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencia del 3JPUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- PRIMER PISO DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA -Urbanización Villa Universitaria Cajamarca; al acusado LUIS DANIEL LEON MEZAGIL, mediante EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

León Ruiton Andrew. Suscribe el señor juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-238-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra NEYLA GÁLVEZ BARBOZA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de CELMIRA GÁLVEZ SALDAÑA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN N° CATORCE (SENTENCIA): QUE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA EN PARTE la demanda de violencia familiar, en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del ministerio público a favor de Celmira Gálvez Saldaña en agravio de Neyla Gálvez Barboza; en consecuencia FIJA el pago de una reparación civil por el daño causado en la suma de S/. 400.00 cuatrocientos nuevos soles la misma que deberá ser pagado por la sentenciada en el plazo de dos meses en razón de doscientos soles cada fin de mes mediante depósito judicial en el banco de la nación; así mismo ORDENA como medidas de protección definitivas a favor de la agraviada Neyla Gálvez Barboza, ABSTENERSE de cualquier forma de violencia familiar fisca (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones entre otros)y abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa e indirecta en contra de la precitada agraviada bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la fiscalía provincial penal para que proceda a investigar a la demandada por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-34-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Eliseo Cruz Vásquez, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Armandina Cruz Vásquez, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: OCHO, que RESUELVE: NOTIFICAR a la parte denunciada mediante edictos con un extracto de la presente resolución y el acta de audiencia única por el plazo de tres días consecutivos; (acta de audiencia única): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de ARMANDINA CRUZ VÁSQUEZ: las siguientes medidas de protección: A) el cese por

Miercoles, 21 de Septiembre del 2016

parte del denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Eusebia García Sánchez. B) se prohíbe al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Eusebia García Sánchez. C) se prohíbe Al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Eusebia García Sánchez. D) se prohíbe al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Eusebia García Sánchez; haciéndose saber al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-43-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Segundo Acuña García, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Eusebia García Sánchez, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, que RESUELVE: NOTIFICAR a la parte denunciada mediante edictos con un extracto de la presente resolución y el acta de audiencia única por el plazo de tres días consecutivos; (acta de audiencia única): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de EUSEBIA GARCÍA SÁNCHEZ: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte del denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Eusebia García Sánchez. B) se prohíbe al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Eusebia García Sánchez. C) se prohíbe Al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Eusebia García Sánchez. D) se prohíbe al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Eusebia García Sánchez; haciéndose saber al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364.

Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-145-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Vilma Tantaleán Lara, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Nicolas Lara Manosalva y otras, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte de la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva. B) se prohíbe a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva. C) se prohíbe a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva. D) se prohíbe a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva; haciéndose saber a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-163-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, sobre Violencia Contra las

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Nelsa Coralí Paredes Salcedo, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, que RESUELVE: NOTIFICAR a la parte agraviada mediante edictos con un extracto de la presente resolución y el acta de audiencia única por el plazo de tres días consecutivos; (acta de audiencia única): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de NELSA CORALÍ PAREDES SALCEDO: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte del denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Nelsa Coralí Paredes Salcedo. B) se prohíbe al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Nelsa Coralí Paredes Salcedo. C) se prohíbe Al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Nelsa Coralí Paredes Salcedo. D) se prohíbe al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Nelsa Coralí Paredes Salcedo; haciéndose saber al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-181-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Ángela Ayala Chan, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Martha Emelina Chan Silva, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de Martha Emelina Chan Silva: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte de la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Martha Emelina Chan Silva. B) se prohíbe a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Martha Emelina Chan Silva. C) se prohíbe a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Martha Emelina Chan Silva. D) se prohíbe a la denunciada

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

ÁNGELA AYALA CHAN, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Martha Emelina Chan Silva; haciéndose saber a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 1204-2015-1-0601-JRPE-05 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: ISAIAS ROJAS ESCOBAR con el contenido de la resolución número cuatro de fecha dos de agosto de 2016, mediante la cual SE LE CITA A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISIETE DE SETIEMBRE DE 2016, A HORAS CUATRO DE LA TARDE en la Sala de Audiencias número dos de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac; en el expediente en referencia seguido en su contra por el presunto delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio de Verónica del rocío Rojas Paisig, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCONCURRENCIA A LA AUDIENCIA PROGRAMADA, DE DECLARÁRSELE REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN Y CAPTURA. Precísese a las partes procesales que deben concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias JUEZ: SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES Cajamarca, 16 de setiembre de 2016 F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN MARCOS Exp. N° 58-2013-15 Juez: JOSÉ LUIS MORALES BOÑÓN SE NOTIFICA a JAIME RAFAEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, FERNANDO SÁNCHEZ MALAVER, CLELIA KELA POMAZONGO CONDOR Y EDGAR SÁNCHEZ MALAVER, en la presente investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO DE GANADO, en agravio de Catalina Cabanillas Terrones y Pedro W. Bautista Mendoza, mediante Resolución Número Ocho de fecha treinta y uno de setiembre del dos mil dieciséis, SE RESUELVE: REPROGRÁMESE la audiencia de JUICIO ORAL en ACTO PÚBLICO, el día CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS DOCE DEL MEDIO-

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DIA CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de esta ciudad, sito en el Jirón Alfonso Ugarte N° 891 / Segundo Piso de esta ciudad; NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los sujetos procesales para que concurran obligatoriamente a juicio oral; A los acusados libres JAIME RAFAEL SANCHEZ SANCHEZ,FERNANDO SANCHEZ MALAVER, EDGAR SANCHEZ MALAVER Y CLELIA KELA POMAZONGO CONDOR, mediante edictos; bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial San Marcos, 13 de Setiembre del 2016 Especialista: Karina Guevara Vásquez José Luis Morales Boñon Juez Juzgado Penal Unipersonal SAN MARCOS F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 256-2015 (29 - 2016JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: GILBERTO CARRANZA LOPEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veinticinco de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Gilberto Carranza López, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones culposas , en agravio de Santos Mirian Polo Monzón. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA

LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 251 -2015 (66 -2016JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: EDMUNDO ESPINOZA SANCHEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha veinticuatro de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Edmundo Espinoza Sánchez, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 280-2015 (54 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: TOLENTINO CUBA VILLANUEVA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veintitrés de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCJA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 80-2014 (23 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: CARLOS IVAN JOAQUIN HURTADO Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veintitrés de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Carlos Ivan Joaquín Hurtado disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA

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ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 161- 2013 (60- 2015 JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: WILSON MARTIN PAREDES VILLANUEVA Para hacer de su conocimiento que por resolución número veinticuatro de fecha uno de Setiembre del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Wilson Martín Paredes Villanueva, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; siendo abogado defensor del acusado el doctor Lúcido Enrique Boy Palacios HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Hurto agravado, en agravio de Hilda Arenas García. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE BAMBAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: GANDHI MABEL GUEVARA PEÑA EXPEDIENTE N°: 0195-2013-69-0605-JR-PE-01 Se notifica Al acusado ELADIO DURAND HUAMAN , con la resolución número OCHO de fecha primero de junio del dos mil dieciséis , que convoca a LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL EL DIA VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), programada en el Expediente N° 00195-2013-69-0605-JR-PE, , seguido en contra Eladio Durand Huaman , por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud

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en su figura de Lesiones leves , en agravio de Nazaria Condor Acuña la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia del Juzgado Penal Unipersonal de este Órgano Jurisdiccional, ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi No. 910 - Cuarto Piso, a fin de que ejerza su derecho de defensa; bajo apercibimiento de continuar la audiencia sin su presencia y ser asesorado por abogado defensor público. Se requiere su asistencia con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente. NOTIFIQUESE.- Autoriza la Señora Fanny Zuletty Torres Villavicencio. Fanny Z. Torres Villavicencio JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA F.P. 20-21-23 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1335 - 2016 - 1 0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del 3JPUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado JUAN FRANSISCO GAVELAN GUILLERMO mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Gavelan Centurion María Jesús. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

12- NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA- PRIMER PISO - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado MARIO TERAN SALDAÑA, mediante EDICTOS bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Terán Condor Nataly y Terán Condor . Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna.

CINCO, se ha dispuesto Notificar Vía Edictos en el Diario Oficial, Diario La República, por el lapso de Tres días al imputado OSCAR MANUEL CUBAS VENTURA, con el extracto de la Resolución N° Uno, que Resuelve, Correr Traslado de la Acusación por el lapso de diez días hábiles, a efectos de creer lo conveniente, pueda por escrito y de manera fundamentada pronunciarse, Requiérase al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado cumpla designar abogado de su libre elección -. Juez: José Manuel Enrique Correa Díaz, Especialista de causas: Jorge Armando Vásquez Saldaña. San Miguel, 15 de setiembre del año 2016 F.P. 20-21-22 Septiembre

LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1307-2016-1-0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del 3JUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- TERCER PISO - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado ALEXANDER BERMEJO MARIÑOS mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Bermejo Mariñas Alexander. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre

Exp. N° 289-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza al agraviado: ADOLFO CHACON ANGULO El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, en audiencia de control de requerimiento mixto llevado a cabo el día de la fecha, mediante resolución número veintidós ha dispuesto lo siguiente: SE ORDENA notificar al agraviado Adolfo Angulo Chacón con la resolución número dieciséis en el cual se corre traslado a las parte procesales con el requerimiento mixto e integración del mismo, en su domicilio real ubicado en el Centro Poblado de Sunchubamba, distrito de Cospán, provincia y departamento de Cajamarca; DISPONIENDOSE además la notificación del referido agraviado por intermedio EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días, a fin de que en el plazo de diez días si lo cree por conveniente puede presentar su informe por escrito, como es formular oposición a la solicitud, así como pueda solicitar la realización de actos de investigación; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 19 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA

EDICTO PENAL N° 09 EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1332 - 2016 - 1 0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del 3JPUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra

F.P. 20-21-22 Septiembre EXPEDIENTE: 177-2015-0-0607-JRPE-01 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MIGUEL Se emplaza a: OSCAR MANUEL CUBAS VENTURA Para que tomen conocimiento, que en el proceso N° 177-2015-0-0607-JRPE-01 que se sigue en contra OSCAR MANUEL CUBAS VENTURA, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CLEIDER MANUEL CUBAS LINARES, que mediante Resolución N°

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: JUAN BRIONES ÁLVAREZ. Exp. N° 01730-2015-1-0601-JRPE-01. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS

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MIL DIECISEIS, a horas TRES CON QUINCE MINUTOS DE LA TARDE ( 3:15 .P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS N° 06 ( 8vo Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado GENARO FLORES CUEVA, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Fátima Nayarith Flores Alcántara.Suscribe el Señor Juez José Francisco León Izquierdo y el especialista Judicial Juan Briones Álvarez. Atentamente, F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 426-2015-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día LUNES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO CON QUINCE MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° tres (03)- 5to Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado FELIPE CASTREJÓN DE LA CRUZ, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la seguridad pública en su modalidad de conducción de vehículo en estado de ebriedad o drogadicción.- Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la Especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL - CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrión Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA

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F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 1832-2015-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día LUNES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° tres (03)5to Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado RENÁN MISAEL PORTAL CUEVA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la seguridad pública en su modalidad de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad Cajamarquina.Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la Especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL - CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrión Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO JUDICIAL EXP. 00992-2015. En el Juzgado Transitorio de Familia, que despacha el doctor GELNER MOROCHO NUÑEZ, en el proceso seguido por ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS, se ha expedido en la resolución número UNO en la que se dispone: ABRIR INVESTIGACION TUTELAR a favor de la infante de sexo femenino, de nombre GUADALUPE VALENTINA ROJAS ORDINOLA por encontrarse en presunto estado de abandono, contra los padres biológicos de la menor tutelada; y la resolución número OCHO en la cual se dispone: NOTIFIQUESE mediante Edictos a los padres de la menor tutelada de nombre GUADALUPE VALENTINA ROJAS ORDINOLA, que fuera abandonada aproximadamente el tres

de julio del 2015, en una caja de cartón por las inmediaciones de la Avenida Alfonso Ugarte de la ciudad de Cajamarca, que vestía un pantalón de hilo, un polo amarillo y un gorro de polar color blanco, de aproximadamente 1 año dos meses de nacida. Requiriéndoles que deberán apersonarse a éste despacho en el plazo de quince días de notificados, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de declararse a la niña en estado de abandono. Gelner Morocho Nuñez JUEZ JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO CAJAMARCA F.P. 21-27 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 506-2016-2-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: CARLOS HUMBERTO RAMOS CUEVA Para que tomen conocimiento y se pongan a derecho, que mediante Resolución N° 04, de fecha 19/09/2016, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado CARLOS HUMBERTO RAMOS CUEVA con el contenido de la resolución número CUATRO que señala: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA de prisión preventiva para el día VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A TRES DE LA TARDE EN LA SALA DE AUDIENCIA NÚMERO UNO (segundo piso), DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA (sede Qhapac Ñan), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de informar a su órgano de control en caso de inconcurrencia injustificada; con la concurrencia obligatoria del abogado defensor del imputado bajo apercibimiento de ser excluidos de la defensa y designársele abogado defensor público a la parte investigada. Sin perjuicio de lo expresado OFICIESE a la defensoría pública para que designe un abogado el mismo que deberá concurrir a la audiencia programada para que participe en caso se dé la inconcurrencia injustificada del abogado particular. EMPLECESE a Carlos Humberto Ramos Cuerva en su domicilio real en el Jr. Las Cucardas N° 182 tercer piso Urbanización Los Jardines, Barrio de San José del Distrito de Cajamarca, debiendo además de notificársele mediante EDICTOS; debiendo para tal efecto, ser notificado en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. NOTIFÍQUESE.Cajamarca, 20 de Septiembre del 2016. MARIELLA MARCELO YBAÑEZ JUEZ SUPERNUMERARIO Primer Juzgado Investigación Preparatoria CAJAMARCA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO PENAL

Exp. N° 2153-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza al agraviado: DANIEL CONSTANTINO HERRERA GONZALES. DADO CUENTA el vencimiento del plazo del traslado del requerimiento de sobreseimiento, al no existir escrito alguno presentado por las partes procesales y conforme a lo previsto en el artículo 345.3 del Código Procesal Penal, CITESE para el día TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora Exacta) para la realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número TRES quinto piso, de esta sede de corte, con la presente obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento de poner en conocimiento su conducta al órgano de control para que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia; DISPONGO la notificación de la agraviada DANIEL CONSTANTINO HERRERA GONZALES por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con la resolución de citación a audiencia preliminar de sobreseimiento; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 20 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESITGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 1710-2014-0-0601-JR-PE-02 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: KARIN VIGO PORTAL Se Notifica a: BERTHA ALFREDA LLANOS PÉREZ Mediante resolución número DOCE, de fecha cinco de julio del presente año, se ha RESUELTO DECLARAR FUNDADO el sobreseimiento del Ministerio Público a favor del señor Luigui Asencio Llanos por la investigación que se le ha seguido por los delitos de Falsedad Genérica, en agravio del Estado y de Bertha Alfreda Llanos Pérez; Falsedad Ideológica en agravio de Marilú Sangay Carrasco y de la Notaría Pública Vigo; y Estafa en agravio de Bertha Alfreda Llanos Pérez (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de los autos el Juez y la Especialista Judicial que da cuenta. Notifíquese. F.P. 21-22-23 Septiembre

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EDICTO JUDICIAL Queja N° 0005-2013-ODECMA-C.Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Chota; el Juez: Dr. José Francisco León Izquierdo, como magistrado sustanciador de la ODECMA en la Provincia de Chota; En el proceso disciplinario seguido por FREDI HUMBERTO MONTOYA TORRES contra MARIBEL ESPERANZA CONTRERAS PALACIOS y Otro, sobre INCONDUCTA FUNCIONAL, se ha dispuesto NOTIFICAR mediante EDICTOS con las resoluciones que sigue: RESOLUCIÓN NUMERO CATORCE.Chota, trece de junio del año dos mil dieciséis doce de setiembre del año dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS: (…) SE RESUELVE ADECUAR, el tramite del proceso disciplinario a las disposiciones legales prescritas en la os alcances de la Resolución Administrativa N° 242-2015-CE-PJ y el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 243-2015-CE-PJ; siendo ello así, habiéndose cumplido con las notificaciones de los investigados póngase los autos a despacho para emitir la resolución administrativa que corresponda, conforme a las atribuciones conferidas; RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE.Chota, doce de setiembre del año dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS; (…), SE RESUELVE:…. IMPONER LA MEDIDA DISCIPLINARIA DE AMONESTACIÓN VERBAL contra al investigado LUIS FERNANDO FERNANDEZ CAPRISTAN, en el desempeño de sus funciones como secretario judicial del Juzgado Mixto de la Provincia de Santa Cruz; una vez consentida la presente resolución procédase a remitir copias certificada de la presente resolución al ente competente para la inscripción de la medida disciplinaria impuesta; Dos.- IMPONER LA MEDIDA DISCIPLINARIA DE AMONESTACIÓN ESCRITA contra la investigada MARIBEL ESPERANZA CONTRERAS PALACIOS, en el desempeño de sus funciones como auxiliar judicial del Juzgado Mixto de la Provincia de Santa Cruz; una vez consentida la presente resolución, procédase a remitir copias certificadas de la presente resolución al ente competente para la inscripción de la medida disciplinaria impuesta; CUMPLASE con la notificación de la investigada mediante edicto judicial; Ofíciese para tal fin; (…). Fdo. Juez José F. León Izquierdo.- Fdo. Wilson Saldaña Chavez. Secretario. Chota 13 Setiembre del 2016 F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO EXP N°: 162-2013-F ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, que despacha el Señor Juez. Dr. MANUEL RAMÓN PAREDES GARCÍA Juez Titular del Juzgado Penal Unipersonal encontrándose encargado de este Juzgado Mixto

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de la Provincia de Cajabamba, debido a que la Juez Titular está de licencia por enfermedad, en el Proceso seguido por el MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA CIVIL Y DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE CAJABAMBA, en contra de EDITA ROSMERI SÁNCHEZ BELTRÁN, en agravio de MAXIMINA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ Y OTRA sobre VIOLENCIA FAMILIAR. Se publica lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO, de fecha veintiséis de agosto del dos mil trece, en la cual se ADMITE a trámite en vía de proceso único, la Demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en la modalidad de DAÑO PSICOLÓGICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO - LA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE CAJABAMBA, contra EDITA ROSMERI SÁNCHEZ BELTRÁN Y OTRAS, en agravio de MAXIMINA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ Y GALICIA AYDE BOÑON SÁNCHEZ. A fin de que la Demandada EDITA ROSMERI SÁNCHEZ BELTRÁN dentro del plazo de CINCO DIAS de notificada, CUMPLA con apersonarse a éste Juzgado y absuelva el traslado de la Demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, de nombrársele CURADOR PROCESAL Los mismos que serán publicados en el Diario Oficial La República y en la Cartilla Oficial del Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el termino perentorio de TRES DÍAS CONSECUTIVOS de la publicación. NOTIFICANDOSE.Dr. MANUEL RAMÓN PAREDES GARCÍA (E). JUEZ TITULAR DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE CAJABAMBA Dra. SOFIA JANNET TORRES REQUEJO. SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 19 de Setiembre del 2016 F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2014-238-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra NEYLA GÁLVEZ BARBOZA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de CELMIRA GÁLVEZ SALDAÑA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN N° CATORCE (SENTENCIA): QUE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA EN PARTE la demanda de violencia familiar, en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del ministerio público a favor de Celmira Gálvez Saldaña en agravio de Neyla Gálvez Barboza; en consecuencia FIJA el pago de una reparación civil por el daño causado en la suma de S/. 400.00 cuatrocientos nuevos soles la misma que deberá ser pagado por la sentenciada en el plazo de dos meses en razón de doscientos soles cada fin de mes

mediante depósito judicial en el banco de la nación; así mismo ORDENA como medidas de protección definitivas a favor de la agraviada Neyla Gálvez Barboza, ABSTENERSE de cualquier forma de violencia familiar fisca (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones entre otros)y abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa e indirecta en contra de la precitada agraviada bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la fiscalía provincial penal para que proceda a investigar a la demandada por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-34-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Eliseo Cruz Vásquez, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Armandina Cruz Vásquez, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: OCHO, que RESUELVE: NOTIFICAR a la parte denunciada mediante edictos con un extracto de la presente resolución y el acta de audiencia única por el plazo de tres días consecutivos; (acta de audiencia única): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de ARMANDINA CRUZ VÁSQUEZ: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte del denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Eusebia García Sánchez. B) se prohíbe al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Eusebia García Sánchez. C) se prohíbe Al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Eusebia García Sánchez. D) se prohíbe al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Eusebia García Sánchez; haciéndose saber al denunciado ELISEO CRUZ VÁSQUEZ que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre

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EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-43-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Segundo Acuña García, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Eusebia García Sánchez, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, que RESUELVE: NOTIFICAR a la parte denunciada mediante edictos con un extracto de la presente resolución y el acta de audiencia única por el plazo de tres días consecutivos; (acta de audiencia única): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de EUSEBIA GARCÍA SÁNCHEZ: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte del denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Eusebia García Sánchez. B) se prohíbe al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Eusebia García Sánchez. C) se prohíbe Al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Eusebia García Sánchez. D) se prohíbe al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Eusebia García Sánchez; haciéndose saber al denunciado SEGUNDO ACUÑA GARCÍA que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-145-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Vilma Tantaleán Lara, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Nicolas Lara Manosalva y otras, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte de la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de

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maltrato físico y/o psicológico en agravio de Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva. B) se prohíbe a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva. C) se prohíbe a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva. D) se prohíbe a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Eusebia Yacopaico Manosalva y los menores María de Guadalupe Zafra Tantalean, Yesneider Julca Tantalean y Anderson Omar Lara Manosalva; haciéndose saber a la denunciada VILMA TANTALEÁN LARA que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-163-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Nelsa Coralí Paredes Salcedo, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, que RESUELVE: NOTIFICAR a la parte agraviada mediante edictos con un extracto de la presente resolución y el acta de audiencia única por el plazo de tres días consecutivos; (acta de audiencia única): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de NELSA CORALÍ PAREDES SALCEDO: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte del denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Nelsa Coralí Paredes Salcedo. B) se prohíbe al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Nelsa Coralí Paredes Salcedo. C) se prohíbe Al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Nelsa Coralí Paredes Salcedo. D) se prohíbe al

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denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Nelsa Coralí Paredes Salcedo; haciéndose saber al denunciado ILDER SAÚL LEYVA MEJÍA que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-181-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra Ángela Ayala Chan, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de Martha Emelina Chan Silva, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES (acta de audiencia oral para la emisión de medidas de protección): RESUELVE: 1.- DECLARAR a favor de Martha Emelina Chan Silva: las siguientes medidas de protección: A) el cese por parte de la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de Martha Emelina Chan Silva. B) se prohíbe a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de Martha Emelina Chan Silva. C) se prohíbe a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física o psicológicamente a Martha Emelina Chan Silva. D) se prohíbe a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN, tomar represalias en forma directa o indirecta contra Martha Emelina Chan Silva; haciéndose saber a la denunciada ÁNGELA AYALA CHAN que las medidas dictadas deben ser cumplidas bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24° de la ley 30364. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 1204-2015-1-0601-JRPE-05 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: ISAIAS ROJAS ESCOBAR con el contenido de la resolución número cuatro de fecha dos de agosto de 2016, mediante la cual SE LE CITA A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISIETE DE SETIEMBRE DE 2016, A HORAS CUATRO DE LA TARDE en la Sala de Audiencias número dos de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac; en el expediente

en referencia seguido en su contra por el presunto delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio de Verónica del rocío Rojas Paisig, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCONCURRENCIA A LA AUDIENCIA PROGRAMADA, DE DECLARÁRSELE REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN Y CAPTURA. Precísese a las partes procesales que deben concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias JUEZ: SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES Cajamarca, 16 de setiembre de 2016 F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN MARCOS Exp. N° 58-2013-15 Juez: JOSÉ LUIS MORALES BOÑÓN SE NOTIFICA a JAIME RAFAEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, FERNANDO SÁNCHEZ MALAVER, CLELIA KELA POMAZONGO CONDOR Y EDGAR SÁNCHEZ MALAVER, en la presente investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO DE GANADO, en agravio de Catalina Cabanillas Terrones y Pedro W. Bautista Mendoza, mediante Resolución Número Ocho de fecha treinta y uno de setiembre del dos mil dieciséis, SE RESUELVE: REPROGRÁMESE la audiencia de JUICIO ORAL en ACTO PÚBLICO, el día CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS DOCE DEL MEDIODIA CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de esta ciudad, sito en el Jirón Alfonso Ugarte N° 891 / Segundo Piso de esta ciudad; NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los sujetos procesales para que concurran obligatoriamente a juicio oral; A los acusados libres JAIME RAFAEL SANCHEZ SANCHEZ,FERNANDO SANCHEZ MALAVER, EDGAR SANCHEZ MALAVER Y CLELIA KELA POMAZONGO CONDOR, mediante edictos; bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial San Marcos, 13 de Setiembre del 2016 Especialista: Karina Guevara Vásquez José Luis Morales Boñon Juez Juzgado Penal Unipersonal SAN MARCOS F.P. 19-20-21 Septiembre

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EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 256-2015 (29 - 2016JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: GILBERTO CARRANZA LOPEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veinticinco de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Gilberto Carranza López, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones culposas , en agravio de Santos Mirian Polo Monzón. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 251 -2015 (66 -2016JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: EDMUNDO ESPINOZA SANCHEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número cuatro de fecha veinticuatro de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Edmundo Espinoza Sánchez, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6)

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del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 280-2015 (54 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: TOLENTINO CUBA VILLANUEVA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veintitrés de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCJA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre

Miercoles, 21 de Septiembre del 2016

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 80-2014 (23 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: CARLOS IVAN JOAQUIN HURTADO Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veintitrés de Agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Carlos Ivan Joaquín Hurtado disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 161- 2013 (60- 2015 JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: WILSON MARTIN PAREDES VILLANUEVA Para hacer de su conocimiento que por resolución número veinticuatro de fecha uno de Setiembre del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al acusado Wilson Martín Paredes Villanueva, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el citado acusado sea ubicado y capturado; siendo abogado defensor del acusado el doctor Lúcido Enrique Boy Palacios HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal

solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Hurto agravado, en agravio de Hilda Arenas García. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE BAMBAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: GANDHI MABEL GUEVARA PEÑA EXPEDIENTE N°: 0195-2013-69-0605-JR-PE-01 Se notifica Al acusado ELADIO DURAND HUAMAN , con la resolución número OCHO de fecha primero de junio del dos mil dieciséis , que convoca a LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL EL DIA VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), programada en el Expediente N° 00195-2013-69-0605-JR-PE, , seguido en contra Eladio Durand Huaman , por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su figura de Lesiones leves , en agravio de Nazaria Condor Acuña la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia del Juzgado Penal Unipersonal de este Órgano Jurisdiccional, ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi No. 910 - Cuarto Piso, a fin de que ejerza su derecho de defensa; bajo apercibimiento de continuar la audiencia sin su presencia y ser asesorado por abogado defensor público. Se requiere su asistencia con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente. NOTIFIQUESE.- Autoriza la Señora Fanny Zuletty Torres Villavicencio. Fanny Z. Torres Villavicencio JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA F.P. 20-21-23 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1335 - 2016 - 1 0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día

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VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del 3JPUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado JUAN FRANSISCO GAVELAN GUILLERMO mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Gavelan Centurion María Jesús. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1332 - 2016 - 1 0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del 3JPUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA- PRIMER PISO - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado MARIO TERAN SALDAÑA, mediante EDICTOS bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Terán Condor Nataly y Terán Condor . Suscribe el señor Juez Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1307-2016-1-0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del 3JUF, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- TERCER PISO - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado ALEXANDER BERMEJO MARIÑOS mediante EDICTOS, bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Bermejo Mariñas Alexander. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. López Yauri Johanna LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL N° 09 EXPEDIENTE: 177-2015-0-0607-JRPE-01 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MIGUEL Se emplaza a: OSCAR MANUEL CUBAS VENTURA Para que tomen conocimiento, que en el proceso N° 177-2015-0-0607-JR-PE-01 que se sigue en contra OSCAR MANUEL CUBAS VENTURA, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CLEIDER MANUEL CUBAS LINARES, que mediante Resolución N° CINCO, se ha dispuesto Notificar Vía Edictos en el Diario Oficial, Diario La República, por el lapso de Tres días al imputado OSCAR MANUEL CUBAS VENTURA, con el extracto de la Resolución N° Uno, que Resuelve, Correr Traslado de la Acusación por el lapso de diez días hábiles, a efectos de creer lo conveniente, pueda por escrito y de manera fundamentada pronunciarse, Requiérase al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado cumpla designar abogado de su libre elección -. Juez: José Manuel Enrique Correa Díaz, Especialista de causas: Jorge Armando Vásquez Saldaña. San Miguel, 15 de setiembre del año 2016 F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL Exp. N° 289-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza al agraviado: ADOLFO CHACON ANGULO El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, en

Miercoles, 21 de Septiembre del 2016

audiencia de control de requerimiento mixto llevado a cabo el día de la fecha, mediante resolución número veintidós ha dispuesto lo siguiente: SE ORDENA notificar al agraviado Adolfo Angulo Chacón con la resolución número dieciséis en el cual se corre traslado a las parte procesales con el requerimiento mixto e integración del mismo, en su domicilio real ubicado en el Centro Poblado de Sunchubamba, distrito de Cospán, provincia y departamento de Cajamarca; DISPONIENDOSE además la notificación del referido agraviado por intermedio EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días, a fin de que en el plazo de diez días si lo cree por conveniente puede presentar su informe por escrito, como es formular oposición a la solicitud, así como pueda solicitar la realización de actos de investigación; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 19 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: JUAN BRIONES ÁLVAREZ. Exp. N° 01730-2015-1-0601-JRPE-01. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas TRES CON QUINCE MINUTOS DE LA TARDE ( 3:15 .P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS N° 06 ( 8vo Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado GENARO FLORES CUEVA, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Fátima Nayarith Flores Alcántara.- Suscribe el Señor Juez José Francisco León Izquierdo y el especialista Judicial Juan Briones Álvarez. Atentamente, F.P. 20-21-22 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNI-

PERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 426-2015-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día LUNES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO CON QUINCE MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° tres (03)- 5to Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado FELIPE CASTREJÓN DE LA CRUZ, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la seguridad pública en su modalidad de conducción de vehículo en estado de ebriedad o drogadicción.- Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la Especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL - CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrión Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 1832-2015-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día LUNES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° tres (03)5to Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado RENÁN MISAEL PORTAL CUEVA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la seguridad pública en su modalidad de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad Cajamarquina.- Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la Especialista Judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL - CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrión Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 21-22-23 Septiembre EDICTO JUDICIAL EXP. 00992-2015. En el Juzgado Transitorio de Familia, que despacha el doctor GELNER MOROCHO NUÑEZ, en el proceso seguido por ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS, se ha expedido en la resolución número UNO en la que se dispone: ABRIR INVESTIGACION TUTELAR a favor de la infante de sexo femenino, de nombre GUADALUPE VALENTINA ROJAS ORDINOLA por encontrarse en presunto estado de abandono, contra los padres biológicos de la menor tutelada; y la resolución número OCHO en la cual se dispone: NOTIFIQUESE mediante Edictos a los padres de la menor tutelada de nombre GUADALUPE VALENTINA ROJAS ORDINOLA, que fuera abandonada aproximadamente el tres de julio del 2015, en una caja de cartón por las inmediaciones de la Avenida Alfonso Ugarte de la ciudad de Cajamarca, que vestía un pantalón de hilo, un polo amarillo y un gorro de polar color blanco, de aproximadamente 1 año dos meses de nacida. Requiriéndoles que deberán apersonarse a éste despacho en el plazo de quince días de notificados, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de declararse a la niña en estado de abandono. Gelner Morocho Nuñez JUEZ JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO CAJAMARCA F.P. 21-27 Septiembre

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nes, 1 de agosto 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ Miercoles, 21Lude Septiembre del del 2016 DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE DR.

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PRECIO POR PALABRA: PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miercoles, 211 de agosto Septiembre del 2016 Lunes, Ludel nes,2016 del 2016  POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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nes, 1 de agosto 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ Miercoles, 21Lude Septiembre del del 2016 DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE DR.

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PRECIO POR PALABRA: PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miercoles, 211 de agosto Septiembre del 2016 Lunes, Ludel nes,2016 del 2016  POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

¿SABE USTED COMO INSCRIBIR AL DEUDOR MOROSO? .  En  el  siguiente  texto    encontrará  los  requisitos  de  inscripción  y  donde  registrarlo.     Se   pone   en   conocimiento   del   Personal   Jurisdiccional  y   Administrativo   que   labora   en   la   Corte  Superior  de  Justicia  de  Cajamarca,  que  mediante  ley  N°  30201,  se  crea  el  Registro  de   Deudores   Judiciales   Morosos   (REDJUM),   el   cual   se   encuentra   a   cargo   del   Registro   Distrital   Judicial  de  Cajamarca  a  partir  del  03-­‐06-­‐2015.       Asimismo,  para   proceder   a   la   inscripción   o   cancelación   de   una   persona   (natural   o   jurídica)   en   el   Registro   de   Deudores   Judiciales   Morosos   es   necesario   que   el   juzgado   remita   al   REDIJU  (ubicado   en   el   primer   piso   de   la   Sede   Judicial   de  Av.   la   Cantuta,   cuadra   12-­‐ Cajamarca)  la  documentación  necesaria,  tal  como  lo  regula  la  ley  30201,  el  reglamento  y  la   Resolución  Administrativa  N°  024-­‐2016-­‐CE-­‐PJ:     1. Documentos  para  la  inscripción:   ·∙                   La  copia  certificada  de  la  resolución  judicial  que  declara  deudor  judicial  moroso   debidamente  consentida  o  ejecutoriada  y;     ·∙                   La   ficha   de   registro   correctamente   llenada.   (Se   adjunta   formato,   que   podrá   imprimirlo   en   la   página   de   inicio   de   la   Corte   de   Cajamarca:   https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuperiorcajamarcapj/s_csj_cajam arca_nuevo/as_inicio   2. Documentos  para  la  cancelación;   ·∙                   La   copia   certificada   de   la   resolución   judicial   que   declara   la   cancelación   como   deudor  judicial  moroso  y;   ·∙                    La  ficha  de  cancelación  correctamente  llenada.       Atentamente       Jefe del Registro Distrital Judicial de Cajamarca REDIJU-Cajamarca Guillermo Rojas Fernández Teléfono Directo N° 076-364037

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nes, 1 de agosto 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ Miercoles, 21Lude Septiembre del del 2016 DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

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