Acuerdo Ministerial No. 2664-SE-2013 - LaPrensa.hn

EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION ... de Fortalecimiento a la Educación Pública y la Participación Comunitaria. Código de la ...
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Acuerdo Ministerial No. 2 6 6 4 - S E - 2 0 1 3 E L S E C R E T A R I O D E ESTADO E N E L DESPACHO D E EDUCACION CONSIDERANDO: Que la Educación es función esencial del Estado para la Conservación, el fomento y difusión de la cultura la cual deberá proyectar sus beneficios la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, tiSene la responsabilidad de organizar, dirigir, supervisar y evaluar la educación de conformidad con las leyes y reglamentos específicos. CONSIDERANDO: Que en el marco de la Constitución de la República, del Plan de Nación y Visión de País, Ley Fundamental de Educación, Ley de Fortalecimiento a la Educación Pública y la Participación Comunitaria Código de la Niñez y planes estratégicos dentro de la Secretaría de Educación se reconoce el derecho de los alurmios a recibir u n a educación de calidad en tiempo oportuno para que puedan desarrollarse plenamente. CONSIDERANDO: Que la Escuela de Jomada Completa tiene mejor impacto en la calidad educativa sobre aquellos alumnos que provienen de familias de escaso capital social, cultural y económico, esta estrategia se está aplicando en varios países de la región con el objetivo de alcanzar la calidad educativa y de reducir las brechas educativas entre los alumnos. Que después de haber alcanzado más de doscientos días de clase y la gobemabilidad del sistema educativo el Estado se ve con la necesidad de avanzar en la eficiencia de las horas de clase que conforman la jornada escolar. CONSIDERANDO: Que si bien durante el año 2013, los indicadores educativos han mejorado, se requiere una mejor prestación del servicio a la educación de las niñas y niños de Honduras para lo cual debe desarrollarse u n a mayor intensidad del tiempo efectivo de clase, distribuyéndose equitativamente la jornada escolar, y así lograr u n a oportuna atención a los alumnos. CONSIDERANDO: Que muchos centros educativos cuentan con los espacios físicos adecuados para que los alumnos puedan recibir su educación de forma extensiva asegurándose con ello la permanencia en los centros educativos y aprovechamiento eficiente de la j o m a d a escolar. Teléfonos: (504) 2222-8571 2222-0700 Fax: (504) 2222-1374

CONSIDERANDO: Que el sistema educativo nacional tiene como uno de sus lemas la formación de ciudadanos para engrandecer a Honduras consciente de sus derechos y deberes, formación que debe desarrollarse de forma transversal y operativa durante el proceso educativo. CONSIDERANDO: Que la calidad educativa medida en estudios nacionales es muy baja y que en evaluaciones internacionales el país se ubica en los últimos lugares del mundo y de la región. POR TANTO En uso de las facultades que le conceden los artículos: 151, 157, 247, 322 y 323 de la Constitución de la República; 1, 28 Numeral 2, 29 párrafo segundo, 36 numerales 1 y 8, 116, 118 numeral 2 y 119 numeral 3 de la Ley General de la Administración Pública; 1 y 16 del Reglamento de la Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, ACUERDA: 1. A partir del 2014, los 19,564 centros educativos gubernamentales que actualmente tienen u n a sola j o m a d a lectiva, y que corresponden al nivel básico (1-9 grado), tendrán el siguiente horario de clases: de lunes a viemes de 08:00 - 11:30 am y de 1:00- 03:00 pm, y los sábados de 08:00 - 10:30 am. 2. Los primeros 30 minutos del horario de la mañana de lunes a viemes serán dedicados a la formación en valores cívicos, morales y la constmcción de ciudadanía. 3. En el horario de 11:30 am - 1:00 pm, las niñas y niños recibirán la merienda escolar en coordinación con las Asociaciones de Madres y Padres de familia, tal como se realiza actualmente, debiendo considerarse este rol como u n espacio de participación activa de las madres y padres en la formación ciudadana y educación de sus hijos. 4. Los sábados serán exclusivamente para fortaleder la enseñanza y aprendizaje de las asignaturas que presentan bajo rendimiento académico, español y matemáticas hasta que en éstas se alcancen una meta promedio de u n 80%, medido en pmeba nacionales extemas, debiendo iniciarse el primer sábado con matemáticas el próximo con español y así de forma altema.

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5. La aplicación de este acuerdo es de ejecución inmediata a partir del inicio del año escolar 2014, mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta." 6. Transcríbase el presente acuerdo a todas las Direcciones Departamentales, Direcciones Distritales, Direcciones de Centros Educativos del país y Asociaciones de Madres y Padres de familia. Dado en la Ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central a los doce días del mes de diciembre del dos m i l trece. COMUNÍQUESE.

PH.

ABO

SECRETARIA GENERAL

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