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Tratado de Amistad, Cooperación y Ayuda Mutua entre la Unión de RepÚbl.icas ... Unión Soviética~ del Presidium del Soviet Supremo de la URSS y del ...
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ASAMBlEA GENERAL

A/103'~8

3 novie'J)re 1975 ESPAÑOL ORIGUU:L:

Trigésimo período de Tema 49 del programa

RUSO

ses~ones

APLICACION DE LA DEC'LA..~CION S0!3P.E EL F1ErALECIMIE.i~TO DE LA SEGUR:.:DAD INTEIDiACIONAL

_9a.rta, de fecha 3)- de octubre de 1~75, dirigida ~:'.. Secretario General por los reT'resentA;P.tes perr_:anentes de la R'JpG'blica DemocTática Alemana y de la Unión de RepÚblicas Socialist'J.s Soviétictts ante las Naciones Unidas Tenemos el honor de reuitirle un extracto del Comunicado sobre los resultados de l'J. visita oficial que hizo a la Unión Soviética la delegación del Partido Y del Estado de la República Democrá·~ica Alemana (A"'"lexo .. I) así con'o el texto G.el Tratado de Amistad, Cooperación y Ayuda Mutua entre la Unión de RepÚbl.icas Socialistas Soviéticas y la República Democrática Alemana, firmado en Moscú el 7 de octubre de 1975, el cual se menciona en el Comunicado (Anexo II). Le agradeceríamos, Sr. Secretario General, que tuviera a bien ~ar a conoce! los textos G.e esos documentos como documento de la Asamblea General correspondiente al tema 49 del programa del trigésimo período de sesiones de la Asamblea General. ( Fin::ndo) Y. K!iLB: Representante Permanente de .:'...2. Unión c".e Repúblicas Socialistas Soviéticas ente las Naciones Unidas

75-22461

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P. FLORIN Permanente de la RepÚblica Democrática Alemana ante las Naciones Unidas 1~e:;;;resentante

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Español Anexo I Página 1 ANEXO I

Extracto del Comunicado sobre los resultados de la visita oficial que hizo a la Unión Soviética la delegación del Partido y del Estado de la RepÚblica Democrática Alemana En respuesta a la invitación del Comité Central del Partido Comunista de la Unión Soviética~ del Presidium del Soviet Supremo de la URSS y del Consejo de Ministros de la URSS~ una delegación del Partido y del Estado de la República Democrática Alemana, presidida por el Primer Secretario del Comité Central del Partido Socialista Unificado, Sr. E. Honecker, realizó una visita oficial a la Unión Soviética del 6 al 13 de octubre de 1975. El 7 de octubre, en el Gran Palacio del Kremlin tuvo lugar la firma del nuevo Tratado de Amistad, Cooperación y Ayuda Mutua entre la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la RepÚblica Democrática Alemana. El Tratado fue firmado en nombre de la Unión de RepÚblicas Socialistas Soviéticas por el Sr. L.I. Brezhnev, y en nombre de la RepÚblica Democrática Alemana por el Sr. E. Honecker. La amistad que liga a la URSS y a la República Democrá~ica Alemana permite resolver, en interés de los pueblos de los dos países, los problemas fUndamentales del desarrollo social. La cooperación multilateral y los esfuerzos concertados para utilizar de manera eficaz las posibilidades materiales y espirituales de los dos pueblos y de los dos Estados desempeñan un papel importante y cada vez mayor en la ejecución de los planes económicos, contribuyen a acrecentar el potencial científico y técnico e influyen favorablemente en la cultura~ en la educación comunista de los trabajadores y en todas las otras esferas de la vida social. En el curso de las conversaciones fueron señaladas las tendencias principales del desarrollo futuro de la cooperación. Se prestó gran atención a los vínculos económicos, científicos y técnicos. Las partes apreciaron altamente los resultados que ha producido la coordinación de los planes económicos para los años 1976-1980. Durante este período, el intercambio comercial aumentará aproximadamente en un 40% en comparación con el plan quinquenal en curso. Como resultado de la conclusión de acuerdos sobre la especialización y la cooperación en materia de producción, la parte de la producción especializada aumentará en un 35% y el intercambio concerniente a las máquinas y el equipo aproximadamente en un 50%. Se subray6 la importancia de seguir desarrollando metódicamente la cooperación en materia de producción en las industrias química, petroquímica y microbiológica, y de seguir creando el equipo para centrales nucleoeléctricas, máquinas agrícolas de muy grande rendimiento, complejos ganaderos y otras ramas de la economía, solucionando de común acuerdo los problemas de combustibles y de materias primas y consolidando los vínculos científicos y técnicos. Los participantes en las negociaciones expresaron el convencimiento de que la división internacional socialista del trabajo constituía una base sólida para el desarrollo de sus relaciones económicas exteriores. Subrayaron la importancia creciente de la cooperación económica multilateral entre los países miembros

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A/10328 Español Anexo I Página 2 del Consejo de Ayuda Económica Mutua y expresaron su determinación de intensificar los esfuerzos para proseguir la realización del Programa complejo de integración económica socialista. El desarrollo de la URSS y de la RepÚblica Democrática Al~~ana en los últimos años, el nuevo impulso de su cooperación múltiple y la importante evolución del clima internacional han planteado la necesidad de renovar las relaciones convencionales entre los dos países. El aspecto esencial del nuevo tratado firmado en Moscú el 7 de octubre pasado es que tiende a acercar aún más a los pueblos de la Unión Soviética y de la RepÚblica Democrática Alemana, a reforzar el poderío, la unidad y la influencia internacional del sistema mundial del socialismo, a unificar sus esfuerzos en la lucha para poner en práctica las ideas del comunismo científico. El tratado está llamado a favorecer el logro de los nobles fines de la política exterior pacífica de los Estados del Tratado de Varsovia, el robustecimiento de la paz y la seguridad en Europa, la afirmación de los principios de la coexistencia pacífica en la arena mundial. Las negociaciones patentizaron la completa identidad de opiniones en los dos países en cuanto u la evaluación de la situación internacional actual. Las dos partes expresaron su satisfacción mutua por el hecho de que~ 30 años después de la histórica victoria sobre el fascismo alemán y gracias a los esfuerzos coherentes y unidos de los Estados socialistas hermanos, se han obtenido resultados decisivos hacia el mejoramiento de la situación en Europa y el afianzamiento de la paz en todo el mundo. La acción concertada y dinámica de los Estados socialistas hermanos, apoyada por todas las fuerzas progresistas, ha desempeñado un papel decisivo en el paso de la "guerra fría" al alivio de la tirantez internacional. Esta acción permitió que se eliminara el bloqueo político de la República Democrática Alemana y se asegurara su participación en los asuntos internacionales en condiciones de igualdad. La delegación del Partido y del Estado de la República Democrática Alemana subrayó que esos éxitos han sido logrados en el curso de la aplicación del Programa de paz~ de la política exterior leninista, que ha sido aplicada en su esencia y en su dinamismo por el Comité Central del Partido Comunista de la Unión Soviética, presidido por el Secretario General, Sr. Leonid Ilich Brezhnev.

Un acontecimiento de importancia histórica ha sido la Conferencia sobre la seguridad y la cooperación en Europa, la cual consolidó los resultados de la guerra y del desarrollo posbélico en el continente. Por primera vez en la historia se ha proclamado en un documento firmado por los dirigentes de 35 Estados que los principios de la coexistencia pacífica y de la cooperación mutuamente ventajosas entre Estados con regímenes sociales diferentes constituyen la única base razonable para las relaciones entre esos Estados. La Conferencia ha abierto nuevas posibilidades para la solución del problema crucial de nuestro tiempo: el fortalecimiento de la paz y la seguridad de los pueblos, la exclusión de la guerra de la vida de la humanidad.

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A/10328 Español Anexo I Página 3 En lo que concierne al mejoramiento de la situación, el fortalecimiento de las relaciones pacíficas y la tranquilidad en Europa, las partes atribuyen gran importancia a los tratados concluidos por la Unión Soviética, la República Popular Polaca, la República Democrática Alemana y la República Socialista Checoslovaca con la República Federal de Alemania, así como al acuerdo cuatripartito del 3 de septiembre de 1971. Consideran que una aplicación estricta de esos tratados y acuerdos responde a los intereses de todos los países de que se trata. Actualmente la tarea primordial consiste en dar a la distensión un carácter irreversible y en complementarla con medidas tendientes a limitar la carrera armamentista. La URSS y la RepÚblica Democrática Alemana proseguirán sus esfuerzos para hacer progresar las negociaciones de Viena sobre la reducción de las fuerzas armadas y de los armamentos en Europa central. También tratarán de poner en práctica las numerosas iniciativas en la esfera del desarme que la Unión Soviética, los países socialistas y otros Estados han presentado para su examen a la Organización de las Naciones Unidas. Una tarea que presenta un carácter particularmente actual es asegurar la participación de todos los Estados en los acuerdos en vigor sobre la limitación de la carrera armamentista y lograr una convocación lo más rápida posible de la Conferencia Mundial de Desarme. La delegación del Partido y del Estado de la RepÚblica Democrática Alemana expresó su pleno apoyo a las propuestas relativas a la celebración de un acuerdo destinado a prohibir la elaboración y producción de nuevos tipos de armas de destrucción en masa y de nuevos sistemas de tales armas, y de un tratado sobre la prohibición completa y general de los ensayos de armas nucleares, que fueron presentadas por la URSS a la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su trigésimo período de sesiones y que ella consideró como un nuevo e importante aporte a la limitación de la carrera armamentista. La delegación valoró altamente por considerarlos un importante elemento de la evolución futura del proceso de distensión, los esfuerzos hechos por la Unión Soviética en pro del mejoramiento de las relaciones entre la URSS y los Estados Unidos de América sobre la base del principio de la coexistencia pacífica, lo que ha permitido concertar acuerdos sumamente importantes para la paz en el mundo entero y para la seguridad de los pueblos, tales como el acuerdo relativo a la prevención de la guera nuclear.

Las partes reafirmaron su voluntad de contribuir por todos los medios posibles al establecimiento de una paz justa y duradera en el Oriente Medio. Las condiciones esenciales para el establecimiento de tal paz son el retiro de las tropas israelíes de todos los territorios árabes ocupados en 1967, el respeto de los derechos legítimos del pueblo árabe de Palestina, incluso el derecho a crear un Estado palestino independiente, y la garantía de los derechos de todos los Estados y pueblos de esta región a una existencia y un desarrollo independientes. La URSS y la República Democrática Alemana seguirán prestando su apoyo a la lucha de los pueblos por la libertad y la independencia. Los dos países saludan alborozados la victoria del pueblo vietnamita en la lucha que ha librado durante 30 años contra los agresores extranjeros y la reacción interna y declaran que los dos Estados y los dos puebl~s están dispuestos a seguir fortaleciento la amistad y la cooperación en todas las esferas con el pueblo hermano de Viet-Nam.

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A/10328 Español Anexo I Página 4 Expresan su solidaridad con los comunistas y con todas las fUerzas patrióticas antifascistas de Portugal en su lucha a favor del desarrollo de su país por el camino de la democracia y del progreso social. La URSS y la República Democrática Alemana expresan su enérgica protesta contra la represión sangrienta de que son objeto los patriotas españoles. Proclaman su unidad con los patriotas de Chile, quienes libran una valiente lucha contra la tiranía de la junta fascista. La Unión Soviética y la República Democrática Alemana, junto con los otros Estados socialistas, harán todo lo que de ellas dependa en pro del fortalecimiento de la paz en Europa y en todo el mundo. Se opondrán firmemente a toda tentativa de los círculos agresivos del imperialismo, de los revanchistas y de las otras fUerzas reaccionarias tendiente a impedir el saneamiento del clima internacional y a crear de nuevo la atmósfera de la "guerra fría".

Las dos partes subrayaron el peligro que supone para el socialismo y para la paz la política imperialista y expansionista de los dirigentes de Pekín, quienes se alían con la política de los representantes más agresivos de la reacción imperialista y del anticomunismo. Ellas reafirmaron la necesidad de oponerse enérgicamente a esta política.

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A/10323 Español Anexo II Página 1 ANEXO II

JI-cuerdo de am.isto"cl• coopero,ción y ::yudP.. mutu3. entre ln Unión de P.epÚblicc.s Socialist~s S:>viétic::l.S y ln República Democráticn 1\lereana La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la RepÚblica Democrática Alemana, Basándose en que entre la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la República Democrática Alemana se ha formado una estrecha unión fraternal apoyada en los fundamentos del marxismo-leninismo y el internacionalismo socialista, Firmemente convencidas de que el fortalecimiento absoluto de la unidad y la amistad entre la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la RepÚblica Democráti~ Alemana responde a los intereses profundos de los pueblos de ambos países y de toda la confraternidad de Estados socialistas y sirve a la causa de un acercamiento mayor de las naciones socialistas, Guiándose por sus aspiraciones, conforme a los princ~p~os y finalidades de la política internacional socialista, de asegurar condiciones internacionales más favorables para edificar el socialismo y el comunismo, Atribuyendo primordial significado a la cuestión de proteger la torial y la soberanía de ambos Estados contra cualquier atentado,

in~egridad

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Firmemente decididos a cumplir escrupulosamente las obligaciones derivadas del Tratado de Varsovia de amistad, cooperación y ayuda mutua, de 14 de mayo de 1955, Pronunciándose consecuente y resueltamente por el afianzamiento de la cohesión de todos los países de la confraternidad socialista a base de la comunidad de estruc· tura social y finalidades Últimas, Reafirmando que sostener, fortalecer y proteger las conquistas logradas al precio de los heroicos esfuerzos y el abnegado trabajo de los pueblos constituye un deber internacional general de los países socialistas, Atribuyendo gran significado a un mayor perfeccionamiento de la cooperación política e ideológica y al desarrollo y la profundización de la integración económic; socialista, Expresando la firme decisión de colaborar para consolidar más la paz y la seguridad en Europa y en el mundo entero y de aportar su contribución para realizar la elaboración colectiva de los principios rectores de las relaciones entre Estados con diferentes sistemas sociales y desarrollar a base de esto una cooperación mutuamente ventajosa en el continente europeo,

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A/10328 Español Anexo II Página 2 Teniendo presente que la RepÚblica Democrática Alemana, haciendo efectivos los principios del Acuerdo de Postdam, ha llegado a ser, como Estado socialista sobera~o e independiente, pleno Miembro de las Naciones Unidas, Atribuyendo gran significado a un mayor desarrollo y perfeccionamiento del derecho de los tratados como base para sus relaciones mutuas y habida cuenta de los cambios ocurridos en Europa y en el mundo entero, Guiándose por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Han convenido en lo siguiente: Artículo 1 Las Altas Partes Contratantes, en conformidad con los princlplos del internacionalismo socialista, fortalecerán en el futuro sus relaciones de perpetua e inquebrantable amistad y fraterna ayuda mutua en todas las esferas. Sistemática y constantemente desarrollarán y profundizarán la cooperaci6n en todas las esferaa prestándose mutuamente toda la ayuda y sostén a base del respeto mutuo a la soberanía y la independencia del Estado, la igualdad de derechos y la no ~njerencia en los asuntos internos. Artículo 2 Las Altas Partes Contratantes aunarán sus fuerzas para aprovechar eficazmente el potencial material y espiritual de sus pueblos y sus Estados a fin de edificar la sociedad socialista y comunista y reforzar la confraternidad socialista. Conforme a los principios y finalidades de la integración económica socialista y en interés de la satisfacci6n Óptima de las necesidades materiales y culturales de sus pueblos fortalecerán y ampliarán la cooperación bilateral y multilateral mutuamente ventajosa en lo económico y lo científico-técnico, entre otras maneras dentro del marco del Consejo de Ayuda Mutua Económica. Las Partes continuarán, coordinarán y concertarán a largo plazo los planes económicos nacionales, extenderán la especialización y la cooperación en las esferas de la producción y la investigación, acordarán las medidas de largo alcance para desarrollar importantes sectores de la economía, la ciencia y la técnica, intercambiarán conocimientos y experiencia adquiridos en la marcha de la edificaci6n del socialismo y el comunismo y asegurarán una interacción siempre más estrecha de las economías nacionales de ambos Estados en interés de la elevación efectiva de la producción social. Artículo 3 Las Altas Partes Contratantes facilitarán la cooperaci6n entre los Órganos del poder estatal y las organizaciones sociales, desarrollarán amplias relaciones en las esferas de la ciencia y la cultura, la educación, la literatura y las artes, la prensa, la radio, el cinematógrafo y la televisión, la sanidad pÚblica, la protección del medio ambiente, el turismo, la cultura física y los deportes y en otras esferas. Asimismo, estimularán el establecimiento de contactos entre los trabajadores de ambos países.

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Español Anexo II Página 3 Artículo 4 Las Altas Partes Contratantes harán todo lo posible por facilitar un desarrollo mayor de las relaciones de hermandad entre todos los Estados de la confraternidad socialista y actuarán siempre con el ánimo de fortalecer su unidad y cohesi6n. Declaran estar dispuestas a tomar las medidas necesarias para proteger y defender las históricas conquistas del socialismo y la seguridad y la independencia de ambos países. Artículo 5 Las Altas Partes Contratantes harán todo lo que dependa de ellas por aplicar consecuentemente los principios de coexistencia pacífica de los Estados con diferentes sistemas sociales, ampliar y profundizar el proceso de distensión en las relaciones internacionales y procurar conseguir la definitiva exclusión de la guerra en la vida de los pueblos. Harán todos los esfuerzos por proteger la paz internacional y la seguridad de los pueblos contra los atentados de agresión de las fuerzas del imperialismo y la reacción, por poner fin a la carrera armamentista y contribuir al desarme general y completo y por liquidar definitivamente el colonialismo en toda; sus formas y manifestaciones y prestar apoyo a los Estados liberados del yugo colonial para que afiancen su independencia y su soberanía nacionales. Artículo 6 Las Altas Partes Contratantes consideran que la inviolabilidad de las fronteras de los Estados de Europa es la principal condición para garantizar la seguridad europea y proclaman su firme decisión de garantizar de común acuerdo y en unión con los demás Estados miembros del Tratado de Varsovia de amistad, cooperación y ayuda mutua, de 14 de mayo de 1955, y en concordancia con ellos, la inviolabilidad de las fronteras de los Estados miembros de dicho Tratado tal y como quedaron al terminar la segunda guerra mundial y la evolución de la posguerra, incluso las fronteras entre la República Democrática Alemana y la República Federal de Alemania. Las Partes se esforzarán conjuntamente por oponerse a cualquier manifestación de revanchismo y militarismo y conseguir la escrupulosa aplicación de los tratados que se han celebrado a fin de consolidar la seguridad europea. ArtícU:o 7 En conformidad con el acuerdo cuadripartito del 3 de septiembre de 1971, las Altas Partes Contratantes mantendrán y desarrollarán sus relaciones con Berlín occidental partiendo de que no forma parte integrante de la República Federal de Alemania y que ésta no lo va a gobernar en el futuro.

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A/10328 Español Anexo II Página 4 Artículo 8 Si una de las Altas Partes Contratantes fuere objeto de ataque armado de cualquier Estado o grupo de Estados, la otra Alta Parte Contratante considerará tal ataque como un ataque a ella misma e inmediatamente le :prestará toda la ayuda, incluso la militar, y le aportará sostén por todos los medios a su alcance a fin de ejercer el derecho de legítima defensa, in~idual o colectiva, de conformidad con el Artículo 51 de la Carta de las Nacion~·unidas. Las Altas Partes Contratantes informarán inmediatamente al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de las medidas que tomaren en virtud del presente artículo Y actuarán de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. Artículo 9 Las Altas Partes Contratantes se informarán y consultarán outuamente y actuarán respecto de todas las cuestiones internacionales de importancia que deriven de su posición común con arreglo a los intereses de ambos Estados. Artículo 10 El presente Tratado no menoscabará los derechos ni disminuirá las obligaciones que tengan las Altas Partes Contratantes en virtud de acuerdos bilaterales o multilaterales vigentes. Artículo 11 El presente Tratado estará sujeto a ratificación y entrará en vigor el dÍa que se canjeen los instrumentos de ratificación, que se publicarán en Berlín a la mayor brevedad. Artículo 12 El presente Tratado expirará al cabo de veinticinco años y quedará automáticamente prorrogado por diez años más cada vez mientras ninguna de las Altas Partes Contratantes no manifieste su deseo de terminar su vigencia mediante una declaración al efecto hecha doce meses antes de que expire el correspondiente plazo. Hecho en Moscú el 7 de octubre de 1975 en dos ejemplares, cada uno de ellos en ruso y en alemán, teniendo ambos textos la misma fuerza. Por la Unión de RepÚblicas Socialistas Soviéticas (Firmado)

L. BREZNEV

.Por la República Democrática Alemana (Firmado)

E. HONECKER