A.illpro cu 20 12 - Minsa

3530CA DEL p. $.4bc,. No.5BZ 2012)hlrisA. Zina, .9.. A.illpro cu 20 12. Vistos, los expedientes N° 12-073412-002, N° 12-073412-004 y N° 12-073412-005.
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MINISTERIO DE SALUD

No.5BZ 2012)hlrisA \3530CA DEL p

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Vistos, los expedientes N° 12-073412-002, N° 12-073412-004 y N° 12-073412-005 que contienen la Nota Informativa N° 060-2012-DG-OGEI/MINSA, emitida por el Director General de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

CARMEti

Que, en la Ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, se realizará el Taller "Seguimiento de Políticas y Estrategias de Salud-E en América Latina", los días 17 y 18 de agosto de 2012; Que, con documento PER/HSD/010/45/01/0960-2012, de fecha 27 de julio de 2012, el Representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud, informa sobre la realización del mencionado evento y solicita se autorice la participación del Médico Cirujano Walter Humberto Curioso Vílchez, Director General de la Oficina General de Estadística e Informática, como representante del Ministerio de Salud; señalando que su Organización financiará los gastos correspondientes;

Que, mediante documento de visto el Director General de la Oficina General de As Estadística e Informática, solicita se autorice su viaje, para que participe en el evento antes señalado y propone encargar las funciones de Director General de la Oficina General a su cargo a la Médico Cirujano Karim Jacqueline Pardo Ruiz, Directora de la Oficina de Estadística, en adición a sus funciones, en tanto dure la ausencia; Que, mediante Informe N° 115-2012-0DRH-OCN-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable respecto a la participación del citado profesional en el evento antes mencionado; Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 82° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva con niveles de carrera superior a la del servidor;

M. De Habla%

Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en uso de la facultad señalada en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Médico Cirujano Walter Humberto Curioso Vílchez, Director General de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, a la Ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en el Taller "Seguimiento de Políticas y Estrategias de Salud-E en América Latina", del 16 al 19 de agosto de 2012. Artículo 2°.- Encargar a la Médico Cirujano Karim Jacqueline Pardo Ruiz, Directora de la Oficina de Estadística de la Oficina General de Informática y Estadística, las funciones de Director General de la citada Oficina General, en adición a sus funciones, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3°.- Disponer que el Médico Cirujano Walter Humberto Curioso Vílchez, dentro de los quince (15) días posteriores a su retomo remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirá. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud